Licitación ID: 1593-22-LQ16
PLANES DESARROLLO ESSBIO S.A. Y NUEVOSUR S.A.
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Consultores hidráulicos 1 Unidad
Cod: 83101505
CONTRATACIÓN DE ESTUDIO "REVISIÓN DE PLANES DE DESARROLLO DE ESSBIO S.A. Y NUEVOSUR S.A.”. SEGÚN BASES ADJUNTAS.-  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PLANES DESARROLLO ESSBIO S.A. Y NUEVOSUR S.A.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
QUE SE REQUIERE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO “REVISIÓN DE PLANES DE DESARROLLO DE ESSBIO S.A. Y NUEVOSUR S.A.”, SEGÚN BASES ADJUNTAS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
R.U.T.:
61.221.000-4
Dirección:
Moneda N° 673, Piso 7
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-06-2016 16:00:00
Fecha de Publicación: 18-05-2016 11:44:17
Fecha inicio de preguntas: 18-05-2016 12:05:00
Fecha final de preguntas: 25-05-2016 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-05-2016 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-06-2016 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-06-2016 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 06-07-2016 18:55:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 18-07-2016
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 15 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales
Se refiere al formulario F 30 de la Dirección del Trabajo o bien emitidos por Entidades o Instituciones Competentes, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (D.S. N°319/06 del Ministerio del Trabajo).
2.- Entregar Antecedentes Administrativos
ARTÍCULO 19° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
Documentos Técnicos
1.- ARTÍCULO 20° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
 
Documentos Económicos
1.- ARTÍCULO 21° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
Observaciones LOS ANTECEDENTES SOLICITADOS DEBEN SER INGRESADOS A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO.
Inscritos en Chileproveedores 0
En relación a la Inscripción en ChileProveedores ENCONTRARSE INSCRITOS EN CHILEPROVEEDORES, DE ACUERDO AL INSTRUCTIVO PRESIDENCIAL N° 8 DEL 02-12-2006, SOBRE TRANSPARENCIA ACTIVA Y PUBLICIDAD DE LA INFORMACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. Y LA CIRCULAR N° 09 DEL 06/03/07,DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN ECONÓMICA ARTÍCULOS 26° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 10%
2 EVALUACIÓN TÉCNICA ARTÍCULOS 26° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 85%
3 ANTEC. ADM. Y CORRECTA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ARTÍCULOS 26° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Monto Total Estimado: 160000000
Justificación del monto estimado MONTO REFERENCIAL CON IMPUESTO INCLUIDO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones PRESUPUESTO SISS 2016
Tiempo del Contrato 180 Días
Plazos de pago: Por Estado de Avance
Justificación pago Mayor a 30 días SEGÚN ARTÍCULO 38 DE LA BASES ADMINISTRATIVAS.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: MARIA LUISA RIVAS MONDACA
e-mail de responsable de pago: mrivas@siss.cl
Nombre de responsable de contrato: MARIA LUISA RIVAS MONDACA
e-mail de responsable de contrato: mrivas@siss.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-3824039-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS NO ACEPTA SUBCONTRATACIONES. ESTO ES QUE LA EMPRESA ADJUDICADA NO PUEDE TRANSFERIR EL CONTRATO A TERCEROS.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Fecha de vencimiento: 18-07-2016
Monto: 1 %
Descripción: El oferente deberá constituir una garantía por la seriedad de la oferta, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. Esta garantía deberá entregarse en Oficina de Partes de la SISS a más tardar el día de cierre de la presentación de las ofertas, mediante carta dirigida al Superintendente de Servicios Sanitarios y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto en pesos chilenos 1% del contrato ($1.600.000) Plazo de Vigencia Equivalente al de la fecha de presentación de la oferta más 1 mes Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios Rut. 61.221.000-4 Glosa Garantiza la seriedad de la oferta presentada a la licitación: “Revisión de Planes de Desarrollo de Essbio S.A y Nuevosur S.A” Esta garantía se devolverá a los oferentes no adjudicados dentro de diez días hábiles contados desde la publicación de la resolución que adjudique o declare desierta o inadmisible la licitación. Al adjudicatario se le devolverá una vez constituida la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Cuando se trate de compras públicas mayores a 2.000 UTM que requieran de garantía de seriedad de la oferta, podrá utilizarse la póliza de seguro electrónica dispuesta en el portal www.mercadopublico.cl dentro de las opciones de garantías.
Glosa: Garantiza la seriedad de la oferta presentada a la licitación: “Revisión de Planes de Desarrollo de Essbio S.A y Nuevosur S.A”, para la SISS.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía se devolverá a los oferentes no adjudicados dentro de diez días hábiles contados desde la publicación de la resolución que adjudique o declare desierta o inadmisible la licitación. Al adjudicatario se le devolverá una vez constituida la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Fecha de vencimiento: 04-05-2017
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Adjudicación realizada en el portal de ChileCompra, mediante carta dirigida al Superintendente de Servicios Sanitarios y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto 5% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos Plazo de Vigencia Equivalente al del contrato más 4 meses Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios RUT 61.221.000-4 Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “Revisión de Planes de Desarrollo de Essbio SA y Nuevosur SA y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.” Si el adjudicatario no constituye debidamente la garantía dentro del plazo señalado la SISS estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, sin que se devengue ningún tipo de indemnización. Esta garantía se devolverá después de liquidado el contrato. En caso de que la garantía deba hacerse efectiva durante el contrato esta deberá ser renovada por el adjudicatario dentro de los 20 días hábiles siguientes contados desde que se hizo efectiva por el plazo que falte para el término real del contrato más 4 meses. El no cumplimiento de esta obligación dará derecho a la SISS para terminar anticipadamente el contrato sin derecho a indemnización.
