De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 19.886 (Decreto Supremo N° 661/2024), y en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley N° 21.131, que regula el pago a 30 días, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas se compromete a realizar el pago por los servicios prestados dentro del plazo de treinta (30) días corridos, contados desde la Recepción Conforme de la factura y la respectiva orden de compra, debidamente registrada en el Sistema de Información de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl).
El pago se efectuará únicamente respecto de los servicios efectivamente ejecutados y que hayan sido debida y conformemente recepcionados. La Recepción Conforme deberá ser certificada por el Inspector Técnico del contrato, según corresponda.
3.1 Recepción Conforme y plazos
La Recepción Conforme será registrada en el portal Mercado Público y constituye el hito que habilita el cómputo del plazo para el pago, conforme a lo estipulado en el artículo 2° de la Ley N° 21.131. La recepción deberá emitirse en un plazo no superior a diez (10) días corridos desde la prestación del servicio, salvo que el municipio a través de su unidad requirente presente observaciones fundadas, dentro de dicho plazo.
En caso de existir observaciones o reparos, el adjudicatario tendrá un plazo de ocho (8) días hábiles para subsanarlas. Durante este período, el cómputo del plazo de treinta (30) días para el pago quedará suspendido, y se reiniciará una vez que las observaciones hayan sido subsanadas y se haya registrado la Recepción Conforme.
El Adjudicatario podrá emitir su factura una vez efectuada la Recepción Conforme la Orden de Compra a través del portal de Compras Públicas.
3.2 Procedimiento de facturación
Las facturas deberán ser emitidas electrónicamente a nombre de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, y deben incluir los siguientes datos:
● Razón Social: Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
● RUT: 69.220.200-7
● Domicilio: San Francisco N° 413, Puerto Varas
Las facturas deben ser ingresadas a través de uno de los siguientes medios:
1. De manera presencial, en la Oficina de Partes Municipal.
2. De manera digital, enviando la factura al correo electrónico oficial habilitado para la recepción de facturas: jaime.sanchez@ptovaras.cl, con copia a freddy.barria@ptovaras.cl (o al correo que se indique expresamente en la orden de compra).
Cada factura debe referenciar el ID de la orden de compra correspondiente y detallar con precisión los servicios prestados.
3.3 Montos y respaldo de pago
Los montos a pagar serán los indicados en las Órdenes de Compra, según los detalles indicados. El pago estará limitado exclusivamente a los servicios efectivamente ejecutados. Cualquier diferencia entre el monto facturado y los servicios realmente prestados será objeto de una observación al proceso, la cual deberá ser resuelta antes de la Recepción Conforme.
Asimismo, el pago deberá ser respaldado por los siguientes documentos:
a) Documentos tributarios de los servicios subcontratados por la productora, ya sea factura o boleta de honorario, según el Anexo N° 5 "Económico".
Los pagos referentes a servicios subcontratados como artistas, animadores, etc, deben ser cancelados dentro de diez (10) días hábiles luego de realizado el evento. Por lo que la productora debe adjuntar cualquier documento válido que acredite el pago en la fecha correspondiente, junto a la factura.
b) Informe de la Productora de los trabajos realizados, con fotografías.
3.4 Obligaciones del adjudicatario
El adjudicatario tiene las siguientes responsabilidades:
- Emitir y presentar la factura de manera oportuna, incluyendo todos los servicios requeridos en la orden de compra.
- Subsanar cualquier observación que se le realice respecto de la factura o los servicios prestados, dentro de los plazos establecidos.
- Mantener al día sus obligaciones laborales, tributarias y previsionales, cuya inobservancia podrá constituir causal de retención o no pago hasta que se regularicen, conforme al artículo 58 del Reglamento DS N° 661 .