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Confidencialidad |
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La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren, salvo expresa autorización de CONAF
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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá de la siguiente manera, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el siguiente orden:
- En primer término, la Oferta Económica
- En segundo, El Menor plazo de entrega
- En tercero, Fomentar el Desarrollo Local
- En cuarto lugar, la Completitud de los antecedentes
- En quinto lugar, ofertas por línea de productos
En caso de persistir el empate, quien decida será el Jefe de Depto. ASP o quien este designe.
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Propiedad Intelectual |
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Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y cualquier tipo, producto del presente contrato constituye propiedad intelectual de CONAF, y solo podrán ser utilizados previa autorización de CONAF y, citando la fuente.
En consecuencia, el adjudicatario y/o sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
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Responsabilidad del Proveedor |
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Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes durante el período del contrato.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable de los servicios contratados ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores durante la entrega.
Corresponde al proveedor cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan con los trabajadores que elaboren o participen en la entrega de los artículos/servicio requeridos en esta licitación, no teniendo CONAF ningún vínculo laboral con ellos.
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Antecedentes a Considerar en la Oferta |
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Los interesados en formular una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación.
Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:
• Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad Foro.
• Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
• Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
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Readjudicación |
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En los casos en que el oferente adjudicado no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, no pueda cumplir o se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los productos licitados al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
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Fecha de adjudicación |
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En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes Bases de Licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del cambio de fecha.
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Contrato |
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Por el monto de la compra, no se requerirá contrato, bastara con la aceptación de la Orden de compra por parte del proveedor
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Presentación de las Ofertas |
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Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el Portal de Compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley Nº19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documento anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público.
Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las Bases, Especificaciones Técnicas y otros antecedentes del proceso de Licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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Modificación de las Bases |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del Foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl.
Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases
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Consultas y Aclaraciones |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública.
Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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Consultas Respecto a la Adjudicación |
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Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico Claudia.diaz@conaf.cl. las que serán respondidas por el mismo medio.
Se responderán consultas ingresadas hasta 48 horas posteriores a la Adjudicación
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Observaciones Generales |
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En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley Nº19.886 y su Reglamento.
Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato, en lo que corresponda.
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Puntos de Entrega y enlace |
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El punto de entrega de todas las líneas adjudicadas, será en oficina Conaf ubicada en 3 Sur 564, Talca, y el enlace es la Sra. Claudia Díaz correo claudia.diaz@conaf.cl
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Multas |
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En caso de atraso en la entrega del producto en la fecha ofertada, se aplicará una multa de 1 UTM (Una Unidad Tributaria Mensual), por cada día de atraso en la entrega total del producto, el valor de la UTM se calculará al mes de diciembre de 2023.
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Procedimiento Aplicación de Multas |
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El Procedimiento de Aplicación de Multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores, respecto de las obligaciones, establecidas en las Bases de Licitación, Términos de Referencias y en los correspondientes contratos, por la adquisición de Bienes o Servicios. Esto implica, que el presente procedimiento debe estar en concordancia con los plazos establecidos en los documentos antes indicados.
Cuando exista más de una línea de producto o servicio, el cálculo de la multa se realizará por actividad.
A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1.- Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multas, a través de la entrega de un informe técnico e insumos que permitan el cálculo de las multas.
2.- El Departamento de Finanzas y Administración Región del Maule, calculará las multas aplicadas y, posteriormente, notificará de ello al proveedor por carta certificada de la Directora Regional, informándole sobre la aplicación de la multa, y sobre los hechos en que aquellas se motivan. La que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en la oferta y al correo electrónico informado por el contratista.
3.- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 05 días hábiles, para efectuar sus descargos por escrito ante la Directora Regional, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF (4 Norte N°1673, Talca, en horario entre las 8:30 y 14:00 hrs.) y enviada al correo electrónico a felipe.barrios@conaf.cl, jorge.espinoza@conaf.cl, con copia a Claudia.diaz@conaf.cl y samuel.saldias@conaf.cl.
4.- Vencido el plazo indicado en el punto anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de resolución fundada de la Directora Regional, la cual será notificada mediante carta certificada al proveedor. La que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en la oferta y al correo electrónico informado por el contratista.
