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Resolución de Empates |
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De producirse una igualdad o empate en el resultado final de la evaluación, se privilegiará en primer término la oferta que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación “Precio”; de mantenerse dicha igualdad, se continuará comparando los puntajes de los restantes criterios de evaluación, según la importancia asignada en su ponderación. Así aun así, persiste el empate, se considerará la primera oferta que haya ingresado al portal.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, dentro del plazo fatal de 02 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución que la materializa, mediante correo electrónico dirigido al email logística.magallanes@gendarmeria.cl, el cual deberá indicar el nombre del proponente, correo electrónico y la individualización de la propuesta que se consulta y su respectivo número ID. Las respuestas serán remitidas dentro de los 02 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para efectuar las consultas aludidas, a través de correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta. Junto al correo señalado, las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación, dentro del mismo plazo señalado para el envío de los correos electrónicos.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Antes de los 30 días posterior a la facturación.
Para cursar el pago, previamente se debe era verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que afecten al personal del proveedor, para cuyos efectos Gendarmería de Chile, exigirá como requisito para cursar el pago que el proveedor acompañe a la factura correspondiente, los siguientes documentos:
- Fotocopia simple de las liquidaciones de sueldo firmadas por los trabajadores que prestaron servicio durante los meses que generan el pago, o en su caso las correspondientes Boletas de Honorarios.
- Certificado o comprobante de pago de cotizaciones previsionales y de salud del mes anterior, de las personas que prestaron servicio el mes anterior al que se está pagando.
La no presentación de dichos documentos, significará la inmediata suspensión del trámite de pago, el que no se cursará hasta su total regularización.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Artículo 38°. Si la comisión mencionada en el artículo 12° de las presentes bases lo estima pertinente, podrá solicitar, a través del portal, precisiones a alguno de los licitantes sobre aspectos de su oferta técnica que no resulten suficientemente claros, en cuyo caso las aclaraciones solicitadas y las respuestas otorgadas por el oferente pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, de serle adjudicado. En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas del interesado, no podrán referirse a puntos que alteren elementos esenciales de la proposición, ni vulnerar el principio de igualdad de los oferentes. Las respuestas deberán ser entregadas a más tardar dentro de los 2 días hábiles siguientes a la formulación de la consulta, vía portal mercado público.
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CONDICIONES DE LA PROPUESTA |
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Artículo 1º. Las presentes Bases Administrativas norman el llamado a Propuesta Pública y el contrato de Prestación de Servicios que, con posterioridad se suscriba al efecto, para la contratación de la EXTERNALIZACION DE SERVICIO DE ALIMENTACION BAJO LA MODALIDAD DE CATERING EXTERNO PARA CDP PORVENIR, para el año 2023, de conformidad con los requerimientos establecidos por Gendarmería de Chile.
Los servicios a adquirir deberán cumplir con los requerimientos técnicos que se señalan en las “Especificaciones Técnicas” que se aprueban por medio de la presente resolución, las que se entenderán formar parte integrante del contrato, para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos.
Esta propuesta será llamada sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, participando todas las personas naturales o jurídicas que deseen hacerlo y que cumplan con las condiciones requeridas. La publicación correspondiente contendrá la información consignada en el artículo 24 del D.S. (H) N° 250, de 2004, que fija el reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, sus modificaciones y aclaraciones a las mismas, la adjudicación y el estarán disponibles al publico en el Sistema Electrónico de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en forma gratuita.
Artículo 2º. Será aplicable al proceso regulado por las presentes Bases Administrativas, lo dispuesto por Ley Nº 19.886, de Bases sobre contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, de fecha 30 de Julio de 2003 y su respectivo Reglamento, contenido en el Decreto de Hacienda Nº 250, de fecha 24 de Septiembre de 2004.
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REQUISITOS Y CONDICIONES DE LOS OFERENTES |
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Artículo 3º. Podrán participar de esta Propuesta Pública, las Personas Naturales o Jurídicas que cumplan con los requisitos que establezcan las presentes Bases, y que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl al momento de concretar la adjudicación y firma del posterior contrato.
Las ofertas que sean presentadas, quedarán sujetas a evaluación y posterior aceptación o rechazo, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas, como así mismo lo establecido en las Especificaciones Técnicas insertas en dichas bases.
Sin perjuicio de lo anterior, Gendarmería de Chile, podrá requerir a los proponentes todas las aclaraciones o informaciones complementarias que estime conveniente, previo a resolver la adjudicación.
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SERVICIO Y VALORES POR SERVICIO |
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Artículo 4°, Los servicios a entregar corresponden a: desayuno, almuerzo, cena y colación nocturna, las que serán entregadas al personal trabajando según pauta de servicio y la población penal recluida en C.D.P Porvenir.
La composición del servicio a entregar está definida en las Bases Técnicas de la presente licitación.
