BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y SUS ANEXOS, PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE “SISTEMA FOTOVOLTAICO PARA ILUMINACIÓN DEL DOMO DE LAS TERMAS DE ANCUAQUE, COMUNA COLCHANE”.
Las presentes Bases de Licitación Pública establecen los requerimientos administrativos y técnicos que regirán el “Proceso de Licitación” para la contratación de un servicio de “SISTEMA FOTOVOLTAICO PARA ILUMINACIÓN DEL DOMO DE LAS TERMAS DE ANCUAQUE, COMUNA COLCHANE”. El proceso de licitación comprenderá a lo menos lo siguiente: la proposición del citado servicio, el cual debe incluir el detalle y especificación de las actividades; el trabajo; las obligaciones; y las responsabilidades que le corresponderán al proveedor que se adjudique la propuesta, para el desarrollo del mismo.
Se deja constancia, asimismo, que estas Bases están conformadas por los contenidos que se listan a continuación:
I.- BASES ADMINISTRATIVAS
II.- BASES TÉCNICAS
III.- ANEXOS
I.- BASES ADMINISTRATIVAS:
- LICITANTE:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura.
RUT : 61.301.000-9
Unidad de Compra : Seremi Región de Tarapacá
Dirección : Playa blanca N° 2328.
Ciudad : Iquique
Región : Tarapacá
- ENCARGADO/A DEL PROCESO EN EL PORTAL:
Nombre : Héctor Rojas Contreras.
Cargo : Encargado Administrativo.
E-mail : hector.rojas@minagri.gob.cl.
Tipo de Adquisición : Licitación Pública entre 100 y 1.000 UTM (LE).
Tipo de Convocatoria : Abierta.
Tipo de Adjudicación : Simple con emisión automática de orden de compra.
Moneda : Peso.
Línea de producto : Una línea
Etapas : Una Etapa.
Publicidad de las Ofertas : La SEREMI de Agricultura dispone en este acto que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso
- SERVICIO SOLICITADO
3.1. Nombre de la Adquisición : “SISTEMA FOTOVOLTAICO PARA ILUMINACIÓN DEL DOMO DE LAS TERMAS DE ANCUAQUE, COMUNA COLCHANE”
3.2. Objetivo de la Contratación : Mejorar y habilitar las instalaciones que forman parte del domo de las Termas de Ancuaque, a través de la implementación e instalación de un sistema fotovoltaico que permita dotar de energía eléctrica las instalaciones del domo.
- NORMATIVA
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.
Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:
- Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
- Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.
- Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Subsecretaría de Agricultura.
- Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Subsecretaría de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
- Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.
- La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil.
- REQUISITOS PARA OFERTAR
5.1. Antecedentes Legales
Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el portal www.chileproveedores.cl, deberán adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:
a) Persona Jurídica
- Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
- Fotocopia simple de RUT de la Empresa.
- Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia.
- Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).
- Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
b) Persona Natural
- Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.
- Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
- Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
c) Personas Jurídicas Régimen simplificado:
Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:
- Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
- Fotocopia simple de RUT de la Empresa
- Certificado de Estatuto Actualizado.
- Certificado de Vigencia.
- Certificado de Anotaciones.
- Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas del Estado, portal www.chileproveedores.cl, y que figuren en él en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.
Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el portal www.chileproveedores.cl, o ser prestados formalmente en las oficinas de la Seremi en los términos y condiciones que establezca el Servicio.
d) Unión Temporal de Proveedores (UTP):
En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N° 6 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.
Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.
Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración que, en caso de adjudicar, será requerida escritura pública al momento de la contratación, por tratarse de un servicio de más de 1.000 UTM.
Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Subsecretaría el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.
En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.
La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.
Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 6, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.
Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.
Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:
-El Anexo N° 6 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.
- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Subsecretaría entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.
- Debe constar la inscripción individual de proveedores de los integrantes de la Unión en Chileproveedores, al momento de la suscripción del contrato.
Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Subsecretaría debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
La Subsecretaría podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de la misma.
En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Subsecretaría el derecho poner término al contrato.
5.2. Presentación de Anexos:
Quienes oferten, inscritos o no en Chileproveedores, debe suscribir la Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6 este último si corresponde, más los documentos que acompañen cada uno de ellos.
Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
- PACTO DE INTEGRIDAD
Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, quien oferte acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Quien oferte se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.
3. Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
6. Quien oferte manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.
7. Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- PLAZOS DE LA LICITACIÓN
Cronograma
a) Recepción de ofertas: hasta las 15:05 horas del décimo segundo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.
b) Acto de apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas: a las 15:10 horas del décimo segundo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.
c) Preguntas sobre las bases: los proponentes podrán realizar consultas y/o aclaraciones a las bases únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 18:00 horas del séptimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.
d) Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases serán publicadas hasta las 16:00 horas del día hábil siguiente contado desde la fecha de cierre del período para hacer consultas.
e) Plazo estimado de evaluación: cuatro días hábiles, a partir de la apertura electrónica de las ofertas.
f) Fecha de adjudicación: la adjudicación se realizará en el plazo máximo que vence el décimo día hábil contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas hasta las 19:00 horas.
g) Cambio en la fecha de adjudicación: Si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 2 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
h) Formalización del contrato: la contratación se formalizará en el plazo máximo cumplido a los 10 días corridos contados desde la adjudicación. Una vez celebrado el contrato y aprobado por el respectivo acto administrativo se procederá a la emisión de la orden de compra a través del portal.
i) Contabilización de los días: En caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.
- VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las propuestas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.
- EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
9.1. Comisión Evaluadora.
Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as públicos de la SEREMI de Agricultura y/o de la Subsecretaría.
La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las bases de licitación.
El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.
La SEREMI informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.
La comisión evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y sus debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del reglamento de la ley N° 19.886.
En el marco de la ley N° 20.730 los funcionarios/as de planta o contrata que formarán parte de la comisión evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada ley de lobby.
Quedará prohibido que los integrantes de la comisión concedan reuniones a terceros (oferentes o no), sobre materias vinculadas a la evaluación.
Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación de la licitación, y de acuerdo con lo establecido en artículo 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la evaluación en aquellas instancias previstas en las bases de licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.
La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.
Asimismo, en caso de ser necesario debido a la situación que acontece en el país por la pandemia de coronavirus, la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros. De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.
9.2. Criterios de Evaluación.
Los criterios que se utilizarán para la correcta evaluación de las ofertas y sus ponderaciones son los que se individualizan a continuación:
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Criterio de Evaluación
|
Porcentaje
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|
Oferta Técnica
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40%
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Precio
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25%
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Experiencia de quien oferte
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10%
|
|
Desarrollo local
|
5%
|
|
Visita a terreno
|
5%
|
|
Política de Inclusión Laboral y/o Género
|
10%
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Cumplimiento Requisitos Formales
|
5%
|
|
Total
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100%
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9.3. Metodología de cálculo de los criterios de evaluación.
- Oferta Técnica (40%):
La asignación de puntajes para la propuesta técnica será de acuerdo con los siguientes criterios y puntajes que se ponderarán con el porcentaje de cada subcriterio.
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Criterio
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Subcriterio
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Escala
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Puntos
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Oferta Técnica (40%)
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Metodología de instalación de sistema fotovoltaico para iluminación del domo
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La descripción de la metodología es detallada, se ajusta a los requerimientos establecidos en las bases técnicas e incorpora elementos que agregan valor a la consecución del objetivo final de la contratación
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20
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La descripción de la metodología es detallada y ajusta a los requerimientos establecidos en las bases técnicas, sin valor agregado.
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10
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La descripción de la metodología es poco clara, o no se ajusta completamente a los requerimientos establecidos en las bases.
