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SERVICIOS A LICITAR: |
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Línea de producto N°
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Servicio
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Detalle de la Unidad de medida
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1
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Servicio de mantención y reparación Base de Brigada Forestal Palma 8.
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1
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2
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Servicio de mantención y reparación Base de Brigada Forestal Palma 12.
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1
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El ingreso de la oferta debe ser en forma individual, es decir, por cada línea de producto en el sistema, pudiendo un mismo oferente ofertar por las dos líneas de productos. Se adjudicara por línea de producto a un solo proveedor, por ejemplo, si dos o más proveedores postulan a la línea de producto 1, solo será adjudicado el que obtenga el mayor puntaje en esa línea, no pudiendo ser considerados los demás proveedores que no resulten adjudicados en la otra línea de producto, si no postula en esta.
CONAF realizará la adjudicación en el orden correlativo de las líneas de productos, de manera tal que, si una línea resulta no adjudicada o inadmisible, se seguirá con la línea de producto que venga inmediatamente a continuación, es decir, partiendo por la línea de productos 1 hasta culminar con la 2.
Pudiera darse el caso que un proveedor oferte a las dos líneas de productos por separado y ser adjudicado en ambas líneas de producto, en cuyo caso deberá contar con dos equipos de trabajo, toda vez que ambos servicios deben ser ejecutados paralelamente.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Criterio
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Ponderación
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Precio
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30%
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Experiencia del Oferente
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15%
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Metodología de ejecución de las obras
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15%
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Mano de obra Ocupada
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10%
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Plazo de entrega
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25 %
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Cumplimiento de Requisitos Formales
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5%
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DETALLES CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
Los criterios de evaluación se aplicarán a las ofertas en base a los siguientes métodos de cálculo:
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Ponderación
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Criterio
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Variable a evaluar
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Puntaje
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30%
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Precio
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Oferta económica
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Valor mínimo ofertado * 100 / Valor Ofertado
Esta fórmula opera tomando el precio mínimo de entre todas las ofertas recibidas y aceptadas por línea de producto, dividido por el precio de la oferta del oferente evaluado en cada línea ofertada, multiplicado por 100.
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Ponderación
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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15%
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Experiencia de la Empresa
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Obras Ejecutadas
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Anexo N° 5 "Experiencia del Oferente" Certificado de iniciación de actividades SII. Facturas y N° de licitación y/o N° de orden de compra
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A. Mayor o igual a 10 obras ejecutadas en los últimos 5 años
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A. 100
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B. entre 6 y 9 obras ejecutadas en los últimos 5 años.
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B. 75
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C Entre 3 y 5 obras en los últimos 5 años.
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C. 50
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D Menos de 3 obras ejecutadas en los últimos 5 años.
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D. 0
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Ponderación
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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15%
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Metodología de Ejecución de Obras
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Efectiva capacidad de realizar el trabajo solicitado
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Anexo N° 6 Metodología de Trabajo
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A Oferta que presente llenado de la totalidad de los puntos solicitados en el documento y la propuesta metodológica no presenta ninguna incoherencia en el flujo financiero propuesto.
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A. 100
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B Oferta que presente llenado total o parcial de los puntos solicitados en el documento y la propuesta metodológica presenta una incoherencia en el flujo financiero propuesto.
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B. 75
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C Oferta que presente llenado total o parcial de los puntos solicitados en el documento y la propuesta metodológica presenta dos incoherencias en el flujo financiero propuesto
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C. 50
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D Oferta que presente llenado total o parcial de los puntos solicitados en el documento y la propuesta metodológica presenta tres incoherencias en el flujo financiero propuesto.
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D. 0
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NOTA: Se definen 3 tipos de incoherencias para la evaluación del flujo financiero* de la obra:
1. Que algún gasto semanal sea igual o menor al 10% del Promedio de gasto semanal de la obra.
2. Que el valor (CLP) definido para algún estado de pago (EEPP) corresponda a más del 300% del gasto acumulado parcial** a la fecha de dicho pago.
3. Que al comparar los gastos acumulados parciales** propuestos, alguno de ellos resulte igual o menor al 30% de un gasto acumulado parcial** posterior.
*El flujo financiero se obtiene mediante un cruce entre la información del ppto itemizado y la carta gantt, ambos aportados por el oferente.