Los valores estimados a pagar por servicio a contratar son los siguientes:
SERVICIO VALOR A CANCELAR IVA INCLUIDO
Desayuno $2500
Almuerzo $5000
Cena $5000
Colación Nocturna $2500
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VISITA A TERRENO |
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Artículo 60. Por la naturaleza del servicio licitado, Gendarmería de Chile, contempla una visita obligatoria por parte de un funcionario designado por la institución, quien visitara los establecimientos que cumplan con todos los antecedentes solicitados en la presente licitación, en donde se verificará in situ las condiciones de planta física y permisos correspondientes para elaborar alimentación, además se aplicará el Formulario Único de Fiscalización de Medidas Preventivas para el Covid-19 en lugares de trabajo. Esta visita se realizará durante el período de evaluación de las ofertas y se deberá emitir un informe, que será parte de los criterios de evaluación de este proceso.
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ACLARACIONES A CONSULTAS |
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Artículo 5°. Los proponentes tendrán la posibilidad de efectuar consultas o solicitar aclaraciones a las Bases Administrativas y Técnicas y demás antecedentes de licitación, dentro del plazo indicado en el cronograma de la licitación, establecido en las presentes Bases; las respuestas a dichas consultas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, en la fecha señalada en el mencionado cronograma.
Tanto las preguntas como las respuestas a las mismas se harán a través del Sistema de Información, poniéndose en conocimiento de todos los participantes, sin indicar el autor de la consulta.
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PRESENTACION Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA |
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Artículo 7º. Las propuestas constarán de 3 partes: 1) ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS 2) OFERTAS TÉCNICAS Y 3) OFERTAS ECONÓMICAS.
La Oferta Técnica, la Oferta Económica y los Antecedentes Administrativos, deberán presentarse en idioma español y los valores expresados en moneda nacional.
Tanto la presentación de la “OFERTA TÉCNICA” y “OFERTA ECONÓMICA”, se deberán enviar a través del Sistema de Información, en el sitio de la propuesta del portal www.mercadopublico.cl.
1. Los Antecedentes Administrativos que se deberán subir al sitio de la propuesta, en esta oportunidad serán los siguientes:
a) Anexo N°1 de “Identificación del Proponente”
b) Anexo N°2 “Declaración Jurada Simple" de no encontrarse en alguno de los casos contemplados en el artículo 4° de la Ley N° 19.886 de Bases sobre: Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, lo que se hará en el formulario proporcionado por el Servicio.
c) Anexo N°3 “Condiciones de Empleo y Remuneración”
d) Anexo N°4 “Declaración Responsabilidad Penal”
e) Anexo N°7 “Declaración de Conocimiento de Bases”
Todos estos antecedentes se acompañarán en formato digital, de preferencia en el orden solicitado en este artículo y en PDF, Incorporándolos en el sitio de la propuesta y se subirán a éste como Anexos Administrativos (botón “Anexos Administrativos”). El licitante no podrá hacer mención alguna a su oferta económica en estos anexos.
2. En los "Anexos Técnicos" que corresponden a la oferta propiamente tal, deberán incluir un detalle técnico de los servicios ofrecidos, los que deberán cumplir fielmente con todos los requerimientos exigidos en las Especificaciones Técnicas, el No Cumplimiento del requisito anterior significará la desestimación de la oferta.
a) Anexo N°5 “Planificación de Minutas”, debe contemplar la planificación de minutas con los servicios de desayuno, almuerzo, cena y colación nocturna, proyectada para el primer mes de funcionamiento (marzo 2023).
b) “Resolución Sanitaria", el establecimiento que oferte el servicio deberá tener Resolución Sanitaria vigente, una fotocopia de la misma se debe ingresar en los Anexo técnicos.
c) De acuerdo con la Ley 20.123 que Regula Trabajo en Régimen de Subcontratación en contexto Covid-19 se exige adjuntar lo siguiente a los Anexos Técnicos:
Procedimiento de limpieza y desinfección
Plan de Emergencia y evacuación
Protocolo de actuación diversos casos en lugares de trabajo en el contexto Covid-19
Procedimiento Covid-19 Control de ingreso a su empresa
Protocolo de Seguridad Sanitaria Laboral Covid-19
Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
Procedimiento obligatorio de informar
Matriz de riesgo Covid – 19
Todos estos antecedentes se acompañarán en formato digital, de preferencia en el orden solicitado en este artículo y en PDF, incorporándolos en el sitio de la propuesta. El licitante no podrá hacer mención alguna a su oferta económica en estos documentos.
3. La “Oferta Económica”, la oferta económica deberá ser subida en el Anexo N° 6, proporcionado por el servicio, el que deberá incluir solamente el valor total de la ración diaria que tendrá para Gendarmería de Chile lo ofertado, valor que deberá ser neto, en moneda nacional. Sólo se abrirá para aquellos oferentes que hayan cumplido con la totalidad de los requerimientos solicitados de los Anexos Administrativos y en los Anexos Técnicos.
