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1.2 Modalidad del contrato |
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La contratación de que se trata en la especie será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, e impuesto incluido.
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1.3 De las garantías |
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Atendida el monto de la contratación que se trata, esta municipalidad ha decidido no solicitar garantías, ni de seriedad de la oferta, ni de fiel cumplimiento del contrato.
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1.4 Del precio de la contratación |
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El presupuesto disponible para la presente licitación es de $9.100.000.- ( nueve millones cien mil pesos) impuestos incluidos, el oferente deberá considerar en el formulario N°4 de las Bases Técnicas el total de la oferta sin impuesto.
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2. DE LOS OFERENTES |
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Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que cumplan con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°19.886, que cumplan con las exigencias que se indican en las presentes Bases de Licitación,
Para efectos del contrato será requisito que el Proveedor esté inscrito en el Registro Chile Proveedores y estar habilitado para contratar con el Estado.
Quedaran excluidos, quienes, al momento de presentar su oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores.
Los oferentes deberán postular por el total de los ítem(s) materia de esta licitación.
Los materiales deberán ser provistos desde la Aceptación de la Orden de Compra y dentro del plazo ofertado en el Formato N°3.
2.1 Unión Temporal de proveedores
Los oferentes podrán asociarse entre sí, formando una Unión Temporal con el fin de complementar y fortalecer en términos de capacidad sus respetivas ofertas.
Las propuestas que se presenten de manera conjunta por dos o más personas deberán indicarlo en un documento público o privado que formalice la unión, en el que se deberá señalar, a lo menos, que existe solidaridad de las partes respecto de las obligaciones que se generen para la entidad y designar uno de sus integrantes como representante legal para los efectos de la licitación. Las inhabilidades para presentar la oferta establecidas en las presentes bases y en la legislación vigente, afectarán a cada uno de los integrantes de la unión, individualmente
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3. DE LAS PROPUESTAS, SU APERTURA Y ADJUDICACIÓN |
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3.1 Disposiciones generales
La propuesta será pública, especie será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, e impuesto incluido. Se adjudicará en su totalidad a solo un Oferente.
El solo hecho de la presentación de la oferta significa el estudio, aceptación y adhesión por parte del proponente de las presentes Bases. Las ofertas presentadas deberán contar con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días corridos, a contar de la fecha de apertura.
El oferente, en su oferta, deberá considerar todos los gastos directos e indirectos que irrogue el cumplimiento del contrato. A modo solo enunciativo, se considerará todos los gastos en materiales, servicios, transporte, impuestos, y en general, todo lo necesario para cumplir los requisitos de las presentes bases.
El plazo de la licitación será en días corridos, salvo que expresamente se señale lo contrario. Los plazos cuyo vencimiento recaiga en un día inhábil deberán cumplirse, más tardar, el día hábil siguiente a dicho vencimiento.
La municipalidad declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación cuando no haya oferentes o bien las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses institucionales, de conformidad al artículo 9° de la Ley N°19.886.
La comunicación entre los oferentes y la entidad licitante se realizará, única y exclusivamente, a través del sistema de información. Los oferentes podrán formular todas sus consultas, a través del portal en los plazos que se disponen para ello.
Las observaciones al acto de apertura también deberán realizarse en el portal, en un plazo máximo de 24 horas a partir de dicho acto. Las consultas, observaciones al acto de apertura o reclamos del proceso que se hagan llegar por vías no oficiales o una vez vencidos los plazos dispuestos, no serán tramitados por la entidad licitante. Del mismo modo, el organismo licitante solo podrá emitir aclaraciones, respuestas, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada.
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4. DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Cada proponente que desee participar en este proceso licitatorio deberá ingresar en el portal de Mercado Público los documentos que a continuación se indican. Los oferentes que no presenten uno o más documentos calificados como esenciales en el punto siguiente, no serán considerados en la evaluación de la presente licitación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 letra c) de la Ley 19.880, la Comisión Evaluadora verificará de oficio la información que haya sido generada por el municipio, no siendo necesario acompañar dicha información.
Solo se considerarán aquellos documentos que:
a) Se encuentren legibles, completos, y debidamente suscritos, cuando corresponda.
b) Hayan sido extendidos a nombre del oferente.
c) Puedan ser verificados en cuanto a su autenticidad.
d) Tengan relación con el presente proceso concursal.