Glosa: “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “Revisión de Planes de Desarrollo de Essbio SA y Nuevosur SA y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores”, para la SISS.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía se devolverá después de liquidado el contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS
1. ANTECEDENTES GENERALES ARTICULO 1: Identificación del proyecto. Las presentes Bases Administrativas, se refieren a la licitación para “Revisión de Planes de Desarrollo de ESSBIO S.A. Y NUEVOSUR S.A. Los servicios que se contratarán se encuentran especificados en las Bases Técnicas de la licitación. ARTICULO 2: De la publicación y tramitación a través del portal Mercado Público. El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el portal de compras” o “www.mercadopublico.cl”. El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles gratuitamente en el mencionado sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema www.mercadopublico.cl –acreditada por la Dirección de Compras Públicas–, esto es, que todas o algunas de sus funcionalidades se encuentren total o parcialmente fuera de servicio, la SISS podrá ejecutar el proceso o algunas de sus etapas, al margen del Sistema. Para ello, se deberá poner oportunamente en conocimiento de los oferentes la posibilidad de recibir en formato papel las ofertas técnicas y económicas, y la adopción de cualquier otra medida tendiente a resguardar la continuidad y regularidad del proceso de contratación, al igual que cualquier modificación o adaptación que sea requerida al efecto, especialmente las variaciones al Cronograma de Actividades de la Licitación. Lo anterior, con pleno respeto de los principios de libre concurrencia de los oferentes, de igualdad de éstos ante las Bases y teniendo presente lo más conveniente para la SISS. ARTICULO 3: Contratante El contratante es la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante la SISS, y será coordinado e inspeccionado a través de su División de Concesiones. ARTICULO 4: Tipo de contrato El contrato a que se refieren estas Bases Administrativas será a suma alzada o precios unitarios en pesos sin reajuste. ARTICULO 5: Etapa de la Licitación La presente licitación se realizará en dos etapas, la apertura de la oferta técnica y luego de la oferta económica, a través del sistema de información Mercado Público. La oferta será declarara inadmisible en caso que el oferente presente los antecedentes de la oferta técnica y económica en forma conjunta. ARTICULO 6: Presupuesto El trabajo que se contrata se financiará a través de fondos sectoriales del Subtítulo 22, ítem 11, asignación 001 por un monto referencial que asciende a la suma de ciento sesenta millones de pesos ($160 millones de pesos), del Presupuesto SISS Año 2016. ARTICULO 7: Requisitos para presentarse a la licitación Podrán participar personas naturales y jurídicas, así como las uniones temporales de proveedores (UTP), sean chilenas o extranjeras, que estén inscritos en www.mercadopublico.cl y que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Compras. En el caso particular de las UTP, éstas deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública en la cual conste el acuerdo de constitución de la UTP. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Los oferentes no inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado, como requisito para celebrar el contrato definitivo y dentro del plazo establecido en estas Bases, con la inscripción vigente en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración. ARTICULO 8: Inhabilidades Con la finalidad de acreditar que los oferentes no se encuentran afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4°, inciso 6°, de la ley N° 19.886, deberán acompañar conjuntamente con su oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°10, firmados por el representante legal de la persona jurídica respectiva o por el oferente persona natural. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), aquél deberá presentar una declaración jurada por cada integrante de la UTP, suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, sea el caso. Además, para acreditar que el oferente no se encuentra relacionado con una empresa sanitaria o una administradora de una concesión sanitaria, en los términos que define el título XV de la Ley N° 18.045 , se deberá acompañar conjuntamente con la oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°11, firmada por el representante legal de la persona jurídica respectiva o por el oferente persona natural. Asimismo, son inhábiles para participar aquellas personas que tengan contratos vigentes o hayan prestado algún tipo de auditoría o consultoría a alguna de las empresas sanitarias consideradas en el ámbito de este estudio, en los últimos 3 años. ARTICULO 9: Idioma Español ARTICULO 10: Computo de plazos. Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles (lunes a viernes). En caso que un plazo expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente. ARTICULO 11: Gastos. Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso o su resultado. ARTICULO 12: Documentos que integran la licitación. Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican: a. Bases Administrativas y Bases Técnicas, con sus correspondientes anexos. b. Modificaciones a las Bases, que eventualmente podrá hacer la SISS, a través de la resolución correspondiente. c. Serie de Preguntas y Respuestas. d. Aclaraciones. e. Las Propuestas Técnica y Económica del oferente seleccionado, que debe incluir todos los formularios solicitados. f. Otros antecedentes o documentos indicados en las Bases Administrativas y/o Técnicas. g. Las resoluciones que dicte la SISS sobre la materia de esta licitación. ARTICULO 13: Aceptación de los términos de las Bases. La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa. ARTICULO 14: Confidencialidad y reserva de los antecedentes. A fin de guardar estricta reserva de todos los antecedentes, datos, estadísticas, políticas o criterios propios de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, los oferentes deberán adjuntar a su oferta el FORMULARIO N°6. ARTICULO 15: Interpretación de las Bases. La SISS se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. ARTICULO 16: Aclaraciones y modificaciones a las Bases. Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta Pública, podrán ser solicitadas a través de www.mercadopublico.cl hasta la fecha definida a través del Portal. La SISS responderá estas consultas mediante documento único denominado "Serie de Preguntas, Respuestas y Aclaraciones", el que será enviado a los participantes a través del portal www.mercadopublico.cl . Sin perjuicio de lo anterior, la SISS se reserva el derecho de emitir para todos los participantes, las Aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación y con anterioridad a la Apertura de las Ofertas. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. La SISS podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta 24 horas anteriores al día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas. 2. PROPUESTA ARTICULO 17: Presentación de la Propuesta Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas y en los horarios indicados en el portal de Chilecompras. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, en este caso, se entenderá como válida la última oferta presentada por el proveedor. Cada una de las ofertas, deberán cumplir íntegramente con lo exigido en estas bases, siendo evaluadas individualmente. Serán rechazadas las propuestas que no contengan todos los antecedentes solicitados, que estén condicionadas y/o que contengan enmiendas o irregularidades que alteren la claridad de la propuesta, todo esto a juicio de la Comisión de Evaluación (en adelante la Comisión). ARTICULO 18: Contenido de las propuestas La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos, con hojas numeradas e índice. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación. ARTICULO 19: Antecedentes Administrativos Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes, según corresponda: Oferente Persona Natural - Identificación según FORMULARIO N°9 - Copia simple de cédula de identidad - Declaración jurada, según FORMULARIO N°10, suscrita por el oferente. - Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. Oferente no es persona Natural - Identificación según FORMULARIO N°5 - Copia cédula de identidad del representante. - Copia simple del RUT de la empresa. - Organigrama general con la estructura organizacional de la planta superior permanente del oferente, nombre y currículum resumido (FORMULARIO N° 3) de las personas que ocupan los cargos de jefatura de las distintas unidades de la organización, funciones principales de cada unidad. - Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. - Declaración jurada, según FORMULARIO N°10, suscrita por el oferente. Cuando el oferente sea una UTP, aquél deberá presentar un formulario por cada integrante de la UTP, suscritos por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante según, sea el caso. ARTICULO 20: Oferta técnica. Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes ofertados, en todos sus aspectos esenciales. A. Equipo propuesto para la ejecución del trabajo. A.1. Antecedentes generales: Equipo de profesionales que se desempeñará en el proyecto, con indicación de nombres completos, nivel profesional, relación contractual con el oferente, y tiempo de dedicación al Servicio expresado en número de horas comprometidas con el proyecto (totales y por día) (FORMULARIO Nº2). A.2. Experiencia de los integrantes del equipo: Curriculum Vitae detallado de cada uno de los integrantes que se desempeñará en el proyecto (FORMULARIO Nº3) con la experiencia relevante al servicio a realizar. A.3. Experiencia del oferente: Experiencia en proyectos similares al presente (FORMULARIO Nº1) desarrollada en los últimos 5 años, diferenciando las actividades realizadas en el sector público y privado y detallando los principales clientes. A.4. Carta Compromiso: Este documento deberá ser firmado por cada profesional que sea ofertado, comprometiendo su participación en el proyecto (FORMULARIO Nº4). Se exigirá la participación activa en el proyecto y en las reuniones de trabajo periódicas, de la totalidad del equipo profesional propuesto en la oferta, según la materia que se trate. Sólo se aceptará el reemplazo de los integrantes del equipo propuesto, en casos de fuerza mayor. En caso que un recurso ofertado sea adjudicado y no se presente a cumplir las labores comprometidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la adjudicación se procederá a cobrar la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta. A.5. Declaración jurada simple que certifique que el equipo de profesionales que participará en el proyecto: i. Al momento de postular no es funcionario público. Para estos efectos se considera como funcionario público a los profesionales de planta y contrata, de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.653. ii. Si presta servicios a honorarios en alguna institución pública, deberá informar la institución en la cual presta los servicios, el monto y duración del contrato, las tareas contratadas y el tiempo que dedica a esta actividad. iii. No tiene juicios pendientes con algún Organismo de la Administración del Estado. B. Propuesta de metodología para el desarrollo del trabajo El oferente planteará un esquema con una propuesta sobre el desarrollo del proyecto, abarcando, al menos los siguientes aspectos: a) Antecedentes que requerirá. b) Requerimientos de apoyo de la contraparte técnica de la SISS. c) Alcance y grado de detalle que abarcará el trabajo del oferente. C. Programa de trabajo y cantidades de trabajo ofertadas Se deberá presentar como programa de trabajo los plazos asociados a los recursos ofertados, considerando la entrega de los respectivos informes y plazos para sus correcciones, a partir de las observaciones que formule la SISS. El detalle de entrega de informes se especifica en el artículo 37 de las presentes bases. D. Serie de “Preguntas y Respuestas” A que se refiere el Artículo 16 de las presentes Bases. E. Detalle de otra información que el oferente considere relevante. ARTICULO 21: Oferta Económica Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total ofertado a valor neto, es decir, que no deben contener el IVA, pues el propio portal agrega el impuesto. La oferta económica se deberá expresar tanto en cifras como en palabras, en moneda nacional de la fecha de recepción de las propuestas, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el oferente deba pagar, de acuerdo al FORMULARIO N°7 Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. 3. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ARTICULO 22: Apertura de la oferta. La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el portal www.chilecompras.cl, en dos actos. Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas. ARTICULO 23: Comisión evaluadora. La Superintendencia de Servicios Sanitarios designará, por Resolución, a los profesionales que constituirán dicha Comisión. ARTICULO 24: Aclaraciones solicitadas a los oferentes La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta, pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 25: Errores u omisiones detectados durante la evaluación La SISS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal de ChileCompra. La SISS podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes deberán presentar los antecedentes omitidos o hacer las rectificaciones que sean procedentes para salvar errores u omisiones formales dentro de los 5 días siguientes al requerimiento efectuado por la SISS, el que se informará a través del portal de ChileCompra. ARTICULO 26: Criterios de Evaluación de las Propuestas Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación. La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases y en las Especificaciones Técnicas, en consideración al interés público comprometido, procediendo a emitir un informe de adjudicación que recomendará la adjudicación de la oferta más conveniente para los intereses de la institución, considerando los siguientes parámetros: Criterio Porcentaje a) Oferta Técnica 85% b) Oferta Económica 10% c) Antecedentes Administrativos y correcta presentación de la propuesta. 5% a) Evaluación de la Propuesta Técnica: La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a la siguiente tabla, Criterio Sub-Criterio Fórmula de Cálculo Oferta Técnica 85% de la calificación total Requerimiento Técnico 60 % de la oferta técnica Puntaje Descripción 100 Excelente: Cumple con lo solicitado, aporta funcionalidad adicional. 90 Suficiente: Cumple con lo solicitado 30 Insuficiente: Cumple en forma parcial con lo solicitado. 