El plazo máximo para presentar dicha oferta a través de la mencionada página web será el fijado en el cronograma de la licitación, denominado por el portal “Fecha de cierre de recepción de la oferta”
La oferta de aquel proponente que, en definitiva, no hay a acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas Bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite, sin que se proceda a la apertura de su oferta económica.
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APERTURA ANEXOS TECNICO, ADMINISTRATIVO Y ECONOMICO |
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Artículo 8º. Las propuestas se abrirán en el lugar, día y hora fijados por el cronograma de la presente licitación mediante la liberación automática de las ofertas en la hora y fecha establecida en www.mercadopublico.cl por la operadora encargada del proceso.
En primera instancia se verificará la inclusión, en formato digital, de cada uno de los Anexos Administrativos y Anexos Técnicos solicitados en las presentes Bases.
En caso de ser necesarios una revisión o análisis más detallado de estos documentos, ésta se efectuará posteriormente, durante el periodo de evaluación y selección de las ofertas recibidas.
El oferente que no haya acompañado en su oferta algún antecedente administrativo exigido en estas Bases, tendrá la posibilidad de presentar los mismos, en forma posterior, dentro de un plazo de 48 horas, desde la solicitud de la Dirección Regional de Gendarmería Región de Magallanes y Antártica Chilena. Esta situación se verá reflejada al momento de realizar la evaluación de conformidad a los criterios fijados en las presentes bases, y sólo será aceptada cuando la incorporación tardía de los antecedentes faltantes no le represente una ventaja sobre los demás oferentes.
En casos excepcionales podrá admitirse la presentación de antecedentes en soporte papel, especialmente cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y en los demás casos indicados en el artículo 62° del Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
El cuadro resumen y acta de apertura con las ofertas recepcionadas y el nombre del respectivo oferente se publicará en el Sistema de Información.
Artículo 9º. Posteriormente, y una vez efectuada la antedicha preselección por parte del Servicio, esto es, preseleccionados los proponentes que hayan acompañado todos los Anexos Administrativos y Anexos Técnicos requeridos en el artículo 7° de las presentes Bases Administrativas, se efectuará, por el operador encargado del proceso, la apertura de la Oferta Económica de los proponentes que continuaren en competencia
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CRITERIOS DE EVALUACION |
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Artículo 10°. Efectuada la recepción de las propuestas técnicas y económicas se constituirá la Comisión Evaluadora quién analizará los antecedentes validados de cada oferente.
Luego que sean analizados los antecedentes de los oferentes por parte de esta comisión, y considerando los aspectos globales del servicio ofertado por los proveedores, a través del portal de la licitación y comprobar que cumplen con las exigencias señaladas en las “Bases Administrativas y Técnicas” y demás documentos de la presente Licitación, se considerarán como criterios de evaluación de las ofertas recibidas, los siguientes:
a) Precio
b) Calidad de la planificación de minutas
c) Informe visita en terreno
d) Condiciones de empleo y remuneración
e) Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta
PARRAFO IX
DE LOS PUNTAJES Y PONDERACIONES ASIGNADOS A CADA CRITERIO
Artículo 11°. Los puntajes y ponderaciones que se asignan a cada uno de los criterios señalados en el artículo precedente, serán los siguientes:
CRITERIO PUNTAJE PONDERACION
Precio 0-100 50%
Calidad de la planificación de minutas 0-100 20%
Informe vista en terreno 0-100 15%
Condiciones de empleo y remuneración 0-100 10%
Cumplimiento de los requisitos formales de oferta 0-100 5%
Corresponderá a la Comisión Evaluadora del servicio asignar los puntajes por cada criterio, de acuerdo a las siguientes fórmulas:
1) En el caso del criterio de evaluación “Precio” (50% de ponderación), el puntaje ponderado se determinará aplicando la siguiente fórmula:
Puntaje = ((Precio más ventajoso x 100) / (Precio Ofrecido)) x Ponderación del criterio.
El precio a evaluar es el correspondiente al valor mensual de acuerdo a anexo 5.