Las ofertas, junto con los antecedentes requeridos, deberán ser ingresadas al Sistema de Información, hasta la fecha y hora que se disponga a ese efecto, clasificando sus antecedentes en los archivos adjuntos denominados:
a) Anexos administrativos
b) Anexos técnicos
c) Anexo económico
4.1 ARCHIVOS PARA PRESENTAR EN LA OFERTA
Anexos Administrativos Formato N°1 FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE, DECLARACIÓN DE NO ENCONTRARSE INHABILITADO PARA OFERTAR Y/O SUSCRIBIR CONTRATOS CON LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN Y ACEPTACIÓN DE BASES
(Deberá acompañar un formato por cada integrante de la UTP y acompañar el documento que dé cuenta del acuerdo según lo dispone el artículo 67 bis del Reglamento, y se designe en él al representante o apoderado común.)
Formato N°2 DECLARACIÓN JURADA DE INEXISTENCIA DE VÍNCULO JURÍDICO ENTRE LOS OFERENTES
Anexos Técnicos Formato N°3 PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS. (ESENCIAL)
Anexos Económicos. Formato N°4 OFERTA ECONÓMICA. (ESENCIAL)
4.2 Apertura y evaluación de las propuestas
La evaluación de las ofertas se realizará de conformidad con los criterios de evaluación señalados en la presente convocatoria, por una comisión compuesta por funcionarios municipales, definida en el acto administrativo correspondiente, y su integración se publicará en el Sistema de Información.
Los miembros de la comisión evaluadora, como sujetos pasivos según lo establecido en el artículo 4°, de la Ley 20.730 sobre Regulación de la Actividad de Lobby, y conforme lo establecido a la Ley 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, en la plataforma virtual correspondiente, deberán adjuntar los antecedentes que determine la ley, incluyendo la copia del acto administrativo que llame a propuesta pública y autorice los documentos de la licitación respectiva.
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5. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN |
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Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitar por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dentro de un plazo fatal de 48 (cuarenta y ocho) horas.
Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntados en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.
Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en el presente pliego, entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.
En cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes es una facultad de la Municipalidad de San Joaquín, y la comisión evaluadora puede determinar expresa o tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios de la ley de compras públicas en su decisión, considerando particularmente, que la solicitud de rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información
La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.
La Comisión Evaluadora estará conformada por tres funcionarios de la Municipalidad de San Joaquín según decreto alcaldicio.
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6. CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Las evaluaciones de las ofertas se realizarán considerando los siguientes factores que se indican en la siguiente tabla, con su ponderación respectiva:
ITEM FACTOR % SUB-FACTOR
A OFERTA ECONÓMICA 80 NO
B PLAZO ENTREGA DE LOS PRODUCTOS 19 NO
C PRESENTACIÓN OPORTUNA DE ANTECEDENTES 1 NO
6.1 METODOLOGIA DE EVALUACIÓN
La evaluación se realizará de acuerdo al siguiente detalle. Todos los cálculos numéricos se harán con dos decimales.
A.- OFERTA ECONÓMICA (80%): Para la evaluación económica se aplicará el “Análisis del mínimo costo”, donde se considera la relación entre cada oferta y la de menos costo, según la siguiente formula:
O.E. / O.M. * 100 = Puntaje
Donde: O.M. = Oferta Menor Plazo; O.E. = Oferta Evaluada
Luego el puntaje se ponderará por el porcentaje previamente establecido.
B.- PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS (19%): En este componente se evaluará el plazo de entrega ofertado, para lo cual los oferentes deberán indicarlo en el Formato N°3, sin olvidar que el plazo máximo de entrega establecido en bases corresponde a 5 días hábiles. El cálculo será aplicando la siguiente formula:
P.M/ P.E * 100 = Puntaje Plazo de Entrega
P.M= Plazo menor ofertado
P.E= Plazo Evaluado
En caso de igualdad o similitud en la evaluación, entre uno o más proponentes, estos obtendrán el mismo puntaje. Este puntaje se ponderará por el porcentaje previamente establecido. En caso de que el plazo de entrega supere los 5 días hábiles la oferta será declarada inadmisible.