0 Deficiente: No cumple con lo solicitado. No presenta información. Nota: El proveedor que sea adjudicado deberá tener como mínimo 90 puntos en su evaluación del cumplimiento de los requerimientos técnicos Experiencia del equipo 40% de la oferta técnica Puntaje Años promedio de experiencia del equipo. 100 Más de 15 años promedio 70 Entre 11 y hasta 15 años promedio 50 Entre 06 y hasta 10 años promedio 35 Entre 01 y hasta 05 años promedio 0 No informa Para todos los valores que corresponda, los puntajes serán redondeados según el siguiente criterio: al entero o decimal inferior, cuando el decimal o centesimal fluctúe entre 1 y 4, y al entero o decimal superior, en los casos en que el valor decimal o centesimal fluctúe entre 5 y 9. b) Evaluación de la propuesta económica: Criterio Puntaje Oferta Económica 10% de la calificación total Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta) X 100 c) Evaluación antecedentes administrativos y correcta presentación de la oferta Está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por la SISS. Este criterio representa un máximo de 100 puntos, y se obtendrá presentando la documentación requerida tanto en las bases administrativas, como en las bases técnicas. La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a lo siguiente: Criterio Puntaje Descripción Correcta presentación de la oferta 5% de la calificación total 100 La SISS no requiere antecedentes o certificaciones adicionales. 50 La SISS requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente los presente dentro del plazo. 0 La SISS requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo. ARTICULO 27: Adjudicación La Adjudicación se hará por Resolución de la SISS, sobre la base del Acta de Evaluación elaborada por la Comisión Evaluadora. ARTICULO 28: Readjudicación. La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del reglamento de la ley N° 19.886. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la SISS podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6° de la ley 19.886, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 20 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. ARTICULO 29: Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de deserción. La SISS declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación. Además, la SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses. En todo caso, las declaraciones de la SISS se efectuarán siempre mediante resolución fundada. ARTICULO 30: Comunicación de resultados de la licitación y consultas sobre la adjudicación. Se comunicará el resultado de la Propuesta de la correspondiente Resolución a todos los oferentes a través de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de 3 días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al Inspector Fiscal señalado en la resolución de adjudicación. Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior. 4. CONTRATO Y GARANTÍAS ARTICULO 31: Del contrato Efectuada la adjudicación de la propuesta, se dará lugar al contrato, materia de estas bases. Formarán parte integrante del contrato los documentos indicados en el Artículo 12 de las presentes bases. El oferente que resulte adjudicado deberá entregar los siguientes documentos: a) Informe comercial, emitido por una empresa especializada del ramo que acredite que no tiene documentos protestados o deudas morosas con el sistema financiero. Este certificado no deberá tener una antigüedad superior a 10 días a la fecha de presentación. b) Certificado de vigencia de la sociedad, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el Registro de Comercio. c) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el Registro de Comercio. ARTICULO 32: Perfeccionamiento y vigencia del contrato El oferente al que se le adjudique la licitación deberá suscribir el contrato de suministro y servicios con la SISS dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada. Si notificado el adjudicatario de la tramitación de la resolución de adjudicación, no suscribiere el contrato dentro del plazo que se indica, la Superintendencia podrá dejar sin efecto la adjudicación. Dicha situación no le dará derecho al adjudicatario a solicitar indemnización alguna. ARTICULO 33: Garantía de seriedad de la oferta El oferente deberá constituir una garantía por la seriedad de la oferta, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. Esta garantía deberá entregarse en Oficina de Partes de la SISS a más tardar el día de cierre de la presentación de las ofertas, mediante carta dirigida al Superintendente de Servicios Sanitarios y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto en pesos chilenos 1% del contrato ($1.600.000) Plazo de Vigencia Equivalente al de la fecha de presentación de la oferta más 1 mes Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios Rut. 61.221.000-4 Glosa Garantiza la seriedad de la oferta presentada a la licitación: “Revisión de Planes de Desarrollo de Essbio S.A y Nuevosur S.A” Esta garantía se devolverá a los oferentes no adjudicados dentro de diez días hábiles contados desde la publicación de la resolución que adjudique o declare desierta o inadmisible la licitación. Al adjudicatario se le devolverá una vez constituida la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Cuando se trate de compras públicas mayores a 2.000 UTM que requieran de garantía de seriedad de la oferta, podrá utilizarse la póliza de seguro electrónica dispuesta en el portal www.mercadopublico.cl dentro de las opciones de garantías. ARTICULO 34: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato El adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Adjudicación realizada en el portal de ChileCompra, mediante carta dirigida al Superintendente de Servicios Sanitarios y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto 5% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos Plazo de Vigencia Equivalente al del contrato más 4 meses Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios RUT 61.221.000-4 Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “Revisión de Planes de Desarrollo de Essbio SA y Nuevosur SA y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.” Si el adjudicatario no constituye debidamente la garantía dentro del plazo señalado la SISS estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, sin que se devengue ningún tipo de indemnización. Esta garantía se devolverá después de liquidado el contrato. En caso de que la garantía deba hacerse efectiva durante el contrato esta deberá ser renovada por el adjudicatario dentro de los 20 días hábiles siguientes contados desde que se hizo efectiva por el plazo que falte para el término real del contrato más 4 meses. El no cumplimiento de esta obligación dará derecho a la SISS para terminar anticipadamente el contrato sin derecho a indemnización. ARTICULO 35: De la Ejecución del Contrato y Plazo del Servicio El contrato se ejecutará en los plazos y términos ofertados en la Propuesta Técnica, en concordancia con las actividades y plazos señalados en las Bases Técnicas de la licitación. Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un día sábado, domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente. La SISS se reserva el derecho de suspender la ejecución de las etapas siguientes al término de cualquiera de las etapas del proyecto, sin derecho a indemnización de ningún tipo para el adjudicatario por el retraso involucrado. ARTICULO 36: Modificación del contrato. Los servicios sólo podrán ser variados durante su ejecución por el adjudicatario, con aprobación previa de la SISS o por la SISS. Las variaciones sólo podrán corresponder a materias relacionadas con el trabajo contratado, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados. En caso que las variaciones representen un aumento de los servicios, el monto de éstos deberá ser igual a los del contrato primitivo, en los ítems individualizados en dicho contrato. En los nuevos servicios, se establecerá su monto de común acuerdo. Dicho aumento no podrá exceder en un 30% del monto originalmente pactado. Cualquiera modificación del monto de los servicios que signifique un aumento de ellos será objeto de una nueva Resolución de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original. Para estos efectos, el adjudicatario deberá constituir una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en iguales términos y condiciones que las señaladas en el artículo 35. La garantía originalmente constituida se devolverá al adjudicatario dentro de diez días hábiles contados desde la resolución que aprueba la modificación del contrato. 5. INFORMES ARTICULO 37: Informes de Avance y Finales Los informes se deberán entregar de acuerdo a lo especificado en las Bases Técnicas. 6. PAGOS ARTICULO 38: Modalidad de pago Los pagos se harán efectivos, sólo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la celebración del contrato o la resolución de adjudicación, según sea el caso. Para proceder al pago, es previo y necesario que el Inspector Fiscal vise y apruebe el o los informes respectivos, siempre y cuando la SISS no haya suspendido la ejecución del contrato. Una vez aprobados los informes y ejecutado el servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura o Boleta de Servicios, conjuntamente con un certificado actualizado que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha del pago. Tratándose de una UTP, el certificado deberá ser presentado por cada integrante. Visados y aprobados los informes y la boleta o factura, se realizará el pago dentro de treinta días corridos. Los porcentajes a pagar, una vez aprobados los respetivos informes, son los que a continuación se indican: Informes Pago (%) Informe 1- Etapa 1 25% Informe 1- Etapa 2 25% Informe 1- Etapa 3 25% Informe 2 - Etapa 1,2, y 3 15% Informe 3 - Etapa 1, 2 y 3 10% ARTICULO 39: Anticipos. No se contemplan pagos anticipados 7. EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ARTICULO 40: Administración y Fiscalización de su cumplimiento Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la SISS designará un Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y responsabilidades: a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato. b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. c) Revisar y aprobar el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere lugar. d) Certificar la recepción, a entera satisfacción de la SISS, de los servicios e informes requeridos. e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio. ARTICULO 41: Multas y otras sanciones Cada día de atraso en la entrega del servicio significará una multa de 0,5 UF por día. A partir del segundo atraso la SISS, adicional a la multa, podrá solicitar un cambio del o los recursos dispuestos por el adjudicatario. Con todo, se tolerará un máximo de tres atrasos, en consecuencia, el cuarto atraso dará derecho a la SISS a poner término al contrato. Las multas se evaluarán en cada estado de pago y por lo tanto, se establecerá una evaluación concordante con la periodicidad de pagos acordada. En caso que los servicios entregados, dentro o fuera de los plazos definidos, no cumplan con lo requerido en las especificaciones, el tiempo que se requiera por parte del adjudicatario para las correcciones se considerará como tiempo de atraso en la entrega y aplicarán las mismas condiciones y consideraciones señaladas precedentemente. El valor total acumulado de las multas no podrá exceder el 10% del valor del contrato, incluyendo sus modificaciones. En caso de excederse del 10% señalado, la SISS podrá poner término anticipado al contrato. ARTICULO 42: Responsabilidad del adjudicatario El adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los servicios que entregue, de modo que cualquier error que signifique perjuicio para la SISS, será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la empresa adjudicataria los representantes legales asumirán esta responsabilidad, la que se entenderá en su más amplia acepción. ARTICULO 43: Término anticipado del contrato Podrá ponerse término anticipado al contrato en los siguientes casos: a) Por acuerdo entre las partes. La SISS y el Adjudicatario podrán poner término anticipado al contrato de común acuerdo. En este caso no corresponderá pagar indemnización. b) Por incumplimiento grave por parte del proveedor, de una o más de las obligaciones establecidas en las Bases o en el Contrato, entendiéndose por éstas aquellas que inciden en la prosecución de la contratación, como el atraso en la observancia de los plazos fijados para ejecutar el objeto principal del contrato, la inobservancia de las especificaciones técnicas, que los informes entregados no cumplan con los estándares requeridos y/o lo señalado por el adjudicatario en su oferta etc. c) Por infracción a las reglas de la subcontratación. En especial, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 20.123, referido a la simulación de contratos de trabajo a través de terceros. d) Por decisión de la SISS. La SISS pondrá término anticipado al contrato, cuando razones de servicio así lo aconsejen. El aviso de término anticipado, se efectuará por carta certificada. En este caso, la SISS pagará al Adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del contrato, donde: I : Monto a pagar por indemnización Nf : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación de la etapa anterior Np : Número de días de plazo total de la etapa M : Monto a pagar por la etapa completa Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que aprueba el contrato y sus modificaciones posteriores. e) En el caso de Unión Temporal de Proveedores, son causales de termino anticipado del contrato las siguientes: e.1.) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. e.2) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. e.3) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros; e.4) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados; e.5) Disolución de la UTP. f) Por las demás causales establecidas en la Ley N°19.886 y su reglamento. ARTICULO 44: Procedimiento en caso de Incumplimiento El incumplimiento por parte del proveedor de una o más de las obligaciones establecidas en las Bases o en el Contrato, dará lugar a un procedimiento breve y sumario, a partir del acto del inspector fiscal que informa la infracción, del cual se dará traslado al proveedor quien será notificado de la apertura del proceso mediante carta certificada y tendrá 5 días hábiles para presentar por escrito sus descargos. Las sanciones dispuestas para estos efectos podrán ser la aplicación de multa, el cobro de la garantía de fiel cumplimiento o el término anticipado del contrato. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos. ARTICULO 45: Prórroga de la competencia En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario que según la legislación vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.