2) En el caso del criterio de evaluación “Calidad de la planificación de minutas” (20% de ponderación), el puntaje ponderado se determinará de la siguiente forma:
CALIDAD PUNTAJE TABLA PONDERACION
La minuta cumple con los requerimientos solicitados en Bases Técnicas en relación a la frecuencia variedad. 100 20%
La minuta cumple de manera parcial con los requerimientos solicitados en Bases Técnicas en relación a la frecuencia variedad. 50 10%
La minuta NO cumple con los requerimientos solicitados en Bases Técnicas en relación a la frecuencia variedad. 0 0%
3) En el caso del criterio de evaluación “Informe visita en terreno” (15% de ponderación), el puntaje ponderado se determinará de la siguiente forma:
CALIDAD PUNTAJE TABLA PONDERACION
Cumple con la totalidad de los puntos analizados en el informe 100 15%
Cumple con la mitad de los puntos analizados en el informe 50 7.5%
NO cumple con la totalidad de los puntos analizados en el informe 0 0%
4) En el caso del criterio de evaluación “Condiciones de empleo y remuneración” (10% de la ponderación) se evaluará con la información proporcionada por el Anexo 3, de acuerdo a la siguiente tabla:
CALIDAD PUNTAJE TABLA PONDERACION
Cumple con cuatro o más condiciones de empleo y remuneración 100 10%
Cumple con tres condiciones de empleo y remuneración 75 7.5%
Cumple con dos condiciones de empleo y remuneración 50 5.0%
Cumple con una condición de empleo y remuneración 25 2.5%
No acredita condiciones de empleo y remuneración 0 0%
5) En el caso del criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales de oferta” (5% de ponderación), el puntaje ponderado se calcula como sigue:
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA PUNTAJE TABLA PONDERACION
Cumplimiento oportuno de rodos los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta. 100 5%
Cumplimiento posterior de rodos los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta. 50 2.5%
De producirse una igualdad o empate en el resultado final de la evaluación, se privilegiará en primer término la oferta que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación “Precio”; de mantenerse dicha igualdad, se continuará comparando los puntajes de los restantes criterios de evaluación, según la importancia asignada en su ponderación. Así aun así, persiste el empate, se considerará la primera oferta que haya ingresado al portal.
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ADJUDICACION |
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Artículo 12°. Para efectos de la adjudicación de la propuesta, se conformará una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios:
- Jefe Unidad CDP Porvenir
- Jefe Administrativo Dirección Regional
- Habilitado Dirección Regional
La comisión podrá tenerse por constituida y funcionar, con la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros, en el caso de ausencia o impedimento de alguno de los miembros titulares asistirá en su reemplazo, su subrogante.
El acto de adjudicación no generara vínculos contractuales entre el adjudicado y Gendarmería de Chile.
El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el oferente adjudicado y Gendarmería de Chile, es el acto administrativo aprobatorio del contrato de compraventa, totalmente tramitado.
De este modo la adjudicación podrá dejarse si efecto si no se firma el contrato en los plazos y condiciones establecidos en las presentes Bases, por causa imputable al adjudicatario.
Artículo 13°. Desempeñará la labor de Secretaria de Acta de la Comisión, pero sin formar parte de ella, la Encargada de Logística Regional.
Artículo 14°. La decisión que tome la Comisión de Evaluación se materializará a través de acto administrativo totalmente tramitado, emanado del Director Regional, conforme a lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Artículo 15°. De los acuerdos tomados por la Comisión Evaluadora se dejará constancia en un Acta que será firmada por todos los miembros asistentes.
Artículo 16°. La referida Comisión tendrá un plazo de 06 días hábiles para resolver sobre la adjudicación de las propuestas, contados desde la fecha de apertura de la oferta económica, si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el Servicio informará de esta circunstancia a través del Sistema, indicando las razones que justifiquen el retraso y señalará, al mismo tiempo, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación.
Artículo 17°. El servicio aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación mencionados en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, aun cuando ésta no sea la de menor valor.
El acto administrativo por el cual el Servicio acepte y adjudique una determinada oferta, será notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes mediante su publicación en el Sistema de Información.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, dentro del plazo fatal de 02 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución que la materializa, mediante correo electrónico dirigido al email logística.magallanes@gendarmeria.cl, el cual deberá indicar el nombre del proponente, correo electrónico y la individualización de la propuesta que se consulta y su respectivo número ID. Las respuestas serán remitidas dentro de los 02 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para efectuar las consultas aludidas, a través de correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta. Junto al correo señalado, las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación, dentro del mismo plazo señalado para el envío de los correos electrónicos.
Artículo 18°. Gendarmería de Chile procederá a declarar inadmisible las ofertas, cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en estas bases.
Declarará desierta la licitación, cuando concurra al menos una de las siguientes circunstancias:
1. No se presente oferente alguno a la licitación.
2. Presentándose uno o más postulantes, ninguno cumpla con lo establecido en las presentes Bases.
3. Presentándose uno o más postulantes, ninguna de las ofertas califique, de acuerdo a los criterios de evaluación técnica y/o económica establecidos en las presentes Bases.
4. Presentándose uno o más postulantes y habiéndose presentado en forma la propuesta Técnica y Económica, esta última sea desestimada por resultar inconveniente para los intereses del adecuado funcionamiento económico de Gendarmería de Chile, o se estime inviable la adecuada ejecución del contrato.
La declaración de deserción del proceso licitatorio se hará por el respectivo acto administrativo fundado y los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna.
