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BASES ADMINISTRATIVAS |
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BASES ADMINISTRATIVAS
1. ANTECEDENTES GENERALES:
El Gobierno Regional del Maule requiere la adquisición, instalación y puesta en marcha de una pantalla LED exterior, con su respectiva estructura metálica, en el edificio institucional ubicado en 1 Norte N°711, comuna de Talca.
La presente contratación tiene por objeto fortalecer y complementar la difusión de las actividades culturales, institucionales y de interés regional desarrolladas por el Gobierno Regional del Maule, contribuyendo al cumplimiento de sus fines y objetivos estratégicos.
En este contexto, se contempla la provisión de una pantalla LED de 6 x 4 metros, junto con el desarrollo y entrega del proyecto de soporte estructural y fijación,
necesario para su adecuado soporte, fijación y funcionamiento.
En virtud de lo anterior, se invita a personas naturales y jurídicas a presentar sus ofertas, conforme a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas que rigen el proceso de contratación.
1.1 ORGANISMO CONTRATANTE
Razón Social: Gobierno Regional del Maule.
R.U.T.: 72.227.000-2
Domicilio: 1 Norte N° 711, Talca
2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Nombre del servicio: ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE PANTALLA LED PARA EL EDIFICIO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE.
Tipo de contratación: Licitación Pública superior a 1000 UTM e inferior a 5.000 UTM.
Tipo de Convocatoria: Abierta.
Moneda: Peso chileno.
Etapas del Proceso de Apertura: Una etapa.
Publicidad de las Ofertas Técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
3. ETAPAS Y PLAZOS
Publicación: La Publicación de las Bases de Licitación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes a la total tramitación de la resolución que las apruebe.
Cierre de Recepción de Ofertas: veinte (20) días corridos siguientes a la fecha de publicación. El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles (sábado, domingo o festivo) ni en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
Acto de Apertura Técnica y Económica: Este acto se realizará dentro de los cinco (5) días corridos siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Preguntas y aclaración a las Bases: Los oferentes tendrán cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de publicación, para generar preguntas de aclaración de las Bases de Licitación. Asimismo, el Gobierno Regional tendrá cuatro (4) días hábiles contados desde la fecha de término del periodo de consultas para responderlas.
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas o solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes Bases.
Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl.
Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados en el formulario electrónico de bases de licitación.
Visita Técnica: se contempla visita a terreno el cuarto día hábil contado desde la publicación de la licitación a las 12:00 horas en en calle 1 Norte N°711 de la ciudad de Talca
Dicha visita tendrá el carácter de obligatoria para los oferentes que pretendan participar en la presente licitación por cuanto permitirá a los interesados en el proceso, conocer las instalaciones del Gobierno Regional del Maule, donde se realizará la instalación de la pantalla objeto de este proceso. Los costos de la visita a terreno serán de cargo de los interesados participantes, dejándose constancia de su asistencia en el acta que se levantará al efecto.
La inasistencia a la visita técnica señalada implicará la inadmisibilidad de la oferta.
Fecha de Adjudicación: La adjudicación se realizará dentro del plazo de treinta (30) días corridos contados desde la apertura de las ofertas.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, el Gobierno Regional informará en el Sistema de Información Mercado Público las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
4. DE LOS OFERENTES.
Podrán contratar con los organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme al reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada y en calidad de “hábil” en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16 de la Ley 19.886, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.
5. DE LAS INHABILIDADES PARA PRESENTAR OFERTAS.
El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N°19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, en la Ley N°20.393, en la Ley N°21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente.
En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que la entidad licitante podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.
6. PRESENTACIÓN DE ANEXOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
Presentación de Anexos: Anexo Nº1 “Carta de presentación del oferente”; Anexo N°2 “Declaración jurada simple aceptación de la propuesta”; N°3 “Propuesta Económica”; N°4 “Experiencia oferente”; N°5 “Oferta Técnica”; todos debidamente firmados por el oferente, su representante legal, o por quien tenga poder suficiente para representarlo en la presentación de la oferta.
IMPORTANTE: La no presentación de alguno de estos anexos tendrá como consecuencia que la oferta quedará fuera de bases y será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de las presentes bases.
7. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las propuestas se presentarán de acuerdo con los anexos señalados y adjuntos a estas bases, en la modalidad de formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas deberán ser presentadas íntegramente en idioma español. No obstante, se aceptarán documentos anexos en otro idioma siempre que se anexe su respectiva traducción al español, tales como prospectos, folletos, etc.
Antecedentes Administrativos: Anexo Nº1 “Carta de presentación del oferente”; Anexo N°2 “Declaración jurada simple aceptación de la propuesta”;
Antecedentes Económicos: Anexo N°3 “Propuesta Económica”.
Antecedentes Técnicos: Anexo N°4 “Experiencia oferente”; Anexo N°5 “Oferta Técnica”.
8. DE LA FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Cada proponente deberá presentar su oferta a través del Portal, utilizando su propia cuenta de usuario, con arreglo a las condiciones de uso del mismo, disponibles en el sitio web www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación, en formato electrónico o digital. Las propuestas presentadas a través de una cuenta de usuario del portal, que no corresponda a la persona identificada en el Anexo N°1, “Carta de presentación del oferente”, serán declaradas inadmisibles, y no serán evaluadas en sus demás antecedentes, en razón de vulnerar las citadas condiciones de uso, sin perjuicio de las indagaciones que la Comisión Evaluadora pueda efectuar, en orden a verificar el cumplimiento por parte de los oferentes, de la demás normativa dictada por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el ámbito de su competencia. En el caso de las UTP, sólo se aceptarán ofertas presentadas mediante la cuenta de usuario del Portal del apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión. En este caso, el oferente UTP deberá acompañar el documento que formalice su acuerdo. En caso de inconsistencia entre la información contenida en los Anexos y la señalada por el oferente en otros instrumentos o fichas del portal, primará la indicada en los Anexos o documentos señalados en el numeral 6 precedente “Presentación de anexos”.
El organismo licitante no se verá obligado por limitación, restricción u obligación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino sólo por aquellas establecidas en las presentes bases, la Ley de Compras y su Reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación al licitante, no será considerado como parte de la oferta, debiendo el contratante cumplir igualmente el contrato en conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación, en caso de resultar adjudicado.
Es responsabilidad del oferente velar por la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, Project o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático (20 MB). En caso de que la propuesta no pueda ajustarse a dicho peso, el proponente tendrá que ingresarla dividida en tantos documentos como el Portal lo permita, debiendo numerarlos correlativamente.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar en forma oportuna, clara y completa los documentos exigidos, velar por la exactitud y fidelidad de sus contenidos y la veracidad de lo que en ellos conste.
Todos los gastos en que incurran los interesados para la preparación y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
9. GARANTÍAS
Garantía de Seriedad de Oferta: Dado el monto estimado para la presente licitación, no se requerirá garantía de Seriedad de la Oferta.
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato: Atendido el monto estimado del contrato y la naturaleza de los trabajos a ejecutar, el riesgo involucrado y la necesidad de resguardar la seguridad de terceros que circulan en el entorno del edificio institucional, se exigirá la constitución de una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, destinada a caucionar el íntegro y correcto cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el adjudicatario.
Esta garantía tiene por objeto asegurar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, el oferente adjudicado deberá constituir y entregar al Gobierno Regional del Maule, en forma previa a la emisión de la orden de compra, un documento de garantía que cumpla con los siguientes requisitos:
1. Debe ser constituida por el oferente o por un tercero a su nombre.
2. Debe ser irrevocable.
3. Debe ser pagadera a la vista.
4. Debe ser pagadera a primer requerimiento.
Tratándose de pólizas de seguro y de Certificados de Fianza, éstos deberán ser de ejecución inmediata, pagaderos al solo requerimiento de Gobierno Regional del Maule.
Tipo de Documento Los permitidos por la normativa legal vigente, tales como boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, vale vista, depósito a plazo, garantía electrónica o cualquiera que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva y cumpla con los requisitos indicados anteriormente.
Beneficiario Gobierno Regional del Maule.
Fecha de Vencimiento La vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá extenderse, a lo menos, hasta el 31 de marzo de 2028.
Monto La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá extenderse por un valor equivalente al 5% (cinco por ciento) del precio final neto ofertado y expresarse en pesos chilenos.
Entrega física La garantía deberá ser entregada en la Unidad de Gestión de Documentos (Ex Oficina de Partes) del Servicio de Gobierno Regional del Maule, ubicada en calle 1 Norte N°711, de la ciudad de Talca
➢ La entrega deberá efectuarse con una carta conductora firmada por el oferente, donde se identifique el ID de la licitación y se indique que la entidad licitante es el Gobierno Regional del Maule.
➢ El horario de funcionamiento de la Unidad de Gestión de Documentos del Gobierno Regional del Maule es de lunes a viernes de 8:30 a 13:00 horas.