BASES TÉCNICAS
1. INTRODUCCIÓN En lo referente al régimen de concesiones establecido en la legislación sanitaria chilena, los Planes de Desarrollo (PD) resultan relevantes, ya que deben servir como instrumento de planificación que permita al prestador reponer, extender y ampliar sus instalaciones oportunamente, para satisfacer en forma adecuada los requerimientos de demanda. Además, los PD establecen los compromisos de desarrollo del prestador que serán fiscalizados por esta Superintendencia. Los PD de todas las concesiones son actualizados cada 5 años. La actualización de los PD corresponde a la elaboración de un nuevo estudio de prefactibilidad para un período de 15 años, en base a una proyección de demanda actualizada, un programa de inversiones y el cronograma de obras para el período de 15 años considerado. 2. OBJETIVO El servicio que se contrata tiene como objetivo revisar, en forma exhaustiva y crítica, los PD actualizados presentados por las empresas ESSBIO S.A. (VI y VIII Región) y NUEVOSUR S.A. (VII Región) El resultado que se persigue es contar con estudios que den cumplimiento a las formalidades requeridas en lo referente a: entrega de información relevante, resultados, conclusiones y compromisos de ejecución de obras e inversiones. Así, los PD actualizados podrán ser aceptados por la Superintendencia de Servicios Sanitarios y sustituirán, a partir del 1° de enero de 2017, a los actualmente vigentes. Los PD que deben ser estudiados y revisados corresponden a las siguientes localidades: ESSBIO (VI REGIÓN): LOCALIDAD 1. CODEGUA - LA PUNTA 2. COINCO 3. COLTAUCO 4. COYA 5. CHEPICA 6. CHIMBARONGO 7. DOÑIHUE 8. EL OLIVAR ALTO 9. GRANEROS 10. LAS CABRAS 11. LO MIRANDA 12. LOLOL 13. MALLOA 14. NANCAGUA 15. NAVIDAD-BOCA DE RAPEL 16. PELEQUEN 17. PERALILLO 18. PEUMO 19. PICHIDEGUA 20. PICHILEMU 21. PLACILLA 22. POBLACION 23. PUENTE NEGRO 24. QUINTA DE TILCOCO 25. RANCAGUA - MACHALÍ 26. RENGO 27. REQUINOA 28. ROSARIO 29. SAN FERNANDO 30. SAN FRANCISCO DE MOSTAZAL 31. SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA 32. SANTA CRUZ- PALMILLA ESSBIO (VIII REGIÓN): 1. ARAUCO 2. BULNES 3. CABRERO 4. CAÑETE 5. CARAMPAGUE 6. CHIGUAYANTE 7. CHILLAN 8. COBQUECURA 9. COELEMU 10. COIHUECO 11. CONCEPCION 12. CONTULMO 13. CORONEL 14. CURANILAHUE 15. DICHATO 16. EL CARMEN 17. FLORIDA 18. HUALQUI 19. HUEPIL 20. LAJA 21. LEBU 22. LOMAS COLORADAS 23. LOS ALAMOS 24. LOS ANGELES 25. LOTA 26. MONTE AGUILA 27. MULCHEN 28. NACIMIENTO 29. NEGRETE 30. NINHUE 31. ÑIPAS 32. PEMUCO 33. PENCO-LIRQUEN 34. PINTO 35. QUILACO 36. QUILLECO 37. QUILLÓN 38. QUIRIHUE 39. RAFAEL 40. RAMADILLAS 41. SAN CARLOS 42. SAN IGNACIO 43. SAN PEDRO DE LA PAZ 44. SAN ROSENDO 45. SANTA CLARA 46. STA JUANA 47. SANTA BARBARA 48. TALCAHUANO 49. TOME 50. TUCAPEL 51. YUMBEL 52. YUNGAY NUEVOSUR (VII REGIÓN): 1. CAUQUENES 2. CONSTITUCION 3. CURICO 4. CURANIPE 5. CUREPTO 6. CHANCO 7. EMPEDRADO 8. GUALLECO 9. HUALAÑE 10. ILOCA 11. LICANTEN 12. LINARES 13. LONGAVI 14. LONTUE 15. LOS QUEÑES 16. MOLINA 17. PARRAL 18. PELARCO 19. PELLUHUE 20. PUTU 21. RAUCO 22. RETIRO 23. ROMERAL 24. SAN CLEMENTE 25. SAN JAVIER 26. SAN RAFAEL 27. TALCA 28. TENO 29. VILLA ALEGRE 30. YERBAS BUENAS 3. ALCANCE DEL ESTUDIO Y REVISIÓN 3.1) Alcance General. El trabajo de consultoría consiste en la revisión de los PD señalados en el punto 2), con el fin de determinar si estos estudios de pre-factibilidad, con sus programas de inversiones y obras para un período de 15 años, que se proponen en reemplazo de los actualmente vigentes, constituyen instrumentos de planificación válidos, son consistentes y dan cumplimiento a la normativa vigente, considerando los antecedentes que han servido de base, los análisis respectivos, sus conclusiones y resultados. Además, se requiere verificar que los PD presentan toda la información requerida en la Guía de Elaboración de Planes de Desarrollo (en adelante también la “Guía”) y de acuerdo a los formatos y especificaciones indicados. A través de la revisión también se deberán detectar posibles omisiones, faltas de precisión o errores que presenten los estudios. Todas las disconformidades deberán ser recogidas en un Informe de Observaciones de cada PD. 3.2) Alcances específicos La revisión, basada en la Guía de Elaboración de Planes de Desarrollo 2009, deberá comprender los siguientes temas: 3.2.1) PROYECCIÓN DE DEMANDA Se deberá analizar la proyección de demanda presentada, comparándola con la facturación histórica informada en el SIFAC (Sistema de Información de Facturación de la SISS que contiene información de consumos, producción y clientes) para los 3 últimos años al menos. Se verificará que las pérdidas reales actuales obtenidas del SIFAC son las adoptadas en los PD y se mantienen en todo el período y que, a su vez, la demanda no disminuye, salvo que existan razones fundadas. Deberán estar indicadas las proyecciones de demanda asociadas a sectores de agua potable y alcantarillado, en caso que existan sectores parciales, en el mismo formato de las demandas globales. 3.2.2) BALANCES DE OFERTA Y DEMANDA Se deberá revisar en forma crítica los balances de oferta y demanda de la totalidad de la infraestructura, de acuerdo a los esquemas y catastro y con las correspondientes demandas. Asimismo, se deberá comparar las capacidades de las obras indicadas en los balances de oferta y demanda con aquellas contenidas en la Base de Infraestructura. Se deberá dar especial énfasis a que los PD reflejen la real capacidad actual de las fuentes, especialmente cuando hayan sido afectadas por fenómenos de sequía y que, para fuentes superficiales, los balances oferta-demanda deben presentarse en forma mensual. Revisar las modelaciones de las redes de agua potable y aguas servidas y, en el caso del agua potable, verificar la coherencia con las curvas de presión indicadas en el plano respectivo. En el caso de las fuentes superficiales, se deberá revisar la coherencia entre las capacidades hidrológicas ofertadas en el