**Se entenderá como gasto acumulado parcial, el gasto ejecutado entre estados de pago.
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Ponderación
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Criterio
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Variable a evaluar
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Medio de verificación
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puntaje
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10%
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Mano de obra
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Cantidad de personal contratado
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Anexo N° 7
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Puntaje= Oferta mínima/oferta evaluada x 100
Esta fórmula opera tomando la cantidad máxima de personal contratado para ejecutar las obras entre todas las ofertas recibidas y aceptadas por línea de producto, dividido por la cantidad de personal contratado por el oferente evaluado en cada línea ofertada, multiplicado por 100
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Ponderación
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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25%
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Plazo de Entrega
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Tiempo de Entrega de la obra
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Anexo N° 8
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A. Menor a 80 días
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A. 100
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B Entre 80 y 84 días
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B. 75
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C. Entre 85 y 89 días
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C. 50
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D. 90 días
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D. 0
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Ponderación
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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5%
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Cumplimiento requisitos formales
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Cumplimiento requisitos Administrativos
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Anexo N° 1 Anexo N° 2 Anexo N° 3A
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A Proporciona la totalidad de los antecedentes Administrativos antes del cierre de la licitación
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A. 100
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Anexo 3B Anexo 4
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B Completa la totalidad de antecedentes administrativos mediante "Aclaración de Ofertas", posterior al cierre.
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B. 50
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Descripción del Servicio |
Se consulta la ejecución de obras de mejoramiento y mantención de las actuales instalaciones de las Bases de Brigada denominadas Palma 8 y Palma 12. Ambas Bases de brigada para el combate de incendios Forestales.
Las 2 Bases de brigada que forman parte de esta licitación, fueron construidas en la década de los 80, en base a construcciones modulares de estructura de madera. Estas bases de Brigadas han tenido diversos procesos de mantención en el tiempo, sin embargo, tanto el uso de las mismas como su antigüedad han contribuido a su deterioro.
En virtud a los años de uso que poseen estas unidades, es que resulta necesario realizar obras de mejoramientos y reparaciones que tiendan a mejorar la habitabilidad de los recintos que ocupan los brigadistas. Entre los principales problemas detectados, se encuentran los recintos que poseen instalaciones sanitarias y están expuestos a la humedad como baños, cocinas, despensas, así como recintos con problemas externos producto del clima y uso.
En este sentido y solo a excepción de Palma 12, las obras en las Bases de brigada, giran en torno al mejoramiento de los recintos húmedos existentes (baño-cocina), además de otras partidas que requieren de mejoradas y reparación para su funcionamiento.
La presente licitación se enfoca principalmente en el mejoramiento de estos recintos, sus redes sanitarias y eléctricas. En específico, en la Base de Brigada Palma 12, ubicada en la RNLP, se ha de intervenir la actual estructura de dormitorios.
Los detalles de estas intervenciones de mejoras y reparaciones sustanciales, se encuentran consolidadas para su mejor comprensión, en anexos técnicos por cada Base de Brigada, e incluyen: Especificaciones técnicas, Partidas generales, Planos de arquitectura, detalles, así como situación existente y proyectada.
Toda esta información forma parte de las bases de licitación.
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Visita a terreno |
El oferente debe realizar una visita a terreno de carácter OBLIGATORIA de manera de conocer la ubicación y dimensionar los requerimientos necesarios para la ejecución del trabajo solicitado. Esta visita se podrá realizar desde la fecha de esta publicación y hasta 48 horas antes del cierre de la licitación, en horario de 10:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. Para estos efectos se debe tomar contacto 1 día antes para coordinar con el Sr. Juan Atienza Hormazabal, al correo juan.atienza@conaf.cl, con copia a yenny.prieto@conaf.cl.
La visita quedará registrada en un Acta firmada por ambas partes, de la que se le entregará una copia, la que deberá adjuntar a su oferta.
No obstante, CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
Aquellas ofertas cuyos oferentes no hayan realizado la visita a terreno no serán evaluadas y serán rechazadas en acto de apertura electrónica.
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De la ejecución de las obras |
El proveedor deberá:
- Ejecutar todos los trabajos ofertados en las Bases de la Licitación.
- El proveedor o adjudicatario debe dirigir los trabajos personalmente o a través de un encargado competente, por él designado, y atenderlos de manera que el avance de la obra esté de acuerdo con el programa de trabajo aprobado.