C) PRESENTACIÓN OPORTUNA DE ANTECEDENTES (1%):
Se evaluará el cumplimiento en la presentación de los documentos exigidos. Será determinado según si la Comisión Evaluadora requiere solicitar antecedentes adicionales o aclaraciones o complementar los antecedentes, vía “Foro inverso” del Portal.
Cumplimiento de Requisitos Formales PTS
No se solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso 100
Se solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y oferente lo acompaña. 50
Se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y oferente no lo acompaña. 0
CUALQUIER ANTECEDENTE ESENCIAL QUE NO SE PRESENTE AL MOMENTO DE LA APERTURA DE PROPUESTAS SERÁ CAUSAL DE RECHAZO DE LA OFERTA EN DICHO ACTO
6.2 MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el siguiente listado de criterios por orden de prelación:
a) Propuesta económica
b) Plazo entrega
c) Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que primero haya ingresado en el portal www.mercadopublico.cl
NOTA GENERAL (para toda la Pauta): En caso de incongruencias en la aplicación de las fórmulas previamente señaladas, la Comisión Evaluadora se reserva el derecho de corregirlas, conforme a las facultades que le otorgan las Bases Administrativas de la presente licitación.
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7. DE LA ADJUDICACIÓN. |
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Se adjudicará el contrato al oferente que hubiese obtenido el primer lugar luego de aplicados los criterios de evaluación correspondientes, y de desempate si procediere.
La notificación de la adjudicación será a través del referido portal y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento, es decir, entendiéndose formalmente practicada luego de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a su publicación en el sistema.
Transcurrido dicho plazo se emitirá la “Resolución de Acta de Adjudicación” emanada del Portal de Compras Públicas.
7.1 Si por causa imputable al adjudicatario este no acepta la primera orden de compra dentro del plazo de 24 horas del envío. La Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar la propuesta entre los proveedores que ocupen los lugares siguientes o llamar a una nueva propuesta pública o privada, según lo determine la reglamentación correspondiente, sin perjuicio de hacer valer las acciones legales que procedan
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8. DEL CONTRATO. |
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Cabe precisar, que atendiendo a que la contratación de la especie es menor a las 1000 UTM, y teniendo presente lo dispuesto en el 63 del Decreto Supremo N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda, esta entidad ha categorizado los bienes a adquirir como de simple y objetiva especificación, por tanto, el contrato se perfeccionará mediante orden de compra emitida por la municipalidad y aceptada por parte del adjudicatario.
8.1 La municipalidad podrá, unilateralmente, ampliar o disminuir la adquisición de bienes y/o servicios hasta por un 30%, de los montos originalmente adjudicados, al valor de precios unitarios ofertados en el Formato N°4 sin derecho a indemnización para el contratista.
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9. DE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES A ADQUIRIR |
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La entrega de los bienes adjudicados se realizará en las dependencias de la Municipalidad de San Joaquín, Dirección de Gestión del Riesgo de Desastre ubicada en Sierra Bella 2815, comuna de San Joaquín o en el lugar que se determine por el inspector técnico o administrador contractual.
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10. DE LA VIGENCIA Y PLAZO DE CONTRATACIÓN |
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La contratación se extenderá desde la aceptación de la Orden de Compra por parte del adjudicatario hasta la total recepción de los bienes con su correspondiente certificación conforme por parte del Inspector Técnico del Servicio.
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11. TÉRMINO ANTICIPADO CONTRATO |
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La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave o reiterado la NO ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
b) Incumplimiento de instrucciones de Inspector técnico;
c) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
g) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP):
1) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
2) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
3) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
4) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
5) Disolución de la UTP.
h) Resciliación o término de mutuo acuerdo: Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
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12. DE LAS MULTAS |
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La Municipalidad podrá cursar multas de conformidad con la siguiente tabla:
Descripción Monto
Atraso en la entrega de los bienes.
1 UTM por cada día de atraso a contar del día siguiente del plazo ofertado por el adjudicatario, con un límite de 5 días.
Mala calidad de los bienes. 1 UTM por cada día que tarden en realizar el recambio, contado desde el día siguiente al requerimiento, con un límite de 5 días.
