Licitación ID: 1116007-36-LE25
Servicios de aseo limpieza y sanitización
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 24 Unidad
Cod: 76111501
Servicios de aseo, limpieza y sanitización de las dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, según bases técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicios de aseo limpieza y sanitización
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicios de aseo limpieza y sanitización en el aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir. Esta institución retiene el 2% del total facturado de acuerdo al Art.37 de la Ley 16.752. E102RT9
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
RED SECUNDARIA Y PEQUEÑOS AD Z AUSTRAL
R.U.T.:
61.104.000-8
Dirección:
Aeropuerto Carlos Ibañez del Campo
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-01-2026 17:30:00
Fecha de Publicación: 07-01-2026 16:30:35
Fecha inicio de preguntas: 07-01-2026 17:30:00
Fecha final de preguntas: 12-01-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-01-2026 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-01-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-01-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 03-02-2026 15:25:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno (obligatoria) 12-01-2026 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público: VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, contenido en el punto 2.4 de las presentes bases de licitación. VII.1.2 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar una escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. VII.1.3 Declaración pacto de integridad emitida y firmada por la proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, conforme al formato de declaración adjunta en el apartado 2.5 de las presentes bases de licitación. V.II.1.4 Formato de declaración de conocimiento de Instructivo de trabajo del sistema de gestión ambiental y sistema de seguridad salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC en el adjunto 2.6 de las presentes bases de licitación. VII.1.5 Criterio sustentable para proveedores: los oferentes podrán presentar el documento denominado “Formato criterio sustentables” adjunto 2.7 en las presentes bases de licitación, acompañado de antecedentes que sustenten que cuentan con algún o algunos de los criterios allí señalados.
Documentos Técnicos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el Portal Mercado Público: VII.2.1 Descripción detallada de la propuesta técnica, para dar cumplimiento al requerimiento de servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir conforme a lo solicitado en las bases técnicas. VII.2.2 Indicar la renta bruta mensual que se pagará a los trabajadores del personal del servicio en el formato del punto 2.8 de las presentes bases de licitación VII.2.3 Declaración programa integridad firmada conforme al formato de declaración jurada adjunto al punto 2.9 de las bases de licitación. Los proponentes deberán adjuntar a su oferta los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad, y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por sus empleados. Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este punto VII.2 Documentos técnicos, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases técnicas y en la pauta de evaluación, que permita a la comisión evaluadora, evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso contrario, se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de esta.
 
Documentos Económicos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público: VII.3.1 Formato para presentación de oferta económica adjunto en el punto 2.10 de las bases de licitación. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de Compras Públicas los valores que este exigirá. VII.3.2 Plazo de vigencia de la oferta, que no podrá ser inferior a sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de cierre de la licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que aceptan lo señalado en estas bases administrativas. Solo se aceptarán ofertas en pesos chilenos (CLP). La oferta que sea presentada en Unidades de Fomento (UF) u otra moneda, no será considerada en el estudio económico de la propuesta, obteniéndose la comisión evaluadora de continuar evaluando y sugerirá su inadmisibilidad.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de programa de integridad Según lo señalado en la pauta de evaluación 1%
2 Criterios sustentables Según lo señalado en la pauta de evaluación 3%
3 Aspectos Tecnicos Según lo señalado en la pauta de evaluación 41%
4 Precio Según lo señalado en la pauta de evaluación 50%
5 Cumplimiento de requisitos formales Según lo señalado en la pauta de evaluación 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 19200000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Cecilia Muñoz
e-mail de responsable de pago: cmunozv@dgac.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Patricia Rojas
e-mail de responsable de contrato: projas@dgac.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2745434-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Fisco – Dirección General de Aeronáutica Civil
Fecha de vencimiento: 31-12-2027
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato derivado de la licitación pública ID N° 1116007-36-LE25 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será restituida al contratista a partir de la fecha de su vencimiento, previamente se verificará que no existan multas pendientes y esté al día el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción de la DGAC. La devolución se efectuará en la Oficina de Finanzas, ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo S/N, en el caso de que este documento haya sido entregado en forma física. De haber sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia, mediante correo electrónico.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL SUBDEPARTAMENTO ZONA AEROPORTUARIA AUSTRAL OBJ.: DISPONE LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA ID 1116007-36-LE25, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACIÓN EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR, APRUEBA BASES DE LICITACIÓN, TEXTO CONTRATO TIPO Y NOMBRA COMISIÓN EVALUADORA. EXENTA Nº___________/ Punta Arenas, RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL (SD. Z.A.A) VISTOS: Lo establecido en el DFL Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. Las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (H) Nº 661 del 2024. Lo preceptuado en la Ley Nº 16.752, que fija Organización y Funciones y Establece Disposiciones Generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil. Lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 28, de fecha 16 de enero de 2024, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que pone término y nombra en cargo a Oficiales de la Fuerza Aérea de Chile que señala. La Resolución Nº 36, del año 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. El PRO-LOG 01, que regula el procedimiento de Adquisición de Bienes Muebles, Contratación de Servicios y Gestión de Contratos de la DGAC. La delegación de atribuciones contenidas en la Resolución No358 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de fecha 29 de agosto de 2016. La Resolución Exenta RA N°101/1375/2023 de fecha 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que nombra Orden de subrogación N°2, Alejandro Soto Torres, a contar del 16 de noviembre de 2023. CONSIDERANDO: Que, esta Dirección General de Aeronáutica Civil, en adelante Dirección General o DGAC, requiere contratar el servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir por un periodo de veinticuatro (24) meses de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias citadas en los Vistos de la presente resolución. Que, en virtud de lo establecido en los artículos 12 de la Ley Nº19.886 y 27 de su Reglamento, los servicios y/o arrendamientos comprendidos en el presente procedimiento de contratación administrativa no se encuentran contemplados en el Plan Anual de Compras y Contrataciones para el año 2026. Además, debido a que, según indica el informe de justificación de fecha 18 de diciembre de 2025 ello obedece a que dicha contratación se trata de una compra con fondos asignados durante el presente año. No obstante, lo anterior, la contratación administrativa en referencia será incluida en la próxima modificación al Plan Anual de Compras y Contrataciones. Que, se ha podido constatar que los servicios requeridos no se encuentran en el catálogo electrónico de Convenio Marco de la plataforma www.mercadopublico.cl de la Dirección de Compras y Contratación Pública, dándose cumplimiento a lo prescrito en los artículos 29 y 89 del Decreto Nº 661, Reglamento de la Ley Nº 19.886, citado en Vistos letra c). Que, en virtud de la necesidad señalada precedentemente, el aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir elaboró las bases técnicas, acompañadas en el formulario de requerimiento N°09/9/2/043 de fecha 18 de diciembre del 2025, en cuyo texto se encuentran contenidas en términos generales y particulares las especificaciones, requisitos y demás características para contratar el servicio de servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir requerido por esta DGAC. Que, con el objeto de efectuar una evaluación técnica y económica de las ofertas que se presenten en el proceso, esta Dirección General requiere designar una comisión evaluadora, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. Que, el monto estimado para esta contratación es inferior a diez mil (10.000) UTM, razón por la que se encuentra exenta del trámite de Toma de Razón por la Contraloría General de la República, conforme a la resolución señalada en Vistos literal f). Que, esta Dirección General cuenta con disponibilidad presupuestaria para la presente contratación, según consta en el certificado de disponibilidad presupuestaria de fecha 18 de diciembre de 2025. RESUELVO: Llámase a licitación pública, para contratar el servicio de servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, por un periodo de veinticuatro (24) meses, en atención a lo indicado en los Vistos y Considerando de la presente Resolución. 2. Apruébanse las bases de licitación por las cuales se regirá la presente licitación, conformadas por los documentos que se indican a continuación: Bases administrativas. Bases técnicas. Pauta de evaluación. Formato de identificación del proponente. Formato de declaraciones de pacto de integridad. Formato de declaracion de conocimiento de intructivo DGAC Formato criterio sustentables. Formato declaración de renta de trabajadores. Formato programa de integridad. 2.10 Formato de presentación de oferta económica. 2.11 Formulario registro asistentes a visita terreno 2.12 Texto de contrato tipo. 2.13 Instructivo de trabajo de sistema de gestión ambiental y sistema de seguridad salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC. 2.1 BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA ID 1116007-36-LE25, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACIÓN EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITAN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR OBJETO DE LA PROPUESTA La DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, en adelante también DGAC, “entidad licitante” o la “Institución”, llama a licitación pública, conforme a las presentes bases de licitación, para la contratación del servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, por un periodo de veinticuatro (24) meses. CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA Descripción Tiempo Publicación de la propuesta Día 1 Visita a terreno cinco (5) días corridos contados desde la publicación. El punto de encuentro será la entrada principal del terminal de pasajeros del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir a las 15:00 hrs. (carácter obligatorio) Recepción de consultas en el sistema cinco (5) días corridos contado desde la publicación hasta las 23:59 horas. Publicación de respuestas en el sistema dos (2) días corridos contados desde la fecha final de recepción de preguntas. Cierre de licitación trece (13) contados desde la publicación de la propuesta, a las 17:30 horas. Apertura de ofertas Día hábil administrativo siguiente al cierre de la licitación a las 15:01 horas. Etapa de evaluación de ofertas y elaboración de Resolución de adjudicación de la licitación Dentro de los quince (15) días corridos contados desde la apertura. Elaboración y celebración de contrato Dentro de los veinte (20) días corridos contados desde la fecha de notificación en el Portal Mercado Público de la resolución de adjudicación de la propuesta. GENERALIDADES II.1 El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra, la Plataforma, o el Portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes bases administrativas, bases técnicas, pauta de evaluación de las ofertas, formato de identificación del proponente, formato declaraciones de pacto de integridad, formato declaración conocimiento de instructivo DGAC, formato criterios sustentables, formato declaracion de renta de trabajadores, formato programa de integridad, formato de presentacion oferta economica, formulario registro asiste a visita a terreno y texto de contrato tipo, formato instructivo de trabajo de sistema de gestión ambiental y sistema de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC en adelante también las bases de licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso. II.2 La presente propuesta, el contrato y la orden de compra que de ella se derive, se regirán por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, (en adelante Ley de Compras Públicas), el Decreto Supremo (H) Nº 661 del 2024 (en adelante el Reglamento), estas bases de licitación, las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, las consultas de los proponentes, las respuestas evacuadas por la Institución y la oferta que resulte adjudicada. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las bases y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). II.3 En la presente licitación deberán formularse las propuestas por el total de lo requerido. II.4 La Dirección General de Aeronáutica Civil adjudicará a la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, conforme a lo señalado en el punto X.2 de las presentes bases administrativas. El presupuesto estimado y referencial informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $19.200.000.- (diecinueve millones doscientos mil pesos) IVA incluido. que considera un monto ascendente a $9.600.000 (nueve millones seiscientos mil) para el año 2026 y $ 9.600.000 (nueve millones seiscientos mil) para el año 2027. La entidad licitante se obliga a gestionar, obtener y asignar los recursos para los ejercicios presupuestarios futuros. La Dirección General de Aeronáutica Civil declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que estas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la Ley o el Reglamento y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente. II.5 Adjudicada la propuesta, y una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que así lo haya resuelto, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el oferente que resulte adjudicado previo cumplimiento de lo estipulado en el Capítulo XI de las presentes bases administrativas. II.6 El proveedor no podrá ceder ni transferir, en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una contratación y en especial los establecidos en el contrato definitivo salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato de servicios mencionado en el punto precedente. II.7 Si durante la vigencia del contrato derivado de la presente licitación el contratista fuere objeto de una transformación o absorción que implicare su disolución, término de giro y registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 19.886, siempre que dicha empresa cumpla con las exigencias establecidas en las bases para contratar y ejecutar el contrato. II.8 Se hace presente que el oferente deberá estar inscrito y habilitado en el Registro de Proveedores, cumpliendo con los requisitos pertinentes, contenidos en el Capítulo X del del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) Nº 661 del año 2024). La situación de habilidad será verificada a través del Sistema de Información, administrado por la Dirección de Compras. Asimismo, no será necesario que el adjudicatario entregue documentación que ya se encuentre disponible en el Registro de Proveedores, siempre que cumpla con los requisitos exigidos y las fechas de vigencia estén conforme a lo indicado en el punto XI.2 del Capítulo XI, titulado “Actos preparatorios del contrato”. II.9 Todos los plazos que se señalan en esta propuesta pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos. En el evento que el término de la gestión o actuación exigida por esta entidad licitante se coincidan con sábado, domingo o festivo, estas deberán prorrogarse para el día hábil administrativo siguiente. II.10 Si el oferente adjudicado, al momento de suscribir el contrato no se encuentra habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública, requisito que también se exige a todos los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores para la suscripción del contrato definitivo, la entidad licitante deberá dejar sin efecto la adjudicación de la oferta y, eventualmente, adjudicar la licitación al siguiente oferente mejor evaluado. II.11 Los plazos que se establecen en el cronograma de la propuesta incluido en las presentes bases administrativas, a saber, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, podrán ser modificados hasta por un máximo de treinta (30) días corridos, por la entidad licitante, en la eventualidad de la ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los plazos y fechas originalmente publicadas. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una resolución, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección de ChileCompra (www.mercadopublico.cl). Conforme a lo anterior, los oferentes deberán tener presente la nueva fecha de cierre que eventualmente se establezca para los efectos de la vigencia de la garantía por seriedad de la oferta a que se refiere el Capítulo VIII de las presentes bases administrativas. II.12 La entidad licitante tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas, así como verificar su habilidad. La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos los que no sean veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública. La detección de antecedentes falsos podrá dar lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda, pudiendo hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta o la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuando la convención se hubiese determinado en base a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera sea la oportunidad en que hayan sido presentados, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y una vulneración al pacto de integridad contenido en las declaraciónes obligatorias que forman parte de las presentes bases y que deben ser firmadas por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes. DE LOS PARTICIPANTES III.1 Podrán participar en esta licitación personas naturales y jurídicas, o bajo la fórmula de Unión Temporal de Proveedores (UTP), integradas solo por una o más empresas de menor tamaño, sean estas nacionales o extranjeras, de acuerdo con lo establecido en los artículos 180 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) Nº 661 del año 2024), estando habilitados para aquello en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). III.2 No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4° de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, Capítulo II “De los requisitos para contratar con los organismos del Estado”. Asimismo, no podrán participar de esta propuesta aquellos oferentes que hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1, de 2004, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Tampoco podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores se encuentren afectos a alguna de las limitaciones establecidas en los artículos 8 y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho. Igualmente, no podrán participar en esta licitación pública aquellas personas que han sido condenadas por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley Nº21.595 sobre delitos económicos y, además, en caso de ser personas jurídicas, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, tener como socio, accionista, miembro o participe con poder para influir en la administración a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. Del mismo modo, estarán impedidas de participar en esta licitación pública, aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las situaciones o afectas a una o más de las prohibiciones enumeradas en el artículo 35 quáter de la Ley Nº 19.886. Para los efectos de corroborar las inhabilidades señalas en los párrafos precedentes, esta Dirección General considerará la declaración que se encuentra en la mencionada plataforma www.mercadopublico.cl. VISITA A TERRENO CONSULTAS Y ACLARACIONES IV.1 VISITA A TERRENO Se realizará una visita en terreno de carácter obligatorio, siendo los gastos por este concepto de cargo y responsabilidad del interesado que asista. Dicha visita se realizará cinco (5) días posterior a la fecha de publicación de la licitación en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), conforme al siguiente detalle: DIRECCIÓN FECHA Y HORA CONTACTO Ad. Capitán. Fuentes Martínez de Porvenir cinco (5) días corridos posterior a la fecha de publicación a las 15:00 horas. mtorresc@dgac.gob.cl Al inicio de la actividad, los asistentes deberán firmar un Registro de Asistencia elaborado al efecto, incorporando en él la información requerida, el que posteriormente será publicado en el Portal. IV.2 CONSULTAS Y ACLARACIONES Toda solicitud de aclaración de las bases de licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl) dentro del plazo de cinco (5) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta las 23:59 horas. Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra, en un plazo de dos (2) días corridos contados desde la fecha final de recepción de preguntas, mediante un archivo que será incluido como documentación anexa en el apartado “Archivos adjuntos de esta licitación”. Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá introducir cambios en las bases de licitación, resguardando debidamente los intereses de los proponentes, con el objeto de que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Información de ChileCompra. En ese caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases de licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la DGAC, que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Ante una eventual discrepancia entre las bases de licitación y la oferta, prevalecerán las primeras. Igualmente, ante discrepancias entre la ficha electrónica del portal Mercado Público y las bases de licitación, prevalecerán estas últimas. GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA Los gastos que demande participar en la presente propuesta deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso. DE LA PRESENTACIÓN Las ofertas, técnicas y económicas, deberán ser presentadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro del plazo de trece (13) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta el día de cierre de la misma, a las 17:30 horas. El oferente, por el solo hecho de participar, acepta expresamente que ha estudiado las bases de licitación, y que está de acuerdo con sus términos y condiciones. Lo anterior, no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes bases administrativas como también en las bases técnicas, por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de la misma. Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compra. Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del contratista, que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses de la DGAC o que se contrapongan a lo establecido en las bases de la licitación y, en el evento que se incluyan, estas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de licitación por sobre la oferta por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases. Las ofertas deberán ser presentadas en idioma español. Solo se aceptará el idioma inglés en manuales y folletos técnicos del servicio ofertado. Esta DGAC declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un procedimiento de contratación se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 60 de su Reglamento. En este caso, la entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, únicamente la oferta más conveniente de las empresas del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases de licitación, y declarará inadmisibles las demás. Asimismo, la oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 182 de su Reglamento. Los oferentes no podrán, en este proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores, en tal caso, serán declaradas inadmisibles ambas ofertas. La DGAC podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias. Se entenderá que la propuesta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada sea menor al cincuenta por ciento (50%) del precio presentado por el oferente que le sigue, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato, y se verifique por la entidad licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, conforme a lo establecido en el artículo 61 del Reglamento. Las ofertas deberán presentarse en formato Adobe Acrobat (.pdf) para ser leído en el sistema operativo Windows. Los documentos que se deben incluir son los siguientes: VII.1 DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público: VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, contenido en el punto 2.4 de las presentes bases de licitación. VII.1.2 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar una escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. VII.1.3 Declaración pacto de integridad emitida y firmada por la proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, conforme al formato de declaración adjunta en el apartado 2.5 de las presentes bases de licitación. V.II.1.4 Formato de declaración de conocimiento de Instructivo de trabajo del sistema de gestión ambiental y sistema de seguridad salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC en el adjunto 2.6 de las presentes bases de licitación. VII.1.5 Criterio sustentable para proveedores: los oferentes podrán presentar el documento denominado “Formato criterio sustentables” adjunto 2.7 en las presentes bases de licitación, acompañado de antecedentes que sustenten que cuentan con algún o algunos de los criterios allí señalados. VII.2 DOCUMENTOS TÉCNICOS El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el Portal Mercado Público: VII.2.1 Descripción detallada de la propuesta técnica, para dar cumplimiento al requerimiento de servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir conforme a lo solicitado en las bases técnicas. VII.2.2 Indicar la renta bruta mensual que se pagará a los trabajadores del personal del servicio en el formato del punto 2.8 de las presentes bases de licitación VII.2.3 Declaración programa integridad firmada conforme al formato de declaración jurada adjunto al punto 2.9 de las bases de licitación. Los proponentes deberán adjuntar a su oferta los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad, y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por sus empleados. Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este punto VII.2 Documentos técnicos, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases técnicas y en la pauta de evaluación, que permita a la comisión evaluadora, evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso contrario, se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de esta. VII.3 DOCUMENTOS ECONÓMICOS El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público: VII.3.1 Formato para presentación de oferta económica adjunto en el punto 2.10 de las bases de licitación. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de Compras Públicas los valores que este exigirá. VII.3.2 Plazo de vigencia de la oferta, que no podrá ser inferior a sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de cierre de la licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que aceptan lo señalado en estas bases administrativas. Solo se aceptarán ofertas en pesos chilenos (CLP). La oferta que sea presentada en Unidades de Fomento (UF) u otra moneda, no será considerada en el estudio económico de la propuesta, obteniéndose la comisión evaluadora de continuar evaluando y sugerirá su inadmisibilidad. Respecto a la oferta económica, serán causales de inadmisibilidad las siguientes: El oferente no presenta oferta económica. La oferta económica no contiene todo lo requerido en el formato de presentación de oferta económica establecido en las bases de licitación. La modificación u omisión de cualquier ítem solicitado por la DGAC, que altere el pliego de condiciones, entre otros, las variaciones de los servicios o en los plazos de ejecución de los mismos, si los hubiere. Ofertar en una moneda distinta a la exigida en las bases. El plazo de vigencia de la oferta es inferior al solicitado en las bases de licitación. DE LAS GARANTÍAS, SU NATURALEZA Y MONTOS VIII.1 Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato VIII.1.1 De la entrega y su contenido Con anterioridad a la firma del contrato, el adjudicatario deberá entregar a la Institución una boleta bancaria de garantía, vale vista, póliza de seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato derivado de la propuesta pública ID 1116007-36-LE25 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del prestador. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco - Dirección General de Aeronáutica Civil, RUT Nº 61.104.000-8, por un monto total equivalente al cinco por ciento (5%) del precio final neto ofertado por el adjudicatario. La caución que se constituya deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, tomada por el adjudicatario o un tercero a su nombre, en un banco, institución financiera nacional o extranjera que tenga representación en Chile, compañía de seguros con agencia en Chile o institución de garantía recíproca (IGR), expresado en moneda nacional y deberá contemplar la totalidad del tiempo que empleará el contratista en la ejecución del contrato, más noventa (90) días corridos. En el evento que la garantía que se constituya sea una póliza de seguro, esta podrá expresarse en unidad de fomento (UF), dólar de los Estados Unidos de América o moneda nacional; en este último caso solo si se dan los presupuestos previstos en el Art. 10 del DFL Nº 251 de 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor en las condiciones particulares de ella, que esta cubra el pago de multas y excluir cláusulas de arbitraje. Tanto la póliza de seguros como el certificado de fianza deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva. En caso de que el instrumento de caución sea emitido sea emitido en pesos chilenos o Unidades de Fomento (UF), este deberá considerar la conversión según el tipo de cambio o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico garantia_carlos_ibanezdelcampo@dgac.gob.cl. De resultar adjudicada una oferta riesgosa o temeraria, la DGAC solicitará al proveedor adjudicado aumentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los términos señalados en el párrafo final del artículo 61 del Reglamento de Compras Públicas. Si al momento de entrar en vigencia el contrato, la garantía no alcanzare a cubrir el periodo antes señalado, el contratista, en un plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, deberá reemplazarla por otra o extender su vigencia de modo que dicho instrumento cumpla con este periodo, habida consideración que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la Institución para poner término anticipado a la convención. En el evento que se modifique el contrato o por concurrir un caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado, y ello implique la extensión de su plazo de ejecución y la obligación de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo y responsabilidad del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia de cuál sea la parte a la que esté asociada la ampliación de la ejecución del contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla a la DGAC, dentro del plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, habida consideración de que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la DGAC para poner término anticipado al citado acuerdo de voluntades. Asimismo, si el contrato debe ser modificado y como consecuencia de ello aumenta el precio de la contratación, con un límite de un treinta por ciento (30%) del monto originalmente pactado, la garantía deberá modificarse proporcionalmente aumentando el monto de ella a fin de que corresponda a un diez por ciento (5%) del nuevo valor total del contrato y entregada a la DGAC previo a la suscripción de la modificación contractual. En caso contrario, no se suscribirá la modificación del acuerdo de voluntades. El monto de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato podrá asociarse a las anualidades de cumplimiento del contrato permitiendo al contratista la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento, debiendo en todo caso respetarse los porcentajes precedentemente indicados en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución, incluido el plazo de vigencia adicional de noventas (90) días corridos. Todo ello en conformidad al artículo 121, inciso tercero, del reglamento de compras públicas. VIII.2.2 Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato: La DGAC queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento grave del contratista de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las acciones que esta Institución pueda ejercer. La DGAC queda especialmente facultada para hacer efectiva la citada garantía, por: a) Cualquier incumplimiento grave a las obligaciones, señalados en la letra g) del capítulo XIV. Del término anticipado. b) Haberse terminado anticipadamente el contrato por la causal de la letra c) y d) párrafo final, y f) o de algunas de las causales contenidas en el literal g) del capítulo XIV. Del término anticipado. c) Incumplimiento del contratista en el pago de una multa, caso en el cual se descontará del documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, y se procederá a la devolución del saldo, si existiere, previa entrega de una nueva garantía. d) Cualquier otra causal establecida en estas bases de licitación. VIII.2.3. De la devolución La garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta con posterioridad a la fecha de expiración de su vigencia, gestión que se efectuará en la Oficina de Finanzas, ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del aeropuerto presidente Carlos Ibáñez del Campo S/N, comuna Punta Arenas, ciudad Punta Arenas, a través del “Formulario de retiro” disponible en la Oficina Logística ubicada en la misma ciudad. De haber sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia, mediante correo electrónico. DE LA APERTURA La apertura de todas las ofertas se efectuará en un solo acto, el día hábil administrativo siguiente del cierre de la licitación, a las 15:01 horas, en forma electrónica, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). En la apertura se efectuará la descarga de los documentos administrativos, técnicos y económicos de todas las ofertas recibidas en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). El posterior examen y análisis del detalle del contenido de los documentos antes citados, incluida la presentación y suficiencia de la garantía de seriedad de la oferta, corresponderá exclusivamente a la comisión evaluadora. Una vez confirmada el acta de apertura electrónica emitida por la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). se liberarán automáticamente las ofertas, permitiendo la publicidad de las mismas y los proponentes podrán formular observaciones dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la Plataforma, las que serán resueltas por la DGAC dentro del plazo de nueve (9) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de los sobres electrónicos, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil administrativo siguiente. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos (2) días hábiles administrativos contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en formato digital en Oficina Logística ubicada en el terminal antiguo del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo S/N comuna de Punta Arenas, ciudad Punta Arenas en los siguientes horarios: de lunes a jueves entre las 08:30 a 12:00 horas y desde las 14:30 a 17:30 horas; viernes entre las 08:30 a 12:00 horas y desde las 14:30 a 16:30 horas. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad. DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN X.1 La entidad licitante, a través de la comisión evaluadora designada mediante resolución e integrada por dos (2) funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, será responsable de evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas presentadas por los proponentes. Este proceso implica la revisión y análisis detallado de las ofertas y demás documentos, incluida la presentación y suficiencia de la garantía de seriedad de la oferta con el objetivo de determinar si cumplen con los requerimientos establecidos en las bases de licitación. En este contexto, se realizará un examen de admisibilidad, y solo se evaluarán aquellas ofertas que resulten admisibles. La comisión evaluadora propondrá a la autoridad facultada declarar inadmisible una o más ofertas, declarar desierta la licitación o proceder con la adjudicación, según lo considerado en las presentes bases. X.2 Las ofertas serán ponderadas con cuarenta y un porciento (41%) para los aspectos técnicos, con un cincuenta por ciento (50%) para los aspectos económicos, con un cinco por ciento (5%) para el aspecto de cumplimiento de requisitos formales en la presentación de la oferta, con uno por ciento (1%) para el criterio de programa de integridad y con un tres por ciento (3%) para criterios sustentables. Para la evaluación de las ofertas económicas se considerará el valor total de la oferta. La DGAC adjudicará la licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de las bases de licitación, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación respectivos, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses. La DGAC no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases. X.3 Frente a la eventualidad de que dos o más oferentes obtengan igual puntaje en la pauta de evaluación, se establecen los siguientes criterios de desempate para adjudicar, los que serán aplicados en el siguiente orden de prelación hasta obtener un desempate y que solo un oferente resulte adjudicado: 1. Mayor puntaje ponderado presencia en el mercado. 2. Mayor puntaje ponderado mejores condiciones de empleo y remuneraciones 3. Mayor puntaje ponderado cumplimiento de requisitos formales. 4. Mayor puntaje ponderado cumplimiento de programa de integridad. 5. Mayor puntaje ponderado cumplimiento criterios sustentables. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la oferta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl., de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta. X.4 Durante el periodo de evaluación, y de conformidad al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). El o los oferentes afectados tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones. Sin embargo, se deja establecido que no se considerarán errores formales aquellos relacionados con el precio de la oferta. La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. El o los oferentes afectados tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del sistema para presentar los antecedentes omitidos. Para efectos de las facultades contempladas en los párrafos precedentes, se contempla el criterio de evaluación de “Cumplimiento de requisitos formales en la presentación de la oferta”, conforme al cual, se le asignará menor puntaje a aquellas ofertas que no cumplieron dentro del plazo de presentación de las ofertas con la presentación de todos los antecedentes requeridos en las presentes bases de licitación. Durante el periodo de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, mediante la herramienta de solicitud de aclaraciones del Portal Mercado Público. X.5 Dentro de los diez (10) días corridos siguientes a la fecha de apertura de las ofertas, la comisión evaluadora deberá emitir el informe de evaluación y la Dirección General de Aeronáutica Civil dictará la resolución de adjudicación o deserción, según corresponda, la que se notificará a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada. En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado. Los oferentes tendrán 48 horas para efectuar consultas respecto de la adjudicación, las que deberán ser formalizadas únicamente a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), o directamente al correo electrónico projas@dgac.gob.cl y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos. ACTOS PREPARATORIOS DEL CONTRATO XI.1 Luego de dictada la resolución de adjudicación y que esta se encuentre totalmente tramitada, dentro de los quince (15) días corridos siguientes al cierre de las ofertas y notificada en el Portal Mercado Público dicho acto administrativo, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el oferente adjudicado. XI.2 Para celebrar el contrato, el adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo de veinte (20) días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el referido portal, los documentos que en cada calidad se señalan en adelante: XI.2.1 Si el adjudicatario es una persona jurídica, deberá presentar la siguiente documentación, en el caso de que esta no se encuentre en el portal o no esté actualizada: Copia de la patente municipal vigente. Certificado de inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Copia de la escritura de su constitución y de aquellas que contengan las modificaciones que hubiere experimentado; los documentos que acrediten la publicación de sus extractos en el Diario Oficial y la inscripción de tales extractos en el Registro de Comercio o en el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Certificado de vigencia de la sociedad, emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo o por el Registro de Empresa y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación. Certificado de vigencia de personería de su(s) representante(s), expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo, el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, o la autoridad correspondiente, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación. Fotocopia de la cédula de identidad de su(s) representante(s). XI.2.2 Si el adjudicatario es una persona natural, deberá presentar la siguiente documentación, en el caso de que esta no se encuentre en el portal o no esté actualizada. Fotocopia de su cédula de identidad vigente. Copia de la patente municipal vigente. Certificado de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). XI.2.3 Si el adjudicatario es una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberán presentar, respecto de cada uno de los integrantes, los antecedentes señalados previamente, según corresponda, en el caso de que estos no se encuentren en el portal o no estén actualizados. Además, deberán dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 180 del Reglamento de Compras Públicas, y acompañar la escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto y que considere una vigencia no menor a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. XI.3 La Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de veinte (20) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, cuando: El adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o no lo suscribe dentro del plazo establecido en las bases. No presenta los documentos exigidos para celebrar el contrato en el plazo de quince (10) días corridos, en consonancia con lo establecido en el numeral XI. de los Actos preparatorios del contrato. No presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los términos establecidos en estas bases. Si al momento de suscribir el correspondiente contrato, el adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública. No da cumplimiento a los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato. XI.4 Requisitos para contratar: Solo podrán contratar con esta DGAC aquellos proveedores que se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores. La habilitación en dicho registro será responsabilidad de los proveedores que deberán acreditar su situación financiera y técnica, a través de su inscripción en ese Registro. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), todos sus integrantes deberán encontrarse hábiles en el Registro de Proveedores, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 182 y 183 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO El contrato contendrá la individualización del proveedor, las características del servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías, si las hubiere, las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del proveedor, así como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en estas bases. El contrato que se derive de la propuesta pública que se regula por las presentes bases de licitación, no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del contratista, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisa de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee. En la eventualidad de un incumplimiento contractual o declaración de término anticipado del contrato en conformidad con las presentes bases, la DGAC publicará en el módulo de gestión de contratos del portal www.mercadopublico.cl la resolución que aplique la multa o que declare el término anticipado. DE LAS MODIFICACIONES AL CONTRATO El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y artículo 129 de su Reglamento, siempre que ello no altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero del contrato y los elementos esenciales del contrato mismo. Tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un treinta por ciento (30%) del monto originalmente pactado, y siempre que la DGAC cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Asimismo, podrá realizar una modificación de los servicios comprometidos en el contrato, siempre y cuando existan razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que dio origen a la contratación. Igualmente el acuerdo de voluntades podrá ser modificado cuando, por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificadas por la entidad licitante, el contratista esté impedido de cumplir sus obligaciones, y siempre que dicho cambio no genere inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para esta DGAC así como que se refiera a las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la hizo necesaria y que se respete el equilibrio financiero del contrato. En este caso, la DGAC estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento. Cualquiera de estas modificaciones deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. DEL TÉRMINO ANTICIPADO. XIV.1 El contrato solo podrá terminarse anticipadamente, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley de Compras Públicas y artículo 130 de su Reglamento, por las siguientes causales: La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y 129 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los servicios que efectivamente se hubieren prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley de Compras Públicas y artículo 135 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Cuando el contratista se encuentre en la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley Nº 21.595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393, de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente: Si el contratista cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de las bases de licitación y del contrato que se suscriba. El incumplimiento en el plazo de inicio para la prestación del servicio convenido en el contrato, por un tiempo mayor a dos (2) días corridos. En caso de que el contratista abandonare intempestivamente la ejecución del servicio. La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos los que no sean veraces, íntegros o auténticos y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera que sea la oportunidad en hayan sido presentados, conforme a lo establecido en el punto II.12 de las presentes bases administrativas. Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el diez por ciento (10%) del precio total del contrato y, por tal causa, se hiciera efectivo el total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. El incumplimiento en el plazo de diez (10) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato requerida por la DGAC, si al momento de entrar en vigor el acuerdo de voluntades la vigencia de la garantía no alcanzare a cubrir el periodo que contemple el plazo de vigencia del contrato (orden de compra). El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la extensión de la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, requerida por la DGAC, en el caso de que se modifique el contrato y ello implique la extensión de su plazo de ejecución. El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos, contados desde la notificación al contratista para que este proporcione una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, en el evento que la garantía entregada inicialmente deba ser ejecutada para satisfacer el pago de una multa. Que el prestador no cumpla con la entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo de quince (15) días de corridos, en el evento que por incumplimiento de sus obligaciones laborales o sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos (2) últimos años, la DGAC haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato para pagar con ella a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras, acorde a lo señalado en el Capítulo VIII de las presentes bases administrativas. El incumplimiento por parte del prestador a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, para con sus dependientes, acorde a lo señalado en el Capítulo XXV de las presentes bases administrativas. De proceder la declaración de término anticipado del contrato por la causales de los literales c), d) párrafo final, f) o de algunas de las causales contenidas en el literal g), precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada, debidamente comunicada al contratista y, en cuyo caso, además, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la ley sean procedentes. XIV.2 El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato, será el siguiente: a) La DGAC notificará al contratista el inicio del procedimiento de término anticipado del contrato, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. El contratista dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos para presentar sus descargos o alegaciones. Estos deberán ser enviados al correo electrónico vsoto@dgac.gob.cl y projas@dgac.gob.cl. b) Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada en el Sistema de Información, conforme a lo establecido en el artículo 132 del Reglamento de Compras Públicas. DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Para los efectos del contrato, se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impida, a cualquiera de las partes, cumplir con las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar por el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por correo electrónico esta circunstancia a la otra parte dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles administrativos desde que haya tomado conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente, y dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes de la referida comunicación, la parte afectada deberá acreditar debida y suficientemente la ocurrencia del imprevisto que le afecta y la oportunidad en la que tomó conocimiento de este. La DGAC deberá pronunciarse sobre su procedencia dentro de igual término. En el caso que la parte afectada sea el contratista deberá comunicar estas circunstancias al inspector fiscal del contrato y a los correos vsoto@dgac.gob.cl y projas@dgac.gob.cl. Acreditada la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir, resguardando los intereses de ambos contratantes y conviniendo en el aumento de plazo del contrato, el que, en todo caso, no podrá ser superior a la duración del caso fortuito o fuerza mayor acreditado. DE LA PRÓRROGA DE LA COMPETENCIA El contrato que se derive de la presente licitación se someterá a la jurisdicción de los tribunales chilenos, fijando ambas partes domicilio en Santiago de Chile, prorrogándose su competencia para tal efecto en los tribunales de justicia de esta ciudad. DE LA CONFIDENCIALIDAD La DGAC y el contratista se obligan a mantener absoluta reserva, y confidencialidad de toda la información que obtengan en virtud del contrato a suscribir. Dicha obligación durará estando vigente la ejecución del acuerdo de voluntades. En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines del contrato. Tampoco podrán revelar, comunicar o causar que sea revelada o comunicada de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos del contrato. DE LA VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo aprueba, la que se entenderá notificada al contratista a las veinticuatro (24) horas siguientes a su publicación a través del Portal Mercado Público, y se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, aquellas obligaciones contractuales que, por su naturaleza, requieran ser cumplidas por el contratista con posterioridad al término del contrato, deberán ser realizadas conforme a lo establecido en el acuerdo de voluntades. PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN Toda documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil entregue a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una autorización escrita para tal efecto. PROPIEDAD INTELECTUAL El contratista será el único responsable con relación al buen uso de marcas, patentes, tecnologías y licencias, así como en general de toda propiedad intelectual empleada para la contratación del servicio, debiendo liberar y amparar a la DGAC de todas las consecuencias y acciones legales que puedan intentarse por terceros con motivo de la adquisición mencionada anteriormente. DE LA CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen de la adjudicación de la propuesta y de la orden de compra, salvo que una norma legal especial lo permita. Sin perjuicio, que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. El contratista podrá concertar con terceros la subcontratación parcial de la contratación, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado. Los oferentes deberán indicar en su oferta la parte de la contratación que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: Si excede el treinta por ciento (30%) del monto total de la contratación. Si afectan al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por esta entidad licitante, según lo dispone el artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas. DEL PAGO, FACTURACIÓN Y REAJUSTABILIDAD La DGAC, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley de Presupuestos del año 2026 pagará los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos. El precio total del contrato de servicio de aseo, limpieza y sanitización para las dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Puerto Porvenir se pagará en veinticuatro (24) mensualidades iguales y sucesivas y deberá ser facturado por el prestador al día siguientes del mes vencido, en moneda nacional, y será pagado por la DGAC mediante transferencia electrónica al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica o del respectivo instrumento tributario de cobro, previa certificación de que los servicios se han recibido conforme, correspondiente al periodo de facturación. Para proceder al referido pago, se requerirá que previamente la DGAC registre en el Sistema de Información lo siguiente: a) La fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra. b) La recepción conforme de los servicios, por parte de la inspección fiscal o por quien haya sido designado para tal efecto. Una vez verificado lo anterior, el vendedor podrá emitir la factura electrónica. La DGAC dentro de los ocho (8) días de recibida la factura, deberá proceder con su aceptación o rechazo, conforme a la legislación vigente. La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, que se encuentra afecta al impuesto del dos por ciento (2%) establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752, y el número de la orden de compra. La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3º, de la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos: Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases. En el evento de la falta total o parcial de la entrega de mercaderías o de la prestación de servicio. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases o lo ofertado según sea el caso. Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley Nº 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto. El precio del contrato se reajustará anualmente conforme a la variación que experimente el IPC en la anualidad anterior, de acuerdo al mecanismo automático que ofrece la página WEB del Instituto Nacional de Estadística (INE). Dicho reajuste se efectuará en el mes trece (13) de la ejecución del contrato, contados desde la fecha de su entrada en vigencia o desde el inicio anticipado, en su caso. En el evento de que la variación del IPC sea negativa, se mantendrá inalterable la mensualidad del contrato durante la vigencia de la siguiente anualidad La DGAC cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. DE LAS MULTAS Y DESCUENTOS XXIII.1 De las multas Cualquier incumplimiento contractual por parte del prestador, que constituya alguna falta de las que se expresan más adelante, facultará a la DGAC para aplicar administrativamente una o más multas de las que a continuación se detallan. Para los efectos de las multas, las causales que pueden originarlas son las detalladas a continuación: Por cada día en que no se preste el servicio en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez. En este caso se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa correspondiente a la siguiente razón: (DNPS x 0,5 U.T.M.), en donde DNPS es la cantidad de días en que no se prestó el servicio. Si el servicio o los servicios fueren calificados por el inspector fiscal como deficiente, o bien, se observase por parte del contratista el incumplimiento de cualquiera obligación señalada en el contrato o las bases de licitación, se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de media (0,5) U.T.M. Si se detecta el incumplimiento a alguna prohibición establecida en la cláusula XVI por el contratista o sus dependientes se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de media (0,5) U.T.M. (Unidades Tributarias Mensuales). Se podrá aplicar al contratista una multa equivalente a 1 U.T.M (Unidad Tributaria Mensual) por cada día en que el contratista se encuentre en situación de incumplimiento respecto de una orden del inspector fiscal. Esto aplica también para la ejecución del proyecto. La Unidad Tributaria Mensual (UTM) será la aplicable al mes que ocurrió el incumplimiento contractual” Con toda la multa antes referida, no podrá exceder el diez por ciento (10%) del precio total del contrato. En caso de que exceda el porcentaje señalado, la DGAC podrá poner término anticipado a dicho instrumento, y hacer efectivo el total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios. XXIII.1.2 La aplicación de la multa se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento: La DGAC notificará al contratista sobre el incumplimiento contractual detectado, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. En dicha notificación se especificará el detalle del incumplimiento, la posible multa o medida aplicable según lo indicado en el contrato, y se otorgará un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, para que el contratista pueda presentar sus descargos o alegaciones al correo electrónico vsoto@dgac.gob.cl y projas@dgac.gob.cl y/o en el módulo de la ficha de gestión de contrato disponible en la Plataforma www.mercadopublico.cl. Se hace presente que, en los descargos presentados el contratista no podrá alegar caso fortuito o fuerza mayor como atenuante o eximente de su incumplimiento, si los hechos en que los funda no hubiesen sido alegados en la oportunidad correspondiente, según lo establecido en el Capítulo XV de las presentes bases. Una vez realizados los descargos por parte del contratista o, en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos sin que este haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa y los descargos presentados, si los hubiere, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico. En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley Nº 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas al efecto. Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, esta deberá enterarse, en el siguiente orden de prelación: Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (5) días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución firme que aplica la multa. Deducción del estado de pago. Una vez transcurridos los cinco (5) días señalados precedentemente, sin que el contratista haya enterado el pago de la multa, o este haya manifestado de manera expresa que no pagará, esta se deducirá del estado de pago del mes o hito en que se incurrió en el incumplimiento o la falta de servicio. Aplicándolas la DGAC directamente sobre la garantía que se entregue para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro de un plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. Con posterioridad a la entrega de la caución, la DGAC procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y acto seguido, hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa. XXIII.1.3 No se aplicará la multa cuando el incumplimiento en que se hubiere incurrido sea resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que el contratista deberá acreditar. XXIII.1.4 El cobro de la multa contemplada en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dicha multa no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal. XXIII.2 DESCUENTOS POR SERVICIOS NO PRESTADOS AUSENCIA Descuento por cada hora o fracción de ella, de ausencia de cada trabajador operario, de acuerdo con lo definido en las bases técnicas. Descuento por cada hora o fracción de ella ausencia del supervisor, de acuerdo con lo definido en las bases técnicas. Establecida la ausencia del personal operario y/o supervisor cuando corresponda, durante el horario normal contratado, se aplicará por cada hora de ausencia, considerando hasta dos (2) decimales, el descuento que resulte de la siguiente operación: Remuneración BRUTA mensual del operario/supervisor = Valor hora /60 = valor minuto de descuento Cantidad de horas mensual del operario/supervisor ausente (*) Valor renta bruta mensual imponible: Corresponde al valor de la renta bruta mensual ofertados por el adjudicatario, para operarios y supervisor. (*) Cantidad de horas mensuales: Cantidad que variará según la cantidad de días que tenga el mes. (*) Valor hora de descuento: Valor de la hora de servicio /60 será = al valor del minuto de descuento, sean operarios o el supervisor recurrente. La cantidad de horas mensuales de cada operario/supervisor, se definirá como un anexo al contrato que se suscriba, documento que, firmado entre las partes, se entiende formar parte del mismo. Para el cálculo de las multas y descuentos, se utilizará una tarjeta de asistencia y de común acuerdo entre el supervisor del contratista y el inspector fiscal nombrado al efecto por la DGAC, para el control de asistencia. Los descuentos por servicios no prestados se deducirán de la factura del mes o los meses siguientes correspondientes, para lo cual el contratista deberá adjuntar a esta la correspondiente nota de crédito. DE LAS OBLIGACIONES Y/O DEL CONTRATISTA El contratista se obliga, entre otros, a lo siguiente: a) A cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC, en función del contrato, de las bases de licitación y de la oferta del contratista. A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de la adjudicación de la propuesta y del contrato. Asimismo, el contratista no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato. A mantener una comunicación permanente con el inspector fiscal de la DGAC a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del contrato. El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo, incluido los trabajadores subcontratados. El contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. El contratista deberá tener en consideración las medidas de seguridad personal y física relativas a sus empleados, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral actualmente vigente. El contratista será el responsable del cumplimiento de las obligaciones que la Ley le impone como empleador, para la atención médica y hospitalaria del personal asignado a la prestación del servicio contratado, en caso de accidentes en el trabajo de dicho personal. En caso que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al contratista o sus dependientes en los bienes de la DGAC el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por esta DGAC. El contratista deberá cumplir con lo establecido en el instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC. Queda prohibido al contratista y/o al personal contratado por este, lo siguiente: Usar prendas de vestir u otras que no correspondan al uniforme autorizado. Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados por el inspector fiscal. Ingresar a zonas restringidas y de protección sin la debida coordinación y/o autorización de la DGAC. Realizar o autorizar cualquier tipo de filmaciones o tomar fotografías, sean estas para uso personal o de terceros, sin autorización expresa de la DGAC. Retirar o permitir el retiro de bienes, activos, artículos, documentos, planos u otro tipo de información, de cualquier especie, desde las dependencias del aeródromo, sin autorización expresa de la DGAC. Realizar, durante el desempeño de sus labores cualquier actividad ajena establecida en el contrato respectivo, tales como uso de televisión, equipos multimedia, entre otros. Manipular, almacenar, distribuir, consumir, durante su servicio o al interior de las dependencias de la unidad, cualquier tipo de bebida alcohólica, o droga, cuyas sustancias estén sujetas a control o prohibidas, salvo aquellas que su consumo/dependencia de tipo farmacéutico, se encuentren bajo prescripción médica. Preparar y calentar alimentos en el puesto o lugar de trabajo, la que no podrá habilitarse sin la debida autorización del inspector fiscal. Tener o permitir la permanencia de animales en el puesto de trabajo o instalaciones del aeródromo. Aceptar el ingreso o invitar a personas ajenas al servicio y desempeño de sus funciones, al puesto o lugar de trabajo y permanecer con ellas en su interior, a excepción de representantes de su empresa en situación de servicio. Entregar información de cualquier tipo a personas ajenas a la respectiva unidad o instalación, salvo expresa instrucción del inspector fiscal del servicio. Portar/almacenar/resguardar, en el puesto, armas de fuego, punzantes, replicas o simuladas, o de cualquier tipo o clase durante el servicio, aun encontrándose legalmente autorizado para ello. Publicar mediante cualquier medio o red social, imágenes o videos donde figuren instalaciones de la DGAC. DE LAS LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS. Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y, en especial, deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales. Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará facultada para exigir al contratista, en cualquier oportunidad y a lo menos a la mitad del periodo de ejecución del contrato, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo. En caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la DGAC, de conformidad con lo que dispone la Ley Nº 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo, podrá descontar de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento contenido en DS. Nº 661 de 2024, y la Ley Nº 20.123, la DGAC podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de que el contratista mantenga el incumplimiento de sus obligaciones laborales o sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos (2) últimos años y pagar con cargo a ella a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. En este caso, el contratista deberá presentar, dentro del plazo de quince (15) días corridos, una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, por el mismo período de vigencia y monto requerido originalmente, a fin de reemplazar la caución destinada a cubrir el incumplimiento de sus obligaciones laborales. Si transcurrido el plazo antes mencionado sin que el contratista hubiere hecho entrega de la caución, la DGAC podrá poner término anticipado al contrato por constituir una causal de incumplimiento grave del mismo, conforme al punto XIV de las presentes bases administrativas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley Nº 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto. Asimismo, será obligación del prestador dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial, deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales. El incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato, con la correspondiente indemnización de perjuicios. 2.2 BASES TÉCNICAS BASES TÉCNICAS AÑO 2026-2027 El Ad. Capitán. Fuentes Martínez de Porvenir, requiere contratar los servicios de una empresa especializada en el rubro de aseo industrial, con el objeto de atender las necesidades de las dependencias del Ad. Cap. Fuentes Martínez de Porvenir. El contrato tendrá una duración de 24 meses. Las labores a desarrollar por la empresa adjudicada serán las que se detallan a continuación y conforme al programa señalado: LUGAR, SUPERFICIE ESTIMADA Y LABORES A REALIZAR A.- EDIFICIO TERMINAL B.- EDIFICIO TÉCNICO ADMINISTRATIVO C.- CUARTEL S.E.I. D.- SUBESTACIÓN ELÉCTRICA E.- CASETA TRATAMIENTO DE AGUA Servicio de limpieza y aseo permanente en todas las áreas detalladas a continuación, conforme a lo solicitado: AD. CAPITÁN FUENTES MARTÍNEZ ÁREA MT2 Oficina Jefatura. 13 MT2 Oficina Logística. 10 MT2 Oficina Sala de Equipos 13 MT2 Baño edificio torre. 3 MT2 Torre de Control. 80 MT2 Pasillos Edificio Torre 30 MT2 Pasillos Terminal 35 MT2 Cocina Terminal 15 MT2 Hall Terminal 530 MT2 Hall Terminal y sala reuniones 2do piso 81 MT2 Baños del Terminal de pasajeros: Baño 1 10 MT2 Baño 2 10 MT2 Baño para persona con capacidades diferentes 4 MT2 Sala de caldera sector baño para persona con capacidades diferentes 6 MT2 Cuartel SEI 160 MT2 Subestación eléctrica 84 MT2 Caseta tratamiento de agua 13 MT2 Los trabajos específicos a realizar en dependencias y oficinas deberán ajustarse a lo siguiente: DIARIAMENTE Desempolvar y limpiar sillas, escritorios, equipos, calentadores y muebles en general. Barrer pisos flotantes de madera, baldosas y cerámicos. Limpiar y desinfectar servicios higiénicos y artefactos sanitarios. Abrillantar quincallería, griferías y espejos. (en baños y cocina) Vaciar y limpiar papeleros de oficinas, pasillos, salas de estar, etc. Limpieza de áreas de almacenamientos. Retiro de basura. SEMANALMENTE Limpieza de máquinas y equipos de oficinas, teléfono y otros. Lavado de piso del Hall central del Edificio Terminal. Limpieza de ventanas, cortinas solares tipo “Plastic-View” Torre AFIS, persianas completas (vidrios y marcos) y puerta en dependencias. Desmanchado y desinfección de lavamanos, W.C. y urinarios en baños. Sanitización, este servicio deberá realizarse según exigencias de SEREMI SALUD; será aplicada los días viernes y en coordinación con la Inspección Fiscal. MENSUALMENTE Lavado y encerado de pisos flotantes de madera, baldosas y cerámicos. Lavado de vidrios por ambas caras, de la entrada general y accesos. SEMESTRALMENTE (ABRIL-NOVIEMBRE) Lavado de paredes y muros internos. DOTACIÓN DE PERSONAL REQUERIDA Para la prestación de los servicios detallados en los puntos anteriores, se requiere una dotación mínima de 1 persona permanente en la dependencia del Ad. Cap. Fuentes Martínez los días lunes, miércoles y viernes, además deberá contar con un reemplazo en caso de Licencias Médicas, Feriado Legal y Ausencia Laboral. La persona que prestará servicios, deberá estar debidamente uniformada, llevando impreso el nombre de la empresa en el uniforme, además, deberá portar una tarjeta de identificación (TICA), que lo acredite y autorice a circular por las dependencias aeronáuticas, la cual tiene un costo aproximado de $ 7.000.