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DEL SERVICIO REQUERIDO |
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1.1. Requerimiento de compra
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, en adelante el SENDA, llama a licitación pública para
contratar el servicio de “Implementación y operación de 12 Viviendas de
Apoyo a la Integración Social VAIS 2026-2028” para acompañar
técnicamente a personas en procesos de recuperación, en las regiones de
Tarapacá, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, Maule, Biobío, Araucanía y
los Ríos, durante 36 meses, a contar del mes de enero de 2026 hasta el 31 de
diciembre del 2028.
La adquisición del servicio de “Implementación y operación de 12
Viviendas de Apoyo a la Integración Social VAIS 2026-2028” para
acompañar técnicamente a personas en procesos de recuperación se realizará
en la modalidad de línea de licitación, es decir, se adjudicará cada línea,
correspondiente a su correlativa región, por separado. La distribución de las
líneas con sus especificidades es la siguiente:
N° de
línea de
Servicio
Región Tipo de VAIS
Cupos
(participantes
por mes)
Duración
1 Tarapacá Hombres 7 36 meses
2 Valparaíso Hombres 7 36 meses
3 Valparaíso Mujeres 8 36 meses
4 Metropolitana Hombres 7 36 meses
5 Metropolitana Hombres 7 36 meses
6 Metropolitana Mujeres 8 36 meses
7 Metropolitana Mujeres 8 36 meses
8 Los Ríos Hombres 7 36 meses
9 Coquimbo Mujeres 8 36 meses
10 Maule Hombres 7 36 meses
11 Araucanía Mujeres 8 36 meses
12 Metropolitana Hombres 7 36 meses
En razón de lo anterior, un mismo prestador podrá postular a 1 o más
líneas, pero para ello, deberá postular de manera separada, llenando un
formulario por cada vivienda de apoyo a la Integración Social para el
acompañamiento de personas en procesos de recuperación a la que postule y
presentando una garantía por cada línea.
Para efectos de la presente licitación pública, una “Vivienda de Apoyo a
la Integración social para acompañar técnicamente a personas en procesos de
recuperación” comprende de:
A. La disponibilidad de una casa de vivienda ubicada en una zona
geográfica en específico.
B. La disponibilidad de un equipo de trabajo calificado, en cantidad y
calidad suficientes para la atención de las personas usuarias.
A. La disponibilidad de una casa ubicada en una zona geográfica en
específico
Esta dimensión se compone de 3 criterios:
1. La disponibilidad de una casa de vivienda para la ejecución del
programa VAIS durante 36 meses.
Que deberá ser acreditada a través de documentos legales tales como
contrato de arrendamiento, comodato vigente, escritura de propiedad,
resolución administrativa en caso de inmuebles fiscales o municipales
asignados a instituciones públicas o privadas, declaración jurada ante notario
de disponibilidad del inmueble, entre otras.
2. Una infraestructura para el funcionamiento de VAIS
La infraestructura de las viviendas debe asegurar la disponibilidad de
ciertos espacios que en su cantidad tienen que cumplir de acuerdo a si es
VAIS hombres o VAIS mujeres.
Por lo tanto, la infraestructura de cada VAIS debe asegurar espacios de
infraestructura, comprometiendo el siguiente estándar:
Infraestructura Mínima
para funcionamiento de
VAIS
VAIS Mujeres VAIS hombres
Dormitorios Entre 4 y 6 Entre 3 y 5
Baños con ducha agua
caliente
Entre 2 y 3 Entre 2 y 3
Espacio para
esparcimiento de personas
usuarias
Entre 1 y 2 Entre 1 y 2
Espacios para Entre 1 y 2
esparcimiento y juego de
las infancias
Cocina Sólo 1 Sólo 1
Espacio comedor
(separado de cocina o en
cocina)
Entre 1 y 2 Entre 1 y 2
Oficina o espacio de
trabajo del equipo
Entre 1 y 2 Entre 1 y 2
El criterio de buen estado, hace referencia a que los espacios son
seguros, funcionales y adecuados a la ejecución de este programa.
La verificación del buen estado de la vivienda será parte del monitoreo
del contrato, a través de supervisiones ordinarias y extraordinarias, por parte
de SENDA. Así mismo, en el marco de las asesorías técnicas en la VAIS,
ejecutadas por el encargado/a de Integración social de la Dirección regional,
en caso que se detecten insuficiencias, infraestructura inadecuada o riesgosa
para la seguridad de las personas usuarias, estos hallazgos serán remitidos al
Área de Control de Supervisiones y cumplimiento de Contratos.
3. Ubicación de VAIS en una zona geográfica en específico.
La ubicación de la vivienda debe remitirse a las siguientes comunas:
N° de
línea de
Servicio
Región Comuna o sector donde se
emplaza
Tipo de VAIS
1 Tarapacá Comuna de Iquique o Alto
hospicio
Hombres
2 Valparaíso Comuna de Valparaíso, Viña
del Mar, Villa Alemana, Quilpué
Hombres
3 Valparaíso Comuna de Valparaíso, Viña
del Mar, Villa Alemana, Quilpué
Mujeres
4 Metropolitana Comunas de la zona Oriente de
la RM: Providencia, Ñuñoa,
Macul, La Reina (hasta padre
hurtado y las perdices al
oriente) y la florida (hasta
tobalaba al oriente y avenida
San José de la estrella hacia el
sur)
Hombres
5
Metropolitana
Zona centro: comunas de
Santiago Centro, estación Hombres
Central
6
Metropolitana Comunas de la zona Sur de la
RM: Pedro Aguirre Cerda, San
Miguel, San Joaquín, el Bosque
Mujeres
7
Metropolitana Comunas de la zona Oriente de
la RM: Providencia, Ñuñoa,
Macul, La Reina (hasta padre
hurtado y las perdices al oriente)
y la florida (hasta tobalaba al
oriente y avenida San José de la
estrella hacia el sur)
Mujeres
8
Los Ríos
Comuna de Valdivia Hombres
9 Coquimbo Comuna La Serena o Coquimbo Mujeres
10 Maule Comuna de Talca Hombres
11 Araucanía Comuna de Temuco o Padre
Las Casas
Mujeres
12 Metropolitana Comunas de la zona norte:
Independencia, Recoleta,
Huechuraba, Conchalí
Hombres
No será posible cambiar la ubicación de la Vivienda a una zona
geográfica distinta a la establecida en las bases para el caso de las líneas de
la región metropolitana, o a comunas distintas a la/s definida/s en la tabla
anterior para las demás líneas.
Si la entidad, durante el periodo de ejecución se ve en la necesidad de
cambiar la ubicación de la VAIS, sólo será posible previa autorización por
parte del área de integración social del nivel regional.
B. La disponibilidad de un equipo de trabajo calificado, en cantidad y
calidad suficientes para atención de cada uno de los usuarios
Se requiere la conformación de un equipo técnico calificado que tenga
por principal misión facilitar que la vivienda se transforme en un espacio
seguro, conectado con las oportunidades del entorno, abierto a promover en
las personas la consecución de su total autonomía.
Con ese objetivo, la composición del equipo VAIS se constituye de 3
roles: coordinador/a, facilitador/a de itinerario y asesor/a de
competencias (en el acápite de bases técnicas se profundiza).
Para la provisión del equipo, se deben asegurar las siguientes horas por
profesionales y no profesionales:
Profesionales VAIS DE MUJERES VAIS DE HOMBRES
Coordinador/a Mínimo 33 horas semanales
y con un máximo de horas
semanales, según la
jornada ordinaria de trabajo,
de acuerdo a la legislación
vigente
Mínimo 33 horas semanales
y con un máximo de horas
semanales, según la
jornada ordinaria de trabajo,
de acuerdo a la legislación
vigente
Facilitador (a) de Itinerario Turnos que permitan cubrir:
lunes a viernes: Horario 9 a
21 hrs. sábados: 9 a 14 hrs.
Respetando el máximo de
horas semanales según la
jornada ordinaria de trabajo,
de acuerdo a la legislación
vigente.
En total un mínimo de 65
hrs. Semanales sin turnos
de noche, con un máximo
de 65 horas semanales con
2 turnos de noche de 21 a 7
am. (18 hrs. semanales
más)
Mínimo 33 horas semanales
y con un máximo de horas
semanales, según la
jornada ordinaria de trabajo,
de acuerdo a la legislación
vigente
Habilitador/a de
competencias
Mínimo 33 horas semanales
y con un máximo de horas
semanales, según la
jornada ordinaria de trabajo,
de acuerdo a la legislación
vigente
Mínimo de 22 horas
semanales con un máximo
de 33 hrs.
Conforme a lo establecido en estas bases, el adjudicado deberá contar
durante toda la ejecución del programa con el equipo profesional y no
profesional presentado en el proceso de concurso y por el cual fue evaluado.
El adjudicatario deberá resguardar durante todo el periodo de vigencia
del contrato la continuidad de las condiciones del equipo profesional y/o
técnico ofertado, considerando:
i. La mantención de horas profesionales.
ii. Las condiciones contractuales comprometidas en la propuesta
iii. Las características de formación.
iv. experiencia del recurso humano.
La constatación en la deficiencia de uno o de más uno de estos criterios
será objeto de multa.
Será responsabilidad del oferente cumplir con el recurso humano
propuesto en el proceso de licitación, asegurando su disponibilidad para
brindar el servicio contratado desde la fecha de inicio de los servicios.
1.2. De la Modalidad de la Licitación
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, realizará la presente licitación en la modalidad de línea de
servicio.
Al adjudicar la presente licitación en la modalidad descrita, el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, SENDA, podrá seleccionar a varios proponentes, pero no más de uno
por cada línea de servicio.
1.3. Montos máximos según línea de servicio
Para la implementación del Programa Vivienda de Apoyo a la Integración
Social (VAIS), SENDA dispone un presupuesto máximo de $ 2.731.551.942.-,
impuestos incluidos
La distribución anual máxima del presupuesto por línea de servicio será
de:
Nº de
línea
Región
Tipo de
VAIS
Presupuesto anual
Monto total
2026 2027 2028
1 Tarapacá Hombres $64.354.962 $64.354.962 $64.354.962 $193.064.886
2 Valparaíso Hombres $64.354.962 $64.354.962 $64.354.962 $193.064.886
3 Valparaíso Mujeres $92.006.516 $92.006.516 $92.006.516 $276.019.548
4 Metropolitana Hombres $64.354.962 $64.354.962 $64.354.962 $193.064.886
5 Metropolitana Hombres $64.354.962 $64.354.962 $64.354.962 $193.064.886
6 Metropolitana Mujeres $92.006.516 $92.006.516 $92.006.516 $276.019.548
7 Metropolitana Mujeres $92.006.516 $92.006.516 $92.006.516 $276.019.548
8 Los Ríos Hombres $64.354.962 $64.354.962 $64.354.962 $193.064.886
9 Coquimbo Mujeres $92.006.516 $92.006.516 $92.006.516 $276.019.548
10 Maule Hombres $64.354.962 $64.354.962 $64.354.962 $193.064.886
11 Araucanía Mujeres $92.006.516 $92.006.516 $92.006.516 $276.019.548
12 Metropolitana Hombres $64.354.962 $64.354.962 $64.354.962 $193.064.886
$910.517.314 $910.517.314 $910.517.314 $2.731.551.942
SENDA no entregará recursos adicionales a los mencionados, por lo que
los recursos indicados deben cubrir todos los gastos asociados a la correcta
realización de los servicios licitados y al pago de los impuestos, incluyendo el
IVA.
Las instituciones que postulen deberán ofertar un monto total por todos los
años de implementación. El monto ofertado, se pagará en 36 cuotas iguales, 12
por año. Esta cuota mensual será el precio pagado mensual por la intervención.
En ningún caso el monto ofertado podrá superar el monto definido por cada
línea de servicio del cuadro, presentado en este punto.
El precio anteriormente indicado podrá ser reajustado mediante Resolución
en diciembre de 2026 y 2027, y comenzará a regir en el mes de enero de 2027 y
2028 respectivamente. La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época
indicada previamente, teniendo como factores referenciales el factor
actualización del presupuesto del Sector Público anual y, especialmente, la
disponibilidad presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector
Público del año correspondiente.
Los reajustes serán notificados a la Entidad una vez totalmente tramitado el
acto administrativo que los aprueba, sin la necesidad de modificar el contrato si
se encontrase suscrito.
1.4. Duración de los Servicios
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde el 1 de enero de
2026 o desde la fecha que indique el respectivo contrato si fuera posterior y
hasta el 31 de diciembre de 2028. Durante este periodo, el contratista deberá, a
través de los establecimientos de su dependencia, realizar la actividad
correspondiente a las líneas de servicio en donde haya resultado adjudicado,
según se detalle en el contrato respectivo.
De conformidad a lo dispuesto en el número 6.5 de estas bases, por
razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la
fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del
mismo.
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ASPECTOS GENERALES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA |
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Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas,
chilenas o extranjeras, así como Uniones Temporales de Proveedores que,
cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las
mismas.
NO PODRÁN PARTICIPAR
Quedarán excluidos los oferentes que, al momento de la presentación de
la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los
derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años, o
por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 4º, inciso primero, parte final de la Ley Nº 19.886. Del
mismo modo, quedarán excluidos quienes se encuentren inhabilitados en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater de la ley N°19.886. Para
estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada
disponible en el portal de mercado público.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las
sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica
semestralmente la Dirección del Trabajo.
Además, conforme a lo dispuesto en el artículo 180 del Reglamento, si
dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en el presente
proceso de compra -y sin perjuicio, del resto de las disposiciones legales y
reglamentarias que resulten aplicables- deberán establecer en el documento
que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de
todas las obligaciones que se generen con SENDA y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes suficientes.
Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol revisará que los oferentes se
encuentren registrados en el "Registro de Proveedores", a cargo de la
Dirección de Compras y Contratación Pública. Se deja constancia, que se
declararán inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que no se
encuentren registrados en el mencionado registro, en conformidad con lo
establecido en el art. 16 de la Ley 19.886.
2.1. Encargado del proceso de Licitación
El encargado del presente proceso de licitación pública es la jefatura de la
Unidad de Adquisiciones de SENDA, o quien lo subrogue.
