Licitación ID: 845-17-LE25
SERVICIO DE MANTENCIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS JUNJI REGIÓN DE TARAPACÁ
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 48
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de reparación, mantenimiento o reparación de aire acondicionado 1 Unidad
Cod: 72102305
SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DE TARAPACÁ  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE MANTENCIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS JUNJI REGIÓN DE TARAPACÁ
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objeto de la presente licitación es la contratación de SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DE TARAPACÁ. La contratación del servicio se realizará bajo el sistema a serie de precios unitarios, descrita en las bases técnicas de la presente licitación. El mandante de esta licitación pública es la Dirección Regional de Tarapacá de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, cuyo domicilio para todos los efectos legales de esta convocatoria es calle Wilson N° 243, comuna de Iquique, Región de Tarapacá. Este proceso de Licitación se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.clhttp://www.mercadopublico.cl/, de acuerdo con lo establecido en la Ley N.º 19.886, sobre la materia y su Reglamento, según condiciones, normas y políticas del uso del portal.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Junji - I Región - Iquique
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
Wilson N°243
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-06-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 18-06-2025 16:14:00
Fecha inicio de preguntas: 18-06-2025 18:05:00
Fecha final de preguntas: 25-06-2025 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-06-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-07-2025 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-07-2025 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 09-07-2025 13:16:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
REUNION INFORMATIVA DE CARACTER VOLUNTARIO: ADJUNTO ID Y CODIGO ACCESO ZOOM 23-06-2025 15:35:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS, ANEXOS Y DEL REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD (ANEXO N°3) Las presentes bases administrativas, las bases técnicas, anexos y el reglamento de higiene y seguridad de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes desde el momento de su notificación en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el Anexo N°3, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases Administrativas, técnicas y Anexos, aceptarlas, y tomar debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
2.- Requisito Formal: Declaración Jurada Simple de Habilidad para ofertar con la Administración del Estado (Anexo N°1). Podrán ofertar con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que se encuentren inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Registro de Proveedores) y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. Requisitos mínimos para ofertar: a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la ley 19.886. b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973. c) No haber sido condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. d) No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. e) No ser y/o haber sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive). f) No integrar la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni ser contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad). g) No ser una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales. h) No ser una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales. i) No ser una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales. j) No ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriba una declaración jurada simple (Anexo N°1) firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tales circunstancias. Sin perjuicio de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
3.- Confidencialidad (Anexo N°2). A fin de resguardar la información proveniente de cada una de las unidades educativas, de la ejecución de todas las actividades necesarias para llevar a cabo el objeto de esta licitación, se declara sujetos a confidencialidad los referidos antecedentes, de manera que ni el CONTRATISTA, ni las personas que se desempeñen en su nombre con ocasión de la presente licitación, podrán difundir ni comentar los contenidos del proyecto que desarrollará. Para estos efectos el/las representantes legales de los oferentes manifestarán, mediante Anexo 2, su conformidad con estas obligaciones de confidencialidad.
4.- Unión temporal de proveedores (Anexo N°4.b). La Unión Temporal de Proveedores estará conformada por una o más empresas de menor tamaño. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar de acuerdo a lo prescrito por el Artículo 51 de la Ley N° 19.886. La Unión Temporal de Proveedores se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las Ofertas, la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes: • Presentar instrumento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar como Unión Temporal de Proveedores, en conformidad al artículo 52 de la Ley N°19.886 • Suscribir el Anexo N°4.b, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. • Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo de aceptación de las bases (Anexo N°3), Declaración Jurada Simple de Habilidad para ofertar con la Administración del Estado (Anexo N°1), y la Identificación del oferente (Anexo N°4.a). • Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. • Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales: • La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. • Cada uno de los integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en el punto REQUISITOS PARA CONTRATAR de las presentes Bases. • La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N°4.b de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
5.- Cláusula de proveedores de bienes y servicios de la Junji (Anexo 7). El oferente adjudicado deberá realizar una declaración jurada simple, en los términos del Anexo N°7, en la cual declaren conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, disponible en portal de transparencia activa (http://gobiernotransparente.junji.gob.cl/portal/transparencia/actos_resoluciones/regiones/institucional/2020/651.pdf), las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a la eventual vulneración de aquellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
6.- Reglamento JUNJI de higiene y seguridad. Los participantes deben presentar el Anexo N°3 que señala la aceptación del Reglamento JUNJI de Higiene y Seguridad, aprobado por la Resolución Exenta N°015/1087 de fecha 31 de diciembre de 2024, que “Deja sin efecto resolución N°015/062, de 19 de enero de 2024, de la vicepresidencia ejecutiva de esta junta nacional de jardines infantiles, y aprueba nuevo reglamento interno de higiene y seguridad de este servicio, en los términos que indica”. Adjuntar, comprobante Oficial de recepción de Reglamento especial para empresa contratista y subcontratista de la JUNJI (Anexo N°11) que se encuentra en la Resolución Exenta N°015/195 de 28 de abril de 2021 que deja sin efecto Resolución Exenta N°015/00418, de 29 de junio de 2016, que aprueba el Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
