Licitación ID: 898-70-LE26
CONSULTORÍA ADQUISICIÓN Y GESTIÓN DE INSTRUMENTAL
Responsable de esta licitación: HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Fecha de Cierre: 13-04-2026 15:31:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 235
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 9 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión estratégica 3 Unidad
Cod: 80101505
SERVICIO DE ASESORIA PROFESIONAL ADQUISICION DE MATERIAL QUIRURGICO  

2
Servicios y consultorías en compras y abastecimiento 1 Unidad
Cod: 80101706
SERVICIO DE ASESORIA PROFESIONAL COMPRAS PUBLICAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSULTORÍA ADQUISICIÓN Y GESTIÓN DE INSTRUMENTAL
Estado:
Publicada
Descripción:
Apoyar en el proceso de adquisición de instrumental quirúrgico del Hospital Claudio Vicuña, abarcando los procesos de elaboración de especificaciones técnicas, apoyo a comisión evaluadora como referente técnico en evaluación de licitaciones y recepción de instrumental quirúrgico, asegurando su correcta adquisición y puesta en marcha.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
R.U.T.:
61.602.126-5
Dirección:
Carmen Guerrero N° 945
Comuna:
San Antonio
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-04-2026 15:31:00
Fecha de Publicación: 02-04-2026 17:49:27
Fecha inicio de preguntas: 02-04-2026 19:41:00
Fecha final de preguntas: 07-04-2026 15:41:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-04-2026 19:41:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-04-2026 15:32:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-04-2026 15:32:00
Fecha de Adjudicación: 13-05-2026 14:28:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 13.1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS • Formulario N°1: Identificación del Oferente. • Formulario N°2: Cumplimiento Programa de Integridad. • Declaración jurada de requisitos para ofertar, de acuerdo con el formato digital disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl (*).
Documentos Técnicos
1.- 13.2 ANTECEDENTES TÉCNICOS • Formulario N°3 Perfil profesional (*): El oferente deberá completar el formulario indicando su título profesional y especialización. Deberá adjuntar los certificados que acrediten la información indicada. • Formulario N°4 Experiencia laboral: Se deberá completar el formulario anexo, donde describa detalladamente la experiencia laboral, asociada al perfil de cargo requerido en la presente licitación. Para acreditar la experiencia detallada en el anexo, el oferente deberá adjuntar los certificados y/o documentos (decretos o resoluciones de nombramiento/contratación), emitidos por las instituciones públicas donde prestará servicios. No será contabilizada la experiencia presentada en los siguientes casos: a) Si no presenta documentación que acredite experiencia. b) Si no es claro que la documentación presentada corresponde a lo requerido. La Experiencia presentada por los oferentes, deberá guardar relación con lo establecido en las Bases Técnicas de la presente licitación.
 
Documentos Económicos
1.- 13.3 ANTECEDENTES ECONÓMICOS • Formulario N°5 de Oferta económica (*): El oferente deberá considerar que la oferta económica incluye todos los gastos, impuestos y demás costos eventuales que se deriven de los servicios licitados.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD LINEA 1 VER BASES ADMINISTRATIVAS LINEA 1 Y 2 2%
2 OFERTA ECONOMICA LINEA 1 VER BASES ADMINISTRATIVAS LINEA 1 Y 2 10%
3 EXPERIENCIA LABORAL GENERAL LINEA 1 VER BASES ADMINISTRATIVAS LINEA 1 Y 2 43%
4 EXPERIENCIA LABORAL ESPECIFICA LINEA 1 VER BASES ADMINISTRATIVAS LINEA 1 Y 2 40%
5 CUMPLIENTO DE REQUISITOS FORMALES LINEA 1 VER BASES ADMINISTRATIVAS LINEA 1 Y 2 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Monto Total Estimado: 57000000
Justificación del monto estimado Línea 1 45.000.000.- considera adjudicación múltiple de 3 proveedores, 15.000.000.- por proveedor, impuestos incluidos. Línea 2 12.000.000.-, impuestos incluidos.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Línea 1 45.000.000.- considera adjudicación múltiple de 3 proveedores, 15.000.000.- por proveedor, impuestos incluidos. Línea 2 12.000.000.-, impuestos incluidos.
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: CARMEN GLORIA OSORIO
e-mail de responsable de pago: carmengloria.osorio@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

ARTÍCULO Nº17 RESOLUCIÓN DE EMPATES


De existir empate en el puntaje general, la comisión evaluadora resolverá esto, aplicando las siguientes consideraciones en orden de preeminencia:

Línea 1

  • EXPERIENCIA LABORAL GENERAL
  • EXPERIENCIA LABORAL ESPECÍFICA
  • OFERTA ECONÓMICA
  • CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
  • PROGRAMA DE INTEGRIDAD

Línea 2

  • EXPERIENCIA
  • ESPECIALIZACIÓN
  • OFERTA ECONÓMICA
  • CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
  • PROGRAMA DE INTEGRIDAD

Si el empate persistiera, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta al portal de Mercado Público, esto será acreditado a través del comprobante de ingreso de oferta ítem fecha y hora de ingreso.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

ARTÍCULO Nº20 MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

Conforme a lo indicado en el artículo Nº58 del reglamento de la ley Nº19.886, en el caso de las consultas relacionadas a la adjudicación o deserción del presente proceso de licitación, estas consultas deberán ser enviadas al correo electrónico a javier.rojasr@redsalud.gob.cl en un plazo no superior a 10 días corridos contados desde la fecha de adjudicación o deserción, posterior a esa fecha se considerará fuera de plazo.

El Hospital dará respuesta a las mismas por correo electrónico en un plazo no superior a 30 días corridos a partir de la publicación en el portal de la adjudicación o deserción al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

16.2 ACLARACIÓN DE OFERTAS POR ERROR U OMISIÓN

El Hospital podrá solicitar a través del portal (foro inverso), de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, estos es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal.

El Hospital podrá también permitir, de conformidad a los establecido en el inciso segundo del artículo 56 del reglamento de la ley N°19.886, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello dará un plazo 2 (dos) días hábiles por el foro inverso en el sistema de información, contados desde la solicitud de rectificaciones, complementación o aclaraciones según corresponda, realizada en el portal www.mercadopublico.cl .

Pacto de integridad

ARTÍCULO N°27 PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)     El oferente se obliga a no intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)     El oferente se obliga a no intentar efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)     El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)     El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)     El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respeta las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.

f)      El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como también las previstas en la legislación y normativa que sean aplicables.

g)     El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)     El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