2.2. Encargado de los Contratos
El encargado de los contratos que se suscriban producto del proceso de
licitación pública es la jefatura del Área de Integración Social, o quien la
subrogue. Serán funciones entre otras, las siguientes:
a) Colaborar y asistir al adjudicatario en el ámbito de sus competencias.
b) Comunicar aspectos formales del convenio y/o posibles modificaciones
que surjan para el común acuerdo.
c) Supervisar y monitorear el desarrollo del trabajo, velando por el estricto
cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados.
2.3. Cómputo de los plazos
Los plazos de la presente licitación son los que en cada caso se señalan,
entendiéndose como días hábiles, de lunes a viernes, sin considerar los días
sábados, domingos y festivos.
En el caso que un plazo expire en sábado, domingo o festivo el
vencimiento se producirá al día hábil siguiente.
2.4. Etapas de la Licitación
La presente licitación pública se realizará en una sola etapa, por lo que en
el acto de apertura de las ofertas se procederá a abrir la oferta técnica.
2.5. Reunión informativa
A fin de entregar información sobre el proceso licitatorio, colaborando con
una mejor formulación de las ofertas, se realizará una reunión de carácter
informativa y técnica en modalidad online de asistencia voluntaria, el quinto
día hábil contados desde la fecha de publicación de estas bases de
licitación.
La fecha, y hora exacta de dicha reunión serán informados en el portal
www.mercadopublico.cl, en los adjuntos de ID que identifica la presente
licitación, con a lo menos 2 días hábiles de anticipación. Para la inscripción
y confirmación de asistencia a la referida reunión, se deberá enviar un correo
electrónico a la siguiente dirección: concursosintegracionsocial@senda.gob.cl,
indicando el nombre y Rut del asistente y la identificación de la Institución a la
que representa.
En caso de que SENDA no realice dicha reunión en la fecha y hora
señalados, se informará de ese hecho con un mínimo de 2 días hábiles de
anticipación a la fecha indicada para su realización, por medio del portal
www.mercadopublico.cl, oportunidad en la cual se informará la nueva fecha de
realización de la misma.
2.6. Modificación de las Bases de Licitación
El Servicio Nacional para Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol podrá modificar las presentes bases de licitación hasta antes
del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán
aprobarse por resolución fundada, la que deberá tramitarse de acuerdo a las
normas legales vigentes, incluyendo el trámite de toma de razón si procediere y publicarse en el www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica a la licitación
pública.
En caso de ser necesario, el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol fijará, prudencialmente, un
nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los
proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales
modificaciones.
2.7. Cronograma de Actividades
Publicación
Bases
Las Bases deberán estar publicadas en el portal de
mercado público durante 30 días corridos.
Consultas
Hasta el día 10 corrido, contado desde la fecha de
publicación del llamado a licitación en el portal Mercado
Público.
Respuestas Hasta el día 4 hábil, contado desde la fecha de
vencimiento del plazo para presentar las consultas.
Reunión
Informativa
Al día 5 hábil desde publicadas las bases en el portal de
mercado público.
Recepción de
ofertas
Hasta el día 30 corrido, contado desde la fecha de
publicación del llamado a licitación en el portal Mercado
Público.
Acto de
apertura
electrónica de
las ofertas
técnicas y
económicas
1 minuto después del cierre de recepción de las ofertas.
Evaluación Hasta 10 días hábiles desde la apertura de las ofertas
Adjudicación
La adjudicación se realizará dentro de los 10 días
hábiles siguientes a la realización de la evaluación de las
ofertas
Presentación de
antecedentes
para la
suscripción del
contrato
Dentro de los 20 días corridos siguientes a la fecha de
la notificación de la resolución que adjudica la presente
propuesta pública.
Elaboración del
contrato
El contrato será elaborado dentro del plazo de 10 días
hábiles desde recibidos los documentos necesarios para
su elaboración
Suscripción del
contrato
El adjudicado deberá remitir a SENDA el contrato
firmado, dentro de los 10 días corridos siguientes a su
envío.
2.8. Plazo de presentación de las ofertas
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes
Bases en el portal www.mercadopublico.cl hasta 30 días corridos contados
desde esa fecha.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal
www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser
ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas
podrán ser recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente
cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en
Agustinas 1235 piso 7°, Santiago Centro, dentro de los 2 días hábiles
contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud
de lo establecido en el N° 3 del artículo 115 del Decreto Supremo Nº 661, del
Ministerio de Hacienda, de 2024.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a
través del portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado
dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los
Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas
una vez presentadas.
2.9. Postulación por Líneas de Servicio y restricciones para grupos
relacionados
Los oferentes podrán ofertar respecto de una, varias o todas las líneas de
servicios licitadas que se han individualizado precedentemente. Se deja
constancia, que de acuerdo al Art. 9 de la Ley 19.886, SENDA declarará
inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de
contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por
parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas
entre sí. En este caso, SENDA sólo evaluará la oferta más conveniente
presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará
inadmisibles las demás.
Cada oferente sólo podrá presentar una oferta por cada línea de servicio
a la que postule. Si un oferente presenta más de una oferta, para una misma
línea de servicio de la presente licitación, este Servicio Público entenderá como
válidamente presentada únicamente la última oferta subida al portal
www.mercadopublico.cl.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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3.1. Información General
Toda oferta deberá incluir todos los antecedentes administrativos y los
documentos de la propuesta técnica que se señalan en estas bases.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal
efecto en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se
encontrarán disponibles en formato Word, en el portal www.mercadopublico.cl.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para
esta licitación implica que el respectivo oferente ha revisado y analizado todas
las Bases Administrativas y Técnicas, sus anexos, aclaraciones y respuestas a
las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y
que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de condiciones a
toda la documentación referida y exigida para participar en dicho proceso. Por
todo lo anterior lo hace responsable de todo lo propuesto en su oferta y
susceptible de ser supervisado en el cumplimiento de la misma durante la
vigencia del contrato si fuera el caso.
La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos
administrativos exigidos en la forma prevista en el número 4.1 y siguientes de
estas bases de licitación quedará sometida a lo establecido en el criterio de
evaluación denominado cumplimiento de requisitos formales.
Será asimismo declarada inadmisible aquella propuesta que haya
presentado datos no fidedignos que resulten determinantes en su oferta.
Por último, los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la
presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de
reembolso por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol.
3.2. Consultas y aclaraciones
Estas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde
el día de publicación de las presentes Bases en el citado portal, hasta 10 días
corridos contados desde esa fecha.
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que
hubieren sido presentadas a través del portal y dentro de los 10 días corridos,
desde la fecha de publicación de las bases en el portal. Las respuestas a las
consultas y las aclaraciones estarán a disposición de los Proponentes dentro
de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar
consultas y aclaraciones señalado en el numeral precedente.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte integrante de
las Bases de esta licitación; y en tal condición, deberán ser consideradas por
los oferentes en la preparación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol , además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones
a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance,
complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no
haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas,
sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a
licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la
preparación de sus ofertas.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte
integrante de las Bases de esta licitación.
3.3. Antecedentes Administrativos
Para postular, los oferentes además de su propuesta técnica deberán
presentar una declaración jurada simple, distinguiendo si se trata de persona
natural, jurídica o unión temporal de proveedores, según a continuación se
indica:
A) Persona Natural:
No estar afecta a ninguna de las siguientes inhabilidades:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el
artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre
Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Asimismo, no estar afecto a ninguna de las inhabilidades en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes
de la Ley 19.886.
b) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de
parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
c) No es gerente, administrador, representante o director de
sociedades de personas en las que formen parte tales funcionarios
directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas por
acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean
accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos
sean dueños de acciones que representen el 10% o más del
capital.
d) No ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26,
letra d), del decreto ley N°211 de 1973.
e) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos
Económicos.
Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y
haber verificado su concordancia, así como también que todos los
antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos,
estando conforme con los términos de la presente licitación pública.
B) Persona Jurídica:
No estar afecto a ninguna de las siguientes inhabilidades:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el
artículo 4° de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo,
no estar afecto a ninguna de las inhabilidades en conformidad con
lo dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886.
b) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que
tampoco está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos
en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c) Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante
o director de sociedades de personas en las que formen parte tales
funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas
por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean
accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos
sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
d) La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las
penas establecidas en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que
establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en
los Delitos que indica.
e) La entidad que represento no ha sido condenada por el Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto
en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
f) No se encuentran inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en
el artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y
haber verificado su concordancia, así como también que todos los
antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos,
estando conforme con los términos de la presente licitación pública.
C) Unión Temporal de proveedores:
Deberán suscribir la respectiva declaración jurada todos los integrantes
de la Unión temporal, sean personas naturales o jurídicas.
Para facilitar el cumplimiento de este requisito administrativo, se
adjuntan a las presentes bases el Anexo N° 3A modelo de declaración jurada simple de persona natural, y el Anexo 3B: modelo de declaración jurada simple
de persona jurídica.
La declaración jurada deberá ser ingresada como antecedente
administrativo, digitalizados en formato PDF o Word, al portal
www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación pública.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de
Unión Temporal de Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el
efecto de participar en un proceso de compra, Deberá materializarse por
escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a
1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por
instrumento público o privado.
Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión,
a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones
que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o
apoderado común con poderes suficientes.
Asimismo, de acuerdo al art. 181 del Reglamento se establece: “el
representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al
momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar
de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes
de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados
en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar
información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a
alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de
Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol consultará el listado de
empresas condenadas por prácticas antisindicales y por infracción de
derechos fundamentales del trabajador, publicado por la Dirección del Trabajo,
declarándose inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que
aparezcan condenados dentro de los anteriores dos años a la presentación de
las mismas.
3.4. Garantía de seriedad de la oferta
Esta garantía se exige para proteger al Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol respecto de los
riesgos de: desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido en
las Bases, retiro de la oferta una vez seleccionada, falta de seriedad en los
términos de la oferta, inhabilidad del seleccionado para contratar con el Estado;
falta de entrega de los antecedentes requeridos para elaborar el contrato, falta
de firma del contrato y falta de entrega de la garantía de cumplimiento de
contrato.
Los Proponentes deberán presentar una caución o garantía pagadera a la
vista, por cada línea de servicio a la que postula, que asegure el cobro de la
misma de manera rápida y efectiva, tomada por él o por un tercero, con el
carácter de irrevocable, y cuyo monto mínimo será de $ 100.000.- a la orden
del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (El nombre podrá abreviarse en
cuyo caso deberá indicarse el RUT1); con una vigencia no inferior a 150 días
corridos contados desde la apertura de la oferta señalada en el portal
www.mercadopublico.cl.
La caución o garantía presentada deberá señalar que está tomada como
Garantía de Seriedad de la Oferta indicando el número de ID que identifica a la
presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, y la línea de servicios a
la que postula.
Si la Garantía de Seriedad de la Oferta es otorgada en el extranjero, el
emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar
reconocido por un banco o institución financiera chilena.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en
que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799
sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación
de dicha firma.
Cuando se trate de garantías electrónicas, los antecedentes podrán ser
enviados de manera virtual mediante el sistema de Ventanilla Única de SENDA
en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual o podrá ser
ingresada junto con su oferta en la plataforma Mercado Público, y dentro del
mismo plazo para presentar las ofertas.
Cuando se trate de garantías en papel, deberán presentarse en las
oficinas del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 7° comuna de
Santiago o en la Dirección Regional de SENDA correspondiente al domicilio del
oferente, hasta el día de cierre de recepción de ofertas indicado en el
portal www.mercadopublico.cl, hasta las 14:00 horas.
El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento,
levantando un acta debidamente firmada por él y por la persona que haga
entrega de la garantía, en la que deberá constar el nombre de la licitación, el
nombre del proponente, nombre y cédula de identidad de la persona que entregó la garantía y la fecha y hora de presentación de la misma. La copia de
dicha acta deberá entregarse a la persona que hizo entrega de la garantía.
Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si
su presentación es extemporánea, o no estuviera extendida en los términos
antes señalados la oferta será declarada inadmisible. Dicha situación será
comunicada a la Comisión Evaluadora por la División Jurídica, previo al
proceso de evaluación.
Ejemplo de llenado:
Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable
No se aceptarán documentos que requieran aviso previo para su
cobro
Beneficiario Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA
RUT 61.980.170-9
El nombre podrá abreviarse (SENDA), pero deberá contener el
RUT.
Vigencia Mínima Vigencia mínima de 150 días corridos contados desde la
apertura de la oferta señalada en el portal
www.mercadopublico.cl
La fecha exacta será comunicada en el portal
www.mercadopublico.cl.
Con el objeto de precaver posibles errores en la validez de la
fecha de la garantía, recordamos que la vigencia mínima es de
150 días corridos contados desde la apertura de la oferta
señalada en el portal www.mercadopublico.cl, pudiendo por tanto
extenderse por un plazo superior.
Monto mínimo $100.000.-
Expresada en Pesos chilenos. En el caso en que la garantía sea una póliza de
seguro y esté expresada en UF, se calculará el valor de ésta
según la fecha de emisión de la garantía.
Glosa Garantía de Seriedad de la Oferta, indicando el número de ID
que identifica a la presente licitación en el portal
www.mercadopublico.cl, y la línea de servicio a la que postula.
Tratándose de vale vista o depósito a la vista, no se requerirá
glosa. Deberá presentar conjuntamente el Anexo Nº 6A
En el caso de las pólizas de seguro, si en las condiciones
generales no se establece expresamente su carácter irrevocable,
dicha exigencia deberá ser incorporada en la glosa del referido
instrumento.
Esta garantía se hará efectiva:
i. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a
SENDA, desistiera de su oferta.
ii. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades
señaladas en el número 6.1 de estas bases.
iii. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los
documentos señalados en el número 6.2 de las presentes bases.
iv. El oferente, cuya oferta ha sido adjudicada, no acompaña dentro
de plazo la garantía de fiel cumplimiento de contrato, solicitada en el
número 6.3 de las presentes bases.
v. Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo
dentro del plazo establecido en el número 6.4 de las presentes bases.
vi. El oferente cuya oferta haya sido adjudicada, habiendo
presentado datos inexactos o no fidedignos en su oferta y ésta deba
ser dejada sin efectos.
Devolución de la Garantía de seriedad de la oferta.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley N°
19.886, la garantía de seriedad de la oferta será devuelta a aquellos oferentes
cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, dentro de
los 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la
inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, salvo
que recurran de cualquier forma en contra de la resolución respectiva.
Asimismo, la devolución de garantía de seriedad a aquellos oferentes cuyas
ofertas hayan sido desestimadas se devolverá en el plazo de 10 días hábiles,
contados desde la resolución que adjudica la línea respectiva a la que postuló.