- Es obligación del proveedor efectuar la DIAT ante la mutualidad respectiva por los accidentes de trabajo que ocurran, y su no cumplimiento será sancionado con una multa de 2 UF por cada accidente no notificado, con cargo al estado de pago correspondiente.
- El proveedor o adjudicatario queda obligado a cumplir las leyes laborales vigentes.
- El proveedor deberá dar cumplimiento al Reglamento Especial para empresas contratistas y sub-contratistas de seguridad y salud en el trabajo, de CONAF.
- El Proveedor o adjudicatario deberá habilitar y mantener un libro de obras foliado y triplicado, en el que se anotarán las novedades de su ejecución y las instrucciones que imparta el Inspector, así como las modificaciones que se autoricen en la obra.
- Será obligación del Proveedor o adjudicatario mantener, en obra, copia de todos los contratos de trabajo; así también, todos los trabajadores deberán portar su cédula de identidad.
- El Proveedor o adjudicatario asumirá todos los riesgos e imponderables de la construcción que signifiquen mayores costos, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia.
El proveedor o adjudicatario debe iniciar los trabajos según lo acordado, y proseguirlos de acuerdo con el cronograma de proyecto específico aprobado por la Corporación. El cronograma deberá quedar consignado en el libro de obras. La demora en la iniciación de los trabajos por más de cinco días corridos, según lo programado, o cualquiera interrupción en el curso de ellos, de idéntica duración, y que no haya sido causada por fuerza mayor o caso fortuito justificados plenamente ante el Inspector, dará derecho a la CORPORACIÓN a cursar una multa de 2 UF.
El proveedor o adjudicatario no puede hacer, por iniciativa propia, cambio alguno de las bases, planos y especificaciones técnicas que sirvan de base al contrato. Si lo hiciere, deberá reconstruir las obras sin cargo para la CORPORACIÓN, o reemplazar, por su propia cuenta y costo, los materiales que a juicio de la Inspección, se aparten de las condiciones del contrato y especificaciones técnicas.
Cuando razones de orden técnico aconsejen paralizar o suspender temporalmente la ejecución de las obras, las partes contratantes concordarán previamente su paralización o suspensión. El Jefe del Proyecto o quien lo represente podrá autorizar la paralización o suspensión de las faenas hasta una fecha en que técnicamente sea aconsejable su prosecución. Para avalar lo anterior, la Inspección técnica de la obra deberá emitir un Informe Técnico, estableciendo las razones por las cuales deberán paralizarse o suspenderse temporalmente las obras.
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Responsabilidad del proveedor |
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
Adicionalmente, el proveedor deberá proporcionar como mínimo a cada uno de sus trabajadores, de los siguientes elementos de protección contra el Coronavirus: mascarillas reutilizables, guantes, alcohol gel y deberá proporcionar los elementos para sanitización del campamento o sector de obra como mínimo una vez a la semana. Lo anterior regirá mientras la autoridad sanitaria no dé por superada la pandemia.
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Del Libro de Obras |
El libro de Obras quedará bajo la custodia del proveedor o adjudicatario, quien será el responsable en caso de su extravío, enmendaduras, destrozos o adulteraciones que contengan.
Asimismo, será obligación del Proveedor o adjudicatario mantener dicho Libro en un sitio adecuado para efectos de anotaciones oportunas de órdenes que sean impartidas o efectuadas por los profesionales del Proyecto.
El Libro de la Obra quedará en poder de CONAF al término del Servicio solicitado.
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De la Inspección de las Obras |
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La función del I.T.O. (inspector técnico de obras) es la de velar por el correcto cumplimiento del contrato celebrado por la Corporación Nacional Forestal, que lo suscribe en calidad de mandante y que establece las condiciones y requisitos que han de gobernar el cumplimiento del mismo, y el proveedor o adjudicatario, que suministra bienes y servicios de conformidad a lo pactado.
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De la Supervisión y Recepción de la Obra |
De la Supervisión de Obra
La Corporación Nacional Forestal designará uno o más profesionales para inspeccionar y controlar las obras requeridas, quienes deberán entregar como mínimo un Informe de avance cumplidos 15 días corridos de ejecución y posteriormente uno cada 2 semanas de desarrollo de obras. Una copia de cada Informe se deberá incorporar al libro de obras respectivo.
