Mecanismos de reclamación disponibles
La realización de reclamos, durante el proceso de licitación, se orienta al cumplimiento del principio de trasparencia que rige los procesos de adquisiciones y contrataciones en el Estado. Es por ello, que los oferentes podrán realizar reclamaciones respecto de actos u omisiones que puedan ocurrir entre la aprobación de las bases de la respectiva licitación y su adjudicación, a través del formulario dispuesto para aquello, en el sitio web www.mercadopublico.cl.
Para la generación de respuestas oportunas a los reclamos recibidos, se deberá considerar lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 484/B, de 15 de mayo de 2007, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, que señala que se entenderá por respuesta oportuna aquella emitida dentro del plazo de dos días hábiles dicho tiempo es contabilizado en horas (48 horas) por el portal www.mercadopublico.cl; en el caso de alguna situación de alta complejidad y que imposibilite el cumplimiento de éste , es posible solicitar la ampliación del plazo (24 horas), no obstante, deberá ser debidamente fundamentado . Para la contabilización de las horas mencionadas, se debe tener en cuenta desde el ingreso del reclamo al/la Administrador /a (Jefe/a de Servicio), hasta la publicación de la respuesta en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Adicionalmente, la plataforma se encuentra habilitada en horas hábiles para esta materia, es decir, a partir del lunes (hábil) a las 00:00:01 a.m., y hasta el viernes (hábil) a las 23:59:59 p.m., posteriormente se inhabilita automáticamente. A modo de ejemplo, un proveedor ingresa un reclamo un día viernes (hábil) a las 17:00:00 p.m., por tanto, el plazo para su publicación finaliza el día martes de la semana siguiente a las 17:00:00 p.m.
Los reclamos realizados a través del a través del formulario dispuesto para aquello, en el sitio web www.mercadopublico.cl, deberán contener la identificación del reclamante, la del reclamado, del proceso cuestionado, y los antecedentes en los que se funda dicho reclamo.
La Dirección de Compras y Contratación Pública derivará dichos reclamos a los Organismos Públicos aludidos, para que respondan de manera completa y oportuna, a través de la Plataforma de Probidad Activa o de los medios electrónicos que dicha Dirección disponga.
Los Organismos Públicos, serán los responsables de emitir respuestas satisfactorias y oportunas, a todos los reclamos que realicen en su contra, aun cuando quien lo realice no haya participado directamente en el proceso cuestionado, como, asimismo, de enviar a la Dirección de Compras y Contratación Pública, copia de la respuesta enviada al reclamante a través de la Plataforma de Probidad Activa o de los medios que la Dirección de Compras disponga.
Para estos efectos, se entenderá por respuesta oportuna aquella emitida dentro del plazo de dos días hábiles desde la recepción del respectivo reclamo por parte del Organismo Público; plazo que podrá ampliarse en caso de ser necesaria la recopilación de mayores antecedentes para responder debiéndose igualmente, comunicar al reclamante el estado de su reclamo, a través de la mencionada Plataforma.
En caso de disconformidad con la respuesta entregada, el proveedor podrá ingresar un nuevo reclamo a través de la Sección de Probidad Activa.
De la misma forma, la Dirección de Compras y Contratación Pública, en caso de detectar respuestas incompletas, poco claras, o que no respondan directamente la materia del reclamo, catalogará dicho reclamo como insatisfactorio y lo derivará nuevamente al organismo público correspondiente, enviando un correo electrónico de aviso al Jefe de Servicio de dicha Institución. Este último tendrá nuevamente un plazo de dos días hábiles para entregar la correspondiente respuesta.