En su caso, la garantía electrónica se presentará a través del Sistema.
Glosa de la garantía La garantía debe indicar: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE PANTALLA LED PARA EL EDIFICIO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE”
Forma y oportunidad de restitución La garantía se devolverá una vez llegada la fecha establecida para su vencimiento en las presentes Bases.
10. PRESUPUESTO DISPONIBLE
El presupuesto total disponible para la presente contratación asciende a la suma de $75.000.000.- (setenta y cinco millones de pesos), impuestos incluidos, distribuido de la siguiente forma:
- A. ADQUISICIÓN DE PANTALLA LED: $38.000.000.-
- B. OBRAS DE INSTALACIÓN: $37.000.000.-
Los montos señalados corresponden al presupuesto máximo disponible para cada uno de los ítems indicados. En consecuencia, la oferta económica que exceda el monto disponible establecido para cualquiera de ellos será declarada inadmisible, aun cuando el valor total de la oferta no supere el presupuesto total disponible de $75.000.000.-
11. OFERTA TÉCNICA
Los proponentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl los antecedentes y especificaciones técnicas de los bienes ofertados; ello, conforme al Anexo N°5 “Oferta Técnica”.
12. PROPUESTA ECONÓMICA
Se refiere al precio total neto de los bienes solicitados, que el proponente debe ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, expresado en pesos, sin incluir el IVA, ni reajuste alguno.
El proveedor deberá indicar claramente en el anexo económico (Anexo N°3) que se suba al portal y en una nota explicativa, los impuestos que gravan su oferta (IVA, segunda categoría o si está exento de impuesto).
El valor indicado en la casilla "Valor Total Neto" deberá ser el valor ofertado en el portal del sistema de información de la Dirección de Compras.
13. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Durante la etapa de evaluación el Gobierno Regional del Maule podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por el Gobierno Regional del Maule que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectaría el principio de igualdad de los oferentes.
El Gobierno Regional del Maule solicitará estas rectificaciones o aclaraciones a través del sistema electrónico y los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas para cumplir lo solicitado por el Gobierno Regional del Maule, a través del mismo medio.
En ningún caso se podrá, mediante este procedimiento, subsanar la no presentación de los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos que se exigen en las presentes Bases Administrativas.
14. PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES
Los plazos y antecedentes de esta licitación serán publicados en el portal www.mercadopúblico.cl.
En consecuencia, no se recepcionarán antecedentes enviados por correo electrónico.
La falta o presentación incompleta de antecedentes será tratada conforme a las reglas de admisibilidad y subsanación establecidas en las presentes Bases.
15. PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS
El plazo de validez de las ofertas será de sesenta días corridos contados desde el cierre de la recepción de las ofertas.
16. COSTOS DE LA OFERTA
Los costos en que el proponente deba incurrir como consecuencia de la formulación de su oferta serán de su exclusivo cargo, no dando origen a pago o indemnización alguna en caso de rechazarse la oferta.
17. MODIFICACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, hasta antes del cierre de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, en caso de ser necesario. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases y obligarán a su cumplimiento por todos los proponentes.
18. ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LAS BASES
La sola participación en el proceso de licitación implica la total aceptación, por parte de los proponentes, de todos y cada uno de los términos y disposiciones contenidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y demás antecedentes de la propuesta, sin necesidad de declaración expresa del oferente.
19. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule se reserva la facultad de interpretar el sentido y alcance de todas aquellas materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de acuerdo a criterios de ecuanimidad y racionalidad que estime convenientes, teniendo presente los principios de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación objeto de este proceso licitatorio.
20. DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS.
La apertura de las ofertas se realizará en una etapa, en la cual se abrirán conjuntamente las ofertas, tanto técnicas como económicas.
La apertura de las ofertas se efectuará en la fecha y a partir de la hora establecida en el calendario de la licitación, mediante la liberación automática de las mismas.
Las ofertas deberán ser enviadas por los Oferentes a través del Sistema de Información. Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 del
reglamento, se podrán recibir en soporte papel y en los plazos que correspondan.
Sólo se procederá a revisar Ofertas Técnicas y Económicas de los proponentes que las hayan presentado utilizando su propia cuenta de usuario con arreglo a las condiciones de uso del Portal.
21. EXAMEN DE ADMISIBILIDAD
Las ofertas ingresadas al Portal serán objeto de un examen de admisibilidad, y en caso de ser calificadas como admisibles por la Comisión Evaluadora, serán objeto de una posterior evaluación técnica y económica.
En esta instancia la Comisión Evaluadora verificará la entrega en tiempo y forma de la totalidad de los Anexos indicados en el numeral 6, constatando que no concurra ninguna de las causales de inadmisibilidad que establecen las presentes Bases.
Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no se ajusten a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley o el reglamento. Asimismo, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
En este caso, la Comisión Evaluadora considerará para efectos de la evaluación de la licitación, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás.
22. COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Le corresponde a la Comisión Evaluadora la evaluación de las ofertas presentadas.
Las propuestas técnicas y económicas de los oferentes, declaradas admisibles, serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, nombrada al efecto por medio de Resolución y conformada por tres funcionarios del Gobierno Regional del Maule.
La Comisión de Evaluación, durante el proceso de evaluación de las propuestas, podrá solicitar aclaraciones a las personas naturales o jurídicas postulantes, sin perjuicio que será responsabilidad de los proponentes el proporcionar toda la información que permita efectuar una correcta evaluación de las ofertas, de acuerdo a lo solicitado en estas bases.
Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses
con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el Reglamento. En ese sentido, y conforme al artículo 35 de la ley 19.886, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obligue a guardar confidencialidad sobre él.
Durante el periodo comprendido entre el cierre de recepción de ofertas y la fecha señalada en el calendario de la licitación para la adjudicación de cada proceso, uno o más integrantes de la Comisión Evaluadora realizarán la revisión pormenorizada de los antecedentes de cada uno de los oferentes. De dicha revisión se confeccionará una minuta o informe por cada propuesta examinada, la que será puesta a disposición de la Comisión Evaluadora. Dichas minutas formarán parte integrante del Acta de Evaluación.
Durante el periodo de evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora podrá sesionar las veces que estime pertinente, con el propósito de revisar la documentación presentada por cada oferente y las minutas o informes de evaluación confeccionadas por los revisores, a fin de asistir a un adecuado examen de estas. De cada sesión realizada, la Comisión podrá levantar un Acta de Sesión, en la que deberá exponer en forma resumida y clara lo tratado, o bien incluir dicho contenido en el Acta de Evaluación de las Propuestas que deberá levantar al finalizar el periodo de evaluación, la que deberá ser suscrita por todos sus integrantes. El proceso de evaluación tendrá el carácter de confidencial durante su realización no pudiendo los oferentes mantener contacto con el licitante por medios distintos a los previstos en estas Bases.
23. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS OFERENTES
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente por la Comisión Evaluadora, fundada en los siguientes criterios:
Propuesta Económica
(50 puntos) 50 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente que oferte un menor precio. (Anexo N°3)
Experiencia del Oferente
(20 puntos) 20 puntos. Se concederá mayor puntaje a los oferentes con más contratos de similar naturaleza a los de la presente licitación en los últimos 5 años. (Anexo N°4)
Calidad Técnica
(20 puntos) 20 puntos. Se concederá mayor puntaje a aquellos oferentes cuya oferta supere las exigencias mínimas de las Bases técnicas.
Cumplimiento de los requisitos formales
(5 puntos) 5 puntos. Se concederá el mayor puntaje al oferente que no omita requisitos y cumpla con la totalidad de los documentos exigidos.
Programa de integridad
(5 puntos) 5 puntos. Se concederá el puntaje completo a aquellas ofertas que acrediten la existencia de programas de integridad y ética empresarial
La oferta que logre en la evaluación el mayor puntaje final, como resultado de la suma de los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación, debidamente ponderados, de acuerdo con las tablas siguientes, será considerada como la más conveniente para el interés del Servicio y por ende propuesta para su adjudicación.
23.1 Propuesta Económica (50 puntos) – Precio.
Se analizará el precio que presenten las ofertas otorgándole mayor puntaje al oferente que entregue el valor más económico.
El puntaje asignado se calculará de la siguiente forma:
PROPUESTA ECONOMICA: 50 puntos
Nota = 7,00 Oferta más económica.
6,00 2da. oferta más económica
5,00 3ra. oferta más económica
4,00
3,00 4ta oferta más económica
resto de las ofertas
El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
El puntaje máximo para el presente criterio es de 50 puntos.
23.2 Experiencia del Oferente (20 puntos)
Se concederá mayor puntaje a los oferentes con más contratos de similar naturaleza a los de la presente licitación, en los últimos 5 años.