Las inspecciones citadas en el punto precedente no liberan al Proveedor o adjudicatario de ninguna de las obligaciones de responsabilidad que le son propias, y dichas inspecciones no constituirán, en caso alguno, aprobación parcial o total de la Obra.
Los trabajos mal ejecutados, materiales mal empleados y elementos utilizados al margen de las normas técnicas correspondientes, que sean observados por la ITO, deberán ser sustituidos, reconstruidos, reparados o refaccionados a costa del Proveedor o adjudicatario en el plazo que la ITO establezca, según las indicaciones de esta, sin que ello represente, en caso alguno, aumento de Obra ni costo adicional para el Mandante.
Las observaciones efectuadas en el Libro de Obra por la ITO, deberán ser acatadas de inmediato por el Proveedor o adjudicatario; y su inobservancia será causal de multas parciales y/o término anticipado del Contrato, en caso de recurrencia.
La Inspección Técnica de la Obra (ITO) está facultada para no dar curso a los estados de pago cuando el Proveedor o adjudicatario no acreditare el pago oportuno de los sueldos, salarios e imposiciones de previsión del personal empleado en dichas faenas o trabajos, o bien, para ordenar retener de dichos estados de pago, las cantidades adecuadas por tales conceptos, los que serán pagados a cuenta del proveedor, a las personas o instituciones que correspondan.
La Inspección Técnica podrá solicitar en cualquier momento los Contratos de Trabajo de todas las personas que estén laborando, así como también solicitar la identificación de cada trabajador. Si se detectare que algún trabajador de la obra está sin contrato vigente, tal evento se consignará por escrito en el Libro de Obras y se le solicitará al adjudicatario regularizar esta situación conforme a las disposiciones legales vigentes.
De la Recepción de Obra
Terminados los trabajos, el proveedor notificará por escrito a la Inspección Técnica de la Obra (ITO), quien deberá verificar el fiel cumplimiento de las bases, planos y especificaciones técnicas del respectivo contrato, circunstancia que comunicará por escrito al Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, Sr. Juan Atienza Hormazabal, indicando la fecha en que el proveedor o adjudicatario puso término a las faenas.
La recepción provisoria de las obras se efectuará por una Comisión conformada el Sr, Juan Atienza Hormazabal, Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, La ITO y el o la representante del Departamento de Finanzas y Administración. La comisión deberá reunirse en las obras en un plazo no superior a 2 días, a contar desde la fecha en que el proveedor o adjudicatario solicite la recepción de las obras. A esta reunión asistirá, además, de la comisión, el proveedor o adjudicatario y/o su representante.
Verificado y confirmado el término de las obras y el fiel cumplimiento del Contrato, ajustado a los planos, especificaciones técnicas y proyectos de especialidad, la ITO lo consignará en el libro de obras con la fecha exacta de término.
Si de la Inspección de la obra, resulta que los trabajos no están terminados o no están ejecutados en conformidad con las bases, planos, especificaciones técnicas, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, no se dará curso a la recepción, fijando un plazo para que el proveedor o adjudicatario ejecute, a su costa, los trabajos y reparaciones que aquella determine, situación que deberá quedar reflejada en el libro de obras.
Concluido el plazo para subsanar las observaciones por parte del proveedor o adjudicatario, se revisará nuevamente en terreno, para verificar la atención a las observaciones y efectuar la Recepción Provisoria, si procediere, levantándose el Acta de Recepción correspondiente.
Si las reparaciones y cambios ejecutados dentro del plazo fijado no fueran correctos, la Corporación Nacional Forestal, determinará un nuevo plazo para recepcionar completamente las obras.
Efectuada, sin observaciones, la Recepción Definitiva de la Obra, se procederá a efectuar la liquidación del Contrato. Cumplida esta formalidad, y si no existen saldos pendientes a favor del Mandante, la Corporación devolverá al proveedor o adjudicatario la garantía de caución de fiel cumplimiento de contrato, en el plazo de 90 días hábiles, una vez terminado el contrato y la garantía de correcta ejecución de la obras, en el plazo de 9 meses, una vez terminado el contrato.
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Antecedentes a incluir en la oferta |
Los interesados en formular una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:
Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.
Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
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Cláusula de confidencialidad y propiedad intelectual |
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren.
En consecuencia, el adjudicatario y/o sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
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Lugares de entrega de los servicios o donde se realizarán los trabajos |
- Base de brigada Palma 8, ubicada al interior Reserva Nacional Lago Peñuelas, km 87,4 ruta 68, Valparaíso.
- Base de brigada Palma 12, ubicada al interior Reserva Nacional Lago Peñuelas, km 87,4 ruta 68, Valparaíso.
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Plazo de entrega |
El adjudicatario tendrá un plazo máximo de 90 días corridos para hacer entrega de la obra recibida por el ITO.
Este plazo debe estar estipulado en el anexo 8. En caso de que su oferta sea superior a los 90 días corridos, no será evaluada y será rechazada en acto de apertura.
El plazo de 90 días corridos, comenzará a regir desde la firma del contrato y se dará por terminado una vez efectuada la recepción final de la obra por el ITO.
Lo anteriormente señalado regirá en forma independiente al número de líneas de productos adjudicados por un oferente.
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Cláusula ley subcontratación |
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato. Este documento a su vez, será entregado por la Corporación al momento de contratar los servicios del adjudicario.
La Corporación podrá solicitar al momento de la entrega del servicio y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos, sin éstos tener el carácter de taxativos;
a) Nómina del personal que va a realizar el trabajo.
b) Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
c) Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
d) Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
e) Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
f) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
g) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo.
h) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
i) Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
j) Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
k) Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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Responsabilidad del proveedor |
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
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Normas Especiales |
Por el hecho de ubicarse las bases de Brigada Palma 8 y Palma 12, al interior de la Reserva Nacional Lago Peñuelas, que constituye un Área Silvestre Protegida del Estado de Chile, los trabajos a realizar que son materia de estas bases de licitación, referidas a la mantención y reparación de la infraestructura de las bases de brigada ya señaladas, estarán sujetas a normas especiales, que abarcan temas logísticos, operacionales y de protección de la Reserva, que se detallan a continuación y que son de responsabilidad del o los adjudicatario (s) cumplir cabalmente.
a) Obligaciones generales
1) El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen a la Reserva por cuenta de aquél, bajo cualquier título.
2) El adjudicatario no podrá disponer que personal de su dependencia, que realice los trabajos, pernocte al interior de la Reserva.
3) Será obligación del adjudicatario disponer de un supervisor general de la faena de contratación directa de la Empresa, que actúe como un representante con permanencia diaria en las faenas que se ejecuten con motivo de la presente licitación, a fin de que CONAF, a través de sus funcionarios pueda entenderse, solucionar problemas que se presenten y notificar al adjudicatario de incumplimientos y no conformidades. El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.
4) En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución del servicio, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en la realización de los trabajos. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá solicitar al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena.
5) De requerirse la vigilancia diurna y nocturna de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. La nómina del personal de vigilancia deberá ser informada oportunamente a la Administración de la Unidad.
6) En concordancia con la Ley de Bosques y su respectiva modificación efectuada por la Ley Nº 20.653, se deberá instruir a los trabajadores de la prohibición de hacer fuego y fumar dentro de la Reserva.
7) El adjudicatario deberá cumplir con el procedimiento de seguridad y medioambiente que establece las obligaciones y responsabilidades, que en estas materias debe cumplir toda empresa que provee un servicio al interior de la Reserva y que se encuentran señaladas en el Manual de Implementación de Procedimientos de Seguridad y Medioambiente de Empresas Colaboradoras de CONAF, documento que será entregado formalmente al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato y que será exigible además a todo su personal.
8) Al término de los trabajos, el adjudicatario deberá entregar el área usada y/o aplicada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato. Es responsabilidad del proveedor el manejo de residuos y convenios para recepción de envases de productos utilizados.
9) El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Asimismo, cumplir con el protocolo COVID-19 para los trabajos en la Reserva Nacional Lago Peñuelas.
10) El adjudicatario controlará que la instalación de faenas cumpla con las exigencias legales aplicables, especialmente en lo relacionado con el almacenamiento y disposición de materiales y sustancias peligrosas.
