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Pacto de integridad |
- Con el objeto de dar cumplimiento a los principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación pública, los oferentes que deseen presentar ofertas deberán actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta.
- Asimismo, reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, asegurando la posibilidad de cumplirla en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- En particular, el oferente deberá entregar toda la información y documentación necesaria y exigida en la presente licitación, no pudiendo:
- Ofrecer o intentar ofrecer sobornos, regalos, premios o pagos a ningún funcionario en relación a su oferta, al proceso licitatorio ni en la eventual ejecución del contrato; ni a terceras personas que pudiesen influir en el proceso licitatorio.
- b.2 Intentar efectuar –o realizar- acuerdos, actos, negociaciones o conductas que tengan por objeto afectar la libre competencia o que sean de naturaleza colusiva.
- Revisar y verificar que la información y documentos que se presenten sean veraces, legales, íntegros, consistentes y precisos.
- c.2 Respetar las reglas y condiciones establecidas en las bases, sus documentos y los contratos que de ellos derivasen.
- c.3 Aceptar y asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa aplicable.
- Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el proveedor adjudicado se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- Lo anterior obliga además al oferente a:
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