BASES TÉCNICAS
BASES TECNICAS BASES TÉCNICAS “SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA ADQUISICIÓN Y GESTIÓN DE INSTRUMENTAL QUIRÚRGICO PARA EL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA” 1.- OBJETIVOS GENERALES Apoyar en el proceso de adquisición de instrumental quirúrgico del Hospital Claudio Vicuña, abarcando los procesos de elaboración de especificaciones técnicas, apoyo a comisión evaluadora como referente técnico en evaluación de licitaciones y recepción de instrumental quirúrgico, asegurando su correcta adquisición y puesta en marcha. 2.- OBJETIVOS ESPECIFICOS ● Elaborar especificaciones técnicas de instrumental quirúrgico de acuerdo con la cartera de prestaciones definida en proyecto de Normalización Hospital Claudio Vicuña. ● Realizar informes de evaluación técnica de ofertas de procesos de licitación de adquisición de instrumental quirúrgico como apoyo a la evaluación realizada por comisión evaluadora. ● Gestionar el proceso de recepción de instrumental quirúrgico, revisando la concordancia entre el instrumental recibido y lo ofertado, junto con realizar una verificación visual del instrumental. En caso de detectarse observaciones, estas deberán ser registradas y se deberá realizar seguimiento a su subsanación. ● Coordinar y participar en proceso de acompañamiento y puesta en marcha de los procesos adjudicados de instrumental. 3.- MARCO NORMATIVO Y ESTANDARES DE REFERENCIA El servicio deberá ejecutarse conforme a la normativa vigente del sector público y del ámbito de la salud, incluyendo, pero no limitado a: ● Ley N° 19.886 de compras públicas y su reglamento. ● Norma técnica N° 226 de obligatoriedad de implementar un sistema de registro de datos que permita la trazabilidad de los dispositivos médicos al momento de su recepción por prestadores institucionales de salud. ● Norma técnica N° 247 sobre seguridad y calidad de la atención de paciente respecto: Trazabilidad de dispositivos médicos en prestadores de salud institucional. ● Norma técnica N° 199 sobre esterilización y desinfección de alto nivel y uso de artículos médicos estériles en establecimientos de atención en salud. ● Normativas, instructivos y lineamientos del Ministerio de Salud (MINSAL) y del Servicio de Salud respectivo. El Hospital Claudio Vicuña, requiere el Mantenimiento Preventivo y correctivo de Equipos Osteopulmonares, vitales para su diagnóstico y tratamiento médico. 4.- MODALIDAD DE TRABAJO Los profesionales deberán contar con disponibilidad para desempeñarse en modalidad mixta, de lunes a jueves entre las 08:00 y 17:00 horas, y los viernes entre las 08:00 y 16:00 horas, durante todo el período de vigencia del contrato. Los proveedores del servicio deberán asistir de modo presencial para participar de reuniones de trabajo y actividades programadas por la Unidad Técnica. Las tareas asociadas al levantamiento de especificaciones técnicas, análisis técnico, solicitud de cotizaciones y elaboración de estudios de mercado podrán desarrollarse de forma telemática. La asistencia presencial se considera al menos una vez por semana, si las actividades planificadas requieran de mayore presencialidad, esto deberá ser previamente informado y coordinado por la UT. 5.- DE LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS Durante la vigencia del contrato, el Hospital Claudio Vicuña, a través del jefe de equipos médicos y del jefe del Subdepartamento de Ingeniería del SSVSA, serán responsables de supervisar el cumplimiento de las actividades asignadas y la correcta ejecución de los servicios comprometidos. Llevará el registro de asistencia y horario de inicio de labores mediante los mecanismos de control que disponga para ello, los que serán informados al proveedor del servicio una vez que sea adjudicado. 6.- DEL PERFIL DE CARGO El servicio requiere de tres profesionales con título del área de la salud o ingeniería, tales como Ingeniería Civil Biomédica, Enfermería, Tecnología Médica u otra afín con especialización y/o experiencia comprobable en gestión, evaluación y adquisición de instrumental y equipamiento clínico, además de un profesional acreditado en compras públicas. SERVICIO DE CONSULTORÍA Y GESTIÓN DE INSTRUMENTAL QUIRÚRGICO LÍNEA 1 Título (adjuntar certificado) Profesional del área de la salud o ingeniería, tales como Ingeniería Civil Biomédica, Enfermería, Tecnología Médica u otra afín con especialización y/o experiencia comprobable en gestión, evaluación y adquisición de instrumental y equipamiento clínico Experiencia Laboral General Deseable: 5 años o más de experiencia laboral en prestadores de salud. Experiencia Laboral Especifica Deseable: 1. Participar en la elaboración de bases de licitación para instrumental quirúrgico. 2. Evaluación de procesos de adquisición de instrumental quirúrgico. 3. Participar en la recepción y capacitación de los procesos de adquisición de instrumental quirúrgico como contraparte de los proveedores adjudicados. 4. Coordinación y participación del acompañamiento y puesta en marcha de los procesos adjudicados de instrumental. 