Artículo 19°. La institución, se reserva el derecho de readjudicar a la segunda o siguiente oferta más conveniente, en las siguientes oportunidades:
1º Si el adjudicatario retira su oferta antes de la firma del contrato;
2º Si el adjudicatario incurre en falsedad en los documentos que se le hubieren solicitado;
3º Si el adjudicatario se negare a firmar el contrato una vez notificado;
4º Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato;
5º Si el adjudicatario no cumple los requisitos necesarios para la suscripción del contrato;
6º Si la oferta del adjudicatario fuere falsa.
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GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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Artículo 20°. El proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y dentro del plazo establecido en el artículo 25° de las presentes Bases, algunos de los siguientes documentos de Garantía:
a) Un Vale Vista Bancario, un Depósito Bancario a la Vista, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista o un Certificado de Fianza a la vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile, en caso de que se trate de un Certificado de Fianza a la vista deberá ser emitido por alguna institución de Garantía Recíproca; documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERIA DE CHILE, RUT 61.004.054-3”, por un monto ascendente al 10% del monto total del contrato, expresando dicho valor en pesos chilenos; o
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea GENDARMERÍA DE CHILE, RUT 61.004.054-3, que cubra el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo monto señalado en el párrafo anterior, el cual deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al solo requerimiento de Gendarmería de Chile, es decir, de ejecución inmediata. Por lo que, su pago debe efectuarse sin que deba Gendarmería e Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase.
El documento de garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente al ID N°…”(indicando el ID asignado al proceso). Si la garantía no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada ante Notario Público acompañada de tal instrumento.
Los oferentes ubicados en el segundo, tercer o lugares siguientes, en caso de ser readjudicado deberán cumplir con la entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 07 días corridos, contados desde que se notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
La Garantía podrá entregarse en uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
c) El plazo de vigencia de la Garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, aumentado en 90 días corridos.
En el evento que se cobre la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá renovar dicha Garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de Garantía será de 07 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original.
d) Una vez entregados los servicios sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, y vencido el plazo adicional de garantía de 90 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor; en caso contrario, se ejecutará dicha garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Para todos los casos anteriores se establece como lugar de entrega y retiro de la garantía, la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena, ubicada en calle Jorge Montt 710, Piso 3, Punta Arenas.
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ENTREGA DE LOS SERVICIOS |
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Artículo 21°. Las características que debe cumplir el servicio a entregar, se encuentra descrito en las respectivas Bases Técnicas, Entrega de los Servicios, numeral 2 y Planificación de Minutas, numeral 3.
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MULTAS |
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Artículo 22°. Se consideran en caso de incumplimiento del:
CARÁCTER MONTO MULTA EFECTOS DESCRIPCION
Grave 20 UTM Después de la reiteración de tres (3) multas de carácter grave. Se considerará término del contrato y cobro de la Garantía del Fiel cumplimiento. 1. Incumplimiento de normas básicas de manipulación higiénica de los alimentos en cualquiera de las siguientes etapas de producción: recepción, almacenamiento, mantención, producción y distribución.
2. Presencia de objetos extraños en la comida: pelos, astillas, virutillas, vidrios, etc., que puedan atentan contra la salud e integridad física de los comensales.
3. ETA (enfermedad de transmisión alimentaria), a consecuencia de la alimentación entregada por el proveedor.
4. No entrega de algún servicio, tales como desayuno, almuerzo, cena y/o colación nocturna, sin causa justificada.
5. No cumplimiento del D.S. 977.
Moderada 10 UTM Después de la reiteración de tres (3) multas de carácter Moderada. La cuarta multa se considerará para los efectos de la evaluación de la Empresa a una (1) multa de carácter grave. 1. Inadecuada preparación de los alimentos, entrega de alimentos crudos o sobre cocinados, con claras alteraciones de sus características organolépticas.
2. Deficiente procedimiento de Sanitización en frutas y verduras.
3. Uso de insumos alimentos de baja calidad a la establecida en bases de licitación.
Leve 5 UTM Después de la reiteración de tres (3) multas de carácter leve. La cuarta multa se considerará para los efectos de la evaluación de la Empresa a una (1) multa de carácter moderada. 1. Incumplimiento de minuta en cuanto a enunciad, cantidad y calidad de las preparaciones.
2. Atrasos en la entrega de servicios, más de 15 minutos de la hora establecida por contrato.
3. Incumplimiento de gramajes o frecuencia y/o variedad de alimentos de la Planificación de Minutas.
4. No entrega la planificación de minuta mensual con 30 día de antelación al mes siguiente para revisión.
Gendarmería de Chile, está facultada y la Empresa así lo acepta, para descontar del pago por el servicio contratado las sumas de dinero por las multas impuestas. Al efectuarse descuentos en las facturas por concepto de multas por atraso en la entrega u otro motivo, la Empresa deberá remitir la respectiva Nota de Crédito previa notificación del descuento. El pago se tramitará una vez recepcionado el original de dicho documento, objeto ésta sea adjuntada a cada factura para descontar dicho monto. Las multas se harán efectivas sobre los pagos pendientes.
