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FORMA DE PAGO |
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El pago se hará contra recepción conforme de los productos entregados, debiendo seguirse el siguiente procedimiento:
A) Todas las Facturas Electrónicas, deben ser enviadas al correo electrónico facturaselectronicas@saludarica.cl. No se aceptarán facturas electrónicas enviadas a otro correo que no sea el indicado. Además, la factura en formato “XML” debe ser enviada al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com.
B) Las facturas o boletas de honorarios deben ser emitidas a nombre del Servicio de Salud Arica y Parinacota, RUT N°61.606.000-7, con el detalle de los productos entregados, nombre y número de la licitación.
Queda expresamente prohibido, el envío de facturas o boletas de honorarios a través del personal de la empresa que entrega los productos.
Las facturas emitidas antes de entregados los productos serán devueltas al proveedor.
C) Planilla de Registro o reporte mensual que certifique la atención de las personas.
D) Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F30 y F30-1 de ser procedente), en caso de corresponder vigente a la fecha de emisión de la factura o declaración simple firmada por el profesional, que señale que sus honorarios se encuentran cancelados al día, en el caso de presentar boletas de honorarios. Dichos documentos deberán ser enviados al correo facturaselectronicas@saludarica.cl.
Una vez revisados los antecedentes y la factura serán enviados para su pago, al Subdepartamento Financiero. De acuerdo con el artículo N°133 del reglamento N°661 de 2024, menciona que los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MULTAS A APLICAR |
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Ante el incumplimiento de los servicios post-venta ofertados por el proveedor y/o plazos estipulados en el Contrato de Suministro de las prendas que componen el uniforme SAMU por aplicación de las bases técnicas, el Servicio aplicará el pago de una multa equivalente al tres por mil del valor del Contrato, en las siguientes situaciones:
a) A partir del tercer día de expirado el plazo para la recepción del set de prendas hasta completar 15 días corridos.
b) Prendas recepcionadas en distinta calidad y color en telas, especificaciones técnicas y/o tallaje, o cualquier diferencia a lo ofertado en la propuesta. Se aplicará el pago de la multa si el adjudicatario no entregue respuesta dentro de 3 días hábiles desde la notificación del hecho, asimismo, cuando el adjudicatario no realice la devolución y cambio de los productos dentro de 10 días hábiles.
c) Productos recepcionados en forma deteriorada o en malas condiciones a consecuencia de fallas en confección y del traslado de los productos hasta la Bodega General. Se aplicará el pago de la multa si el adjudicatario no entregue respuesta dentro de 3 días hábiles desde la notificación del hecho, asimismo, cuando el adjudicatario no realice la devolución y cambio de los productos dentro de 10 días hábiles.
d) Cualquier otra causal contemplada en las presentes Bases.
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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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Mediante Oficio se informará al Proveedor Adjudicado el término anticipado del contrato, para lo cual se le concederá traslado a fin de que manifieste sus descargos. Dicho traslado será de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación del referido Oficio.
La medida a aplicar se formalizará a través de una Resolución fundada de la autoridad donde se pronunciará esta última sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará dentro de 24 horas en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl. Dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl de la resolución exenta que aplique disponga el término anticipado del contrato, el proveedor podrá interponer un recurso de reposición ante la Dirección del Servicio, quien deberá resolverlo dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde su recepción en la oficina de partes del Servicio.
Una vez resuelto el recurso de reposición, rechazándolo total o parcialmente, o transcurridos los cinco (5) días hábiles para oponerlo sin que esto se haya efectuado, el Servicio deberá confirmar el término anticipado del contrato mediante la dictación del acto administrativo correspondiente.
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