5. Levantamiento de requerimientos de instrumental quirúrgicos asociado al funcionamiento de las unidades hospitalarias. SERVICIO DE CONSULTORÍA Y GESTIÓN DE INSTRUMENTAL QUIRÚRGICO LÍNEA 2 Título (adjuntar certificado) Profesional del área de las ciencias sociales, administración pública, contabilidad o ingeniería, con acreditación vigente en compras públicas. Experiencia Laboral General Deseable: 5 años o más de experiencia laboral en instituciones públicas como comprador y encargado de equipos de compra. Experiencia Laboral Especifica Deseable: 1. Participar en la elaboración de bases de licitación. 2. Evaluación de procesos licitatorios. 3. Asesoría a unidades requirentes para la elaboración de bases técnicas. 4. Conocimiento y operación del portal www.mercadopublico.cl. 7.- DÍAS DE PERMISO El prestador del servicio tendrá los siguientes permisos durante la vigencia del convenio: a) Para jornadas de 22 o más horas semanales, excluidos quienes se desempeñen bajo la figura de extensión horaria, convenios por horas y/o exclusivamente realizando turnos, de los establecimientos dependientes del Hospital. La cantidad de días de libre disposición será de 15 días hábiles proporcionales a los meses y horas en convenio, sin perjuicio del pago de sus honorarios, conforme a la tabla siguiente: N° DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN SEGÚN HORAS SEMANALES CONVENIDAS MESES CONVENIO 1; 44 HORAS 1 día; 33 HORAS 1 día; 22 HORAS 1 día MESES CONVENIO 2; 44 HORAS 3 días; 33 HORAS 2 días; 22 HORAS 1 día MESES CONVENIO 3; 44 HORAS 4 días; 33 HORAS 3 días; 22 HORAS 2 días MESES CONVENIO 4; 44 HORAS 5 días; 33 HORAS 4 días; 22 HORAS 3 días MESES CONVENIO 5; 44 HORAS 6 días; 33 HORAS 5 días; 22 HORAS 3 días MESES CONVENIO 6; 44 HORAS 8 días; 33 HORAS 6 días; 22 HORAS 4 días MESES CONVENIO 7; 44 HORAS 9 días; 33 HORAS 7 días; 22 HORAS 4 días MESES CONVENIO 8; 44 HORAS 10 días; 33 HORAS 8 días; 22 HORAS 5 días MESES CONVENIO 9; 44 HORAS 11 días; 33 HORAS 8 días; 22 HORAS 6 días MESES CONVENIO 10; 44 HORAS 13 días; 33 HORAS 9 días; 22 HORAS 6 días MESES CONVENIO 11; 44 HORAS 14 días; 33 HORAS 10 días; 22 HORAS 7 días MESES CONVENIO 12; 44 HORAS 15 días; 33 HORAS 11 días; 22 HORAS 8 días Los días de libre disposición antes señalados corresponden a días hábiles continuos, de lunes a viernes, en los que el prestador cumpla sus servicios, independiente de la cantidad de horas convenidas y cómo éstas se distribuyan al interior de la semana en la institución. Para todos los casos, será el funcionario responsable de declarar conforme la prestación de servicios, quien autorizará el uso de los citados días, así como el fraccionamiento de acuerdo a las necesidades del servicio, y llevar el cómputo de los mismos. El fraccionamiento sólo podrá ser por días, no medios días. Dado que los días de libre disposición no son acumulables entre convenios, no se podrá denegar su uso si el convenio se encuentra próximo a su caducidad. No obstante, finalizado el convenio que dio origen a la facilidad, caducará el derecho a uso de todos los días de libre disposición que no se hubieren utilizado, por cualquier motivo, incluidas las razones asociadas a ausencias para atender al restablecimiento de la salud por razones médicas. b) Para jornadas de 22 o más horas semanales, excluidos quienes se desempeñen bajo la figura de extensión horaria, convenios por horas y/o exclusivamente realizando turnos, de los establecimientos dependientes del Hospital, tendrá acceso para AUSENTARSE POR MOTIVOS PARTICULARES durante la vigencia del convenio, sin perjuicio del pago de sus honorarios, conforme a la siguiente tabla: N° DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN SEGÚN HORAS SEMANALES CONVENIDAS MESES CONVENIO 1; 44 HORAS 1 día; 33 HORAS 0 días; 22 HORAS 0 días MESES CONVENIO 2; 44 HORAS 1 día; 33 HORAS 1 día; 22 HORAS 1 día MESES CONVENIO 3; 44 HORAS 2 días; 33 HORAS 1 día; 22 HORAS 1 día MESES CONVENIO 4; 44 HORAS 3 días; 33 HORAS 1 día; 22 HORAS 1 día MESES CONVENIO 5; 44 HORAS 3 días; 33 HORAS 2 días; 22 HORAS 1 días MESES CONVENIO 6; 44 HORAS 3 días; 33 HORAS 2 días; 22 HORAS 2 días MESES CONVENIO 7; 44 HORAS 4 días; 33 HORAS 2 días; 22 HORAS 2 días MESES CONVENIO 8; 44 HORAS 4 días; 33 HORAS 3 días; 22 HORAS 2 días MESES CONVENIO 9; 44 HORAS 5 días; 33 HORAS 3 días; 22 HORAS 2 días MESES CONVENIO 10; 44 HORAS 5 días; 33 HORAS 3 días; 22 HORAS 3 días MESES CONVENIO 11; 44 HORAS 6 días; 33 HORAS 4 días; 22 HORAS 3 días MESES CONVENIO 12; 44 HORAS 6 días; 33 HORAS 4 días; 22 HORAS 3 días Los días antes señalados corresponden a días hábiles completos en el que el prestador cumpla sus servicios, independiente de la cantidad de horas convenidas y cómo estas se distribuyan al interior de la semana en la institución. Con excepción de los honorarios con 44 horas semanales, estos días sólo podrán fraccionarse por días completos, no por medios días, siendo facultativos del funcionario responsable de declarar conforme la prestación de servicios, pudiendo concederlos o denegarlos discrecionalmente. 7.