5.- Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Directora Regional, según corresponda, dispondrá de un plazo de 30 días hábiles administrativos para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
6.- Al respecto, la aceptación o el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse mediante resolución fundada firmada por la Directora Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar, y posteriormente ser notificada al proveedor por carta certificada, la que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en el contrato y al correo electrónico informado por el contratista.
7.- Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de 05 días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la Resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida a la Directora Regional, y enviada al correo electrónico a felipe.barrios@conaf.cl, jorge.espinoza@conaf.cl, con copia a claudia.diaz@conaf.cl y samuel.saldias@conaf.cl.
8.-La Directora Regional, resolverá mediante resolución fundada, la reposición dentro del plazo de 30 días hábiles administrativos, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. Dicha Resolución deberá ser notificada al proveedor mediante carta certificada. La que será despachada físicamente por la Oficina de Partes, al domicilio señalado en el contrato y al correo electrónico informado por el contratista.
9.- En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la emisión de una Factura Electrónica de parte de CONAF, la que deberá ser pagada dentro los 30 días siguientes a la fecha de emisión de ésta.
10.- Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato por incumplimiento gravísimo. Sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
11.- Las notificaciones de la Corporación se entenderán practicadas a partir del tercer día de despachada la carta, por la Empresa Correos de Chile.
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Respetar Y Promover El Principo De Igualdad Y No Discriminación Arbitraria |
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Respetar y promover, entre las partes, comprador y oferentes, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
Generar relaciones de respeto, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las partes, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las partes, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.”
En consecuencia, teniendo en cuenta el análisis expuesto, esta Fiscalía viene a instruir la incorporación de las cláusulas y anexos indicados en las bases de licitación, a objeto de cumplir adecuadamente la nueva normativa legal e interna que resulta aplicable a la Corporación Nacional Forestal.
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Plazo de Entrega y Forma de Pago del servicio |
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a) Plazo de entrega
La entrega deberá efectuarse en las direcciones indicadas en el punto 16.14.- de las presentes Bases de Licitación, la que no podrá sobrepasar del 15 Diciembre 2023, y entendiéndose como tal la fecha de la entrega total del producto solicitado.
b) Forma de Pago
El pago será contra entrega de los productos, previa recepción conforme por parte del Jefe de Depto. o quien este designe, una vez emitida la Orden de Compra.
Para solicitar el pago deberá adjuntar los siguientes documentos:
- Documento tributario de cobro (factura)
Emisión de la Factura:
1. Debe ser emitida una vez Aceptada la Orden de Compra en www.mercadopublico.cl y confirmado por CONAF dicha facturación.
2. Debe(n) estar recibido conforme los productos y/o servicios y aprobación de la respectiva o factura realizada por el Funcionario requirente.
3. La emisión de la factura debe ser extendida a: Razón Social: Corporación Nacional Forestal RUT: 61.313.000-4
Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales Domicilio: 4 Norte N° 1673 - Talca
Región: Maule
Se debe indicar en el campo Folio de la Referencia de la Factura el número de la orden de compra
(debe ser igual al número indicado en la orden de compra, sin puntos, espacios, etc.) (Ejemplo 1090-50-SE22)
4. Debe enviar factura electrónicamente a windte_dte@custodium.com (máximo 72 horas desde la emisión de la factura)
5. La factura o boleta de servicios debe estar aceptada a través del sistema electrónico del Servicio de Impuestos Internos (SII) en pesos chilenos.
6. Debe estar aceptada válidamente en nuestro sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos.
Las dudas respecto a la emisión de la factura se deberán consultar con: samuel.saldias@conaf.cl
Forma de pago:
El pago se realizará en moneda nacional (pesos chilenos), dentro de los 30 días corridos, a través de Pago Centralizado de la Tesorería General de la República, www.tgr.cl.
Deberá indicar Banco y N° de cuenta para efectuar las transferencias por el pago de los servicios o productos.
NOTA: La omisión de algunos de estos documentos, imposibilitará el pago, sin perjuicio del cobro de las garantías que procedan.
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