Considerando que las presentes Bases contemplan la posibilidad de
adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya tenido la mejor
calificación en caso que éste se desista de celebrar el respectivo contrato, todo
de acuerdo a lo dispuesto en el número 5.1 de estas bases; la devolución de la
garantía de seriedad, de la oferta a la segunda calificación más alta, será
devuelta en el plazo de 61 días hábiles, contados desde la notificación de la
resolución que adjudica la línea de servicio respectiva.
Tratándose del oferente adjudicado, la restitución del documento de
garantía de seriedad de la oferta se hará una vez que el contrato respectivo se
encuentre firmado por el adjudicatario y una vez que éste haya hecho entrega
de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo dispuesto en el
número 6.3 y 6.4 de estas bases.
Los oferentes deberán retirar sus documentos de garantía de seriedad de
la oferta en las oficinas de Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol ubicadas en Agustinas N°
1235, piso 6°, comuna y ciudad de Santiago o en la Dirección Regional de SENDA correspondiente al domicilio del oferente. La devolución de los
documentos de garantía se hará por medio del endoso correspondiente, en
caso de que sean endosables, o con la leyenda al dorso “Devuelta al tomador”,
en caso contrario. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de retiro
y recepción pertinente.
Respecto de la devolución de las garantías de seriedad de la oferta
presentada de manera electrónica, serán devueltas en el plazo de 61 días
hábiles, contados desde la notificación de la resolución que adjudica la línea de
servicio respectiva, para lo cual se entregará respaldo del documento
electrónico al interesado, realizado previamente el registro de la devolución en
el Sistema de Control de Garantías del SENDA (SISGAR).
3.5. Propuesta Técnica
La propuesta técnica se hará y presentará por cada línea de servicio a
la que se postule y deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación, debiendo
denominarse dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica VAIS” y cumplir
con todas las especificaciones establecidas en las bases Técnicas.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a
través del portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el
número 2.7 de estas bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se
admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar
las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
La propuesta técnica deberá tener una validez mínima de 150 días
corridos desde la apertura de la oferta señalada en el portal
www.mercadopublico.cl. La oferta cuyo período de validez sea menor que el
requerido, será rechazada por este Servicio Nacional. Con todo, si un oferente
no señala el plazo de validez de su oferta en su propuesta técnica, se
entenderá, en su silencio, que la oferta tiene una vigencia mínima de 150 días
corridos desde la apertura de la oferta señalada en el portal
www.mercadopublico.cl.
Se deja expresa constancia que no podrán adjudicarse ofertas que no
emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al
respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice de
conformidad a la ley.
Toda Propuesta Técnica deberá contener los siguientes antecedentes,
por cada línea de servicio en la que desee participar el oferente:
Una copia del formulario “Propuesta técnica VAIS” (Anexo N° 1).
Este Formulario será el formato oficial de presentación de propuesta las instrucciones señaladas en él y conforme a lo dispuesto en estas bases,
señalando en el mismo la línea de servicio a la cual se está ofertando.
Se deja constancia que se deberá presentar un formulario por cada
línea de servicio ofertada.
En el caso de aquellos oferentes que deseen postular a más de una
línea de servicio, sus propuestas técnicas deberán cumplir, cada una por
separado, los requisitos establecidos en las presentes bases licitación, por lo
que uno o más de los componentes de dichas propuestas no podrán ser
utilizados para complementar otras, cuando ello perjudique el correcto y cabal
cumplimiento de las obligaciones que emanan de dicha línea, haciendo
incompatible la ejecución de los servicios licitados de esa línea de servicio, en
relación a las demás ofertadas.
En el ítem Equipo de trabajo Disponible del Formulario, que forma parte
de los requisitos mínimos para la evaluación de la Oferta Técnica, deberá
declarar el número de horas cronológicas semanales que dispone para la
correspondiente línea de servicio. Con todo, las horas de recurso humano que
se indiquen respecto de una misma persona, no podrán ser superiores a lo
establecido para la jornada ordinaria de trabajo, de acuerdo a lo establecido
por la legislación laboral vigente.
Respecto de un mismo oferente que postule a dos o más líneas, no
podrán contener sus propuestas un similar Recurso Humano, en términos que
se haga incompatible la ejecución de los servicios simultáneamente,
perjudicando el correcto y cabal cumplimiento de las obligaciones de cada
línea de servicio. En este sentido, perjudica la correcta y cabal ejecución de
los servicios si los integrantes del Recurso Humano presentado para la
ejecución de las prestaciones incluidas en una línea de servicio también sean
considerados en otra línea de servicio, con cargas horarias incompatibles. En
cuyo caso, la comisión evaluadora calificará en su mérito la seriedad de las
propuestas presentadas.
3.6. Propuesta Económica
La propuesta económica deberá ser presentada por cada línea de
servicio a la que se postule y deberá ingresarse como archivo adjunto en el
sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación, debiendo
denominarse dicho archivo adjunto como Anexo n°2, “Propuesta Económica” y
deberá cumplir con todas las especificaciones establecidas en las Bases
Técnicas de las presentes bases.
El valor ofertado no podrá ser inferior al 95% del monto total disponible
para cada línea de servicio detallada en el punto N° 1.3.
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ADMISIBILIDAD Y EVALUACIÓN |
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La apertura de las ofertas se realizará el mismo día del cierre de
recepción de estas, referido en el numeral 2.7 de estas Bases, 1 minuto
después del cierre de recepción de las ofertas.
Posteriormente se inicia la admisibilidad administrativa.
4.1. Admisibilidad Administrativa
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas, el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol, antes de evaluar las ofertas técnicas, realizará una revisión de los
antecedentes presentados por los oferentes, en la que se verificarán los
siguientes elementos:
1. Suscripción de la declaración jurada disponible en el portal de
mercado público, emitiendo un informe que dé cuenta de ello. La
falta o no presentación de la referida declaración jurada será
causal para declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta.
2. La presentación del Anexo 1. Propuesta técnica VAIS 2026-
2028.
3. Presencia de Equipo de Trabajo, de acuerdo a lo establecido en
el apartado C.2 de las Bases Técnicas, a través del anexo N°9.
Equipo de Trabajo.
4. La presentación del Anexo N° 2 Oferta económica.
5. La presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta, Anexo
6A.
6. La presentación de los documentos que acrediten la disposición
del inmueble, y el cumplimiento de las condiciones mínimas de
infraestructura de acuerdo al apartado III de las Bases Técnica.
7. Revisión en el registro de las sentencias condenatorias por
prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente
la Dirección del Trabajo.
8. Examinará asimismo si los oferentes hubieren sido condenados
por delitos concursales establecidos en el Código Penal,
9. En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de
Proveedores, examinará asimismo que ella hubiere presentado
el documento donde se formaliza la Unión Temporal de
Proveedores, en el cual deberá estipularse, a lo menos, la
solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones
que se generen con la entidad y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes suficientes. La
falta o no presentación del referido documento, importará la
declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal
le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará
mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho
evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la
publicación de dicha resolución en el portal
www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina
de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235
piso 7, Santiago Centro, si continuará con los restantes
integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su
participación en el proceso.
La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos
administrativos exigidos en la forma prevista, será sometida a lo establecido
en el criterio de evaluación denominado cumplimiento de requisitos formales.
B) Precalificación Técnica
Antes de evaluar las ofertas, se debe constituir la comisión evaluadora
quién realizará la precalificación técnica analizando la siguiente
documentación y presencia los siguientes antecedentes:
B.1. Que la vivienda se ubica a no más de 40 minutos en transporte
público de la Municipalidad de su comuna.
Esta información será acreditada a través del cálculo de trayecto a
través de apps de mapas tales como Google Maps, Maps.
B.2. Las condiciones de infraestructura cumplen con lo requerido en el
punto 3.3 de las bases técnicas.
Aquellas ofertas que no cumplan no lo señalado precedentemente serán
declaradas inadmisibles.
4.2. Modalidad de evaluación
El proceso de evaluación será interno y se realizará en una sola etapa.
Se evaluarán las propuestas técnicas presentadas por aquellos
oferentes que hayan cumplido con presentar los antecedentes administrativos
en la forma exigida en estas bases y cumplido con los requisitos de la
precalificación técnica.
Cada oferta relativa a una línea de servicio será evaluada de forma
independiente.
4.3. Comisión Evaluadora
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas, será realizada por
una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as):
1. Jefatura de la División Programática o por el (la) funcionario(a)
que designe mediante memorándum, el cual, deberá ser enviado
inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la
Ley del Lobby del Servicio.
2. Jefatura del Área de Integración Social o por el (la)
funcionario(a) que designe mediante memorándum, el cual
deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo electrónico
al encargado de la Ley del Lobby del Servicio.
3. Jefatura de la División de Administración y Finanzas o o por
el (la) funcionario(a) que la jefa de la División Territorial designe,
mediante memorándum, el cual deberá ser enviado
inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la
Ley del Lobby del Servicio.
Un Abogado de la División Jurídica del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, deberá obrar
como Ministro de Fe.
En cualquier caso, y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley
N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros
profesionales que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
1) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada
proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos
mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que
ello no ocurra, deberá proponer rechazar la propuesta sin
evaluarla y dejar constancia en el acta.
2) Evaluar las Propuestas Técnicas presentadas.
3) Evaluar las Ofertas Económicas.
4) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las
ofertas, aclaraciones y que salven los errores y omisiones
formales detectados en esta etapa. Asimismo, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del reglamento de la Ley Nº19.886,
SENDA, permite la presentación de certificaciones o
antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas,
o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del
plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Ambas
hipótesis, no deben afectar los principios de estricta sujeción a
las bases, de igualdad de los oferentes, y serán informadas al
resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal
www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente
dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar sus
antecedentes respuesta a través del portal
www.mercadopublico.cl.
5) En caso de ofertas temerarias o peligrosas, la comisión
evaluadora deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta,
de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 61 del
reglamento de N° 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda.
6) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará
constancia, de lo siguiente:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación
de las ofertas.
- Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no
cumplir con los requisitos establecidos en las bases,
debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
- La proposición de declaración de la licitación como
desierta, cuando no se presentarán ofertas, o bien,
cuando la comisión evaluadora juzgue que las ofertas
presentadas no resultan convenientes a los intereses del
Servicio.
- La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas
de cálculo aplicadas para la asignación de dichos
puntajes, así como cualquier observación relativa a la
forma de aplicar los criterios de evaluación.
- La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad
facultada para adoptar la decisión final.
Durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener
contacto con SENDA para los efectos de la misma, a menos que las presentes
Bases señalen alguna excepción.
4.4. Aclaraciones, errores u omisiones y solicitud de
certificaciones o antecedentes
Una vez realizada la apertura de las ofertas, SENDA podrá solicitar a los
oferentes las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión
de su oferta, así como que salven errores u omisiones formales, siempre y
cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una situación de
privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y
se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a
través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente
dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a través del
portal www.mercadopublico.cl.
Además, la comisión evaluadora podrá solicitar a la entidad oferente la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación.
En todos los casos señalados, los oferentes tendrán un plazo de 3 días
hábiles, para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopublico.cl,
contados desde efectuado el requerimiento por el mismo medio.
4.5. Criterios de evaluación
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan dado cumplimiento a las
condiciones administrativas señaladas en el número 4.6 y siguientes, que a su
vez cumplan con los requisitos y especificaciones mínimas exigidas en estas
Bases, lo que será revisado por la comisión evaluadora, de acuerdo al
procedimiento de evaluación que a continuación se detalla.
CRITERIOS PONDERACIÓN
Propuesta Técnica 91%
Propuesta económica 5%
Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación
de la oferta 2%
Cumplimiento de programa de integridad 2%
La evaluación de las ofertas será realizada por la Comisión de
Evaluación, la que analizará los antecedentes y las ofertas presentadas, de
acuerdo a los criterios establecidos a continuación:
El proceso de evaluación será interno y se realizará aplicando en cada
una de ellas una escala de notas de 0 a 7, con dos decimales sin aproximación.
Por último, toda oferta que no se ajuste a los objetivos planteados en
estas bases, deberá ser declarada inadmisible mediante la dictación del
correspondiente acto administrativo.
los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y
se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a
través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente
dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a través del
portal www.mercadopublico.cl.
Además, la comisión evaluadora podrá solicitar a la entidad oferente la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación.
En todos los casos señalados, los oferentes tendrán un plazo de 3 días
hábiles, para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopublico.cl,
contados desde efectuado el requerimiento por el mismo medio.
4.5. Criterios de evaluación
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan dado cumplimiento a las
condiciones administrativas señaladas en el número 4.6 y siguientes, que a su
vez cumplan con los requisitos y especificaciones mínimas exigidas en estas
Bases, lo que será revisado por la comisión evaluadora, de acuerdo al
procedimiento de evaluación que a continuación se detalla.
CRITERIOS PONDERACIÓN
Propuesta Técnica 91%
Propuesta económica 5%
Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación
de la oferta 2%
Cumplimiento de programa de integridad 2%
La evaluación de las ofertas será realizada por la Comisión de
Evaluación, la que analizará los antecedentes y las ofertas presentadas, de
acuerdo a los criterios establecidos a continuación:
El proceso de evaluación será interno y se realizará aplicando en cada
una de ellas una escala de notas de 0 a 7, con dos decimales sin aproximación.
Por último, toda oferta que no se ajuste a los objetivos planteados en
estas bases, deberá ser declarada inadmisible mediante la dictación del
correspondiente acto administrativo.
IV Condiciones de
remuneración
a. Remuneraciones 100% 20%
TOTAL 100%
4.6.1. Mecanismo de asignación de Puntaje
1. Evaluación del Oferente 30%
1.1. Experiencia en la ejecución de programas o proyectos con
población en exclusión social (50%)
En caso de superponerse temporalmente experiencias, se considerará
el periodo total de aquellas, sin realizar una contabilización separada
de ellas.
Se entenderá por población en exclusión social individuos o grupos que
enfrentan múltiples carencias y barreras que restringen su participación
plena en la sociedad en igualdad de condiciones, impidiéndoles
acceder a una calidad de vida digna y a los recursos y oportunidades
básicas tales como educación, empleo, vivienda, protección social.
