Licitación ID: 1590-4-LP26
SERVICIO DE SOPORTE INFORMÁTICO CON MESA DE AYUDA
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Soporte técnico y servicios de mesa de ayuda 24 Mes
Cod: 81111811
SERVICIO DE SOPORTE INFORMÁTICO CON MESA DE AYUDA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE SOPORTE INFORMÁTICO CON MESA DE AYUDA
Estado:
Publicada
Descripción:
Contar con un servicio de soporte informático con mesa de ayuda para la Subsecretaría de Agricultura y la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria, que permita asegurar la continuidad operativa, la estabilidad de los sistemas informáticos y la oportuna atención de los requerimientos tecnológicos institucionales.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Subsecretaría de Agricultura
R.U.T.:
61.301.000-9
Dirección:
Teatinos 40 Piso 5
Comuna:
Alhué
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-03-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 02-03-2026 16:47:15
Fecha inicio de preguntas: 02-03-2026 17:33:00
Fecha final de preguntas: 10-03-2026 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-03-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-03-2026 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-03-2026 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 14-04-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.1 Antecedentes Legales Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información de compras, deben adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto: a) Persona Jurídica i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente. ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa iii. Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia iv. Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos). v. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) b) Persona Natural i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante. ii. Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII. iii. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) c) Personas Jurídicas Régimen simplificado: Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad: i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente. ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa iii. Certificado de Estatuto Actualizado. iv. Certificado de Vigencia. v. Certificado de Anotaciones. vi. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de proveedores disponible en el sistema de información, que figuren en él en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información, o ser prestados formalmente en las oficinas de la Subsecretaría en los términos y condiciones que establezca el Servicio. d) Unión Temporal de Proveedores (UTP): La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente: a) La UTP deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño. b) Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. c) Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. d) Debe materializarse por escritura pública. e) Los proveedores deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar obligatoriamente y de forma adicional a la escritura pública el Anexo N° 7 dispuesto para ello en el consta la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas. Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen. Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”. Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración en caso de adjudicación el artículo N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.”: Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Subsecretaría el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta. En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada. La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta. Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N°7, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar. Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas. Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que: -El Anexo N° 7 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. - Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Subsecretaría entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP. - Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato. Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Subsecretaría debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución. La Subsecretaría podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta. En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Subsecretaría el derecho poner término al contrato. Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CRITERIO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de la oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso. 2%
2 OFERTA TÉCNICA La evaluación de la oferta técnica será medida de acuerdo con el grado de cumplimiento del oferente, en los siguientes Subcriterios: Planificación preventiva (20%) Sistema de reportes (10%) Servicios adicionales* (10%) 40%
3 Oferta Económica e valorará el precio ofertado total privilegiándose la oferta total con impuestos incluidos más económica. El precio debe ofertarse en moneda nacional indicando el valor neto de los servicios requeridos. La asignación de puntaje se realizará de acuerdo con lo siguiente (Anexo N° 1): 15%
4 CRITERIO CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN Se valorará a quien cumpla con las mejores condiciones de empleo y remuneraciones, para ello se requiere completar la información en el Anexo N° 6 y acompañar los documentos que acrediten el cumplimiento del factor. 10%
5 CRITERIO PROGRAMA DE INTEGRIDAD uienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para el proveedor y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad. Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta. 3%
6 EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA DEL OFERENTE Y DEL La evaluación de la oferta será medida de acuerdo con el grado de cumplimiento del oferente, en los siguientes Subcriterios: - Subcriterio experiencia de quien oferta en proyectos de similar o análoga naturaleza (12%) - Subcriterio certificaciones y especialización técnica del equipo de trabajo propuesto (13%) 25%
7 CRITERIO INCLUSIÓN LABORAL Y/O GÉNERO Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género). Adicionalmente de acuerdo con lo previsto en el art. 55 del Reglamento de la Ley de Compra: 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22
Monto Total Estimado: 96641400
Justificación del monto estimado Monto máximo disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones se facturará mensualmente, considerando dos facturas una equivalente al 90% de la mensualidad referida a la prestación de servicios para la Subsecretaría de Agricultura y otra por el 10% para los servicios prestados en Achipia.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Departamento de Finanzas
e-mail de responsable de pago: compras@minagri.gob.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta un 30% de la totalidad del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Subsecretaría, con la debida antelación, esto e
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
Fecha de vencimiento: 30-06-2028
Monto: 5 %
Descripción: Quien se adjudique la presente licitación pública debe entregar, al momento de la firma del contrato una garantía, a fin de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238. Dicha garantía podrá ser cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, por ejemplo, una boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía o certificado de fianza, siempre que cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley 19.886.
Glosa: La garantía debe tener la siguiente glosa: "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado servicio de soporte informático con mesa de ayuda para la Subsecretaría de Agricultura y la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía podrá ser cobrada a favor de la Subsecretaría de Agricultura cuando quien preste el servicio incurra en alguno de los siguientes incumplimientos de contrato: I. Si el monto de las multas cobradas al adjudicado sobrepasa el 3% del valor del contrato. II. Si en el desarrollo del contrato, el adjudicado acumula más de tres multas. III. Si quien se adjudique acumula 5 días hábiles sin atender el servicio, sin justificación o causa de fuerza mayor. IV. Incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 17.322 y normativa vigente. La garantía de fiel cumplimiento será devuelta una vez cumplida su vigencia.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
Fecha de vencimiento: 30-06-2028
Monto: 5 %
Descripción: Quien se adjudique la presente licitación pública debe entregar, al momento de la firma del contrato una garantía, a fin de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238. Dicha garantía podrá ser cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, por ejemplo, una boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía o certificado de fianza, siempre que cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley 19.886.
Glosa: "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado servicio de soporte informático con mesa de ayuda para la Subsecretaría de Agricultura y la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de tratarse de un vale vista u otro instrumento que no permita escribir la glosa, quien oferte debe acompañar un acta que dé cuenta que el vale vista o instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, ha sido emitido para el proceso de licitación pública de que se trata, debiendo indicar el ID de la Licitación y la descripción de este, así como la individualización detallada del instrumento bancario. La garantía podrá ser cobrada a favor de la Subsecretaría de Agricultura cuando quien preste el servicio incurra en alguno de los siguientes incumplimientos de contrato: I. Si el monto de las multas cobradas al adjudicado sobrepasa el 3% del valor del contrato. II. Si en el desarrollo del contrato, el adjudicado acumula más de tres multas. III. Si quien se adjudique acumula 5 días hábiles sin atender el servicio, sin justificación o causa de fuerza mayor. IV. Incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 17.322 y normativa vigente. La garantía de fiel cumplimiento será devuelta una vez cumplida su vigencia.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, no se encuentren hábiles en el sistema de información, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que por los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien se adjudique, facultará a la Subsecretaría de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.
Bases Administrativas

BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA DENOMINADA: “SERVICIO DE SOPORTE INFORMÁTICO CON MESA DE AYUDA PARA LA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA Y LA AGENCIA CHILENA PARA LA CALIDAD E INOCUIDAD ALIMENTARIA”.

Se deja constancia, asimismo, que estas Bases están conformadas por los contenidos que se listan a continuación:

I.-         BASES ADMINISTRATIVAS

II.-        BASES TÉCNICAS

III.-       ANEXOS

I.-         BASES ADMINISTRATIVAS

1.         LICITANTE:

Razón Social                                      : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura

RUT                                                    : 61.301.000-9

Dirección                                             : Teatinos N° 40

Comuna                                              : Santiago

Región                                                : Metropolitana de Santiago.

2.         ENCARGADO DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:

Nombre                                              : Angélica Ríos A.

Cargo                                                 : Encargada de Compras y Contrataciones

E-mail                                                 : compras@minagri.gob.cl.

Tipo de Adquisición                           : Licitación Pública mayor a 1000 UTM y menor a .5000 UTM

Tipo de Convocatoria                         : Abierta (LP)

Tipo de Adjudicación                         : Simple

Contrato                                             : Contrato a 24 meses

Moneda                                              : Peso

Etapas                                                : Una Etapa

Línea de Producto                             : Una línea

Publicidad de las Ofertas                  : La Subsecretaría de Agricultura dispone en este acto, que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.


  1. SERVICIO SOLICITADO

3.1            Nombre de la adquisición   : Contratación del servicio de soporte informático con mesa de ayuda para la Subsecretaría de Agricultura y la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria.

3.2            Objetivo de la contratación: Contar con un servicio de soporte informático con mesa de ayuda para la Subsecretaría de Agricultura y la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria, que permita asegurar la continuidad operativa, la estabilidad de los sistemas informáticos y la oportuna atención de los requerimientos tecnológicos institucionales.

  1. NORMATIVA

La presente licitación pública se rige por las siguientes normas:

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.

Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:

  • Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  • Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.
  • Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Subsecretaría de Agricultura.
  • Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Subsecretaría de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
  • Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.
  • La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil.

  1. REQUISITOS PARA OFERTAR

5.1            Antecedentes Legales

Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información de compras, deben adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:

a)     Persona Jurídica

     i.    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

    ii.     Fotocopia simple de RUT de la Empresa

  iii.     Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia

  iv.     Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).


  1. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)

b)     Persona Natural

 

     i.    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.

    ii.     Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.

     iii.  Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)

c)     Personas Jurídicas Régimen simplificado:

Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:

     i.    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

   ii.     Fotocopia simple de RUT de la Empresa

 iii.     Certificado de Estatuto Actualizado.

 iv.     Certificado de Vigencia.

   v.     Certificado de Anotaciones.

 vi.     Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)

Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de proveedores disponible en el sistema de información, que figuren en él en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.

Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información, o ser prestados formalmente en las oficinas de la Subsecretaría en los términos y condiciones que establezca el Servicio.

d)     Unión Temporal de Proveedores (UTP):

 

La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente:

 

a)     La UTP deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.

b)     Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c)     Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d)     Debe materializarse por escritura pública.


e)     Los proveedores deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar obligatoriamente y de forma adicional a la escritura pública el Anexo N° 7 dispuesto para ello en el consta la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.

Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.

Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.

Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración en caso de adjudicación el artículo N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.”:

Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Subsecretaría el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.

En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.

La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.

Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.

Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N°7, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.

Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.

Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:


 -El Anexo N° 7 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.

- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Subsecretaría entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.

- Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato.

Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Subsecretaría debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.

La Subsecretaría podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta.  

En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Subsecretaría el derecho poner término al contrato.

Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.

5.2            Presentación de Anexos:

Quienes oferten, deben estar hábiles en el registro de proveedores y deben suscribir la Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6, como obligatorio y N°7 en caso de que corresponda, según la naturaleza de quien oferte.

Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.

  1. PACTO DE INTEGRIDAD

 

Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.


Especialmente, quien oferte acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1. Quien oferte se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, quien oferte se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2. Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.

3. Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4. Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

5. Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.

6. Quien oferte manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.

7. Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8. Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


  1. PLAZOS DE LA LICITACIÓN

CRONOGRAMA:

a)     Recepción de ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del vigésimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.

b)     Acto de apertura electrónica: a las 15:10 horas del vigésimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.

Excepcionalmente podrán efectuarse aperturas en las dependencias de la Entidad Licitante en los casos previstos en el artículo 115 del Reglamento de la ley 19.886. A las aperturas de ofertas en soporte papel podrán asistir los representantes de los Oferentes.

Quienes oferten podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en Soporte Papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto.

c)     Preguntas sobre las bases: estas se podrán realizar hasta las 18:00 horas del octavo día corrido, contados desde la fecha de publicación de las Bases de Licitación.

d)     Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 18:00 horas del segundo día hábil siguiente al cierre del periodo para hacer consultas.

e)     Aclaraciones y/o Consultas a las Bases de Licitación: Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.

La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.

f)       Plazo de Evaluación: ocho días hábiles.

g)     Fecha de Adjudicación: la adjudicación se realizará, en el plazo máximo que vence el décimo quinto día hábil, contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas.

h)     Cambio en la fecha de adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 2 (dos) días hábiles adicionales al plazo ya establecido, excepto en el caso que se califique una situación de fuerza mayor o caso fortuito, lo que será debidamente declarado en el acto administrativo de adjudicación.


i)       Formalización del contrato: La contratación se formalizará en el plazo máximo de diez días corridos contados desde la adjudicación. Una vez celebrado el contrato y aprobado por la respectiva resolución, se procederá a emitir la orden de compra correspondiente al año presupuestario vigente.

j)       Contabilización de los días: En caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.

k)     Modificaciones a las bases de licitación: La Subsecretaría podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

  1. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:

Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.

9.         EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

9.1 Comisión Evaluadora

Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as públicos de la Subsecretaría de Agricultura.

La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las bases de licitación. El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.

La Subsecretaría informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.

La comisión evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y al mismo tiempo guardarán confidencialidad del proceso de evaluación mediante las debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies del Capítulo VII de la Ley de Compras y Contrataciones, y el artículo 108 del reglamento de la misma ley N°19.886.

Los motivos por los cuales puede suscitarse conflicto de interés y es razón de abstenerse de ser parte de una comisión evaluadora, son los señalados en el artículo 35° quinquies, el cual indica que las autoridades o funcionarios presentarán un conflicto de interés en caso de que:

  • Esté involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.

  • Si está involucrado él mismo, su cónyuge; las sociedades o empresas en las cuales sea director o dueño, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, de un 10% o más de su capital; las sociedades o empresas en las cuales alguna de las personas antes mencionadas sea director o dueño, directo o indirecto, del 10% o más de su capital, y el controlador de la sociedad o sus personas relacionadas, si el director no hubiera resultado electo sin los votos de aquél o aquéllos.
  • En caso de tener una cuestión litigiosa pendiente; compartir despacho profesional o estar asociado; tener amistad íntima o enemistad manifiesta; haber tenido intervención como perito o como testigo; tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.
  • Haberse desempeñado en los últimos 24 meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión.
  • Otras circunstancias son haber emitido opinión sobre un procedimiento de contratación cuya resolución se encuentre pendiente.
  • Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.

En el marco de la ley N° 20.730, los/as funcionarios/as de planta o contrata que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada ley de Lobby.

Queda prohibido que los integrantes de la Comisión concedan reuniones a terceros, sobre materias vinculadas a la evaluación.

Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, y de acuerdo con lo establecido en artículo 39 del Reglamento de la ley N° 19.886, quienes oferten sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de esta en aquellas instancias previstas en las Bases de Licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.

La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.

Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros. De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.

9.2 Criterios de Evaluación

Los criterios que se utilizarán para la correcta evaluación de las ofertas y sus ponderaciones son los que se individualizan a continuación:

Criterio de Evaluación

Porcentaje

Oferta económica

15%

Oferta Técnica (i+ii+iii)

40%

  i.    Planificación preventiva:

  • Manejos de Activos T.I. (6%)
  • Planificación Básica de software (7%)
  • Planificación de escalamiento ante emergencia (7%)

20%

    ii.     Sistema de reportes:

  • Mensual (5%)
  • En línea (5%)

10%

   iii.    Servicios adicionales

10%

Experiencia y Capacidad Técnica del Oferente y del Equipo de Trabajo:

     i.            Experiencia de quien oferta en proyectos de similar o análoga naturaleza (12%)

      ii.          Subcriterio certificaciones y especialización técnica del equipo de trabajo propuesto (13%)

25%

Condiciones de empleo y remuneraciones

10%

Inclusión laboral y/o género

5%

Programa de Integridad

3%

Cumplimiento de requisitos formales

2%

Total

100%

9.3 Metodología de Cálculo

Para calcular los porcentajes obtenidos por los oferentes en cada uno de los criterios de evaluación, se utilizará la siguiente metodología:

  1. CRITERIO OFERTA ECONÓMICA (15%)

Se valorará el precio ofertado total privilegiándose la oferta total con impuestos incluidos más económica. El precio debe ofertarse en moneda nacional indicando el valor neto de los servicios requeridos. La asignación de puntaje se realizará de acuerdo con lo siguiente (Anexo N° 1):

                        Oferta de menor monto                                 : 100 puntos

                        Segunda oferta con menor monto                :   80 puntos

                        Tercera oferta con menor monto                   :   60 puntos

                        Siguientes ofertas                                          :   50 puntos

  1. CRITERIO OFERTA TÉCNICA (40%)

La evaluación de la oferta técnica será medida de acuerdo con el grado de cumplimiento del oferente, en los siguientes Subcriterios:

Criterio de evaluación

Subcriterio

Dimensión a evaluar

Evaluación

Puntaje

Propuesta Técnica 40%

Planificación preventiva
(20%)

Manejo de activos TI
(6%)

Quien oferta presenta en su plan de trabajo un procedimiento documentado de manejo de activos TI, aplicable al requerimiento de la Subsecretaría de Agricultura, que considera inventario actualizado, control de asignación, mantención, bajas, trazabilidad y mecanismos de actualización periódica.

100

Quien oferta presenta en su plan de trabajo un procedimiento de manejo de activos TI aplicable al requerimiento de la Subsecretaría de Agricultura, pero de alcance parcial o con definición incompleta de procesos

50

Quien oferta no informa o no presenta en su plan de trabajo un procedimiento de manejo de activos TI aplicable al requerimiento de la Subsecretaría de Agricultura

0

Planificación Básica de software
(7%)

Quien oferta presenta en su plan de trabajo un procedimiento documentado de mantención preventiva de sistemas e infraestructura tecnológica, que considera al menos periodicidad definida, actividades programadas, responsables, mecanismos de control y registro, y criterios de actualización, aplicable al requerimiento de la Subsecretaría de Agricultura.

100

Quien oferta presenta en su plan de trabajo un procedimiento de mantención preventiva de sistemas e infraestructura tecnológica, pero de alcance parcial o con definición incompleta de alguno de los elementos señalados.

50

Quien oferta no informa o no presenta en su plan de trabajo un procedimiento de mantención preventiva de sistemas e infraestructura tecnológica aplicable al requerimiento de la Subsecretaría de Agricultura.

0

Planificación escalamiento ante emergencia (7%)

Quien oferta presenta en su plan de trabajo un procedimiento documentado de escalamiento de incidencias frente a situaciones de urgencia, alineado con buenas prácticas de gestión de servicios TI (por ejemplo, ITIL u otras equivalentes), que considera al menos clasificación de incidentes, niveles de severidad, tiempos de respuesta y resolución, responsables, canales de comunicación, mecanismos de registro y protocolos de contingencia, aplicable al requerimiento de la Subsecretaría de Agricultura.

100

Quien oferta presenta en su plan de trabajo un procedimiento de escalamiento de incidencias frente a situaciones de urgencia, pero de alcance parcial o con definición incompleta de alguno de los elementos señalados.

50

Quien oferta no presenta en su plan de trabajo un procedimiento de escalamiento de incidencias frente a situaciones de urgencia aplicable al requerimiento de la Subsecretaría de Agricultura

0

Sistema de reportes

(10%)

Mensual

(5%)

Quien oferta presenta un sistema de reporte mensual que da cuenta del desempeño del servicio, de acuerdo con los requerimientos de la Subsecretaría de Agricultura, considerando al menos volumen de atenciones, clasificación de incidencias, tiempos de atención y resolución, cumplimiento de niveles de servicio y medidas de mejora.

100

Quien oferta no presenta un sistema de reporte mensual que permita dar cumplimiento a los requerimientos de la Subsecretaría de Agricultura.

0

En línea

(5%)

Quien oferta acredita la disponibilidad de un sistema de reporte en línea que permita a la Subsecretaría de Agricultura visualizar, consultar y hacer seguimiento a las atenciones, incidencias y estado de los requerimientos, con acceso remoto y actualización periódica de la información.

100

Quien oferta no acredita la disponibilidad de un sistema de reporte en línea para el seguimiento del servicio.

0

Servicios adicionales*

(10%)

Se entenderá por servicios adicionales aquellos que, sin formar parte obligatoria del alcance definido en las bases técnicas, contribuyan a fortalecer la operación, seguridad, continuidad, control o eficiencia del servicio de Mesa de Ayuda y administración de infraestructura tecnológica.

Ejemplos referenciales (no excluyentes):

  • Monitoreo avanzado de ciberseguridad.
  • Análisis de vulnerabilidades o auditorías TI.
  • Automatización de procesos de soporte.
  • Dashboards de gestión adicionales.
  • Pruebas periódicas de respaldos y recuperación.
  • Documentación técnica y transferencia de conocimiento.
  • Simulacros de contingencia.
  • Optimización de inventarios TI.

No se considerarán servicios adicionales aquellos que:

  • Estén ya incluidos en las obligaciones mínimas del contrato.
  • No tengan relación directa con el objeto del servicio.
  • Sean meramente comerciales o sin impacto operativo verificable.

Quien oferta declara tres (3) o más servicios adicionales atingentes, debidamente descritos, indicando su periodicidad, alcance y forma de ejecución.

100

Quien oferta declara uno (1) o dos (2) servicios adicionales atingentes, debidamente descritos, indicando su periodicidad, alcance y forma de ejecución.

50

Quien oferta no declara servicios adicionales atingentes, o no informa su periodicidad y alcance.

0

  1. CRITERIO EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA DEL OFERENTE Y DEL EQUIPO DE TRABAJO (25%)

-        Subcriterio experiencia de quien oferta en proyectos de similar o análoga naturaleza (12%)

Experiencia comprobada de quien oferta en la ejecución de contratos de servicios de soporte TI, mesa de ayuda, administración de infraestructura tecnológica o servicios equivalentes, considerando la cantidad de contratos acreditados, su duración efectiva en meses y el monto administrado

Se considerarán contratos válidos aquellos que cumplan simultáneamente:

  • Servicios de naturaleza similar o análoga al objeto de la licitación.
  • Duración efectiva igual o superior a 12 meses continuos.
  • Ejecutados dentro de los últimos 5 años.

Evaluación

Puntaje

Quien oferta acredita cuatro (4) o más contratos válidos, conforme a los criterios señalados, considerando duración y monto.

100

Quien oferta acredita entre 1 y 3 contratos válidos, conforme a los criterios señalados.

60

Quien oferta no acredita contratos válidos.

0

La experiencia deberá acreditarse mediante cualquiera de los siguientes documentos:

-        Órdenes de compra en estado “Recepción Conforme”.

-        Contratos debidamente suscritos.

-        Cartas o certificados emitidos por el mandante.

En cualquiera de los casos, el documento presentado deberá indicar expresamente, a lo menos:

-        Nombre o descripción del servicio prestado.

-        Identificación de quien presta el servicio (oferente).

-        Período de ejecución del servicio, expresado en meses.

-        Entidad o institución mandante.

En caso de que la documentación no permita verificar claramente alguno de los antecedentes señalados, la experiencia declarada no será considerada para efectos de la evaluación.


-        Subcriterio certificaciones y especialización técnica del equipo de trabajo propuesto (13%)

Dimensión por evaluar: Nivel de especialización técnica del equipo de trabajo propuesto, acreditada mediante certificaciones técnicas vigentes o especializaciones avanzadas, en áreas directamente relacionadas con la prestación del servicio.

Se considerarán certificaciones o especializaciones en una o más de las siguientes áreas, u otras equivalentes debidamente acreditadas:

  1. Atención al cliente y gestión de servicios TI.
  2. Ciberseguridad.
  3. Administración de servidores.
  4. Almacenamiento y respaldo de información.
  5. Virtualización e infraestructura.
  6. Redes y comunicaciones.

Forma de acreditación: Copia simple de certificados vigentes emitidos por fabricantes, entidades certificadoras reconocidas o instituciones especializadas, indicando nombre del titular, entidad emisora y fecha de emisión o vigencia.

Evaluación

Puntaje

El equipo acredita certificaciones o especializaciones en tres (3) o más áreas técnicas distintas

100

El equipo acredita certificaciones o especializaciones en una (1) o dos (2) áreas técnicas distintas

50

No se acreditan certificaciones o especializaciones técnicas

0

Nota: La evaluación se realizará considerando las certificaciones y/o especializaciones técnicas acreditadas por el equipo de trabajo propuesto en su conjunto, pudiendo estas corresponder a uno o más integrantes del equipo, especialmente a aquellos que cumplan roles técnicos relevantes para la prestación del servicio.

No será exigible que la totalidad del equipo cuente con certificaciones, bastando que el oferente acredite certificaciones vigentes en las áreas técnicas indicadas, conforme a la estructura y distribución de funciones propuesta en su oferta.

  1. CRITERIO CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN (10%)

Se valorará a quien cumpla con las mejores condiciones de empleo y remuneraciones, para ello se requiere completar la información en el Anexo N° 6 y acompañar los documentos que acrediten el cumplimiento del factor.

Subcriterio

Factor

Medio de verificación

Condiciones de empleo y remuneraciones

Quien oferta declara:

a)     Nivel de remuneraciones sobre el sueldo mínimo, es igual o superior al 5%, debe indicar en la declaración jurada cuál es la política en esta materia.

b)     Reajusta las remuneraciones de sus trabajadores/as, debe indicar la modalidad de reajuste.

c)     Duración de los contratos: El 70% del personal de su empresa cuenta con contratos indefinidos.

d)     Convenios con Cajas de Compensación o similares, debidamente acreditados con certificados vigentes, emitidos en los últimos 60 días corridos desde la presentación de su oferta.

e)     Política de capacitación para quienes prestan los servicios a la empresa o persona, acompañar documente que dé cuenta que quien oferta cuenta con una política interna, ej. Manual de capacitación interno, Reglamento de capacitación interno, nómina de las últimas capacitaciones realizadas (año 2019-2023), al menos señalando al personal capacitado, nombre del curso, horas y asistencia.

Para la acreditación de los factores indicados en las letras a), b) y c) será mediante la presentación de una declaración jurada simple firmada por el/la representante legal de la empresa. Aquello será exigido y controlado por la contraparte técnica, como parte del seguimiento administrativo de la contratación, durante toda su vigencia.

Para las letras d) y e), la acreditación serán con los documentos que se indican en cada factor

Para todos los casos que los documentos a presentar impliquen la denominación o singularización de personas, debe omitirse o censurarse los datos personales.

Cálculo del puntaje:

 

Subcriterio

Factor

Puntaje

Condiciones de empleo y remuneraciones

Declara y acredita cumplir con todos las materias indicadas para el subcriterio (a, b, c, d y e).

100

Declara y acredita cumplir con al menos cuatro de las materias indicadas para el subcriterio.

80

Declara y acredita cumplir con al menos tres de las materias indicadas para el subcriterio.

60

Declara y acredita cumplir con al menos dos de las materias indicadas para el subcriterio.

30

Declara y acredita cumplir con al menos una de las materias indicadas para el subcriterio.

10

Declara que no cumple con ninguna de las materias indicadas en el subcriterio o no presenta o no acompaña el respaldo de la acreditación conforme al medio de verificación exigido.

0

  1. CRITERIO INCLUSIÓN LABORAL Y/O GÉNERO (5%)

Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género).

Adicionalmente de acuerdo con lo previsto en el art. 55 del Reglamento de la Ley de Compra:

  • Se entenderá que una empresa promueve la igualdad de género cuando incluye políticas o prácticas del lugar de trabajo para reducir brechas salariales; fomentar contrataciones equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y reducir la desigualdad de género.

  • Se entenderá que una empresa promueve los liderazgos de mujeres dentro de la estructura organizacional, cuando sea acorde al artículo 4, numeral 15, del reglamento de la ley 19.886.

  • Se entenderá que una empresa impulsa la participación de grupos subrepresentados cuando incluye políticas y prácticas para la inclusión y contratación significativa de personas que enfrentan barreras estructurales y desventajas en su acceso, permanencia y desarrollo en el mercado laboral.

El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 5:

 

Factores de inclusión

Materias y contenidos

Medio de verificación

Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios (**)

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato (*) de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y

2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.

Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país, debidamente legalizados.

Trabajadores en situación de discapacidad (Sólo para empresas con menos de 100 trabajadores/as, empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%). (**)

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;

2. Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad, certificación del COMPIN o certificado del Registro Civil en que se indique la condición.

3. Empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%, acompañar certificado.

Mujeres trabajadoras (**)

1-Quien oferta es una persona natural de género femenino.

2-Quien oferta es una empresa liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer, debidamente acreditado con los documentos que correspondan.

3-Quien oferte demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.

Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:

1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).

2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes vigente.

3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa.

*Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.

**Se entenderá cumplido el requisito si quien oferta al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.


Asignación de puntaje:

Subcriterio

Ítem

Puntaje

Política de Inclusión Laboral y/o de género

Cuenta con dos o más factores de inclusión laboral y/o de género.

100

Cuenta con un factor de inclusión laboral y/o de género.

50

No cuenta con factores de inclusión laboral y/o de género o no lo acredita debidamente.

0

  1. CRITERIO PROGRAMA DE INTEGRIDAD (3%)

Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para el proveedor y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.

Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta.

Con ese fin, el/la oferente debe presentar junto con su oferta, lo siguiente:

  1. Acompañar, con su oferta, el programa de integridad, de contar con él (artículo 17 Reglamento);
  2. Acompañar los antecedentes que den cuenta de que éste es conocido y aplicado por su personal (artículo 17 Reglamento).

Se entenderá por programa integridad es un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas internas diseñadas para promover comportamientos éticos, prevenir la corrupción y el fraude, y asegurar el cumplimiento normativo en una organización, siendo cada vez más obligatorio para proveedores del Estado, especialmente en compras públicas, e incluye canales de denuncia, sanciones y capacitaciones para empleados, todo adecuado a la realidad de cada empresa o institución que participe del proceso.

Se asignará puntaje a quienes oferten y cuenten con un programa de integridad que pueda acreditarse que se encuentre difundido en su empresa y con sus colaboradores.

Cuenta con programa de integridad              100 puntos

No cuenta con programa de integridad             0 puntos.

En caso de tratarse de personas naturales que participen del proceso, recibirán el puntaje íntegro para este criterio, acompañando una declaración jurada que se comprometen a firmar un pacto de integridad, en caso de ser adjudicados.

En caso de ofertar en UTP todos sus integrantes deben contar con “Programa de Integridad” en los términos descritos en el presente criterio de evaluación, a fin de obtener el máximo puntaje.


  1. CRITERIO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (2%)

Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de la oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.

Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:

1)     Presentación de Administrativos y Anexos técnicos según formatos.

2)     Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.

3)     Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.

La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación de quien oferta, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.

Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)

Puntaje

Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.

100

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicional a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.

50

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.

50

No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y/o no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.

0

9.4 Puntaje Mínimo de Adjudicación

Se adjudicará la licitación el proveedor que obtenga el mayor puntaje ponderado a los criterios de evaluación, no obstante, dicho puntaje ponderado debe ser igual o superior al 65%.

En caso de que ningún proponte alcance dicha puntuación ponderada la licitación será declarada desierta, en los términos previstos en el numeral 14 de las presentes bases.

9.5 Mecanismo para dirimir empates

En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:

  1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Oferta Económica”.

  1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Propuesta técnica”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del criterio ”Experiencia y Capacidad Técnica del Oferente y del Equipo de Trabajo”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del criterio “Condiciones de empleo y remuneración”.

  1. De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el máximo puntaje ponderado en la evaluación del criterio del criterio “Inclusión laboral y/o género”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Programa de Integridad”.

  1. De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el criterio de “Cumplimiento de requisitos formales”.

  1. En caso de mantenerse el empate, se resolverá por la fecha y hora de ingreso de la oferta en el Sistema de Compras.

9.6 Aclaraciones y/o Consultas a las Bases de Licitación

Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl

La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.

10.  ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN

La Subsecretaría exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.

Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que la Subsecretaría lo estime necesario, podrá:

  1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

  1. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

  1. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los proveedores, esta se encuentra contemplada en las presentes bases.

Las consultas y/o aclaraciones se realizarán mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.

Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 56, del reglamento de la ley N° 19.886.

La Subsecretaría no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Subsecretaría para rechazar las ofertas.

11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Quien participe debe ingresar su oferta técnica y económica a través de los Anexos adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.

En caso de existir inconsistencias u omisiones en la información, se aplicará, si procede, lo señalado en el numeral precedente.

12. COSTOS

.

Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de que su oferta no sea rechazada, desestimada o no considerada por la Subsecretaría.

13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

La Subsecretaría se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas en la apertura de la licitación, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a quienes oferten a reclamar indemnización alguna por este motivo.

Serán rechazadas en el acto de apertura de ofertas, aquellas propuestas que:

  • No presenten el Anexo N° 7 para UTP, si procede al postular como UTP, debe acompañar la escritura pública ante notario obligatoria también para estos efectos.
  • No presenten los Anexo aprobados para la presentación de la propuesta N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6.

  • Presentación de ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten de forma simultánea ofertas de la naturaleza indicada respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. En este caso, la Subsecretaría considerará para efectos de la evaluación sólo la oferta más económica o conveniente en su conjunto, si el precio no fuera definitorio.
  • No presenten Escritura pública para casos de UTP
  • No postulen electrónicamente como UTP en el sistema de información, habiendo acompañado la escritura pública que la formaliza.
  • No presenten una propuesta técnica
  • Exceda el presupuesto máximo disponible

Con toda la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en evaluación se evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos y/o administrativos específicos respecto de lo requerido en las bases técnicas de la licitación, motivo que será debidamente declarado y fundado en el acta de evaluación de ofertas.

14.  DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.

Adjudicación: se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores.

Notificación: la Subsecretaría informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.

Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, no se encuentren hábiles en el sistema de información, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que por los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien se adjudique, facultará a la Subsecretaría de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.

Declaración de Desierta: la Subsecretaría podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la ley 19.886 y según lo previsto en el artículo N° 62 de su Reglamento, que señala: “Declaración de la licitación pública como desierta. Se declarará desierto la licitación pública cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante”.

Consultas y reclamos: Quien/es tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.


15. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN

La Subsecretaría podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.

16. CONTRATO

Se suscribirá el respectivo contrato con quien se adjudique la licitación en cuestión, previa acreditación de su habilidad para contratar con el Estado y de haber incorporado en el sistema de información la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal y físicamente ante la Subsecretaría.

La validez del contrato estará sujeta a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

Si el oferente adjudicado no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la Subsecretaría, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.

Previa suscripción del contrato el oferente debe acreditar, además, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales del equipo que se desempeñará en las labores de la citada prestación de servicios. Posterior a la suscripción del contrato, el proponente debe hacerse cargo de cualquier gasto que eventualmente deba efectuarse como producto de demandas de carácter laboral del personal que se desempeñe en el desarrollo de la mencionada prestación de servicios, conflictos en los cuales la Subsecretaría de Agricultura no tendrá participación alguna.

Para el caso de que la empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la Subsecretaría de Agricultura establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar, mediante comprobantes y planillas, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Se requerirá, también, la presentación mensual de un certificado especial de la Dirección del Trabajo, sobre esta materia.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, la Subsecretaría de Agricultura podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida no podrá participar.

Si quien resulte seleccionado no firmare el contrato por causa imputable a él en el plazo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la Subsecretaría, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.


La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna de Santiago, de la ciudad del mismo nombre, Chile, sin perjuicio de las facultades de la Subsecretaría de Agricultura y las atribuciones de la Contraloría General de la República.

       i.          Antecedentes legales para ser contratado:

Quien se adjudique debe reunir y acompañar los antecedentes legales señalados a continuación para ser contratado, ya sea en soporte en papel, o bien, mediante su incorporación en el sistema de información en los plazos señalados en el párrafo anterior. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes requeridos, deben ser presentados por cada uno de sus integrantes, además de la escritura pública en que conste su constitución.

A.-       Persona jurídica:

-   Certificado de Vigencia de la personería de sus representantes legales, extendido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días desde su emisión o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley 20.659 o, bien, copias de estos, debidamente autorizadas por un Notario Público.

-   Fotocopia de la escritura pública de constitución de la sociedad o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de sociedades acogidas a la Ley 20.659.

-   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal.

-   Fotocopia simple de RUT de la Empresa.

B.-       Persona Natural:

-    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del adjudicatario.

-    Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.

C.-       Unión Temporal de Proveedores (UTP):

En caso de adjudicarse una UTP, debe presentar:

-      Fotocopia de la escritura pública en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario sea dos o más proveedores.

16.1.       Inicio del servicio y plazo del contrato:

El inicio del contrato estará sujeto a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y se extenderá por el plazo de 24 meses, a contar de dicha fecha.

16.2.                   Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato

Quien se adjudique la presente licitación pública debe entregar, al momento de la firma del contrato una garantía, a fin de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238.


Dicha garantía podrá ser cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, por ejemplo, una boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía o certificado de fianza, siempre que cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley 19.886.

La garantía debe ser emitida por un monto equivalente al 5% del valor total neto del contrato, expresado en pesos chilenos o su equivalencia, y extendida como irrevocable y pagadera a la vista, a nombre de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, RUT: 61.301.000-9, con fecha de vencimiento igual a la fecha de término del contrato más 60 días hábiles.

 

La garantía debe tener la siguiente glosa: "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado servicio de soporte informático con mesa de ayuda para la Subsecretaría de Agricultura y la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria.

 

En caso de tratarse de un vale vista u otro instrumento que no permita escribir la glosa, quien oferte debe acompañar un acta que dé cuenta que el vale vista o instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, ha sido emitido para el proceso de licitación pública de que se trata, debiendo indicar el ID de la Licitación y la descripción de este, así como la individualización detallada del instrumento bancario.

La garantía podrá ser cobrada a favor de la Subsecretaría de Agricultura cuando quien preste el servicio incurra en alguno de los siguientes incumplimientos de contrato:

 I.    Si el monto de las multas cobradas al adjudicado sobrepasa el 3% del valor del contrato.

  1. Si en el desarrollo del contrato, el adjudicado acumula más de tres multas.
  2. Si quien se adjudique acumula 5 días hábiles sin atender el servicio, sin justificación o causa de fuerza mayor.
  3. Incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 17.322 y normativa vigente.

La garantía de fiel cumplimiento será devuelta una vez cumplida su vigencia.

16.3.       Forma de pago

 

Una vez recibido conforme los servicios mensuales, por parte de la Subsecretaría de Agricultura, quien preste el servicio debe emitir dos facturas, de acuerdo con el detalle de las órdenes de compra enviadas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.

Razón Social              : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura

RUT                            : 61.301.000-9

Dirección                    : Teatinos N° 40

Giro                             : Servicio Público

Glosa                          : identificación de la orden de compra

La Subsecretaría emitirá dos órdenes de compra, una relativa a los servicios de la Subsecretaría propiedad tal, equivalentes al 90% de la mensualidad y una para los servicios de Achipia, equivalente al 10%.

La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.


El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com. La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de compra y consignar la opción de pago “crédito”. Adicionalmente debe enviar copia del PDF de la factura al correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si así corresponde.

Quien preste el servicio debe acompañar además de la factura el certificado de cumplimento del pago de las leyes sociales de sus trabajadores. Formulario F-30-1 o certificado de PreviRed, en cualquiera de los casos debe corresponder al pago del mes de servicio anterior al que se está pagando. Dicho certificado garantizará el cumplimiento de las normas legales establecidas en el contrato, en el marco de las disposiciones del código del trabajo, para dichos efectos.

La Subsecretaría de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.

Es responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Subsecretaría para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).

Quien se adjudique debe mantener su habilidad para contratar con el Estado durante toda la vigencia del contrato, como también actualizar sus datos en la plataforma electrónica: Domicilio, Representantes legales, datos de contacto.

16.4.       Factoring

En caso de que quien se adjudique ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el proveedor.

Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

Tratándose de cesión electrónica el proveedor debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.

16.5.       Incumplimientos y Multas

16.5.1. Incumplimientos:

La Subsecretaría estará facultada para aplicar multas cada vez que el adjudicatario no proporcione los servicios convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta o bajo las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa y serán pagadas por el proveedor en los términos que establezca la resolución que las aplique.

A continuación, se detallan los criterios conforme a los cuales se determinarán y aplicarán las multas por incumplimientos en la prestación de los servicios contratados:



Incumplimiento

Multa

  1. 1.- Incumplimiento de dotación mínima.

Se entenderá por incumplimiento de dotación mínima del servicio la ausencia, inasistencia, atraso injustificado o falta de reemplazo del personal mínimo exigido para la correcta prestación del servicio, cuando dicha situación no sea subsanada dentro de un plazo máximo de cuatro (4) horas corridas desde que se produce la ausencia o inasistencia, de acuerdo con la jornada, turnos y cobertura establecidos en las Bases Técnicas.

1 UF por cada hora de incumplimiento, con un tope máximo de 10 UF por mes, y con un tope máximo acumulado de 80 UF durante toda la vigencia del contrato.

2. Retrasos reiterados del personal en la hora de ingreso (a partir de los 15 minutos), sin justificación.

Se entenderá por retrasos reiterados aquellos atrasos injustificados superiores a quince (15) minutos en la hora de ingreso del personal asignado al servicio, que no impliquen incumplimiento de la dotación mínima exigida ni afecten la continuidad operativa del mismo.

Esta causal tendrá por objeto resguardar la correcta ejecución administrativa y operativa del contrato y se aplicará únicamente cuando, al cierre mensual, se registre un número superior a quince (15) atrasos acumulados.

1 UF por personal que retrasa su hora de ingreso sin justificación. La multa se cobrará si al cierre de cada mes se han generado más de 15 retrasos en total.

Se entenderá por hora de ingreso la acordada entre la Subsecretaría y quien sea adjudicado, al momento de la formalización del contrato.

3. No proporcionar al personal uniforme o prenda distintiva de la empresa.

2 UF por evento, con tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.

4. No informar oportunamente la subcontratación del servicio, esto es, con al menos 5 días hábiles anteriores a la fecha de formalizarse la subcontratación, según lo previsto en las presentes bases.

3 UF por cada día hábil en que no se informe de la subcontratación para la aprobación de la contraparte técnica.

5 Incumplimiento de SLA por severidad

Incumplimiento de los tiempos de respuesta o resolución definidos en las Bases Técnicas y oferta, según severidad del ticket.

 Crítico: 2 UF por evento.

 Alto: 1,5 UF por evento.

 Medio: 1 UF por evento.

 Leve: 0,5 UF por evento.

(Tope de 10 UF por mes, y con un tope máximo acumulado de 50 UF durante toda la vigencia del contrato.)

6 No entregar respuesta ante requerimientos administrativos en un plazo de dos días hábiles.

1 UF por día de retraso en la entrega de respuestas a temas administrativos, tales como:

- Facturación (cesión de factoring)

- Certificado de leyes sociales

- Coordinación de reuniones.

7. No dar cumplimiento a las obligaciones laborales con sus trabajadores: pago de remuneraciones, pago de leyes sociales, bonificaciones u otros comprometidos en sus contratos.

2 UF por evento, por trabajador, con tope de 3 eventos durante la vigencia del contrato.

8. Quien preste el servicio no mantenga vigente alguna condición de empleo, remuneración o inclusión que hubiera declarado parte de su oferta, las que deben mantenerse vigente durante todo el contrato, pudiendo ser mejoradas, pero nunca eliminadas o rebajadas.

5 UF por evento por trabajador, con tope de 3 eventos durante la vigencia del contrato.

 

La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor de equivalencia de la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.

En cualquiera de los casos, la sumatoria de las multas aplicadas no deberá exceder el tope máximo del 30% del total del contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 136 del reglamento vigente de la Ley de Compras N° 19.886, o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en el periodo de vigencia del contrato. Cualquiera sea la situación, podrá ser causal de término anticipado del contrato, según lo estipulado en numeral 16.5 de las presentes bases de licitación.

16.5.2. Procedimiento de cobro de multas:

Una vez producido el incumplimiento la Subsecretaría lo notificará por escrito, mediante el acto administrativo correspondiente a quien preste el servicio, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.

Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880 y sus modificaciones.

Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras.

Las multas se regirán y aplicarán en los términos previstos en los artículos 135, 136, 137, 138, 139 y 140, del reglamento de la ley N° 19.886.

16.6.       Término anticipado del servicio contratado

La Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 bis de la Ley N° 19.886, en el artículo 130 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 661, de 2024 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva las multas y garantías, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:

continuación se indica:


  1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

  1. Unilateralmente, cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:

a)     La negativa, sin causa justificada, de entregar el servicio comprometido.

b)     Aplicación de más de tres (3) multas durante la vigencia del contrato de acuerdo con lo establecido en el numeral 16.4 de las presentes bases de licitación.

c)     Las demás causales establecidas por el Reglamento de la ley N° 19.886.

  1. Unilateralmente, quien preste el servicio registre incumplimiento del pago de remuneraciones y/u obligaciones sociales (laborales) de sus trabajadores, sin ofrecer un acuerdo de pago con sus trabajadores. En dicho caso la Subsecretaría activará el procedimiento de cobro de la garantía para pagar las deudas que corresponda.
  2. Unilateralmente, en caso de estado de notoria insolvencia de quien preste el servicio, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  3. Unilateralmente, si quien preste el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.
  4. Unilateralmente, si quien preste el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.
  5. No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Subsecretaría en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.
  6. Y todas las otras causales previstas en el artículo 130 del mencionado Reglamento de la ley de compras.

En este caso, la Subsecretaría debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte de quien preste el servicio, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.

16.7.       Supervisión del contrato – Contraparte técnica

La Subsecretaría de Agricultura ejercerá la supervisión integral del contrato a suscribir, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un/a funcionario/a del Departamento de Administración de la misma Subsecretaría.

Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:

a)    Supervisar y controlar la entrega de los servicios, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las Bases Técnicas y de los plazos acordados.

b)              Revisión de las pólizas y confirmación del cumplimiento de estas.

c)               Otorgar la recepción conforme y orden de pago del servicio requerido.


d)    Informar mediante memorándum al Departamento de Compras y Contrataciones, sobre la procedencia de la aplicación de las multas ante eventuales incumplimientos por parte del/la Adjudicatario/a, explicitando claramente el motivo del incumplimiento y el cálculo de la penalidad.

La referida contraparte tendrá acceso en todo momento a las tareas ejecutadas por quien preste el servicio, quien debe facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.

16.8.       Subcontratación

La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta un 30% de la totalidad del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Subsecretaría, con la debida antelación, esto es, con a lo menos cinco días hábiles anteriores a la fecha de la subcontratación. La Subsecretaría se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada.

El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.

La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 154, de conformidad con lo que se dispone en la letra d), del inciso tercero, del artículo 128, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.

16.9.       Modificación o prórroga del contrato

La contratación podrá ser modificado y/o prorrogado por una única vez, previo acuerdo escrito entre ambas partes, por un plazo máximo que no podrá superar los 10 días corridos adicionales a la vigencia original y no podrá superar el 15% del monto total presupuestado para la contratación.

La prórroga estará sujeta a la evaluación del desempeño de quien preste el servicio durante el período contractual y, debe ser solicitada con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento del contrato original. Cualquier modificación adicional, que no vulnere los principios de la contratación, debe ser acordada y suscrita por las partes formalmente y aprobada por el acto administrativo que corresponde.

Del mismo modo, la Subsecretaría podrá eventualmente contratar servicios conexos al contrato no contemplados en él. Dichas contrataciones no serán de exclusividad para quien se adjudique. Toda contratación adicional a los términos del contrato, serán cotizadas en términos de precio, plazos y especificaciones técnicas, con quien preste el servicio y se establecerán las condiciones contractuales singulares para dichos efectos.

Lo anterior en los términos previstos en el N° 1 del artículo 129 del Reglamento de la Ley 19.886

17. CONFIDENCIALIDAD

Si en la ejecución del contrato, se identifica información, material y/o equipo que requieran ser protegidos y clasificados, quien se adjudique guardará confidencialidad respecto de la información que en el cumplimiento del contrato conociera de la Subsecretaría.


Toda información que sea revelada o haya sido revelada por la Subsecretaría quien se adjudique, sus asesores/as o empleados/as, sean dependientes o no, de manera verbal, escrita, gráfica, electrónica o de cualquier otra forma, sea que dicha información le pertenezca o no a la Subsecretaría, y toda la información que el adjudicatario, sus asesores/as, empleados/as dependientes o no, tomen conocimiento, en cualquier forma, en relación con la Subsecretaría, tendrá carácter de confidencial. La información que se revele verbalmente será considerada confidencial desde el momento de su revelación, con el objeto de mantener la reserva y confidencialidad de la información que reciba quien se adjudique de parte de la Subsecretaría. Con todo, esta confidencialidad se referirá a:

  • No usar en el momento de la ejecución del contrato ni en el futuro, total o parcialmente la información, para ningún propósito distinto a la prestación de los servicios a la Subsecretaría.
  • Mantener dicha información en secreto y reserva, y no dar acceso a ninguna persona, sea natural o jurídica, a la misma, restringiendo su divulgación únicamente a sus asesores o empleados, sean dependientes o no, que necesiten saber tal información en relación con la provisión o posible provisión de servicios a la Subsecretaría.
  • No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan, antecedentes o documentos que contengan información, salvo que la Subsecretaría lo autorice en forma previa y por escrito.
  • La Subsecretaría tendrá el derecho para exigir en cualquier momento, la devolución de todo o parte del material, documentos u otros, que pueda haberle entregado o facilitado al adjudicatario que contenga información confidencial, debiendo esta última en dicho caso proceder a la devolución inmediata de lo solicitado.
  • Quien se adjudique adoptará todas las medidas conducentes a resguardar la confidencialidad de la información por parte de su personal, incluyendo profesionales, consultores, contratistas o demás personas que deban tomar, hayan tomado o tengan conocimiento de la Información Confidencial del órgano contratante.

Las obligaciones de reserva y confidencialidad que emanen del contrato se mantendrán por todo el tiempo en que el adjudicatario preste servicios a la Subsecretaría y se extenderá en el futuro permanentemente, salvo autorización expresa de la Subsecretaría, que permita revelar total o parcialmente la información entregada.

18. PROCEDENCIA DE AUDITORÍAS TÉCNICAS Y CONTROL DEL SERVICIO

La Subsecretaría de Agricultura podrá contratar, cuando lo estime necesario, servicios externos de verificación técnica, auditoría o control de calidad, con el objeto de comprobar el cumplimiento de las especificaciones técnicas, de las condiciones de seguridad de la información, de los niveles de servicio y de las obligaciones contractuales por parte del adjudicatario.

Dichas verificaciones podrán ejecutarse en cualquier etapa de la vigencia del contrato, permitiendo revisar de manera independiente los procesos de atención de la mesa de ayuda, la administración de infraestructura tecnológica, los registros operativos, los controles de seguridad y el cumplimiento de los niveles de servicio comprometidos.

En caso de que los resultados de dichas auditorías evidencien incumplimientos contractuales o deficiencias técnicas, el adjudicatario quedará sujeto a las medidas, sanciones y acciones que establezcan las presentes Bases y el contrato respectivo.


19. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN, CONTINUIDAD OPERATIVA Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO

Quien se adjudique deberá dar cumplimiento a las disposiciones de seguridad de la información y ciberseguridad establecidas en el Decreto Supremo N° 7/2023, la Ley N° 21.663, la Ley N° 19.628 y las buenas prácticas aplicables a la prestación de servicios tecnológicos, así como a los estándares internacionales ISO/IEC 27001 y 27002, en lo que resulte aplicable.

Durante la ejecución del servicio, los accesos a sistemas, equipos e infraestructura deberán efectuarse exclusivamente mediante cuentas institucionales o cuentas temporales supervisadas por el Departamento de Tecnologías de la Información, aplicando el principio de mínimo privilegio.

Finalizada la relación contractual o cuando deje de ser necesario el acceso, el adjudicatario deberá eliminar las cuentas temporales y entregar todas las credenciales utilizadas.

20. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO

Ni quien preste el servicio ni la Subsecretaría están exentos de responsabilidad en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales, debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo 45 del Código Civil.

El proveedor que se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Subsecretaría, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.

La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Subsecretaría de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione el proveedor y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.

En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo quien preste el servicio aceptar la extensión del contrato con los términos y condiciones de las presentes bases.

21. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

El proveedor que resulte adjudicado se compromete a observar lo establecido en la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada y demás normativa vigente o que la modifique o reemplace, respecto de todo dato personal al que pueda acceder con ocasión de la ejecución del contrato, obligándose a utilizarlos únicamente para el cumplimiento de éste y a mantener su confidencialidad. En particular, deberá adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para resguardar la seguridad de la información, impidiendo su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, así como eliminar o destruir los datos personales y cualquier soporte que los contenga al término del contrato o cuando así lo requiera el órgano contratante. Las obligaciones señaladas subsistirán hasta que dichos datos hayan sido completamente eliminados o vueltos inaccesibles, de conformidad con la normativa vigente al momento de su tratamiento.


Bases Técnicas
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SERVICIO DE SOPORTE INFORMÁTICO CON MESA DE AYUDA PARA LA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA Y LA AGENCIA CHILENA PARA LA CALIDAD E INOCUIDAD ALIMENTARIA

La Subsecretaría de Agricultura llama a los/as proveedore/as del rubro personas naturales y jurídicas chilenas o extranjeras constituidas legalmente en Chile, a participar de la presente licitación pública, para la contratación del servicio de traslado de personas, de acuerdo con lo siguiente:

PRIMERO: OBJETIVO DEL CONTRATO

La presente contratación tiene por objeto contar con un servicio de soporte informático con mesa de ayuda y administración de infraestructura tecnológica, destinado a asegurar la continuidad operativa de los sistemas, la atención oportuna de los requerimientos de los usuarios y el adecuado funcionamiento de las plataformas tecnológicas de la Subsecretaría de Agricultura y de la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria (ACHIPIA), a nivel nacional.

SEGUNDO: ALCANCE Y COBERTURA

El servicio comprenderá la prestación de soporte informático mediante mesa de ayuda, atención de requerimientos de usuarios, gestión de incidencias, administración de infraestructura tecnológica y soporte a plataformas institucionales, principalmente en modalidad remota, y de manera presencial cuando la naturaleza del requerimiento así lo exija, conforme a las condiciones establecidas en las presentes Bases Técnicas.

La cobertura del servicio será de carácter nacional, incluyendo las dependencias de la Subsecretaría de Agricultura, sus Secretarías Regionales Ministeriales y la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria (ACHIPIA), considerando atención remota para todas las regiones y atención presencial en los casos que se definan contractualmente.

TERCERO: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

El requerimiento consiste en contar con un servicio de Mesa de Ayuda TIC, que contemple un componente de soporte y atención a usuarios y un componente de administración de infraestructura tecnológica, conforme a lo establecido en las presentes Bases Técnicas.:

 

  1. Técnicos de soporte y atención a usuarios internos:

Quien se adjudique deberá poner a disposición de la Subsecretaría de Agricultura un equipo de trabajo compuesto por, a lo menos, dos (2) técnicos, quienes desempeñarán sus funciones de manera presencial en las dependencias físicas de la Subsecretaría de Agricultura, ubicadas en calle Teatinos N° 40, comuna de Santiago, nivel central.

La labor de dicho equipo estará orientada principalmente a la prestación de soporte técnico remoto, telefónico y en línea para todos los usuarios de la Subsecretaría de Agricultura, incluyendo sus Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMIS) y la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria (ACHIPIA).


El equipo será responsable de la atención y resolución de incidencias de software y hardware, gestión básica de redes, aplicación de actualizaciones de seguridad, ejecución de labores de mantenimiento preventivo, apoyo en el uso de herramientas tecnológicas, administración de accesos a recursos institucionales y seguimiento de los requerimientos ingresados, asegurando una adecuada trazabilidad, continuidad operativa y el cumplimiento de los tiempos de respuesta establecidos en los niveles de servicio (SLA).

Los técnicos deberán reportar sus actividades al encargado que designe la Subsecretaría de Agricultura, a través de los medios que formalmente se establezcan. Asimismo, el servicio deberá considerar un componente remoto del área de computación o informática, el cual reportará a la contraparte técnica definida por la Subsecretaría.

El oferente deberá considerar un técnico en calidad de reemplazo para los casos de ausencia de alguno de los técnicos titulares, debiendo efectuarse dicho reemplazo dentro de un plazo máximo de cuatro (4) horas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la aplicación de las multas establecidas en las Bases Administrativas de la Licitación.

La jornada de funcionamiento de la Mesa de Ayuda será de lunes a viernes, entre las 08:00 y las 19:00 horas, pudiendo existir horarios diferenciados de ingreso o salida, siempre que se ajusten a la normativa laboral vigente. En todo caso, deberá encontrarse, a lo menos, un técnico disponible al inicio y al término de la jornada.

El personal que se disponga a trabajar en dependencias de la Subsecretaría deberá cumplir con los reglamentos internos de ética, probidad y confidencialidad exigidos por esta.

-      Formación Mínima Requerida del Equipo de Trabajo

Todo el personal que el oferente destine a la prestación del servicio deberá contar, a lo menos, con título técnico de nivel medio, técnico de nivel superior o título profesional, en el área de informática, computación, telecomunicaciones, redes, electrónica o carreras afines a las tecnologías de la información.

La formación deberá acreditarse mediante copia simple del certificado de título o documento equivalente, emitido por una institución reconocida.

El incumplimiento de este requisito será causal de inadmisibilidad técnica de la oferta o de observación durante la ejecución del contrato, según corresponda.

La estructura de trabajo es la siguiente:

Gráfico, Diagrama Descripción generada automáticamente con confianza media


  1. Servicio externo y remoto de administración de servidores y gestión de la infraestructura tecnológica:

Para este servicio, quien se adjudique debe contar con un enlace a Internet permanente que permita el chequeo y control continuo de los sistemas. Se requiere, a lo menos, el cumplimiento de los siguientes requerimientos:

a)               Administración centralizada de servidores: Supervisión y mantenimiento continuo de los servidores, asegurando su óptimo funcionamiento. El proveedor deberá ser capaz de administrar servidores físicos y virtuales, efectuar configuraciones, actualizaciones y resolución de incidencias, incluyendo procesos de alta, baja y modificación de usuarios y configuraciones.

b)               Gestión de infraestructura tecnológica: Capacidad para administrar la infraestructura tecnológica, incluyendo redes, sistemas de almacenamiento, firewall y hardware asociado, asegurando la conectividad y el rendimiento adecuado de todos los componentes tecnológicos.

c)               Actualizaciones de seguridad: Ejecución de todas las actualizaciones de seguridad necesarias para la protección de los sistemas frente a vulnerabilidades y amenazas, incluyendo instalación de parches, monitoreo de riesgos y aplicación de medidas preventivas.

d)               Creación y gestión de máquinas virtuales: Capacidad para crear y administrar máquinas virtuales, optimizando la gestión de recursos tecnológicos.

e)               Gestión de respaldos: Administración eficiente de los respaldos de información, asegurando la integridad, disponibilidad y recuperación de los datos críticos ante eventuales incidentes.

f)                Alertas y comunicaciones proactivas: Implementación de un sistema de alertas para informar oportunamente al Jefe del Departamento de Tecnologías de la Información sobre incidencias o anomalías, junto con un protocolo de comunicación formal para la gestión de eventos.

g)               Soporte y asistencia técnica: Prestación de soporte técnico y asistencia continua, incluyendo acceso a especialistas para consultas y resolución de problemas, cumpliendo los tiempos de atención y solución establecidos en los niveles de servicio (SLA).

  1. Alcance técnico del servicio

3.1  Soporte

3.1.1       Soporte computacional a las estaciones de trabajo de la Subsecretaría de Agricultura, con sistemas operativos Windows, Linux y Mac.

3.1.2       Instalación y configuración de software, tales como:

a) Sistemas operativos.

b) Microsoft Office en todas sus versiones.

c) Correo electrónico Outlook (web y on-premise).

d) Smartphones (Android y iOS).

e) Antivirus.

f) Anti-malware.

g) Impresoras (locales y remotas).

h) Software en general.


i) Manejo de Active Directory: alta, baja y modificación de usuarios.

j) Administración y acceso a los activos computacionales

k) Cumplimiento de los lineamientos y políticas de la Subsecretaría de Agricultura.

l) Control de inventario de la bodega del Departamento TI.

3.1.3       Atención telefónica y registro

a) Atención de llamados telefónicos a nivel nacional.

b) Generación de reportes mensuales sobre el desempeño de la Mesa TI.

c) Generación de medidas de mejoramiento en la atención a los funcionarios.

3.2  Complementos

3.2.1       Sistema de videoconferencia a través de plataformas tales como Zoom, Meet, Webex y Teams.

3.2.2       Configuración de equipos de telefonía Cisco.

3.2.3       Plan de escalamiento en caso de emergencia informática (hackeo de equipos, caída de sistemas, virus, puntos de restauración, entre otros).

3.2.4       Administración de bodega de activos informáticos.

3.2.5       Configuración de equipos de telefonía móvil.

3.2.6       Atención telefónica, remota y presencial del soporte.

3.3  Servidores

3.3.1       Servidores Windows: configuración de políticas, Active Directory, entre otros.

3.3.2       Servidores Linux: administración y seguridad.

3.3.3       Servidor DNS.

3.3.4       Servidor OLVM (Oracle Linux Virtualization Manager): administración, creación y eliminación de máquinas virtuales según los requerimientos de la Subsecretaría.

3.3.5       Mantención del sistema de respaldos mediante la herramienta Veeam Backup.

3.3.6       Discos compartidos mediante sistemas File Server, SharePoint y AWS.

3.3.7       Mantención de la continuidad operativa de servidores de páginas web y sistemas críticos.

3.3.8       Administración de bases de datos MySQL, PostgreSQL y SQL Server.

3.3.9       Firewall institucional (Fortigate).

3.3.10   Administración de la plataforma Office 365.

3.4   Requerimientos Técnicos

El servicio deberá considerar la ejecución de acciones correctivas y preventivas, conforme al siguiente detalle:

3.4.1       Hardware

-        Detección, diagnóstico y sustitución de piezas defectuosas.

-        Reparación de hardware.

-        Configuración de recursos de hardware (impresoras, computadores, access point, entre otros).

-        Asesoramiento para la mejora del rendimiento de los equipos de la Subsecretaría y ACHIPIA.

3.4.2       Software

-        Instalación y configuración de sistemas operativos.

-        Instalación y configuración de correo electrónico a nivel de cliente.

-        Reinstalación y reconfiguración del software de sistema.

-        Instalación y configuración de software de aplicación.


-        Actualización de paquetes de software instalados en los computadores.

-        Manejo de software de ofimática (por ejemplo, Microsoft Office y Adobe).

-        Manejo de firma electrónica avanzada.

-        Atención telefónica y registro de tickets.

-        Atención de llamados telefónicos a nivel nacional.

-        Atención presencial para soporte a nivel central.

-        Generación de medidas de mejoramiento en la atención a los funcionarios.

3.4.3       Servicio de Administración Remota

-        Revisión y actualización de los sistemas operativos al inicio del contrato.

-        Auditorías de seguridad.

-        Mantención de políticas de seguridad.

-        Actualización de paquetes de software instalados en el sistema.

-        Creación, administración y mantención de los sistemas informáticos de la Subsecretaría.

-        Asesoría en la implementación de nuevos servicios.

-        Revisión de logs en búsqueda de posibles fallas del sistema.

-        Respaldos de información utilizando la infraestructura de la Subsecretaría.

-        Implementación de nuevos servidores que no formen parte de la implementación inicial.

-        Solución de problemas asociados a operación y rendimiento de la red interna.

-        Información anticipada sobre vigencia de licencias de sistemas y hardware, a fin de evitar incumplimientos normativos.

-        Cumplimiento de políticas y normas de calidad y seguridad de la información.

3.4.4       Conocimientos Necesarios para el Soporte Remoto

Se requieren conocimientos avanzados en:

-        Administración de sistemas operativos (Windows Server, Linux, OLVM).

-        Herramientas de seguridad (firmas digitales, certificados).

-        Programación Shell.

-        Servicio de nombres.

-        Servicios de carpetas compartidas (File Server).

-        Servidores de páginas web.

-        Servidores proxy.

-        Firewall.

-        Servicios de estadísticas web.

-        Servicios de respaldos, servidores y usuarios.

-        Servicios de impresión.

-        Manejo e implementación de redes VPN.

-        Configuración de telefonía móvil.

-        Administración de redes SAN (Storage Area Network).

-        Configuración de reglas en firewall y servidores ante eventos de seguridad.

-        Recuperación de sistemas o servidores posterior a contingencias.

  1. Software

Quien oferte debe disponer un software de gestión de tickets y registros de todas las atenciones de soporte computacional, permitiendo realizar seguimiento a pendientes críticos.

Para efectos del propio seguimiento del Departamento T.I. de la Subsecretaría de Agricultura, se debe contar por parte de la empresa con un registro de las atenciones realizadas en el mes, los campos que se deben completar son al menos los siguientes:


Numero

: Número de la atención en el mes.

Fecha-Hora

: Fecha y hora en la cual se presentó el problema.

Lugar

: Lugar físico donde se produjo el problema, puede ser 1-16 para regiones, Nivel Central (NC) para la oficina de Santiago y/o Achipia.

Problema

: Descripción detallada sobre el problema.

Personal

: Persona asignada para la solución de este problema.

Contacto

: Persona que realizó el contacto telefónico.

Clasificación

: Leve, Grave o No Aplica.

Tiempo Asignado

: Tiempo estimado asignado el técnico para la solución del problema.

Tiempo real

: Tiempo real utilizado para la solución del problema.

Solución

: Explicación detallada de lo realizado.

Este reporte deberá considerar hasta el último día hábil del mes en curso y debe ser enviado a más tardar el primer día hábil del mes siguiente al encargado designado por la Subsecretaría de Agricultura.

  1. Soporte Remoto y Cobertura Territorial del Servicio

Se requiere soporte remoto a los funcionarios/as que se encuentran fuera del edificio ministerial (Achipia y Seremis).

La Subsecretaría de Agricultura cuenta con funcionarios/as en oficinas en la ciudad de Santiago y en todas las regiones del país, de acuerdo con el siguiente detalle:

  1. Oficina Nivel Central: Edificio principal de la Subsecretaría, cuenta con cerca de 130 funcionarios/as y está ubicada en calle Teatinos N° 40, Santiago.

  1. Oficina Agencia Chilena para la Inocuidad y Calidad Alimentaria (Achipia): Servicio dependiente de la Subsecretaría de Agricultura, cuenta con cerca de 30 funcionarios/as, ubicada en calle Nueva York N° 17, Piso 4, Santiago.

  1. Secretarías Regionales Ministeriales de Agricultura: Cada región de Chile cuenta con una oficina perteneciente a la Subsecretaría de Agricultura, para las cuales se debe dar soporte remoto o telefónico. El detalle de estas oficinas será entregado a quien sea adjudicado.

Además, los técnicos podrán concurrir a las dependencias de Achipia, Secretaría Regional Ministerial de la Región Metropolitana de Santiago en forma presencial si alguna contingencia lo amerita.

  1. Medidas para mantener la continuidad del servicio.

 

En caso de término del contrato, anticipado o no, quien se adjudique deberá entregar a la Subsecretaría la información utilizada en la prestación de los servicios hasta ese momento, de modo de habilitar cualquier solución que éste defina. Durante el período que media entre la notificación de la terminación y la fecha en que se ésta se hará efectiva, quien se adjudique deberá prestar toda la colaboración que el órgano contratante le requiera para que este último pueda traspasar a otro prestador la operación del servicio, de manera que se mantenga la continuidad de este, en todo momento. Adicionalmente, se podrán aplicar todas las medidas tendientes a mantener la continuidad de servicio que deba efectuar el órgano contratante, por cuenta, costo y riesgo del proveedor, previa notificación al mismo y para aquellos casos en que la terminación le sea imputable a este último, de conformidad a las causales establecidas en el contrato.

 

  1. Notificaciones de incidentes de seguridad

 

Si quien se adjudique tuviese conocimiento de cualquier acceso ilícito a los datos de la entidad y sus datos de soporte, almacenados en sus equipos o instalaciones, o tuviese conocimiento de un acceso no autorizado a dichos equipos o instalaciones y, tuviera como resultado la pérdida, revelación o alteración de los datos de la entidad (en adelante cada uno un “Incidente de Seguridad”), deberá sin demora

(1) notificar el Incidente de Seguridad al órgano comprador;

(2) investigar el Incidente de Seguridad y proporcionar a la entidad información detallada sobre el Incidente de Seguridad; y

(3) tomar medidas razonables para mitigar los efectos y minimizar los daños resultantes del Incidente de Seguridad.

Las notificaciones de Incidentes de Seguridad se remitirán a la Contraparte Técnica del servicio a través de los medios definidos. Es responsabilidad exclusiva de la entidad asegurarse de que sus profesionales mantengan en todo momento datos de contacto exactos y actualizados. La obligación quien resulte adjudicado de notificar o responder a un Incidente de Seguridad según lo previsto en esta sección no constituye reconocimiento por parte de quien resulte seleccionado/a en cuanto a incumplimiento o responsabilidad alguna con respecto al Incidente de Seguridad. La entidad deberá notificar sin demora, acerca de cualquier posible uso indebido que se haya producido en sus cuentas o credenciales de autenticación, o acerca de cualquier incidente de seguridad relacionado con la prestación de los servicios contractuales.

 

  1. Gestión, Control y Seguimiento del Servicio

Los medios que se utilizaran para medir el desempeño de quien resulte contratado están asociado a diversos registros basados en la continuidad del servicio y la norma ISO 27001. Los registros a realizar son:

  1. Registro de Cambios: Se debe registrar cualquier cambio que afecte a Hardware, Software, Equipos de Comunicaciones, etc., lo cual debe ser parte de la historia del equipamiento registrado en el sistema de información implementado para esto.

  1. Registro de Incidentes: Se debe considerar llevar un registro de incidentes asociados a seguridad de la información tales como:

    1. Pérdida de activos.
    2. Incidentes de ciberseguridad detectados.
    3. Incidentes asociados a perdida de información, etc.

Todos estos registros son parte del Sistema de Seguridad de la Información, por lo tanto, deberán cumplir con los requisitos de procedimientos que exija la Subsecretaría.

  1. Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA)

Para la medición del acuerdo del nivel de servicio se considerará la clasificación de incumplimientos/Tickets, según lo siguiente:

  • Crítico: Afecta a toda la Subsecretaría o impide que un usuario o un grupo de usuarios realice una tarea esencial para la Subsecretaría.

  • Alto: No es una interrupción total, pero hay un impacto significativo en una tarea / actividad esencial.

  • Medio: Impacto moderado. El usuario o el grupo de usuarios puede seguir trabajando, pero con limitaciones.

  • Leve: Problema menor que no impide que los usuarios continúen trabajando.

SLA (Acuerdo de Nivel de Servicio) por Severidad:

  • Crítico:
    • Tiempo de respuesta: Dentro de 1 hora.
    • Tiempo de resolución: Dentro de 8 horas.

  • Alto:
    • Tiempo de respuesta: Dentro de 1 hora.
    • Tiempo de resolución: Dentro de 6 horas.

  • Medio:
    • Tiempo de respuesta: Dentro de 1 hora.
    • Tiempo de resolución: Dentro de 3 horas.

  • Leve:
    • Tiempo de respuesta: máximo 30 minutos.
    • Tiempo de resolución: Dentro de los primeros 90 minutos para Nivel Central y 120 minutos para Achipia y Regiones.

*Para el tiempo de resolución y para que quien preste el servicio pueda cumplir con los SLA se consideran severidades en sistemas, configuraciones y cambio de componentes. Cuando la afectación dependa de componentes (partes o piezas) que no se tengan en stock y que conlleven a un proceso de compra para la Subsecretaría; no se medirá el tiempo de resolución, retomándose cuando se posea el repuesto y quede disponible para su instalación. Además, el servicio de mesa de ayuda al dar soporte virtual a regiones, este tiempo tampoco será considerado cuando implique el traslado de equipos o accesorios al nivel central para su reparación.

Es esencial que la mesa de ayuda disponga de herramientas adecuadas para la gestión de tickets y monitorización de SLAs.

Será obligatorio establecer mecanismos formales de comunicación que permitan a los usuarios conocer los canales de atención, los tiempos de respuesta comprometidos y los procedimientos de escalamiento, asegurando una adecuada trazabilidad y gestión de los requerimientos.

Respecto a los tiempos de respuesta y resolución:

Tiempo de respuesta (Response Time): Se refiere al tiempo que tarda el equipo de soporte en reconocer y responder a una solicitud o incidencia después de que se ha presentado.

Es el tiempo entre la generación del ticket o la notificación del incidente y la primera comunicación por parte del equipo de soporte al usuario o cliente para hacerle saber que han recibido la solicitud y que están trabajando en ella.

Este tiempo de respuesta no garantiza que el problema se resuelva, pero sí asegura al usuario que su solicitud ha sido recibida y está siendo atendida.

Tiempo de resolución (Resolution Time): Se refiere al tiempo que tarda el equipo de soporte en resolver el problema o cumplir con la solicitud desde que fue presentada.

Es el tiempo entre la generación del ticket o la notificación del incidente y la solución final del problema o el cumplimiento de la solicitud.

Este es un indicador clave para medir la eficacia y eficiencia del equipo de soporte. Un tiempo de resolución rápido puede ser indicativo de un soporte efectivo, mientras que tiempos de resolución prolongados pueden indicar problemas en los procedimientos, falta de recursos o falta de capacitación.

Es importante que ambas métricas sean monitoreadas y gestionadas de manera adecuada, ya que ambos tiempos impactan la percepción de calidad del servicio y la satisfacción del usuario o cliente. Por ejemplo, un tiempo de respuesta rápido puede mejorar la percepción del usuario, incluso si el tiempo de resolución es relativamente largo. Sin embargo, idealmente, ambos tiempos deben ser minimizados para ofrecer un servicio óptimo.

  1. Servicios complementarios y exigidos como requerimientos del servicio a contratar:

Quien oferte debe contemplar una bolsa de 20 horas mensuales no acumulables, para la realización de tareas extraordinarias, eventos que organice la Subsecretaría y se requiera en horario fuera del indicado, sin agregar costos adicionales a la Subsecretaría de Agricultura. Dicha bolsa se activará en la oportunidad que la Subsecretaría lo disponga de acuerdo con las actividades que se programen en esta condición. Estas actividades serán reportadas a quien oferte mediante una planilla detallada que indique día y actividad realizada y sólo se activará bajo los casos antes descritos.

Adicionalmente, a las horas extras previstas en el párrafo anterior, y en caso de existir o declararse una emergencia, como ejemplo: de vulnerabilidad del sistema informático, pérdida de Información y/o configuraciones urgentes, el adjudicado debe disponer al menos un técnico contratado para el soporte, y para que dicho profesional concurra de manera inmediata a la eventualidad, siendo los costos adicionales por desplazamiento y horas extras cubiertas por el proveedor. Para estos efectos o circunstancias el proveedor debe contemplar una bolsa de hasta 60 horas para uso durante toda la vigencia del contrato.

En ocasiones eventuales pudiesen existir requerimientos de soporte solicitados por la autoridad (entiéndase una videoconferencia, reunión presencial en nivel central) las cuales podrían necesitar un apoyo presencial o remoto por parte de la mesa de ayuda, razón que por fin de semana debe existir un técnico en calidad de “turno” para apoyar estas necesidades. Las horas extras asociadas a este requerimiento se descuentan de la bolsa de 20 horas mensuales no acumulables.

CUARTO: OTRAS OBLIGACIONES DE QUIEN PRESTA EL SERVICIO

Sin perjuicio de las obligaciones que emanan de la naturaleza de la contratación, quien preste el servicio deberá dar cumplimiento, a lo menos, a las siguientes obligaciones:

• No podrá efectuar, por iniciativa propia, modificaciones a las especificaciones técnicas, alcances del servicio, niveles de servicio (SLA) o condiciones contractuales establecidas en las presentes Bases, sin autorización expresa de la Subsecretaría de Agricultura.

• Será responsable de la correcta, continua y oportuna ejecución del servicio contratado, debiendo adoptar todas las medidas necesarias para asegurar su calidad, disponibilidad y continuidad operativa.

• Deberá adoptar las medidas necesarias para que su personal dé estricto cumplimiento a la normativa vigente, a las políticas institucionales, a las directrices de seguridad de la información y a las instrucciones impartidas por la Subsecretaría de Agricultura durante la ejecución del contrato.

• Será responsable de todo daño o perjuicio que, durante la vigencia del contrato, pudiera afectar a los sistemas, plataformas, infraestructura tecnológica, información institucional o bienes de la Subsecretaría de Agricultura y de ACHIPIA, cuando estos sean imputables al actuar u omisión del adjudicatario o de su personal.

• Deberá proporcionar a su personal los elementos, herramientas y equipamiento necesarios para la correcta prestación del servicio, así como los elementos de protección personal que resulten exigibles conforme a la normativa de seguridad y salud en el trabajo.

• Deberá contar con un manual interno de conducta y buenas prácticas aplicable a su personal durante la prestación del servicio. En caso de no disponer de uno, deberá acatar las directrices de comportamiento que establezca la Subsecretaría. El incumplimiento reiterado de dichas normas será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.

• Deberá mantener un control permanente sobre la ejecución del servicio, utilizando mecanismos de supervisión, seguimiento y control que permitan asegurar el cumplimiento de los niveles de servicio y de las obligaciones contractuales.

• Deberá dar cumplimiento a las instrucciones técnicas, operativas y administrativas impartidas por la Subsecretaría de Agricultura para la correcta ejecución de las tareas contratadas.

• Será responsable de la calidad, oportunidad y veracidad de los reportes, registros e información que deba entregar a la Subsecretaría en el marco de la operación del servicio.

• Será responsabilidad del adjudicatario mantenerse habilitado y vigente en el Registro de Proveedores del Estado durante toda la vigencia del contrato.

• Deberá dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de propiedad intelectual, licencias de software y derechos de uso, siendo de su exclusiva responsabilidad cualquier infracción que se produzca en esta materia.

• El adjudicatario deberá actuar de buena fe contractual, ejecutando todas las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento íntegro de las obligaciones asumidas.

• Deberá responder y gestionar los reclamos, observaciones o requerimientos formulados por la Subsecretaría, dentro de un plazo máximo de dos (2) días hábiles, salvo que por la naturaleza del requerimiento se establezca un plazo distinto.

• Durante toda la vigencia del contrato, será responsable del cumplimiento de la legislación laboral, previsional, de seguridad y salud en el trabajo respecto de su personal dependiente, debiendo garantizar el respeto de los derechos laborales conforme a la normativa vigente.

• Deberá cumplir con las disposiciones contenidas en las “Políticas y Condiciones de Uso del Sistema de Información de Compras Públicas y Registro de Proveedores”, así como con los actos administrativos que las complementen o reemplacen.

QUINTO: PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE

El presupuesto estimado disponible para la contratación por la totalidad de los servicios requeridos asciende a la suma de $96.641.400 (noventa y seis millones seiscientos cuarenta y un mil cuatrocientos pesos), I.V.A. incluido, y que se facturará mensualmente, considerando dos facturas una equivalente al 90% de la mensualidad referida a la prestación de servicios para la Subsecretaría de Agricultura y otra por el 10% para los servicios prestados en Achipia.

El periodo para la contratación del servicio será de 24 meses.


Rectificación de error material
Que, conforme a los términos de uso y operación del sistema www.mercadopublico.cl, la información registrada en la ficha electrónica del proceso debe ser copia fiel y consistente con las bases administrativas y técnicas aprobadas por el acto administrativo respectivo. Que, por un error de transcripción y/o carga de datos en el sistema al momento de la publicación de la licitación, en el campo relativo a la garantía de seriedad de la oferta se consignaron antecedentes y glosa que corresponden a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, duplicándose información de manera improcedente en la ficha electrónica. Que, el referido error no altera ni modifica el pliego de condiciones aprobado mediante Resolución Exenta N° 160, de 26 de febrero de 2026, el cual no contempla la exigencia de garantía de seriedad de la oferta. En consecuencia, el campo de la ficha electrónica referido a la “garantía de seriedad de la oferta” deberá tenerse por no aplicable o nulo para todos los efectos del presente proceso de licitación, debiendo estarse íntegramente a lo dispuesto en las bases administrativas y técnicas aprobadas por la resolución señalada, que rigen la licitación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.