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Resolución de Empates |
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En caso de empate de puntajes entre dos o más oferentes en el primer lugar, el que presente una mejor oferta económica será́ el adjudicado. Si luego de aplicar la regla anterior subsiste el empate, el segundo criterio de desempate corresponderá́ a Plan de Trabajo, por lo tanto, quien tenga mejor puntaje en este ítem será́ el adjudicado. De persistir el empate, se decidirá́ conforme el criterio de, Experiencia del oferente y luego Zona Geográfica, por lo tanto, quien obtenga el mayor puntaje en este criterio será́ el adjudicado.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que tenga mejor puntaje en Cumplimiento de los requisitos formales será adjudicado.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días corridos, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica cneira@semco.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Luego del cierre de las ofertas y durante el período de evaluación de las mismas, la Corporación SEMCO podrá:
1. Solicitar subsanar los errores u omisiones formales en que ha incurrido el oferente. No se considerará error formal las inconsistencias en el precio de la oferta y los anexos económicos, por tanto, dicha oferta queda automáticamente rechazada.
2. Toda presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, se podrá siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. Se podrá presentar certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
El plazo final de presentación se informará a través del sistema Mercado Público, el cual bajo ningún caso será menor a 24 horas hábiles, contadas desde la notificación en el sistema de información. La presentación de todos o algunos de los antecedentes del oferente fuera del plazo, será evaluado con puntaje 0 en criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales”, conforme lo indicado en la pauta de evaluación.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún colaborador de la Corporación SEMCO en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Adjudicación |
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La adjudicación del presente proceso licitatorio será múltiple, considerando cada línea de servicio que se detalla en numeral II Requerimientos técnicos del bien o servicios a contratar. La Corporación se reserva el derecho de adjudicar la licitación en cada línea, al oferente que tenga el más alto puntaje obtenido por el criterio de evaluación establecido en las presentes bases o bien presente una propuesta con el precio más bajo.
Solo en caso que la oferta adjudicada no alcance a cubrir la cantidad de los servicios requeridos en la línea respectiva, se podrá adjudicar la propuesta a la segunda mejor oferta y así sucesivamente hasta completar la cantidad de los servicios requeridos por la Corporación.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
La Corporación SEMCO adjudicará la licitación a la oferta más ventajosa, sobre la base del informe final evacuado por la Comisión Evaluadora, mediante la dictación de la correspondiente RESOLUCIÓN.
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Comisión Evaluadora |
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La resolución que constituye la Comisión Evaluadora debe indicar el ID de la licitación e identificar a sus miembros, con su nombre completo y RUT. Debe remitirse copia de esta resolución al Administrador del Sistema de Chile Compra, al momento de estar totalmente tramitada. El responsable de la licitación respectiva será responsable de que dicha copia se remita oportunamente a dicho Administrador.
En el caso de todas las licitaciones públicas o privadas, la propuesta será evaluada por un “Comité Evaluador Corporativo”, que estará integrado por tres profesionales de la Corporación SEMCO, de la nómina indicada en Resolución N° 179/2025 de fecha 18 de junio de 2025.
Dicha comisión tendrá un plazo máximo de 2 días hábiles para emitir el informe de la comisión evaluadora, la que deberá referirse a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 de este reglamento.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
contados desde la fecha de apertura de ofertas, para evacuar el informe correspondiente al Director respectivo. En caso de ser necesario se autorizará un plazo mayor, mediante autorización previa. La resolución que establezca la integración de la Comisión Evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.
La Comisión de Evaluación tendrá libertad para incluir, dentro de la tabla de ponderación, subfactores que considere importantes, siempre y cuando éstos sean parte de la suma total de cada factor de ponderación y estén contemplados en las Bases de Licitación, pudiendo elaborar pautas que precisen la forma de calificar los factores y subfactores previamente definidos.
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