11) No se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni cualquier otro tipo de droga, así como tampoco, trabajadores del adjudicatario en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior de la Reserva.
b) Obligaciones de Protección Ambiental
El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de los, deberán cumplir las siguientes normas:
- Todo residuo generado en los trabajos propios de la faena (basuras), su disposición final será fuera de los límites de la Reserva, en rellenos autorizados por el Servicio de Salud.
- Se deberán instalar y mantener operativos e higienizados baños químicos y sitios de descanso adecuados para atender las necesidades de la totalidad del personal asignado a la faena.
- Los vehículos deben circular a una velocidad prudente y razonable, y no provocar accidente o incidente alguno , debe además respetar la señalización y sentido de circulación.
- No se podrá hacer fuego bajo ninguna circunstancia.
- Está prohibido fumar en los lugares de faena.
- No se permitirá la presencia ni estadía de personas ajenas a las faenas.
- Queda prohibida la presencia de animales domésticos en los lugares de la faena.
- Queda prohibido el uso de armas de fuego y de aire comprimido, así como el uso de hondas y trampas.
- Se deben proteger los valores del paisaje especialmente en aquellos que limitan con sectores de uso público.
- Se debe cubrir el suelo, con una superficie impermeable, en el momento de realizar llenado de combustible, aceites, reparaciones o mantenciones de maquinarias (motosierras), etc, y solamente en el lugar autorizado.
- Se debe realizar la Mantención de los basureros donde se depositen los residuos generados por la faena. Estos deben ser eliminados a diario de la Reserva por parte de la empresa.
- Queda estrictamente prohibido cazar, matar y/o molestar a especies de fauna de todo tipo, incluyendo aves, reptiles, anfibios y mamíferos inferiores.
- En las áreas aledañas a donde se realizarán los trabajos, el personal del adjudicatario. deberá evitar la corta o daño de especies vegetales nativas y/o endémicas a escala regional o nacional que se encuentren en alguna categoría de amenaza para su conservación, tanto se trate de especies arbóreas o arbustivas.
- Cabe agregar que, antes del inicio de las faenas, todo el personal con el cual el adjudicatario operará al interior de la Reserva deberá asistir, junto con éste, a una breve exposición de inducción sobre los objetivos de la Unidad y de la importancia de los recursos naturales que se protegen y que impartirá la administración de la Reserva.
c) Días y Horario de faenas
Como regla general, Los trabajos se podrán realizar en días hábiles, de lunes a viernes en horarios de 08:00 a 18:00 horas.
Cualquiera excepción a esta norma, con la finalidad de ejecutar los trabajos en el menor tiempo posible, y que implique la realización de trabajos, en días festivos o sábados, deberá ser solicitado con la debida anticipación por el adjudicatario al Jefe de Proyecto de Conaf, mediante correo electrónico, el que deberá coordinar con la Administración de la Unidad, el ingreso y retiro de los trabajadores.
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Fecha de la Adjudicación |
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En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.
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Presentación de Ofertas |
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documento anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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Errores u omisiones |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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Evaluación de las ofertas aceptadas |
Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas por una Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes funcionarios:
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INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA
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Integrantes Titulares
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Integrantes Suplentes
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1) Jefe DEPRIF
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1) O quien lo represente
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2) Jefe DEFA
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2) O quien lo represente
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3) Jefa (I) Sección Desarrollo e Investigación
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3) O quien lo represente
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4) Arquitecto Regional
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4) O quien lo represente
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5) Abogado como ministro de fe del proceso.
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5) O quien lo represente
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La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 40 bis del Reglamento de Compras Públicas.
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Resolución de empates |
Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia.
En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades:
- Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Precio"
- Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Plazo de entrega”.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el portal.
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Modificación de las bases |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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Consultas y aclaraciones |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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En caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados de la petición de CONAF, a través del FORO. Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos, los cuales deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. (Artículo N° 40 del Reglamento).
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Consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico de ana.pinto@conaf.cl, las que serán respondidas por el mismo medio. Se responderán consultas ingresadas hasta las 48 horas, posterior a la adjudicación.
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Contraparte técnica y administrativa |
a) Contraparte Técnica
La Contraparte Técnica de CONAF ante el oferente adjudicado, la ejercerá el Sr. Juan Atienza Hormazabal, Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, o quien él designe.
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
• Administrar el contrato.
• Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
• Aprobar la recepción conforme de los servicios y el visto bueno para el pago de la factura vigente.
• Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
b) Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá a la Unidad de Finanzas y Administración del Departamento de Protección contra Incendios Forestales y al Departamento de Finanzas y Administración, en las materias que le competen a cada uno.
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
• Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
• Gestionar los contratos asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
• Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
• Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se haya cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Informe de Recepción Conforme.
• Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
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Contrato y su término |
a) Contrato
Se suscribirá un contrato entre CONAF y el Oferente adjudicado que señalará los servicios que se obliga a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.
El contrato será confeccionado por abogados de la Unidad Jurídica de CONAF, y en él se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases.
Para la confección del contrato el adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos:
• En el caso de una persona natural:
1. Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
2. Documento de Garantía por el Fiel Cumplimiento del contrato.
3. Documento de garantía por Correcta Ejecución de las Obras
• En el caso de una persona jurídica:
1. Fotocopia Legalizada del RUT de la Empresa.
2. Copia de Certificado de Vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Registro de Comercio respectivo o cualquier otro antecedente que permita acreditar la existencia jurídica del oferente.
3. Copia de Certificado de Vigencia de Poder del Representante Legal y sus facultades, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Registro de Comercio respectivo o cualquier otro documento que permita acreditar la vigencia de la representación legal del oferente.
4. Copia de la escritura pública o documento en que conste la personería de su(s) representantes(s) lega(es).
5. Documento de Garantía por el Fiel Cumplimiento del contrato.
6. Documento de garantía por Correcta Ejecución de las Obras
El oferente adjudicado deberá suscribir el contrato en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación. El contrato será publicado en la respectiva licitación del portal de compras.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso.
En este caso, se procederá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
b) Del término anticipado del contrato
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la ley:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones establecidas en las Bases de Licitación.
- Incumplimiento, por parte del oferente, de cualquiera de las obligaciones emanadas del contrato.
- Por atraso injustificado en la entrega de la obra, de más de 10 días corridos, de conformidad a lo establecido en el procedimiento de aplicación de multas.
- Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Declaración de quiebra del oferente.
- Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
- Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Por registrar el oferente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
En todos los casos señalados anteriormente, exceptuando las letras a, h e i, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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Multas |
Con el objeto de asegurar la calidad del servicio contratado, CONAF estará facultado a cobrar multas al proveedor adjudicado por incumplimiento al servicio, las cuales, se presentan según la siguiente categorización:
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CAUSAL DE MULTA
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CRITERIO DE EVALUACIÓN
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MONTO
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1-Incumplimiento de Hitos estipulados en la Carta Gantt.
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Por cada oportunidad que se verifique el incumplimiento por parte de la Inspección Técnica de Obra.
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2 UF
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2-La demora en la iniciación de los trabajos por más de cinco días corridos, según lo programado, o cualquiera interrupción en el curso de ellos, de idéntica duración, y que no haya sido causada por fuerza mayor o caso fortuito justificados plenamente ante el Inspector.
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A partir del 6° día de atraso se aplicara la multa.
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2 UF
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3-Es obligación del proveedor efectuar la DIAT ante la mutualidad respectiva por los accidentes de trabajo que ocurran, y su no cumplimiento será sancionado.
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Por cada accidente no notificado a la mutualidad.
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2 UF
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4-Incumplimiento en instrucción de la Inspección Técnica sobre detalle constructivo o material definido.
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Por cada incumplimiento de cada orden impartida y consignada en el libro de obras por la Inspección Técnica de la obra, en el plazo indicado por esta.
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2 UF
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5-Cualquier atraso atribuible al contratista en el término de obra física, respecto al plazo de entrega estipulado en su postulación
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Multa por día corrido de atraso verificado, por la Inspección Técnica del Contrato hasta 10 días. Luego de esto se podrá poner término al contrato, salvo eventos de caso fortuito o fuerza mayor, que la Corporación se reserva el derecho de calificar.
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2 UF
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a) Monto Máximo por cobro de Multas
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total del contrato.
b) Procedimiento Aplicativo de Multas
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1.- Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, según lo estime la Corporación, la contraparte técnica informará al Departamento de Finanzas y Administración las situaciones que ameriten la aplicación de multa, a través de la entrega de un informe de las faltas incurridas y los respaldos que lo acrediten.