PD con las establecidas en los informes hidrológicos entregados por las empresas recientemente. En el caso de las plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS), se deberá comparar con las capacidades contenidas en el informe anual de Capacidad de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas elaborado por la División de Fiscalización y con la información entregada por las empresas en el protocolo PR23001 Control de plantas de tratamiento de A.S. 3.2.3) PROBLEMAS CRÍTICOS DE CALIDAD DE SERVICIO Se deberán revisar las actas de fiscalización y los procesos de sanción aplicados entre el 2014, 2015 y primer semestre de 2016 en aquellas concesiones que presentan problemas críticos de calidad de servicio conforme al diagnóstico de la SISS y se deberá verificar que el PD respectivo recoge esta situación, tanto en el levantamiento del problema, como en la solución definida, la cual debiere corregirlo. Asimismo, el consultor deberá verificar en las actas las producciones reales de las fuentes, capacidades de la infraestructura y calidad del agua, entre otros aspectos, para cada una de las localidades afectadas por sequía. 3.2.4) REPOSICIÓN DE REDES Se requiere revisar que el diagnóstico de las redes de distribución y de recolección efectivamente se ajusta al procedimiento definido en el punto 2.2.2. de la Guía de Elaboración de Planes de Desarrollo y que sea consistente con la información de cortes de suministro de agua potable, cortes de servicio de alcantarillado por obstrucciones y medición de presiones informados en el protocolo de la SISS: PR 13 Indicadores de calidad de servicio. En caso que la metodología definida en la Guía de, como resultado, valores insuficientes, se deberá proponer un nivel adicional de reposición de redes que sea adecuado y acorde a la vida útil de la infraestructura. Validado esto, es necesario verificar que se programe la ejecución de obras de reposición para corregir los problemas detectados. 3.2.5) OTRA INFORMACION RELEVANTE Por otra parte, se requiere comprobar que las deficiencias de infraestructura detectadas por las Oficinas Regionales (OR) de la SISS en sus informes anuales, estén recogidas en la programación de obras correspondiente, como también aquellas identificadas en los mapas de riesgo. 3.2.6) PROGRAMA DE INVERSIONES Y CRONOGRAMA DE OBRAS Se deberá revisar que están programadas todas las obras requeridas para suplir los déficits detectados, tanto en los balances de oferta y demanda, como en el resto de la información analizada por el consultor, a fin de corregir los problemas de calidad de servicio y para reponer la infraestructura con diagnóstico –R y M. Las obras proyectadas para solucionar problemas de falta de capacidad deben estar programadas de tal manera que su ejecución asegure su puesta en operación el 1° de enero del año que se produce el déficit. Se deberá verificar que se mantienen en el programa de inversiones y en el cronograma aquellas obras no ejecutadas y que no se originan por falta de capacidad (por ejemplo red básica de alcantarillado y PTAS, obras asociadas a ampliaciones de territorios operacionales que no se han desarrollado, etc.) 3.2.7) TERRITORIOS OPERACIONALES Se deberá verificar que los territorios operacionales concuerdan con los señalados en los PD vigentes y que se incluyen las nuevas áreas incorporadas a través de ampliaciones de la concesión, si las hubiera. Se debe revisar que, tanto los planos en papel como los digitales (autocad, shape), cumplen con las especificaciones de la Guía. Se deberán explicitar en detalle los incumplimientos. Es necesario que se valide la información geográfica entregada por la empresa en el marco de la actualización de su PD y la información disponible en el Sistema de Información Geográfico SISS. 3.2.8) DERECHOS DE AGUA Se deberá verificar que esté correctamente toda la documentación correspondiente a los derechos de agua indicados en la respectiva FAT y utilizados en los balances oferta demanda. 4) ETAPAS Y ACTIVIDADES REQUERIDAS EN EL ESTUDIO El Estudio deberá efectuarse en 3 etapas. En la primera etapa se considerarán las 32 localidades de la VI Región (entrega el 06 de junio de 2016). En la segunda etapa se considerarán las 30 localidades de la VII Región (entrega el 08 de julio 2016). En la tercera etapa se considerarán las 52 localidades de la VIII Región (entrega el 08 de agosto de 2016). Cada etapa debe considerar: 1) Actividad 1: Revisión completa de cada uno de los PD considerados. Esto incluye todo lo detallado en el punto 3 anterior. Todas las observaciones que se formulen deberán estar contenidas en el Informe correspondiente que será posteriormente enviado a cada empresa sanitaria. 2) Actividad 2: Verificación de que los PD fueron corregidos de acuerdo a las observaciones planteadas a cada empresa. Si se mantienen algunas observaciones, para ciertos PD, se deberán incluir en el Informe correspondiente que nuevamente será enviado a las empresas sanitarias. Se deberá indicar en el informe aquellos PD que hayan acogido las observaciones y estén correctos. 3) Actividad 3: Verificación de que los PD fueron corregidos conforme a las nuevas observaciones presentadas a cada empresa. El informe deberá indicar el resultado de este análisis. La Superintendencia estará facultada para solicitar informes de avance de acuerdo a la fecha de entrega de los planes de desarrollo al consultor. A continuación se detallan el contenido de los Informes requeridos en la revisión de los PD de cada Etapa. El inicio de cada etapa corresponderá a la fecha de entrega de los Planes de Desarrollo a la consultora, de acuerdo a lo definido en el número 6 de estas bases. Para cada etapa se deberá entregar: • Informe N°1: Corresponde a la Actividad 1 y deberá contener todas las observaciones que emanen de la revisión de los PD. El plazo máximo para la entrega de este informe es de 45 días corridos, a partir de la entrega de los PD. • Informe N°2: Corresponde a la Actividad 2 y deberá contener las nuevas observaciones, si las hubiere, o la certificación de aquellos PD que las acogieron y que están correctos. El plazo máximo para la entrega de este informe es de 30 días, a partir de la entrega de los antecedentes corregidos por las empresas. • Informe N°3: Corresponde a la Actividad 3 y debería señalar el resultado de la verificación de que fueron atendidas las segundas observaciones y la certificación de que los PD están correctos. El plazo máximo para la entrega de este informe es de 15 días, a partir de la entrega de los antecedentes corregidos por las empresas. Solo para efectos estimativos, podrán considerarse 30 días corridos para atención de observaciones que se deriven del informe 1, por parte de las empresas sanitarias. 