7.- Subcontrataciones. En caso de que, para el cumplimiento de la presente licitación, el oferente requiera subcontratar a otra empresa, deberá proporcionar los antecedentes que la identifique y de acuerdo con el artículo 128 del Decreto 661 que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886, la que deberá ser autorizada por la JUNJI previa a su contratación, pudiendo aprobarla o rechazarla en base a sus características técnicas, las que deberán ser similares a la empresa adjudicataria del contrato. Así mismo, deberá indicar que parte del trabajo será realizada por la empresa subcontratada. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: a) Si el contratista a contratar carece de la capacidad o idoneidad para los servicios requeridos. b) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato. c) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. d) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras. El proveedor principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior. El contratista será el único responsable ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles del cumplimiento de los servicios de la presente licitación. En todo caso, el contratista no podrá pretender modificaciones de especificaciones, de precios o de plazos. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de objetar fundadamente a un subcontratista. La JUNJI no intervendrá en forma alguna si existiere alguna diferencia, reclamo y/u otros entre el oferente y sus proveedores, por lo que éstos no podrán reclamar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles deudas no cumplidas por el oferente, situación que debe ser expresamente estipulada en los contratos o documentos que celebre o suscriba el oferente con terceros. Asimismo, el contratista se obliga a informar en forma previa y oportunamente por escrito a la JUNJI si hace cesión de créditos o facturas o usa factoring. La JUNJI solo estará obligada a cumplir con lo establecido en los respectivos contratos siempre que se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existieren obligaciones o multas pendientes del Contratista. Si durante la vigencia del contrato fuere necesario efectuar subcontrataciones, el contratista deberá informar previamente a la JUNJI mediante carta certificada, remitida a la dirección ubicada en Wilson 243, comuna de Iquique. Para experiencia bajo la figura de subcontratación, se deberá adjuntar el contrato, orden de trabajo o certificado emitido por la empresa contratante, la que deberá estar debidamente respaldada por la factura correspondiente. Esta documentación deberá presentar la descripción de los trabajos realizados, así como indicar claramente monto contratado de la experiencia presentada.
8.- Resolución Exenta 15-210 de fecha 17-06-2025 Aprueba Baes administrativas y técnicas
9.- ANEXOS OBLIGATORIOS
Documentos Técnicos
1.- Los oferentes interesados deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, los siguientes antecedentes: Experiencia del Oferente: Los oferentes deberán acompañar el formato Anexo Nº 6 “EXPERIENCIA DEL OFERENTE” en el cual deberán ingresar todos los datos solicitados. Dicho documento deberá adjuntarse en formato de documento portátil al sistema de Información y Contratación pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. El oferente debe demostrar su experiencia en los últimos 5 años, la que deberá estar debidamente respaldada mediante recepciones definitivas municipales, actas de recepciones de obra, contratos, certificado o constancia de obras recibidas por entidades privadas. La comisión evaluadora verificará que los certificado o constancia de obras recibidas presentados por los oferentes contengan los siguientes antecedentes: Indicar ejecución de obras de Construcción, Remodelación, Conservación, reparación y/o mantención en edificaciones, esto deja fuera obras de: vialidad, plazas, canchas deportivas, paraderos de locomoción o similares. Debe indicar claramente que los trabajos fueron ejecutados y/o recepcionados conforme. Indicar el monto de los contratos El nombre y firma del mandante. La fecha de contratación de los trabajos realizados últimos cinco años desde el cierre de la presente licitación. En caso de que el certificado no contenga alguno de los puntos anteriores mencionados, debe complementarse con otro documento, ya sea orden de compra, contrato u otro que indique la información solicitada. Para acreditar la experiencia en el certificado o los otros documentos mencionados, se podrá adjuntar Facturas u otros documentos tributarios que respalden ejecución de obras privadas; y órdenes de compra en respaldo de obras públicas. Si se presenta un Certificado de Obras Públicas, se deberá informar ID de Licitación o Número de Orden de Compra. En caso de inconsistencia entre el certificado y los documentos tributarios que lo respalden, no se considerará la experiencia. En los casos que los oferentes presenten facturas y/u órdenes de compra para validar sus certificados de experiencia, y estas en su conjunto no sumen el monto total de la obra informada (respaldan un monto inferior), la comisión evaluadora solo considerará el monto que los documentos tributarios logren acreditar. En caso de tratarse de una "Unión Temporal de Proveedores", Se admitirá la experiencia que puedan acreditar todos los integrantes de ésta, de acuerdo con sus experiencias individuales, las que se imputarán íntegramente a la UTP. La experiencia de la UTP será la experiencia que sumen todos sus integrantes individualmente. Para dicho efecto, deberán acompañar el Anexo Nº 6 por cada uno de los proveedores componentes de ésta (individualizados en su Acuerdo de Unión Temporal), adjuntando para cada experiencia declarada la acreditación en los términos indicados en el presente numeral. La Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir lo indicado en el punto 10.4 de las bases de licitación. No serán considerados aquellos certificados que den cuenta de un trabajo a nombre de personas distintas al oferente, así como tampoco contrataciones donde se hubiese liquidado anticipadamente el contrato. En caso de tratarse de persona natural, sólo se considerará la experiencia que este declare tener en forma directa con Organismo Públicos y/o privados. En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL. Para lo anterior, el oferente deberá completar el ANEXO N°6 y adjuntar en su oferta el documento, el cual puede ser en [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, según el siguiente formato: Si se identifica el nombre del documento adjunto debe quedar de la siguiente manera: Picture 3074, Imagen Si se identifica el documento como primera página, se debe cumplir con el siguiente formato (sólo para la primera página): Picture 3261, Imagen De no contar todo en un solo documento, no se considerará dicha experiencia. En los casos en que no se cumpla con ninguno de los dos formatos señalados anteriormente, no se considerará dicha experiencia para efectos de evaluación. Hay que destacar que el nombre del documento adjunto ya sea en formato 1 o 2, debe ser concordante con el N° de correlativo señalado en Anexo N°6. Picture 3263, Imagen JUNJI se reserva el derecho de verificar la efectividad de esta información. Señalar plazo de ejecución de cada partida como plazo de reacción. (Anexo N° 5) Garantía post reparaciones. La Garantía Post reparaciones será la que determine cada oferente en su oferta, la no presentación de este documento será causal para desestimar la oferta. (Anexo N°5) Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración (MCE) Se debe indicar nivel de Remuneración imponible y asignaciones adicionales en Anexo N°8. Para efectos de cumplimiento se deberán adjuntar contratos de trabajo y copia de liquidación firmada de cada uno de los trabajadores.
 