1.2. Experiencia en gestión de programas de residencias o viviendas
para personas con problemas de salud mental y/o consumo de
alcohol y otras drogas. (50%)
En caso de superponerse temporalmente experiencias, se
considerará el periodo total de aquellas, sin realizar una
contabilización separada de ellas.
2. Evaluación del Equipo de Trabajo 40%
2.1. Experiencia del coordinador/a del equipo en la coordinación de
programas sociales (30%)
Criterios Puntaje
Cuenta con experiencia igual o superior a 5 años en gestión y/o
coordinación de programas y/o proyectos sociales.
7
Cuenta con experiencia inferior a 5 años y superior o igual a 3
años en gestión y/o coordinación de programas y/o proyectos
sociales.
4
Cuenta con experiencia inferior a 3 años y superior o igual a 1
años en gestión y/o coordinación de programas y/o proyectos
sociales.
1
Experiencia inferior a 1 año o sin experiencia en gestión y/o
coordinación de programas y/o proyectos sociales.
0
En caso de superponerse temporalmente experiencias, se considerará
el periodo total de aquellas, sin realizar una contabilización separada
de ellas.
2.2. Experiencia del equipo de intervención directa en
programas/proyectos con población vulnerable, residencias o de
integración social (50%)
En caso de superponerse temporalmente experiencias, se
considerará el periodo total de aquellas, sin realizar una
contabilización separada de ellas.
2. Evaluación del Equipo de Trabajo 40%
2.1. Experiencia del coordinador/a del equipo en la coordinación de
programas sociales (30%)
Criterios Puntaje
Cuenta con experiencia igual o superior a 5 años en gestión y/o
coordinación de programas y/o proyectos sociales.
7
Cuenta con experiencia inferior a 5 años y superior o igual a 3
años en gestión y/o coordinación de programas y/o proyectos
sociales.
4
Cuenta con experiencia inferior a 3 años y superior o igual a 1
años en gestión y/o coordinación de programas y/o proyectos
sociales.
1
Experiencia inferior a 1 año o sin experiencia en gestión y/o
coordinación de programas y/o proyectos sociales.
0
En caso de superponerse temporalmente experiencias, se considerará
el periodo total de aquellas, sin realizar una contabilización separada
de ellas.
2.2. Experiencia del equipo de intervención directa en
programas/proyectos con población vulnerable, residencias o de
integración social (50%)
Presenta menos de 4 cartas de instituciones colaboradoras para la ejecución
de VAIS
1
Se considerarán sólo aquellas cartas de compromiso o documentación
que describa el aporte o tipo de apoyo de manera explícita, los cuales deben
apoyar el proceso tanto de los participantes, desde una lógica de inclusión
social, como al equipo favoreciendo su práctica y quehacer. No se
considerarán cartas provenientes de centros de tratamiento por alcohol y otras
drogas.
4. Condiciones de remuneración (20%)
4.1. Remuneraciones (100%)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará por cada línea de
servicio, y se considerará por separado cada uno de los siguientes roles del
equipo de trabajo: coordinador/a, facilitador/a de itinerario y asesor/a de
competencias.
Para cada rol, se evaluará el promedio de la remuneración bruta
mensual ofertada para los trabajadores que desempeñarán dicha función.
A la oferta que presente el mayor promedio de remuneración bruta
para cada rol, se le asignarán 7 puntos. Las demás ofertas se puntuarán de
acuerdo con la siguiente fórmula:
Una vez calculados los puntajes para cada uno de los tres roles, se
obtendrá el puntaje final del criterio de remuneraciones mediante el
promedio simple (utilizando dos decimales) de los tres puntajes parciales.
Si no se presenta información respecto de uno o más roles, se asignará 0
puntos para el(los) rol(es) omitido(s), afectando proporcionalmente el puntaje
total.
Esta información debe ingresarse en el Anexo 4, en conjunto con los
antecedentes solicitados.
4.6.2. Puntaje Técnico
La suma de los puntajes obtenidos de acuerdo a la pauta anterior,
debidamente ponderados según la tabla de evaluación precedente, dará la nota final de la propuesta técnica. El puntaje técnico obtenido se expresará
con dos decimales sin aproximación.
En todo caso, aquellos oferentes que obtengan una nota inferior a 4.0
en su oferta técnica no podrán ser adjudicados, y su oferta deberá ser
declarada inadmisible, por no ser conveniente para los intereses del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol.
4.7. Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de
la oferta (2%)
Se evaluará el cumplimiento por parte del oferente de todos los requisitos
formales en la presentación de la oferta en los plazos establecidos para ello,
de acuerdo a los siguientes criterios:
Criterio Ponderación
El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la
presentación de la oferta en los plazos establecidos para ello y no se
le solicitan antecedentes conforme al art. 56 del Decreto N°661
reglamento de la Ley 19.886.
7
No cumple con la presentación completa de los antecedentes, pero los
acompaña con posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones
formales, conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley
19.886.
4
No acompaña con posterioridad los documentos solicitados, conforme
al art. 56 del Decreto N°661 Reglamento de la ley N°19.886, o lo
acompañado no cumple con lo solicitado.
0
4.8. Programas de Integridad (2%)
Las entidades deberán acompañar documentos que permitan verificar la
existencia del programa de integridad y su difusión dentro de la empresa u
organización.
Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular,
memorándum interno, correo electrónico o cualquier otro documento idóneo
para dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa (en
idioma español), se asignará puntaje 7 al oferente que cuente con dicho
programa y acompañe los respectivos verificadores.
En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas
naturales (Anexo 5B), se evaluará la formación personal en cursos de
perfeccionamiento, diplomados y/o capacitaciones en modalidad presencial y/o
E-learning u otros documentos fidedignos en que conste que se han capacitado
en integridad o compliance, se asignará puntaje 7 a la persona natural que
cuente con la señalada formación y acompañe los verificadores de ello.
Para dar cuenta de la implementación de un programa de integridad
deberá completarse el anexo señalado y además acompañar en formato libre él
o los documentos verificadores.
La falta o no presentación de los referidos anexos, implica declarar
la inadmisibilidad de la respectiva oferta.
Criterios Puntaje
El oferente cuenta con un programa de integridad conocido por su organización
o en caso de las personas naturales cuenta con formación personal acreditada
en materia de integridad o compliance.
7
El oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su
organización o en caso de las personas naturales no se cuenta con formación
personal acreditada en materia de integridad o compliance.
0
4.9. Evaluación de las Ofertas Económicas (5%)
La evaluación se hará por cada línea de servicio, sobre la base de una
escala de 1 a 7, mediante la aplicación de una regla aritmética de tres,
asignando la nota más alta a la propuesta de menor valor con impuestos
incluidos que sea presentada. Para la ejecución del servicio que se licita,
SENDA ha dispuesto de un monto máximo de por cada línea de servicio,
las ofertas que económicas que superen el monto señalado en el punto N° 1.3
para cada línea de servicio, serán declaradas inadmisibles, asimismo, lo serán
aquellas que oferten un valor inferior al 95% dispuestos para cada línea de
servicio.
Para estos efectos el oferente deberá presentar el Anexo N° 2, contenido
en el Acápite III de las presentes Bases, debidamente llenado.
Las ofertas serán evaluadas económicamente a través de la aplicación
de la siguiente fórmula:
Puntaje económico = OPM * 7
OE
Dónde:
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas
OE: es el precio de la oferta evaluada
7: es el puntaje máximo para el factor
Se deja expresa constancia que, es responsabilidad exclusiva del
oferente, considerar dentro del monto bruto máximo ofertado, los
eventuales impuestos a los que pudiera verse afecto, a la luz de las
modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro eventual
hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud de los servicios
licitados.
4.10. Puntaje Final
El oferente que obtenga la más alta calificación que resulte de la suma de
las notas finales obtenidas en la evaluación del cumplimiento de los requisitos
formales, programas de integridad y propuesta técnica, será quien se
adjudique la(s) líneas de servicio.
La nota final que los oferentes obtengan será ponderada con los
siguientes valores:
a. La evaluación técnica 91%
b. Propuesta económica 5%
b. Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de la
oferta 2%
c. Cumplimiento de programa de integridad 2%
4.10. Mecanismo para dirimir empates
En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre
dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de
dirimir, en el orden de prelación que a continuación se indica:
1. Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente
que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado
“Evaluación del oferente”.
2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate,
se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más
alta calificación en el ítem denominado “evaluación del equipo de trabajo”.
3. Sí, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se
mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que
hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Trabajo en
Red”.
4. Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor
nota de evaluación en el ítem “Condiciones de Remuneración”
5. Finalmente, si pese a los mecanismos para dirimir empates aún
existiera un empate entre dos o más oferentes, se resolverá en favor de
quien presentó primero su oferta en el portal de mercado público.
4.11. Rechazo de las Ofertas
SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con
los requisitos establecidos en las presentes Bases.
Declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando
éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA. En cualquiera
de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
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ADJUDICACIÓN |
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La adjudicación se realizará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
realización de la evaluación de las ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA, a través de acto administrativo
fundado, totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la
adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a
través del portal www.mercadopublico.cl.
5.1. Selección del adjudicado y readjudicación
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación
será seleccionado. Posteriormente se procederá a su adjudicación mediante
acto administrativo fundado del SENDA, debidamente notificada al
Adjudicatario y al resto de los Oferentes, a través del Sistema de Información
de Compras Públicas. En dicho acto deberán especificarse los criterios de
evaluación y el puntaje que hayan permitido al Adjudicatario obtener la
calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los
oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal
www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar
con el Estado, que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que
impida suscribir el contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el
Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si
dicha oferta es conveniente a los intereses del SENDA, o bien se declarará
desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo
fundado.
5.2. Causales para dejar sin efecto la adjudicación
El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente
acto administrativo, por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades
señaladas en el numeral en el punto 6.1 de las presentes Bases.
b) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los
documentos señalados en el punto 6.2 de las presentes Bases.
c) Si el oferente adjudicado, debiendo entregar la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato, no la entregase en tiempo y forma,
de acuerdo a lo señalado en el punto 6.3 de las presentes Bases.
d) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al
SENDA, desistiera de su oferta.
e) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato
respectivo dentro del plazo establecido en el punto 6.4 de las presentes
Bases.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el
SENDA hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicará al
Oferente que, según el Acta de Evaluación Final, hubiese obtenido el siguiente
mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los
intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a
través de acto administrativo fundado.
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CONTRATACIÓN |
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Se elaborará un contrato de prestación de servicios, dentro de los 10
días hábiles desde la recepción de la documentación necesaria para elaborar
el contrato.
6.1. Inhabilidades para contratar
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten
alguna de las siguientes inhabilidades:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo
4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, no
estar afecto a ninguna de las inhabilidades en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886.
b) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que
tampoco está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en
la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c) No es gerente, administrador, representante o director de sociedades
de personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o
parientes; ni de sociedades en comanditas por acciones o anónimas
cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades
anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que
representen el 10% o más del capital.
d) No ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N°211 de 1973.
e) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto
en el artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
f) La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las
penas establecidas en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que
establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los
Delitos que indica.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el
SENDA adjudicará la licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación
Final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si
dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará
desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo
fundado.
6.2. Requisitos para contratar
Los oferentes seleccionados deberán presentar dentro de los 20 días
corridos siguientes a la fecha de la notificación de la resolución que adjudica
la presente propuesta pública, la documentación que a continuación se indica
para suscribir el contrato respectivo.
6.2.1. TODOS LOS OFERENTES
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y
proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
2. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Según las
indicaciones contenidas en el punto 6.3 de las presentes Bases.
3. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones
laborales y previsionales con sus actuales trabajadores y con los
contratados en los últimos dos años, el adjudicatario deberá
acompañar un certificado vigente de Antecedentes Laborales y
Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y una declaración
jurada según el formato que a continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya
tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada
según el formato que a continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una
de las opciones especificadas:
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 202_,
don/doña ...................................................................................., representante
legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en
declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a
……………………………….
Firma: …………..…………
Nombre: …………..………
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados
actualmente, ni los haya tenido durante los últimos dos años, deberá
acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se
indica:
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 202_,
don/doña ...................................................................................., representante
legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en
declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los
últimos dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años.
Firma: …………..…………
Nombre: …………..………
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser
destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la entidad acreditar que
la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad
del período de ejecución de la contratación. Senda exigirá que la entidad
contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y
planillas, en la oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de
las obligaciones adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la entidad contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo
contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la entidad referida
no podrá participar.
6.2.2 Documentos para persona natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para
contratar.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 202_,
don/doña ...................................................................................., RUT………………, viene en
declarar que:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la
Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios. Asimismo, no estar afecto a ninguna de las inhabilidades en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886.
b) No soy funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de
parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c) No soy gerente, administrador, representante o director de sociedades de personas en las
que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas por
acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades
anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o
más del capital.
d) No he sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad
con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973.
e) No me encuentro inhabilitado en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°
21.595 sobre Delitos Económicos.
Firma: …………..…………
Nombre: …………..………
RUT: ..………….………….
6.2.3. Documentos para persona jurídica nacional (incluidas
las empresas individuales de responsabilidad limitada):
A. En caso de sociedades:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones
necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto,
administración y representación legal, si las hubiere, y sus
correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e
inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que
corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se
acojan a la Ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto
actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que
corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se
acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia,
emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la
Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de
Bienes Raíces que corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los
representantes legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el
Conservador de Bienes Raíces y de Comercio en donde se inscribió la
sociedad.
B. En caso de fundaciones o corporaciones:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979
del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos,
reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre
Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de
asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o
documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente
autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos
establecidos por el artículo 548 del Código Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la
personalidad jurídica, o certificado de vigencia en donde conste Número
de Inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines
de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la
personalidad jurídica, cuando corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los
estatutos en que caso que existiere y todas las escrituras públicas
insertar en ellos, y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de estatutos, debidamente
autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e
Identificación.
7. Certificado de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e
Identificación.
C. En todos los casos:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de
declaración que a continuación se indica.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 202_,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de……………………………………………, RUT………………, viene en declarar que:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la
Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios. Asimismo, no estar afecto a ninguna de las inhabilidades en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886.
b) No soy funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de
parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c) No soy gerente, administrador, representante o director de sociedades de personas en las
que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas por
acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades
anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o
más del capital.
d) No he sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad
con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973.
e) No me encuentro inhabilitado en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°
21.595 sobre Delitos Económicos.
f) La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los
artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas
Jurídicas en los Delitos que indica.