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5
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Carta Gantt
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La Carta Gantt es coherente junto con el cumplimiento de objetivos y actividades
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5
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La Carta Gantt está incompleta o no da cuenta clara del cumplimiento de los objetivos y actividades programadas
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3
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La Carta Gantt inconsistente con los objetivos y actividades programadas.
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0
|
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Servicio Post Venta y Garantía – Anexo N° 5
Ítems a garantizar:
-MATERIAL (certificación SEC para materiales eléctricos, materiales certificados, estructura metálica, cubierta plástica, mallas de protección, y otros materiales detallados en bases técnicas).
-EQUIPAMIENTO (sistema solar, baterías, inversor y otros materiales detallados en bases técnicas).
- INSTALACIÓN (servicio de instalación paneles, conexiones eléctricas, baterías, iluminación y otras instalaciones detalladas en bases técnicas).
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Más de 24 meses.
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5
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Más de 12 hasta 24 meses.
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3
|
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Igual a 12 meses.
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0
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Plazo de entrega:
No se aceptarán ofertas que indiquen un plazo superior a 30 días corridos. (ANEXO N° 1)
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Oferta de menor plazo
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10
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Segunda oferta de menor plazo
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5
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Siguientes ofertas
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2
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Se debe adjuntar información Requerida en Anexo 2, metodología, presentación y carta Gantt.
- Precio (25%):
Se valorará el precio ofertado en el Anexo N° 1, valor que se mantendrá inalterable durante todo el período de vigencia del contrato y que debe ser expresado en pesos chilenos.
El puntaje para este criterio se asignará con base a la siguiente fórmula:
Oferta de menor monto : 100 puntos
Segunda oferta con menor monto : 90 puntos
Tercera oferta con menor monto : 70 puntos
Siguientes ofertas : 50 puntos
- Experiencia de quien oferte (10%):
Este criterio se evaluará tomando como base la cantidad de contratos de similar naturaleza y envergadura a la licitada dentro de los últimos 5 años, de acuerdo con lo informado en el Anexo N° 3 y con lo siguiente:
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CRITERIO DE EVALUACIÓN
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SUBCRITERIO
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FACTORES
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PUNTAJE
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Experiencia del Proveedor
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Experiencia, a través de contratos en servicios de similar naturaleza y envergadura a la licitada en los últimos 5 años, acreditados por el o los mandantes.
Se entenderá por servicios de similar naturaleza y envergadura aquellos servicios prestados en instalación de sistemas fotovoltaicos y/o similares (energías renovables no convencionales)
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5 o más contratos en servicios de similar naturaleza y envergadura a la licitada.
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100
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Entre 3 y 5 contratos en servicios de similar naturaleza y envergadura a la licitada.
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70
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1 o 2 contratos de similar naturaleza y envergadura a la licitada.
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30
|
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Sin contratos en servicios de similar naturaleza y envergadura, no informa o no acredita debidamente los contratos que declara.
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0
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- Certificados de los mandantes que indiquen obligatoriamente lo siguiente:
- Identificación del mandante
- Identificación del proveedor/oferente
- Nombre del servicio licitado y/o contratado
- Fecha de la prestación del servicio
- Firma del mandante.
- Copia de contratos de prestación de servicios, en que se consigne al menos lo siguiente:
- Identificación del mandante
- Identificación del proveedor/oferente
- Nombre del servicio licitado y/o contratado
- Fecha de la prestación del servicio
- Firma de las partes.
Para efectos de esta evaluación las facturas u órdenes de compra no serán documentos de acreditación de experiencia, pudiendo acompañarse como antecedente adicional o complementario a cualquiera de las certificaciones mencionadas en los numerales 1 y 2 precedentes.
- Desarrollo Local (5%):
Este criterio de evaluación tiene como finalidad incentivar la participación de proveedores/ proveedoras locales de la Región de Tarapacá, que aporten con el desarrollo local, descentralización, con la reactivación económica y que su logística permita agilizar la ejecución de las obras menores y reducir costos en general, lo cual se evaluará con lo informado en el Anexo N°1.