2.- Sello Empresa Mujer. Las empresas lideradas por mujeres son aquellas en las que estas tienen la propiedad o control de las operaciones. Para identificarlas en la plataforma www.mercadopublico.cl, ChileCompra ha creado el Sello Empresa Mujer, que se asigna a las proveedoras que cumplan con al menos uno de los siguientes criterios: • Más del 50% de propiedad de mujeres. • Tener una gerente general mujer. • Más del 50% de representantes legales mujeres. El sello puede verificarse en [http://www.mercadopublico.cl] en la Ficha del Registro de Proveedores. La vigencia de esta oferta debe ser de al menos 60 días hábiles posteriores al cierre de recepción de ofertas en el sistema [http://www.mercadopublico.cl].
 
3.- Reunión Informativa. Reunión informativa contrato de SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DE TARAPACÁ. Reunión informativa modalidad ON LINE de asistencia voluntaria para los oferentes interesados. Esta reunión se realizará al tercer día hábil de haber publicado las bases de licitación, a las 15:35 horas, la cual se realizará mediante videoconferencia a través de aplicación ZOOM; el ID y password será informada en un documento adjunto en la Ficha de Licitación, denominado INFORMACIÓN VIDEOCONFERENCIA. La reunión se iniciará 10 minutos posteriores a la hora señalada en la ficha de licitación, por motivos de conexión y organización de los usuarios, tal reunión tendrá dos instancias, la primera será de explicación y contexto del contrato y la segunda de consultas y respuestas solo relacionadas a la exposición de la primera instancia. Enlace de descarga aplicación: https://zoom.us/support/download de MICROSOFT. https://junji-
 