Firma: ………….…………
Nombre: …………..………
RUT: ..………….………….
Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada,
las Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
6.2.4. Documentos para persona jurídica extranjera:
a) Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los
documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser
legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el
Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
b) Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile,
acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y
representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y
representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido
otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de
sociedad chilena, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del
representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la
sociedad extranjera, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del
representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del
contrato materia de las presentes bases.
c) Deberá designar domicilio en Chile.
d) Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar
su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de
la Ley Nº 18.046.
6.2.5. Unión temporal de proveedores
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de
Proveedores, deberá presentar la escritura pública donde se materialice el
acuerdo para constituir la Unión Temporal, además, cada uno de sus
integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos
anteriores, según sea el caso.
Asimismo, cada proveedor que integre dicha unión temporal deberá
inscribirse en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato.
En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos
señalados cuando se encuentren digitalizados y vigentes en el Registro de
Proveedores.
6.3. Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 20
días hábiles, a contar de dicha notificación, presentar una caución o
garantía, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles al plazo de las obligaciones contractuales.
Cada caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para
la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA,
Rut 61.980.170-9, (el nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse
el RUT.); por un monto igual o superior al 5% del valor neto del contrato, que
para efectos de claridad del proceso, se indicará para cada línea de servicio
adjudicada en la Resolución correspondiente.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato deberá ser
pagadera a la vista, con carácter de irrevocable.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente
que, junto con garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales,
se garantiza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de
multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato, excluyendo
el sometimiento previo a arbitraje.
La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra
tomada como “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” e
indicar el número de ID que identifica a la presente licitación en el portal
www.mercadopublico.cl.
Con todo, tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su
naturaleza, no requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato es otorgada
en el extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado
en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena.
Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la
forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal
caso el SENDA hará efectiva la garantía y adjudicará al Oferente que, según el
Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o
declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
Además, dicha garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y
sociales con los trabajadores del adjudicatario, de conformidad a lo señalado
en el artículo 11 de la Ley N° 19.886.
SENDA hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento
de Contrato, una vez recibido conforme los servicios y cumplido a satisfacción
el contrato.
Tipo de Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter documento irrevocable
Beneficiario
“Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, RUT N°
61.980.170-9.” El nombre podrá abreviarse pero siempre
deberá indicarse el RUT.
Vigencia
mínima
Vigencia mínima de 60 días hábiles con posterioridad al
término de la vigencia del contrato.
Monto Deberá ser igual o superior al 5% del valor neto del
contrato.
Expresada
en
Pesos chilenos (En el caso en que la garantía sea una
póliza de seguro expresada en U.F., su equivalente en
pesos se calculará a la fecha de emisión del instrumento)
Glosa
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, y las obligaciones laborales con sus
trabajadores y multas, e indicar el número de ID que
identifica a la presente licitación a través del portal
www.mercadopublico.cl.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar
expresamente que, junto con garantizar el fiel
cumplimiento de las obligaciones contractuales, se
garantiza el cumplimiento de obligaciones laborales y
sociales y el pago de multas a las que pudiera dar origen
el incumplimiento del contrato.
Tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su
naturaleza, no requerirá expresar la mencionada glosa ni
la vigencia.
6.4. Formalización del contrato
El adjudicado deberá remitir a SENDA el contrato firmado, dentro de los
10 días hábiles siguientes a su envío
Si el adjudicado no suscribe el Contrato dentro del plazo ya
indicado, SENDA podrá tener por desistida su oferta, a menos que la no
suscripción del contrato se deba a una causa imputable a SENDA, y
adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el
siguiente mejor puntaje final o declarará desierta la licitación, a través de acto
administrativo fundado.
Se deja expresa constancia que si la adjudicataria registra saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años,
los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser
destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar
que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad de la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, para estos
efectos en este plazo deberá presentar los comprobantes de pagos que
demuestren fehacientemente el total cumplimiento de la obligación. El
incumplimiento de esta obligación por parte de la entidad contratada dará
derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo
llamar a una nueva licitación en la que la entidad no podrá participar.
6.5. Aprobación del contrato
El contrato que el SENDA suscriba con el adjudicatario, deberá ser
aprobado a través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir
a contar de la fecha de total tramitación de dicho acto administrativo.
SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EL ADJUDICADO PODRÁ
INICIAR LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO LICITADO, SIN ESPERAR LA
TOTAL TRAMITACIÓN DEL ACTO QUE APRUEBA EL CONTRATO
RESPECTIVO, PREVIA COORDINACIÓN CON LA CONTRAPARTE
TÉCNICA.
Con todo, los pagos sólo podrán realizarse una vez que se encuentre
totalmente tramitado el acto que apruebe el contrato.
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CONTENIDO DEL CONTRATO |
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7.1. Objeto e interpretación del contrato
El objeto del presente contrato es la implementación y operación de las
Viviendas de Apoyo a la Integración Social (VAIS), destinadas a personas en
proceso de recuperación por consumo problemático de alcohol y otras drogas,
conforme a las especificaciones contenidas en las Bases Técnicas y
Administrativas de la licitación.
A. El Contratista deberá:
1. Poner a disposición y mantener en funcionamiento viviendas en las
comunas y sectores definidos en las Bases Técnicas.
2. Garantizar condiciones de infraestructura y equipamiento mínimo que
permitan un espacio seguro, habitable y adecuado para la vida en
comunidad.
3. Conformar y mantener un equipo de trabajo multidisciplinario, calificado
y suficiente en horas y funciones, de acuerdo con los perfiles y
condiciones exigidas.
4. Proporcionar acompañamiento técnico y social, orientado al desarrollo
de habilidades de autonomía, reinserción social y sostenibilidad del
proceso de recuperación.
5. Entregar los servicios y bienes necesarios para la adecuada atención
de las personas usuarias, conforme a las condiciones de calidad
establecidas en las Bases.
El servicio tendrá una duración de treinta y seis (36) meses, desde el 1
de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028.
Formarán parte integrante del contrato las Bases de Licitación, sus
aclaraciones y modificaciones, así como la oferta presentada por el
adjudicatario, todo lo cual se entenderá complementario entre sí. En caso de
discrepancia, prevalecerá el orden señalado en el artículo 1° del Reglamento
de la Ley N° 19.886, aprobado mediante Decreto Supremo N° 661 de 2024 del
Ministerio de Hacienda.
El presente contrato se rige por las normas previstas en la Ley N° 19.886
de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios, y su Reglamento. Conforme a lo dispuesto en el artículo 1° de dicha
ley, se aplicarán supletoriamente las normas de Derecho Público y, en defecto
de éstas, las normas del Derecho Privado. En todo lo no previsto en el
presente contrato, éste será interpretado armónicamente en virtud de las
normas jurídicas y antecedentes indicados en la presente cláusula.
7.2. Plazo de ejecución
El servicio encomendado deberá ser ejecutado, en su totalidad, en un
plazo de 36 meses, contados el 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de
2028.
En consideración al servicio requerido y definido en estas bases de
licitación pública, las entidades deberán contar, al día de inicio del contrato, con
la implementación y equipamiento adecuado de la Vivienda que permita la
entrega del servicio, así como con la totalidad del recurso humano ofertado y
adjudicado.
Para lo anterior, SENDA podrá, desde la suscripción del respectivo
contrato, visitar la vivienda para velar por el cumplimiento de las condiciones
del párrafo anterior.
Todas las notificaciones, que hayan de efectuarse en virtud del contrato
que se celebre entre las partes se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por la entidad en el formulario
de presentación de propuesta técnica (Anexo N°1 de las bases administrativas
y técnicas) o documento donde conste la propuesta técnica según sea el caso.
Para todos los efectos, se entenderá notificado al día hábil siguiente
desde el envío del referido correo electrónico.
7.3. Obligaciones del contratista
El Contratista deberá cumplir, como mínimo, con las siguientes
obligaciones:
1. Ejecución Técnica y Operativa
a. Mantener en funcionamiento continuo la(s) vivienda(s)
adjudicada(s), asegurando las condiciones de infraestructura,
equipamiento y habitabilidad requeridas.
b. Garantizar la disponibilidad del equipo de trabajo comprometido
en la oferta, respetando jornadas, perfiles profesionales y
experiencia exigida.
c. Implementar el acompañamiento técnico individual y grupal a las
personas usuarias, en las áreas de salud, autocuidado, inserción
social, laboral y comunitaria.
2. Gestión Administrativa y de Recursos
a. Destinar los recursos exclusivamente al cumplimiento de los fines
del programa.
b. Presentar informes técnicos, administrativos y financieros en la
forma y plazos establecidos por SENDA.
c. Acreditar mensualmente el pago íntegro y oportuno de
remuneraciones y cotizaciones previsionales del personal.
3. Normativa y Supervisión
a. Permitir y facilitar la supervisión, fiscalización y monitoreo de
SENDA, entregando toda la información requerida.
b. Cumplir las normas legales y reglamentarias aplicables en
materia laboral, sanitaria, previsional, de probidad y
transparencia.
c. Mantener reserva y confidencialidad de los datos de las personas
usuarias y de la información obtenida en la ejecución del
programa.
d. Continuidad y Calidad del Servicio.
e. Garantizar la continuidad del servicio durante toda la vigencia del
contrato.
f. Aplicar protocolos de seguridad y planes de contingencia frente a
situaciones críticas que afecten a las personas usuarias o al
funcionamiento de la vivienda.
7.4. Obligaciones de SENDA
SENDA se obliga a:
1. Supervisión y Coordinación
a. Designar un Administrador del Contrato, responsable de
coordinar, supervisar y monitorear la ejecución de los servicios.
b. Proporcionar al Contratista lineamientos técnicos y
metodológicos necesarios para la adecuada implementación del
programa.
2. Apoyo y Asesoría Técnica
a. Realizar asesorías técnicas periódicas y visitas de supervisión en
las viviendas adjudicadas, con el fin de apoyar la correcta
implementación del modelo VAIS.
b. Emitir observaciones, recomendaciones y orientaciones que
contribuyan a la mejora continua del servicio.
3. Gestión Financiera
a. Efectuar los pagos pactados en los plazos y condiciones
establecidos en el contrato, previa revisión y aprobación de los
informes correspondientes.
4. Garantía de Buen Servicio
a. Resolver, dentro de sus competencias, consultas o
requerimientos administrativos y técnicos presentados por el
Contratista.
7.5. Del pago y de los informes
A. Del pago
El monto adjudicado será pagado en 36 cuotas mensuales iguales,
distribuidas en 12 pagos por año de ejecución, correspondientes al precio
mensual del servicio contratado. Cada cuota mensual cubrirá la totalidad de
los gastos incurridos, incluidos impuestos y cualquier otro costo asociado a la
correcta operación del servicio.
SENDA no entregará recursos adicionales a los aquí estipulados, por lo
que el monto ofertado deberá considerar la totalidad de los costos necesarios
para la ejecución del servicio, incluyendo el pago de IVA.
El monto mensual podrá ser objeto de reajuste, exclusivamente mediante
acto administrativo fundado, dictado por SENDA en diciembre de 2026 y 2027,
el cual comenzará a regir a contar del mes de enero de 2027 y 2028
respectivamente. El reajuste será determinado considerando el índice de
actualización del presupuesto del Sector Público y, en especial, la
disponibilidad presupuestaria conforme a la Ley de Presupuestos del
respectivo año.
La aplicación del reajuste no requerirá modificación del contrato, y será
debidamente notificado a la entidad ejecutora una vez totalmente tramitada la
respectiva resolución.
B. De los informes
Existirá un formato específico de informe que deberá ser completado sin
alterar su contenido.
Dichos informes deberán ser entregados en formato electrónico mediante
Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el link
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual, a más tardar el 3er día hábil del mes
siguiente dirigidos al encargado/a de Integración social de la Dirección
regional respectiva, quien deberá evaluar el contenido de los mismos en un
plazo máximo de 10 días hábiles.
Aprobado el informe, se dará lugar a la recepción conforme de los bienes
y/o servicios adquiridos por el encargado/a de Integración social de la
Dirección regional respectiva, procediendo al pago.
Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para
la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA,
RUT Nº 61.980.170-9, dirección calle Agustinas N° 1235, piso 9, Santiago o en
la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no enviará
facturas que no se encuentren debidamente extendidas, que presenten
enmiendas o estén incompletas, procediéndose a la devolución de la misma,
reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días
corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983.
El pago se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria o cuenta
vista señalada por el prestador con anterioridad a la emisión de la orden de
compra.
7.6. Modificación del contrato
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el SENDA estima
necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, las que
por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario;
podrá proponer a éste las modificaciones, las que podrán incluir las
prestaciones, plazos y en consecuencia el monto total del contrato, no
pudiendo exceder este último el 30% del originalmente propuesto.
La modificación señalada deberá ser aprobada mediante la suscripción
del contrato respectivo, sancionado a través del correspondiente acto
administrativo totalmente tramitado.
El reajuste de precio indicado en el punto 1.3 de las Bases Administrativas,
no significará una modificación del contrato, sino que será aprobado mediante
Resolución Exenta y comunicada al prestador, comenzando a regir en el mes de
enero de 2027 y 2028 respectivamente.
La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época indicada previamente,
teniendo como factores referenciales el factor actualización del presupuesto del
Sector Público anual y, especialmente, la disponibilidad presupuestaria de
acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público del año correspondiente.
7.7. Propiedad Intelectual
Los documentos de orientaciones técnicas, el sistema de registros VAIS,
así como los documentos emanados desde el área de Integración Social, no
podrán ser difundidos o reproducidos, en cualquier forma o medio, total o
parcialmente.
Es posible y se permite la adaptación de ciertos documentos por parte de
los equipos ejecutores, siempre y cuando contribuyan al proceso de las
personas usuarias. La modificación de estos documentos, como pueden ser el
consentimiento informado, plan de inserción y autonomía, debe ser consentido
y aprobado por parte de los y las encargadas de Integración social de las
direcciones regionales o quien subrogue, a través de correo electrónico.
7.8. Consentimiento informado
El consentimiento informado se comprende como un proceso dialógico
entre la persona usuaria y el equipo VAIS, que se desarrolla de forma
permanente durante toda su permanencia en VAIS y que releva el derecho de
la persona a decidir sobre trayectoria y proceso de inserción y autonomía
disponiendo de toda la información requerida para una toma de decisión
autónoma y consciente.