12.1 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
a. En el caso de incumplimientos al contrato, el I.T.C. notificara vía correo electrónico, los hechos que constituyen la infracción, la norma infringida y la multa aplicable al caso.
b. Se conferirá traslado al contratista por el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha del aviso vía correo electrónico, para presentar sus descargos ante el I.T.C., en relación con el incumplimiento. En el mismo plazo el contratista podrá acompañar las pruebas que estime pertinentes para acreditar su defensa. El plazo para presentar prueba podrá ampliarse por 5 días hábiles a solicitud del contratista.
c. Evacuado el traslado o vencido el plazo para efectuarlo, se resolverá sobre la aplicación o absolución de la sanción, mediante la dictación de un Decreto Alcaldicio.
d. En caso de aplicarse multa u otra medida establecida para los casos de incumplimiento se deberá dictar un Decreto Alcaldicio fundado, el que se pronunciará sobre los descargos, si existieren. Dicha resolución se publicará oportunamente en el Sistema de Información.
e. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. La interposición de los recursos señalados no suspenderá la ejecución del acto impugnado. Con todo, la municipalidad a petición fundada del interesado, podrá suspender la ejecución cuando el cumplimiento del acto recurrido pudiere causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere, en caso de acogerse el recurso.
f. Las multas se descontarán del o los pagos más próximos que proceda efectuar, entendiéndose mandatado el municipio por el contratista para efectuar el descuento. El cobro de las multas no estará sujeto a la emisión de una nota de crédito, sino que el valor de la multa será descontado directamente por el municipio del monto líquido a pagar en el respectivo estado de pago. El pago de los bienes adquiridos será efectuado una vez resueltos los recursos que haya presentado el contratista.
g. Las Notificaciones de este procedimiento se harán al correo electrónico registrado por el contratista en su oferta.
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13. DEL PAGO |
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El pago de los bienes solicitados se efectuará en un estado de pago, de conformidad con la orden de compra emitida, contra la presentación por parte del contratista de la Factura y la recepción conforme por parte de la Unidad Técnica Municipal de los bienes.
Se rechazará la factura que haya sido emitida sin contar con dicha recepción. Asimismo, se solicitará un informe de aplicación de multas o la inexistencia de las mismas para gestionar dicho pago.
El Acta de Recepción debe detallar: cantidad o unidades de cada bien, descripción genérica de los mismos y fecha de la recepción efectiva.
El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva.
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II. BASES TECNICAS |
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1. GENERALIDADES
Las presentes bases técnicas reglamentan la “Adquisición de martillo hidráulico para retroexcavadora municipal y sus accesorios”, los cuales son requeridos para poder realizar trabajos con la Retroexcavadora que posee la I. Municipalidad de San Joaquín; Este equipamiento permitirá realizar de manera más ágil aquellos trabajos donde se requiera demoler cualquier tipo de hormigón (Calles, Veredas, Inmuebles entre otros)
Los bienes a ofertar, son los que se detallan a continuación. La cantidad enunciada en el cuadro que se expresa, debe ser considerada por el proveedor,
2. CARACTERÍSTICAS DEL REQUERIMIENTO:
3. Las ofertas que no cumplan con estas especificaciones técnicas serán declaradas inadmisibles.
4. El oferente, deberá considerar todos los gastos directos e indirectos que irrogue la presente adquisición. A vía sólo enunciativa se considerarán: todos los gastos, despacho, equipos, servicios, derechos, impuestos, y en general lo necesario para cumplir los requisitos de las presentes Bases Administrativas
5. La entrega deberá ir acompañada de la Guía de Despacho correspondiente.
6. En caso de atraso en la entrega, pedidos incompletos o distribución de insumos diferentes a lo solicitado, la Municipalidad hará efectiva las multas definidas en las presentes bases.
7. La supervisión y recepción conforme de los bienes requeridos, por parte de la Municipalidad de San Joaquín o quien esta designe en su presentación, estará sujeta a la conformidad expresa de la inspección del trabajo (I.T.C), especialmente designada para tal efecto.
8. El cronograma o calendario de la propuesta será el publicado en el portal www.mercadopublico.cl
9. Las partes fijan su domicilio en la comuna de San Joaquín y se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios de justicia que corresponden a dicha comuna.
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