Total, de proyectos acreditados por el oferente Puntaje
20 o más proyectos 20 puntos
15 a 19 proyectos 15 puntos
10 a 14 proyectos 10 puntos
5 a 9 proyectos 5 puntos
Menos de 5 proyectos 0 puntos
Para acreditar la experiencia el oferente deberá completar el Anexo N°4 – Experiencia del oferente, adjuntando antecedentes fidedignos y verificables (Ej: órdenes de compra, contratos, etc.) que den cuenta del servicio prestado de lo contrario no será considerado en el cálculo.
El puntaje máximo para el presente criterio es de 20 puntos.
23.3 Calidad Técnica (20 puntos)
Formato Criterio
Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas Cumplimiento PUNTAJE
Producto ofertado supera los requisitos establecidos en las
especificaciones técnicas. 20 puntos
Producto ofertado cumple, pero no supera los requisitos establecidos en las especificaciones técnicas. 0 puntos
Producto ofertado no cumple los requisitos establecidos en las especificaciones técnicas. Oferta inadmisible
El puntaje máximo para el presente criterio es de 20 puntos
23.4 Cumplimiento de los requisitos formales (5 puntos)
Se concederá mayor puntaje a aquel oferente que no haya debido subsanar la omisión de requisitos formales en la presentación de su oferta.
Por el contrario, a aquel oferente que ha subsanado la omisión de requisitos formales, se le asignará puntaje de acuerdo con el siguiente cuadro:
Aspectos evaluados Puntaje
La oferta cumple con todos los requisitos formales de presentación de esta, enviando al Cierre Recepción de las Ofertas, toda la documentación requerida. 5 puntos
La oferta tiene 2 o menos errores u omisiones formales en su presentación, que han sido subsanados en su totalidad en el período de Aclaración. 3 puntos
La oferta tiene más de 2 errores u omisiones formales en su presentación que han sido subsanados en su totalidad en el período de Aclaración. 0 puntos
El puntaje máximo para el presente criterio es de 5 puntos.
23.5 Programa de integridad (5 puntos)
Los oferentes deberán declarar que su empresa cuenta con un Programa de Integridad, el cual debe ser conocido y comprendido por todo su personal. Para que el proveedor obtenga puntaje por este criterio, será necesario presentar documentación o antecedentes que respalden la existencia del programa y demuestren que este es efectivamente conocido por el personal de la empresa. La documentación proporcionada deberá incluir evidencia clara y verificable de la implementación del programa, así como de la conciencia y compromiso del personal en relación con dicho programa.
El criterio se evaluará aplicando el siguiente cuadro:
Cumple con el Criterio Descripción Puntaje
Sí El oferente presenta documentación completa que acredita la existencia de un programa de integridad y evidencia de que todo su personal tiene conocimiento de este programa (por ejemplo, evidencia de capacitación, políticas internas, etc.). 5 puntos
No El oferente no presenta evidencia suficiente de la existencia de un programa de integridad o de que el personal tenga conocimiento de este. 0 puntos
El puntaje máximo para el presente criterio es de 5 puntos.
24. CRITERIOS PARA DESEMPATE
En caso de que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo con los siguientes criterios y en estricto orden de prelación:
1) Se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje de evaluación de la Propuesta Económica.
2) Si persiste la igualdad, se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje de evaluación de la Experiencia.
3) Si persiste la igualdad, se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje en calidad técnica.
25. CONTACTOS DURANTE LA EVALUACIÓN
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los proponentes, el Gobierno Regional del Maule podrán solicitar por intermedio de foro inverso del Portal Mercado Público, durante el proceso de evaluación, aclaraciones técnicas y/o económicas y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones formales, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad de los oferentes.
Las respuestas las deberá entregar el oferente por medio del foro inverso del Portal Mercado Público, referidas solamente a los puntos solicitados, hasta 48 horas posteriores al ingreso de la consulta en el Portal por parte del Gobierno Regional del Maule, según se dispone en el numeral 13 de las presentes bases.
26. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Comisión de Evaluación recomendará adjudicar la licitación en favor de aquel oferente que haya obtenido el mayor puntaje por aplicación de lo establecido en el numeral 23 de las presentes Bases.
El puntaje total de cada oferente se expresará con dos decimales.
Estos elementos se incluirán en un cuadro comparativo que será parte del Informe de Evaluación.
En casos debidamente justificados, la Comisión podrá recomendar declarar desierta la presente licitación debido a que ningún oferente garantiza en forma satisfactoria cumplir en calidad y tiempo la provisión del servicio requerido.
La adjudicación de la licitación se hará mediante resolución de la autoridad facultada para ello, debidamente notificada a través del Sistema de Información.
27. NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La resolución que adjudique la Licitación será notificada al oferente que resulte adjudicado, a través de la página www.mercadopublico.cl
Posteriormente, el encargado de esta licitación en la Unidad de Abastecimiento del Departamento de Administración enviará un correo electrónico al adjudicatario, comunicándole que deberá presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado desde dicha comunicación. Una vez presentada la garantía, el Gobierno Regional del Maule remitirá al adjudicatario el texto del contrato para su suscripción, disponiendo éste de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado desde la fecha de su envío, para suscribirlo y remitirlo debidamente firmado.
Recibido el contrato debidamente suscrito por el adjudicatario, ya sea ante notario en tres ejemplares o mediante firma electrónica avanzada, el Gobierno Regional procederá a su aprobación mediante resolución. El contrato comenzará a regir una vez que dicha resolución se encuentre totalmente tramitada y haya sido debidamente notificada al contratista mediante su publicación en el portal del Sistema de Información.
En caso de que el adjudicatario incurra en cualquiera de las inhabilidades para contratar, no se encuentre hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no entregue las declaraciones juradas, no entregue la documentación señalada en numeral 8, entregue documentos falsos, no acepte la Orden de Compra emitida, retire o modifique su oferta, se entenderá que éste no acepta la adjudicación.
En esta situación el Servicio licitante podrá readjudicar la propuesta y para ello la Comisión Evaluadora realizará el ofrecimiento al proponente cuya oferta le siga en puntaje, quien deberá pronunciarse en el plazo que al efecto se le indique.
El acto administrativo que deje sin efecto la adjudicación respecto del adjudicado afectado, procederá también a readjudicar la licitación, o en su caso la declarará desierta.
En caso de que se proceda a readjudicar al oferente que corresponda de acuerdo al orden establecido en el Acta de Evaluación, para proceder con la contratación, éste deberá hacer entrega de la documentación correspondiente, antes del envío de la Orden de Compra.
28. CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El Oferente adjudicatario no podrá transferir los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la contratación referida a la presente licitación, para resguardo del interés del Servicio. Lo anterior se entiende sin perjuicio que una norma legal especial permita expresamente la cesión de derechos y obligaciones.
Los documentos justificativos de los créditos que de ellos emanen serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
El contratante podrá concertar con terceros la ejecución parcial del contrato, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 15 de la ley 19.886 y en el 128 del Decreto Hacienda N°661/2024.
Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad y la obligación del cumplimiento del contrato permanecerá siempre en el contratista adjudicado.
El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el contratista principal deberá acreditar que éste cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior.
29. PLAZO.
El contratista dispondrá de un plazo máximo de dos meses para la ejecución íntegra de los trabajos, contado desde la fecha en que la resolución que aprueba el contrato se encuentre totalmente tramitada y haya sido notificada al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información.
30. VALOR DEL SERVICIO Y FORMA DE PAGO.
El pago del contrato se efectuará mediante estados de pago mensuales, determinados en función del avance físico efectivo de los trabajos ejecutados durante el período respectivo y debidamente aprobado por la Contraparte Técnica.
Los pagos se efectuarán dentro de los 30 días siguientes a la recepción de los trabajos, aprobación del Gobierno Regional, contra presentación de la factura emitida a nombre del Gobierno Regional del Maule, RUT N°72.227.000-2, previa recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica y que el contratado hubiere dado cabal cumplimiento a las obligaciones previsionales, laborales y sociales a que el contratado estuviere afecto dentro de los plazos que la ley establece, debiendo exhibir el comprobante del pago de las mismas.
En consecuencia, el Departamento de Finanzas del Gobierno Regional del Maule deberá efectuar el pago que corresponda únicamente teniendo a la vista la resolución de adjudicación, la orden de compra emitida y aceptada, la factura visada, el comprobante de pago de las obligaciones laborales y previsionales y la recepción conforme por parte de la contraparte técnica.
El precio del contrato será el que se indique en la resolución de adjudicación, producto de la oferta seleccionada; se expresará en pesos, moneda nacional e incluirá todos los gastos en los términos señalados en estas bases, impuestos incluidos.
31. MULTAS.
El Servicio podrá aplicar, en forma administrativa, multas al proveedor contratado, cuando éste no cumpla con el servicio contratado, salvo caso fortuito o fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica. El tope de las multas a aplicar será del 20% del precio total del contrato.