Si los incumplimientos fueran reiterativos, acumulando un total de 3 observaciones graves durante el año, Gendarmería de Chile, se encontrará facultada para poner término al contrato, y hacer efectiva la Boleta de Garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del oferente Adjudicado, lo cual será comunicado mediante carta certificada al proveedor.
La aplicación de la multa se hará administrativamente por el Servicio, sin forma de juicio y se deducirá del respectivo pago que se encuentre pendiente o de la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato, si aquel no fue suficiente para cubrir la multa.
En caso de aplicarse multas, se notificará al proveedor, mediante una carta oficio al domicilio indicado en el proceso de Licitación o mediante correo electrónico, insertándose dicho documento al ID correspondiente de la Licitación y Ficha de Gestión de contrato correspondiente, el cual podrá reclamar de su monto y procedencia, dentro de los 5 días hábiles siguientes de la referida notificación. La reclamación presentada, se resolverá dentro de los 5 días hábiles siguientes a su presentación, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor o bien rechazará el mismo, confirmando la multa respectiva.
En definitiva, en el caso que el Servicio determine cursar la multa, se le notificará al proveedor el acto administrativo respectivo, en la forma y dentro del plazo establecido en el artículo 37° de las presentes Bases. El plazo para pagar la multa será de 5 días hábiles, contados desde la mencionada notificación. Si no se pagase las multas dentro del plazo estipulado, éstas se descontarán en primer lugar de los pagos pendientes y en segundo lugar de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Se deja expresa constancia que cualquiera situación que constituya caso fortuito o fuerza mayor, eximirá al proveedor de la sanción señalada precedentemente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.
Sin perjuicio de la aplicación de la multa señalada precedentemente, se podrá imponer al proveedor cualquiera otra de las sanciones establecidas en estas Bases Administrativas conforme a lo indicado en la Ley N° 19.886 que fijó la Ley de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su respectivo Reglamento contenido en el D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, pudiendo llegar incluso hasta el término anticipado del contrato, sin perjuicio de poder hacer efectiva la Garantía que caucione el Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato.
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PAGO |
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Artículo 23°. El pago se efectuará al contado, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de la respectiva factura certificada, por parte del área Administrativa Regional, quien haya certificado, a plena satisfacción, la ejecución total de los servicios y el cumplimiento de todos los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas y en las Bases Técnicas. El número de raciones facturadas por servicio debe coincidir exactamente con el consolidado de raciones entregado por la jefatura de la Unidad Penal.
Respecto de la cancelación de los compromisos está será por documento bancario, es decir, cheque al día nominativo y cruzado.
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EL CONTRATO |
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Artículo 23°. El o los proponentes adjudicados, deberán suscribir un contrato de suministro con Gendarmería de Chile, en el que quedará establecido lo indicado en las presentes bases y todo aquello contenido en la oferta del proponente. Para poder suscribir el contrato respectivo, el proveedor adjudicado deberá cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y, además, estar inscrito previamente en el Registro de Contratistas y Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Chileproveedores).
Para los efectos de suscribir el contrato el proponente adjudicado deberá acompañar, dentro del plazo de siete días corridos, contados desde la notificación de adjudicación de la propuesta, los documentos y antecedentes que se mencionan a continuación:
Tratándose de una persona jurídica:
a) Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato, señalada en el Artículo 20° de las presentes Bases Administrativas.
b) Declaración Jurada Simple de no encontrarse afecto a las penas establecidas en el artículo N° 10 de la Ley N° 20.393 que establece responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica;
c) Anexo N° 1 “Identificación del Proponente”; y
d) Boletín Laboral y previsional de la Dirección del Trabajo, de una antigüedad no superior a 60 días corridos.
Tratándose de personas naturales:
a) Fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad, por ambos lados;
b) Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos; y
c) Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato, señalada en el Artículo 20° de las presentes Bases Administrativas.
Los proveedores que se encuentren inscritos en CHILE PROVEEDORES y que tengan acreditados los referidos documentos no necesitaran acompañarlos. En todo caso deberán señalar expresamente dicha circunstancia.
Artículo 25°. El contrato, cuyo texto deberá ser publicado en el Sistema de Información, será suscrito entre Gendarmería de Chile y el adjudicatario de la propuesta, debiendo este último suscribirlo dentro del plazo de cinco días hábiles, contado desde la notificación de encontrarse listo para tal efecto. Mientras el contrato no este suscrito por ambas partes, no podrá dictarse la resolución aprobatoria del mismo.
Artículo 26°. En el caso que el adjudicatario no cumpla con los requisitos necesarios para la suscripción del contrato, no suscriba el contrato en el plazo establecido en el artículo precedente, no entregue la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato o la documentación exigida en las presente Bases, se entenderá que éste retira su oferta o se desiste de ella, pudiendo Gendarmería de Chile suscribir el contrato respectivo, con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar en la calificación y así sucesivamente, si el anterior retira su oferta o si desiste de ella, o bien, declarar desierta la licitación.