- FACILIDADES EFECTIVAS El prestador del servicio con una jornada de 22 o más horas semanales, tendrá las siguientes facilidades efectivas durante la vigencia del convenio: a) Facilidades para asistir a actividades en virtud de las necesidades del hospital, cuando por indicaciones del funcionario responsable de declarar conforme la prestación de servicios lo requiera y previamente autorizado por el Jefe Superior del Servicio. b) Acceso a alimentación, conforme a las normas ministeriales y leyes vigentes en equivalentes condiciones que este es proporcionado a los funcionarios del establecimiento. Beneficio a entregar los días de presencialidad en el Hospital. c) Ausentarse durante un determinado lapso con fin de atender al restablecimiento de su salud, en cumplimiento de una prescripción profesional. Dicha ausencia será con perjuicio proporcional de sus honorarios y sin derecho a pago de ningún tipo por parte del Hospital. d) Permiso Parental cuando cumpla con los requisitos legales para ello. Dicha ausencia será con perjuicio proporcional de sus honorarios y sin derecho a pago de ningún tipo por parte del Hospital. e) Permiso por nacimiento de hijo: El prestador tendrá derecho a un permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será de forma continua, excluyendo el descanso semanal, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento, el que se deberá acreditar con el correspondiente certificado de inscripción, en las mismas condiciones que rigen para los funcionarios públicos, de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del artículo 195 del Código del Trabajo. f) Permiso por muerte de hijo: De conformidad con lo establecido en el inciso 1º del artículo 66 del Código del Trabajo en caso de muerte de un hijo, el prestador del servicio tiene derecho a 10 días corridos de permiso pagado, adicionales a los permisos estipulados en la cláusula octava, independientemente del tiempo de servicio. Este permiso debe hacerse efectivo a partir del respectivo fallecimiento y no puede ser compensado en dinero. Por otra parte, en el caso de muerte de un hijo en período de gestación existe derecho a un permiso de 7 días hábiles, que se deben hacer efectivos desde el momento de acreditarse la muerte, con el respectivo certificado de defunción fetal. g) Permiso por muerte de familiar directo: De conformidad con lo establecido en el inciso 2º del artículo 66 del Código del Trabajo en caso de muerte de un hermano, del padre o de la madre, tiene derecho a 4 días hábiles de permiso pagado, adicionales a los permisos estipulados en la cláusula octava, independientemente del tiempo de servicio. Este permiso debe hacerse efectivo a partir del respectivo fallecimiento y no puede ser compensado en dinero. h) Permiso por muerte del Cónyuge o Conviviente Civil: De conformidad con lo establecido en el inciso 1º del artículo 66 del Código del Trabajo en caso de muerte del cónyuge o conviviente civil, el prestador del servicio tiene derecho a 7 días corridos de permiso pagado, adicionales a los permisos estipulados en la cláusula octava, independientemente del tiempo de servicio. Este permiso debe hacerse efectivo a partir del respectivo fallecimiento y no puede ser compensado en dinero. i) Permiso por Matrimonio y/o Acuerdo de Unión Civil: el prestador de servicios que contraiga matrimonio o acuerdo de unión civil, tendrá derecho a 5 días hábiles continuos de permiso con goce de honorarios, adicionales a los permisos estipulados en las letras a) y b) de esta cláusula, independiente del tiempo servido. Este permiso se podrá utilizar, en el día del matrimonio y en los días inmediatamente anteriores o posteriores a la celebración. El prestador deberá dar aviso a su empleador con treinta días de anticipación y presentar dentro de los treinta días siguientes a la celebración, el respectivo certificado de matrimonio del Servicio de Registro Civil e Identificación. j) Permiso padres tutores de menores con Trastorno del Espectro Autista (TEA): Los prestadores de servicio que sean padres o tutores legales de menores de edad debidamente diagnosticados con trastorno del espectro autista (TEA), tienen la facultad para acudir a emergencias respecto a su integridad en los establecimientos educacionales en los que estén cursando su enseñanza parvularia, básica o media. Para acreditar dicha condición se deberá informar mediante la entrega de una copia de certificado médico. k) Permiso alimentación de hijos menores de 2 años: La madre contratada, o el padre que cuente con la tuición legal del menor, de acuerdo con lo establecido en la Ley N.°20.761 que extiende a los padres trabajadores el derecho de alimentar a sus hijos y perfecciona normas sobre protección de la maternidad, podrá disponer de una hora al día para dar alimento a sus hijos menores de dos años, el que deberá ejercerse en la misma forma y condiciones establecidas en el artículo 206 del Código del Trabajo. l) Permiso por hijo o hija mayor de un año y menor de dieciocho años afectado por un accidente grave o de una enfermedad grave, aguda y con riesgo de muerte: Según lo dispuesto en el artículo 199 bis del Código del Trabajo, cuando la salud de un niño o niña mayor de un año y menor de dieciocho años de edad requiera el cuidado personal de su padre o madre con motivo de un accidente grave o de una enfermedad grave, aguda y con riesgo de muerte, tanto el padre como la madre trabajadores tendrán derecho a un permiso para ausentarse de su trabajo por el número de horas equivalentes a 10 jornadas ordinarias de trabajo al año, distribuidas a elección del trabajador o trabajadora en jornadas completas, parciales o combinación de ambas, las que se considerarán como trabajadas para todos los efectos legales.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.