5) ENTREGA DE INFORMES Todos los informes y documentos oficiales del servicio contratado se entenderán entregados por la empresa consultora mediante la recepción de estos en la Oficina de Partes de la SISS. La empresa consultora deberá entregar los informes de acuerdo a las etapas y actividades definidas en estas bases. Los informes correspondientes a cada atapa deberán ser entregados impresos, en tamaño carta y, además, deberá acompañarse un respaldo en medio magnético que incluya los antecedentes complementarios correspondientes en cada etapa. El término del proyecto quedará determinado por la aprobación conforme por parte de la SISS del informe 3, de la Tercera Etapa 6) DE LA EJECUCIÓN DEL ESTUDIO Y DURACIÓN DEL PROYECTO. La empresa consultora designará un representante, quien se desempeñará como jefe de proyecto y será la única persona autorizada para actuar ante la División de Concesiones de la SISS. La contraparte válida para la Superintendencia deberá estar disponible durante todo el desarrollo del estudio. Durante la ejecución del contrato exigirá la participación activa en el proyecto y en las reuniones de trabajo periódicas de la totalidad del equipo profesional propuesto en la oferta de la empresa consultora. No se aceptará el reemplazo de ninguno de los integrantes del equipo propuesto, excepto por causas de fuerza mayor justificadas y autorizadas expresamente por la SISS. El estudio se realizará de acuerdo a las etapas definidas en el numeral anterior y deberá considerar un plazo máximo total de ejecución de 200 días corridos, sin contar el tiempo que la SISS y la concesionaria utilicen para la revisión y corrección, respectivamente. El tiempo excedente en una etapa se contabilizará como tiempo adicional para las etapas siguientes. En el cronograma de actividades (Carta Gantt) que se incluya en la propuesta técnica, el proponente deberá definir en días corridos los plazos de ejecución de cada una de las etapas, y de las distintas actividades asociadas, considerando la entrega de los informes de cada etapa definidos para el servicio. Para la confección del cronograma de actividades, a los plazos de ejecución se deberá agregar tiempos estimados de revisión y corrección, por parte de la SISS y la concesionaria. Se considerará como fecha de inicios del proyecto, y de su primera etapa aquella en que la SISS haga entrega formal de los antecedentes de Planes de Desarrollo al consultor adjudicado, lo cual deberá ocurrir con posterioridad a la notificación de la SISS al referido consultor de la suscripción del contrato. La fecha de inicio de cada una de las restantes etapas del proyecto corresponderá a día siguiente a aquel en que la SISS entregue los antecedentes para ello. En su propuesta, la empresa consultora deberá establecer los plazos de entrega de los informes de cada una de las etapas consideradas, los que serán tomados en cuenta para efectos de la eventual aplicación de lo establecido en el artículo 40 de las Bases Administrativas. 7) PLAZOS Los servicios que por esta vía se contrataran, serán ejecutados durante el año 2016. El último informe de análisis deberá ser entregado por el adjudicatario a más tardar al 30 de diciembre de 2016. Con todo, las partes quedarán obligadas hasta el término del proyecto, según se define en el artículo 5 de las presentes bases. Sin perjuicio del plazo establecido en estas bases, se contempla la ampliación del plazo de duración del contrato, solo en el evento de que, por razones totalmente ajenas a la empresa adjudicada, calificadas por la SISS, este no pueda cumplir con algunas obligaciones que las bases y posteriormente, el contrato le imponen. Esta ampliación deberá ser solicitada por escrito a la Superintendencia de Servicios Sanitarios antes del vencimiento del plazo de término contrato 8) VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LAS EMPRESAS EN ESTUDIO La SISS podrá programar visitas a las instalaciones de las empresas sanitarias, las que serán informadas oportunamente mediante correo electrónico al consultor, quien deberá asistir en conjunto con los funcionarios que se designen para tal efecto. 9) OTRAS CONSIDERACIONES La información que deberá emplearse, para efectos comparativos, en la revisión de los PD es la siguiente, para el año base: INFORMACIÓN PROTOCOLO Nueva Base de infraestructura (NBI) PR012001 Calidad agua cruda PR018002 Captaciones A.P. PR018001 Control de plantas de tratamiento de A.S. PR023001 Indicadores de calidad de servicio PR013001 Sectorización de redes PR035 Sistema de Facturación Clientes y Coberturas SIFAC II PR027001 Sistema de Información Geográfico SISS (shapes) Resoluciones de procesos de sanción (años: 2014 y 2015) Actas de fiscalización OR (años: 2014 y 2015) Informe anual de capacidad de plantas de tratamiento de AS Informe hidrológicos Toda la información recolectada, procesada y sistematizada en el estudio debe ser debidamente respaldada en papel y archivos magnéticos en las oficinas Superintendencia de Servicios Sanitarios. SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS SSR/JMS J:\bases\006-2016-2015 Santiago, abril 2016.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.