De presentarse la situación descrita, el oferente que haya sido readjudicado, deberá concurrir a la celebración del contrato, haciendo entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de la documentación aludida en el artículo 24° de las presentes Bases, dentro del plazo de 07 días corridos, contados desde la notificación de la readjudicación.
Artículo 27°. Con todo, la validez del respectivo contrato quedará sujeta a la condición que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe; mientras ello no acontezca no producirá efecto legal alguno. En consecuencia, la vigencia del contrato comenzará a partir de la fecha en que la resolución que lo apruebe se encuentre totalmente tramitada, y notificada, según en derecho corresponda.
Artículo 28°. El contrato que se suscriba, se entenderá en días hábiles y comenzará a regir a contar de la fecha en que la Resolución que lo apruebe se encuentre totalmente tramitada, teniendo como tope máximo de ejecución el 29 de febrero 2024. Sin perjuicio, que pueda renovarse por un año de acuerdo a evaluación del servicio, contemplando el reajuste anual y por una sola vez, el que será calculado en base al aumento o disminución del indicador acumulado, al mes de enero de 2024, del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
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MODIFICACION Y TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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Artículo 29°. El contrato regulado por las presentes Bases, podrán modificarse o terminarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, según lo dispuesto en los artículos 77° y 79° del D.S. N° 250, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, por las siguientes causales:
1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, en las siguientes situaciones:
a. Incumplimiento de los plazos estipulados en el artículo 23° de las presentes Bases, relacionado con el rechazo de los servicios contratados;
b. La existencia de tres o más sanciones impuestas al adjudicatario, por incumplimiento del contrato;
c. El caso contemplado en el artículo 24° de las presentes Bases, a propósito del no pago de las multas, dentro de los 10 días corridos contados desde la notificación del acto administrativo que la aplica.
3) Estado de notoria insolvencia del contratante a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato con un máximo de seis meses.
6) Las demás que se establezcan en el contrato o en la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
Sin perjuicio de lo señalado precedentemente el Servicio podrá, además, dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos que el proveedor sea suspendido o eliminado según corresponda del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 92°, 93°, 95° y 96°, Del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
Las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato o su modificación, deberán ser fundadas y deberán publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictadas.
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MODIFICACION DE LAS BASES |
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Artículo 30°. En el evento que el Servicio modifique las Bases Administrativas o Especificaciones Técnicas, antes del cierre de recepción de ofertas, habrá un plazo de dos días hábiles, para que los proponentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, contado desde que el acto aprobatorio de dichas modificaciones se encuentre totalmente tramitado y haya sido publicado en el sitio www.mercadopublico.cl.
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DISPOSICIONES GENERALES |
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Artículo 31°. El servicio podrá efectuar los análisis técnicos ante los organismos acreditados que estime pertinentes, con el objeto de verificar que la calidad del servicio corresponda a la calidad ofrecida y contratada.
Estos análisis técnicos se podrán efectuar, en primer término, antes de la adjudicación de la propuesta, para mejor resolver y, en segundo lugar, con posterioridad a la misma, es decir, una vez que el contrato se encuentre en plena vigencia y por el número de veces que Gendarmería estime adecuado.
Artículo 32°. El proponente que se adjudique la propuesta se compromete a mantener en absoluta reserva todos los documentos y antecedentes que la Institución ponga a su disposición o a los cuales tengan acceso con motivo del desarrollo del presente proceso; sin perjuicio, de las normas y principios sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de licitación pública y en general el ejercicio de la función administrativa.
Artículo 33°. La Institución has estimado conveniente que las ofertas técnicas publicadas por los proveedores, sean públicas y visibles, una vez adjudicada la presente licitación.
Artículo 34°. La institución podrá, aumentar o disminuir, el número de raciones a solicitar por servicio de comida, en cuyo caso el proveedor deberá ajustarse a tales requerimientos. De producirse alguna de estas circunstancias, el precio del contrato deberá también aumentarse o disminuirse, proporcionalmente, según las nuevas condiciones.
Artículo 35°. El Cronograma de las principales fechas del proceso se indica en el siguiente cuadro:
Publicación Día 0. Será una vez tramitada la Resolución que dispone el llamado a Licitación.
Período de Consultas. Será entre el primer y tercer día hábil siguientes a la fecha de publicación del aviso. Desde las 08:30 hrs a las 16:00 hrs, respectivamente.
Publicación de Aclaraciones a las consultas. Será el cuarto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl. A las 17:00 horas.
Cierre recepción de antecedentes anexos, técnicos y oferta económica en el Portal Mercado Público. Será el octavo día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público, a las 16:00 hrs.
Apertura antecedentes administrativos y técnicos en el Portal Mercado Público. Será el octavo día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el Portal Mercado Público a las 16:05 hrs.