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CRITERIO
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PUNTAJE
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El oferente acredita residencia en la Provincia del Tamarugal (Camiña, Colchane, Huara, Pica y/o Pozo Almonte)
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100
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El oferente acredita residencia en las comunas de Iquique o Alto Hospicio.
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70
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El oferente acredita residencia en otras regiones del país.
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50
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El oferente no presenta o no se puede determinar su domicilio comercial.
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0
|
La residencia de quien participe debe ser acreditada a través de documentos legales, tales como: iniciación de actividades, E-RUT, escrituras, etc.
- Visita a terreno (5%)
La visita a terreno sobre el área donde se implementará el sistema fotovoltaico será de carácter voluntaria para quien se interese y se realizará el día 6 de julio de 2023, a las 11:00 hrs. Los participantes de la visita a terreno deberán presentarse en el domo de la terma, ubicada en la localidad de Ancuaque, Comuna de Colchane (En el anexo N°7 se muestran las coordenadas).
La visita en terreno es única en la que deben participar quien se interese, dejando debidamente registro de su participación.
Esta visita a terreno tendrá una tolerancia máxima de 5 minutos, por lo que no se recibirán visitantes pasadas las 11:05 de ese mismo día.
Es requisito que quien se interese en participar debe confirmar previamente su asistencia al correo electrónico italo.prudent@minagri.gob.cl, con copia a hector.rojas@minagri.gob.cl, además, deberán procurar movilización propia acorde a las características del terreno (vehículo de preferencia con tracción 4x4). Quienes deseen dirigirse directamente a las Termas de Ancuaque deberán informarlo en el correo de confirmación de visita. Solamente se recibirán confirmaciones a más tardar el día anterior a la visita a terreno. La visita a terreno si bien será de carácter voluntaria, se entregará un puntaje adicional a los oferentes que asistan en la fecha y hora indicada, conforme lo establecido en el presente numeral.
Cálculo de puntaje:
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Factor
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Puntos
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Cumple con asistir a la visita a terreno.
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100
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No asiste a la visita a terreno.
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0
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- Política de Inclusión Laboral y/o Género (10%):
Se calculará a partir de los siguientes datos o parámetros de información. Anexo N° 4:
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Inclusión laboral y/o de género
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Ítem
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Materias y contenidos
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Medio de verificación
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Política de Inclusión Laboral y/o de género (10%)
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Trabajadores/as pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios
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El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y
2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.
Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país.
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Trabajadores/as en situación de discapacidad
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El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;
2. Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.
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Mujeres trabajadoras
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1- El oferente es una persona natural de género femenino.
2-El oferente es una microempresa* liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer.
3-El oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.
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Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:
1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).
2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes.
3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa, acompañado con una nómina resumen de la empresa que indique N° de mujeres contratadas, N° total de personas contratadas.
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Cálculo de puntaje:
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Subcriterio
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Factores
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Puntaje
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Política de inclusión laboral
Política de inclusión de género
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Cuenta y acredita 2 o más factores de Inclusión Laboral y/o género.
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100
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Cuenta y acredita 1 factor de Inclusión Laboral y/o género.
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60
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No cuenta o no acredita factores de Inclusión Laboral y/o género.
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0
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- Cumplimiento de Requisitos Formales (5%):
Corresponde al cumplimiento de los proveedores en la correcta presentación de su oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.
Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:
- Presentación de Anexos Técnicos según formatos.
- Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
- Anexos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.
La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación de quien oferta, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.
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Servicio
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Puntaje
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Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.
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100
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Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.
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50
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Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.
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50
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No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y/o no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.
|
0
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9.4. Puntaje mínimo de adjudicación
Se adjudicará la licitación el proveedor que obtenga el mayor puntaje ponderado a los criterios de evaluación, no obstante, dicho puntaje ponderado debe ser igual o superior al 60%.
