En el caso que un oferente se encuentre en algunas de las circunstancias contempladas en el artículo 40° del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 250, la Institución otorgará un plazo fatal de 02 días hábiles, contado desde el día siguiente de aquél en que se realice la solicitud al proveedor, dentro del cual el o los respectivos oferentes podrán salvar los errores u omisiones formales y acompañar certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentarlas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, lo cual se informará a través del Sistema.