4.- Programa de Integridad. En virtud del artículo 17 de Decreto 661 que Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y deja sin Efecto el Decreto Supremo Nº 250, De 2004, del Ministerio De Hacienda, los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, y que dispone de herramientas relacionadas al cumplimiento de un programa de integridad, el cual, fue dado a conocer al personal de la empresa. Para lo cual, deberán adjuntar el Anexo N°9 de estas Bases denominado “Programa de Integridad”, al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. En caso de que los oferentes no presenten el Anexo N°9, se le asignará puntaje 0 en el criterio de evaluación “Programa de Integridad”.
 
Documentos Económicos
1.- Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el sitio [http://www.mercadopublico.cl] en forma digital, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicadas en el cronograma respectivo y en el sistema de información Mercado Público. La vigencia de esta oferta debe ser de, al menos, 60 días hábiles posteriores al cierre de recepción de ofertas en el citado sistema. El valor que los interesados deben ingresar al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] debe ser igual a $1 (un peso) y es El Anexo N°5 “Oferta Económica” el que se evaluará por ítem de especialidad. FORMA DE LLENADO OFERTA ECONÓMICA (ANEXO N°5): El oferente deberá completar su Oferta Económica de acuerdo a lo solicitado en el Anexo N°5, si se adjunta de forma incompleta o no esté conforme a lo solicitado, su propuesta quedará inadmisible. Sin embargo, se podrá solicitar de acuerdo con lo establecido en el punto 13 (ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA PRESENTACION DE LA OFERTA) que ingrese el Plazo de Reacción y Plazo de Garantía de los trabajos, en caso de que estos no fuesen informados, toda vez que, se ajusten a lo requerido en las presentes bases. Sin embargo, para ordenes de trabajo superiores a las 50 UTM, o por la naturaleza de los trabajos en que se requiera coordinación previa por parte de JUNJI, o la utilización de materiales que no se encuentren disponibles dentro la región, el administrador de contratos podrá autorizar, previo informe del Supervisor de Contrato, aumentar el plazo de reacción informado por el oferente en el anexo N°5. A.- Partidas del Itemizado Región Tarapacá Listado detallado, correlativo con las especificaciones técnicas de cada una de las partidas, donde se establecen las unidades y cantidad de cada uno de los elementos. B.- Valor Unitario Neto El oferente deberá completar y entregar un presupuesto detallado, de acuerdo con el itemizado del Anexo N°5, valorizando y manteniendo todas y cada una de las partidas que figuren en éste, sin agregar ni restar partidas. El valor que se debe ingresar corresponde al valor neto (costo de materiales e insumos y mano de obra) sin incluir el impuesto. Para cada ítem o partida NO se deberán agregar gastos generales y utilidad, informando el porcentaje de cada uno de ellos en el Anexo N°5 de manera independiente en las celdas previstas para esto. La sumatoria de ambos porcentajes no deben superar un 30%, la oferta que supere este porcentaje será declarada inadmisible. En cada una de las partidas deben asignar un Valor Unitario Neto sin decimales. Se debe considerar el precio en pesos chilenos mayores que $0 (cero) para cada una de las partidas que deben valorizarse. El contratista será el único responsable de la evaluación y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio ofertado, debiendo considerar la modalidad de la contratación conforme a las especificaciones entregadas en las respectivas especificaciones técnicas. La vigencia de esta oferta debe ser de al menos 60 días hábiles posteriores al cierre de recepción de ofertas en el citado sistema. C.- Indicar Plazo de reacción por cada Ítem o Partida De acuerdo con el Punto 35 de las bases administrativas. El plazo de reacción de cada partida considerada y se debe indicar en días corridos (enteros). El oferente que no indique plazo en días enteros, en algunas de las partidas quedará fuera de evaluación. Todo lo anterior es desde el momento de hacer formal la solicitud de trabajo u orden de trabajo interna. El plazo de reacción para el comienzo de la ejecución de los trabajos será como mínimo 1 día y máximo 4 días corridos. D.- Porcentaje de Gastos Generales Ingresar el porcentaje de gastos generales. E.- Porcentaje de Utilidad Ingresar el porcentaje de utilidad. F.- Porcentaje Total de Gastos Generales y Utilidad La sumatoria de ambos no debe ser mayor de 30%. G.- Plazo de Garantía Ítems por orden de trabajo (días) De acuerdo con el Punto 35 de las bases administrativas. Ingresar Plazo de Garantía el que no podrá ser inferior a 60 días corridos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA SEGÚN ÍTEM 1 DEL PUNTO 16 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA 15-210 DE FECHA 17-06-2025 50%
2 EXPERIENCIA DEL OFERENTE SEGÚN ÍTEM 2 DEL PUNTO 16 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA 15-210 DE FECHA 17-06-2025 30%