En caso de que ningún proponte alcance dicha puntuación ponderada la licitación será declarada desierta, en los términos previstos en el numeral 14 de las presentes bases.
9.5. Mecanismo para dirimir empates.
En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
- En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Oferta Técnica”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Precio”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Experiencia del Proveedor”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Desarrollo local”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Visita a terreno”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Política de Inclusión Laboral y/o Género”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales”.
- Si el empate persiste, se resolverá entre las ofertas empatadas, por la oferta con la primera fecha de ingreso en el Sistema de Compras.
9.6. Aclaraciones y/o consultas a las Bases de licitación
Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.
La SEREMI dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas, a través, de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl., dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.
10. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
La SEREMI exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.
Solamente en el período de evaluación y en los casos que la SEREMI lo estime necesario, y ante la omisión o rectificación de antecedentes y errores, se solicitará durante el proceso de evaluación la rectificación de documentación en términos formales, mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.
Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.
La SEREMI no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la SEREMI para rechazar las ofertas.
11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El oferente debe ingresar su oferta a través de los anexos adjuntos las presentes bases de licitación, así como toda la información que los respalda, en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.
En caso de existir inconsistencias u omisiones en la información, se aplicará, si procede, lo señalado en el numeral precedente.
Se solicita al oferente describir la información de la metodología del proyecto y plan de trabajo a través del siguiente esquema: (VER ANEXO CONDUCTOR N° 2)
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1. Descripción de etapas y actividades, asociados a los objetivos
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2. Producto asociado a cada etapa
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3. Carta Gantt o Plan de ejecución de las actividades.
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4. Coordinación entre oferente y contraparte técnica
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ü Plan de trabajo:
i.Detalle del conjunto de actividades a desarrollar, su interrelación y secuencia.
ii.Carta Gantt.
iii.Detalle de cada tarea, de acuerdo con la metodología general propuesta.
iv.Detalle de la asignación de personal técnico a las tareas del servicio, identificando a las personas y señalando el tiempo que le dedicarán a cada tarea específica, en horas.
12. COSTOS
Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de ser rechazada, desestimada o no considerada su oferta por la SEREMI.
13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La SEREMI se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas en la apertura, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo.
Serán rechazadas en el Acto de apertura de ofertas, aquellas propuestas que:
- Excedan el presupuesto máximo disponible.
- Supere el plazo máximo para la implementación (30 días corridos)
- No presenten o completen Anexo N° 1.
- No presenten el Anexo N° 6, para UTP, si corresponde.
- No presenten la Oferta Técnica correspondiente.
14. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y CONSULTAS SOBRE LA MISMA
Adjudicación: Se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores.
Notificación: La SEREMI informará del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.
Re-adjudicación: Si el respectivo/a adjudicatario/a se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En consecuencia, cualquier incumplimiento del proveedor/a adjudicado/a, facultará a la SEREMI de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada, de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.
Declaración de desierta: La SEREMI podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la ley 19.886.
Consultas y reclamos: Quien/es que tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.
15. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN
La SEREMI podrá modificar las presentes Bases de Licitación Pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
Dicha modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.
16. CONTRATO
La SEREMI de Agricultura suscribirá con el adjudicatario un contrato que establecerá las siguientes clausulas:
Si el oferente adjudicado no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la Subsecretaría, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.
16.1. Inicio del contrato
El inicio del contrato estará sujeto a la total tramitación del acto que lo apruebe, y se extenderá por un plazo máximo de 30 días corridos, a contar de dicha fecha.
16.2. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
Quien se adjudique la presente licitación pública debe entregar, al momento de la firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238.
Dicha garantía podrá ser cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, por ejemplo, una boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía o certificado de fianza, siempre que cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del reglamento de la ley N° 19.886.