Apertura oferta económica de los oferentes que calificaron su oferta técnica en el portal Mercado Público. Será el octavo día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público a las 16:15 hrs.
Adjudicación Se realizará como máximo el décimo quinto día hábil siguiente a la publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público
Se deja constancia que, para todos los efectos a que haya lugar, se considerarán días hábiles los comprendidos entre los días lunes a viernes, ambos inclusive, salvo los festivos.
Artículo 36°. Se presume que los proponentes, por el solo hecho de participar en la presente propuesta y presentar sus respectivas ofertas, conocen y aceptan el contenido de las Bases Administrativas y Técnicas que se suben al sitio de la propuesta.
Artículo 37°. Todas las notificaciones, salvo aquellas que dicen relación con lo dispuesto en el capítulo V de la Ley N° 19.886 de bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y de su reglamento, así como de lo dispuesto en estas Bases, se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Servicio publique, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Artículo 38°. Si la comisión mencionada en el artículo 12° de las presentes bases lo estima pertinente, podrá solicitar, a través del portal, precisiones a alguno de los licitantes sobre aspectos de su oferta técnica que no resulten suficientemente claros, en cuyo caso las aclaraciones solicitadas y las respuestas otorgadas por el oferente pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, de serle adjudicado. En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas del interesado, no podrán referirse a puntos que alteren elementos esenciales de la proposición, ni vulnerar el principio de igualdad de los oferentes. Las respuestas deberán ser entregadas a más tardar dentro de los 2 días hábiles siguientes a la formulación de la consulta, vía portal mercado público.
Artículo 39°. Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor adjudicado tendrá las siguientes obligaciones:
1. No podrá hacer, por iniciativa propia, cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
2. Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
3. Ejecutar el contrato con estricta sujeción lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
4. Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en material de accidentes del trabajo y prevención de riesgos.
5. De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc.
6. El proveedor deberá designar un Representante que estará debidamente autorizado y facultado para actuar en su nombre y representación, para efectos de coordinación de actividades. Todo cambio relativo a su designación debe ser informado a Gendarmería de Chile, dentro de las 24 horas siguientes de haberse efectuado.
Artículo 40°. De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4° inciso 3° de la Ley N° 19.886, su Reglamento, y por Ley N° 20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de servicios transitorios, el adjudicatario podrá concertar con terceros la subcontratación de uno o más de los servicios que se licitan en conformidad a lo estipulado en estas Bases, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en él.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el adjudicatario desee subcontratar alguno de los servicios licitados o modificar un subcontratista deberá, en forma previa, solicitar con, a lo menos, 03 días hábiles de anticipación la aprobación por escrito del Servicio, mediante carta dirigida al Jefe Administrativo Regional, quién deberá pronunciarse sobre la solicitud dentro de los 02 días hábiles siguientes a la fecha de su recepción.
Si la modificación del prestador subcontratado fuere, urgente para mantener el correcto funcionamiento del servicio, podrán acordarse con la Contraparte Técnica plazos inferiores para el reemplazo.
Artículo 41° Gendarmería de Chile no tendrá vinculación laboral o jurídica alguna con los empleados que laboren para el prestador. Sin embargo, y en conformidad con lo dispuesto en precipitado artículo cuarto de la Ley de Compras, y artículo 183-C del Código de Trabajo, se exigirá al prestador un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitidos por la Inspección del Trabajo respectiva o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores.
Lo anterior, con el propósito de hacer efectivos el derecho a ser informado y el derecho de retención que le asisten a Gendarmería de Chile y que están consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D del Código del Trabajo.
Artículo 42°. Toda dificultad que se produzca entre el Servicio y el proponente acerca de la validez, nulidad, interpretación, aplicación, cumplimiento o resolución del contrato que se suscriba o con cualquiera otra materia que con él se relacione, será resuelta por la Justicia Ordinaria, para cuyos efectos las partes del contrato fijan y constituyen domicilio en la ciudad de Punta Arenas, sin perjuicio de las atribuciones propias de la Contraloría General de la República contenidas en la Ley N°10.336 y del Tribunal de Contratación Pública creado por Ley 19.886.
Salvo disposición expresa en contrario, los plazos de días establecidos en estas Bases se entenderán de días hábiles, entendiéndose inhábiles los sábados, domingos y festivos.
Artículo 43°. Si el oferente, el adjudicatario o el proveedor, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible durante la ejecución del presente contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de Gendarmería de Chile, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo oferente, adjudicatario o proveedor y el servicio.
b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario de Gendarmería durante la ejecución del presente contrato.
c) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del contrato en detrimento de Gendarmería.
Facultará a Gendarmería de Chile, para declarar inadmisible la oferta, readjudicar a la segunda o siguiente oferta más conveniente, o terminar anticipadamente el contrato, según corresponda, lo que se ejecutará en forma administrativa, mediante resolución fundada.
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