3 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR SEGÚN ÍTEM 3 DEL PUNTO 16 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA 15-210 DE FECHA 17-06-2025 5%
4 SELLO EMPRESA MUJER SEGÚN ÍTEM 4 DEL PUNTO 16 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA 15-210 DE FECHA 17-06-2025 5%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES SEGÚN ÍTEM 5 DEL PUNTO 16 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA 15-210 DE FECHA 17-06-2025 5%
6 PROGRAMA DE INTEGRIDAD SEGÚN ÍTEM 6 DEL PUNTO 16 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA 15-210 DE FECHA 17-06-2025 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Junta Nacional de Jardines Infantiles
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: FELIPE ROJAS
e-mail de responsable de pago: farojas@junji.cl
Nombre de responsable de contrato: Rodolfo Díaz Zúñiga
e-mail de responsable de contrato: rodolfo.diaz@junji.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-254200-2000
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Fecha de vencimiento: 12-10-2027
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago las obligaciones laborales, sociales y eventuales multas y demás sanciones, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del valor total del respectivo contrato, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT Nº 70.072.600-2, nominativa, pagadera a la vista, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 60 días hábiles, posteriores a la fecha máxima de término del contrato. Será aceptado como garantía de fiel cumplimiento de contrato, pago de obligaciones laborales y sociales, y eventuales multas, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, en conformidad al artículo 121 del Reglamento de la Ley N°19.886. En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. La emisión del documento podrá realizarse de manera física entregándolo en la Oficina de Partes de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicada en calle Wilson N°243, comuna de Iquique, ciudad de Iquique o electrónicamente enviado por correo electrónico (oficina_partesI@junjired.cl). En el caso que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación, dentro del plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la Resolución de Adjudicación, en el siguiente horario: Lunes a viernes: De 08:30 hasta las 13:00 hrs. La regla precedente no rige respecto de la póliza de seguro electrónica, la cual se remitirá directamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “EN GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DE TARAPACÁ”, ID 845-XX-LE25. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo Nº8. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo previsto para su presentación. Si esta se requiere el último día de ese término, se concederán tres (3) días hábiles para la corrección del documento de garantía. En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales y previsionales hasta sesenta (60) días hábiles, posteriores a la fecha de término del contrato. La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. La restitución de la respectiva garantía será realizada sesenta (60) días hábiles después del término del contrato y su devolución la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en calle Wilson Nº243, Iquique previo visto bueno de la Unidad Requirente. En caso de cobro de la garantía, si existieran saldos a favor del Proveedor, se le deben restituir, no obstante, su obligación de reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni arbitral alguna, en los siguientes casos: i) Cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) Cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave de las presentes Bases; y iii)  Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor total del contrato; en ambos casos implica además el término anticipado del contrato.   La JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última. La Resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. En caso de renovación/modificación del contrato, y cuando la boleta tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el contratado deberá reemplazarla, dentro de los últimos cinco (5) días de vigencia de esta, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. El plazo de reemplazo indicado en el párrafo anterior también aplicará para los casos de aumentos y modificaciones, indicados en las presentes bases administrativas.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “EN GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DE TARAPACÁ”, ID 845-XX-LE25. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo Nº8.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la respectiva garantía será realizada sesenta (60) días hábiles después del término del contrato y su devolución la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en calle Wilson Nº243, Iquique previo visto bueno de la Unidad Requirente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En caso de empate, en el puntaje final ponderado, se optará por aquella propuesta que haya obtenido el puntaje más alto de acuerdo con el siguiente orden de prelación:

 

ÍTEM

CRITERIO

1

OFERTA ECONOMICA

2

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

3

COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR

4

SELLO EMPRESA MUJER

5

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

6

PROGRAMA DE INTEGRIDAD

En caso de mantenerse el empate se declarará desierta esta licitación.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 5 días Hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema [http://www.mercadopublico.cl], a través de la siguiente casilla electrónica afrojas@junji.cl y nlasala@junji.cl con copia a rodolfo.diaz@junji.cl.

 

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El contratista adjudicado, en forma previa al pago efectivo de cada estado de pago, deberá acreditar el oportuno y cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución del contrato. Para ello deberá presentar un certificado emitido por la Inspección del Trabajo, o un organismo idóneo, de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social, copias de las planillas de pago de cotizaciones previsionales y copia de las liquidaciones de sueldos debidamente firmadas por el trabajador. En caso de que el adjudicatario no acredite oportunamente el cumplimiento de las obligaciones antedichas, la JUNJI podrá retener los pagos que tenga a favor de éste y pagar con ellos al trabajador o institución previsional acreedora y/o hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato prevista en las presentes bases.

La JUNJI tendrá el mismo derecho señalado en el párrafo anterior respecto de los subcontratistas del adjudicatario.  

El contratista deberá acompañar al inicio de los trabajos una planilla (nómina) que indique los nombres de los trabajadores que se desempeñan en virtud del contrato e informar a la JUNJI ante cualquier modificación que se produzca, se debe notificar por correo electrónico al Supervisor del Contrato JUNJI, así como sus modificaciones.  Sin perjuicio de ello, este órgano de la Administración del Estado también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento los certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el debido cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del proveedor.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, referidos a los siguientes Anexos:
-Declaración jurada simple, de no estar sujeto a las inhabilidades (Anexo N° 1)
-Compromiso de confidencialidad (Anexo N° 2)
-Carta aceptación de bases y del reglamento de higiene y seguridad (Anexo N°3)
-Carta Identificación del oferente (Anexo N° 4.a y 4.b ).
-Cláusula de proveedores de bienes y servicios de la JUNJI (Anexo N°7).
-Comprobante oficial de recepción del reglamento especial para empresas contratistas y subcontratista de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Anexos N°11).
-Se podrá solicitar acreditación faltante informada en el Anexo N°6 Experiencia del Oferente.
-Se podrá solicitar acreditación faltante informada en el Anexo N°8 certificado de título que acrediten las competencias y experiencia para realizar el trabajo encomendado de al menos un año, presentar cursos de perfeccionamiento, carreras afines.
-Se podrá solicitar aclaración respecto al valor unitario neto informado en Anexo N°5, sin alterar el Valor Total de la Oferta.
-Se podrá solicitar que informe Plazo de Reacción y Plazo de Garantía no Informado en Anexo N°5.

Siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde el requerimiento informado a través del sistema. 

En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 56 del Decreto 661 que Reglamenta la Ley Nº19.886, asignándose menor puntaje en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.