La garantía debe ser emitida por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, expresado en pesos chilenos, y extendida como irrevocable y pagadera a la vista, a nombre de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, RUT: 61.301.000-9, con fecha de vencimiento igual a la fecha de término del contrato más 60 días hábiles.
La garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato debe tener la siguiente glosa: "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento de contrato para un sistema fotovoltaico para iluminación del domo de las Termas de Ancuaque, en la comuna de Colchane”.
En caso de tratarse de un vale vista u otro instrumento que no permita escribir la glosa, el oferente debe acompañar un acta que dé cuenta que el vale vista o instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, ha sido emitido para el proceso de licitación pública de que se trata, debiendo indicar el ID de la Licitación y la descripción de este, así como la individualización detallada del instrumento bancario.
Del mismo modo tratándose de instrumentos de garantía de naturaleza electrónica deben ajustarse a la normativa vigente y ser dirigidos al correo electrónico: hector.rojas@minagri.gob.cl.
La garantía podrá ser cobrada a favor de la Subsecretaría de Agricultura cuando el proveedor incurra en alguno de los siguientes incumplimientos de contrato:
I. Si el monto de las multas cobradas al adjudicado sobrepasa el 3% del valor del contrato.
II. Si en el desarrollo del contrato, el adjudicado acumula más de tres multas
III. Si el adjudicatario acumula 10 días sin atender el llamado de emergencias, sin justificación o causa de fuerza mayor.
IV. Si el proveedor incurre en incumplimiento grave del contrato o cuando el proveedor no ejecute los servicios comprometidos, sin causa o argumento alguno o a sus respectivas bases administrativas, técnicas o anexos.
La garantía de fiel cumplimiento será devuelta al proveedor una vez cumplida su vigencia, en no más de 5 días hábiles.
16.3. Forma de pago
Los pagos relacionados con el contrato se realizarán en 1 cuota contra la entrega en conformidad a lo siguiente:
Pago único: correspondiente al valor total del contrato, contra la entrega, presentación y aprobación, por parte de la Contraparte Técnica, del informe final de las obras.
El proveedor debe emitir la factura, según corresponda, de acuerdo con el detalle de la Orden de Compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La factura debe ser emitida de la siguiente forma:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT : 61.301.000-9
Dirección : Playa Blanca N° 2328, Iquique.
Giro : Servicio Público
Glosa : Detalle del servicio y cuota correspondiente.
La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.
El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com . La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de compra y consignar la opción de pago “crédito”. Adicionalmente debe enviar copia del PDF de la factura al correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si así corresponde.
La Subsecretaría de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la Ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.
Es responsabilidad del proveedor adjudicado incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Subsecretaría para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).
16.4. Factoring
En caso de que el proveedor ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el proveedor.
Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
16.5. Incumplimientos y Multas
La Secretaría Regional Ministerial estará facultada para aplicar multas cada vez que el adjudicatario no proporcione los servicios convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta, póliza contratada o bajo las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa y serán pagadas por el proveedor en los términos que establezca la resolución que las aplique.
A continuación, se detallan los criterios conforme a los cuales se determinarán y aplicarán las multas por incumplimientos en la prestación de los servicios contratados:
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N°
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Incumplimiento
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Multa
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1
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No respetar los plazos establecidos en la carta Gantt aprobada
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UF 1 por día hábil de atraso con un tope de 10 días hábiles.
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2
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Entrega de informe con observaciones por más de dos veces, es decir, la tercera entrega con observaciones quedará afecta a multa.
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UF 3 por evento, con un tope de 2 eventos.
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3
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Cambio, sin avisar, al menos con 10 días hábiles de anticipación de algún profesional o técnico del equipo de trabajo propuesto en la oferta .
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UF 5 por evento, con tope de 2 eventos.
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4
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Inasistencia a una actividad programada
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UF 3 por evento, con un tope de 3 eventos.
