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Llamado a licitación |
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La Corporación Nacional Forestal, en adelante CONAF o la Corporación indistintamente, de acuerdo a las disposiciones contempladas en la Ley 19.886, de Compras Públicas, su Reglamento y sus posteriores modificaciones, llama a las y los proveedores, a presentar sus ofertas en la presente Licitación, cuyo objetivo es contratar servicios profesionales de Extensión Forestal para los años 2026- 2027, en la región de Los Lagos, para la ejecución de los servicios que se detallan en las Bases de la presente licitación, de acuerdo a las estipulaciones y condiciones que se establecen.
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Objeto de la licitación |
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El objeto de la Licitación, es contratar los servicios profesionales de Extensión Forestal detallados en las Bases de Licitación, para desarrollar actividades de apoyo, preferentemente a pequeños/as propietarios/as de forestales, comunidades rurales, manejo sustentable de bosques nativos y restauración de ecosistemas forestales, denominados “Extensionistas”, para que realicen estudios técnicos, labores de extensión forestal, asistencia técnica, asesoría en comunidades rurales con propietarios forestales beneficiarios de la Ley de Bosque Nativo y aumenten la superficie bajo manejo forestal sustentable anualmente de bosque nativo de forma significativa y disminuir su degradación.
Los ámbitos de acción, áreas de trabajo y especificaciones técnicas del servicio requerido en cada territorio, se señalan detalladamente en las Bases Técnicas de la presente Licitación.
El o la Extensionista Forestal se obliga a ejecutar todos los servicios descritos en el territorio geográfico definido en las presentes bases, bajo las normas y procedimientos predefinidos por CONAF.
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Características del o de la oferente |
Podrán presentarse a esta Licitación personas naturales que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases Técnicas y Administrativas que regulan la presente licitación. En el caso de personas jurídicas, éstas deben cumplir los requisitos y presentar los antecedentes exigidos correspondientes a los profesionales que ejecutarán en terreno y personalmente los servicios licitados.
Requisitos del o la Extensionista:
1. Ser profesional universitario titulado de la carrera de Ingeniería Forestal.
2. Poseer experiencia acreditable en presentación de estudios técnicos (Ley 20.283).
3. Preferentemente con disposición a residir en o cerca de la Provincia, del Territorio que postula.
4. Poseer deseable conocimiento del territorio rural de la Provincia, del Territorio que postula.
5. Con disponibilidad para desarrollar eventuales actividades los fines de semana.
6. Deseable experiencia en la organización y trabajo con grupos productivos, aptitud para relacionarse e interactuar respetuosa y adecuadamente con campesinos, preferentemente comunidades indígenas y, en general, hombres y mujeres destinatarios del mundo rural chileno, pequeños/as propietarios/as de bosques.
7. Licencia de conducir al día y disponibilidad permanente de vehículo en buen estado y adecuado a las condiciones de terreno de la provincia a la que postula, considerando que el monto establecido incluye todos los costos del servicio, incorporando los asociados al vehículo (seguro, combustible, reparaciones, mantenimiento, etc.). Además, el vehículo no puede ser una restricción al cumplimiento de las actividades contractuales.
8. Disponibilidad de teléfono móvil.
9. Disponibilidad de computador y casilla de correo electrónico.
10. Disponibilidad de equipamiento básico de mensura forestal y GPS.
11. Disponibilidad permanente de Equipo de Protección Personal adecuado al trabajo a desarrollar en terreno (gorros, casco, lentes de protección, zapatos de seguridad, bloqueador solar, guantes, entre otros que se estimen convenientes).
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Otras cláusulas |
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Esta licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y en lo no previsto en éstas, por las normas de la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Asimismo, forman parte de estas bases, las aclaraciones que emita CONAF, en respuesta a las consultas que fueren requeridas por los participantes a través del Foro del portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas sólo se recibirán por medio de ésta plataforma de compras, y la Corporación podrá excluir de la Licitación aquellas que no reúnan las condiciones establecidas en las Bases.
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Modificación de las bases |
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La CONAF podrá modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de las o los oferentes, durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. También podrá ampliarse la fecha de cierre, en el caso de no presentarse ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
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Postulación |
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Podrán participar en esta licitación, personas naturales o jurídicas que cumplan las especificaciones técnicas y administrativas indicadas en estas Bases de Licitación. El proveedor deberá postular en el Portal Electrónico www.mercado.publico.cl, debiendo cumplir con los criterios de evaluación exigidos e indicados en las presentes bases de licitación.
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Consultas y aclaraciones antes del cierre de la licitación |
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Las consultas que los y las oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta. Las respuestas se pondrán a disposición de los y las oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl en la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
En caso que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento de CONAF, a través del foro inverso. Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y económica, la cual deberá ser entregada antes del cierre de la licitación. De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquel o aquellos proveedores que presentaran antecedentes administrativos fuera de plazo, será sancionado en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, de acuerdo a lo indicado en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales".
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “FORO INVERSO” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrá constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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Observaciones o reclamos |
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El/la o los/las proponentes que deseen efectuar alguna observación, respecto de la apertura de las ofertas, deberá hacerlo a través del portal, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Apertura electrónica y evaluación de las ofertas |
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de compras del estado y será efectuada por el Profesional Administrativo correspondiente. La apertura considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases técnico-administrativas de la presente licitación.
Las ofertas técnicas y económicas de los/las proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán revisadas y evaluadas por CONAF, por las(os) siguientes funcionarias(os) o a quienes estas(os) subroguen o a quienes designen:
1. Jefa Departamento de Bosques y Cambio Climático, Región de Los Lagos.
2. Jefa Departamento de Finanzas y Administración, Región de Los Lagos.
3. Encargado Programa de Bosques y Cambio Climático, Provincia de Chiloé.
Además, Abogado/a de la Unidad Jurídica Regional, o quien designe en su representación, actuará como ministro de fe y asesor jurídico de la Comisión Evaluadora.
Finalmente, se podrán adjudicar aquellos postulantes que en la sumatoria de los puntajes de los criterios de evaluación superen o igualen los 50 puntos, a excepción de los siguientes casos: a) Cuando exista un único postulante a un territorio determinado y CONAF decida evaluar fundadamente la necesidad de adjudicar a un profesional, a pesar de las condiciones mínimas descritas en este proceso de evaluación.
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Resolución de empates |
En el caso de configurarse un empate entre dos o más oferentes con posibilidad de ser adjudicados, se definirá de acuerdo con las siguientes etapas secuenciales, hasta alcanzar el desempate:
a) El que tenga mayor puntuación en el criterio “Experiencia trabajo con pequeños y medianos propietarios, en aplicación de enfoques y métodos participativos y/o extensión forestal”.
b) El que tenga mayor puntuación en el criterio “Experiencia en elaboración de proyectos del fondo de conservación y/o, planes de manejo y/o informes de ejecución de actividades bonificables (Ley 20.283)”.
c) El que tenga mayor puntuación en el criterio “Experiencia en manejo de bosque nativo”.
d) El primero en ingresar la oferta, corroborando la información a través del “Comprobante de Ingreso de Oferta”, entre aquellas ofertas que se encuentren empatadas en puntaje.
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Adjudicación, deserción o inadmisibilidad |
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Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo con los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, considerando como puntaje mínimo 50 puntos.
En el caso de configurarse un empate, entre dos oferentes con posibilidad de ser adjudicados se definirá de acuerdo con lo establecido en el punto criterios de desempate.
Esta licitación se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje obtenido de la información ingresada por los oferentes, de acuerdo con los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo con la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
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Fecha de la adjudicación |
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación: Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del e-mail jose.ruiz@conaf.cl, y serán respondidas por el mismo medio.
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Antecedentes legales para realizar el contrato |
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Los antecedentes legales que debe cumplir y/o entregar el oferente adjudicado (persona natural o jurídica, según corresponda) al momento de la aceptación de la orden de compra, son los siguientes: Encontrarse inscrito en el registro oficial de Proveedores del Estado, denominado Chileproveedores. De no estar inscrito, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva. Esta Corporación examinará la habilidad legal del oferente adjudicado a partir de los antecedentes del proveedor, que se encuentren publicados digitalmente en el Sistema Chileproveedores.
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Formalización del contrato |
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CONAF, a través del Director Regional correspondiente, y el adjudicatario suscribirán un contrato aproximadamente dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el que establecerán sus derechos y obligaciones, del cual las presentes Bases Administrativas y Técnicas son parte integral, así como sus Anexos y la propuesta del adjudicatario.
Si el o la adjudicataria del proyecto no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En ese caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente.
El adjudicatario deberá, dentro de los 7 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación, presentar en CONAF, los documentos necesarios para suscribir el contrato, según corresponda.
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Presentación de ofertas técnicas y económicas |
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Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Será responsabilidad de los y las oferentes, adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente en las fechas indicadas en el portal www.mercadopublico.cl
Todos los antecedentes que acompañen la propuesta deberán presentarse en formato electrónico a través del portal.
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Oferta técnica-económica |
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El oferente deberá completar el Anexo N°10, indicando el detalle del valor cobrado por territorio adjudicado, en valor bruto. A efectos de evaluar, se tomará en cuenta el valor bruto indicado en este anexo. En cualquier caso, en el portal, se debe postular con valor neto.
El valor bruto ofertado, por territorio, debe encontrarse entre los rangos establecidos para ofertar en el respectivo anexo económico, en la columna “Oferta monto bruto”, en caso de ofertar por un monto menor al mínimo establecido en columna “Monto bruto mínimo a ofertar” o exceder el máximo en columna “monto bruto máximo a ofertar”, su oferta será declarada inadmisible.
Adjuntar la planificación de actividades correspondiente al territorio al que postula (Anexo N°11), formulario de propuesta incluido en el sistema al que se accede desde el ambiente privado de cada proveedor u oferente (considerando que la cantidad de actividades informadas por CONAF no pueden ser modificados). Este documento lo debe subir al portal el oferente, en el Anexo Económico de la plataforma www.mercadopublico.cl.
El o la oferente, deberá analizar la propuesta de actividades valoradas que presenta CONAF, pudiendo modificar los valores unitarios para cada una de las actividades en un rango que puede variar desde el 90% hasta el 110% de su valor (Columna “Oferta-Unitario” del Archivo “Valorización de las actividades por territorio”). Anexo N°11.
Sin perjuicio de lo anterior, el valor de la oferta total para el área hecha por el oferente no puede ser menor del 95% ni mayor al 100% de la valorización efectuada por CONAF.
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Consideraciones generales |
CONAF podrá no considerar para evaluación las ofertas que no acompañen los documentos o antecedentes solicitados, ni aquellas cuyos contenidos no se ajusten a las exigencias establecidas en las Bases Técnicas y Administrativas.
El o la oferente adjudicado, asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de los servicios y productos exigidos de acuerdo a las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes Bases.
Plazo de vigencia de las ofertas: Las ofertas tendrán una validez de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de apertura electrónica de las mismas.
Plazo de duración del servicio: El plazo para la prestación de los servicios licitados, será hasta el 15 de diciembre de 2027 desde la fecha de la firma del contrato, o hasta que se utilice la totalidad del presupuesto disponible para las actividades planificadas.
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Modalidad, forma y plazo de pago |
El pago se efectuará por avances mensuales o periodos, previa presentación del documento tributario correspondiente y de un informe técnico de las actividades realizadas, debidamente valorizadas, el cual debe ser aprobado a través de la Ficha Evaluación trimestral Prestación de Servicios (Anexo N° 15) que en sus conclusiones califique su labor como buena u óptima. El informe por el periodo respectivo y el documento tributario mencionado, deberá ser entregado a CONAF hasta el quinto día hábil del mes siguiente a aquel en que se prestaron los servicios. El pago se efectuará hasta 30 días corridos posteriores a la recepción conforme de estos documentos.
Previo a cada pago, el prestador de servicios deberá acreditar ante CONAF, mediante documentación consistente en liquidaciones de pago de remuneraciones u honorarios, pago de impuestos ante el SII, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores dependientes de él que han ejecutado labores en los servicios materia de esta licitación, cuando corresponda.
Los pagos se realizarán contra documento tributario, dentro de los 30 días siguientes del mes en el que se prestó el servicio.
El documento tributario deberá ser extendido de la siguiente forma:
Razón Social: Corporación Nacional Forestal
RUT: 61.313.000-4
Giro: Otros Servicios de Apoyo a la Silvicultura N.C.P.
Domicilio: Ochagavía 458
Comuna: Puerto Montt
Región: De Los Lagos
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Término anticipado del contrato |
CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el Extensionista, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el/la Adjudicatario/a fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si se disolviese la empresa Adjudicataria.
c) Si se produjese cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en Bases y Contratos.
d) Si el o la Extensionista, no diese cumplimiento reiterado al cronograma del proyecto, señalado en el Plan de Trabajo (3 evaluaciones insuficientes).
e) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
f) Cuando CONAF y el o la Extensionista, de común acuerdo, resuelvan poner término al Contrato.
g) Si el/la adjudicatario/a es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
h) Fallecimiento del representante legal, que implique el término del giro de la sociedad o su personalidad jurídica.
i) Si el o la Extensionista no iniciara la ejecución del contrato dentro de los 5 días hábiles después de haber suscrito el contrato.
j) Si el o la Extensionista no realiza las correcciones que se le soliciten en la “Ficha de Evaluación de Prestación de Servicios”, conforme a lo establecido en Anexo N°15, Procedimientos de evaluación.
k) Faltas a la probidad.
l) Rechazos reiterados de estudios técnicos derivados del extensionista y/o la calidad de las presentaciones.
m) Si se produjese cualquier comportamiento o conductas catalogada como indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas, que a continuación se señalan:
a) Falta de probidad en el desempeño de sus funciones.
b) Conductas de acoso sexual.
c) Conducta inmoral que afecte el lugar o territorio donde desempeña sus servicios.
n) Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
o) El no cumplimiento con la exigencia de corrección del Informe Gestión, para el cobro de actividades del periodo, emitido por el extensionista en dos oportunidades.
p) Si el o la extensionista no diese cumplimiento reiterado al cronograma del proyecto, señalado en el Plan de Trabajo Trimestral.
q) Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
r) Si el o la extensionista obtiene dos evaluaciones trimestrales durante un año, en la escala descriptiva como “Malo”, descrita en el Anexo N°14 de las presentes Bases.
Para el caso de las letras f) y h), no aplicará el cobro de la “Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato”. Para efectos de las letras a), b), c), d), e), g), i), j), k),l), m), n), o), p),q) y r) CONAF estará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Adicionalmente CONAF, podrá dar término anticipado de contrato, dando aviso por escrito al respectivo al prestador de servicios, con 30 días corridos de anticipación, en las siguientes situaciones:
1. Cuando no exista disponibilidad presupuestaria para el pago de los/las profesionales extensionistas.
2. Cuando CONAF fundadamente indique cambios en las necesidades y lineamientos de la Institución.
Para el caso de los números 1) y 2) de este punto, no aplicará el cobro de la “Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato”.
Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al contrato, dando aviso por escrito al respectivo Director Regional de CONAF, con 60 días corridos de anticipación, el cual determinará si acepta los motivos de término anticipado, y en caso que no sea una justificación suficiente, se hará cobro de la garantía. El no cumplimiento de lo anterior facultará a CONAF para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
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Seguros |
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El o la extensionista o la empresa seleccionada, deberá contratar a su costo una póliza de seguros, con cobertura de accidentes personales con adicional de gastos hospitalarios y muerte accidental e invalidez accidental, que deberá mantenerse vigente hasta por lo menos un mes, posterior a la finalización del contrato.
El extensionista o la empresa seleccionada, deberá contratar a su costo un seguro obligatorio de accidentes personales (SOAP), este seguro exigido y regulado por la Ley N° 18.490, el cual debe ser contratado por todo propietario de un vehículo motorizado.
Ambas copias de las pólizas de seguro, deberán adjuntarse a la copia del contrato que quedará en poder de CONAF. Además, en el caso del seguro de vida, al momento de su entrega, el/la adjudicatario/a deberá acreditar el pago total de la prima o adjuntar el pago mensual al Informe de Gestión de evaluación, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 3, del Anexo N° 17.
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Prohibiciones |
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El o la extensionista contratado no podrá, durante la vigencia de su contrato, elaborar o presentar estudios técnicos, en forma privada, relacionados con el Decreto Ley 701 o la Ley N° 20.283 de “Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal” en las comunas en que cumplirá sus funciones, salvo autorización previa y escrita del Jefe Provincial y/o la Dirección Regional de la Corporación, según corresponda. Para ello, el Prestador de Servicios deberá solicitar la autorización por escrito al respectivo Jefe Provincial y/o la Dirección Regional de la Corporación, con 30 días de anticipación.
Queda estrictamente prohibido asesorar a terceras personas que participen como demandantes o demandados en procesos judiciales en que sea parte o tenga interés la Corporación Nacional Forestal o el Fisco de Chile.
Quedará estrictamente prohibido al extensionista, ceder a cualquier título, los derechos u obligaciones del contrato a suscribir. Sólo en casos calificados la Corporación podrá autorizar, sin expresión de causa estas posibilidades.
Queda estrictamente prohibido solicitar dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el contrato por servicios o asesorías técnicas. Asimismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental.
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Multas y su procedimiento |
El incumplimiento del plazo de entrega del Informe Mensual por causas imputables al proveedor, salvo causa de fuerza mayor comunicada formalmente, podrá ser objeto de una multa de 1 UF por cada día hábil de atraso en la entrega del informe mensual que corresponda.
El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente de la fecha de entrega acordada entre las partes. No serán admitidas en ningún caso justificaciones presentadas una vez producido el retraso, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea el retraso, indicando el nuevo plazo de entrega y alegando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega del Informe, o en su defecto no acogerlos y aplicar las multas que correspondan.
Monto máximo cobro multa:
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto estimado del contrato.
El procedimiento de aplicación de multas se detalla a continuación:
1) Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la Contraparte Técnica del contrato informará mediante un Memorándum a la Contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa, señalando los antecedentes y documentos que justifiquen las faltas incurridas.
2) El Departamento de Finanzas y Administración calculará y validará el monto de las multas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que motivan dicha sanción, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan.
3) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al Director Regional de la región que corresponda, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden sus descargos. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de la Oficina Regional de CONAF que corresponda.
4) Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se aplicará la sanción y la correspondiente multa, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada.
5) Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional de CONAF que corresponda dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
6) La medida a aplicarse deberá ser formalizada a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
7) La aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
8) En contra de la mencionada resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
9) Recurso de Reposición: El proveedor seleccionado dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF que corresponda.
10) El Director Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
11) Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor.
Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
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Confidencialidad y propiedad intelectual |
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Toda la información que él o la adjudicataria conozca, con ocasión de la ejecución de los servicios contratados, será considerada reservada quedando prohibida su difusión por cualquier forma o medio, salvo expresa autorización de CONAF. Los resultados de las actividades y procesos, así como los documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto de las actividades desarrolladas y comprometidas en el respectivo contrato, constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas, previa autorización por escrito y citando la fuente.
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Obligaciones del proveedor |
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El o la oferente adjudicado/a estará obligado a entregar el producto y/o servicio solicitado de acuerdo a lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas, especificaciones técnicas, anexos, contrato de adquisición de bienes o de prestación de servicios y otros documentos que así lo establezcan.
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Resolución de conflictos |
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Las partes procurarán solucionar sus conflictos buscando puntos de común acuerdo. En caso que esto no prospere, se someterán a los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Puerto Montt.
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Prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros |
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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
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Principio de igualdad y no discriminación arbitraria |
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecerlas medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
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Pacto de integridad |
El o la oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el o la oferente, acepta el suministrar toda la información y documentación bases de que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El o la oferente, se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El o la oferente, se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El o la oferente, se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El o la oferente, se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El o la oferente, manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El o la oferente, se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El o la oferente, reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El o la oferente, se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Requerimientos técnicos |
ANTECEDENTES
La Corporación Nacional Forestal desarrolla diversos programas y actividades relacionados con el Establecimiento y Manejo Forestal Sustentable de Bosques. Los objetivos de ellos se orientan a canalizar y articular esfuerzos públicos y privados que promocionen las buenas prácticas productivas en bosques naturales, mixtos y plantados. Un aporte fundamental para el desarrollo de esta tarea la realizan los y los Profesionales, Ingenieros Forestales, que cumplen la función de “Extensionista Forestal”, con amplios conocimientos en el establecimiento y manejo sustentable de estos recursos.
Las líneas de acción principales que desarrollan los y las extensionistas, contemplan su colaboración en el proceso de desarrollo de los territorios que atiende la Corporación.
En base a lo anterior el o la Extensionista deberá desarrollar en la Región, entre otras, actividades orientadas a apoyar pequeños propietarios/as y usuarios/as individuales de bosques e integrantes de las Comunidades Indígenas de la provincia de Chiloé, en el ámbito de la Extensión Forestal, Más Bosques y Siembra por Chile.
2. AMBITO DE ACCIÓN DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR
Las acciones a desarrollar se enmarcan en las siguientes líneas de acción:
1. Desarrollar las acciones necesarias para asegurar la ejecución de actividades de manejo forestal sustentable y la conservación de los recursos naturales, en relación con los recursos Bosque Nativo y Plantaciones.
1.1. Diagnóstico, levantamiento de demandas, asistencia técnica y capacitación.
2. Manejo forestal sustentable y conservación de bosque nativo.
2.1. Acciones de asistencia para elaboración de estudios técnicos, instrumentos de fomento y fuentes de financiamiento, pertinentes al territorio.
3. Desarrollar las acciones necesarias para apoyar los procesos de comercialización de productos madereros, no madereros y servicios provenientes del bosque nativo, las plantaciones y las formaciones xerofíticas.
3.1. Determinación de oferta potencial de los propietarios y territorios.
3.2. Incorporación a buenas prácticas y/o certificación.
3.3. Instrumentos de fomento y fuentes de financiamiento, pertinentes al territorio
4. Fortalecimiento de capacidades y reuniones de coordinación.
4.1. Capacitación y elaboración de informes técnicos planillas otros.
4.2. Reuniones de coordinación y seguimiento (jornada completa dentro de la Provincia).
4.3. Reuniones de coordinación y seguimiento (media jornada dentro de la Provincia).
4.4. Reuniones de coordinación y seguimiento en terreno (fuera de la Provincia).
3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO
Las actividades a realizar en el contrato están definidas anualmente, con su descripción, cantidad, medio de verificación y valorización en el documento Excel adjunto a las presentes bases técnicas (Anexo N°11 Planificación actividades). En este se establecen los servicios correspondientes, los cuales pueden corresponder a la totalidad o un subconjunto de las actividades expuestas en la planilla o incluir de ser necesario nuevas actividades, las cuales también se tienen que estandarizar en cuanto a descripción y medio de verificación.
Sin perjuicio de lo anterior, la cantidad de actividades es referencial y podrá ser ajustada, teniendo en consideración que pueden existir cambios que plantee CONAF, en sus prioridades, en las necesidades nuevas que planten las Comunidades a lo largo del periodo y/o factores externos propios del territorio que impliquen esta modificación.
Para estos fines deberá existir acuerdo entre las partes y levantarse un acta que establezca la nueva planilla (Anexo N°13: Acta modificación de actividades), que regirá la gestión del profesional por el resto del periodo que quede del contrato, la cual deberá ser firmada por el o la profesional y Jefa del Departamento de Bosques y Cambio Climático Regional o quien designe.
4. PLANIFICACIÓN Y SUPERVISIÓN DE TAREAS DEL EXTENSIONISTA
Para la adecuada ejecución y supervisión de las actividades a desarrollar por el o la Extensionista (profesional ya adjudicado/a), se elaborará una planificación anual de acuerdo con los siguientes criterios:
- A iniciar la prestación de servicios, el o la profesional y CONAF deberán construir un cronograma anual de trabajo para las actividades contratadas, para tener como referencia en la gestión del periodo.
- Esta planificación podrá ser modificada por el Encargado o Supervisor designado por CONAF, con el objeto de efectuar ajustes a la planificación y cumplimiento de metas y objetivos. Para actividades y salidas a terreno, se debe comunicar al Encargado o Supervisor, indicar lugar fecha y horas, para contar con su aprobación y respaldar en Talonario de Terreno, que proveerá CONAF. Para mejor gestión, se deberán realizar reuniones de coordinación con el Encargado o Supervisor para analizar el avance de las acciones realizadas y los posibles ajustes a la planificación anual, aspecto que deberá quedar registrado por escrito en Acta de Modificación de Actividades (Anexo N°13) y deberá adjuntarse a los informes elaborados por el extensionista. En este sentido, se debe considerar que las actividades (cantidad) establecidas podrían eventualmente reemplazarse unas por otras, por razones de buen servicio. En todo caso, el valor a pagar de la(s) actividad(es) reemplazada(s) debe quedar cubierto por el(los) valor(es) de la(s) actividad(es) que se desarrolle(n) en su lugar.
- El o la Extensionista, deberá presentar un Informe de avance de las actividades ejecutadas durante el período a rendir, el cual será requisito previo para el pago, toda vez que sea aprobado por el Encargado o Supervisor designado por CONAF entre las categorías de “optima” y “buena” (Anexo N°14). La calificación como menos que satisfactorio, en 3 oportunidades podrá ser considerado como causal de término anticipado al contrato. Los contenidos de este informe, serán definidos por CONAF y la evaluación se desarrollará de acuerdo con el formato “Ficha de Evaluación trimestral (Anexo N°15. Ficha de evaluación trimestral).
- El Informe por el periodo que emita el o la Extensionista, podrá ser aprobado con observaciones, las cuales deberán ser corregidas en el plazo que CONAF indique. El no cumplimiento reiterado de esta exigencia, podrá ser considerado como causal para poner término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas.
CONAF, se reserva el derecho de supervisar la gestión del o la Extensionista pudiendo, en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades.
La evaluación anual considerará los promedios de las evaluaciones trimestrales, el porcentaje de cumplimiento de la planificación anual y la evaluación del Supervisor de acuerdo con Ficha de Evaluación Anual (Anexo N° 16). Es decir, permitirá comparar el grado de cumplimiento de las actividades planificadas y/o programadas con las actividades efectivamente realizadas por el Extensionista. El resultado de esta evaluación determinara la continuidad de la prestación de servicios del “Extensionista”.
El o la Extensionista deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.
5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO POR TERRITORIO
En archivo adjunto denominado “Anexo N°11 Planificación actividades” se establece, para el Territorio, las actividades que deberá desarrollar el o la extensionista, las que además se encuentran valorizadas. El o la oferente, deberá analizar la propuesta de actividades valorizadas que presenta CONAF para el territorio, pudiendo modificar los valores unitarios para cada una de las actividades, según lo indicado en Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Presentación de Ofertas Técnicas y Económicas.
FACILIDADES Y APOYO: El o la extensionista, podrá utilizar cartografía de propiedad de CONAF, para el buen cumplimiento de las funciones para las cuales ha sido contratado.
SUPERVISIÓN DE LA GESTIÓN: En el Anexo N° 17, se describen y detallan los requisitos mínimos para que el Extensionista desarrolle los productos esperados, se especifican las actividades y los medios de verificación requeridos. A través del Plan Operativo Anual de actividades, dentro de los ámbitos de acción de Licitación. Así también, medios de verificación de las actividades ejecutadas.
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