Para efectos de ingreso a la VAIS, el proceso de consentimiento se
materializa a través de la firma de un documento donde la persona señala su
voluntad para consentir su ingreso al programa, por lo que el contenido de
este documento debe ser claro, entendible y no extenso. El documento debe
incluir:
1. Breve descripción del programa
2. Breve metodología de acompañamiento (asesorías semanales para coconstruir
y avanzar en el plan de inserción y autonomía)
3. Aludir explícitamente a la voluntariedad de la persona para acceder a
VAIS
4. Declarar su derecho a confidencialidad, informando sobre límites de la
confidencialidad (informes a Tribunales o el intersector) cuando así
corresponda
5. Debe señalar que su permanencia en VAIS no tiene costo para la
persona usuaria.
Para la aplicación del consentimiento informado se debe procurar escribir
la fecha y firma de la persona responsable como del participante, entregando
copia a cada persona usuaria y resguardando el original en la carpeta del
usuario.
El formato de consentimiento informado, que debe ser el instrumento de
trabajo de cara a los y las participantes, pudiendo ser adaptado por el
contratante previo envío de propuesta y autorización por correo electrónico por
parte del encargado/a de integración social de la Dirección regional.
No obstante, cualquier modificación debe cautelar el espíritu original del
consentimiento como un instrumento que resguarda la voluntariedad de la
persona para acceder al programa por sobre la asignación de cargas
adicionales y/o reglas autoritarias que desproporcionan el sentido del
programa que es la autonomía progresiva.
7.9. Carpetas técnicas de personas usuarias y su resguardo
A. Sobre las carpetas técnicas de participantes
El oferente está mandatado a mantener actualizada las carpetas
técnicas que son el instrumento en el cual se registra la trayectoria de
acompañamiento de una persona y de su proceso en VAIS.
Las carpetas técnicas deben contener:
1. Antecedentes vinculados a la postulación (ficha de postulación, y
otros antecedentes que complementen la información)
2. Consentimiento informado
3. Detección de necesidades o evaluación de integración social
4. Plan de inserción y autonomía con plazos para su ejecución
5. Evaluaciones y actualización del plan de inserción y autonomía
6. Recibos de aporte del 10%
7. Documentos que resulten de la aplicación de instrumentos o
metodologías de trabajo
8. Documentos de gestión de redes, diligencias y/o beneficios
recibidos, entre otros.
Las carpetas deben tener la identificación actualizada de la persona
usuaria; nombre completo, número y tipo de documento de identificación:
cédula de identidad, pasaporte, u otro; sexo, fecha de nacimiento, domicilio,
teléfonos de contacto y/o correo electrónico, ocupación y sistema de salud al
que pertenece. Así mismo, en los casos de personas TRANS, se debe
considerar la normativa vigente, en que todos los registros utilizados en la
atención, deben contemplar en primer lugar el nombre legal de la persona
(consignado en el carnet de identidad o documento de identificación) y en
segundo lugar el nombre social con que la persona se identifica.
Además, debe contener decisiones adoptadas por la persona respecto
del acompañamiento técnico, tales como solicitud de egreso, altas
administrativas y requerimientos vinculados a sus convicciones religiosas,
étnicas o culturales, en su caso, junto con lo anterior, debe incluir los Informes
de derivación a otro programa, Informes a Tribunales u otras instituciones.
En el caso de participar niños y niñas de manera permanente, también
deben existir carpetas enlazadas a su adulto referente. Estas deben procurar la
identificación actualizada del niño/a (con los mismos estándares que para las
personas adultas). Su contenido debe resguardar información sobre la relación
directa y regular, gestión de redes intersectoriales, y cualquier otra información
relevante para el/ella y el equipo.
Al igual que las carpetas de las personas adultas, su contenido es
sensible y debe mantener condiciones de confidencialidad, no obstante, a su
adulto responsable se le debe proporcionar la información manteniéndolo
actualizado en todo momento.
B. Resguardo de las carpetas técnicas
El contratista se encargará del resguardo de las carpetas técnicas, las
que deben considerar el acceso restringido y la seguridad de las mismas.
En caso de cambio de contratista para la ejecución de VAIS, las carpetas
de participantes que se encuentren activos, deberán ser traspasadas al nuevo
ejecutor, para ello deberán solicitar el consentimiento escrito y firmado de la
persona participante, como también un documento escrito de recepción de la
información por parte del nuevo contratista.
En caso de finalización del contrato, las carpetas técnicas de
participantes egresados deben ser resguardadas por un periodo de 5 años,
debiendo mantener toda la información protegida y en un lugar seguro con
acceso restringido. La entidad deberá generar los mecanismos para la entrega
de información en caso de que las personas participantes la soliciten, y/o
SENDA o solicitudes de tribunales, una vez finalizado el contrato.
7.10. Exclusividad en el uso de la Vivienda
Por otra parte, la vivienda y su respectiva infraestructura y equipamiento
será de uso exclusivo para el programa VAIS, por tanto, no podrán residir en
ella personas usuarias que no formen parte de los cupos autorizados por
SENDA y registrados en el SISTEMA informático VAIS; como tampoco podrán
funcionar en las instalaciones (vivienda y terreno), otros proyectos o equipos
que no formen parte de la propuesta técnica. Asegurando un verdadero
sentido de casa, evitando la institucionalización de la experiencia y
permitiendo un mejor uso del dispositivo
De verificarse un incumplimiento a la exclusividad del destino de la
infraestructura, se dará lugar al término anticipado del contrato de acuerdo a la
letra p del “III” contenido en el numeral 7.17. relativo al término anticipado
parcial o total del contrato.
7.11. Sistema de Asesoría
La licitación será objeto de asesorías, supervisión y evaluación periódica
por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA).
El sistema de asesoría será de responsabilidad de SENDA y el
contratista deberá disponer y asegurar que todo el equipo participe de las
diferentes instancias de asesoría técnica pudiendo ser lideradas principalmente
por el área de integración social de la Dirección regional como por las
contrapartes del nivel central de SENDA.
Durante el primer trimestre de cada año, la Dirección Regional elaborará
un plan anual de asesoría, el cual será presentado y acordado a través de la
firma de quien coordina la VAIS, este Plan, debe recoger desafíos técnicos,
proceso de mejoras y elementos que contribuyan al desarrollo del quehacer
tanto del ejecutor como del equipo VAIS de cara a las trayectorias de los y las
participantes. La elaboración de dicho plan, será un eje estructurante del
sistema de asesoría anual, proyectando el desarrollo de temas entre el equipo
VAIS e Integración social de la Dirección regional.
Las asesorías técnicas serán mensuales y principalmente presenciales,
en las dependencias de la VAIS, previa coordinación entre el equipo de
Integración social de la Dirección regional, de igual manera, existirán instancias de asesoría y acompañamiento técnico virtual, en donde es indispensable la
participación del equipo VAIS.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá generar visitas técnicas a la
VAIS sin previa coordinación con el equipo.
Las asesorías técnicas y acompañamiento técnico, en algunas
oportunidades se puede traducir en jornadas o capacitaciones que tienen por
objetivo fortalecer las competencias del equipo y propender a la mejora
continua de la VAIS. Para ello, es necesario que todo el equipo se comprometa
a asistir, en la eventualidad de generar instancias como éstas.
7.12. Sistema de Monitoreo
El contratista debe contribuir a la promoción de una cultura de evaluación
y mejora continua de la calidad de los servicios, resguardando la participación
del equipo profesional en instancias de asesoría y capacitación, favoreciendo la
integración en el programa de metodologías de evaluación de procesos y
resultados VAIS.
En ese marco, se sitúa el Sistema de Monitoreo de Resultados,
mecanismo de recolección y análisis de la información proveniente del Sistema
informático VAIS que los equipos profesionales deben conocer y utilizar de
manera periódica, con la finalidad de obtener indicadores de resultados que
apoyen la toma de decisiones orientadas a la mejora continua de la calidad.
Cada VAIS deberá realizar un monitoreo de sus resultados, que incluye
variables tales como tiempos de espera, tiempo óptimo, motivo de egreso,
mejoras en habitabilidad, y una propuesta de mejoramiento y/o mantenimiento
de indicadores, en formato establecido por SENDA de acuerdo al documento
de Monitoreo de Indicadores, el que será entregado por las respectivas
Direcciones Regionales. El adjudicatario deberá velar por que cada VAIS
correspondiente a la o las líneas adjudicadas, remita el Sistema de Monitoreo
de Resultados a la respectiva oficina regional de SENDA, en los siguientes
plazos:
1. 30 de julio de 2026, que dé cuenta de la información del periodo 1 de
enero al 30 de junio de 2026.
2. 30 de enero de 2027, que dé cuenta de la información del periodo 1 de
julio al 31 de diciembre de 2026.
3. 30 de julio de 2027, que dé cuenta de la información del periodo 1 de
enero al 30 de junio de 2027
4. 30 de enero de 2028, que dé cuenta de la información del periodo 1 de
julio al 31 de diciembre de 2027.
5. 30 de julio de 2028, que dé cuenta de la información del periodo 1 de
enero al 30 de junio de 2028.
6. 20 de diciembre de 2028, que dé cuenta de la información del periodo 1
de julio al 10 de diciembre de 2028.
El monitoreo de VAIS no sólo se garantiza desde el contratista y por
medio de un sistema de Monitoreo de Resultados, sino que se podrá dar en
cada asesoría técnica realizada por el encargado/ de Integración Social o quien
subrogue en las visitas presenciales a la Vivienda. En estas actividades, el
funcionario/a de SENDA, podrá revisar e inspeccionar la VAIS y sus
instalaciones con el fin de garantizar las condiciones originales del contrato, en
este sentido y al detectarse hallazgos que dan cuenta de incumplimientos a las
condiciones estipuladas por estas bases para la ejecución de La Vivienda,
serán comunicadas a la unidad de cumplimiento de contrato de la División de
Jurídica para su supervisión.
7.13. Supervisión y evaluación de los servicios
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, podrá realizar supervisiones de carácter general, aleatorias,
y mediante visitas sin previo aviso a las VAIS, cada vez que lo estime
pertinente, con el objeto de asegurar la calidad de los servicios prestados a las
personas usuarias. En estas supervisiones generales podrá este Servicio
realizar supervisiones técnicas, administrativas o de cualquier tipo. Donde se
podrá considerar entrevistas a participantes previo consentimiento y
autorización por parte de la persona usuaria y donde quede explicitado el
motivo y objetivo de la entrevista, conocer su percepción del servicio recibido.
7.13.1. Supervisión de cumplimiento de contratos
Esta supervisión tendrá como objetivo velar la adecuada ejecución de los
servicios contratados, cautelando un correcto manejo o utilización de los
recursos entregados, a fin de proveer a los y las participantes VAIS un servicio
de calidad.
La mencionada supervisión y control se efectuará con la periodicidad
determinada por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, sin perjuicio de lo cual, podrán igualmente
realizar visitas extraordinarias, a los centros ejecutores en convenio.
7.13.2. Supervisión y Evaluación Técnica
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, asesorará, supervisará y evaluará en forma periódica el
funcionamiento y operación de los servicios licitados.
Las entidades deberán proporcionar las facilidades de acceso a los
registros, informes y datos que le sean requeridos por el Servicio Nacional para
la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, para su
evaluación, asesoría y supervisión. La programación de estas visitas será
acordada entre los responsables de la asesoría y evaluación de los equipos, y
los equipos de las entidades prestadoras, indicándose quiénes asistirán a las
reuniones técnicas y los objetivos de las distintas visitas programadas. Sin
perjuicio de lo anterior, se podrán realizar visitas, no programadas, sin aviso
previo.
SENDA, a objeto de velar por el correcto funcionamiento de los servicios
contratados, podrá realizar modificaciones en los sistemas de registros o
introducir otras mejoras o adecuaciones tecnológicas que permitan cautelar la
adecuada ejecución de VAIS. Estas modificaciones, mejoras o adecuaciones
serán informadas a las entidades ejecutoras, las que deberán implementarlas
de forma adecuada, veraz, eficiente y oportuna.
7.13.3. Aplicación anual de la Pauta de indicadores de calidad
Con el fin de asegurar la mejora continua, SENDA dispondrá de manera
anual, de la Pauta de indicadores de calidad, bajo la operacionalización de un
procedimiento para la recogida y el levantamiento de datos, in situ a cada una
de las viviendas.
La aplicación de la Pauta está a cargo de los profesionales de Integración
social de las direcciones regionales y tiene como objeto conocer el
desempeño del programa en relación a las distintas dimensiones constitutivas
de la calidad, para lo cual, es fundamental que la entidad y el equipo disponga
de un tiempo adecuado para aplicar y evaluar las dimensiones de calidad.
Los resultados de la aplicación de la Pauta serán entregados a la entidad
y al equipo ejecutor. Estos resultados deben ser considerados en el marco de
un proceso de mejora continua, por lo que se espera que la entidad se
comprometa a mejorar dimensiones de calidad que presentan brechas.
7.13.4. Evaluación de desempeño a integrantes del equipo VAIS
Se implementará una evaluación particular a los y las integrantes de los
equipos VAIS una vez al año. La evaluación, la realizará el/la encargada de
Integración Social y tiene por objetivo, valorar, a través de una rúbrica estandarizada, el desempeño de las funciones y roles de cada integrante en
función de 3 dimensiones: aspectos técnicos, aptitudes laborales y
habilidades personales, cada una de ellas con una serie de indicadores.
Los resultados de la evaluación deben ser compartidos con el
contratante y equipo para motivar el trabajo reconociendo fortalezas y
espacios de mejoras.
No obstante, si un integrante del equipo es evaluado con un porcentaje
menor o igual a 49% de desempeño, será necesario iniciar un plan de
situaciones críticas con el fin de mejorar el desempeño de la persona en el
cargo.
7.14. Planes de Situaciones críticas y reclamos
Ante la existencia de situaciones complejas y/o críticas, que persisten en
el tiempo o revisten gravedad, se requerirá de una estrategia de abordaje y
resolución de mayor constancia que un proceso normal de Asesoría técnica,
debiendo implementarse un “Plan de situaciones críticas”.
Para su ejecución el contratista deberá disponer de las medidas
conducentes para facilitar las acciones de asesoría, evaluación y/o
supervisión del programa, manteniendo la documentación e información que
dé cuenta de las actividades y etapas de ejecución del programa.