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5
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No reponer un artefacto que presente fallas, en los plazos requeridos
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UF 2 por evento, con un tope de 10 eventos.
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6
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Servicios calificados como insatisfactorios, cualquiera sea de estos:
- Material o insumos de baja calidad.
No dar cumplimiento a los términos de la propuesta técnica adjudicada.
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UF 2 por evento, con un tope de 2 eventos.
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7
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No informar oportunamente la subcontratación del servicio, esto es, con al menos 5 días hábiles anteriores a la fecha de formalizarse la subcontratación.
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UF 5 por cada día hábil en que no se informe de la subcontratación para la aprobación de la contraparte técnica
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8
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No dar respuesta oportuna (48 horas hábiles), ante la solicitud de documentos administrativos, tales como Facturas, Notas de crédito, leyes sociales, entre otras
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UF 2 por evento, con un tope de 5 eventos
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La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor que posea la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.
Las multas y el comportamiento general del proveedor serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 bis del reglamento de la ley N° 19.886.
Procedimiento de cobro de multas:
Una vez producido el incumplimiento, la Subsecretaría notificará formalmente el incumplimiento mediante el acto administrativo correspondiente otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir del envío de la notificación para que el proveedor formule sus descargos en el plazo mencionado.
La Subsecretaría contará con un plazo máximo de 10 días hábiles para otorgar respuesta al proveedor y formalizar el cobro de la multa respectiva, si así procediese, para instruir la forma de pago de la misma.
En resumen, los plazos del proceso de cobro de multas son los siguientes:
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Notificación al proveedor
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Respuesta - Descargos
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Respuesta formal – Notificación de Multa.
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3 días hábiles – Correo Certificado.
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5 días hábiles para responder a la Subsecretaría.
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10 días hábiles a partir de los descargos del proveedor o cumplido el plazo para responder.
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16.6. Término anticipado del servicio
La SEREMI podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la ley N° 19.886, en el artículo 77 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Cuando el proveedor incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, haber formalizado más de dos multas durante la vigencia del contrato.
- Si el proveedor registra incumplimiento del pago de remuneraciones de sus trabajadores.
- Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones.
- Si el proveedor perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.
- Si el proveedor supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.
- No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Seremi en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.
- Cuando el proveedor incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:
- Si en el desarrollo del contrato, el adjudicado acumula más de tres multas.
- Si el proveedor incurre en incumplimiento grave del contrato o cuando el proveedor no ejecute los servicios comprometidos, sin causa o argumento alguno o a sus respectivas bases administrativas, técnicas o anexos.
En este caso, la SEREMI debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte del proveedor, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.
16.7. Supervisión del contrato
La SEREMI de Agricultura ejercerá la supervisión integral del contrato, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un funcionario/a de la misma SEREMI, quien podrá apoyarse técnicamente en otros profesionales del Servicio.
Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:
a) Supervisar y controlar el desarrollo del servicio, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las bases técnicas y de los plazos acordados para la entrega de todos los informes programados.
b) Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, al reemplazo de miembros del equipo del proveedor, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas, que no impliquen una modificación mayor al contrato.
c) Analizar y aprobar todos los informes, planteando al equipo del proveedor las observaciones y/o comentarios que se estimen convenientes.
d) Autorizar los pagos programados según se ha establecido en las presentes bases y en el contrato a suscribir.
e) Informar sobre la procedencia de la aplicación de multas ante eventuales incumplimientos por parte del proveedor.
f) Otorgar su opinión técnica en caso de solicitarse ajustes o modificaciones a la contratación.
La referida contraparte tendrá acceso, en todo momento, a las tareas ejecutadas por el proveedor, quien debe facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.
La misma Contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con el proveedor o con determinados profesionales del equipo técnico de este último. El proveedor debe facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse, también, a requerimiento del proveedor.
