Licitación ID: 1943-33-LE25
Manejo Silvicultural Bosque Nativo Mediterráneo
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
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Productos o servicios
1
Servicios de poda de árboles 37 Unidad no definida
Cod: 70111503
Servicio de ejecución del manejo de bosque nativo mediterráneo en la Reserva Nacional Lago Peñuelas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Manejo Silvicultural Bosque Nativo Mediterráneo
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Servicio de ejecución del manejo de bosque nativo mediterráneo, durante el año 2025, en la Reserva Nacional Lago Peñuelas. Los interesados deberán postular para ejecutar las 37,0 ha, de bosque nativo en las Unidades de Ordenación Forestal UOF 7 y 8, de acuerdo con las prescripciones silviculturales contenidas en estas bases y el Plan de Manejo Bajo criterios de Ordenación Forestal. E1O2RT9.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
V Región - Oficina Regional de Valparaiso
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Melgarejo 669, Piso 7
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-10-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 03-10-2025 15:37:20
Fecha inicio de preguntas: 04-10-2025 10:00:00
Fecha final de preguntas: 09-10-2025 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-10-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-10-2025 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-10-2025 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 17-11-2025 10:54:02
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. Anexos Administrativos: El oferente deberá completar los archivos adjuntos, con los siguientes antecedentes: a) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas.
2.- b) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 2A (inhabilidades por condenas), adjunto a las presentes Bases, donde el Oferente declare no haber sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción de derechos fundamentales laborales. Asimismo, el Oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Si el Oferente fuese persona jurídica, se requiere, además, que su representante legal declare que no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N° 20.393.En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes.
3.- c) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 2B (declaración de conformidad con el código de ética proveedores contenido en la directiva de contratación pública N° 31).
4.- d) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 2C (declaración jurada simple acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios).
5.- e) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo Nº 3A (Conflicto de interés), según corresponda, adjunto a las presentes Bases, donde el Oferente declara no podrán encontrarse afecto a ningunas de las causales de incompatibilidad establecidas en el artículo 35 quáter de la ley N° 19.886, entre ellas no tener calidad de funcionario directivo de CONAF, no tener vínculo de parentesco con directivos de CONAF, y que no es una sociedad de la que formen parte directivos de CONAF o sus parientes.
6.- f) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, mediante el cual se acredita si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y salud con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, según Anexo N° 3B (declaración jurada para contratar).
7.- g) Declaración Jurada Simple, Anexo Nº 4: Antecedentes Actualizados del Oferente, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes.
8.- h) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica o Para Unión Temporal de Proveedores, en donde indique que su oferta se ha determinado de manera independiente, sin consulta, comunicación o acuerdo con ningún otro oferente, según Anexo N° 5A o N° 5B, según corresponda.
9.- i) Declaración Jurada, firmada por el Oferente o su representante legal, en donde declare no tener multas pendientes con la Corporación, según Anexo N° 5C.
10.- j) Anexo N°6: “Programa de Integridad y ética empresarial”: Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad y/o Compliance que sea conocido y aplicado por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°6. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta presentada, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido y aplicado por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°6. Al tratarse de un documento evaluable, de no ser incluido CONAF podrá rechazar íntegramente la oferta en el Acto de Apertura. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores (UTP), este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes, debiendo contar todas las empresas de la unión con el referido programa, para considerar que cumple con el criterio.
11.- k) Anexo 7.- Participación en HuellaChile: El oferente deberá presentar el correo de confirmación de inscripción en HuellaChile o correo de recepción de carta de compromiso voluntario conforme a procesos del programa HuellaChile (https://huellachile.mma.gob.cl/)
12.- Nota: Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Todos los Anexos y Documentos son de carácter Obligatorio y deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. De no ser incluidos CONAF podrá solicitar, a través del foro inverso, la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso la oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”. No será requerido mediante foro inverso el Anexo N°6 “Programa de integridad y ética empresarial”, por consistir en un criterio de evaluación en sí mismo.
Documentos Técnicos
1.- Anexos Técnicos: El oferente deberá completar los anexos adjuntos que se indican, con los siguientes antecedentes: Anexo N°8 “Trabajos del rubro”: Experiencia en bosque nativo. El postulante deberá señalar y dar fe de la cantidad de trabajos ejecutados en manejo silvicultural de bosque nativo y acciones de restauración en ecosistemas nativos. La cual deberá ser comprobada, a través de contratos firmados, facturas y/o boletas de honorarios, con el detalle del servicio u órdenes de compra en estado aceptadas o informes de recepción conforme, todas de procesos diferentes, realizadas con instituciones públicas y/o privadas, y solo se evaluará experiencia a contar. Todos los documentos de respaldo deberán indicar expresamente el trabajo en manejo silvicultural de bosque nativo realizado o el servicio ejecutado. De no adjuntar el respaldo, la información no será considerada para la evaluación. La Corporación sólo podrá validar las Órdenes de Compra a través del portal Mercado Público, de indicar facturas/boletas o contratos, deberá adjuntar el respaldo, en caso contrario, no serán contabilizados. Nota 1: La información presentada para este criterio, debe corresponder al RUT del oferente que ingresa la oferta en Mercado Público. En caso de una UTP, debe corresponder a alguno de los RUT de las empresas que la componen. Nota 2: En caso de que el oferente no presente este anexo, se entenderá que no tiene experiencia previa. El oferente deberá listar el tipo y número del documento de respaldo. Se considerará como una sola experiencia aquellas que se deriven de una licitación por compras de servicios que implican continuidad en el tiempo o convenio de suministro. Es de responsabilidad del oferente, entregar la información relativa a las faenas a ejecutar en forma ordenada, según listado contenido en el anexo. De no adjuntar el respaldo, la información no será considerada para la evaluación.
 
2.- Anexo N°9 A: “Plazo de Ejecución y Propuesta técnica”: El oferente deberá completar este anexo indicando el plazo de ejecución del contrato expresado en días hábiles. El plazo máximo de ejecución del servicio será de 40 días hábiles, entendiéndose como tales de lunes a viernes. Las ofertas que indiquen un plazo superior, o que presenten el Anexo N°9 incompleto, podrán ser declaradas inadmisibles por la comisión evaluadora. El cómputo del plazo se iniciará a partir de la entrega formal del área de trabajo, lo cual se realizará dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles posteriores a la firma del contrato respectivo. Esta entrega quedará registrada en el Acta de Entrega de área de trabajo, firmada por ambas partes y adjunta en la carpeta de documentos del oferente. De no presentar este anexo, la oferta será declarada inadmisible.
 
3.- Anexo 9B: Propuesta Técnica: Archivo de documento Word, que debe ser completado, firmado por el proveedor y adjuntado a la postulación. En este documento se debe indicar: 1. Número de cuadrillas 2. Descripción de faena y métodos de supervisión de personal. 3. Herramientas, maquinarias y equipos en la ejecución de las faenas. 4. Condiciones de empleo y Remuneración. 5. Carta Gantt De no presentar este anexo, la oferta será declarada inadmisible.
 
4.- a) Anexo N° 10: “Visita a terreno” Los oferentes deberán participar de forma obligatoria a la visita a terreno, en los términos señalados en las bases técnicas. Además, deberán completar y adjuntar el Anexo Visita a Terreno, firmado por el oferente y por el personal autorizado de CONAF. Las visitas se podrán realizar desde el primer día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases, y hasta 2 días hábiles antes del cierre de la licitación. Los oferentes podrán realizar la visita a terreno en días hábiles, coordinando previamente esta actividad mediante correo electrónico enviado al Jefe del Departamento de Bosques y Cambio Climático : Claudio Ilabaca; (claudio.ilabaca@conaf.cl), y al jefe de la Sección Bosque Nativo: Jorge Burgos, (jorge.burgos@conaf.cl), con copia al administrador de la Reserva Nacional Lago Peñuelas: oscar.salazar@conaf.cl El horario disponible para las visitas a terreno será desde las 09:30 horas y hasta las 13:00 horas, de lunes a viernes, solo en días hábiles. Las ofertas cuyos oferentes no hayan realizado la visita a terreno, serán rechazadas en el acto de apertura electrónica de las ofertas. NOTA: Las ofertas que no incluyan los Anexos Técnicos N°6 al N°10, no serán evaluados y su oferta será declarada inadmisible. Los anexos deben estar firmados por el oferente o el representante legal en caso de tratarse de una persona jurídica. Todos los Anexos y antecedentes requeridos para incluir en la oferta deben ser ingresados preferentemente en formato PDF. La documentación solicitada anteriormente deberá venir en idioma ESPAÑOL. Cualquier otro idioma utilizado deberá venir conjuntamente con la traducción al español, de lo contrario la oferta podrá ser rechazada por la comisión de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- 2. Anexo Económico: Para efectos de evaluación el oferente deberá completar el Anexo N°11, donde deberá indicar el valor neto y bruto del servicio, según la línea de servicio solicitada, en pesos chilenos. La Corporación se reserva el derecho de verificar la validez de los antecedentes entregados por el oferente ante los organismos pertinentes. En caso de discrepancia entre el valor ingresado en este Anexo y el valor ingresado en el ID de la oferta en el portal Chile Compra, prevalecerá el valor ingresado en dicho portal. Asimismo, en caso de que la oferta ingresada no esté en la moneda requerida (pesos chilenos), ésta será rechazada durante la apertura electrónica de las ofertas.
2.- Aquellas ofertas en la que el precio sea inferior al 15% del monto informado como presupuesto disponible, podrán ser declaradas inadmisibles en el proceso de evaluación, por cuanto no asegura la correcta ejecución del servicio licitado. Aquellos oferentes que no presenten la documentación solicitada tanto para el anexo económico como para los anexos técnicos, su oferta será declarada como inadmisible, quedando fuera de este proceso. Todos los Anexos y antecedentes requeridos para incluir en la oferta deben ser ingresados preferentemente en formato PDF. Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta. La Comisión Evaluadora está facultada para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma. No podrá ser adjudicada, bajo ninguna circunstancia, una oferta que obtenga un puntaje inferior a 50 puntos ponderados en total. Si ninguna oferta obtuviese más de 50 puntos, éstas serán declaradas inadmisibles, procediendo a declarar desierta la licitación. Para ilustración del oferente se acompañan junto a estas bases el “Plan de ordenación forestal en bosque nativo mediterráneo de la Reserva Nacional Lago Peñuelas” y la Resolución que aprueba el plan de manejo forestal de bosque nativo, bajo criterio de ordenación N° 14/50/18 de la Ley 20.283 sobre recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal”. Documentos que son de aplicación obligatoria para el oferente adjudicado.
3.- Observaciones: Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
4.- La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente: a. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño. b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
5.- El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Para las habilidades de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores e Inhabilidades, las bases se apegan a los artículos 182 y 183 del reglamento de Ley.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica - Anexo N° 11 Esta fórmula opera tomando el precio mínimo de entre todas las ofertas recibidas y aceptadas, dividido por el monto de la oferta del oferente evaluado, multiplicado por 100. Otorgando el mayor puntaje a la oferta económica menor, y así sucesivamente a las demás ofertas. 25%
2 Trabajos del rubro - Anexo N° 8 Experiencia en Trabajos de manejo silvicultural de bosque nativo: A. Acredita 4 o más experiencias: 100 puntos; B. Acredita entre 2 y 3 experiencias:50 puntos; C. Acredita solo 1 experiencia:30 puntos; D. No acredita experiencia:0 puntos. 40%
3 Plazo de Entrega - Anexo N° 9 Cantidad de días hábiles en tener el servicio operativo y funcionando: A. Inferior a 30 días hábiles:100 puntos; B. Entre 30 y 40 días hábiles: 50 puntos; C. Mayor a 40 días hábiles: No será evaluada. 20%
4 Programas Integridad y ética empresarial - Anexo 6 Oferente cuenta con programa de integridad conocido y aplicados por todo su personal:100; Oferente no cuenta con programa de integridad conocido y aplicado por todo su personal: 0 puntos. 5%
5 Cumplimiento requisitos Formales Anexos 1 al 5C Proporciona la totalidad de los Antecedentes Administrativos antes del Cierre de la recepción de ofertas de la Licitación:100 P.; Completa la totalidad de antecedentes mediante “Aclaración de Ofertas”, posterior al cierre de la recepción de ofertas, en un plazo de 25 horas contados desde la solicitud de la información:50 P.; No presenta algún antecedente requerido desde solicitud:Inadmisible. 5%
6 Participación en Huella Chile - Anexo N° 7 A. El oferente presenta correo de confirmación de inscripción en HuellaChile o correo de recepción de carta de compromiso voluntario conforme a procesos del programa HuellaChile: 100 puntos; B. El oferente “NO” presenta correo de confirmación de inscripción en HuellaChile o correo de recepción de carta de compromiso voluntario conforme a procesos del programa HuellaChile: 0 puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Programa Siembra Por Chile
Monto Total Estimado: 48100000
Justificación del monto estimado En el marco del Plan de Restauración de Bosques Nativos a Gran Escala del Programa Siembra por Chile, iniciativa dirigida a beneficiar a pequeños y medianos propietarios forestales de la región de Valparaíso.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto disponible para la ejecución del servicio 48.000.000.- con impuesto incluido.
Tiempo del Contrato 40 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Fernanda Gomez
e-mail de responsable de pago: fernanda.gomez@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudio Ilabaca Vergara
e-mail de responsable de contrato: claudio.ilabaca@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2320215-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
Fecha de vencimiento: 31-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: Ver descripción en archivos adjuntos a las presentes bases.
Glosa: “Para garantizar el total cumplimiento de las obligaciones que le corresponden como adjudicatario de la licitación pública ID: 1943-33-LE25, “Servicio Manejo Silvicultural de Bosque Nativo Mediterráneo en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, Provincia de Valparaíso, año 2025”, y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario señaladas en el artículo 11 de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas”. En caso que la glosa exceda el espacio disponible en el documento, ésta podrá ser escrita en una carta adjunta a éste, dirigida a la Jefa del Departamento de Finanzas y Administración.
Forma y oportunidad de restitución: La Corporación devolverá esta garantía al oferente, total o parcialmente, si procediere, una vez recibido a su entera satisfacción los servicios materia de esta Licitación Pública, a los 60 días hábiles posteriores al término del contrato. Esta garantía no devengará reajustes, ni intereses de ninguna especie, que sean de cargo de CONAF. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado. En caso de que el documento de garantía corresponda a una Póliza de Seguro o Certificado de Fianza, ésta podrá ser enviada a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
1. Consultas y aclaraciones

Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario “Etapas y Plazos” de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.

2. Modificación de las bases

La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro de preguntas y respuestas, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, en caso que así la CONAF lo amerite.

ACEPTACIÓN DE BASES Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases, de las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato.

Presentación de las Ofertas

Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.

En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley N°  19.886 de Compras y Contratación Pública, sus modificaciones y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras. Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal Mercado Público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.

Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.

Antecedentes a incluir en la oferta

Los interesados en presentar una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:

Si durante el estudio de los antecedentes, el o la oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.

Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.

Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.

Apertura de las ofertas

La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público, y estará a cargo de un profesional de la Sección de Administración del Departamento de Finanzas y Administración de la Región de Valparaíso.

La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema. La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.

La admisibilidad de las ofertas quedará sujeta a las indicaciones señaladas en las presentes bases.

Los archivos recibidos en las ofertas, serán entregados a la Comisión de Evaluación de Ofertas para su respectivo análisis.


a)          
Observaciones a la apertura de las ofertas

Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley.


b) Evaluación de las ofertas aceptadas

b)           Se evaluarán los antecedentes que constituyan la oferta de los proveedores y se rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases de licitación.

Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas por una Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes funcionarios:

INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA

TITULARES

SUPLENTES

1) Jefa del Departamento de Finanzas y Administración

1) Quien designe.

2) Jefe de sección de administración

2) Quien designe.

3) Jefe (a)  Depto. Conservación Bosques y Cambio Climático

3) Quien designe.

4) Jefe (a) de la Unidad de Jurídica.

4) Un Abogado/a que designe, en el rol de Ministro de fe

Los integrantes de la comisión realizarán una declaración jurada sobre su ausencia de conflictos de interés en el proceso licitatorio; esto en virtud del Art. 108 del Decreto 661 Reglamento de la Ley 19.886 y el Art.62, N° 6 dela Ley 18.575.

La secuencia de evaluación considerará la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas.

Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del sistema de información y gestión de compras públicas administrado por la dirección de Compras y contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.

OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS

La Corporación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentalmente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:

a) La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.

b)  La Comisión analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.

De ser adjudicada la oferta, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

Resolución de empates

Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia.

En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades en base al mayor puntaje en los siguientes criterios:

Primero: "Oferta Económica”.

Segundo: "Plazo de Entrega”.

Tercero: " Trabajos del Rubro”.

Cuarto: "Participación en HuellaChile”.

De persistir la igualdad, habiendo sido aplicados los criterios de desempate antes indicados, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en el portal, según la fecha y hora indicada en el “Comprobante de Ingreso de la Oferta”, emitido por la plataforma de Mercado Público.

Errores u omisiones

Durante la etapa de evaluación, CONAF podrá solicitar a los oferentes de acuerdo, al artículo 56 del Reglamento de Compras, lo siguiente:

1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

La solicitud de la entidad de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información.

Acta de evaluación de las ofertas

De la evaluación resultante, se elaborará un acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. El acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará  qué proponente/s se sugiere adjudicar la licitación, o, en su caso, se propondrá declarar desierto el proceso. En caso que corresponda, también se deberá dejar constancia en el acta de las ofertas que fueron declaradas inadmisibles o que no fueron evaluadas de conformidad a las bases, A lo menos, el presente acta deberá hacer mención a:

1. Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las bases administrativas y/o Técnicas, la Ley de Compras o su Reglamento; o por corresponder a Empresas relacionadas o pertenecientes al mismo grupo empresarial (Art 60, del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda).
3. 
La proposición de declaración como desierta cuando no se presenten ofertas, o cuando las presentadas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
4. 
La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación.
ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN

CONAF se reserva el derecho de adjudicar la oferta que estime más conveniente a sus requerimientos, ajustándose a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases de Licitación.

La presente licitación pública se adjudicará mediante resolución. El acto administrativo de adjudicación deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de la Ley.

Antes de la adjudicación, CONAF podrá revocar el llamado de licitación mediante resolución. También podrá declarar desierto el proceso de licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

Sea cual fuere la decisión de CONAF, los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.

No podrá ser adjudicada, bajo ninguna circunstancia, una
oferta que obtenga un puntaje inferior a 50 puntos ponderados en total. Si ninguna oferta obtuviese más de 50 puntos, éstas serán declaradas inadmisibles, procediendo a declarar desierta la licitación.

1. 
Fecha de la Adjudicación

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del cambio de fecha e indicando un nuevo plazo. Según lo indica el artículo 58, del reglamento de la Ley de Compras.2.Observaciones posteriores a la

2. adjudicación y readjudicación.


Las reclamaciones que se interpongan en contra la resolución de adjudicación por cualquiera de los participantes de la licitación deberán formularse a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado,
www.mercadopublico.cl, las que serán respondidas por CONAF en plazo de 5 días hábiles contados desde el ingreso del reclamo.

La adjudicación podrá ser dejada sin efecto en los siguientes casos, sin generar pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado.

Si oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con CONAF.
Si el adjudicatario desistiera de firmar el contrato dentro del plazo establecido, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases.


En todos los casos, CONAF podrá declarar sin efecto la adjudicación y podrá readjudicar al siguiente proponente que le seguía en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. El plazo máximo de readjudicación será de 90 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.

3. 
Vigencia de la oferta

La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.

REQUISITOS PARA CONTRATAR

Idoneidad técnica y financiera de los proveedores:

De acuerdo a lo señalado en el artículo 26 del Reglamento de Compras Públicas, la idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores. En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.

FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS
  1. Formalización de la Contratación:

En conformidad a lo dispuesto en el artículo 117, del Decreto Supremo, N°661/2024, del Ministerio de Hacienda, para formalizar la adquisición de los servicios se suscribirá un contrato entre CONAF y el Oferente adjudicado, el cual podrá ser firmado de manera digital o física, de acuerdo a como estime el procedimiento la Corporación, que señalará los servicios que se obliga a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.

El contrato será confeccionado por abogados de la Unidad Jurídica de la Oficina Regional de CONAF, y en él se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases. Dicho contrato se suscribirá dentro de los 15 días hábiles siguientes a la aceptación de la orden de compra.

Para la confección del contrato el adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos:

Si el oferente es Persona Natural

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Fotocopia de su cédula de identidad.

Garantía de fiel cumplimiento del contrato, si así se hubiese solicitado.

Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva.

Si el oferente es Persona Jurídica

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.

 

Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

 Fotocopia del RUT de la empresa

Documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, si así se hubiese solicitado.

Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.

Observaciones

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberían estar disponibles en el Registro de Proveedores.

La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá ser entregada físicamente o de manera electrónica, según como lo indican las presentes Bases. De tratarse de garantía electrónica deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la resolución de adjudicación, no acepta la orden de compra o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá re-adjudicar. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.

En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada dentro del plazo de 2 días hábiles, CONAF podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud. El contrato se suscribirá dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la aceptación de la orden de compra.

Los derechos y obligaciones que deriven del contrato licitado, serán establecidos en las presentes Bases, en la oferta del adjudicatario, siempre y cuando no contravenga las Bases de Licitación, y se sujetaran a las siguientes condiciones contractuales:

Cláusulas de Contratación:

a)           Inicio de faenas: 

Una vez suscrito el contrato entre las partes, se deberá dar inicio a la faena en un plazo máximo de 5 días hábiles, CONAF entregara mediante acta de instalación de faenas, el terreno objeto de los trabajos silviculturales. El plazo de ejecución será el que el adjudicatario haya propuesto en su oferta (días hábiles). La no instalación de faenas dentro del plazo señalado implicará para todos los efectos un incumplimiento de contrato.

b) Del precio:

a)           Del precio:


El precio será el indicado por el oferente en su oferta económica, cuyo monto de la adjudicación no podrá superar el monto disponible para la presente licitación.  Así mismo aquellas ofertas en la que el precio sea inferior al 15% del monto informado como presupuesto disponible, podrán ser declaradas inadmisibles en el proceso de evaluación, por cuanto no asegura la correcta ejecución del servicio licitado.

c)           No podrá ser adjudicada, bajo ninguna circunstancia, una oferta que obtenga un puntaje inferior a 50 puntos ponderados en total. Si ninguna oferta obtuviese más de 50 puntos, éstas serán declaradas inadmisibles, procediendo a declarar desierta la licitación.

d) Formas de Pago:

a)           Formas de Pago:


El contratista deberá solicitar la recepción conforme de su estado de avance, aportando un kmz de la superficie totalmente manejada para su chequeo y recepción conforme por parte de la supervisión de CONAF. El pago estará condicionado a la aprobación por la contraparte técnica de CONAF del estado de avance presentado por el proveedor adjudicado.

El pago del servicio se efectuará de acuerdo con el siguiente plan de pagos, salvo que el proveedor adjudicado desee recibir, sólo un pago por el 100% de la faena bien ejecutada.

Hitos de pago

Plan de Pago avances  en hectáreas

Primer Pago

40 % del monto  total adjudicado.

14,8 hectáreas recibidas conforme

Segundo Pago

60 % del monto total adjudicado.

22,2 hectáreas recibidas conforme

Total

100% ha ejecutadas

37,0 hectáreas.

e) Formalidad para el pago:

e)   Formalidad para el pago:

Los pagos serán efectuados por CONAF, una vez ocurran las siguientes condiciones:

*                   Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl.

*                   Recepción conforme de los servicios requeridos por la contraparte técnica.

*                   Emisión, Publicación y aceptación del documento tributario

*                   Consultas de pago contactar a fernanda.gomez@conaf.cl

*                   La Corporación procederá al pago dentro de los 30 días de la aceptación del documento tributario, según Ley N°21.131.

*                   Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona natural o jurídica que fue adjudicado. Si así no fuere la facturación será rechazada.

Datos de Facturación:
Datos de Facturación:
. Corporación Nacional Forestal
. Rut: 61.313.000-4
. Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales
.Domicilio: 3 Norte 541 – Viña del Mar

La omisión de la información requerida para la formalidad del pago y facturación por parte del Proveedor, será motivo suficiente para rechazar los documentos tributarios electrónicos correspondientes.

g) Contraparte técnica y administrativa del contrato:

i.Contraparte Técnica (adjudicatario)

El adjudicatario deberá informar, antes de la suscripción del contrato, el nombre del encargado/coordinador o persona a cargo, quien actuará como interlocutor válido ante la Contraparte Técnica de CONAF. El responsable del proveedor adjudicatario se encargará, entre otras labores, de:

*                  Asistir personalmente a todas las reuniones que convoque la Contraparte Técnica de CONAF y coordinar la labor de su equipo de trabajo.

*                  Responder a los requerimientos y las observaciones que le formule la contraparte técnica de CONAF.

*                  Deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de las funciones de control y supervigilancia de la contraparte técnica de CONAF.

ii.Contraparte Técnica (CONAF)

La contraparte técnica corresponderá al Jefe del Departamento de Bosques y Cambio Climático V región.

Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:

*                  Administrar el contrato.

*                  Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.

*                  Instructor en el procedimiento administrativo de aplicación de multas y término anticipado del contrato.

*                  Aprobar la recepción conforme de los bienes/servicios y el visto bueno para el pago de la factura vigente.

*                  Revisar y autorizar informe técnico emanado del proveedor adjudicado para su posterior gestión de pago, cuando corresponda.

*                  Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.

Supervisor en terreno por parte de CONAF:

CONAF dispondrá de un supervisor en terreno para efectos de verificar el estado de avance y cumplimiento de las obligaciones y requerimientos establecidos en estas bases, además será quien mantendrá comunicación directa con el supervisor de faenas del adjudicado y llevará el registro en el libro manifold de la faena, labor que estará a cargo del Encargado de Bosque Nativo del mismo departamento, o quien lo subrogue.


iii. Contraparte Administrativa

Contraparte Administrativa

La contraparte administrativa corresponderá a la Jefa del Departamento de Finanzas y Administración, en las materias que le competen a cada uno de ellos.

 

Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:

*                  Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.

*                  Gestionar la firma de contratos y garantía de fiel cumplimiento, asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.

*                  Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.

*                  Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.

*                  Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.

h) Modificación del contrato:

La contratación podrá modificarse de mutuo acuerdo entre las partes, siempre y cuando no se alteren los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos cuando se introducen modificaciones que alteran los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; se modifique el equilibrio financiero del contrato y/o dé como resultado un contrato de distinta naturaleza. No se entenderán como alterados los elementos esenciales del contrato, cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual, de acuerdo a lo señalado en el artículo N°129 del Reglamento de la Ley de Compras.

La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del presente contrato, y no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria.

CONAF podrá aumentar el plazo de ejecución del contrato en casos fundados, ya sea por caso fortuito o fuerza mayor, junto con además, modificar los servicios contratados, siempre y cuando existan razones de interés público.

Todas modificaciones deberán complementarse o entregarse una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en caso que corresponda y ser sancionadas mediante el acto administrativo.

i) Multas por incumplimientos:

La contraparte técnica estará facultada para iniciar el procedimiento de aplicación de multas al contratista, cada vez que exista incumplimiento de las obligaciones contractuales, en caso que comprometa la correcta ejecución del servicio.

Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma que en cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos:

  1. Atrasos en el inicio de faenas, establecido en estas bases, salvo modificaciones acordadas con CONAF. Multa 1 UF/día.
  2. Falta de corrección de lo indicado en el manifold. Multa 1UF/día
  3. Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación de CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en el predio. Multa de 5 UF por evento,  sumado al valor de reposición o reparación del daño determinado por CONAF.
  4. No cumplir lo comprometido por el oferente en su Propuesta Técnica: nivel de sueldos del personal, EPP y seguridad, carta Gantt de faena, numero de cuadrillas y rendimiento ha/jornada, equipamiento, etc. Multa 1 UF por cada incumplimiento detectado.
  5. Provocar amago o principio de incendio forestal. 25 UF, sin perjuicio de acciones legales que lleve a cabo CONAF.
  6. Generar impactos ambientales o Incumplimientos identificados, a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes situaciones:

i. Incumplimiento de prescripciones manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados durante las faenas y de sustancias peligrosas, especialmente aquellos a los referidos en estas bases. 1 UF/día según se mantenga la situación detectada.

ii. Incumplimiento de las prescripciones técnicas que se deben aplicar en la ejecución de la faena. 1UF/por cada situación detectada.

iii. Incumplimiento del estándar técnico comprometido en las bases de licitación y oferta presentada. 2 UF/por cada día de situación detectada.

iv. Manejo inadecuado de sustancias peligrosas. 2 UF/día, mientras se mantenga la situación detectada.
           7. No entregar la documentación requerida por CONAF durante la ejecución del contrato, en especial aquella relativa a al apartado de Subcontratación, podrá ser objeto de una multa de 1 UF por cada día hábil en que se mantenga dicha situación.

Se eximirá de multas por informes entregados por razones de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditadas.  La conversión de Unidad de Fomento a pesos chilenos para aplicar la multa, se hará tomando el valor a la fecha de emisión de la respectiva factura con el cobro por la sanción.

Monto Máximo por cobro de Multas:

El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 30% del monto total del contrato.

j) Procedimiento de aplicación de Multas:

A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:

        

1. Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multas o del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a través de la entrega de un informe técnico, que contenga los hechos específicos que la configuran el/los incumplimientos e insumos que permitan el cálculo de las multas.

2. El Departamento de Finanzas y Administración calculará las multas aplicadas, y posteriormente, notificará de ello al proveedor, a través de una carta sencilla, visada por la contraparte técnica y la Unidad Jurídica respectiva, a través del correo electrónico único que el proveedor inscriba en el Sistema de Información, y se entenderán como notificadas una vez transcurrido el plazo de 24 horas. En dicha carta de notificación, se identificarán los correos electrónicos a los cuales deberá dirigir su defensa.

3. A contar de dicha notificación el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus defensas por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime necesarios que puedan servirle de fundamento.

4. Recibidos los descargos del proveedor dirigidos al Director Regional, el Jefe del Departamento de Finanzas y Administración, deberá remitir los descargos a la contraparte técnica para que posteriormente sean enviados a  Unidad Jurídica para que  pueda anualizar, rechazar o acoger total o parcialmente en un plazo de 30 días hábiles. Dicha decisión será comunicada mediante resolución fundada firmada por el Director Regional, la cual informará sobre  la  aplicación  de  la multa, y sobre los hechos en que aquellas se motivan.

5. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante correo electrónico dirigido al Director Regional considerando los destinatarios indicados en la notificación anterior.

6. CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlo o acogerse, total o parcialmente. Al respecto, la aceptación o el rechazo total a parcial  de  los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse mediante resolución fundada firmada por el Director Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar, deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existiesen; y, posteriormente, ser notificada al proveedor mediante el correo electrónico inscrito en el  Sistema de Información

7. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva a través de una Factura de Cobro emitida al Proveedor por la Unidad de Finanzas correspondiente. Dicho documento deberá ser solicitado por el área administrativa mediante memorándum, adjuntando toda la documentación que respalda la aplicación de la sanción.  Por otro lado, si la sanción amerita el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dicho cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Igualmente, de acuerdo a las bases de licitación o el requerimiento, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.


j). Notificación Electrónica

Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, la cual debe ser informada en el Anexo N° 4: datos actualizados del oferente.

Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizado e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras y a la Corporación Nacional Forestal.

k) Del término anticipado del contrato:

Los respectivos contratos administrativos regulados por la Ley de Compras, sus modificaciones y su Reglamento, podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causales:                            

1)           La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

2)           La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 

3)           Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. Asimismo, se entenderán como incumplimiento grave la aplicación de 5 multas cursadas mediante el respectivo acto administrativo.

4)           Cuando al proveedor se le haya cursado el monto máximo del 30% establecido de multas.

5)           Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

6)           La imposibilidad de ejecutar la prestación de los servicios en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129, del Decreto N°611 que contiene el Reglamento de la Ley de Compras. En tal caso, solo se pagara los servicios efectivamente prestados durante la vigencia del contrato.

7)           Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

8)           Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

9)           Si se disuelve la sociedad o empresa adjudicada.

10)        Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a) 
Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.

b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un trabajador de CONAF durante la relación contractual objeto de la presente licitación.

c) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.


11)       
Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.

12)        En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) 
Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
b) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
c) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
d) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
e) Disolución de la UTP.


13)       
Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.


14)       
Renuncia o Desistimiento de cumplir con el contrato por parte del adjudicatario, facultará a CONAF para efectuar el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del número 2) y 7), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.


Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Cláusula de confidencialidad y propiedad intelectual

La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios/productos que se le encomendaren.

En consecuencia, el adjudicatario y/o su sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.

Cláusula Ley 21.643

Cláusula Ley 21.643 que modifica el código del trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, también denominada Ley Karin.

En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.643, Modifica el Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y el Decreto N°21 Ministerio del Trabajo y Previsión Social, aprueba reglamento que establece las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, el proveedor y sus dependientes deberán dar cumplimiento íntegro a las disposiciones legales estipuladas en la normativa antes indicada.

Las partes declaran rechazar cualquier conducta que sea constitutiva de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, tanto a dependientes de esta Corporación Nacional Forestal como a dependientes del proveedor o a terceros, y viceversa.

Asimismo, en los casos que la conducta provenga de terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores del servicio, usuarios, entre otros, la persona trabajadora afectada podrá presentar la denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, quienes deberán realizar la investigación conforme a las directrices establecidas en el presente reglamento según corresponda.

Por su parte, se deberá informar, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos penales, los canales de denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, debiendo el empleador proporcionar las facilidades necesarias para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal.

Recepción de denuncias: En caso que el empleador principal o usuaria reciba una denuncia de una persona trabajadora dependiente de otro empleador, deberá informar las instancias que contempla el artículo 211-B bis del Código del Trabajo, cuando los involucrados en los hechos sean de la misma empresa, ya sea en régimen de subcontratación o de servicios transitorios, según corresponda. Una vez conocida la decisión de presentar su denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, la empresa principal deberá remitir la denuncia respectiva, en el plazo de tres días, a la instancia que sustanciará el procedimiento.

Cuando los hechos denunciados involucren a personas trabajadoras de distintas empresas, sean estas de la principal o usuaria, de la contratista, de la subcontratista, o de servicios transitorios, según corresponda, la persona afectada podrá denunciar ante la empresa principal o usuaria respectiva, ante su empleador o ante la Dirección del Trabajo. Cuando la persona trabajadora efectúa su denuncia ante su empleador, éste deberá informar de ella a la empresa principal o usuaria, dentro de los tres días desde su recepción. La empresa principal o usuaria será siempre la responsable de realizar la investigación conforme lo establecido por el presente reglamento, según corresponda. Los empleadores de las personas trabajadoras involucradas deberán adoptar las medidas de resguardo y aplicar las sanciones que correspondan respecto de sus dependientes conforme lo establecido en la normativa vigente.

Por lo anterior, el proveedor conoce los procedimientos internos establecidos en la Corporación Nacional Forestal, regulados en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, específicamente en el Anexo N°2 y en el Protocolo de Prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que se encuentran adjuntos y forma parte integrante del presente procedimiento de contratación.”

Responsabilidad del proveedor

Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.

El proveedor o adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.

El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.

Interpretación e información:

Las Bases Administrativas y Técnicas que lo rigen se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretaran siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y la ejecución de los servicios requeridos y contratos, de acuerdo con las reglas de ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesario para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

Cláusula Prevención de Delitos de Colusión, Corrupción, Asociación Ilícita y Otros.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de

La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:

1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.

2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.

3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse  la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.

4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.

Cesión del contrato

En virtud del principio de igualdad de los oferentes, el adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones.

Lo anterior, es sin perjuicio de los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, de conformidad a lo establecido en el artículo 126 del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.

Domicilio

Para todos los efectos legales que se deriven del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Viña del Mar y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

Observaciones generales

En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.

La interpretación de las Bases Administrativas y Técnicas pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación.

Obligaciones generales del adjudicatario:

El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título.

1)  Será obligación del adjudicatario disponer de un supervisor general de la faena de contratación directa de la Empresa, que actúe como un representante con permanencia diaria en las faenas que se ejecuten con motivo de la presente licitación, a fin de que CONAF, a través de sus funcionarios pueda entenderse, solucionar problemas que se presenten y notificar al adjudicatario de incumplimientos y no conformidades. El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.

2) En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución de las faenas, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá solicitar al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena.

3) Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.

4)  La vigilancia diurna y nocturna de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. La nómina del personal de vigilancia debe ser informada oportunamente a la contraparte CONAF.

5)  En el caso de existir cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario.

6) Al término de la faena, el adjudicatario deberá entregar el área usada y/o aplicada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato. Es responsabilidad del proveedor el manejo de residuos y convenios para recepción de envases de productos utilizados.

7)  El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.

8) Además, el adjudicatario deberá dotar sin costo para los trabajadores, de los elementos de protección necesarios para proteger su integridad física de acuerdo al tipo de faena, considerando, al menos, los siguientes elementos: quepís, guantes, ropa contra agua, zapatos de seguridad, antiparras, mascarillas, bloqueador solar, entre otros.

9)   El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar.

10)  El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.

11)  El adjudicatario controlará que la instalación de faenas cumpla con las exigencias legales aplicables, especialmente en lo relacionado con el almacenamiento y disposición de materiales y sustancias peligrosas.

Exclusividad

La presente licitación no condiciona a la Corporación Nacional Forestal un trato de exclusividad con el adjudicado. La Corporación podrá, si así lo estima pertinente, realizar licitaciones y/o Tratos Directos que incluya las partidas que forman parte de la presente Licitación con otros proveedores.

Trabajadores que ejecuten los servicios

Los trabajadores que intervengan en la prestación de los servicios serán dependientes exclusivos del proveedor, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan como empleadores conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ningún vínculo laboral, ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.

Implementación de seguridad.  El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo, deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.

Subcontratación

El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado.

Los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. Las Entidades podrán establecer en las Bases que determinadas tareas críticas no puedan ser objeto de subcontratación, debiendo ser estas ejecutadas directamente por el Proveedor adjudicado.

La subcontratación no podrá exceder del treinta por ciento del monto total del contrato, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 126 del Reglamento de Compras Públicas.

El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.

Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato.

La Corporación podrá requerir cuando estime conveniente la siguiente documentación al proveedor adjudicado:

a)  Nómina del personal que va a realizar el trabajo.

b) Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.

c)  Carta Gantt de actividad a realizar.

d)  Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.

e) Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).

f)   Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.

g)  Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.

h) Certificados Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30 y F-31), emitido por Dirección del Trabajo.

i)   Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.

j)  Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.

k) Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.

Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas, sus modificaciones y su Reglamento contenido en el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.

Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. 
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
  2. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.
  3. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  4. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
  5. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.
  6. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
DEFINICIONES
  1. Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un contrato de suministro o prestación de servicios, regido por la Ley N° 19.886,  también denominada "Ley de Compras".
  2. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
  3. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
  4. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
  5. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
  6. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
  7. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.
  8. Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal)
  9. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
  10. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.
  11. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
  12. Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado.
  13. Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO A EJECUTAR:

Se deberá ejecutar durante el año 2025  el manejo silvicultural de 37,0 hectáreas de bosque nativo, de acuerdo con las prescripciones silviculturales contenidas en el Plan de manejo del bosque a manejar, ver anexos 12 y 13: Resolución Plan de Manejo y planos del área de trabajo

   Cuadro N° 1: Caracterización de los rodales (UOF) a trabajar año 2025

Unidad Ordenación Forestal

Superficie

(ha)

Intervención Silvicultural

UOF   7

23,0

Raleo – Clareo - Poda

UOF   8

14,0

Total hectáreas

37,0

Capacitación CONAF en silvicultura de Bosques Nativos Mediterráneos: Al inicio de las faenas el personal de terreno del adjudicatario deberá participar de una capacitación práctica, ofrecida por CONAF región de Valparaíso en el curso de los primeros 3 días de faenas, donde se expondrán y ejecutarán los “criterios silviculturales prácticos para el manejo y conservación de Bosques Nativos Mediterráneos”; las medidas de protección ambiental y seguridad en faenas, lo cual se realizará durante el avance del trabajo, de modo de interferir lo mínimo sobre el rendimiento de la misma. Debe participar todo el personal que ejecutara la faena en el bosque, independiente del sistema de turnos u otra estrategia de trabajo del contratista.

En cada situación se ejecutará la corta de vástagos y/o ramas en cepas pluri o mono fustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad, espaciamiento o sanitario, realizando volteo, trozado previsto; además de la poda de ramas, se dejará lo más limpio cada fuste o vástago. Los desechos deberán ser ordenados en pilas, montículos o fajas de no más de 1,5 m de altura, con ancho máximo de 2m y alejados dentro de lo posible de las copas, y especialmente alejados de las cepas intervenidas.

El criterio prioritario será siempre dejar el espaciamiento necesario y la cobertura de copa establecida en el plan de manejo aprobado, procurando que el bosque siga cumpliendo su función ambiental de regulación del ciclo hidrológico y protección del suelo, cuyos objetivos persiguen el mejoramiento de los bosques existentes para su contribución a la mitigación y/o adaptación al cambio climático.

El servicio incluye obligatoriamente el trozado priorizado en diferentes dimensiones de acuerdo a los productos definidos por CONAF, su arrumado a orilla de camino indicado por CONAF para los trozos de quillay y leña, así como el traslado de trozas aserrables y/o debobinable a cancha de acopio cercana al sector de Administración de la Reserva.

PRESCRIPCIONES TÉCNICAS MANEJO SILVICULTURAL:

A continuación, se indica el tratamiento y criterios de manejo a considerar en la ejecución de las actividades solicitadas, así como las actividades mínimas a ejecutar y productos a generar.

Tratamiento Silvicultural

Conversión de monte bajo a monte medio: Se disminuirá el número de vástagos en cada cepa, buscando que los vástagos residuales aumenten su crecimiento y se fortalezcan, de modo de proyectar la fisonomía del bosque desde monte bajo a monte medio. La intervención pretende mejorar las condiciones de resiliencia del bosque residual en su rol multifuncional y a mediano y largo plazo la producción de piezas de madera de mayor valor.

Debido a la fuerte intervención que ha experimentado el bosque se ha producido un aumento del número de vástagos por cepa, lo que ha aumentado la fitomasa del conjunto, pero ha afectado la forma de los individuos, de manera que se espera mejorar su rectitud y su sanidad a causa de este tipo de intervención.

Cuadro 4. Criterios de Manejo silviculturales Bosque Nativo Mediterráneo

Clareo y raleo en la cepa

Se establecieron los siguientes criterios genéricos para la intervención:

  1. Bajar la densidad de vástagos, según indique el Plan de Manejo.

  1. Los criterios generales de selección de vástagos o fustes residuales, en orden de importancia:

  1. Calidad: La selección los vástagos residuales se realizará priorizando los de mayor diámetro, forma recta y hábito de crecimiento vertical.
  2. Espaciamiento: Adecuada distribución espacial de acuerdo a las condiciones particulares de cada cepa;
  3. Sombra o Cobertura: Se busca una cobertura levemente menor a lo existente privilegiando corta de ramas que se encuentren bajo un dosel superior;
  4. No regresión: Impedir el retroceso de los límites del bosque;
  5. Calidad sanitaria: Seleccionar vástagos sanos y extraer ramas y vástagos afectados por plagas y enfermedades.

3. Criterios para seleccionar vástagos a extraer:

Árboles muertos: Se eliminan árboles muertos que revistan riego de caída sobre personas que transiten por el sector. No obstante se mantendrán algunos individuos secos como refugio de fauna.

Vástagos en formación: Se cortarán para favorecer a los de mayor diámetro que quedarán en la cepa, EXCEPTO si se requiere dejar uno o más vástagos para mantener la cobertura necesaria.

  1. Las cepas que se encuentren en bordes de claros o caminos deberán intervenirse hacia su interior, dejando hacia el exterior las ramas que estén distantes del suelo para no disminuir la cobertura, pero podando aquellas cercanas al suelo para evitar la continuidad vertical del combustible. Si las ramas que están hacia el claro o camino son rastreras deberán eliminarse. Hacia el interior de esas cepas de borde se aplican los mismos criterios ya descritos. Se evitará la corta de aquellas especies menos frecuentes en cada rodal, para garantizar una mayor diversidad biológica.

5.  Corte de vástagos y podas de ramas: Los cortes de vástagos o podas de ramas deben ser limpios, parejos, sin causar daño a las cepas u otros vástagos residuales, sin “bisagras”, idealmente a ras de piso, en bisel, o lo más cerca posible del suelo.

Árboles Monofustales: Estos se mantendrán en pie. Sólo se les aplicará poda, y se cortarán salvo que estén evidentemente muertos o constituyan un riesgo por eventual caída.

La poda de ramas: el corte debe ser limpio, sin bisagras, ni muñones sobresalientes, debe ser a ras de corteza, pero sin dañar los vástagos residuales. En general, se deberá considerar lo señalado en el plan de manejo.

ACTIVIDADES A EJECUTAR:

Las actividades mínimas a ejecutar, se describen  a continuación:

1. Cortas en bosque nativo mediterráneo: consiste en ejecutar cortas de clareo y raleo de vástagos en cepas plurifustales, eventualmente de árboles monofustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad, espaciamiento o por criterio sanitario, realizando la podas de ramas bajas, dejando lo más limpio posible cada fuste o vástago sin dañar la corteza, hasta una altura variable que dependerá del tamaño de cada individuo con el propósito de: evitar la propagación vertical del fuego, mejorar el acceso, disminuir la biomasa y la evapotranspiración; dejando el ecosistema mejor preparado ante los impactos del déficit hídrico y cambio climático. El trozado de realizarse con apego a los productos definidos por CONAF en punto 3 de esta tabla.

2. Madereo Es el acarreo de trozas desde la Unidad de trabajo, hasta el punto de acopio a orilla de camino y/o carguío sobre camión, será a través de vías o fajas existentes o por construir, previa autorización de CONAF, siempre que esto no signifique movimientos de tierra. Además, el madereo se debe efectuar, en lo posible, por la cota, para evitar el arrastre y posterior pérdida de suelo. Las Fajas de saca deberán ser lo más corta posible. No se permitirá maquinaria pesada bajo el bosque para esta actividad en la Reserva Nacional Lago Peñuelas. Se debe evitar el madereo de arrastre, a través y a lo largo de los caminos principales y cursos de agua, aunque sean temporales. El madereo sobre la vía de saca podrá ser realizado con maquinaria pequeña, que no califique como maquinaria pesada según el criterio o juicio de CONAF, o también podrá efectuarse mediante trabajo con animales. El diseño de una vía o faja consistirá en el trazado de una senda de 80 a 100 cm de ancho, que se dejará libre de vegetación para facilitar su tránsito. Estas vías, fajas, huellas o sendas serán diseñadas bajo los criterios de una pendiente máxima que no supere el 30%, que aprovechen las aperturas del dosel del bosque y/o sectores abiertos, que sigan las curvas de nivel. El oferente deberá explicitar el método de madereo a usar a fin de consensuar su aplicación en la Reserva Nacional Lago Peñuelas. (en anexo 8 propuesta técnica).


3. Transporte de Trozas.

Trozas Calidad 1: Será en camión entre el punto de carga en el terreno hasta el patio que  CONAF ha dispuesto, donde su acopio será ordenado a fin de facilitar su manejo y conservación. Trozas Calidad 2 Y 3: deben ser arrumados ordenadamente para su CONSERVACIÓN o venta a orilla de camino accesible a camión, más cercano a la faena. El supervisor de la empresa  deberá consignar en el MANIFOLD, el volumen de trozas acopiada diariamente.            


4. Manejo de los desechos de la faena y otros: deben ser reducidos, ordenados y dispuestos en pilas, montículos o fajas discontinuas, homogéneamente distribuidas en la superficie del rodal. En lo posible, nunca bajo la copa de árboles. En caso de presencia de cárcavas (suelo erosionado), se deberá favorecer la ubicación de desechos en las cabeceras de estas y sus zonas aledaña. En cárcavas de gran magnitud, se deberá priorizar el depósito de desechos dentro de éstas, para disminuir el efecto de agentes erosivos. Las fajas de desechos deberán estar orientadas en curvas de nivel, con una altura no superior a 1,5 metros y un ancho máximo de 2 metros. En las orillas de caminos, las fajas, montículos o pilas de desechos deben quedar ordenados distantes a 6 mts, medidos desde la orilla del camino hacia el interior del bosque.

5. Fajas Corta Combustible, FCC. Manejo de vegetación de una franja de 6 metros de ancho a cada lado del camino principal u otros sectores que presenten riesgo de incendio como huellas de alto tráfico; manteniendo una densidad inferior de vástagos de acuerdo con lo establecido en el plan de manejo privilegiando la diversidad de especies, aunque eliminando las exóticas presente. Siendo un bosque cuyo origen es de monte bajo, dejar sólo el vástago mayor en cada cepa que cumpla con la densidad indicada, con poda superior a lo establecido en el resto del bosque y remoción completa de todos los residuos fuera de los 6 metros de la franja hacia el interior del bosque.

6. Áreas Buffer Conservación de especies de flora y fauna: Se debe observar con especial atención, las prescripciones técnicas descritas en el Plan de Manejo para especies amenazadas de extinción. Posibles hallazgos de sitios de refugio y/o nidificación y crías de fauna silvestre, se deberá analizar con profesionales CONAF la estrategia de conservación a seguir en cada tipo de hallazgo. Áreas de investigación debidamente marcadas, no deberán ser intervenidas.


7. Tratamiento de cepas afectadas por fuego o seriamente afectadas por problemas sanitarios: Esta medida permite dirigir el crecimiento hacia los mejores vástagos en formación: Se eliminaran vástagos con daño irreversible con más del 75% del fuste dañado- más del 60% de la copa con necrosis por fuego, sequia y/o patógenos

Se dará por recepcionada conforme solo aquella superficie en que se hayan ejecutado cada una de las actividades solicitadas, de modo que los estados de pagos, se gestionaran contra solicitud de recepción conforme de las faenas, que el  contratista solicite formalmente.


Inejecución de faenas

La ejecución de dicho manejo en la superficie citada estará sujeta a un rango de tolerancia de 5% máximo permitido de inejecución, si y sólo si, ocurren los siguientes hallazgos al interior de los rodales de bosque nativo afectos al manejo.

v           Árboles perchas para la avifauna nativa.

vRefugios y/o madrigueras de fauna.

v Curso de agua y su faja de protección.

v            Hallazgo de especies vegetales amenazadas de  extinción para su conservación.

vÁreas de investigación debidamente marcadas no deberán ser intervenidas.

vOtras situaciones no descritas en esta lista y que sean necesarias para efectuar de mejor forma el cumplimiento de las medidas de protección ambiental y forestal contenidas en la Resolución aprobatoria del Plan de Manejo que rige la gestión del bosque, así como la normativa de uso de la Reserva Peñuelas.

Para todos los efectos, los presentes hallazgos podrán ser notificados por:
 CONAF al jefe de faena y anotados en el respectivo Libro de Faenas.

Por el jefe de faenas a CONAF. En este caso CONAF debe manifestar su expresa aprobación o denegación a la situación presentada por el jefe de faenas, para su aplicación o no, y ser registrado en el Libro de Faenas Guardaparques de la Reserva quienes avisaran formalmente al jefe de faena.

De ocurrir cualquiera de los hallazgos, y aplicada la inejecución ordenada o autorizada por CONAF y, dentro del rango de tolerancia permitido (máximo 5%), no será descontada del pago al contratista. Sobre ese máximo se descontará lo no ejecutado.

PRODUCTOS A OBTENER:

De los bosques bajo manejo forestal se pueden extraer preferentemente madera de medidas especiales para la industria del aserrío y tornería, la industria de la saponina (quillay), biocombustible o leña. La caracterización de estos productos se encuentra definida a continuación:

Cuadro N° 6: Tipo de Productos a Obtener

Calidad Trozas

CARACTERÍSTICAS

diámetro

 mínimo cms

las

largo

en metros

1

Troza para uso industrial Aserrable o debobinable, de largo variable de 0,6 m y más, con rectitud de estándar relativo, de cualquierade las especies que componen el bosque nativo mediterráneo tipo esclerófilo: Quillay, Peumo, Litre, Molle, Boldo, Maitén, Espino, otras. Trozas rectas o curvatura leve para trabajar en tornería. Todas las especies, largo a partir de 0,6 m.

15

0,6 m, y más.

Mayor Largo posible

2

Troza de quillay, con curvaturas pronunciadas o tortuosas, pero apta para la industria química de saponina o biomasa y que por sus características No es apta para para ser clasificada como primera o segunda calidad para la industria del aserrío o torno.

Mayor a  5

1

3

Troza pequeña para dendroenergía o madera combustible (Leña) de largo 1 m, no recta, con curvaturas pronunciadas o tortuosas, de cualquiera de las especies que componen el bosque nativo mediterráneo tipo esclerófilo: Peumo, Litre; Molle, Boldo, Maitén, Espino, otras, menos Quillay.

Mayor a   5

1

ZONAS DE EXCLUSIÓN Y MEDIDAS DE PROTECCION.

Se deberá observar en la ejecución de las faenas las siguientes consideraciones técnicas de manejo y resguardo ambiental

                    

CURSOS DE AGUA TEMPORARIOS O PERMANENTES: Las fajas o franjas de protección alrededor de los cursos de agua temporales o permanentes identificados en el Plan de manejo, estas fajas están constituidas por 10 metros a cada lado del borde del cauce o curso de agua, medidos en distancia horizontal y perpendicular a eje o línea de borde del cauce.

Posibles hallazgos de sitios de refugio y/o nidificación y crías de fauna silvestre, se deberá analizar con profesionales CONAF la estrategia de conservación a seguir en cada tipo de hallazgo. Áreas de investigación debidamente marcadas, no deberán ser intervenidas.

El ejecutor de las faenas deberá prestar especial atención a las actividades del Plan de manejo que dicen relación con la protección y prevención de incendios forestales; así como las medidas de protección ambiental y del bosque, respectivamente.

SUPERVISIÓN TÉCNICA DE CONAF

CONAF mantendrá una supervisión permanente de las faenas. La empresa adjudicada deberá contar con una contraparte técnica (supervisor, capataz, etc.) habilitado en terreno durante toda la ejecución de las faenas, con el fin de resolver cualquier situación especial o no contemplada en las bases.

En caso de ser necesario reemplazar a la contraparte técnica, la empresa deberá informar oportuna y  formalmente a CONAF, incluyendo los datos del nuevo supervisor que asumirá la responsabilidad de la faena.

Los técnicos supervisores de CONAF, tendrán la potestad de paralizar la faena frente a cualquier situación anómala detectada, entendiéndose como tal incumplimiento lo señalado en el punto XII-2- letra t: Obligaciones generales del adjudicatario, y en los aspectos técnicos específicos de las bases o del plan de manejo que rige la faena forestal.

A. CALENDARIO Y AVANCE DE LAS INTERVENCIONES.

El adjudicatario deberá optimizar el rendimiento de la faena y podrá tener más de un frente de trabajo, a fin de asegurar cumplimiento de plazos; solo  a condición de que se respete el avance acordado para cada actividad o área, no pudiendo dejar sectores o arboles rezagados; de ocurrir no serán recepcionados conforme para los efectos de solicitudes de  pago.

La ejecución de las actividades comprometidas en esta faena, estará sujeta a un rango de tolerancia de +- 5%, para cambios de trazados y/o diseños, en base a hallazgos ambientales señalados, operatividad del terreno, u otros factores. En todo caso se reitera que se cancelara, lo estrictamente ejecutado y recepcionado conforme por CONAF.

B. NORMATIVA EN FAENAS

1.Durante la ejecución de los trabajos, se considera controlar principalmente:

Supervisión de avance, manejo correctamente ejecutado en todos sus componentes. El estado y funcionamiento de los equipos empleados, para la ejecución de los trabajos, así como el uso de los elementos de protección personal (EPP) por los trabajadores.

Verificar el cumplimiento de todas las medidas requeridas sobre seguridad y medio ambiente.

De lo efectivamente Ejecutado y/o Construido: CONAF recibirá conforme, sólo lo construido y/o ejecutado de acuerdo con las prescripciones técnicas contempladas en las presentes bases.  Se solicitará un informe del estado de avance de la faena detallado con registro fotográfico y con archivos KMZ, para efectos de gestión de solicitud de pago por avance  de faenas, medido en hectáreas.

Registros de Terreno: Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación efectiva entre la empresa adjudicada y CONAF, respecto a la gestión de las actividades objeto de la presente licitación, ya sean: acuerdos, no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena. Se utilizará un libro manifold de faena para el registro en terreno con observaciones, amonestaciones o multas, cuya notificación deberán ser obligatoriamente recibida por el Supervisor de terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento.

Suspensión excepcional de las faenas: Al iniciarse un incendio forestal dentro o en las proximidades del área de trabajo, CONAF podrá suspender la faena y ordenar la evacuación del personal del adjudicatario, si las circunstancias lo aconsejan para seguridad de las personas y los bienes.

Si existieran otras causas y externalidades las cuales comprometan la seguridad del personal o impidan la ejecución de las obras, de la faena licitada, CONAF podrá suspender las faenas y ampliar los plazos. Los días que se suspendan las faenas, serán compensados en igual cantidad, sobre los plazos otorgados. Lo anteriormente mencionado estará sujeto a evaluación.

Medidas de Protección durante las Faenas.
  1. El Oferente deberá conocer en detalle el área de trabajo asignada para implementar las medidas ambientales requeridas.
  2. La reparación y mantención de maquinaria, sólo en sitios autorizados por CONAF
  3. Para el caso de uso de maquinaria, se deberá utilizar una cubierta de protección al suelo durante la carga de combustible o aceites o reparaciones menores para evitar derrame de productos y asegurarse en el momento de aplicar de no tener derrames de combustible, lubricantes, y vertidos al suelo y aguas superficiales (canales, esteros, ríos).
  4. Asegurar que todos los trabajos de carga de equipos, se realicen en forma eficiente y segura, garantizando la salud e integridad de las personas, instalaciones y el medio ambiente.
  5. Los envases o desechos de productos utilizados, “de cualquier naturaleza”, deberán ser eliminados fuera del área de faena en lugares establecidos para la eliminación de los mismos (contenedor, punto verde, etc.), siguiendo los protocolos establecidos para no contaminar.
  6. No lavar ni eliminar residuos de los equipos en los cursos de agua.
Medidas de protección personal e implementación de seguridad.

El adjudicatario deberá disponer de los elementos de protección personal necesarios para proteger la integridad física del personal de acuerdo al tipo de faena, velando  por el correcto uso de toda la implementación de seguridad. Así mismo, deberá tomar todas las precauciones y resguardos necesarios para evitar accidentes, por causa de los trabajos licitados.

Horarios de ejecución de faenas.

Las faenas en la RNLP, deben ejecutarse en días hábiles de lunes a viernes en horario de 07:30 a 18:15 horas. Podrán ejecutarse faenas los días sábado entre las 08:00 y las 17:15 horas, únicamente con previa autorización expresa de CONAF, lo que se evaluará caso a caso. No se deberá considerar el sábado como día hábil para efectos del cómputo del plazo de entrega informado en la oferta.

Los horarios de operación de la faena deben necesariamente, respetar la jornada de trabajo, según contratos, con el resguardo de cumplir estrictamente la normativa laboral.

1.El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de la faena, deberán cumplir las siguientes normas de permanencia en la RNL Peñuelas:

INGRESO Y PERMANENCIA EN LA RESERVA: Todas las personas que hagan ingreso deberán registrarse en el libro de faenas e indicar: Nombre, destino y/o motivo de la visita y si por algún motivo ingresa fuera de horario estará obligado de avisar a CONAF.

Transitar sólo por caminos establecidos, conducir con cuidado y no exceder los 30 Km/hora para evitar atropellos o perturbación de flora y fauna.

Está prohibido realizar cualquier actividad que no tenga relación directa con el trabajo que se  esté ejecutando, actividades tales como:

- Cacería, pesca, extracción de gusanos de tebo. de tierra de hojas, trekking, etc.

- Cortar o extraer flora de cualquier tipo (plantas, flores, semillas, ramas, tierra de hojas, etc.).

- Molestar o perturbar la fauna del lugar, más allá de lo que implica la ejecución de faenas.

- Ingresar a cualquier cuerpo de agua.

- Ingresar con animales domésticos, a excepción de perros lazarillos correctamente identificados.

- Utilizar o derramar productos tóxicos y/o contaminantes.

- Botar basura. Ésta debe ser retirada para ser depositada fuera del predio.                      


Durante su permanencia en la faena está totalmente prohibido generar o utilizar cualquier fuente calórica, que pudiere generar un incendio forestal. Solo se podrá usar alguna fuente calórica en lugares seguros previa autorización de CONAF.

Se prohíbe ingresar con personas que no tengan relación directa con la faena y que no estén en los listados de trabajadores oficiales de la faena, como por ejemplo familia, hijos, amigos, etc.

Toda persona que trabaje, que preste un servicio o faena en particular, estará obligado a utilizar sus implementos de protección personal (EPP). Si alguna persona es sorprendida sin su implementación se emitirá la observación correspondiente al encargado de la Faena.

No se podrá ingresar, ni portar onda, armas de fuego, rifles de aire comprimido ni ningún implemento o artefacto que vaya en contra de la protección de los bienes naturales, si ocurriese el caso, la persona podrá ser expulsada sin posibilidades de un nuevo ingreso.

En consecuencia, toda situación detectada y que sea considerada irregular debe ser informada oportunamente a quien corresponda con la finalidad de que se tomen las medidas correspondientes, y de este modo evitar su reiteración.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.