SENDA deberá monitorear el cumplimiento del plan de situaciones
críticas y determinar el avance del equipo en relación a los objetivos
propuestos y dar retroalimentación al equipo y/o ejecutor.
De persistir los motivos que originaron el Plan de situaciones críticas y/o
el contratista, no dispone de medidas para facilitar, implementar y ejecutar el
Plan, SENDA podrá analizar dicha situación y solicitar el término anticipado
del contrato, ante el incumplimiento del programa desde la perspectiva de la
calidad.
Si durante 12 meses se presentarán más de 1 plan de situaciones
críticas, Senda podrá solicitar el término anticipado del contrato, de acuerdo a
la letra q) del numeral III, del punto 7.17.
Así mismo, los reclamos realizados a través de canales formales como
OIRS, correos electrónicos u otros, también serán objeto de revisión y SENDA
podrá aplicar los mecanismos anteriormente señalados u otros que estime
pertinente, en virtud de responder al contenido de éstos, esclarecer las
situaciones planteadas y asegurar la calidad del servicio y experiencia
usuaria.
No obstante, la VAIS debe facilitar el esclarecimiento del motivo del
reclamo, disponiendo de todos los medios y facultades, pudiendo exigirse
entrevistas con personas usuarias, revisión de documentación, aplicación de
instrumentos de satisfacción usuaria, entre otros.
De acogerse y estimar la denuncia o el reclamo, la VAIS deberá
implementar las acciones señaladas por SENDA con el fin de resolver la
situación planteada. La negación o la obstaculización de la propuesta para
superar el problema por parte de la entidad, será objeto de análisis de SENDA
permitiendo oficiar a la institución.
7.15. Sobre el equipo de trabajo
El contratista debe cautelar y garantizar que los recursos humanos
contratados tengan la formación, especialización y perfil idóneo para trabajar
con la población destinataria. La selección del equipo debe considerar
competencias específicas para acompañar en aspectos, tales como
comorbilidad psiquiátrica, delito, experiencias de violencia de género, entre
otras, y acorde a lo previsto en las presentes bases de licitación.
En consideración del alto impacto del equipo y su disposición en los
procesos y resultados de VAIS, se espera que el contratista promueva
prácticas laborales vinculadas a tipo de contrato, remuneraciones,
capacitaciones, entre otras, que favorezcan la estabilidad y mantención del
recurso humano especializado disponible.
Se considera, además, obligatoria la implementación de un programa de
cuidado de equipo, que dé cuenta de estrategias a nivel individual, de equipo y
organizacional, así como también, la planificación y ejecución de un programa
de formación que integre procesos de actualización técnica y desarrollo de
competencias en los equipos.
El contratista debe garantizar la interdisciplinariedad y el trabajo integral,
evitando la fragmentación del acompañamiento del plan de inserción y
autonomía, a través de la mantención de instancias de reunión de casos que
permitan la discusión y análisis de las trayectorias de los y las participantes, y
la transferencia de enfoques y conocimientos entre los distintos integrantes,
fortaleciendo la acción conjunta de manera coherente. El equipo además debe
contar con una organización interna operativa, que permita una adecuada
delimitación de funciones, favoreciendo la planificación conjunta y el abordaje
integrado de los casos.
Se debe procurar en la organización interna del equipo, que los
profesionales, y técnicos cuenten con horas destinadas a la coordinación, de
acuerdo a las necesidades de las personas usuarias y en virtud de su Plan de
Inserción y Autonomía, con otros actores relevantes de la red (red de salud de
atención primaria, programas sociales, programas de la mujer, chile crece
contigo u otros).
La reunión de equipo estará destinada a la revisión los siguientes temas
técnicos: evaluación de necesidades de integración social, elaboración del plan
de inserción y autonomía, desarrollo del plan de inserción y autonomía
(evaluación y actualización, de ser necesario), necesidades de gestión de
redes, acompañamiento en procesos y/o diligencias, monitoreo de resultados,
proyección de egreso y egreso. El prestador deberá velar porque el equipo
cuente con suficiente tiempo de reunión para la revisión periódica de los
aspectos técnicos antes señalados, evitando que las situaciones de
contingencia y los temas de gestión operativa obstaculicen los procesos de
desarrollo del programa.
A. Disponibilidad del equipo ofertado
Conforme a lo establecido en estas bases, el prestador deberá contar
durante toda la ejecución del programa con el equipo profesional técnico
ofrecido en el proceso de concurso y por el cual obtuvo la calificación aplicada.
El adjudicatario deberá resguardar durante todo el periodo de vigencia
del contrato la continuidad de las condiciones del equipo profesional y/o
técnico ofertado, considerando:
I. La mantención de horas profesionales,
II. Las condiciones contractuales comprometidas en la propuesta,
III. Las características de formación
IV. Experiencia del recurso humano.
Será responsabilidad del oferente cumplir con el recurso humano
propuesto en el proceso de concurso, asegurando su disponibilidad para
brindar el servicio contratado desde la misma fecha de suscripción del
contrato.
En el transcurso entre la adjudicación y la firma del convenio, el
adjudicado deberá presentar, como requisito para contratar, el anexo N°11.
Disponibilidad del equipo ofertado, que es la nómina de los profesionales y/ o
técnicos que ejecutarán las tareas encomendadas desde el primer día de inicio
de los servicios. En aquellos casos que un miembro del equipo postulante,
ante razones debidamente justificadas, no iniciará o formará parte del recurso
humano luego de la adjudicación, el proponente deberá señalar dicha
circunstancia en el mencionado anexo, junto a las razones que acontecen a la
no presentación de ese recurso humano. Este documento debe ser enviado al
nivel central, en un plazo máximo de 5 días hábiles después de la notificación
mediante correo electrónico de la adjudicación.
En caso de darse cumplimiento tardío, se dará lugar a la causal de
amonestación establecida en la letra A, del punto 7.17. de las Bases Técnicas.
B. Del cambio del equipo de trabajo
En aquellos casos que, por razones debidamente justificadas un
miembro del equipo sea reemplazado, el proponente deberá señalar dicha
circunstancia en el anexo N° 8A “Formulario de comunicación de vacancia”,
tal como se expresa en el punto 4.4 y 4.5 del apartado de Bases Técnicas.
C. Cumplimiento de las horas asignadas al equipo de trabajo
Con el objeto de verificar el cumplimiento de las horas asignadas en la
propuesta técnica presentada por el prestador, el contratista deberá llevar un
registro de ellas.
El registro diario de asistencia de los miembros del equipo será el
instrumento idóneo para acreditar el cumplimiento semanal de horas, sea un
libro de asistencia o un registro digital de horas. Sin perjuicio de lo anterior, el
prestador podrá determinar otro instrumento o mecanismo que corresponda a
un registro formal que se aplique en tiempo real, donde se consigne el
número de horas semanales, y su correspondiente verificador, pudiendo ser
electrónico o material, y sin perjuicio de la relación contractual entre la entidad
y el recurso humano respectivo. En este sentido, no se aceptarán como medio
de verificación aquellos registros o instrumentos que no den cuenta de las
horas realizadas semanales en tiempo real. Los medios de verificación del
cumplimiento de horas de los profesionales, cualquiera sea el elegido por el
prestador, debe encontrarse actualizado en las dependencias de la vivienda al
momento de la supervisión o visita de SENDA.
D. Sobre prácticas laborales
En caso que el adjudicatario se interese por generar espacios para el
desarrollo de prácticas laborales en VAIS, será necesario que previamente, se
solicite a través de correo electrónico la intención al encargado (a) regional de
integración social, explicando el objetivo, las tareas, funciones en el programa
y el tiempo de permanencia de la práctica profesional. Esta solicitud deberá
ser aceptada o rechazada dentro de 5 días hábiles y comunicada por correo
electrónico. Es posible que en el marco de la aceptación o rechazo por parte
del encargado (a) regional de integración social a la solicitud, se le pida
modificar la propuesta, esto siempre de común acuerdo.
En caso de ser aceptadas las prácticas profesionales, los y las
estudiantes que participarán en VAIS deberán presentar el certificado de
maltrato relevante y el certificado de inhabilidades para trabajar con menores
de edad. Ambos documentos deben ser remitidos por correo electrónico a la o
el encargado de Integración social de la región. El contratante deberá aplicar
un consentimiento informado al o la estudiante con el fin de asegurar la
confidencialidad de los datos, además de cautelar el respeto al proceso de
cada participante VAIS.
Con todo, las prácticas profesionales serán restringidas al trabajo del
estudiante en relación directa con el equipo y no así con los y las
participantes. En ningún caso, los estudiantes en práctica podrán realizar
funciones propias de los 3 cargos de profesionales y no profesionales del
equipo VAIS.
Si el interés de la Entidad es establecer acciones de colaboración con la
academia o entidades afines en la generación de estudios, investigaciones
estás deberán ser presentadas con anterioridad al encargado (a) regional de
integración social, por correo electrónico exponiendo el propósito del estudio,
el objetivo general y específicos, los aspectos metodológicos y la
temporalidad. Esta podrá ser aprobada o rechazada por SENDA, al igual que
puede solicitarse ajustes o correcciones para su realización, siempre de
común acuerdo.
7.16. Sistema de registro
Para efectos de la reportabilidad del programa, SENDA pondrá a
disposición de los equipos, el Sistema VAIS, plataforma informática en línea
que almacena información sobre las personas postulantes y participantes del
programa (adultos y niños/as), sus trayectorias, asesorías técnicas y
condiciones de egreso.
El sistema informático, junto con permitir a los integrantes del equipo
VAIS el ingreso de la información, posibilita la descarga de reportes
específicos con el fin de analizar y monitorear resultados.
El contratante deberá resguardar la organización del registro y análisis de
la información que estará a cargo del coordinador, coordinadora de VAIS. Para
ello, debe asegurar que cada profesional tenga su perfil de acceso y clave
actualizada, las que son de uso estrictamente personal e intransferibles.
A. Claves de acceso
Para la generación de claves de acceso, en el caso de participantes
nuevos, está se tendrá que solicitar al encargado/a de Integración Social de la
Dirección regional o quien lo subrogue, mediante correo electrónico quien
remitirá la información al administrador del Sistema informático del nivel
central de SENDA. Para ello, deberá proporcionar los siguientes datos:
1. Nombre del/la nuevo/a profesional o técnico/a con clave a sistema
2. Rut de nuevo profesional o técnico/a con clave a sistema
3. Mail personal de nuevo/a profesional o técnico/a con clave a sistema
En caso de que un integrante del equipo deje de cumplir funciones en
VAIS, está información deberá ser transmitida al encargado/a de Integración
Social de la Dirección regional o quien lo subrogue, en un plazo de 5 días
hábiles, mediante correo electrónico, quien remitirá la información al
administrador del Sistema informático del nivel central de SENDA para dar de
baja su perfil de acceso a la plataforma.
Así mismo, el contratante y equipo deben velar por el ingreso de datos de
manera regular, siendo fundamental el registro oportuno de la información,
dado que las intervenciones mensuales tienen como objetivo contar con una
información completa y homogénea del acompañamiento técnico de las
personas usuarias, así como la estimación de las coberturas de VAIS.
B. Cierres mensuales del sistema VAIS
El sistema tiene plazos mensuales para que los equipos ingresen la
información respectiva del mes. Esto responde a la necesidad de ir
consolidando datos y generar monitoreo de las coberturas y otros aspectos
relevantes para la gestión de la información de VAIS.
Los cierres mensuales del sistema VAIS serán el 3 día hábil del mes
siguiente a las 12:00 del mediodía. El cierre mensual imposibilita el ingreso
de información posterior a la fecha del mes reportado, por lo que el oferente
debe velar por el respeto irrestricto a los cierres mensuales.
En caso de identificar participantes (adultos e infantes que residen de
manera permanente) que no estén siendo registrados, o presentando
omisiones en el registro de personas postulantes, ingresados/as o egresados/
as, esto será objeto de multas. También será objeto de multas la ausencia
total de intervenciones en el marco de la ficha plan de inserción y autonomía
de participantes activos en VAIS (adultos e infancias). Finalmente, el no
ingreso oportuno de la información será objeto de amonestaciones.
7.17. Efectos derivados del incumplimiento del Contrato
En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas en estas bases
de licitación, en el contrato, u otro instrumento vinculante para la ejecución del
servicio contratado, el Servicio Nacional para la prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol podrá aplicar medidas a la entidad, en los
términos que a continuación se indican:
I. Amonestaciones:
Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al
contratista, en virtud de la cual se le representa un hecho reñido con la fiel
ejecución del contrato, y donde se le insta a la enmienda de la conducta,
conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el evento de reincidir o incurrir nuevamente en otra conducta o hecho susceptible de ser
amonestado.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol podrá amonestar por escrito al contratista en el evento de
producirse alguno de los siguientes hechos:
a) Dar cumplimiento tardío, con un máximo de 5 días hábiles desde el
vencimiento de los plazos, a lo establecido en el 4.3 de las Bases Técnicas
sobre “Disponibilidad desde el inicio de los servicios” de las presentes Bases.
b) Falta de coincidencia entre la información registrada en el Sistema
informático de registro establecido en el punto 7.16, y los datos del usuario,
particularmente respecto al Nombre, Rut, Sexo y Fecha de nacimiento.
c) Haber incurrido en una causal de multa en que SENDA, de
conformidad a lo establecido en el apartado “disposiciones específicas para el
caso de multas” de las presentes bases, determine aplicar una amonestación,
por los motivos que ahí se expresan.
d) Haberse constatado incumplimiento en 1 ocasión a lo establecido en
cualquiera de los puntos 3.4, 3.3, 5.1, 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 5.7, 5.8, 6.1, 6.4
de las Bases técnicas.