Las causas que harán procedente la aplicación de multa y los montos aplicables son los que se especifican a continuación:
N° CAUSAL MULTA APLICABLE
1 Atraso en el plazo de ejecución.
Retraso imputable al contratista en la entrega, instalación, puesta en marcha y demás trabajos asociados, respecto del plazo establecido en las Bases. 1% del monto total del contrato por cada día corrido de atraso
2 Incumplimiento de instrucciones de la Contraparte Técnica.
No ejecutar dentro del plazo otorgado una instrucción u observación impartida por escrito destinada a corregir deficiencias o incumplimientos contractuales. 1% del monto total del contrato por cada incumplimiento.
3 Incumplimiento de medidas de seguridad.
Ejecución de trabajos sin los EPP, líneas de vida, andamios certificados, equipos de izaje u otras medidas de seguridad exigidas por las Bases o la normativa vigente. 2% del monto total del contrato por cada incumplimiento.
4 Ejecución de trabajos por personal no autorizado. 1% del monto total del contrato por cada evento.
5 Daños a bienes del Gobierno Regional.
Daño imputable al contratista, sus trabajadores o subcontratistas a la fachada, instalaciones, mobiliario, equipos, logo institucional u otros bienes del Gobierno Regional durante la ejecución del contrato. 1% del monto total del contrato por cada evento, sin perjuicio de la obligación de reparar o reponer íntegramente el bien dañado.
6 Daños a bienes de terceros.
Daño imputable al contratista, sus trabajadores o subcontratistas a vehículos, inmuebles, equipos u otros bienes pertenecientes a terceros. 1% del monto total del contrato por cada evento, sin perjuicio de la responsabilidad de reparar o indemnizar los daños causados.
7 Accidente del trabajo derivado del incumplimiento de medidas de seguridad.
Ocurrencia de un accidente del trabajo respecto del cual se constate que el contratista incumplió las medidas de prevención, protección o seguridad que le eran exigibles. 2% del monto total del contrato por cada accidente.
8 Lesiones a terceros.
Lesiones o afectación a la integridad física de funcionarios, usuarios, peatones u otros terceros, cuando sean consecuencia de acciones u omisiones imputables al contratista durante la ejecución de los trabajos. 2% del monto total del contrato por cada evento.
9 Intervención no autorizada de la estructura del edificio.
Efectuar perforaciones, cortes, soldaduras u otras intervenciones en elementos estructurales primarios sin autorización previa y escrita del Gobierno Regional. 2% del monto total del contrato por cada evento, sin perjuicio de la obligación de reparar los daños.
10 Incumplimiento en la entrega de documentación final.
No entregar dentro del plazo correspondiente certificados, memoria de cálculo, planos as-built, TE1, manuales, garantías u otros antecedentes exigidos durante la ejecución de los trabajos. 0,5% del monto total del contrato por cada día corrido de atraso.
11 Incumplimiento de las obligaciones asociadas a la garantía: No atender, reparar, reponer o subsanar, dentro de los plazos establecidos en las Bases o en el plazo otorgado por la Contraparte Técnica, las fallas, desperfectos, defectos o deficiencias cubiertas por la garantía de los equipos, componentes, instalación o trabajos ejecutados. 1% del monto total del contrato por cada día corrido de atraso.
El proveedor deberá pagar la multa directamente en el Departamento de Finanzas del Servicio, debiendo otorgarse recibo para tal efecto. Se podrá realizar también un depósito en la Cuenta Corriente del Gobierno Regional del Maule N°43509108936 del Banco Estado.
Lo anterior es sin perjuicio de la facultad del Servicio de hacer efectiva las multas con cargo a la garantía de fiel cumplimiento, sólo respecto de aquella parte que cubre el valor de ésta, debiéndose restituir la diferencia al contratista.
Pago en efectivo: generada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas. El proveedor en este caso debe acudir a Tesorería con el dinero en efectivo y se le otorga un comprobante de ingreso manual y con la otra copia del ingreso y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable de Sigfe.
Pago por transferencia: generada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas con el respectivo comprobante de transferencia a Tesorería, en esta Unidad se le otorgará un comprobante de ingreso manual entregando una copia al proveedor y con la otra copia y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable en Sigfe.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad del Servicio de poner término anticipado al contrato.
32. CONTRAPARTE TÉCNICA.
La contraparte técnica estará a cargo y será desempeñada por un/una funcionario/a del Gobierno Regional del Maule.
Este/a funcionario/a tendrá la función de supervisar la calidad y el cumplimiento integral del servicio, velando, por el eficiente desarrollo de la contratación. Lo anterior, sin perjuicio de que podrá asesorarse por funcionarios/as del Gobierno Regional del Maule o profesionales de otros servicios de la Administración, con conocimientos o experticia en las materias vinculadas con aspectos técnicos de la prestación del servicio.
Dentro de sus funciones específicas se encuentran las siguientes:
Orientar al proveedor contratado en la solución de problemas que afecten directamente el cumplimiento de los objetivos del servicio;
Efectuar el seguimiento y control de la prestación del servicio y velar porque el mismo se desarrolle conforme a los términos del respectivo contrato, las Bases Administrativas y Técnicas que lo integran;
Mantener comunicación permanente con el prestador, acordando con éste las reuniones que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones y la buena marcha de los servicios contratados y las fechas para el desarrollo del servicio;
Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes bases y que en la ejecución del servicio el proveedor se ciña estrictamente a las exigencias establecidas en las presentes Bases, las Bases Técnicas y demás documentos que integran la contratación entre el Gobierno Regional y el proveedor del servicio;
Requerir y recibir los servicios licitados para dar curso al pago correspondiente, formular observaciones y, en su caso, dar visto bueno a la subsanación de estas, aprobar, cuando corresponda las actividades acreditadas por el prestador, en conformidad con la contratación.
Requerir, en su oportunidad, la factura o boleta correspondiente, preparar el legajo de documentos que, junto a la respectiva factura respaldan el pago, solicitar a la jefatura del Departamento de Administración autorización para el pago y entregar a la jefatura que corresponda, tales documentos, a objeto de que se curse el pago de la cuota respectiva, de acuerdo a los procedimientos internos del Servicio;
Informar fundadamente y por escrito a la jefatura de la División de Administración y Finanzas, de eventuales incumplimientos del proveedor, de los atrasos, u otras circunstancias que, en conformidad con las presentes Bases, puedan dar origen a multas o a la terminación anticipada del contrato;
Realizar la recepción de los servicios estipulados en las presentes bases de licitación, una vez revisados y terminados dar tramitación al pago y multas impuestas en su caso.
33. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite durante la provisión del servicio serán presentadas a la contraparte técnica.
La contraparte técnica deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual puede abrir un periodo probatorio, de oficio o a petición de parte. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días, ni superior a 30 días. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitarse informes de especialistas, de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser funcionarios del Gobierno Regional del Maule o externos.
34. OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL PROVEEDOR CON SUS TRABAJADORES
El proveedor será, por los trabajadores que se desempeñen en los servicios que son objeto de las presentes Bases, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, tribunales de justicia, organismos previsionales y en general, ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones legales y contractuales que le afecten en dicha calidad. De este modo, se deja expresa constancia que el Gobierno Regional del Maule se encuentra exento de toda responsabilidad que pudiere derivar de dicha relación laboral, como asimismo de cualquier hecho imputable al proveedor y a consecuencia del cual se produzcan lesiones o daños en las personas o bienes de los trabajadores del proveedor.
35. SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
A objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 41 N°10, del Reglamento de la Ley de Compras, el proveedor adjudicado deberá acompañar un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales respecto de su personal, expedido por la Dirección del Trabajo, u otro documento idóneo, el cual será presentado al momento de la formalización de la contratación.
Asimismo, en caso de que la empresa que obtiene licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Gobierno Regional del Maule deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
El Gobierno Regional del Maule exigirá que el proveedor proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes, planillas u otros antecedentes idóneos que demuestren el total cumplimiento de la obligación, y su incumplimiento dará derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato.
36. TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
De acuerdo con el Art. 13 Bis de la Ley de Compras Públicas, el servicio contratado podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, el Gobierno Regional del Maule sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
h) En caso de disconformidad del servicio prestado según informe fundado de la contraparte técnica.
Las demás causales establecidas en la ley.
Para efectos de la aplicación de la causal de término anticipado indicada en la letra c) precedente, se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, lo siguiente:
a) Incurrir en multas que conjunta o separadamente alcancen el 20% del monto del contrato.
37. PROCEDIMIENTO EN CASO DE APLICACIÓN DE MEDIDAS FRENTE A INCUMPLIMIENTOS.
Detectada una situación susceptible de aplicación de las medidas frente a incumplimientos del numeral 31 y/o 36 de las presentes Bases, conforme al artículo 140 del reglamento de la ley 19.886, el Gobierno Regional notificará al adjudicatario al correo electrónico fijado en el anexo N°1, indicando los hechos que ameritan la aplicación de una medida y adjuntando los antecedentes que se estimen pertinentes. A contar de esa fecha, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Se deja expresa constancia que es responsabilidad de los proveedores mantener dicha dirección de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio al Gobierno Regional del Maule.