2.- El Departamento de Finanzas y Administración calculará y validará con la Sección de Finanzas las multas a aplicar, y posteriormente notificará de ello al proveedor indicando la aplicación de la multa, por medio de correo electrónico.
3.-El proveedor, tendrá un plazo de 05 días hábiles contados desde el envío de la carta, para realizar sus descargos por correo electrónico dirigido al Director Regional de CONAF, don Sandro Bruzzone Figueroa, sandro.bruzzone@conaf.cl, con copia al Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales juan.atienza@conaf.cl
4.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada, respecto a la aplicación o no de la multa.
5.- Respecto de la Resolución, el proveedor poseerá los recursos establecidos en la Ley 19.880.
6.- La aplicación de las multas se hará administrativamente sin forma de juicio, y se deducirán del estado de pago más próximo por cursar.
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Pacto de Integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.
4- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.
7- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Orden de Compra |
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Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva Orden de Compra. En caso de que la orden de compra no sea aceptada en un plazo de 48 horas, CONAF solicitará su cancelación, entendiéndose definitivamente cancelada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud, procediendo a readjudicar, sin perjuicio del cobro de la garantía de seriedad de la oferta. El envío de esta orden y la aceptación de ésta por parte del proveedor, facultarán a CONAF para realizar, en un plazo no mayor a 10 días hábiles el contrato respectivo.
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Forma de pago |
Los pagos se podrán efectuar según Estados de Pago definidos en la Metodología de Trabajo, punto 3.2 Carta Gantt/Cronograma (Anexo N°6), y de acuerdo al avance físico de la obra según lo indicado en la metodología de medición de estado de avance (Anexo N°6). Los estados de pagos deberán adjuntar los siguientes antecedentes:
- Informe de Avance ejecutado, con carátula tipo que le instruirá el I.T.O. de CONAF para su llenado (Anexos Técnicos), debidamente visado por el Inspector Técnico de Obra a cargo del proyecto y por el Contratista, en el que se detallará el avance físico y financiero que presente el proyecto de acuerdo al programa de trabajo presentado por el Contratista.
- Certificado de la Dirección del Trabajo que dé cumplimiento de las obligaciones laborales (F30-1), para estados de pago, del mes inmediatamente anterior a la fecha del estado de pago que se solicita, que acredite que la empresa contratista no tiene deudas con el personal y trabajadores a su cargo que participen directamente del proyecto.
En caso que los antecedentes aportados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
El pago lo realizará la Tesorería General de la República, www.tgr.cl, dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos:
- Recepción conforme de los servicios adquiridos según estado de pagos estipulados en Orden de Compra, la cual será efectuada por el Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, o quien lo subrogue.
- Aceptación de la Orden de Compra mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
- Recepción Conforme de la Orden de Compra Mediante la Plataforma de Mercado Público.
- Factura devengada en sistema SIGFE II.
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Facturación |
Emitir Factura electrónica una vez recibido conforme los BB y/o SS a windte_dte@custodium.com
En el campo Folio de la Referencia de la Factura debe indicar el ID de la Orden de Compra y publicar el archivo de intercambio dentro de 24 hrs.
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Factoring |
El Contratista deberá comunicar formalmente a través de una carta ingresada por Oficina de Partes dirigido a la I.T.O. de la Corporación Nacional Forestal la contratación de Factoring, por cada factura que sea factorizada. En la carta de comunicación deberá identificar el N° de Factura, monto y estado de pago correspondiente.
La Unidad Técnica procederá a la gestión del pago correspondiente al Contratista sólo cuando se dé cumplimiento a lo establecido en el artículo “Forma de Pago” de las presentes Bases y al Artículo 75° del Reglamento de Compras Públicas.
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Observaciones generales |
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En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
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Definiciones |
Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por:
1. Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o Servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".
2. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
3. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
4. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores:
Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
5. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
6. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
7. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.
8. Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal)
9. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
10. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.
11. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
12. Renovación: Acción y resultado de volver a dar validez a un contrato o acuerdo complementario que este terminando su vigencia, por un período de tiempo determinado previamente establecido en dichos documentos.
13. Prorroga: Acción de extender o prolongar un contrato, mediante el mecanismo excepcional de Trato o Contratación Directa, establecido en el Art. 10, Numeral 7 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas, y según las características ahí detalladas.
14. Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado.
15. Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios.
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