II. Multas
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol podrá aplicar multas al contratista, relacionadas con
incumplimientos por parte de éste, aplicables en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de las obligaciones contractuales contenidas en
el N° 7.3 de las bases técnicas relacionadas con la ejecución técnico de los
servicios requeridos: 10 Unidades de Fomento por cada incumplimiento
constatado que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol verifique la infracción. Lo anterior se aplicará
sin perjuicio de las sanciones específicas establecidas para obligaciones
determinadas, las cuales igualmente se regirán por lo dispuesto en el presente
numeral de multas.
b) Actuación o práctica que interfiera en el adecuado desarrollo del
proceso terapéutico o la entrega del servicio no responde a lo técnicamente
requerido. 20 unidades de Fomento por cada incumplimiento constatado que
el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol verifique la infracción. Si del análisis se concluye que los
servicios, fueron cobrados injustificadamente a SENDA en beneficio de la
entidad, la Entidad deberá reintegrar el total del monto pagado de acuerdo a lo
establecido en el procedimiento de reintegro.
c) Falta de congruencia entre la información registrada en el
sistema informático y en lo contrastado en las supervisiones y evaluaciones de
los servicios, siempre que esta sea relevante en términos de su reiteración y/o
magnitud y que de ella no derive un pago injustificado. Se entiende que es
relevante cuando existe una diferencia de más de 2 prestaciones mensuales
respecto a 5 meses de acompañamiento, durante un periodo revisado de
máximo 3 meses calendario seguidos o no, sin importar el número de usuarios
revisados. Se aplicará una multa de 10 UF por cada vez que este servicio
advierta la infracción. Si la diferencia fuera menor a lo señalado anteriormente,
el incumplimiento será trabajado técnicamente con el centro VAIS.
d) No dar cumplimiento al procedimiento de modificaciones en el
Recurso Humano, establecido en el 4.4 y 4.5 de las Bases Técnicas de
licitación en los términos que a continuación se señalan:
i.No dar cumplimiento a la obligación de informar la Vacancia
temporal y/o definitiva. 10 unidades de Fomento por cada cargo
profesional en que se verifique esta circunstancia.
Se aumentará la multa en 10 UF por cada 10 días hábiles de no
comunicación, con un tope de 120 UF, momento desde el cual será
abordado conforme a la letra a) del III de las presentes bases técnicas,
sobre término anticipado.
ii. No dar cumplimiento a la obligación de comunicar un nuevo
miembro del equipo, 10 unidades de Fomento por cada cargo
profesional en que se verifique esta circunstancia.
Se aumentará la multa en 10 UF por cada 10 días hábiles de no
comunicación, con un tope de 120 UF, momento desde el cual será
abordado conforme a la letra a) del III de las presentes bases técnicas,
sobre término anticipado.
Misma multa se aplicará en los casos en que el miembro del
equipo sea rechazado por la Dirección regional correspondiente, y el
prestador no cumpla con el nuevo plazo otorgado.
e) No dar cumplimiento al número de horas de personal ofertado: 10 UF
por cada cargo en que se verifique esta circunstancia. Se aumentará la multa
en 10 UF por cada mes de incumplimiento con un tope de 180 UF en total
momento desde el cual será abordado conforme a la letra a) del III de las
presentes bases técnicas, sobre término anticipado.
f) No dar cumplimiento a la entrega de información solicitada por SENDA
en el marco de un procedimiento sancionatorio, de acuerdo a lo siguiente: 5
UF por cada vez que se verifique esta circunstancia en un proceso de amonestación, 10 UF en un proceso de multas y 20 UF en un proceso de
término anticipado de contrato. Con todo, SENDA podrá insistir nuevamente
en la entrega de la información.
g) Haber incurrido dos o más veces, durante la ejecución del contrato, en
la misma conducta de las establecidas como objeto de amonestación: 10
Unidades de Fomento por cada vez que se verifique esta circunstancia.
Con todo, el monto máximo de las multas aplicadas no podrá exceder del
30% del monto total del contrato. En caso de llegar al monto antes indicado,
SENDA podrá poner término anticipado al contrato, de acuerdo a la letra f) del
III de las presentes bases técnicas, sobre término anticipado.
III. Término anticipado parcial o total del contrato
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo
de Drogas y Alcohol podrá poner término total o parcial al contrato, por acto
administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes
circunstancias:
a) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las
obligaciones contraídas por el contratista configurándose cuando pongan en
riesgo el oportuno otorgamiento del acompañamiento, en términos tales que
uno o más usuarios, no reciban el acompañamiento convenido.
b) Actuación o prácticas, debidamente calificadas, que interfieran
gravemente el desarrollo del proceso terapéutico, pudiendo afectar derechos o
garantías de los usuarios y/o involucrar a los usuarios en actividades que no
se enmarquen dentro del acompañamiento (reportando o no beneficio
económico al prestador)
c) Si el contratista que al momento de contratar registraba saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos
años y no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados
pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó
dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
d) Efectuar cobros improcedentes a uno o más usuarios del programa.
e) No presentar nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de
contrato, según corresponda.
f) En el evento que las multas aplicadas a la entidad por SENDA, fueren
iguales al 30% del monto total del contrato, según lo establecido en el párrafo
final del numeral II referido a multas, en las presentes Bases Administrativas.
g) Falta de veracidad de la información presentada por la entidad durante
el proceso de licitación, en particular, aquella que fue especialmente
considerada en el proceso de evaluación de propuestas.
h) Si se dictare respecto del contratista, resolución de liquidación en un
Procedimiento Concursal de Liquidación y Renegociación, o si éste cayere en
estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento
del contrato.
i) Falta de disponibilidad presupuestaria para cubrir el pago de las
prestaciones contratadas
j) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
k) Si el contratista se tratase de una sociedad, cuando ésta se disolviere.
l)Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
m) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas
razones de ley o de autoridad que hagan imperativo terminarlo.
n) En el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo
del artículo 33 de la ley N°21595, de Delitos Económicos, así como también en
el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar
con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393.
o) No dar cumplimiento al punto 7.10 de las bases administrativas sobre
el uso exclusivo de la vivienda.
p) Si durante 12 meses se presentarán más de 1 plan de situaciones
críticas.
IV. Procedimiento de aplicación de sanciones
Disposiciones generales:
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de alguna de
las sanciones señaladas precedentemente, sea amonestación, multas,
reintegro y/o término anticipado, el Jefe(a) de la División Programática de
SENDA le comunicará al contratista, mediante oficio, los hechos que originan
la multa y su monto.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este
procedimiento, se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la casilla de
correo electrónico indicada por la entidad en el formulario de presentación de
propuesta técnica o documento donde conste la propuesta técnica según sea
el caso. Se entenderá notificado al día hábil siguiente desde el envío del
referido correo electrónico.
Será obligación del prestador indicar en su propuesta técnica un correo
electrónico válido para efectos de realizar las notificaciones como también dar
aviso oportuno de las modificaciones de los referidos correos de contacto. En
caso que el prestador no cumpla con mantener actualizada dicha información,
se entenderá por notificado de los actos administrativos correspondientes, al
tercer día de despachado el correo electrónico a la última casilla que haya sido
informada.
Con todo, en caso de ser imposible realizar la notificación vía correo
electrónico, Senda podrá efectuar dicha diligencia a través de carta certificada
al domicilio proporcionado por el contratista. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de Correos que corresponda.
Una vez notificado, el contratista podrá efectuar sus descargos ante el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la
existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren
fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan
la o las sanciones correspondientes o que desvirtúen los antecedentes
esgrimidos por este Servicio.
El plazo para efectuar sus descargos varía de acuerdo a cada sanción,
de acuerdo a lo siguiente:
Sanción Días Hábiles
Amonestación 5 días hábiles
Reintegro 10 días hábiles
Multas 10 días hábiles
Término Anticipado 15 días hábiles
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se
tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de
la o las sanciones que correspondan, (amonestación, multas, reintegro,
término anticipado total o parcial), dictándose la pertinente resolución por parte
del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, y en la que se establecerá cuando correspondiere, el monto
de la multa y/o reintegro en pesos chilenos y se cobrará de inmediato la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contratos para el caso de los
términos anticipados.
Con todo, la entidad podrá renunciar a su derecho a presentar descargos
y proceder directamente al pago, para lo cual se deberá considerar el valor de
la U.F. correspondiente al 01 de enero del año en que se dictó el oficio.
Si el contratista ha presentado descargos oportunamente, el Jefe
Superior del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá de veinte días hábiles, contados
desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o
acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución por
parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol. De lo resuelto, se notificará al contratista por correo
electrónico.
De conformidad a lo establecido en el artículo N° 59, de la Ley N° 19.880,
el contratista podrá presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la
resolución que se recurre. Si el contratista no presenta recurso de reposición
dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia
del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo
cuerpo legal.
Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, el contratista podrá pagar
voluntariamente en un plazo de 30 días corridos desde notificada la resolución.
No obstante, si el proveedor no paga directamente la multa, SENDA estará
facultado para deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de los pagos que
SENDA le corresponda efectuar respecto de cualquiera de sus contrataciones
de análoga naturaleza, o satisfacer el monto de aquélla haciendo efectiva la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, lo que deberá informar al
prestador mediante oficio.
Con todo, la presentación del Recurso de Reposición por parte del
contratista no suspenderá el procedimiento de Cobro de la Garantía de fiel
cumplimiento del contrato. En caso de haberse hecho efectiva el cobro de la
Garantía de fiel cumplimiento de contrato y acogerse total o parcialmente el
Recurso de Reposición presentado por el contratista, SENDA hará devolución
de la diferencia a quién corresponda.
Para todos los efectos, el valor de la multa se deberá calcular de acuerdo
al valor de la UF que indica el Banco Central de Chile, al 01 de enero del año
en que dictó el oficio que comunicó los hechos que originaron la multa.
En caso de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, el contratista
deberá entregar una nueva de garantía, dentro de los 30 días hábiles
siguientes, contados desde la notificación del oficio que informa el cobro al
prestador. La no presentación de la nueva garantía será causal de término
anticipado del contrato.
La aplicación de alguna de estas multas no impide que el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol pueda poner término anticipado al contrato si se configuran las
causales previstas en el numeral precedente.
Disposiciones específicas para el caso de las multas:
Para el caso de las multas, si el contratista presenta medidas destinadas
a implementar mecanismos para detectar, evitar y gestionar incumplimientos
futuros, SENDA podrá por una sola vez, y siempre que la sanción no sea
mayor de 80 UF, no disponer la respectiva multa, y aplicar la amonestación de
la letra c) del punto I, referido a amonestaciones de las presentes bases
Administrativas.
Asimismo, si el contratista presenta medidas destinadas a implementar
mecanismos para detectar, evitar y gestionar incumplimientos futuros, Senda
rebajará, por una sola vez, en un 50%, el valor de la multa cursada, siempre
que el valor de la misma no sobrepase a 160 UF.
Dicho lo anterior, explicamos que para sustituir la multa a amonestación o
rebajar en un 50% su monto, se deben cumplir con los siguientes requisitos
copulativos:
1. Se puede aplicar una sola vez por contrato
2. Que el prestador haya presentado el Anexo N°8A y 8B en tiempo y
forma (si correspondiere) o que no haya existido perjuicio en el
acompañamiento de los usuarios
3. Que no exista la obligación por parte del prestador de realizar un
reintegro debido a un pago injustificado.
Disposiciones específicas para el caso de los términos anticipados del
contrato:
En todos aquellos casos en que el término anticipado de contrato se
disponga por causa imputable al proveedor, el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol hará efectiva la
garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Con todo, en aquellos casos en que el término anticipado del convenio se
produzca por alguna de la causal prevista en las letras a) y c), el Jefe
Superior del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, antes de dictar y notificar el acto administrativo
que disponga el término anticipado del contrato, podrá -atendida la gravedad
de las circunstancias acontecidas- ordenar mediante resolución, la
suspensión de los servicios que la entidad se encuentra otorgando, caso en
que este Servicio Nacional sólo deberá pagar por los servicios que
efectivamente se hayan alcanzado a prestar hasta esa fecha.
El contratista, cuyo contrato termine anticipadamente, deberá realizar las
prestaciones adecuadas a las necesidades de las personas en
acompañamiento hasta la fecha decretada de término del mismo, además de
realizar la derivación asistida, de cada caso, a la VAIS que continuará la
atención, acompañando un Informe actualizado que dé cuenta del diagnóstico,
plan de intervención, estado de avance de los objetivos terapéuticos, esquema
farmacológico, si corresponde, y de todos aquellos datos relevantes para el
éxito de la continuidad del proceso de acompañamiento.
En el caso de que se produzca la suspensión de los servicios ordenada
por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, en el marco de lo indicado en este número de las bases de Administrativas, la obligación dispuesta en el párrafo anterior deberá realizarse
desde la fecha de la indicada suspensión.
Respecto del registro de las prestaciones, el contratista cuyo contrato se
termine anticipadamente deberá evaluar el tipo de egreso de cada una de las
personas usuarias, como alta terapéutica o derivación a otro centro, con o sin
convenio según corresponda y realizar el registro correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, si la causal de término concurriese respecto
de una o más líneas de servicio, pero no a la totalidad de las líneas
contratadas, SENDA pondrá término parcial al contrato, respecto de aquellas
líneas en que se ha materializado el incumplimiento, continuando la ejecución
del contrato respecto de las líneas no terminadas anticipadamente. En este
evento, SENDA hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en el
porcentaje que corresponda y restituirá el saldo si los hubiere, debiendo el
contratista entregar una nueva garantía, en los mismos términos señalados en
el número 6.3 de las presentes bases, en el plazo de 30 días corridos desde la
notificación de la resolución que disponga el término parcial, o que resuelva el
recurso de reposición, si correspondiese. Con todo, no se cursarán pagos,
hasta la entrega de una nueva garantía. La no presentación de la nueva
garantía será causal de término anticipado del contrato.
7.20. Prohibición de Cesión del contrato
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o
totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación
pública.
En atención a la naturaleza de las funciones contratadas, el proveedor
tampoco podrá concertar con terceros la subcontratación del contrato.
7.21. Excepciones
Si durante la vigencia del contrato se presentaren eventos de caso fortuito
o fuerza mayor que impidan al contratista dar cumplimiento oportuno o integro
de sus obligaciones, este podrá dentro de las 48 horas siguientes a cesado el
hecho en cuestión, comunicar por escrito a la contraparte técnica de SENDA
dicha circunstancia, explicitando el evento de caso fortuito o fuerza mayor
invocado y la forma en que ha provocado el incumplimiento, lo cual, en caso de
ser aceptado, permitirá acordar con la contraparte técnica un nuevo plazo de
entrega de cualquiera de los informes señalados en el punto número 7.5 de las
bases técnicas, eximiéndose de la aplicación de las sanciones que pudiesen
corresponder.Transcurrido el plazo de 48 horas antes indicado, no se aceptará
justificación por parte del contratista, dándose inicio a los procedimientos de
aplicación de la sanción correspondiente.
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