16.8. Subcontratación
Quien se adjudique podrá subcontratar, con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta una cuantía equivalente al 30% de la totalidad del precio del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la SEREMI, con la debida antelación, esto es, con a lo menos 10 días hábiles anteriores a la fecha de subcontratación. La SEREMI se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada.
El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.
La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92, de conformidad con lo que se dispone en el numeral 2, del inciso segundo, del artículo 76, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.
16.9. Informe y su aprobación
Entregada la obra, quien se adjudique debe elaborar un informe final, productos y plazo de entrega con su respectivo porcentaje de pago es el siguiente:
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Calendario de Informes
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Informe
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Contenido del Informe
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Plazo de Entrega
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%
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1
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- Resumen Ejecutivo
- Índice general
- Introducción/antecedentes
- Objetivos generales y objetivos específicos
- Plan de trabajo y carta Gantt
- Actas de reuniones realizadas
- Resumen de pruebas y testeos
- Anexos
- Fotografías de avance y entrega
- Planos (3 copias físicas y digital, as build).
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10 días corridos a partir de la recepción definitiva de las obras.
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100
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Procedimiento de Aprobación de Informes:
Cada vez que se apruebe el informe, éste debe hacerse por escrito.
Una vez efectuada su revisión por la Contraparte Técnica, se pueden producir las siguientes situaciones:
a) El Informe es Aprobado: En este caso la contraparte técnica debe enviar por escrito, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del mismo, la aprobación correspondiente, generándose el pago respectivo.
b) El Informe presenta observaciones al ser incorporadas en el informe siguiente. La contraparte técnica debe enviar por escrito la aprobación correspondiente, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del mismo, indicando que las observaciones deben ser resueltas con la entrega del próximo producto, aprobándose por parte de la contraparte técnica del contrato el pago respectivo.
c) El producto es observado o rechazado. La contraparte deberá enviar esta observación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del informe. En este caso el proveedor tiene 7 días hábiles para corregir los puntos observados. Se entenderá por observación cualquier comentario de la contraparte técnica del contrato, respecto de no cumplimiento de objetivos, tareas o actividades especificadas en el presente contrato que, a su juicio, impida aprobar el producto y que, por tanto, implique la calificación de “Insuficiente”.
Si ocurre lo indicado anteriormente, se podrán producir las siguientes situaciones:
- El proveedor entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados y son aprobadas por la Contraparte Técnica, por lo cual éste debe enviar por escrito la aprobación y la fecha de recepción prevista para el siguiente.
- El proveedor entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados, pero la Contraparte Técnica estima que aún no se ajusta a lo solicitado. En este caso, se remitirán las nuevas observaciones al proveedor para su re-corrección por medio de una comunicación escrita, disponiendo de 7 días hábiles para corregir los puntos observados.
Este proceso podrá repetirse hasta un máximo de dos (2) veces. La tercera vez que un mismo informe sea observado por la contraparte técnica, se aplicarán las multas indicadas en las presentes bases y se procederá al cobro de acuerdo al procedimiento previsto en el punto 16.6.2 de las bases administrativas.
En caso de que por cuarta vez suceda lo mismo, la SEREMI considerará este hecho como incumplimiento del contrato y podrá dar curso al término anticipado del mismo.
Tanto en la recepción de los productos o informes como en la recepción de las correcciones a los mismos, si las hubiere, pueden producirse atrasos. Por cada uno de estos días de atraso se cobrarán las multas establecidas en las presentes bases.
Para efectos del cómputo de los plazos a que se refiere la presente cláusula, las notificaciones se entenderán practicadas desde el día de recepción de éstas, sean realizadas electrónicamente o por carta certificada.
- FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Tanto el proveedor como la SEREMI están exentos de responsabilidad en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales, debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo 45 del Código Civil.
El proveedor que se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la SEREMI, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.
La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la SEREMI de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione el proveedor y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.
En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo el proveedor también extender las garantías vigentes, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases.