Licitación ID: 1965-10-LE25
D.R - CONTRATACIÓN DE SERVICIO PROFESIONAL AITO
Responsable de esta licitación: Dirección Regional de Gendarmeria - Pta. Arenas
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 58
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
CONTRATACION SERVICIO DE UN PROFESIONAL AITO OBRA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
D.R - CONTRATACIÓN DE SERVICIO PROFESIONAL AITO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE UN PROFESIONAL DESTINADO COMO ASESOR A LA INSPECCION TECNICA DE LA OBRA EN EL COMPLEJO PENITENCIARIO DE PUNTA ARENAS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Región de Magallanes
R.U.T.:
61.004.054-3
Dirección:
Avenida Circunvalación N°2080
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-03-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 06-03-2025 12:11:29
Fecha inicio de preguntas: 07-03-2025 9:00:00
Fecha final de preguntas: 10-03-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-03-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-03-2025 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-03-2025 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 09-07-2025 23:07:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO Nº1 DECLARACION JURADA
2.- ANEXO Nº2 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE SOBRE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
3.- ANEXO Nº3 IDENTIFICACIÒN DEL OFERENTE
Documentos Técnicos
1.- ANEXO Nº4 EXPERIENCIA PROFESIONAL EN AREAS AFINES
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO Nº5 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio 1.En el caso del criterio de evaluación “Precio”, el puntaje ponderado se determinará de acuerdo a la siguiente formula: Puntaje = ((Precio más ventajoso x 100) / (Precio Ofrecido)) x Ponderación del criterio 40%
2 Experiencia profesional en áreas afines al cargo EXPERIENCIA PROFESIONAL EN ÁREAS AFINES AL CARGO Puntaje Más de 5 trabajos de igual o similar naturaleza 100 De 3 a 4 trabajos de igual o similar naturaleza 50 De 1 a 2 trabajos de igual o similar naturaleza 30 Sin trabajos de igual o de similar naturaleza o no informa 0 50%
3 Cumplimiento de los requisitos formales CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA PUNTAJE Cumplimiento oportuno de todos los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 100 Cumplimiento posterior de los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 50 No cumple con los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 0 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 180 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: OSVALDO SANCHEZ SEPULVEDA
e-mail de responsable de pago: osvaldo.sanchez@gendarmeria.cl
Nombre de responsable de contrato: JENNIFER MORAGA
e-mail de responsable de contrato: jennifer.moraga@gendarmeria.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2299909-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
En cuanto a la cesión de contrato y subcontratación el proveedor adjudicado NO podrá ceder ni transferir ni subcontratar en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
PÁRRAFO I DE LAS CONDICIONES DE LA PROPUESTA
Artículo 1º. Las presentes Bases Administrativas norman el llamado a Propuesta Pública y el contrato de Prestación de Servicios que, con posterioridad se suscriba al efecto, para la Contratación de Consultoría Asesor Técnica de la Obra Normalización del sistema de protección contra incendios del Complejo Penitenciario de Punta Arenas. El profesional a contratar deberá cumplir con los requerimientos técnicos que se señalan en las “Bases Técnicas” que se encuentran insertas y que se aprueban por medio de la presente resolución, las que se entenderán forman parte integrante del contrato, para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos. Esta propuesta será llamada sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, participando todas las personas naturales o jurídicas que deseen hacerlo y que cumplan con las condiciones requeridas en el artículo 4°, como así también deben encontrarse inscritas con su información actualizada en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16°, de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El aviso correspondiente deberá contener la información consignada en el artículo 45° del D.S. (H) N° 661, de 2024, que fija el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Las Bases Administrativas y Bases Técnicas, sus modificaciones y aclaraciones a las mismas, la adjudicación y formularios estarán disponibles al público en el Sistema Electrónico de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en forma gratuita. Artículo 2º. Será aplicable al proceso regulado por las presentes Bases Administrativas, lo dispuesto en el Decreto de Hacienda N° 661, de fecha 12 de diciembre de 2024, y la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de fecha 30 de julio de 2003. Asimismo, lo dispuesto en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
PARRAFO II DE LOS REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LOS OFERENTES
Artículo 3º. Podrán participar de esta Propuesta Pública, las Personas Naturales o Jurídicas que cumplan con los requisitos que establezcan las presentes Bases, y que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl al momento de concretar la adjudicación y firma del posterior contrato. Las ofertas que sean presentadas, quedarán sujetas a evaluación y posterior aceptación o rechazo, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas, como así mismo lo establecido en las Bases Técnicas insertas en este documento. Sin perjuicio de lo anterior, Gendarmería de Chile, podrá requerir a los proponentes todas las aclaraciones o informaciones complementarias que estime conveniente, previo a resolver la adjudicación.
PARRAFO III DE LAS CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS
Artículo 4º. Los proponentes tendrán la posibilidad de efectuar consultas o solicitar aclaraciones a las Bases Administrativas y Bases Técnicas y demás antecedentes de licitación, dentro del plazo indicado en el cronograma de la licitación, establecido en las presentes Bases; las respuestas a dichas consultas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, en la fecha señalada en dicho cronograma. Tanto las preguntas como las respuestas a las mismas se harán a través del Sistema de Información, poniéndose en conocimiento de todos los participantes, sin indicar el autor de la consulta. En todo caso, Gendarmería de Chile podrá efectuar aclaraciones a las Bases Administrativas, para precisar su alcance, como también, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que no haya quedado suficientemente claro. Estas aclaraciones se entregarán en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las preguntas de los licitantes, y deberán ser consideradas por los interesados en la preparación de sus ofertas, pasando a formar parte de las presentes Bases Administrativas. Las respuestas y aclaraciones serán entendidas como interpretación a las presentes bases y los demás documentos que rijan los procesos en aquellos aspectos consultados. Se considerará que estas aclaraciones y respuestas formarán parte integral de las Bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes. El conocimiento del contenido de las aclaraciones y respuestas emanadas de parte del Servicio, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
PARRAFO IV DE LA PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
Artículo 5º. Las propuestas constarán de 3 partes: 1)ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS 2)OFERTA TÉCNICA 3)OFERTA ECONÓMICA. La Oferta Técnica, los Antecedentes Administrativos y la Oferta Económica, deberán presentarse en idioma español y el valor deberá ser neto expresados en moneda nacional. Tanto la presentación de los "ANEXOS ADMINISTRATIVOS" de los "ANEXOS TÉCNICOS" como de la "OFERTA ECONÓMICA", se realizarán enviándolos a través del Sistema de Información, en el sitio de la propuesta, portal www.mercadopublico.cl. 1.Los Anexos Administrativos que se deberán ingresar al sitio de la propuesta, en esta oportunidad serán los siguientes: a)Declaración Jurada Simple de Ausencia de Inhabilidades, de no encontrarse en alguno de los casos contemplados en el artículo 4°, 17, 35 septies de la Ley N° 19.886, además de aquellas que se estipulen en el Decreto 661 de 2024 que aprueba el Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de acuerdo a Formulario N° 01, proporcionado por el Servicio. lo que se efectuará en el Anexo N° 01, proporcionado por el Servicio; b)Declaración Jurada Simple sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, lo que se efectuará en el Anexo N° 02, proporcionado por el Servicio. c)Identificación del Oferente, lo que hará en el Anexo N°3, denominado: “Identificación del Proponente”, que corresponde a la persona que firmará posteriormente el contrato. Todos estos antecedentes se acompañarán en formato digital, de preferencia en el orden solicitado en este artículo y en PDF, Incorporándolos en el sitio de la propuesta y se subirán a éste como Anexos Administrativos (botón “Anexos Administrativos”). El licitante no podrá hacer mención alguna a su oferta económica en estos anexos. El "Anexo Técnico" que corresponde a la oferta propiamente tal, debe publicarse en el sitio de la propuesta. Deberá completar el siguiente anexo: Anexo N° 4: denominado: “Antecedentes que acrediten experiencia en áreas a su cargo como residente o administrador de obras o asesor técnico, ITO, IFO O AITO”, debiendo presentar antecedentes que son: Contratos, Boletas de Honorarios, Órdenes de Compra, y /o Facturas, que acrediten la contratación anterior en servicios como los señalados en las Bases Técnicas de la presente Licitación, debiendo ser a lo menos, 01 en obra de similar naturaleza a la licitación en comento. Además, debe acompañar, Copia de Certificado de título que acredite que el profesional, es Ingeniero/a Ejecución Civil Mecánica, con certificación SEC 1; Currículum Vitae. El plazo máximo para presentar dichas ofertas será el indicado en el cronograma de la licitación. Todos estos anexos se acompañarán en formato digital, incorporándolas en el sitio de la propuesta y se subirán a éste como Anexos Técnicos (botón “Anexos Técnicos”). El licitante no podrá hacer mención alguna a su oferta económica en estos documentos. 2.La "Oferta Económica", deberá indicarse en el Anexo N° 5° denominado “Oferta Económica”. Debe incluir el valor total del servicio, monto que debe ser neto correspondiente a la Consultoría Asesor a la Inspección técnica de la Obra en comento, de acuerdo a la duración del contrato, lo que será por el periodo de 180 días, conforme a lo indicado en las bases técnicas insertas en esta Licitación Pública. El plazo máximo para presentar dichas ofertas a través de la mencionada página web será el fijado en el cronograma de la licitación, denominado por el portal "Fecha de Cierre de Recepción de Oferta". Con todo, el Servicio otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, a partir del momento en que se haga la solicitud al respectivo oferente, dentro del cual los licitantes indicados tendrán la posibilidad de salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informando de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. El servicio podrá, dentro del mismo plazo fatal de 2 días hábiles, permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. La solicitud respectiva la realizará Gendarmería, habilitando la opción correspondiente en el sitio de la propuesta, en el cual el oferente ingresará los antecedentes y correcciones que se requieran. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56° del Decreto Supremo N° 661, del 2024 del Ministerio de Hacienda. La oferta de aquel proponente que, en definitiva, luego de haber transcurrido el plazo fatal de 2 días, no haya salvado los errores u omisiones formales, o no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas Bases, será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite.
PARRAFO V DE LA APERTURA DE LOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y LA OFERTA ECONÓMICA
Artículo 6°. La apertura de los Anexos Administrativos, Técnicos y Oferta Económica solicitados en el artículo precedente, se efectuará en una etapa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43° del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 661 de la Ley N° 19.886. Los Anexos Administrativos y Técnicos solicitados en el artículo precedente serán verificados por el Área de Logística, en el plazo señalado en el "Cronograma de la Licitación" de las presentes Bases. En primera instancia se verificará la presentación, en formato digital, de cada uno de los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos solicitados en las presentes bases. Verificada positivamente la presentación, en formato digital, de cada uno de los anexos solicitados en las presentes Bases, el área requirente revisará los Anexos Técnicos. Ambas actuaciones se llevarán a cabo en dependencias de la oficina de logística regional, en la fecha y hora indicadas en el Cronograma de la Licitación. En caso de ser necesario una revisión o análisis más detallado de estos documentos, ésta se efectuará posteriormente, durante el período de evaluación y selección de las ofertas recibidas. En casos excepcionales podrá admitirse la presentación de antecedentes en soporte papel, especialmente cuando haya indisponibilidad técnica del sistema de información y en los demás casos indicados en el artículo 115° del Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El cuadro resumen con las ofertas recepcionadas y el nombre del respectivo oferente se publicará en el Sistema de Información. Finalizada esta apertura, se levantará un acta que será firmada por los funcionarios presentes. Copia de esta acta se insertará en el portal www.mercadopublico.cl. Se podrá sesionar de manera remota, y validar las firmas digitalmente.
PARRAFO VI DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Artículo 7°. Se considerarán como criterios de evaluación de las ofertas recibidas, los siguientes factores: a)Precio b)Experiencia Profesional en áreas afines al cargo. c)Cumplimiento de requisitos formales Artículo 8°. Los puntajes y ponderaciones que se asignan a cada uno de los factores señalados en el artículo precedente, serán los siguientes: N° CRITERIO PONDERACIÓN 1 PRECIO 40% 2 EXPERIENCIA PROFESIONAL EN ÁREAS AFINES AL CARGO 50% 3 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES 10% Para obtener el puntaje total de la evaluación, se sumarán los puntajes finales ponderados de cada criterio ya referido. Corresponderá a la Comisión Evaluadora del Servicio asignar los puntajes por cada criterio, de acuerdo a las siguientes formas: 1.En el caso del criterio de evaluación “Precio”, el puntaje ponderado se determinará de acuerdo a la siguiente formula: Puntaje = ((Precio más ventajoso x 100) / (Precio Ofrecido)) x Ponderación del criterio 2.En el caso del criterio de evaluación EXPERIENCIA PROFESIONAL EN ÁREAS AFINES AL CARGO”, será acreditada mediante Contratos, Boletas de Honorarios, Órdenes de Compra, y /o Facturas, que acrediten la contratación anterior en servicios como los señalados en las Bases Técnicas de la presente Licitación, debiendo ser a lo menos, 01 obra de similar naturaleza a la licitación en comento, se calculará de la siguiente manera: EXPERIENCIA PROFESIONAL EN ÁREAS AFINES AL CARGO Puntaje Más de 5 trabajos de igual o similar naturaleza 100 De 3 a 4 trabajos de igual o similar naturaleza 50 De 1 a 2 trabajos de igual o similar naturaleza 30 Sin trabajos de igual o de similar naturaleza o no informa 0 3.En el caso del criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales de la oferta”, el puntaje se ponderará de la siguiente forma: CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA PUNTAJE Cumplimiento oportuno de todos los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 100 Cumplimiento posterior de los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 50 No cumple con los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 0
PARRAFO VII MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
Artículo 9°. En caso que exista un empate entre oferentes, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se establecerá las siguientes condiciones para definir la adjudicación: -En primer lugar,la Comisión Evaluadora considerará el criterio “Experiencia Profesional en Áreas Afines al Cargo”.
Como segunda instancia de resolución,se optará por el proveedor que haya obtenido mayor ponderación en el criterio “Precio”. -  En caso de continuar el empate se continuarán comparando las ofertas, en base a los restantes criterios, según la importancia asignada a la ponderación. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
PARRAFO VIII DE LA ADJUDICACION Y COMISIÓN EVALUADORA
Artículo 10°. Para efectos de la adjudicación de la presente propuesta, se conformará una Comisión integrada por los siguientes funcionarios: 1°. Jefe Administrativo Regional, o quien lo subrogue. 2°. Jefe Operativo Regional, o quien lo subrogue. 3°. Encargado de Gestión de Personas Regional, o quien lo subrogue. En caso de ausencia o impedimento de alguno de los miembros titulares, asistirá, en su reemplazo, su subrogante legal; en caso de ausencia o impedimento del subrogante legal asistirá el funcionario de mayor grado jerárquico. En igualdad de grado jerárquico, asistirá el funcionario de mayor antigüedad dentro de cada dependencia. El acto de adjudicación no generará vínculos contractuales entre el adjudicado y Gendarmería de Chile. El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el oferente adjudicado y Gendarmería de Chile, corresponde al acto administrativo completamente tramitado que aprueba el contrato legalmente celebrado y suscrito por las partes; y en aquellos casos en que no proceda la firma de contrato, el vínculo contractual se perfeccionará mediante la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, que deberá efectuarse dentro de los 48 horas hábiles siguientes desde la respectiva notificación. Gendarmería, deberá verificar que se realice la aceptación de la orden de compra en el plazo de 48 horas hábiles, contados desde su envío. En caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de dicho plazo, Gendarmería deberá proceder a efectuar la correspondiente cancelación de dicha orden de compra. Artículo 11°. Hará las veces de secretario de Acta de la Comisión, la encargada de logística regional. Artículo 12°. Para que la comisión pueda sesionar se requerirá la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros. Cada uno tendrá derecho a un voto. Artículo 13°. De los acuerdos tomados por la Comisión de Adjudicación se dejará constancia en un acta que será firmada por todos los miembros asistentes. Artículo 14°. La referida Comisión tendrá un plazo de 2 días hábiles para resolver sobre la adjudicación de las propuestas, contados desde la fecha de apertura de la Oferta Económica. La resolución de adjudicación deberá efectuarse dentro del plazo establecido en el cronograma de las presentes bases. Si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el Servicio informará oportunamente de esta circunstancia a través del Sistema, indicando las razones que justifican el retraso y señalará, al mismo tiempo, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación. Artículo 15°. El Servicio aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación mencionados en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, aun cuando ésta no sea la de menor valor. El acto administrativo por el cual el Servicio acepte y adjudique una determinada oferta, será notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes mediante su publicación en el Sistema de Información. Artículo 16°.Gendarmería de Chile declarará inadmisibles las ofertas, cuando éstas no cumplieren las Bases administrativas o Especificaciones técnicas, y/o cuando determine que estas no se ajustan a lo estipulado en los artículos 59, 60, 61, 62, del D.S 661, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. En tales casos, los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna. Artículo 17°.- La Institución, dejará sin efecto la adjudicación y se reserva el derecho de readjudicar la propuesta, si el proponente adjudicado: 1o.- Se desiste de su oferta total o parcialmente, o la retira unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma y hasta antes de haberse aceptado la orden de compra. 2°.- Si su oferta o alguno de los antecedentes que la componen son falsos, material o ideológicamente. 3°.- Si el adjudicatario no cumple los requisitos necesarios para la suscripción del contrato y/o Si el adjudicatario no acepta o rechaza la orden de compra, en un plazo de 48 horas hábiles, desde su emisión, según corresponda. Como consecuencia de lo anterior, se dará aviso de inmediato de dicha situación, a la Dirección de Compras y Contratación Pública.
PARRAFO IX DEL CONTRATO
Artículo 18°. El proponente adjudicado, deberá suscribir un contrato de consultoría con Gendarmería de Chile de la región de Magallanes, en el que quedará establecido lo indicado en las presentes bases y todo aquello contenido en la oferta del proponente. Para poder suscribir el contrato respectivo, el profesional adjudicado deberá estar inscrito previamente en el Registro de Contratistas y Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Chile Proveedores). Para los efectos de suscribir el contrato el proponente adjudicado deberá acompañar a la encargada de Contratos Regional, dentro del plazo de 3 días hábiles, contados desde la notificación de adjudicación de la propuesta, los documentos y antecedentes que se mencionan a continuación: Tratándose de personas naturales: a)Fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad; b)Fotocopia simple de Inicio de Actividades de la oferente emitida por el Servicio de Impuestos Internos. Tratándose de una persona jurídica: a)Fotocopia legalizada ante Notario Público de la escritura pública de constitución de la sociedad y sus modificaciones; b)Certificado de Vigencia de la sociedad otorgado por el respectivo Registro de Comercio, con una fecha no superior a 60 días contados desde la notificación de la adjudicación. c)Fotocopia legalizada ante Notario Público de la escritura pública donde conste la personería del representante legal de la sociedad. d)Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del representante legal de la sociedad. e)Fotocopia simple de Inicio de Actividades de la respectiva persona jurídica. Los proveedores que se encuentren inscritos en CHILE PROVEEDORES y que tengan acreditados los referidos documentos no necesitaran acompañarlos. La legalización de los contratos ante Notario Público, será de costas del adjudicatario. Tanto la forma de prestación de los servicios, como sus plazos, se regirán por lo dispuesto en estas materias en las respectivas Bases Técnicas, así como el ofertado por el respectivo licitante y lo materializado a través del contrato respectivo. Artículo 19°. Las partes, de común acuerdo, podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente. Artículo 20°. En cuanto a la cesión de contrato y subcontratación el proveedor adjudicado NO podrá ceder ni transferir ni subcontratar en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en los respectivos contratos que se celebren. Artículo 21°. El plazo de ejecución del contrato que se suscriba, tendrá una duración de 180 días desde la fecha de firma del mismo, el que podrá ser ampliado por 30 días de acuerdo al avance de la obra o la entrega a plena satisfacción del servicio a contratar.
PARRAFO X DE LAS MULTAS
Artículo 22°. En casos de incumplimiento, así como de cumplimiento imperfecto, parcial o tardío en la entrega de los servicios, debido a causas imputables al proveedor, Gendarmería de Chile cobrará, por el simple retardo, una multa, por cada día de atraso (incluyendo días inhábiles), equivalente al 1% sobre el monto total del contrato (IVA INCLUIDO). Transcurridos 10 días corridos en que se haya estado aplicando dicha multa, el Servicio podrá, a su arbitrio, mantener la aplicación de dicha multa por otros 10 días corridos más, o resolver administrativamente el contrato. La aplicación de esta multa se efectuará por el Servicio administrativamente, sin forma de juicio y en el evento que el proveedor no la pagare, se cobrará de los pagos que se encuentren pendientes, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal. No se aplicará multa si el atraso es imputable a Gendarmería de Chile, o si ha ocurrido por caso fortuito o fuerza mayor, lo cual deberá ser suficientemente acreditado por el proveedor en la forma y dentro del plazo señalado en el inciso siguiente. Verificado el incumplimiento, el Servicio comunicará al proveedor los hechos que motiven la aplicación de la multa, sin indicar su monto, a fin de que en forma previa a la dictación del acto administrativo que le dé curso, éste pueda entregar los antecedentes y argumentos que estime pertinentes. La comunicación referida en el punto anterior tendrá la forma de oficio ordinario, el cual será notificado mediante su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificado dentro del plazo de 24 horas contadas desde dicha publicación, sin perjuicio de remitirse correo electrónico informando tal situación. Notificado dicho oficio al proveedor, este dispondrá de 05 días hábiles para presentar sus descargos por escrito mediante correo electrónico a la cuenta logistica.magallanes@gendarmeria.cl, junto con los antecedentes que acrediten sus fundamentos. Estos descargos deberán ser dirigidos a la Encargada de la Oficina de Logística Regional. Los descargos presentados serán resueltos por el Director Regional, quien podrá, si la materia en discusión lo requiere, solicitar pronunciamiento de carácter técnico a la unidad requirente y de carácter legal al área correspondiente, pudiendo acoger total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor o bien rechazarlos y confirmar la multa respectiva, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo para presentar los descargos. En definitiva, en el caso que el Servicio determine cursar la multa, ya sea total o parcialmente, ello se formalizará a través de un acto administrativo fundado, notificado al proveedor a través del portal y por carta certificada, la que se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda (sin perjuicio de que se podrá dar aviso, adicionalmente, por correo electrónico). La resolución que aplica la multa deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren. Respecto de este acto administrativo el proveedor podrá ejercer los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, en la forma que dicho cuerpo normativo dispone. El plazo para pagar la multa será de 10 días corridos, contados desde la notificación del acto administrativo que la haya cursado; en caso de no efectuarse el pago, se faculta de manera irrevocable a Gendarmería de Chile para hacer efectiva dicha multa sobre el próximo estado de pago.
PARRAFO XI DE LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES
Artículo 23°.- En el evento que el Servicio modifique las Bases Administrativas o Técnicas, antes del cierre de recepción de ofertas, habrá un plazo de 02 días hábiles para que los proponentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, contados desde que el acto aprobatorio de dichas modificaciones se encuentre totalmente tramitado y haya sido publicado en el sitio www.mercadopublico.cl.
PARRAFO XII DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Artículo 24°. La contratación regulada por las presentes Bases podrá terminarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130° del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 661 de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, por las siguientes causales: 1°.- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2°.- La Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3o.- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. 4o.- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5o.- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la entidad solo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento. 6°. - Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7o.- Las demás establecidas en la Ley, en las Bases de Licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el Servicio podrá, además, dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos que el proveedor sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 154 y siguientes del Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato o su modificación, deberán ser fundadas y deberán publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas desde que se encuentre totalmente tramitada.
PARRAFO XIII DEL PAGO
Artículo 25°. El pago se efectuará, por parte del Servicio de Gendarmería de Chile en la Región de Magallanes, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de la respectiva boleta de Honorarios, en el Área de Contabilidad de la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena, ubicada en Jorge Montt 710 Punta Arenas, luego que el Encargado de Infraestructura Regional o quien lo subrogue, haya certificado y comprobado, la recepción del informe de avance de los servicios a contratar, establecidos en las presentes Bases Administrativas y en las Bases Técnicas. El adjudicatario deberá emitir una Boleta de Honorarios, a nombre de Gendarmería de Chile Región de Magallanes y Antártica Chilena, RUT 61.004.054-3, boleta que deberá ser entregada en dependencias de la Dirección Regional de Gendarmería, ubicada en Jorge Montt N° 710, Punta Arenas, señalando el nombre del contrato al que corresponde, y el monto de la misma, adjuntando, además: -Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, F30-1 (emitido por la Dirección del Trabajo) y, -Antecedentes del profesional para realizar transferencia electrónica.
PARRAFO XIV DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 26°. El proponente que se adjudique la propuesta, se compromete a mantener en absoluta reserva todos los documentos y antecedentes que la Institución ponga a su disposición o a los que tenga acceso con motivo del desarrollo del presente proceso; sin perjuicio de las normas y los principios de transparencia y publicidad que rigen a los actos de la administración. Artículo 27°. Se presume que los proponentes, por el solo hecho de participar en la presente propuesta y presentar sus respectivas ofertas, conocen y aceptan el contenido de las Bases Administrativas y Técnicas que se suben al sitio de la propuesta. Artículo 28°. Salvo disposición expresa en contrario, los plazos de días establecidos en estas Bases se entenderán de días hábiles, entendiéndose inhábiles los sábados, domingos y festivos. Artículo 29°. Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor adjudicado tendrá las siguientes obligaciones: 1.- Deberá cumplir la presente contratación con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados que rigen esta licitación. No podrá hacer, por iniciativa propia, cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases. 2.- Deberá asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de la contratación, ejecutándola de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento. 3.- Deberá dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos laborales, y cumplir las obligaciones remuneracionales, de previsión y seguridad social, u otros que le sean aplicables para con sus trabajadores. 4.- Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la contratación. 5.- Asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la vigencia de la contratación le pudiera ocurrir al personal o a los bienes de Gendarmería de Chile, que sean imputables al contratista o al personal de su dependencia, que no sean imputables acaso fortuito o fuerza mayor. En estos casos, el Contratista deberá reparar en el más breve plazo el daño ocasionado. 6.- Deberá emplear el máximo de cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro, robo o desgastes producidos en dichos bienes, materiales, equipos e instalaciones, derivados del mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y el caso fortuito. 7.- Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes que entregue la Contraparte Técnica, en especial, deberá entregarle, cuando le sean solicitados, copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de sueldo, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales para con los trabajadores, en el caso que esto aplique a su contratación. 8.- El proveedor deberá designar un representante que estará debidamente autorizado y facultado para actuar en su nombre y representación de la empresa, para efectos de coordinación. IMPORTANTE: Todo lo que tenga directa relación con autorizaciones, informaciones, u otro tipo de antecedente que este Servicio necesite estar en conocimiento, serán vistas, analizadas y consensuadas por el Encargado de Infraestructura Regional o su Subrogante Legal de Gendarmería de Chile en la región de Magallanes y Antártica Chilena. Artículo 30°. El Cronograma de las principales fechas del proceso se indica en el siguiente cuadro: Publicación Día 0 Período de Consultas. Será el primer y segundo día hábil siguientes a la fecha de publicación del aviso. Publicación de Aclaraciones a las consultas. Será el tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl. Cierre recepción de antecedentes anexos, técnicos y oferta económica en el Portal Mercado Público. Será el quinto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público, a las 16:00 hrs. Apertura antecedentes administrativos y técnicos en el Portal Mercado Público. Será el quinto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el Portal Mercado Público a las 16:05 hrs. Apertura oferta económica de los oferentes que calificaron su oferta técnica en el portal Mercado Público. Será el quinto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público a las 16:10 hrs. Adjudicación Se realizará el séptimo día hábil siguiente a la publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público Se deja constancia que, para todos los efectos a que haya lugar, se considerarán días hábiles los comprendidos entre los días lunes a viernes, ambos inclusive. Artículo 31°. Todas las notificaciones, salvo aquellas que dicen relación con lo dispuesto en el capítulo V de la Ley N° 19.886 de bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y de su reglamento, así como de lo dispuesto en estas Bases, se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Servicio publique, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Artículo 32. Gendarmería de Chile no tendrá vinculación laboral o jurídica alguna con los empleados que laboren para el proveedor. Sin embargo, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4o de la ley de compras, y el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al prestador un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de dichos trabajadores, emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de tales datos. Igual exigencia se aplicará respecto de los eventuales subcontratistas del prestador, en relación con sus trabajadores. Lo anterior, con el propósito de hacer efectivos los derechos de información y de retención que le asisten a Gendarmería de Chile y que están consagrados en los incisos 1o y 3o de la aludida norma del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D del mismo cuerpo legal. Artículo 33°.- Toda dificultad que se produzca entre el Servicio y el proponente acerca de la validez, nulidad, interpretación, aplicación, cumplimiento o resolución del contrato que se suscriba, o de cualquiera otra materia que con él se relacione, será resuelta por la Justicia Ordinaria, para cuyos efectos las partes del contrato fijan y constituyen domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de las atribuciones propias de la Contraloría General de la República contenidas en la Ley N° 10.336, de 1952, y del Tribunal de Contratación Pública creado por la Ley N° 19.886, de 2003.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.