Vencido el plazo sin presentar descargos, el Gobierno Regional del Maule dictará un acto administrativo aplicando la medida que corresponda.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Gobierno Regional, tendrá un plazo de hasta treinta (30) días hábiles a contar de la recepción de estos, para rechazarlas o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará mediante un acto administrativo, que se notificará personalmente o por carta certificada y se publicará oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados al Gobierno Regional del Maule por el incumplimiento del contrato, éste estará facultado para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.
38. RECURSOS.
En contra de la resolución señalada en el numeral anterior, procederán los recursos que dispone la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Gobierno Regional resolverá dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente el recurso.
39. LEGISLACIÓN SUPLETORIA DE LAS BASES.
Las presentes Bases de Licitación, en todo aquello que no se encuentre expresamente regulado, se entenderán complementadas por las disposiciones establecidas en la Ley N°19.886 y su reglamento, el Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda.
En caso de contradicción o discrepancias entre las presentes Bases de Licitación, con lo dispuesto en la Ley N°19.886, y el Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, prevalecerán las estipulaciones contenidas en dicha Ley y Decreto.
40. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
1. En casos muy calificados y debidamente fundados, se podrá convenir de común acuerdo con el proveedor una modificación de los servicios contratados. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero ni dar como resultado un contrato de naturaleza diferente.
No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna
unidad de suministro o servicio puntual.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
(i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.
(ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.
(iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
(iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente artículo, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
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BASES TÉCNICAS |
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BASES TÉCNICAS
"ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE PANTALLA LED PARA EL EDIFICIO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE"
1. GENERALIDADES Y OBJETO DE LA ADQUISICIÓN
1.1. Generalidades
Las presentes Especificaciones Técnicas fijan las condiciones mínimas que deberán cumplir las ofertas para la adquisición de una pantalla LED exterior destinada al edificio del Gobierno Regional del Maule. Su finalidad es establecer un marco técnico común para la evaluación de las propuestas, resguardando que la solución ofertada sea adecuada para uso exterior, segura y compatible con el lugar de instalación.
La solución deberá considerar las condiciones propias de una instalación en fachada, incluyendo la seguridad de las personas, la continuidad operacional del edificio, la protección de los bienes existentes y el cumplimiento de la normativa aplicable.
La pantalla deberá ser apta para funcionamiento permanente en ambiente exterior y considerar una dimensión referencial mínima de 6,00 metros de ancho por 4,00 metros de alto, o una superficie útil equivalente no inferior a 24 m².
1.2. Objeto de la Adquisición
El objeto de la adquisición es contratar una solución integral para contar con una pantalla LED exterior instalada, configurada y en funcionamiento en la fachada del edificio del Gobierno Regional del Maule.
La contratación comprende una modalidad de entrega completa, por lo que el adjudicatario deberá ejecutar las actividades necesarias para que el sistema quede disponible para su uso por parte del Mandante, conforme a las presentes bases y a la oferta adjudicada.
1.3. Visita Técnica en Terreno.
Los oferentes deberán realizar una visita técnica al lugar de emplazamiento, con el objeto de conocer y evaluar las condiciones existentes necesarias para formular su oferta y desarrollar la solución técnica. Esta Inspección Técnica sobre la fachada del edificio del GORE Maule, previa a la presentación de sus ofertas, tiene por objeto verificar las condiciones reales de anclaje, trazado de canalizaciones eléctricas y accesibilidad para montaje en altura. El Acta de Visita a Terreno se adjuntará a la ficha de la Licitación una vez esta sea realizada y antes del cierre.
2. ALCANCE DEL SUMINISTRO
El alcance del suministro comprende, como mínimo, la provisión de la pantalla LED y sus componentes, el sistema de soporte y fijación, la instalación eléctrica, el sistema de control y operación, el transporte, montaje, configuración, pruebas, marcha blanca, capacitación, garantías, certificaciones y documentación final. Asimismo, deberán incluirse todos los elementos y trabajos indispensables para entregar una solución completa, segura, certificada y operativa, aun cuando no se encuentren expresamente individualizados.
2.1. Reubicación de logo institucional existente.
El proveedor deberá considerar dentro de su oferta el desmontaje, traslado y reinstalación del logo institucional existente del Gobierno Regional del Maule, actualmente ubicado en el sector destinado a la instalación de la pantalla LED.
La reubicación deberá efectuarse dentro del mismo espacio o fachada, en una posición que será definida y coordinada con el Mandante, de manera de permitir la correcta instalación de la nueva pantalla LED.
El alcance deberá considerar, como mínimo:
• Desmontaje cuidadoso del logo institucional y de todos sus elementos componentes.
• Protección y resguardo de los elementos desmontados durante la ejecución de los trabajos.
• Traslado del logo a su nueva ubicación dentro del mismo sector.
• Ejecución de las estructuras, soportes, fijaciones y elementos necesarios para su correcta reinstalación.
• Adecuación o modificación de los elementos de soporte existentes, cuando corresponda.
• Reconexión de los elementos eléctricos existentes asociados al logo, cuando corresponda.
• Reparación y terminación de las superficies que pudieran resultar intervenidas o afectadas producto del desmontaje y reinstalación.
• Verificación del correcto funcionamiento del logo una vez reinstalado, cuando corresponda.
El proveedor deberá realizar previamente un levantamiento en terreno de las condiciones existentes y considerar todos los trabajos, materiales, equipos, medios auxiliares y mano de obra necesarios para ejecutar la reubicación en forma completa.
La nueva ubicación deberá ser previamente coordinada y aprobada por el Mandante, procurando mantener la adecuada visibilidad, correcta presentación y condiciones de seguridad del logo institucional.
Cualquier daño ocasionado al logo institucional o a sus componentes durante las labores de desmontaje, traslado o reinstalación será de responsabilidad del proveedor, quien deberá efectuar su reparación o reposición, según corresponda, sin costo adicional para el Mandante.
Se entenderá que todos los trabajos necesarios para habilitar el espacio destinado a la instalación de la pantalla LED, incluyendo la reubicación del logo institucional existente, forman parte del alcance del suministro y deberán ser considerados en la oferta económica del proveedor.
2.2. Pantalla LED: Suministro de una pantalla LED de exterior, incluyendo módulos LED, gabinetes, fuentes de alimentación, tarjetas de recepción, sistemas de control, procesador/escalador de video, software CMS de gestión remota y todos los componentes necesarios para su correcto funcionamiento.
2.3. Sistema de soporte y fijación: La totalidad de los elementos necesarios para soportar y fijar la pantalla a la fachada, incluyendo estructura metálica, perfiles, placas, elementos de unión, pernos, anclajes y demás componentes. El sistema deberá ser definido de acuerdo con las condiciones reales mediante levantamiento técnico previo y contará con cálculo y respaldo estructural firmado por un Ingeniero Civil Calculista bajo las normas NCh432, NCh433 y NCh2369 y NCh3171 (combinaciones de carga).
En general El diseño deberá considerar las acciones permanentes, sísmicas, de viento y demás solicitaciones aplicables, conforme a la normativa chilena vigente y demás normas técnicas que correspondan al tipo de estructura y solución propuesta.
2.4. Sistema de alimentación eléctrica y certificaciones: Alimentación eléctrica independiente y exclusiva para la pantalla y sus equipos asociados bajo los Pliegos Técnicos Normativos RIC de la SEC, incluyendo tableros (TDA exclusivo), protecciones magnetotérmicas, diferenciales, supresores de sobretensiones transitorias, conductores, canalizaciones, puesta a tierra y la tramitación y entrega de la declaración TE1 aprobada por la SEC. En general la alimentación eléctrica debe ser independiente, segura, dimensionada y certificada conforme a la normativa vigente.
2.5. Sistema de control y operación (CMS): Equipos independientes profesionales para el control, administración, escalamiento y reproducción de contenidos, incluyendo procesadores de video, controladores, tarjetas de envío/recepción con lazo de redundancia de señal (loop de respaldo), software CMS con arquitectura cliente-servidor o cloud y accesorios para operación local y remota segura.
2.6. Transporte, logística y montaje en altura: Transporte de todos los equipos, estructuras, materiales y componentes hasta el lugar de instalación, incluyendo carga, descarga, traslado interno, andamios, camiones pluma, equipos de izaje y logística necesaria bajo estrictas condiciones de seguridad y personal certificado para trabajo en altura.
2.7. Configuración, marcha blanca y puesta en marcha: Una vez finalizada la instalación física y eléctrica, el proveedor ejecutará la configuración, parametrización, calibración de brillo/color y una marcha blanca obligatoria de 72 a 120 horas continuas de operación normal y pruebas de stress para verificar la estabilidad del sistema antes de la entrega formal.
2.8. Documentación, capacitación y entrega final: Entrega de documentación técnica as-Built en formato digital y físico, incluyendo manuales de operación, memorias de cálculo firmadas, planos finales editables, certificado TE1 de la SEC, pólizas de garantía técnica integral de 12 meses, acuerdos de nivel de servicio (SLA) y actas de capacitación teórico-práctica realizada.
2.9. Consideraciones generales del alcance: Se entenderán incluidos todos aquellos elementos, materiales, accesorios, trabajos y servicios que, aun cuando no se encuentren expresamente individualizados, sean necesarios para que la pantalla LED quede correctamente instalada, segura, certificada ante los organismos competentes y plenamente operativa. No se aceptarán cobros adicionales por elementos indispensables.
3. CARACTERÍSTICAS ESPECIFICAS DE LA ADQUISICIÓN DE LA PANTALLA LED Y LOS TRABAJOS A CONSIDERAR EN LA INSTALACION Y PUESTA EN MARCHA.
3.1. Características generales y aptitud exterior
La pantalla LED deberá estar diseñada y fabricada para uso permanente en condiciones exteriores de alta exigencia, siendo apta para operar de manera continua (24/7) y confiable bajo las condiciones ambientales de la zona. La pantalla deberá ser una solución modular, conformada por módulos LED instalados en gabinetes o estructuras modulares, permitiendo su montaje, desmontaje, inspección y mantenimiento de manera eficiente.
Las dimensiones generales de la pantalla serán de un mínimo de 6,00 m de ancho por 4,00 m de alto, con una superficie útil no inferior a 24 m². La configuración final de módulos y gabinetes deberá permitir obtener una superficie uniforme, continua y correctamente alineada, sin diferencias apreciables ni separaciones entre módulos cuando la pantalla se encuentre en funcionamiento.
El sistema de pantalla LED deberá ser estrictamente de Acceso/Mantenimiento Frontal (Front Service) mediante un sistema de mantenimiento frontal diseñado por el fabricante, utilizando las herramientas y procedimientos correspondientes. Los gabinetes deberán contar con un índice de protección probado y certificado de mínimo IP65 tanto en su cara frontal como en su cara posterior (IP65/IP65), el oferente deberá adjuntar certificados emitidos por laboratorios acreditados que respalden el grado de protección IP ofertado. No se aceptarán declaraciones simples del fabricante.
Dado que el montaje es adosado a fachada, el sistema de disipación térmica interna debe ser mediante radiadores/chasis de aluminio fundido (die-cast) o pasivo sin entrada directa de aire contaminado/húmedo a la electrónica sensible, o en su defecto, contar con conectores y compartimentos con sellado estanco e independizado IP65.No se aceptarán soluciones que requieran desarmar la estructura o acceso posteriores permanente para labores de mantenimiento habitual.
3.2. Sistema de mantenimiento frontal y modularidad
Debido a que la pantalla será instalada directamente sobre la fachada del edificio y no se dispondrá de acceso posterior, ésta deberá ser obligatoriamente de mantenimiento y servicio frontal (Front Service). Todos los componentes esenciales que requieran inspección, sustitución, reparación o mantenimiento periódico (incluyendo obligatoriamente módulos LED, fuentes de poder y tarjetas receptoras) deberán ser accesibles y extraíbles desde la cara frontal utilizando herramientas específicas suministradas por el proveedor.
El oferente deberá indicar en su propuesta el sistema de mantenimiento frontal utilizado, el procedimiento para el desmontaje, las herramientas especiales requeridas y las distancias mínimas para las labores. No se aceptarán soluciones que restrinjan el cambio de componentes críticos al acceso posterior. Los módulos de reemplazo deberán mantener absoluta compatibilidad cromática y funcional con el sistema de control y configuración de la pantalla.
3.3. Uniformidad e Identificación
La superficie frontal presentará una terminación uniforme y continua, libre de deformaciones, desniveles o separaciones que afecten la calidad de imagen. El sistema incorporará mecanismos de calibración que aseguren la homogeneidad visual durante toda su vida útil. Asimismo, incorporará los sistemas de protección, ventilación y disipación térmica necesarios para mantener los componentes dentro de los rangos térmicos seguros del fabricante. El oferente deberá identificar claramente en su propuesta la marca, modelo y fabricante de la pantalla, módulos y componentes electrónicos ofertados, acompañando las fichas técnicas oficiales de fábrica. No se aceptará la presentación de características genéricas o marcas innominadas.
En general La pantalla deberá contar con los sistemas de disipación térmica y gestión de temperatura necesarios para garantizar el funcionamiento de sus componentes dentro de los rangos establecidos por el fabricante.
El fabricante de la pantalla LED deberá acreditar experiencia mínima de cinco (5) años en fabricación de pantallas LED de exterior y contar con certificación ISO 9001 vigente.
4. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS MÍNIMAS DE LOS MÓDULOS LED
4.1. Tecnología LED: Los módulos deberán utilizar tecnología LED SMD (Surface Mount Device) con encapsulado tipo SMD 1921 o SMD 2727 de alta durabilidad, Los diodos LED deberán ser de fabricantes reconocidos debiendo acreditarse mediante ficha técnica oficial. Además, deberán contar con tecnología de conducción interna de cobre o superior, garantizando uniformidad de la luminosidad y color durante la vida útil. Los módulos LED deberán contar con tratamiento de protección cromaticofóbica y tropicalizado (Conformal Coating) en sus placas PCB para prevenir sulfatación por humedad ambiental.
4.2. Pixel Pitch: Se aceptarán soluciones de pantalla LED con Pixel Pitch de hasta P4.8 mm o inferior, siempre que la configuración ofertada permita cumplir adecuadamente con las condiciones de visualización para el proyecto. En consecuencia, no quedarán fuera de bases las ofertas que presenten Pixel Pitch P4.8 mm o menor, debiendo el oferente declarar expresamente el valor ofertado y acompañar la ficha técnica correspondiente.
4.3. Resolución de la Pantalla: La resolución total deberá corresponder a la configuración final de módulos ofertada para la superficie de la pantalla y deberá ser calculada y detallada de forma expresa en sentido horizontal y vertical en la propuesta técnica.
4.4. Brillo y Regulación Automática: Se exige un brillo nominal calibrado mínimo de ≥ 6.000 cd/m² (nits). Los módulos deberán incluir máscaras frontales (louvers) anti-reflejo con acabado negro de alto contraste y polímero resistente a rayos UV. El sistema dispondrá obligatoriamente de un sensor de luz ambiental externo de grado industrial (IP67), conectable al procesador/tarjeta de envío, permitiendo curvas de regulación de brillo programables por software (automático y manual) para cumplir con las normativas locales de contaminación lumínica y evitar encandilamientos nocturnos.
El brillo mínimo exigido deberá mantenerse con un factor de uniformidad ≥95% en toda la superficie de la pantalla.
4.5. Frecuencia de Actualización (Refresh Rate): La pantalla contará con una frecuencia de actualización mínima de 3.840 Hz medida a brillo máximo, recomendándose 7.680 Hz o superior e incorporará IC Drivers con tecnología PWM (Pulse Width Modulation) para asegurar una reproducción estable, libre de parpadeos (flicker-free) ante registros de cámaras profesionales.
4.6. Escala de Grises: Escala de grises mínima de 16 bits reales, medida en condiciones de operación normal y compatible con HDR.
4.7. Ángulo de Visión: Ángulo de visión horizontal y vertical no inferior a 140°, garantizando la visualización correcta desde las diferentes posiciones peatonales y vehiculares frente a la fachada.
Por otra parte, la relación de contraste mínima: ≥ 6.000:1 para garantizar óptima visualización en condiciones de alta luminosidad ambiental.
4.8. Uniformidad Cromática y de Luminosidad: El sistema incorporará mecanismos de calibración por pixel/módulo que permitan corregir y mantener la uniformidad cromática y de luminosidad a lo largo de los años de operación.
4.9. Grados de Protección Ambiental (IP): Cara frontal y cara posterior con grado de protección probado y certificado no inferior a IP65 (IP65/IP65) frente al ingreso de partículas de polvo y agua en condiciones de intemperie permanente sobre fachada.
4.10. Vida Útil: Los diodos LED presentarán una vida útil declarada de al menos 100.000 horas bajo condiciones nominales de operación, respaldado mediante documentación técnica oficial de fábrica.
4.11. Homogeneidad del Lote (Batch): Todos los módulos que conformen la pantalla deberán pertenecer al mismo lote de fabricación (mismo batch) para asegurar la homogeneidad visual total, prohibiéndose la mezcla de módulos de diferentes partidas de producción.
5. GABINETES, ESTRUCTURA Y SISTEMA DE MONTAJE
5.1. Gabinetes de la pantalla
La pantalla estará conformada por gabinetes modulares rígidos, estables y diseñados para exterior, que mantengan la perfecta alineación geométrica de la superficie. Los gabinetes serán 100% compatibles con el sistema de mantenimiento frontal, permitiendo la extracción de módulos, fuentes de poder y tarjetas de control directamente desde la cara frontal sin desmontar la estructura de soporte. Los elementos metálicos del gabinete deberán contar con tratamientos anticorrosivos avanzados de fábrica, tales como galvanizado en caliente, pintura epóxica o aluminio inyectado de alta resistencia. El oferente detallará las dimensiones, peso unitario, cantidad y peso total de la pantalla en su propuesta técnica.
5.2. Estructura de soporte y cálculo de ingeniería
El Adjudicatario proveerá e instalará una estructura metálica independiente de soporte diseñada para fijar la pantalla a la fachada del edificio. Previamente a la fabricación e instalación de dicha estructura, el contratista deberá presentar a la Contraparte Técnica una Memoria de Cálculo Estructural firmada por un Ingeniero Civil Calculista. Este diseño de ingeniería deberá realizarse calculando rigurosamente las cargas por peso propio, acciones sísmicas bajo normativas vigentes NCh433 y NCh2369, y el empuje de viento conforme a la norma chilena NCh432 y NCh3171 (combinaciones de carga). Todos los perfiles, anclajes y uniones soldados o pernos ejecutados en terreno deberán contar con tratamiento anticorrosivo galvanizado en caliente por inmersión (según norma ASTM A123 / ISO 1461 con espesor mínimo de 80 µm) o esquema de pintura industrial epóxica-poliuretano de alto espesor (mínimo 240 µm total) apto para ambiente C3/C4.Queda estrictamente prohibido el uso de anti-óxido sintético convencional como también queda estrictamente prohibido efectuar perforaciones, cortes o soldaduras en elementos estructurales primarios del edificio sin la autorización previa y por escrito del Mandante.
5.3. Levantamiento y condiciones de seguridad
El contratista realizará un levantamiento técnico exhaustivo en terreno antes del diseño final, verificando dimensiones reales, materialidad y ubicación de elementos resistentes del edificio. El sistema de montaje incorporará elementos de seguridad secundarios (como piolas de acero de seguridad o fijaciones redundantes) para mitigar y evitar riesgos de desprendimiento o caída de componentes ante eventos sísmicos o vientos extremos. La configuración estructural respetará las condiciones del mantenimiento frontal sin obstruir el cambio de componentes desde el frente.
6. SISTEMA DE CONTROL, PROCESAMIENTO Y REPRODUCCIÓN DE CONTENIDOS
6.1. Procesamiento y conectividad de video
El contratista deberá proveer e instalar un sistema de control y procesamiento de video profesional e independiente (escalador/procesador de video) compatible con la resolución nativa de la pantalla LED. El equipo de procesamiento deberá soportar escalamiento en tiempo real, corte/crop de imagen, función Picture-in-Picture (PiP) y contar con conectividad física para señales digitales de alta resolución, incluyendo como mínimo los siguientes puertos de entrada/salida modernos: HDMI 2.0 (o superior), DVI, 3G-SDI / 12G-SDI y puertos Ethernet RJ45 o Fibra Óptica para la transmisión robusta de datos hacia la pantalla. Para asegurar la continuidad de la transmisión, el sistema de control de la pantalla deberá implementar obligatoriamente un lazo de redundancia de señal (loop de respaldo de datos) entre las tarjetas receptoras (receiving cards), de modo que si
un cable de datos o tarjeta falla, la pantalla continúe operando con la señal de respaldo de forma automática.
El procesador de video deberá corresponder a un equipo profesional de fabricantes reconocidos como NovaStar, Colorlight, Brompton, Megapixel o equivalente técnicamente superior.
6.2. Software de Gestión de Contenidos (CMS)
Se deberá suministrar un Software CMS profesional con arquitectura Cliente-Servidor o Cloud de Gestión Remota Segura. Este software deberá ser entregado con licencias de carácter perpetuo y definitivo, sin costo de suscripción, renovación anual ni cobros recurrentes de ningún tipo para el Mandante. El software CMS deberá permitir, como mínimo: la programación de escaletas de reproducción automatizadas por horarios, días y fechas; el monitoreo gráfico en tiempo real del estado de salud de la pantalla (temperatura interna, fallas en fuentes de poder, presencia de señal); control de encendido y apagado automático por software para la sostenibilidad energética del edificio; y compatibilidad nativa con sistemas operativos Windows 11 Pro o Linux.
El Software CMS y los equipos de reproducción deberán implementar protocolos de comunicación encriptada (HTTPS, SSL/TLS, SSH) y autenticación de doble factor (2FA). Se prohíbe el uso de conexiones remotas mediante softwares de escritorio remoto gratuitos o no seguros (tipo AnyDesk/TeamViewer no corporativos). Si la gestión es vía Cloud/Internet, el reproductor medio player debe contar con almacenamiento local seguro (fallback) para mantener la lista de reproducción local en caso de pérdida de enlace a Internet, impidiendo pantallas en negro o mensajes de error del sistema operativo.
La plataforma CMS deberá permitir la administración simultánea de múltiples usuarios con perfiles y permisos diferenciados
7. INSTALACIÓN ELÉCTRICA Y CERTIFICACIONES SEC
7.1. Generalidades de la instalación y Tablero
El contratista deberá ejecutar el diseño, suministro, canalización, cableado, conexión y pruebas de una alimentación eléctrica totalmente independiente y exclusiva para la pantalla LED y sus sistemas de control asociados desde el punto de empalme o tablero general definido por la institución. La instalación deberá dar estricto cumplimiento a la normativa eléctrica chilena vigente y a los Pliegos Técnicos Normativos RIC emitidos por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). La pantalla LED contará con un Tablero de Distribución de Alumbrado y Fuerza (TDA) exclusivo, independiente y cerrado. Este tablero deberá incorporar obligatoriamente protecciones magnetotérmicas para sobrecorrientes y cortocircuitos, protecciones differentials de alta sensibilidad coordinadas con las corrientes de fuga de la electrónica LED, y Dispositivos Supresores de Sobretensiones Transitorias (DPS Clase II) en todas las fases para resguardar componentes electrónicos contra descargas atmosféricas o variaciones de voltaje. El Tablero de Distribución de Alumbrado y Fuerza (TDA) exclusivo deberá incorporar un sistema de encendido/arranque secuencial automatizado por etapas (Power Sequencer) para evitar los picos de corriente de inserción (Inrush Current) durante el arranque de las fuentes de poder. Las protecciones diferenciales deberán ser Superinmunizadas (Tipo A o Tipo F / B), diseñadas específicamente para cargas electrónicas con variadores de frecuencia y fuentes conmutadas, garantizando la selectividad y continuidad operativa sin disparos intempestivos por corrientes de fuga o armónicos. Asimismo, se exigirá la instalación de un filtro activo/pasivo o choque de armónicos si la medición en marcha blanca supera los límites normativos del pliego RIC N°03.
7.2. Dimensionamiento, Eficiencia y Certificación SEC (Trámite TE1)
Los conductores y canalizaciones (metálicas rígidas o de alta protección mecánica expuestas) se dimensionarán calculando caída de tensión y factores de corrección. Para garantizar la eficiencia energética de la solución instalada, se fijan los siguientes parámetros límites de consumo eléctrico máximo:
- Consumo Eléctrico Máximo: ≤ 750 W/m² (total pantalla ≤ 18 kW).
- Consumo Eléctrico Promedio: ≤ 250 W/m² (total pantalla ≤ 6 kW).
Toda la estructura metálica, gabinetes y masas conductoras deberán conectarse sólidamente al sistema de puesta a tierra. Toda la instalación eléctrica deberá ser ejecutada obligatoriamente por un Instalador Eléctrico certificado y autorizado por la SEC en Clase A o Clase B. Una vez finalizada la obra, el proveedor deberá tramitar a su propio costo y responsabilidad la Declaración de Instalación Eléctrica Interior (Formulario TE1) ante la SEC. La obtención de la copia oficial aprobada e inscrita de dicho Formulario TE1 será una condición obligatoria y mandataria para proceder a la Recepción Definitiva del proyecto.
El oferente deberá indicar mediante ficha técnica oficial el consumo máximo, consumo promedio y corriente máxima demandada por fase de la solución ofertada.
8. INSTALACIÓN, MONTAJE Y MARCHA BLANCA
8.1. Planificación de trabajos y montaje en altura
Previo al inicio de cualquier trabajo en terreno, el adjudicatario deberá presentar a la Contraparte Técnica un Plan de Trabajo y de Seguridad para la ejecución de las obras, elaborado y suscrito por un profesional competente en Prevención de Riesgos, contratado a su costo y responsabilidad.
Dicho Plan deberá considerar, como mínimo, la metodología de ejecución de los trabajos, identificación de los principales riesgos asociados, medidas preventivas, elementos de protección personal y colectiva, trabajos en altura, izaje y manipulación de cargas, delimitación y señalización de las áreas de trabajo y medidas de protección para funcionarios, usuarios y terceros.
No podrán iniciarse trabajos en terreno mientras dicho Plan no haya sido presentado y aprobado por la Contraparte Técnica. El adjudicatario será responsable de adoptar y mantener durante toda la ejecución las medidas de seguridad y prevención necesarias, así como del cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, siendo de su responsabilidad los daños que, con ocasión de la ejecución de los trabajos y por causas que le sean imputables, pudieren ocasionarse a sus trabajadores, bienes, instalaciones o terceros.
8.2. Calibración y Marcha Blanca Obligatoria
Posterior al montaje físico y conexionado eléctrico, el contratista ejecutará la parametrización de las tarjetas y la calibración de cromaticidad por pixel. Una vez operativa la pantalla, se dará inicio de forma obligatoria a un período de Marcha Blanca de 72 a 120 horas continuas e ininterrumpidas de funcionamiento normal del sistema, el cual incluirá pruebas de stress de colores primarios puros (Rojo, Verde, Azul) y Blanco al 100% de intensidad lumínica. Esta fase permitirá constatar la correcta disipación térmica, estabilidad de las fuentes de poder, ausencia de pixeles muertos o fallas prematuras de componentes antes de iniciar el proceso de recepción.
9. PRUEBAS, RECEPCIÓN Y DOCUMENTACIÓN AS-BUILT
9.1. Protocolo de Pruebas para Recepción
Finalizado el período de marcha blanca sin interrupciones ni fallas, se conformará la comisión para las pruebas de recepción. Se realizarán inspecciones visuales y funcionales detalladas que comprenderán: la verificación física del Sistema de Mantenimiento Frontal (extrayendo módulos LED, fuentes de poder y tarjetas receptoras con la herramienta magnética suministrada para certificar su plena operatividad desde el frente); la comprobación del lazo de redundancia de señal; la medición de consumos eléctricos y los rangos de atenuación del sensor de luz ambiental. Cualquier observación o componente defectuoso detectado deberá ser reemplazado de inmediato por el proveedor a su exclusivo costo.
9.2. Documentación Final de Entrega (Carpeta As-Built)
Como condición mandataria e indispensable para suscribir el Acta de Recepción Definitiva, el contratista deberá entregar una Carpeta Técnica Final organizada en formato digital (PDF y archivos editables de planos) y físico, que contendrá:
- Antecedentes de la Pantalla y Control: Fichas técnicas del fabricante, manuales de operación, configuración de software CMS, guías de limpieza y procedimientos de diagnóstico de fallas básicas.
- Antecedentes Estructurales: Memoria de Cálculo Estructural original firmada por el Ingeniero Civil Calculista y planos as-Built de la estructura de soporte y fijaciones metálicas.
- Antecedentes Eléctricos Certificados: Planos eléctricos as-Built (diagramas unilineales, cuadros de carga, recorridos) y el certificado de inscripción TE1 debidamente aprobado por la SEC.
- Garantías, SLA e Inventario de Repuestos: Certificados de pólizas de garantía técnica por 12 meses, acuerdos de nivel de servicio (SLA) firmados y el listado de inventario del stock de repuestos críticos entregado.
10. CAPACITACIÓN Y ENTREGA TÉCNICA
10.1. Jornada de Capacitación Teórico-Práctica
Previo a la recepción de los trabajos, el contratista deberá diseñar, dictar y certificar una jornada de capacitación técnico-práctica intensiva dirigida al personal que el Mandante designe para la administración del sistema. Esta capacitación se ejecutará en las dependencias del proyecto utilizando la pantalla e infraestructura instalada. El proveedor suministrará todos los materiales de apoyo y manuales interactivos en español, registrando la asistencia mediante un acta oficial firmada. Los contenidos mínimos obligatorios a dictar serán:
- Operación del Software de Gestión: Uso del software CMS, diagramación de pantallas, cargas de videos/imágenes y programación de escaletas automatizadas por fechas.
- Parámetros de la Pantalla y Sostenibilidad: Encendido, apagado seguro, configuración de parámetros de video y programación de rangos horarios y automáticos del sensor de brillo ambiental.
- Diagnóstico Básico de Fallas: Metodologías para identificar alertas de temperatura, pérdidas de señal, fallas en fuentes de poder y canales de escalamiento con el servicio técnico.
- Mantenimiento Frontal Práctico: Procedimiento práctico y seguro de extracción física y sustitución de módulos LED, fuentes de poder y tarjetas de control utilizando el sistema de mantención frontal (herramienta magnética) y haciendo uso correcto del stock de repuestos entregado.
11. GARANTÍA TÉCNICA, SLA Y STOCK DE REPUESTOS CRÍTICOS
11.1. Garantía Técnica Integral: El proveedor deberá otorgar de forma taxativa una garantía técnica integral y on-site por un período mínimo de 12 meses (1 año) contados desde la fecha de la recepción definitiva de las obras. Esta garantía cubrirá sin costo alguno para el Mandante toda reparación, ajuste, insumos, mano de obra o reemplazo de cualquier componente que presente fallas de fabricación, defectos de materiales, corrosión o problemas derivados del montaje e instalación eléctrica estructural.
La garantía deberá considerar expresamente una depreciación cero de componentes durante el período contractual, sin aplicación de descuentos por uso ni horas de funcionamiento
11.2. Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA) para Soporte Técnico: Durante el período de vigencia de la garantía de 12 meses, el contratista responderá de forma rigurosa a los requerimientos de soporte técnico bajo los siguientes niveles de servicio mandatorios:
- Soporte por falla: El servicio de soporte deberá cubrir cualquier falla, desperfecto o anomalía que afecte total o parcialmente el correcto funcionamiento de la pantalla LED y sus componentes, cualquiera sea su naturaleza. A modo meramente ejemplar y no taxativo, se considerarán fallas un módulo LED aislado apagado, píxeles defectuosos, descalibraciones de color, fallas de componentes, así como la pantalla totalmente apagada o fuera de servicio. El tiempo máximo de respuesta en terreno del personal técnico será de 24 horas contado desde la notificación de la falla, y el plazo máximo para su solución definitiva o reparación será de 48 horas continuas, contado desde la misma notificación.
11.3. Parámetros Sugeridos de Stock de Repuestos Críticos (ZIP Kit): Con el objeto de facilitar una pronta respuesta ante eventuales fallas y contribuir a la continuidad operativa de la pantalla LED de la fachada institucional, se recomienda que la empresa adjudicada mantenga disponible un kit de repuestos físicos (ZIP Kit). Los componentes y parámetros indicados a continuación son de carácter referencial y constituyen únicamente una recomendación técnica; por tanto, no representan una obligación para la empresa adjudicada, no constituyen un requisito de admisibilidad ni serán considerados para la evaluación de las ofertas. En caso de adoptarse esta recomendación, se sugiere que los componentes electrónicos y módulos LED pertenezcan al mismo lote de fabricación (mismo batch) de la pantalla instalada, a fin de favorecer su compatibilidad y una adecuada calibración de brillo, tono, temperatura de color y cromaticidad. Como referencia, el kit podría considerar:
- Módulos LED de recambio: Se sugiere disponer de módulos de reemplazo calibrados de fábrica, en una cantidad referencial equivalente al 5% del total de módulos de la pantalla.
- Fuentes de poder de repuesto: Se recomienda mantener unidades de alimentación compatibles, en una cantidad referencial equivalente al 5% del total de fuentes instaladas en los gabinetes.
- Tarjetas de control receptoras (Receiving Cards): Se sugiere disponer de tarjetas electrónicas receptoras previamente configuradas y probadas, en una cantidad referencial equivalente al 5% del total instalado en la solución.
- Cableados de señal y alimentación interna: Se recomienda contar con cables de datos internos y cables de energía compatibles, en una cantidad referencial equivalente al 10% del total utilizado en la instalación.
- Herramientas especiales de extracción: Se sugiere mantener un (1) juego de herramientas especiales y herramental magnético o mecánico específico, diseñado o recomendado por el fabricante para la extracción frontal de los módulos LED.
- Archivos de configuración y calibración: Se recomienda mantener una copia de respaldo en un medio digital seguro de los archivos de configuración (.rcfgx / .cfg) del sistema de control y del archivo de mapa de calibración cromática por píxel del lote (Batch Calibration File) original de fábrica.
- Máscaras y LED de repuesto: Como referencia, se sugiere mantener 10 máscaras frontales de polímero y 100 diodos LED compatibles, preferentemente del mismo lote de fabricación, para eventuales reparaciones menores.
Asimismo, se recomienda que la empresa adjudicada defina internamente tiempos de respuesta y plazos estimados de atención y solución de fallas, diferenciando, cuando corresponda, entre fallas críticas y parciales. La entrega de estos antecedentes será voluntaria y su omisión no producirá inadmisibilidad, sanción, descuento de puntaje ni otro efecto en la evaluación o adjudicación de la presente licitación.
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