|
Resolución de Empates |
|
Sin perjuicio de lo anterior, y en el caso que una vez evaluadas las propuestas, dos o más proponentes obtuvieren igual puntaje, la lista priorizada o ranking se ordenará según se indica en Anexo “Criterios de Evaluación”, en orden descendente de acuerdo al proponente que tenga el puntaje más alto en 1. PERSONAL OFERTADO, Si persistiere el empate, continuará ordenándose según el siguiente orden de prelación: 2. EXPERIENCIA, 3 CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACION, 4. EQUIPOS, 5. PROPUESTA ECONOMICA, y 6. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
Representacion de la SEREMI |
|
En representación de la SEREMI MINVU actuará como responsable del contrato el Encargado de la Sección de Administración y Finanzas de la SEREMI región de Ñuble o quien lo Subrogue o reemplace, o quien delegue dicha función. El responsable, del contrato deberá:
a) Supervisar el cumplimiento oportuno y eficiente de todas las obligaciones que emanen del contrato que se suscriba y dar, bajo conformidad de éstas, la visación de pago cada vez que corresponda.
b) Emitir Informe fundado, en caso de incumplimientos del contrato para efectos de aplicar multas o poner término anticipado al contrato.
c) Requerir al SEREMI, el término anticipado del contrato.
d) Solicitar al SEREMI la Aplicación de multas, cuando corresponda.
e) Evaluar los servicios derivados del contrato a través de una pauta de evaluación de este.
f) Fijar plazos a la Empresa para subsanar observaciones en caso que proceda.
g) Todas aquellas necesarias a fin de dar cumplimiento estricto a las obligaciones del contrato.
|
|
|
|
Responsabilidad de la Empresa |
|
La Empresa será responsable de cualquier daño que se produzca en los bienes de la SEREMI MINVU o a su personal, por hecho o culpa de sus dependientes o de terceros ajenos, con ocasión de la prestación del servicio contratado.
La Empresa será la única responsable y deberá responder de todo daño, de cualquier naturaleza, tanto en los bienes como en las personas, que con motivo del servicio contratado cause a terceros. El modo efectivo del pago tras las deducciones a que den lugar los supuestos anteriores, será el siguiente: VALOR SERVICIO CONTRATADO – PERJUICIO = MONTO EFECTIVO A PAGAR o debiendo reponer (el producto nuevo, misma marca y calidad) que el producto dañado.
|
|
|
|
Obligaciones de la Empresa |
|
Sin perjuicio de las demás obligaciones que se establezcan en el contrato y en las bases técnicas constituirán obligaciones de la empresa las siguientes:
a. Dar cumplimiento a las bases, dentro de los plazos establecidos, en la forma, condiciones y características que se determinen en ellas, además de respetar lo solicitado en los antecedentes que complementan todas las obligaciones contractuales.
b. Designar a un representante de la Empresa, a quién le corresponderá principalmente coordinar las acciones que sean pertinentes para la ejecución de la materia de la presente licitación. Este Representante deberá estar fácilmente disponible para una comunicación rápida con el Responsable del Contrato. La designación deberá ser comunicada por correo electrónico, al Responsable del Contrato al momento de suscribir el contrato, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico de contacto, fijo y celular.
c. A la vez, le corresponderá a la empresa realizar reuniones periódicas con su personal; debiendo entregar el acta de dichas reuniones a su contraparte de la SEREMI, con quien deberá tener una comunicación fluida para estos efectos.
d. Todo cambio relativo a este nombramiento deberá ser informado, por correo electrónico o por carta certificada, al Responsable del Contrato, con a lo menos de cinco días corridos de antelación.
e. Identificar adecuadamente al personal de la Empresa que se desempeñe en las dependencias de la SEREMI MINVU, con motivo del cumplimiento del contrato, con las respectivas credenciales, las que deberán incluir el nombre de la Empresa, nombres y apellidos del trabajador y uniforme de trabajo.
f. La Empresa deberá proporcionar el certificado de antecedentes de cada persona que labore en las dependencias de la SEREMI, cada vez que sea reemplazada.
g. Los Trabajadores de la Empresa que presten servicios en las dependencias de la SEREMI y Programa Recuperación de Barrios, no tendrán vínculo ni relación laboral alguna con esta SEREMI.
h. Observar un comportamiento considerado y respetuoso en su trato con los (as) funcionarios (as) y personal de esta Secretaría Regional Ministerial, así como también en su trato con el público en general.
i. Ser cuidadoso (a), en el uso y manipulación de artículos u objetos, cuando esté efectuando el aseo (computadores, impresoras, fax, plotter, etc.).
j. Se prohíbe el uso de máquinas y equipos de oficina (fotocopiadora, teléfono, fax, computadores, plotters, etc.) para uso personal por parte de los integrantes del equipo de trabajo, dependientes u otras personas vinculadas a la empresa contratada.
k. La Empresa en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes de trabajo y demás pertinentes respecto de todos sus trabajadores. En consecuencia, la empresa será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda la suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a sus trabajadores.
l. Dar cumplimiento a los Protocolos concernientes al COVID u otra, dotando a sus funcionarios de todos los elementos de protección personal (debidamente certificados), especialmente en el caso de las mascarillas estas deberán ser entregadas diariamente, para evitar brotes o contagios.
m. La SEREMI se reserva el derecho de solicitar a la Empresa el testeo quincenal de su personal, debiendo entregar al responsable del contrato copia del test aplicado.
n. En caso de producirse un brote de COVID- 19 o alguna de sus variantes, la Empresa deberá notificar inmediatamente una vez tomado conocimiento del hecho al responsable del contrato, plazo que no podrá exceder de 24 horas.
o. Dotar a su personal de implementos de seguridad y protección personal, conforme a lo señalado en la Ley N°16.744 y vigilar su correcto uso, mantener condiciones seguras de trabajo, tanto en las superficies en que se desplacen como respecto de las máquinas y equipos que utilice, de acuerdo al riesgo inherente a las labores a realizar. Así mismo, todo eventual accidente de trabajo que pudiere afectar a sus trabajadores, será de cuenta y riesgo de la Empresa.
Será de responsabilidad de la Empresa, observar todas las medidas de seguridad adecuadas para la ejecución de su trabajo, especialmente en la limpieza de vidrios en el inmueble, en el manejo de artefactos eléctricos y otros, respecto de su personal.
q. Cada vez que la empresa entregue en las dependencias de la SEREMI, materiales que deben ser proporcionados a su costo, deberá completarse un acta de recepción de materiales dispuesta para estos efectos.
|
|
|
|