-. Asimismo, el personal que efectúe las labores de limpieza deberá contar con el equipo de protección adecuado, e instrucción de acuerdo a la normativa Chilena de seguridad vigente: Ley 16.744 “Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”. DS Nº 18 “Certificación de calidad de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales”. AUTORIZACIÓN DEL PERSONAL Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Calificación: Los trabajos correspondientes a estas bases técnicas, deberán ser ejecutados por personal idóneo y la supervisión general a cargo de la empresa. Ingreso al recinto: La empresa adjudicada deberá entregar con una anticipación mínima de 05 días hábiles, la lista del personal que ejecutará los trabajos durante el año y su reemplazo por motivos como Licencias Médicas, Feriado Legal y Ausencia Laboral, con el propósito de que se autorice el ingreso al recinto. La nómina deberá contener los siguientes datos mínimos: Nombres y Apellidos. Nº Cédula de Identidad. Fecha de nacimiento y lugar de inscripción. Domicilio particular y teléfono. SEGURIDAD PERSONAL Será responsabilidad exclusiva de la empresa o persona natural adjudicada, los accidentes que se produjesen durante el desarrollo de los trabajos, ya sea por condiciones o acciones inseguras. Por lo tanto, deberá arbitrar todas las medidas y recursos a su alcance, para que el personal tenga y utilice los elementos de seguridad apropiados. El no cumplimiento a estas disposiciones, permitirá a la Inspección Fiscal, paralizar las faenas, hasta que se regularice la situación en el mínimo plazo; pudiendo incluso, contratar los servicios no ejecutados a terceros con cargo al contratista, y en el caso de persistir, solicitar la multa de 1 UTM. El personal que no cumpla con las normas de seguridad industrial, higiene, presentación personal y/o las instrucciones de la Inspección Fiscal, deberá ser reemplazado dentro de las 48 horas de notificado. Lo mismo ocurrirá con los materiales, herramientas, instrumentos, equipos, etc., cuya calidad no sea la aprobada con anterioridad, las cuales deberán ser reemplazadas dentro de las 8 horas siguientes. En estos casos, todos los gastos que se susciten serán de cargo de la empresa adjudicada. SEGURIDAD DEL RECINTO Cualquier daño que se provoque a personas, muebles e inmuebles, tanto aeronáuticos como de terceros, serán de exclusiva responsabilidad de la empresa o persona natural adjudicada, que, para todos los efectos legales, no tendrán vínculo jurídico alguno con la DGAC. HORARIO DE TRABAJO El servicio de aseo y limpieza deberá efectuarse en las dependencias detalladas en las bases técnicas, en media jornada laboral en los siguientes horarios: Lunes, miércoles y viernes de 08:30 a 13:00 horas. La empresa contratista deberá velar y resguardar que su personal no sobrepase la jornada laboral de trabajo que es de 45 horas semanales., de acuerdo al código del trabajo Art. 22. Se deberá considerar por parte del empleador media hora de colación de acuerdo a lo establecido en el Art. 34 del Código del Trabajo (la cual no se deberá computar como jornada diaria laboral). La empresa que preste el servicio deberá registrar en una tarjeta de control, la asistencia diaria de manera de poder llevar un control de los horarios de ingresos y los días en que se ha prestado el servicio de limpieza y aseo, de manera de velar por que se cumpla con lo solicitado en las bases técnicas. Si alguno de los tres días mencionados anteriormente por calendario tocase feriado, el servicio será prestado al día hábil siguiente a éste y en coordinación con la Inspección Fiscal. GENERALIDADES La movilización del personal deberá ser proporcionada por el contratista. Cada vez que se genere movimiento de personal, el contratista deberá presentar una nómina actualizada del personal asignado a la DGAC, para cumplir con las labores inherentes al contrato de servicio, indicando el domicilio particular, fotocopia cédula de identidad y certificado de antecedentes. El contratista deberá proveer la totalidad de los insumos necesarios para realizar los trabajos correspondientes al servicio de aseo y sanitización. Los productos a utilizar deben contar con registro del Instituto de Salud Pública (ISP) y deben tener características que no dañen el medio ambiente y a la salud de las personas, Los accesorios tales como porta rollo, porta toalla, dispensadores de jabón, etc., deberán mantenerse siempre en perfectas condiciones de funcionamiento, siendo responsabilidad del contratista reparar y/o reemplazar los que presenten fallas, además deberá proporcionar en forma regular el papel higiénico, bolsas para la basura y el jabón de tocador necesario para todos los baños del aeródromo. Toda basura se deberá depositar en bolsas de polietileno, para ser retiradas por los basureros municipales o privados. VISITA A TERRENO Con el objeto de facilitar la correcta formulación de las ofertas, la DGAC programará una visita a terreno de carácter obligatorio a las instalaciones previamente indicadas, en la fecha y hora que se señalarán en la ficha de la licitación. En dicha oportunidad, los oferentes podrán verificar en terreno las superficies existentes, incluyendo la cantidad de metros cuadrados correspondientes a pisos de baldosas, cerámicos, goma u otros tipos de revestimiento. 2.3 PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS PAUTA DE EVALUACIÓN Servicio de aseo, limpieza y sanitización para las dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Puerto Porvenir 2026-2027 ASPECTOS INVALIDANTES: CUMPLIMIENTO PARÁMETROS INVALIDANTES SI NO 1 Visita a terreno obligatoria. En caso de no acudir a la visita, la oferta se declara inadmisible y no será evaluada. EVALUACION DE LAS OFERTAS: Las ofertas se evaluarán en cinco aspectos diferentes, el puntaje de cada evaluación tendrá un porcentaje asignado y la suma total de estos dará el 100% de la evaluación. El mecanismo de compra seleccionado se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje ponderado en la evaluación total de la oferta. Los aspectos para evaluar y sus porcentajes asignados son los siguientes. Evaluación Porcentaje asignado A. Aspectos técnicos 41% B. Cumplimiento de requisitos formales 5% C. Cumplimiento de programa de integridad 1% D. Cumplimiento de criterios sustentables 3% E. Aspecto económico 50% TOTAL 100% PARÁMETROS EVALUABLES: Aspectos técnicos (41%) Presencia en el mercado 60 pts. En este parámetro se evaluará conforme a información que entrega el portal www.mercadopublico.cl, en la ficha del proveedor, en relación a los años de presencia en el mercado del servicio licitado. El oferente presenta 11 (once) o más años de presencia en el mercado del servicio licitado. 60 puntos El oferente presenta de 03 a 10 años de presencia en el mercado del servicio licitado. 40 puntos El oferente presenta de 0 a 02 años de presencia en el mercado del servicio licitado. 20 puntos Ruta desde portal público www.mercadopublico.cl: Proveedores - Identificador - RUT - Rut chileno - Buscar - Ver detalle - Idoneidad – Actividades económicas – Código y actividad económica SII. (*) Nota: El Comisionista deberá solicitar esta información a alguna Oficina Logística. Mejores condiciones de empleo y remuneraciones 40 pts. Este parámetro se medirá de acuerdo a las remuneraciones brutas que pagará la empresa licitante a sus trabajadores en caso de adjudicarse la licitación del servicio. Para medir este parámetro los oferentes deberán adjuntar una declaración simple en la que se especifique claramente cuáles serán las remuneraciones brutas que percibirán los trabajadores que cumplirán el rol de supervisor y auxiliares de aseo. Puntaje RBS = ((remuneración bruta supervisor)/(mejor oferta remuneración bruta supervisor))*20 Puntaje RBA = ((remuneración bruta auxiliar)/(mejor oferta remuneración bruta auxiliar))*20 Puntaje Final Criterio MCER=(Puntaje RBS+Puntaje RBA) (1) RBS: Remuneración bruta supervisor. (2) RBA: Remuneración bruta auxiliar. (3) MCER: Mejores condiciones de empleo y remuneraciones. El puntaje de evaluación técnica máximo a obtener es de 100 puntos y se ponderará en un cuarenta y uno por ciento (41%) del total de la evaluación, de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje evaluación técnica ponderado (PETP) PETP=(puntaje de evaluación técnica)*(41/100) Cumplimiento de requisitos formales (5%) 100 pts. El oferente deberá presentar todos los documentos solicitados en este proceso de licitación, permitiendo la correcta evaluación de la oferta: El oferente presenta todos los antecedentes requeridos, sin errores formales, dentro del plazo de presentación de ofertas estipulado en las bases. 100 puntos El oferente NO presenta todos los antecedentes y/o existen errores formales en su oferta. La comisión evaluadora solicita su presentación y/o corrección y estos son presentados y/o subsanados dentro del plazo de 48 horas. 50 puntos El oferente NO presenta todos los antecedentes y/o existen errores formales en su oferta. La comisión evaluadora solicita su presentación y/o corrección y estos NO son presentados y/o subsanados dentro del plazo, o bien, son presentados fuera del plazo de 48 horas. 0 puntos (*) Nota: Los documentos a solicitar sólo podrán ser aquellos que NO modifiquen la asignación de puntaje. El puntaje de cumplimiento de requisitos formales máximo a obtener es de 100 puntos y será ponderado en un 5% del total de la evaluación, de acuerdo a la siguiente fórmula: PRFP=(Puntaje de cumplimiento de requisitos formales)* (5/100) Cumplimiento de programa de integridad (1%) 100 pts. El oferente deberá certificar que cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal, de acuerdo con lo declarado por los proponentes conforme al formato adjunto “FORMATO DECLARACIÓN DE PROGRAMA DE INTEGRIDAD”, de las bases de licitación. El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos de gestión interna que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permita prevenir, identificar y sancionar prácticas corruptas o delictivas, promoviendo una cultura de cumplimiento. Para acreditar que cuentan con programas de integridad, los proponentes deberán presentar protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad, y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por sus empleados; tales como: un comunicado interno, afiche informativo, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa, anexo de contrato de trabajo, constancia de inducción, capacitación, seminarios, etc. Presenta documentos alusivos a “programas de integridad” 100 puntos NO Presenta documentos alusivos a “programas de integridad” 0 puntos El puntaje de cumplimiento de programa de integridad máximo a obtener es de 100 puntos y será ponderado en un 1% del total de la evaluación, de acuerdo a la siguiente fórmula: PPIP=(Puntaje de cumplimiento de programa de integridad)* (1/100) D. Cumplimiento de criterios sustentables (3%) 100 pts. El criterio sustentable en una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos de gestión interna que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos, orientada a la reducción de impactos ambientales y al cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado de Chile en materia de cambio climático. Para acreditar que los oferentes cuentan con este aspecto de evaluación, se debe acompañar la declaración señalada en el Anexo “Criterio Sustentable para proveedores”, con documentos adjuntos tales como: certificados, convenios, etc., que pueden integrarse en el sobre administrativo según el Capítulo ___ de las bases administrativas. Convenio Reciclaje (papel, latas y vidrios) 10 Convenio reciclaje tecnológico 10 Convenio reciclaje desechos usados 10 Política o procedimiento para el ahorro y/o la eficiencia energética (DIFUNDIDA) 10 Sello de cuantificación 10 Sello de reducción 10 Sello de neutralización 10 Sello de excelencia 20 Acuerdo de producción limpia 10 El puntaje de criterios sustentables máximo a obtener es de 100 puntos y se ponderará en un tres por ciento (3%) del total de la evaluación, de acuerdo a la siguiente fórmula: PCSP=(puntaje criterios sustentables)*(3/100) E. Evaluación Económica (50%) 1. Precio 100 pts. Se asignarán 100 puntos a la oferta de menor valor total presentada en su cotización. Puntaje evaluación económica=((Valor de oferta menor presentada)/(Valor de oferta en evaluación))*100 El puntaje de evaluación económica máxima a obtener es de 100 puntos y se ponderará en un cincuenta por ciento (50%) del total de la evaluación, de acuerdo a la siguiente fórmula: PEEP=(Puntaje evaluación económica)*(50/100) El puntaje final se obtendrá a partir de la sumatoria del puntaje ponderado de la totalidad de los parámetros evaluables, según la siguiente fórmula de cálculo: Evaluación técnica (A) Evaluación cumplimiento requisitos formales (B) Evaluación cumplimiento programa de integridad (C) Evaluación cumplimiento criterios sustentables (D) Evaluación económica (E) Puntaje final (A)+(B)+(C)+(D)+(E) PF CRITERIOS DE DESEMPATE: En caso de producirse un empate en la evaluación final, entre dos o más proponentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el criterio o parámetro económico (precio). De persistir el empate, se considerarán en forma sucesiva los siguientes parámetros técnicos y administrativos: Mayor puntaje ponderado presencia en el mercado. Mayor puntaje ponderado mejores condiciones de empleo y remuneraciones. Mayor puntaje ponderado cumplimiento de requisitos formales. Mayor puntaje ponderado cumplimiento de programa de integridad. 5. Mayor puntaje ponderado cumplimiento criterios sustentables. De continuar el empate, se utilizará el segundo decimal, en el resultado de la evaluación final, si incluso así se mantuviera el empate, será declarada ganadora la primera oferta publicada en el portal mercado Público (fecha y hora de ingreso de la oferta. Información detallada en los datos de la oferta, en el comprobante de ingreso de oferta). 2.4 FORMATO DE IDENTIFICACION DEL PROPONENTE Persona natural Persona jurídica Unión temporal de proveedores Nombre o razón social del proponente / Nombre o razón social de los integrantes de la U.T.P. Cédula de identidad del proponente / cédula de identidad de cada uno de los integrantes de la U.T.P. Domicilio del proponente. Número de teléfono, correo electrónico (e-mail). Nombre representante legal o convencional. (si se tratase de persona jurídica o de UTP) Cédula de identidad del representante del proponente Domicilio del representante del proponente Número de teléfono, correo electrónico (e-mail). Nombre y cédula de identidad del representante Legal o convencional, en el evento de que el representante sea una persona jurídica 2.5 FORMATO DE DECLARACIONES DE PACTO DE INTEGRIDAD DECLARACIÓN JURADA PACTO DE INTEGRIDAD “LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACION EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR ID 1116007-36-LE25 El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el siguiente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus formas. Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. Se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Que declara conocer la normativa legal vigente destinada a la prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras irregularidades que puedan afectar a la Dirección General de Aeronáutica Civil o a sus funcionarios; en caso de tomar conocimiento de alguna conducta u operación sospechosa dará cuenta inmediata de ella a la autoridad competente. , _________________________ NOTA: El presente documento debe ser subido a la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl) debidamente firmado por quien declara. La DGAC acepta que dicho documento sea digitalizado luego de firmado. 2.6 FORMATO DECLARACIÓN CONOCIMIENTO INSTRUCTIVO DGAC DECLARACIÓN Por intermedio del presente documento, , en mi calidad de de la firma , declaro lo siguiente: Haber tomado conocimiento del “Instructivo Técnico de Gestión Ambiental, seguridad y salud ocupacional para Entidades Empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las Unidades de la DGAC, comprometiéndose a cumplir las disposiciones que en él se establecen. Firma XXXXXXX, NOTA: El presente documento debe ser subido la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl) debidamente firmado por quien declara. La D.G.A.C. acepta que dicho documento sea digitalizado luego de firmado. 2.7 FORMATO CRITERIOS SUSTENTABLES CRITERIO SUSTENTABLE PARA PROVEEDORES El firmante, ___________________________, cédula de identidad Nº_______________________ con domicilio en _______________________________, en representación de ________________ (persona natural, jurídica o UTP), del mismo domicilio, declara que las actividades que realiza se encuentran bajo el marco de iniciativas públicas del Estado de Chile. Marque con una X el criterio que acredita: 1. ___ Se cuenta con convenio de reciclaje (papel, latas y/o vidrio) con proveedor…………, vigente hasta……… (Se debe adjuntar convenio). 2. ___ Se cuenta con convenio de reciclaje de desechos tecnológicos (Computadores, impresoras, baterías, tóner y/o cartuchos de tinta, con ………………, vigente hasta…… (Se debe adjuntar convenio con proveedor de reciclaje en lugares autorizados). 3. ___ En el caso de proveedores de servicios, manufactura o industria se dispone de convenios de disposición y/o reciclaje de desechos usados en sus procesos productivos, con proveedor ………, vigente hasta…… (se debe adjuntar convenio). 4. ___ Política o procedimiento para el ahorro y/o la eficiencia energética DIFUNDIDA. Se debe adjuntar correo o copia de la difusión de la Política. 5. ___ Sello de cuantificación. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile.). 6. ___ Sello de reducción. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile.). 7. ___ Sello de neutralidad. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile.). 8. ___ Sello de excelencia. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile.). 9. ___ Acuerdos de producción limpia (APL). (Deberá adjuntar el certificado de cumplimiento de APL o el sello estrella azul). (Una vez seleccionada con una X la iniciativa por el oferente, este deberá adjuntar los documentos que le permitan acreditar el cumplimiento del o de los aspectos seleccionados. De no adjuntarse el o los documentos solicitados por cada iniciativa seleccionada se tendrá por no acreditado). __________________________________________ Firma del Representante legal 2.8 FORMULARIO DECLARACIÓN DE RENTA DE TRABAJADORES REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL (OPERARIO) En este formulario el oferente deberá declarar la remuneración bruta mensual, imponible, que será pagada al trabajador que se desempeñe como OPERARIO DE XXXXXX en la prestación del servicio. Se hace presente que, para el cálculo de la remuneración bruta antes señalada, los oferentes NO deben considerar dentro de esta, el valor de la colación de los trabajadores, ni otras bonificaciones tales como aguinaldos u otros beneficios de bienestar, en el monto informado. Remuneración bruta mensual para el personal del servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir para la DGAC $___________________________________ La remuneración declarada en ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. La remuneración deberá ser reajustada al mes siguiente del reajuste del Salario Mínimo oficial, y en el mismo porcentaje aprobado para aquellas remuneraciones que queden por debajo del nuevo umbral. NOTA: Las condiciones laborales informadas en este formulario serán exigibles al prestador. La DGAC se reserva el derecho de verificar la información proporcionada y fiscalizará su cumplimiento en el transcurso de la vigencia del contrato. FECHA: OFERENTE: DIRECCIÓN: CORREO ELECTRÓNICO: Firma del oferente REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL (SUPERVISOR) En este formulario el oferente deberá declarar la remuneración bruta mensual, imponible, que será pagada al trabajador que se desempeñe como SUPERVISOR PERMANENTE en la prestación del servicio. Se hace presente que, para el cálculo de la remuneración bruta antes señalada, los oferentes NO deben considerar dentro de esta, el valor de la colación de los trabajadores, ni otras bonificaciones tales como aguinaldos u otros beneficios de bienestar, en el monto informado. Remuneración bruta mensual para el Supervisor del servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir para la DGAC $___________________________________ La remuneración declarada en ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. La remuneración deberá ser reajustada al mes siguiente del reajuste del Salario Mínimo oficial, y en el mismo porcentaje aprobado para aquellas remuneraciones que queden por debajo del nuevo umbral. NOTA: Las condiciones laborales informadas en este formulario serán exigibles al prestador. La DGAC se reserva el derecho de verificar la información proporcionada y fiscalizará su cumplimiento en el transcurso de la vigencia del contrato. FECHA: OFERENTE: DIRECCIÓN: CORREO ELECTRÓNICO: Firma del oferente 2.9 FORMATO PROGRAMA DE INTEGRIDAD FORMATO DECLARACIÓN PROGRAMA DE INTEGRIDAD DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACION EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR ID 1116007-36-LE25 Yo, , cédula de identidad Nº,, con domicilio en en representación de , , del mismo domicilio, para la licitación pública para el servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, declaro bajo juramento que: Mi representada ___(SI/NO) posee un programa de integridad que es conocido por su personal, entendiendo por programa de integridad de una empresa u organización un conjunto de instrumentos de gestión interna que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permita prevenir, identificar y sancionar prácticas corruptas o delictivas, promoviendo una cultura de cumplimiento. ____________________________________________ Firma del representante legal o de la persona natural NOTAS: 1. En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal y, en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal. 2. Marcar con SI/NO el párrafo, según corresponda a su situación. 3. A fin de comprobar que cuentan con programas de integridad y que estos son conocidos por sus trabajadores, los proponentes que hayan declarado que SI los tienen, deberán adjuntar a su oferta los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad, y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por sus empleados. 4. Para obtener el puntaje en el criterio programa de integridad el proponente deberá adjuntar a su oferta la siguiente documentación de manera copulativa: a. Declaración jurada Programa de Integridad firmada. b. Protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier otro documento alusivo a su programa de integridad. c. Documentos o cualquier otro antecedente que permita verificar que el programa de integridad es conocido por sus empleados. La falta de cualquiera de los antecedentes señalados en los 3 literales precedentes (a, b y c), implicará la evaluación con cero (0) puntos en este criterio. Fecha: En XXXXXXX a XX días del mes de XXXXXXX de XXXX 2.10 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACION EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITAN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR ID 1116007-36-LE25 OFERTA ECONÓMICA FECHA: PROPONENTE: DIRECCIÓN: CORREO ELECTRÓNICO: Firma Oferente 2.11 FORMATO REGISTRO ASISTENTES A VISTA A TERRENO REGISTRO DE PARTICIPANTES A VISITA A TERRENO. LICITACION PUBLICA ID 1116007-36-LE25 PARA LA CONTRATACIÓN DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACION EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR NOMBRE Y RUT DE LA EMPRESA MAIL CONTACTO DE LA EMPRESA FONO CONTACTO NOMBRE Y FIRMA DEL QUE ASISTE A TERRENO 2.12 TEXTO CONTRATO TIPO, PROPUESTA PUBLICA ID 1116007-36-LE25 PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACION EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITAN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR CONTRATO XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX En XXXXXXXXXXXX, a XX de XXXXXXXXXXXX de XXXX, entre el FISCO DE CHILE, DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, R.U.T N° 61.104.000-8, en adelante “DGAC”, Organismo Público regido por la Ley N° 16.752, representada para estos efectos por el Jefe de (señalar el cargo de la autoridad facultada para firmar el contrato), Sr. XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX, cédula de identidad N° XXXXXXXXXXX-X, ambos con domicilio en XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX N° XXXXXXXXXXXX, comuna de XXXXXXXXXXXX, por una parte; y por la otra, (si es persona natural usar: XXXXXXXXXXXX, R.U.T.: N° XXXXXXXXXXX- X, en adelante “el contratista” o “el prestador”, con domicilio en calle XXXXXXXXXXXX, N° XXXXXXXXXXXX, comuna y ciudad de XXXXXXXXXXXX) (si es persona jurídica usar: XXXXXXXXXXXX R.U.T. N° XXXXXXXXXXX-X, en adelante “la contratista”, “la prestadora” o “XXXXXXXXXXXX” (nombre de fantasía si existe), persona jurídica de derecho privado, representada por su representante legal, Sr. XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX, cédula de identidad N° XXXXXXXXXXX-X, ambos con domicilio en calle XXXXXXXXXXXX N° XXXXXXXXXXXX, comuna y ciudad de x XXXXXXXXXXXX, se ha convenido lo siguiente: CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO Por el presente contrato XXXXXXXXXX, se obliga a prestar al Fisco de Chile, Dirección General de Aeronáutica Civil, la contratación del servicio de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX para la DGAC, Aeródromo Capitan Fuentes Martinez de Porvenir, conforme a lo señalado en su oferta técnica - económica presentada a través del portal Mercado Público en la propuesta pública ID N°XXXXXXX, cuyo detalle de actividades a realizar se contempla en la cláusula tercera del presente instrumento. CLÁUSULA SEGUNDA: DEL PAGO, FACTURACIÓN Y REAJUSTABILIDAD PRECIO El precio de la prestación del servicio señalado precedentemente es a firme, sin variación y asciende a la suma total de $ XXXXXXXXXXX, IVA Incluido, el cual se desglosará mensualmente en la Orden de Compra correspondiente, según el siguiente detalle: DEL PAGO, FACTURACIÓN Y REAJUSTABILIDAD La DGAC, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley de Presupuestos del año 2026, pagará los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos. N° DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD PRECIO NETO TOTAL MENSUAL 1 Servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir. MESES 24 NETO 19% IVA TOTAL El precio total el contrato por el servicio de seo, limpieza y sanitizacion para el Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir, se pagará en veinte cuatro (24), mensualidades iguales y sucesivas y deberá ser facturado por el prestador al día siguientes del mes vencido, en moneda nacional, y será pagado por la DGAC mediante transferencia electrónica al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica o del respectivo instrumento tributario de cobro, previa certificación de que los servicios se han recibido conforme, correspondiente al periodo de facturación. Para proceder al referido pago, se requerirá que previamente la DGAC registre en el Sistema de Información lo siguiente: La fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra. La recepción conforme de los servicios, por parte de la inspección fiscal o por quien haya sido designado para tal efecto. Una vez verificado lo anterior, el vendedor podrá emitir la factura electrónica. La DGAC dentro de los ocho (8) días de recibida la factura, deberá proceder con su aceptación o rechazo, conforme a la legislación vigente. La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, que se encuentra afecta al impuesto del dos por ciento (2%) establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752, y el número de la orden de compra. La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl., previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3º, de la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos: Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases. En el evento de la falta total o parcial de la entrega de mercaderías o de la prestación de servicio. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases o lo ofertado según sea el caso. Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183- C del Código del Trabajo, modificado por la Ley Nº 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto. La DGAC cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes, FACTURACIÓN XXXXXXXXXX solo podrá emitir la factura electrónica una vez que haya concluido el periodo mensual de prestación del servicio (mes vencido). La inspección fiscal deberá certificar el grado cumplimiento contractual del servicio, dentro de los ocho (8) días de recibida la factura, hecho que será confirmado mediante el certificado de conformidad correspondiente, debiendo la DGAC, Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir, aceptar o rechazar la factura según corresponda. La factura respectiva deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, conforme a la legislación vigente; que se encuentra afecta a eventuales retenciones y/o descuentos; al impuesto del dos por ciento (2%), establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752, y el numero de la orden de compra asociada al contrato. La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, en formato XML, al correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). La Dirección General de Aeronáutica Civil, Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3°, de la Ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos: Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases. En el evento de la falta total o parcial de la entrega de mercaderías o de la prestación de servicio. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases o lo ofertado según sea el caso. Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley N° 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del formulario F30-1 y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto. REAJUSTABILIDAD El precio del contrato se reajustará anualmente conforme a la variación que experimente el IPC en la anualidad anterior, de acuerdo al mecanismo automático que ofrece la página WEB del Instituto Nacional de Estadística (INE). Dicho reajuste se efectuará en el mes trece (13) de la ejecución del contrato, contados desde la fecha de su entrada en vigencia o desde el inicio anticipado, en su caso. En el evento de que la variación del IPC sea negativa, se mantendrá inalterable la mensualidad del contrato durante la vigencia de la siguiente anualidad. CLÁUSULA TERCERA: DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La contratación del servicio de aseo, limpieza y sanitizacion para la DGAC, Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir será por un periodo de veinticuatro meses (24), de conformidad con lo señalado en las presentes bases y así cumplir con los estándares, normas de calidad y de seguridad, señalados en las presente bases de licitación CLÁUSULA CUARTA: DE LAS MULTAS Y DESCUENTOS De las multas Cualquier incumplimiento contractual por parte del prestador, que constituya alguna falta de las que se expresan más adelante, facultará a la DGAC para aplicar administrativamente una o más multas de las que a continuación se detallan. Para los efectos de las multas, las causales que pueden originarlas son las detalladas a continuación: Por cada día en que no se preste el servicio en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez. En este caso se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa correspondiente a la siguiente razón: (DNPS x 0.5 U.T.M.), en donde DNPS es la cantidad de días en que no se prestó el servicio. Si el servicio o los servicios fueren calificados por el inspector fiscal como deficiente, o bien, se observase por parte del contratista el incumplimiento de cualquiera obligación señalada en el contrato o las bases de licitación, se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de media (0.5) U.T.M. Si se detecta el incumplimiento a alguna prohibición establecida en la cláusula XVI por el contratista o sus dependientes se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de media (0.5) U.T.M. (Unidades Tributarias Mensuales). Se podrá aplicar al contratista una multa equivalente a 1 U.T.M (Unidad Tributaria Mensual) por cada día en que el contratista se encuentre en situación de incumplimiento respecto de una orden del inspector fiscal. Esto aplica también para la ejecución del proyecto. La Unidad Tributaria Mensual (UTM) será la aplicable al mes que ocurrió el incumplimiento contractual” Con toda la multa antes referida, no podrá exceder el diez por ciento (10%) del precio total del contrato. En caso de que exceda el porcentaje señalado, la DGAC podrá poner término anticipado a dicho instrumento, y hacer efectivo el total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios. La aplicación de la multa se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento: La DGAC notificará al contratista sobre el incumplimiento contractual detectado, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. En dicha notificación se especificará el detalle del incumplimiento, la posible multa o medida aplicable según lo indicado en el contrato, y se otorgará un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, para que el contratista pueda presentar sus descargos o alegaciones al correo electrónico XXXXXXXXX@dgac.gob.cl y XXXXXXXXX@dgac.gob.cl y/o en el módulo de la ficha de gestión de contrato disponible en la Plataforma www.mercadopublico.cl. Se hace presente que, en los descargos presentados el contratista no podrá alegar caso fortuito o fuerza mayor como atenuante o eximente de su incumplimiento, si los hechos en que los funda no hubiesen sido alegados en la oportunidad correspondiente, según lo establecido en el Capítulo XV de las presentes bases. Una vez realizados los descargos por parte del contratista o, en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos sin que este haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa y los descargos presentados, si los hubiere, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico. En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley Nº 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas al efecto. Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, esta deberá enterarse, en el siguiente orden de prelación: Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (5) días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución firme que aplica la multa. Deducción del estado de pago. Una vez transcurridos los cinco (5) días señalados precedentemente, sin que el contratista haya enterado el pago de la multa, o este haya manifestado de manera expresa que no pagará, esta se deducirá del estado de pago del mes o hito en que se incurrió en el incumplimiento o la falta de servicio. Aplicándolas la DGAC directamente sobre la garantía que se entregue para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro de un plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. Con posterioridad a la entrega de la caución, la DGAC procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y acto seguido, hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa. No se aplicará la multa cuando el incumplimiento en que se hubiere incurrido sea resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que el contratista deberá acreditar. El cobro de la multa contemplada en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dicha multa no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal. DESCUENTOS POR SERVICIOS NO PRESTADOS AUSENCIA Descuento por cada hora o fracción de ella, de ausencia de cada trabajador, de acuerdo con lo definido en las bases técnicas. Descuento por cada hora o fracción de ella ausencia del jefe de seguridad, de acuerdo con lo definido en las bases técnicas. Establecida la ausencia del personal operario y/o supervisor cuando corresponda, durante el horario normal contratado, se aplicará por cada hora de ausencia, considerando hasta dos (2) decimales, el descuento que resulte de la siguiente operación: Remuneración BRUTA mensual del operario/supervisor = Valor hora /60 = valor minuto de descuento Cantidad de horas mensual del operario/supervisor ausente (*) Valor renta bruta mensual imponible: Corresponde al valor de la renta bruta mensual ofertados por el adjudicatario, para operarios y supervisor. (*) Cantidad de horas mensuales: Cantidad que variará según la cantidad de días que tenga el mes. (*) Valor hora de descuento: Valor de la hora de servicio /60 será= al valor del minuto de descuento, sean operarios o el supervisor recurrente. La cantidad de horas mensuales de cada operario/supervisor, se definirá como un anexo al contrato que se suscriba, documento que, firmado entre las partes, se entiende formar parte del mismo. Para el cálculo de las multas y descuentos, se utilizará el libro de registro asistencia, disponible en la oficina de control de guardia del Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir y de común acuerdo entre el supervisor del contratista y el inspector fiscal nombrado al efecto por la DGAC, para el control de asistencia. Los descuentos por servicios no prestados se deducirán de la factura del mes o los meses siguientes correspondientes, para lo cual el contratista deberá adjuntar a esta la correspondiente nota de crédito. CLÁUSULA QUINTA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Para los efectos del contrato, se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impida, a cualquiera de las partes, cumplir con las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar por el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por correo electrónico esta circunstancia a la otra parte dentro del plazo máximo de cinco (05) días hábiles administrativos desde que haya tomado conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente, y dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes de la referida comunicación, la parte afectada deberá acreditar debida y suficientemente la ocurrencia del imprevisto que le afecta y la oportunidad en la que tomó conocimiento de este. La DGAC deberá pronunciarse sobre su procedencia dentro de igual término. En el caso que la parte afectada sea el contratista deberá comunicar estas circunstancias al inspector fiscal del contrato y al correo XXXXX@dgac.gob.cl y XXXXXXXXX@dgac.gob.cl. Acreditada la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir, resguardando los intereses de ambos contratantes y conviniendo en el aumento de plazo del contrato, el que, en todo caso, no podrá ser superior a la duración del caso fortuito o fuerza mayor acreditado CLÁUSULA SEXTA: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y artículo 129 de su Reglamento, siempre que ello no altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero del contrato y los elementos esenciales del mismo. Tampoco podrá modificarse el monto del contrato más allá de un treinta por ciento (30%) del monto originalmente pactado, y siempre que la DGAC cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Asimismo, podrá realizar una modificación respecto de los bienes comprometidos en el contrato, siempre y cuando existan razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que dio origen a la contratación. Igualmente el acuerdo de voluntades podrá ser modificado cuando, por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificadas por la entidad licitante, el contratista esté impedido de cumplir sus obligaciones, y siempre que dicho cambio no genere inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para esta DGAC, así como que se refiera a las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la hizo necesaria y que se respete el equilibrio financiero del contrato. En estos casos, la DGAC estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento. Cualquiera de estas modificaciones deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. CLÁUSULA SÉPTIMA: TERMINO ANTICIPADO VIl.1 El contrato solo podrá terminarse anticipadamente, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley de Compras Públicas y artículo 130 de su Reglamento, por las siguientes causas: La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y 129 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los bienes que efectivamente se hubieren entregados, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley de Compras Públicas y el artículo 135 de su Reglamento. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Cuando el contratista se encuentre en la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley Nº 21.595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393, de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente: Si el contratista cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de las bases de licitación y del contrato que se suscriba. El incumplimiento en el plazo total de ejecución del contrato, por un tiempo mayor a diez (10) días hábiles Que el contratista incurra en incumplimiento del plazo convenido para la realización y habilitación del servicio convenido, por un tiempo mayor a diez (10) días hábiles. Que las características técnicas del servicio entregado por el contratista no correspondan a lo ofertado, conforme a lo convenido en el contrato de prestación del servicio. La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos los que no sean veraces, íntegros o auténticos y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera que sea la oportunidad en hayan sido presentados, conforme a lo establecido en el punto II.12 de las presentes bases administrativas. Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el diez por ciento (10%) del precio total neto del contrato y, por tal causa, se hiciera efectivo el total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato requerida por la DGAC, si al momento de entrar en vigor el acuerdo de voluntades la vigencia de la garantía no alcanzare a cubrir el periodo que contemple el plazo de vigencia del contrato. El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la extensión de la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, requerida por la DGAC, en el caso de que se modifique el contrato y ello implique la extensión de su plazo de ejecución. El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos, contados desde la notificación al contratista para que este proporcione una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, en el evento en que la entregada inicialmente deba ser ejecutada para satisfacer el pago de una multa. De proceder la declaración de término anticipado del contrato por la causal de los literales c), d) párrafo final, f) o de algunas de las causales contenidas en el literal precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada, debidamente comunicada al contratista y, en cuyo caso, además, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo con la ley sean procedentes. El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato, será el siguiente: La DGAC notificará al contratista el inicio del procedimiento de término anticipado del contrato, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. El contratista dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos para presentar sus descargos o alegaciones. Estos deberán ser enviados a los correos electrónicos XXXXX@dgac.gob.cl y XXXXXXXXX@dgac.gob.cl Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada en el Sistema de Información, conforme a lo establecido en el artículo 132 del Reglamento de Compras Públicas. CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES Y/O PROHIBICIONES DEL CONTRATISTA El XXXXXXXXXX se obliga, entre otros, a lo siguiente: A cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC, en función del contrato, de las bases de licitación y de la oferta del contratista. A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de la adjudicación de la propuesta y del contrato. Asimismo, el contratista no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato. A mantener una comunicación permanente con el inspector fiscal de la DGAC a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del contrato. El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo, incluido los trabajadores subcontratados. El contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. f) El contratista deberá tener en consideración las medidas de seguridad personal y física relativas a sus empleados, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral actualmente vigente. g) El contratista será el responsable del cumplimiento de las obligaciones que la Ley le impone como empleador, para la atención médica y hospitalaria del personal asignado a la prestación del servicio contratado, en caso de accidentes en el trabajo de dicho personal. En caso que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al contratista o sus dependientes en los bienes de la DGAC el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por esta DGAC. El contratista deberá cumplir con lo establecido en el instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC. Queda prohibido al contratista y/o al personal contratado por este, lo siguiente: Usar prendas de vestir u otras que no correspondan al uniforme autorizado. Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados por el inspector fiscal. Ingresar a zonas restringidas y de protección sin la debida coordinación y/o autorización de la DGAC. Realizar o autorizar cualquier tipo de filmaciones o tomar fotografías, sean estas para uso personal o de terceros, sin autorización expresa de la DGAC. Retirar o permitir el retiro de bienes, activos, artículos, documentos, planos u otro tipo de información, de cualquier especie, desde las dependencias del aeródromo, sin autorización expresa de la DGAC. Realizar, durante el desempeño de sus labores cualquier actividad ajena establecida en el contrato respectivo, tales como uso de televisión, equipos multimedia, entre otros. Manipular, almacenar, distribuir, consumir, durante su servicio o al interior de las dependencias de la unidad, cualquier tipo de bebida alcohólica, o droga, cuyas sustancias estén sujetas a control o prohibidas, salvo aquellas que su consumo/dependencia de tipo farmacéutico, se encuentren bajo prescripción médica. Preparar y calentar alimentos en el puesto o lugar de trabajo, la que no podrá habilitarse sin la debida autorización del inspector fiscal. Tener o permitir la permanencia de animales en el puesto de trabajo o instalaciones del aeródromo. Aceptar el ingreso o invitar a personas ajenas al servicio y desempeño de sus funciones, al puesto o lugar de trabajo y permanecer con ellas en su interior, a excepción de representantes de su empresa en situación de servicio. Entregar información de cualquier tipo a personas ajenas a la respectiva unidad o instalación, salvo expresa instrucción del inspector fiscal del servicio. Portar/almacenar/resguardar, en el puesto, armas de fuego, punzantes, replicas o simuladas, o de cualquier tipo o clase durante el servicio, aun encontrándose legalmente autorizado para ello. CLÁUSULA UNDÉCIMA: DE LAS LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS Será obligación del contratistaXXXXXXXX dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y, en especial, deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales. Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará facultada para exigir al contratista, en cualquier oportunidad y a lo menos a la mitad del periodo de ejecución del contrato, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo. En caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la DGAC, de conformidad con lo que dispone la Ley N° 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo, podrá descontar de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento contenido en DS. N° 661 de 2024, y la Ley N° 20.123, la DGAC podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de que el contratista mantenga el incumplimiento de sus obligaciones laborales o sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos (2) últimos años y pagar con cargo a ella a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. En este caso, el contratista deberá presentar, dentro del plazo de quince (15) días corridos, una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, por el mismo período de vigencia y monto requerido originalmente, a fin de reemplazar la caución destinada a cubrir el incumplimiento de sus obligaciones laborales. Si transcurrido el plazo antes mencionado sin que el contratista hubiere hecho entrega de la caución, la DGAC podrá poner término anticipado al contrato por constituir una causal de incumplimiento grave del mismo, conforme al punto XIV de las presentes bases administrativas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley N° 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto. Asimismo, será obligación del prestador dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial, deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales. El incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato, con la correspondiente indemnización de perjuicios. CLÁUSULA DUODÉCIMA: INSPECTOR FISCAL Para todos los efectos, se entenderá por inspector fiscal el profesional funcionario, nombrado por la autoridad competente, a quien se le haya encargado velar directamente por la correcta ejecución de un trabajo y, en general, por el cumplimiento del contrato derivado de la presente licitación. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: VIGENCIA Y DURACION DEL CONTRATO El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo aprueba, la que se entenderá notificada al contratista a las veinticuatro (24) horas siguientes a su publicación a través del Portal Mercado Público, y se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones del mismo. No obstante, el cómputo de los plazos de ejecución de dicho acuerdo se contabilizará a partir de la aceptación de la orden de compra respectiva. Sin perjuicio de lo anterior, aquellas obligaciones contractuales que, por su naturaleza, requieran ser cumplidas por el contratista con posterioridad al término del contrato, deberán ser realizadas conforme a lo establecido en el acuerdo de voluntades. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: DOCUMENTOS Forman parte integrante del presente contrato, los siguientes documentos, los cuales constituyen un solo cuerpo de derechos y obligaciones: Las bases de licitación que regulan la propuesta pública ID XXXXXX, para contratar XXXXXXXXXXXXXXXXXX del Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir. Las respuestas de la DGAC. Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir, a las consultas realizadas por los proponentes a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) en virtud de la licitación pública ID XXXXXX. La oferta presentada por XXXXXXXXXX, en la licitación pública ID XXXXXXXX. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: DE LA CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones, que emanen de la adjudicación de la propuesta y del contrato definitivo, salvo que una norma legal especial lo permita. Sin perjuicio, que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado. Los oferentes deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: Si excede el 30 % (treinta por ciento) del monto total del contrato. Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por esta Entidad Licitante, según lo dispone el artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: DE LAS GARANTÍAS, SU NATURALEZA Y MONTOS XVI.1 De la entrega y su contenido Con anterioridad a la firma del contrato, el adjudicatario deberá entregar a la Institución una boleta bancaria de garantía, vale vista, póliza de seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato derivado de la propuesta pública ID 1116007-36-LE25 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del prestador. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco - Dirección General de Aeronáutica Civil, RUT Nº 61.104.000-8, por un monto total equivalente al cinco por ciento (5%) del precio final neto ofertado por el adjudicatario. La caución que se constituya deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, tomada por el adjudicatario o un tercero a su nombre, en un banco, institución financiera nacional o extranjera que tenga representación en Chile, compañía de seguros con agencia en Chile o institución de garantía recíproca (IGR), expresado en moneda nacional y deberá contemplar la totalidad del tiempo que empleará el contratista en la ejecución del contrato, más noventa (90) días corridos. En el evento que la garantía que se constituya sea una póliza de seguro, esta podrá expresarse en unidad de fomento (UF), dólar de los Estados Unidos de América o moneda nacional; en este último caso solo si se dan los presupuestos previstos en el Art. 10 del DFL Nº 251 de 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor en las condiciones particulares de ella, que esta cubra el pago de multas y excluir cláusulas de arbitraje. Tanto la póliza de seguros como el certificado de fianza deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva. En caso de que el instrumento de caución sea emitido sea emitido en pesos chilenos o Unidades de Fomento (UF), este deberá considerar la conversión según el tipo de cambio o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico garantia_carlos_ibanezdelcampo@dgac.gob.cl. De resultar adjudicada una oferta riesgosa o temeraria, la DGAC solicitará al proveedor adjudicado aumentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los términos señalados en el párrafo final del artículo 61 del Reglamento de Compras Públicas. Si al momento de entrar en vigencia el contrato, la garantía no alcanzare a cubrir el periodo antes señalado, el contratista, en un plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, deberá reemplazarla por otra o extender su vigencia de modo que dicho instrumento cumpla con este periodo, habida consideración que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la Institución para poner término anticipado a la convención. En el evento que se modifique el contrato o por concurrir un caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado, y ello implique la extensión de su plazo de ejecución y la obligación de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo y responsabilidad del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia de cuál sea la parte a la que esté asociada la ampliación de la ejecución del contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla a la DGAC, dentro del plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, habida consideración de que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la DGAC para poner término anticipado al citado acuerdo de voluntades. Asimismo, si el contrato debe ser modificado y como consecuencia de ello aumenta el precio de la contratación, con un límite de un treinta por ciento (30%) del monto originalmente pactado, la garantía deberá modificarse proporcionalmente aumentando el monto de ella a fin de que corresponda a un diez por ciento (5%) del nuevo valor total del contrato y entregada a la DGAC previo a la suscripción de la modificación contractual. En caso contrario, no se suscribirá la modificación del acuerdo de voluntades. El monto de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato podrá asociarse a las anualidades de cumplimiento del contrato permitiendo al contratista la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento, debiendo en todo caso respetarse los porcentajes precedentemente indicados en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución, incluido el plazo de vigencia adicional de noventas (90) días corridos. Todo ello en conformidad al artículo 121, inciso tercero, del reglamento de compras públicas. XVI.2.2 Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato: La DGAC queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento grave del contratista de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las acciones que esta Institución pueda ejercer. La DGAC queda especialmente facultada para hacer efectiva la citada garantía, por: a) Cualquier incumplimiento grave a las obligaciones, señalados en la letra g) del capítulo XIV. Del término anticipado. b) Haberse terminado anticipadamente el contrato por la causal de la letra c) y d) párrafo final, y f) o de algunas de las causales contenidas en el literal g) del capítulo XIV. Del término anticipado. c) Incumplimiento del contratista en el pago de una multa, caso en el cual se descontará del documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, y se procederá a la devolución del saldo, si existiere, previa entrega de una nueva garantía. d) Cualquier otra causal establecida en estas bases de licitación. XVI.2.3. De la devolución La garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta con posterioridad a la fecha de expiración de su vigencia, gestión que se efectuará en la Oficina de Finanzas, ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del aeropuerto presidente Carlos Ibáñez del Campo S/N, comuna Punta Arenas, ciudad Punta Arenas, a través del “Formulario de retiro” disponible en la Oficina Logística ubicada en la misma ciudad. De haber sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia, mediante correo electrónico. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: EJEMPLARES El presente contrato se firma en tres (3) ejemplares de idéntico tenor y valor, quedando uno en poder de XXXXXXXXXX y los restantes en poder de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Aeropuerto Carlos Ibañez del Campo, Punta Arenas. ORIGINAL FIRMADO POR LOS COMPARECIENTES, SR. XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL Y POR EL SR. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX (cuando se trate de persona jurídica, agregar: EN REPRESENTACIÓN DE XXXXXXXXXXXX, indicando la razón social) 2.13 INSTRUCTIVO DE TRABAJO DE SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SISTEMA DE SEGURIDAD SALUD EN EL TRABAJO PARA ENTIDADES EMPLEADORAS QUE EJECUTEN OBRAS O PRESTEN SERVICIOS EN LAS UNIDADES DE LA DGAC (VER ANEXO) Nómbrase la siguiente comisión evaluadora conformada por los titulares y suplente que se individualizan, la que procederá a la evaluación de las ofertas válidamente recibidas y sugerirá la adjudicación de la propuesta, si del mérito de los antecedentes procediere. NOMBRE RUN CALIDAD DANIELA LLANOS CASANOVA 13.521.613-5 Titular PAULINA RIQUELME OLIVA 17.154.078-K Titular 4. Archívense los antecedentes que dieron origen a la presente Resolución, en la Oficina Logistica del Aeropuerto Presidente Carlos Ibañez del Campo. Anótese y publíquese en el portal Mercado Público. ALEJANDRO SOTO TORRES JEFE DE LA ZONA AEROPORTUARIA AUSTRAL SUBROGANTE DISTRIBUCIÓN 1.- A.P.I., OFICINA LOGÍSTICA (projas@dgac.gob.cl) 2.- SD. Z.A.A., OFICINA LOGÍSTICA (cgarces@dgac.gob.cl) 3.- SD. Z.A.A., OFICINA PROGRAMACIÓN Y CONTROL (paola.sotomayor@dgac.gob.cl) 4.- SD. Z.A.A., AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTÍNEZ DE PORVENIR (mtorresc@dgac.gob.cl) 5.- SRTA. DANIELA LLANOS CASANOVA (dllanos@dgac.gob.cl) 6.- SRTA. PAULA GONZÁLEZ BORBARAN (paula.gonzalez@dgac.gob.cl) 7.- SD. Z.A.A., OFICINA DE PARTES (cnorambuenac@dgac.gob.cl) AST/cbs DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL SUBDEPARTAMENTO ZONA AEROPORTUARIA AUSTRAL OBJ.: DISPONE LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA ID 1116007-36-LE25, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACIÓN EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR, APRUEBA BASES DE LICITACIÓN, TEXTO CONTRATO TIPO Y NOMBRA COMISIÓN EVALUADORA. EXENTA Nº___________/ Punta Arenas, RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL (SD. Z.A.A) VISTOS: Lo establecido en el DFL Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. Las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (H) Nº 661 del 2024. Lo preceptuado en la Ley Nº 16.752, que fija Organización y Funciones y Establece Disposiciones Generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil. Lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 28, de fecha 16 de enero de 2024, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que pone término y nombra en cargo a Oficiales de la Fuerza Aérea de Chile que señala. La Resolución Nº 36, del año 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. El PRO-LOG 01, que regula el procedimiento de Adquisición de Bienes Muebles, Contratación de Servicios y Gestión de Contratos de la DGAC. La delegación de atribuciones contenidas en la Resolución No358 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de fecha 29 de agosto de 2016. La Resolución Exenta RA N°101/1375/2023 de fecha 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que nombra Orden de subrogación N°2, Alejandro Soto Torres, a contar del 16 de noviembre de 2023. CONSIDERANDO: Que, esta Dirección General de Aeronáutica Civil, en adelante Dirección General o DGAC, requiere contratar el servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir por un periodo de veinticuatro (24) meses de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias citadas en los Vistos de la presente resolución. Que, en virtud de lo establecido en los artículos 12 de la Ley Nº19.886 y 27 de su Reglamento, los servicios y/o arrendamientos comprendidos en el presente procedimiento de contratación administrativa no se encuentran contemplados en el Plan Anual de Compras y Contrataciones para el año 2026. Además, debido a que, según indica el informe de justificación de fecha 18 de diciembre de 2025 ello obedece a que dicha contratación se trata de una compra con fondos asignados durante el presente año. No obstante, lo anterior, la contratación administrativa en referencia será incluida en la próxima modificación al Plan Anual de Compras y Contrataciones. Que, se ha podido constatar que los servicios requeridos no se encuentran en el catálogo electrónico de Convenio Marco de la plataforma www.mercadopublico.cl de la Dirección de Compras y Contratación Pública, dándose cumplimiento a lo prescrito en los artículos 29 y 89 del Decreto Nº 661, Reglamento de la Ley Nº 19.886, citado en Vistos letra c). Que, en virtud de la necesidad señalada precedentemente, el aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir elaboró las bases técnicas, acompañadas en el formulario de requerimiento N°09/9/2/043 de fecha 18 de diciembre del 2025, en cuyo texto se encuentran contenidas en términos generales y particulares las especificaciones, requisitos y demás características para contratar el servicio de servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir requerido por esta DGAC. Que, con el objeto de efectuar una evaluación técnica y económica de las ofertas que se presenten en el proceso, esta Dirección General requiere designar una comisión evaluadora, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. Que, el monto estimado para esta contratación es inferior a diez mil (10.000) UTM, razón por la que se encuentra exenta del trámite de Toma de Razón por la Contraloría General de la República, conforme a la resolución señalada en Vistos literal f). Que, esta Dirección General cuenta con disponibilidad presupuestaria para la presente contratación, según consta en el certificado de disponibilidad presupuestaria de fecha 18 de diciembre de 2025. RESUELVO: Llámase a licitación pública, para contratar el servicio de servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, por un periodo de veinticuatro (24) meses, en atención a lo indicado en los Vistos y Considerando de la presente Resolución. 2. Apruébanse las bases de licitación por las cuales se regirá la presente licitación, conformadas por los documentos que se indican a continuación: Bases administrativas. Bases técnicas. Pauta de evaluación. Formato de identificación del proponente. Formato de declaraciones de pacto de integridad. Formato de declaracion de conocimiento de intructivo DGAC Formato criterio sustentables. Formato declaración de renta de trabajadores. Formato programa de integridad. 2.10 Formato de presentación de oferta económica. 2.11 Formulario registro asistentes a visita terreno 2.12 Texto de contrato tipo. 2.13 Instructivo de trabajo de sistema de gestión ambiental y sistema de seguridad salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC. 2.1 BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA ID 1116007-36-LE25, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACIÓN EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITAN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR OBJETO DE LA PROPUESTA La DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, en adelante también DGAC, “entidad licitante” o la “Institución”, llama a licitación pública, conforme a las presentes bases de licitación, para la contratación del servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, por un periodo de veinticuatro (24) meses. CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA Descripción Tiempo Publicación de la propuesta Día 1 Visita a terreno cinco (5) días corridos contados desde la publicación. El punto de encuentro será la entrada principal del terminal de pasajeros del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir a las 15:00 hrs. (carácter obligatorio) Recepción de consultas en el sistema cinco (5) días corridos contado desde la publicación hasta las 23:59 horas. Publicación de respuestas en el sistema dos (2) días corridos contados desde la fecha final de recepción de preguntas. Cierre de licitación trece (13) contados desde la publicación de la propuesta, a las 17:30 horas. Apertura de ofertas Día hábil administrativo siguiente al cierre de la licitación a las 15:01 horas. Etapa de evaluación de ofertas y elaboración de Resolución de adjudicación de la licitación Dentro de los quince (15) días corridos contados desde la apertura. Elaboración y celebración de contrato Dentro de los veinte (20) días corridos contados desde la fecha de notificación en el Portal Mercado Público de la resolución de adjudicación de la propuesta. GENERALIDADES II.1 El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra, la Plataforma, o el Portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes bases administrativas, bases técnicas, pauta de evaluación de las ofertas, formato de identificación del proponente, formato declaraciones de pacto de integridad, formato declaración conocimiento de instructivo DGAC, formato criterios sustentables, formato declaracion de renta de trabajadores, formato programa de integridad, formato de presentacion oferta economica, formulario registro asiste a visita a terreno y texto de contrato tipo, formato instructivo de trabajo de sistema de gestión ambiental y sistema de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC en adelante también las bases de licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso. II.2 La presente propuesta, el contrato y la orden de compra que de ella se derive, se regirán por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, (en adelante Ley de Compras Públicas), el Decreto Supremo (H) Nº 661 del 2024 (en adelante el Reglamento), estas bases de licitación, las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, las consultas de los proponentes, las respuestas evacuadas por la Institución y la oferta que resulte adjudicada. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las bases y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). II.3 En la presente licitación deberán formularse las propuestas por el total de lo requerido. II.4 La Dirección General de Aeronáutica Civil adjudicará a la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, conforme a lo señalado en el punto X.2 de las presentes bases administrativas. El presupuesto estimado y referencial informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $19.200.000.- (diecinueve millones doscientos mil pesos) IVA incluido. que considera un monto ascendente a $9.600.000 (nueve millones seiscientos mil) para el año 2026 y $ 9.600.000 (nueve millones seiscientos mil) para el año 2027. La entidad licitante se obliga a gestionar, obtener y asignar los recursos para los ejercicios presupuestarios futuros. La Dirección General de Aeronáutica Civil declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que estas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la Ley o el Reglamento y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente. II.5 Adjudicada la propuesta, y una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que así lo haya resuelto, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el oferente que resulte adjudicado previo cumplimiento de lo estipulado en el Capítulo XI de las presentes bases administrativas. II.6 El proveedor no podrá ceder ni transferir, en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una contratación y en especial los establecidos en el contrato definitivo salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato de servicios mencionado en el punto precedente. II.7 Si durante la vigencia del contrato derivado de la presente licitación el contratista fuere objeto de una transformación o absorción que implicare su disolución, término de giro y registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 19.886, siempre que dicha empresa cumpla con las exigencias establecidas en las bases para contratar y ejecutar el contrato. II.8 Se hace presente que el oferente deberá estar inscrito y habilitado en el Registro de Proveedores, cumpliendo con los requisitos pertinentes, contenidos en el Capítulo X del del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) Nº 661 del año 2024). La situación de habilidad será verificada a través del Sistema de Información, administrado por la Dirección de Compras. Asimismo, no será necesario que el adjudicatario entregue documentación que ya se encuentre disponible en el Registro de Proveedores, siempre que cumpla con los requisitos exigidos y las fechas de vigencia estén conforme a lo indicado en el punto XI.2 del Capítulo XI, titulado “Actos preparatorios del contrato”. II.9 Todos los plazos que se señalan en esta propuesta pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos. En el evento que el término de la gestión o actuación exigida por esta entidad licitante se coincidan con sábado, domingo o festivo, estas deberán prorrogarse para el día hábil administrativo siguiente. II.10 Si el oferente adjudicado, al momento de suscribir el contrato no se encuentra habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública, requisito que también se exige a todos los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores para la suscripción del contrato definitivo, la entidad licitante deberá dejar sin efecto la adjudicación de la oferta y, eventualmente, adjudicar la licitación al siguiente oferente mejor evaluado. II.11 Los plazos que se establecen en el cronograma de la propuesta incluido en las presentes bases administrativas, a saber, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, podrán ser modificados hasta por un máximo de treinta (30) días corridos, por la entidad licitante, en la eventualidad de la ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los plazos y fechas originalmente publicadas. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una resolución, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección de ChileCompra (www.mercadopublico.cl). Conforme a lo anterior, los oferentes deberán tener presente la nueva fecha de cierre que eventualmente se establezca para los efectos de la vigencia de la garantía por seriedad de la oferta a que se refiere el Capítulo VIII de las presentes bases administrativas. II.12 La entidad licitante tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas, así como verificar su habilidad. La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos los que no sean veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública. La detección de antecedentes falsos podrá dar lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda, pudiendo hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta o la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuando la convención se hubiese determinado en base a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera sea la oportunidad en que hayan sido presentados, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y una vulneración al pacto de integridad contenido en las declaraciónes obligatorias que forman parte de las presentes bases y que deben ser firmadas por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes. DE LOS PARTICIPANTES III.1 Podrán participar en esta licitación personas naturales y jurídicas, o bajo la fórmula de Unión Temporal de Proveedores (UTP), integradas solo por una o más empresas de menor tamaño, sean estas nacionales o extranjeras, de acuerdo con lo establecido en los artículos 180 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) Nº 661 del año 2024), estando habilitados para aquello en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). III.2 No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4° de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, Capítulo II “De los requisitos para contratar con los organismos del Estado”. Asimismo, no podrán participar de esta propuesta aquellos oferentes que hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1, de 2004, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Tampoco podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores se encuentren afectos a alguna de las limitaciones establecidas en los artículos 8 y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho. Igualmente, no podrán participar en esta licitación pública aquellas personas que han sido condenadas por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley Nº21.595 sobre delitos económicos y, además, en caso de ser personas jurídicas, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, tener como socio, accionista, miembro o participe con poder para influir en la administración a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. Del mismo modo, estarán impedidas de participar en esta licitación pública, aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las situaciones o afectas a una o más de las prohibiciones enumeradas en el artículo 35 quáter de la Ley Nº 19.886. Para los efectos de corroborar las inhabilidades señalas en los párrafos precedentes, esta Dirección General considerará la declaración que se encuentra en la mencionada plataforma www.mercadopublico.cl. VISITA A TERRENO CONSULTAS Y ACLARACIONES IV.1 VISITA A TERRENO Se realizará una visita en terreno de carácter obligatorio, siendo los gastos por este concepto de cargo y responsabilidad del interesado que asista. Dicha visita se realizará cinco (5) días posterior a la fecha de publicación de la licitación en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), conforme al siguiente detalle: DIRECCIÓN FECHA Y HORA CONTACTO Ad. Capitán. Fuentes Martínez de Porvenir cinco (5) días corridos posterior a la fecha de publicación a las 15:00 horas. mtorresc@dgac.gob.cl Al inicio de la actividad, los asistentes deberán firmar un Registro de Asistencia elaborado al efecto, incorporando en él la información requerida, el que posteriormente será publicado en el Portal. IV.2 CONSULTAS Y ACLARACIONES Toda solicitud de aclaración de las bases de licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl) dentro del plazo de cinco (5) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta las 23:59 horas. Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra, en un plazo de dos (2) días corridos contados desde la fecha final de recepción de preguntas, mediante un archivo que será incluido como documentación anexa en el apartado “Archivos adjuntos de esta licitación”. Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá introducir cambios en las bases de licitación, resguardando debidamente los intereses de los proponentes, con el objeto de que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Información de ChileCompra. En ese caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases de licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la DGAC, que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Ante una eventual discrepancia entre las bases de licitación y la oferta, prevalecerán las primeras. Igualmente, ante discrepancias entre la ficha electrónica del portal Mercado Público y las bases de licitación, prevalecerán estas últimas. GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA Los gastos que demande participar en la presente propuesta deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso. DE LA PRESENTACIÓN Las ofertas, técnicas y económicas, deberán ser presentadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro del plazo de trece (13) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta el día de cierre de la misma, a las 17:30 horas. El oferente, por el solo hecho de participar, acepta expresamente que ha estudiado las bases de licitación, y que está de acuerdo con sus términos y condiciones. Lo anterior, no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes bases administrativas como también en las bases técnicas, por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de la misma. Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compra. Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del contratista, que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses de la DGAC o que se contrapongan a lo establecido en las bases de la licitación y, en el evento que se incluyan, estas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de licitación por sobre la oferta por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases. Las ofertas deberán ser presentadas en idioma español. Solo se aceptará el idioma inglés en manuales y folletos técnicos del servicio ofertado. Esta DGAC declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un procedimiento de contratación se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 60 de su Reglamento. En este caso, la entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, únicamente la oferta más conveniente de las empresas del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases de licitación, y declarará inadmisibles las demás. Asimismo, la oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 182 de su Reglamento. Los oferentes no podrán, en este proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores, en tal caso, serán declaradas inadmisibles ambas ofertas. La DGAC podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias. Se entenderá que la propuesta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada sea menor al cincuenta por ciento (50%) del precio presentado por el oferente que le sigue, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato, y se verifique por la entidad licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, conforme a lo establecido en el artículo 61 del Reglamento. Las ofertas deberán presentarse en formato Adobe Acrobat (.pdf) para ser leído en el sistema operativo Windows. Los documentos que se deben incluir son los siguientes: VII.1 DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público: VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, contenido en el punto 2.4 de las presentes bases de licitación. VII.1.2 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar una escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. VII.1.3 Declaración pacto de integridad emitida y firmada por la proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, conforme al formato de declaración adjunta en el apartado 2.5 de las presentes bases de licitación. V.II.1.4 Formato de declaración de conocimiento de Instructivo de trabajo del sistema de gestión ambiental y sistema de seguridad salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC en el adjunto 2.6 de las presentes bases de licitación. VII.1.5 Criterio sustentable para proveedores: los oferentes podrán presentar el documento denominado “Formato criterio sustentables” adjunto 2.7 en las presentes bases de licitación, acompañado de antecedentes que sustenten que cuentan con algún o algunos de los criterios allí señalados. VII.2 DOCUMENTOS TÉCNICOS El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el Portal Mercado Público: VII.2.1 Descripción detallada de la propuesta técnica, para dar cumplimiento al requerimiento de servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir conforme a lo solicitado en las bases técnicas. VII.2.2 Indicar la renta bruta mensual que se pagará a los trabajadores del personal del servicio en el formato del punto 2.8 de las presentes bases de licitación VII.2.3 Declaración programa integridad firmada conforme al formato de declaración jurada adjunto al punto 2.9 de las bases de licitación. Los proponentes deberán adjuntar a su oferta los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad, y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por sus empleados. Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este punto VII.2 Documentos técnicos, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases técnicas y en la pauta de evaluación, que permita a la comisión evaluadora, evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso contrario, se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de esta. VII.3 DOCUMENTOS ECONÓMICOS El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público: VII.3.1 Formato para presentación de oferta económica adjunto en el punto 2.10 de las bases de licitación. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de Compras Públicas los valores que este exigirá. VII.3.2 Plazo de vigencia de la oferta, que no podrá ser inferior a sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de cierre de la licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que aceptan lo señalado en estas bases administrativas. Solo se aceptarán ofertas en pesos chilenos (CLP). La oferta que sea presentada en Unidades de Fomento (UF) u otra moneda, no será considerada en el estudio económico de la propuesta, obteniéndose la comisión evaluadora de continuar evaluando y sugerirá su inadmisibilidad. Respecto a la oferta económica, serán causales de inadmisibilidad las siguientes: El oferente no presenta oferta económica. La oferta económica no contiene todo lo requerido en el formato de presentación de oferta económica establecido en las bases de licitación. La modificación u omisión de cualquier ítem solicitado por la DGAC, que altere el pliego de condiciones, entre otros, las variaciones de los servicios o en los plazos de ejecución de los mismos, si los hubiere. Ofertar en una moneda distinta a la exigida en las bases. El plazo de vigencia de la oferta es inferior al solicitado en las bases de licitación. DE LAS GARANTÍAS, SU NATURALEZA Y MONTOS VIII.1 Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato VIII.1.1 De la entrega y su contenido Con anterioridad a la firma del contrato, el adjudicatario deberá entregar a la Institución una boleta bancaria de garantía, vale vista, póliza de seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato derivado de la propuesta pública ID 1116007-36-LE25 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del prestador. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco - Dirección General de Aeronáutica Civil, RUT Nº 61.104.000-8, por un monto total equivalente al cinco por ciento (5%) del precio final neto ofertado por el adjudicatario. La caución que se constituya deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, tomada por el adjudicatario o un tercero a su nombre, en un banco, institución financiera nacional o extranjera que tenga representación en Chile, compañía de seguros con agencia en Chile o institución de garantía recíproca (IGR), expresado en moneda nacional y deberá contemplar la totalidad del tiempo que empleará el contratista en la ejecución del contrato, más noventa (90) días corridos. En el evento que la garantía que se constituya sea una póliza de seguro, esta podrá expresarse en unidad de fomento (UF), dólar de los Estados Unidos de América o moneda nacional; en este último caso solo si se dan los presupuestos previstos en el Art. 10 del DFL Nº 251 de 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor en las condiciones particulares de ella, que esta cubra el pago de multas y excluir cláusulas de arbitraje. Tanto la póliza de seguros como el certificado de fianza deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva. En caso de que el instrumento de caución sea emitido sea emitido en pesos chilenos o Unidades de Fomento (UF), este deberá considerar la conversión según el tipo de cambio o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico garantia_carlos_ibanezdelcampo@dgac.gob.cl. De resultar adjudicada una oferta riesgosa o temeraria, la DGAC solicitará al proveedor adjudicado aumentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los términos señalados en el párrafo final del artículo 61 del Reglamento de Compras Públicas. Si al momento de entrar en vigencia el contrato, la garantía no alcanzare a cubrir el periodo antes señalado, el contratista, en un plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, deberá reemplazarla por otra o extender su vigencia de modo que dicho instrumento cumpla con este periodo, habida consideración que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la Institución para poner término anticipado a la convención. En el evento que se modifique el contrato o por concurrir un caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado, y ello implique la extensión de su plazo de ejecución y la obligación de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo y responsabilidad del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia de cuál sea la parte a la que esté asociada la ampliación de la ejecución del contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla a la DGAC, dentro del plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, habida consideración de que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la DGAC para poner término anticipado al citado acuerdo de voluntades. Asimismo, si el contrato debe ser modificado y como consecuencia de ello aumenta el precio de la contratación, con un límite de un treinta por ciento (30%) del monto originalmente pactado, la garantía deberá modificarse proporcionalmente aumentando el monto de ella a fin de que corresponda a un diez por ciento (5%) del nuevo valor total del contrato y entregada a la DGAC previo a la suscripción de la modificación contractual. En caso contrario, no se suscribirá la modificación del acuerdo de voluntades. El monto de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato podrá asociarse a las anualidades de cumplimiento del contrato permitiendo al contratista la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento, debiendo en todo caso respetarse los porcentajes precedentemente indicados en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución, incluido el plazo de vigencia adicional de noventas (90) días corridos. Todo ello en conformidad al artículo 121, inciso tercero, del reglamento de compras públicas. VIII.2.2 Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato: La DGAC queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento grave del contratista de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las acciones que esta Institución pueda ejercer. La DGAC queda especialmente facultada para hacer efectiva la citada garantía, por: a) Cualquier incumplimiento grave a las obligaciones, señalados en la letra g) del capítulo XIV. Del término anticipado. b) Haberse terminado anticipadamente el contrato por la causal de la letra c) y d) párrafo final, y f) o de algunas de las causales contenidas en el literal g) del capítulo XIV. Del término anticipado. c) Incumplimiento del contratista en el pago de una multa, caso en el cual se descontará del documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, y se procederá a la devolución del saldo, si existiere, previa entrega de una nueva garantía. d) Cualquier otra causal establecida en estas bases de licitación. VIII.2.3. De la devolución La garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta con posterioridad a la fecha de expiración de su vigencia, gestión que se efectuará en la Oficina de Finanzas, ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del aeropuerto presidente Carlos Ibáñez del Campo S/N, comuna Punta Arenas, ciudad Punta Arenas, a través del “Formulario de retiro” disponible en la Oficina Logística ubicada en la misma ciudad. De haber sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia, mediante correo electrónico. DE LA APERTURA La apertura de todas las ofertas se efectuará en un solo acto, el día hábil administrativo siguiente del cierre de la licitación, a las 15:01 horas, en forma electrónica, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). En la apertura se efectuará la descarga de los documentos administrativos, técnicos y económicos de todas las ofertas recibidas en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). El posterior examen y análisis del detalle del contenido de los documentos antes citados, incluida la presentación y suficiencia de la garantía de seriedad de la oferta, corresponderá exclusivamente a la comisión evaluadora. Una vez confirmada el acta de apertura electrónica emitida por la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). se liberarán automáticamente las ofertas, permitiendo la publicidad de las mismas y los proponentes podrán formular observaciones dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la Plataforma, las que serán resueltas por la DGAC dentro del plazo de nueve (9) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de los sobres electrónicos, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil administrativo siguiente. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos (2) días hábiles administrativos contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en formato digital en Oficina Logística ubicada en el terminal antiguo del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo S/N comuna de Punta Arenas, ciudad Punta Arenas en los siguientes horarios: de lunes a jueves entre las 08:30 a 12:00 horas y desde las 14:30 a 17:30 horas; viernes entre las 08:30 a 12:00 horas y desde las 14:30 a 16:30 horas. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad. DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN X.1 La entidad licitante, a través de la comisión evaluadora designada mediante resolución e integrada por dos (2) funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, será responsable de evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas presentadas por los proponentes. Este proceso implica la revisión y análisis detallado de las ofertas y demás documentos, incluida la presentación y suficiencia de la garantía de seriedad de la oferta con el objetivo de determinar si cumplen con los requerimientos establecidos en las bases de licitación. En este contexto, se realizará un examen de admisibilidad, y solo se evaluarán aquellas ofertas que resulten admisibles. La comisión evaluadora propondrá a la autoridad facultada declarar inadmisible una o más ofertas, declarar desierta la licitación o proceder con la adjudicación, según lo considerado en las presentes bases. X.2 Las ofertas serán ponderadas con cuarenta y un porciento (41%) para los aspectos técnicos, con un cincuenta por ciento (50%) para los aspectos económicos, con un cinco por ciento (5%) para el aspecto de cumplimiento de requisitos formales en la presentación de la oferta, con uno por ciento (1%) para el criterio de programa de integridad y con un tres por ciento (3%) para criterios sustentables. Para la evaluación de las ofertas económicas se considerará el valor total de la oferta. La DGAC adjudicará la licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de las bases de licitación, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación respectivos, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses. La DGAC no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases. X.3 Frente a la eventualidad de que dos o más oferentes obtengan igual puntaje en la pauta de evaluación, se establecen los siguientes criterios de desempate para adjudicar, los que serán aplicados en el siguiente orden de prelación hasta obtener un desempate y que solo un oferente resulte adjudicado: 1. Mayor puntaje ponderado presencia en el mercado. 2. Mayor puntaje ponderado mejores condiciones de empleo y remuneraciones 3. Mayor puntaje ponderado cumplimiento de requisitos formales. 4. Mayor puntaje ponderado cumplimiento de programa de integridad. 5. Mayor puntaje ponderado cumplimiento criterios sustentables. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la oferta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl., de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta. X.4 Durante el periodo de evaluación, y de conformidad al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). El o los oferentes afectados tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones. Sin embargo, se deja establecido que no se considerarán errores formales aquellos relacionados con el precio de la oferta. La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. El o los oferentes afectados tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del sistema para presentar los antecedentes omitidos. Para efectos de las facultades contempladas en los párrafos precedentes, se contempla el criterio de evaluación de “Cumplimiento de requisitos formales en la presentación de la oferta”, conforme al cual, se le asignará menor puntaje a aquellas ofertas que no cumplieron dentro del plazo de presentación de las ofertas con la presentación de todos los antecedentes requeridos en las presentes bases de licitación. Durante el periodo de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, mediante la herramienta de solicitud de aclaraciones del Portal Mercado Público. X.5 Dentro de los diez (10) días corridos siguientes a la fecha de apertura de las ofertas, la comisión evaluadora deberá emitir el informe de evaluación y la Dirección General de Aeronáutica Civil dictará la resolución de adjudicación o deserción, según corresponda, la que se notificará a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada. En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado. Los oferentes tendrán 48 horas para efectuar consultas respecto de la adjudicación, las que deberán ser formalizadas únicamente a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), o directamente al correo electrónico projas@dgac.gob.cl y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos. ACTOS PREPARATORIOS DEL CONTRATO XI.1 Luego de dictada la resolución de adjudicación y que esta se encuentre totalmente tramitada, dentro de los quince (15) días corridos siguientes al cierre de las ofertas y notificada en el Portal Mercado Público dicho acto administrativo, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el oferente adjudicado. XI.2 Para celebrar el contrato, el adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo de veinte (20) días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el referido portal, los documentos que en cada calidad se señalan en adelante: XI.2.1 Si el adjudicatario es una persona jurídica, deberá presentar la siguiente documentación, en el caso de que esta no se encuentre en el portal o no esté actualizada: Copia de la patente municipal vigente. Certificado de inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Copia de la escritura de su constitución y de aquellas que contengan las modificaciones que hubiere experimentado; los documentos que acrediten la publicación de sus extractos en el Diario Oficial y la inscripción de tales extractos en el Registro de Comercio o en el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Certificado de vigencia de la sociedad, emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo o por el Registro de Empresa y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación. Certificado de vigencia de personería de su(s) representante(s), expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo, el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, o la autoridad correspondiente, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación. Fotocopia de la cédula de identidad de su(s) representante(s). XI.2.2 Si el adjudicatario es una persona natural, deberá presentar la siguiente documentación, en el caso de que esta no se encuentre en el portal o no esté actualizada. Fotocopia de su cédula de identidad vigente. Copia de la patente municipal vigente. Certificado de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). XI.2.3 Si el adjudicatario es una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberán presentar, respecto de cada uno de los integrantes, los antecedentes señalados previamente, según corresponda, en el caso de que estos no se encuentren en el portal o no estén actualizados. Además, deberán dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 180 del Reglamento de Compras Públicas, y acompañar la escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto y que considere una vigencia no menor a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. XI.3 La Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de veinte (20) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, cuando: El adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o no lo suscribe dentro del plazo establecido en las bases. No presenta los documentos exigidos para celebrar el contrato en el plazo de quince (10) días corridos, en consonancia con lo establecido en el numeral XI. de los Actos preparatorios del contrato. No presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los términos establecidos en estas bases. Si al momento de suscribir el correspondiente contrato, el adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública. No da cumplimiento a los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato. XI.4 Requisitos para contratar: Solo podrán contratar con esta DGAC aquellos proveedores que se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores. La habilitación en dicho registro será responsabilidad de los proveedores que deberán acreditar su situación financiera y técnica, a través de su inscripción en ese Registro. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), todos sus integrantes deberán encontrarse hábiles en el Registro de Proveedores, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 182 y 183 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO El contrato contendrá la individualización del proveedor, las características del servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías, si las hubiere, las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del proveedor, así como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en estas bases. El contrato que se derive de la propuesta pública que se regula por las presentes bases de licitación, no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del contratista, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisa de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee. En la eventualidad de un incumplimiento contractual o declaración de término anticipado del contrato en conformidad con las presentes bases, la DGAC publicará en el módulo de gestión de contratos del portal www.mercadopublico.cl la resolución que aplique la multa o que declare el término anticipado. DE LAS MODIFICACIONES AL CONTRATO El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y artículo 129 de su Reglamento, siempre que ello no altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero del contrato y los elementos esenciales del contrato mismo. Tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un treinta por ciento (30%) del monto originalmente pactado, y siempre que la DGAC cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Asimismo, podrá realizar una modificación de los servicios comprometidos en el contrato, siempre y cuando existan razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que dio origen a la contratación. Igualmente el acuerdo de voluntades podrá ser modificado cuando, por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificadas por la entidad licitante, el contratista esté impedido de cumplir sus obligaciones, y siempre que dicho cambio no genere inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para esta DGAC así como que se refiera a las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la hizo necesaria y que se respete el equilibrio financiero del contrato. En este caso, la DGAC estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento. Cualquiera de estas modificaciones deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. DEL TÉRMINO ANTICIPADO. XIV.1 El contrato solo podrá terminarse anticipadamente, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley de Compras Públicas y artículo 130 de su Reglamento, por las siguientes causales: La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y 129 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los servicios que efectivamente se hubieren prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley de Compras Públicas y artículo 135 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Cuando el contratista se encuentre en la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley Nº 21.595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393, de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente: Si el contratista cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de las bases de licitación y del contrato que se suscriba. El incumplimiento en el plazo de inicio para la prestación del servicio convenido en el contrato, por un tiempo mayor a dos (2) días corridos. En caso de que el contratista abandonare intempestivamente la ejecución del servicio. La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos los que no sean veraces, íntegros o auténticos y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera que sea la oportunidad en hayan sido presentados, conforme a lo establecido en el punto II.12 de las presentes bases administrativas. Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el diez por ciento (10%) del precio total del contrato y, por tal causa, se hiciera efectivo el total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. El incumplimiento en el plazo de diez (10) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato requerida por la DGAC, si al momento de entrar en vigor el acuerdo de voluntades la vigencia de la garantía no alcanzare a cubrir el periodo que contemple el plazo de vigencia del contrato (orden de compra). El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la extensión de la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, requerida por la DGAC, en el caso de que se modifique el contrato y ello implique la extensión de su plazo de ejecución. El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos, contados desde la notificación al contratista para que este proporcione una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, en el evento que la garantía entregada inicialmente deba ser ejecutada para satisfacer el pago de una multa. Que el prestador no cumpla con la entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo de quince (15) días de corridos, en el evento que por incumplimiento de sus obligaciones laborales o sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos (2) últimos años, la DGAC haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato para pagar con ella a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras, acorde a lo señalado en el Capítulo VIII de las presentes bases administrativas. El incumplimiento por parte del prestador a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, para con sus dependientes, acorde a lo señalado en el Capítulo XXV de las presentes bases administrativas. De proceder la declaración de término anticipado del contrato por la causales de los literales c), d) párrafo final, f) o de algunas de las causales contenidas en el literal g), precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada, debidamente comunicada al contratista y, en cuyo caso, además, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la ley sean procedentes. XIV.2 El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato, será el siguiente: a) La DGAC notificará al contratista el inicio del procedimiento de término anticipado del contrato, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. El contratista dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos para presentar sus descargos o alegaciones. Estos deberán ser enviados al correo electrónico vsoto@dgac.gob.cl y projas@dgac.gob.cl. b) Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada en el Sistema de Información, conforme a lo establecido en el artículo 132 del Reglamento de Compras Públicas. DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Para los efectos del contrato, se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impida, a cualquiera de las partes, cumplir con las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar por el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por correo electrónico esta circunstancia a la otra parte dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles administrativos desde que haya tomado conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente, y dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes de la referida comunicación, la parte afectada deberá acreditar debida y suficientemente la ocurrencia del imprevisto que le afecta y la oportunidad en la que tomó conocimiento de este. La DGAC deberá pronunciarse sobre su procedencia dentro de igual término. En el caso que la parte afectada sea el contratista deberá comunicar estas circunstancias al inspector fiscal del contrato y a los correos vsoto@dgac.gob.cl y projas@dgac.gob.cl. Acreditada la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir, resguardando los intereses de ambos contratantes y conviniendo en el aumento de plazo del contrato, el que, en todo caso, no podrá ser superior a la duración del caso fortuito o fuerza mayor acreditado. DE LA PRÓRROGA DE LA COMPETENCIA El contrato que se derive de la presente licitación se someterá a la jurisdicción de los tribunales chilenos, fijando ambas partes domicilio en Santiago de Chile, prorrogándose su competencia para tal efecto en los tribunales de justicia de esta ciudad. DE LA CONFIDENCIALIDAD La DGAC y el contratista se obligan a mantener absoluta reserva, y confidencialidad de toda la información que obtengan en virtud del contrato a suscribir. Dicha obligación durará estando vigente la ejecución del acuerdo de voluntades. En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines del contrato. Tampoco podrán revelar, comunicar o causar que sea revelada o comunicada de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos del contrato. DE LA VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo aprueba, la que se entenderá notificada al contratista a las veinticuatro (24) horas siguientes a su publicación a través del Portal Mercado Público, y se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, aquellas obligaciones contractuales que, por su naturaleza, requieran ser cumplidas por el contratista con posterioridad al término del contrato, deberán ser realizadas conforme a lo establecido en el acuerdo de voluntades. PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN Toda documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil entregue a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una autorización escrita para tal efecto. PROPIEDAD INTELECTUAL El contratista será el único responsable con relación al buen uso de marcas, patentes, tecnologías y licencias, así como en general de toda propiedad intelectual empleada para la contratación del servicio, debiendo liberar y amparar a la DGAC de todas las consecuencias y acciones legales que puedan intentarse por terceros con motivo de la adquisición mencionada anteriormente. DE LA CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen de la adjudicación de la propuesta y de la orden de compra, salvo que una norma legal especial lo permita. Sin perjuicio, que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. El contratista podrá concertar con terceros la subcontratación parcial de la contratación, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado. Los oferentes deberán indicar en su oferta la parte de la contratación que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: Si excede el treinta por ciento (30%) del monto total de la contratación. Si afectan al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por esta entidad licitante, según lo dispone el artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas. DEL PAGO, FACTURACIÓN Y REAJUSTABILIDAD La DGAC, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley de Presupuestos del año 2026 pagará los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos. El precio total del contrato de servicio de aseo, limpieza y sanitización para las dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Puerto Porvenir se pagará en veinticuatro (24) mensualidades iguales y sucesivas y deberá ser facturado por el prestador al día siguientes del mes vencido, en moneda nacional, y será pagado por la DGAC mediante transferencia electrónica al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica o del respectivo instrumento tributario de cobro, previa certificación de que los servicios se han recibido conforme, correspondiente al periodo de facturación. Para proceder al referido pago, se requerirá que previamente la DGAC registre en el Sistema de Información lo siguiente: a) La fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra. b) La recepción conforme de los servicios, por parte de la inspección fiscal o por quien haya sido designado para tal efecto. Una vez verificado lo anterior, el vendedor podrá emitir la factura electrónica. La DGAC dentro de los ocho (8) días de recibida la factura, deberá proceder con su aceptación o rechazo, conforme a la legislación vigente. La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, que se encuentra afecta al impuesto del dos por ciento (2%) establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752, y el número de la orden de compra. La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3º, de la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos: Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases. En el evento de la falta total o parcial de la entrega de mercaderías o de la prestación de servicio. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases o lo ofertado según sea el caso. Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley Nº 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto. El precio del contrato se reajustará anualmente conforme a la variación que experimente el IPC en la anualidad anterior, de acuerdo al mecanismo automático que ofrece la página WEB del Instituto Nacional de Estadística (INE). Dicho reajuste se efectuará en el mes trece (13) de la ejecución del contrato, contados desde la fecha de su entrada en vigencia o desde el inicio anticipado, en su caso. En el evento de que la variación del IPC sea negativa, se mantendrá inalterable la mensualidad del contrato durante la vigencia de la siguiente anualidad La DGAC cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. DE LAS MULTAS Y DESCUENTOS XXIII.1 De las multas Cualquier incumplimiento contractual por parte del prestador, que constituya alguna falta de las que se expresan más adelante, facultará a la DGAC para aplicar administrativamente una o más multas de las que a continuación se detallan. Para los efectos de las multas, las causales que pueden originarlas son las detalladas a continuación: Por cada día en que no se preste el servicio en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez. En este caso se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa correspondiente a la siguiente razón: (DNPS x 0,5 U.T.M.), en donde DNPS es la cantidad de días en que no se prestó el servicio. Si el servicio o los servicios fueren calificados por el inspector fiscal como deficiente, o bien, se observase por parte del contratista el incumplimiento de cualquiera obligación señalada en el contrato o las bases de licitación, se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de media (0,5) U.T.M. Si se detecta el incumplimiento a alguna prohibición establecida en la cláusula XVI por el contratista o sus dependientes se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de media (0,5) U.T.M. (Unidades Tributarias Mensuales). Se podrá aplicar al contratista una multa equivalente a 1 U.T.M (Unidad Tributaria Mensual) por cada día en que el contratista se encuentre en situación de incumplimiento respecto de una orden del inspector fiscal. Esto aplica también para la ejecución del proyecto. La Unidad Tributaria Mensual (UTM) será la aplicable al mes que ocurrió el incumplimiento contractual” Con toda la multa antes referida, no podrá exceder el diez por ciento (10%) del precio total del contrato. En caso de que exceda el porcentaje señalado, la DGAC podrá poner término anticipado a dicho instrumento, y hacer efectivo el total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios. XXIII.1.2 La aplicación de la multa se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento: La DGAC notificará al contratista sobre el incumplimiento contractual detectado, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. En dicha notificación se especificará el detalle del incumplimiento, la posible multa o medida aplicable según lo indicado en el contrato, y se otorgará un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, para que el contratista pueda presentar sus descargos o alegaciones al correo electrónico vsoto@dgac.gob.cl y projas@dgac.gob.cl y/o en el módulo de la ficha de gestión de contrato disponible en la Plataforma www.mercadopublico.cl. Se hace presente que, en los descargos presentados el contratista no podrá alegar caso fortuito o fuerza mayor como atenuante o eximente de su incumplimiento, si los hechos en que los funda no hubiesen sido alegados en la oportunidad correspondiente, según lo establecido en el Capítulo XV de las presentes bases. Una vez realizados los descargos por parte del contratista o, en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos sin que este haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa y los descargos presentados, si los hubiere, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico. En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley Nº 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas al efecto. Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, esta deberá enterarse, en el siguiente orden de prelación: Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (5) días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución firme que aplica la multa. Deducción del estado de pago. Una vez transcurridos los cinco (5) días señalados precedentemente, sin que el contratista haya enterado el pago de la multa, o este haya manifestado de manera expresa que no pagará, esta se deducirá del estado de pago del mes o hito en que se incurrió en el incumplimiento o la falta de servicio. Aplicándolas la DGAC directamente sobre la garantía que se entregue para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro de un plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. Con posterioridad a la entrega de la caución, la DGAC procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y acto seguido, hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa. XXIII.1.3 No se aplicará la multa cuando el incumplimiento en que se hubiere incurrido sea resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que el contratista deberá acreditar. XXIII.1.4 El cobro de la multa contemplada en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dicha multa no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal. XXIII.2 DESCUENTOS POR SERVICIOS NO PRESTADOS AUSENCIA Descuento por cada hora o fracción de ella, de ausencia de cada trabajador operario, de acuerdo con lo definido en las bases técnicas. Descuento por cada hora o fracción de ella ausencia del supervisor, de acuerdo con lo definido en las bases técnicas. Establecida la ausencia del personal operario y/o supervisor cuando corresponda, durante el horario normal contratado, se aplicará por cada hora de ausencia, considerando hasta dos (2) decimales, el descuento que resulte de la siguiente operación: Remuneración BRUTA mensual del operario/supervisor = Valor hora /60 = valor minuto de descuento Cantidad de horas mensual del operario/supervisor ausente (*) Valor renta bruta mensual imponible: Corresponde al valor de la renta bruta mensual ofertados por el adjudicatario, para operarios y supervisor. (*) Cantidad de horas mensuales: Cantidad que variará según la cantidad de días que tenga el mes. (*) Valor hora de descuento: Valor de la hora de servicio /60 será = al valor del minuto de descuento, sean operarios o el supervisor recurrente. La cantidad de horas mensuales de cada operario/supervisor, se definirá como un anexo al contrato que se suscriba, documento que, firmado entre las partes, se entiende formar parte del mismo. Para el cálculo de las multas y descuentos, se utilizará una tarjeta de asistencia y de común acuerdo entre el supervisor del contratista y el inspector fiscal nombrado al efecto por la DGAC, para el control de asistencia. Los descuentos por servicios no prestados se deducirán de la factura del mes o los meses siguientes correspondientes, para lo cual el contratista deberá adjuntar a esta la correspondiente nota de crédito. DE LAS OBLIGACIONES Y/O DEL CONTRATISTA El contratista se obliga, entre otros, a lo siguiente: a) A cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC, en función del contrato, de las bases de licitación y de la oferta del contratista. A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de la adjudicación de la propuesta y del contrato. Asimismo, el contratista no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato. A mantener una comunicación permanente con el inspector fiscal de la DGAC a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del contrato. El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo, incluido los trabajadores subcontratados. El contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. El contratista deberá tener en consideración las medidas de seguridad personal y física relativas a sus empleados, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral actualmente vigente. El contratista será el responsable del cumplimiento de las obligaciones que la Ley le impone como empleador, para la atención médica y hospitalaria del personal asignado a la prestación del servicio contratado, en caso de accidentes en el trabajo de dicho personal. En caso que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al contratista o sus dependientes en los bienes de la DGAC el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por esta DGAC. El contratista deberá cumplir con lo establecido en el instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC. Queda prohibido al contratista y/o al personal contratado por este, lo siguiente: Usar prendas de vestir u otras que no correspondan al uniforme autorizado. Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados por el inspector fiscal. Ingresar a zonas restringidas y de protección sin la debida coordinación y/o autorización de la DGAC. Realizar o autorizar cualquier tipo de filmaciones o tomar fotografías, sean estas para uso personal o de terceros, sin autorización expresa de la DGAC. Retirar o permitir el retiro de bienes, activos, artículos, documentos, planos u otro tipo de información, de cualquier especie, desde las dependencias del aeródromo, sin autorización expresa de la DGAC. Realizar, durante el desempeño de sus labores cualquier actividad ajena establecida en el contrato respectivo, tales como uso de televisión, equipos multimedia, entre otros. Manipular, almacenar, distribuir, consumir, durante su servicio o al interior de las dependencias de la unidad, cualquier tipo de bebida alcohólica, o droga, cuyas sustancias estén sujetas a control o prohibidas, salvo aquellas que su consumo/dependencia de tipo farmacéutico, se encuentren bajo prescripción médica. Preparar y calentar alimentos en el puesto o lugar de trabajo, la que no podrá habilitarse sin la debida autorización del inspector fiscal. Tener o permitir la permanencia de animales en el puesto de trabajo o instalaciones del aeródromo. Aceptar el ingreso o invitar a personas ajenas al servicio y desempeño de sus funciones, al puesto o lugar de trabajo y permanecer con ellas en su interior, a excepción de representantes de su empresa en situación de servicio. Entregar información de cualquier tipo a personas ajenas a la respectiva unidad o instalación, salvo expresa instrucción del inspector fiscal del servicio. Portar/almacenar/resguardar, en el puesto, armas de fuego, punzantes, replicas o simuladas, o de cualquier tipo o clase durante el servicio, aun encontrándose legalmente autorizado para ello. Publicar mediante cualquier medio o red social, imágenes o videos donde figuren instalaciones de la DGAC. DE LAS LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS. Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y, en especial, deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales. Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará facultada para exigir al contratista, en cualquier oportunidad y a lo menos a la mitad del periodo de ejecución del contrato, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo. En caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la DGAC, de conformidad con lo que dispone la Ley Nº 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo, podrá descontar de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento contenido en DS. Nº 661 de 2024, y la Ley Nº 20.123, la DGAC podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de que el contratista mantenga el incumplimiento de sus obligaciones laborales o sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos (2) últimos años y pagar con cargo a ella a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. En este caso, el contratista deberá presentar, dentro del plazo de quince (15) días corridos, una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, por el mismo período de vigencia y monto requerido originalmente, a fin de reemplazar la caución destinada a cubrir el incumplimiento de sus obligaciones laborales. Si transcurrido el plazo antes mencionado sin que el contratista hubiere hecho entrega de la caución, la DGAC podrá poner término anticipado al contrato por constituir una causal de incumplimiento grave del mismo, conforme al punto XIV de las presentes bases administrativas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley Nº 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto. Asimismo, será obligación del prestador dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial, deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales. El incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato, con la correspondiente indemnización de perjuicios. 2.2 BASES TÉCNICAS BASES TÉCNICAS AÑO 2026-2027 El Ad. Capitán. Fuentes Martínez de Porvenir, requiere contratar los servicios de una empresa especializada en el rubro de aseo industrial, con el objeto de atender las necesidades de las dependencias del Ad. Cap. Fuentes Martínez de Porvenir. El contrato tendrá una duración de 24 meses. Las labores a desarrollar por la empresa adjudicada serán las que se detallan a continuación y conforme al programa señalado: LUGAR, SUPERFICIE ESTIMADA Y LABORES A REALIZAR A.- EDIFICIO TERMINAL B.- EDIFICIO TÉCNICO ADMINISTRATIVO C.- CUARTEL S.E.I. D.- SUBESTACIÓN ELÉCTRICA E.- CASETA TRATAMIENTO DE AGUA Servicio de limpieza y aseo permanente en todas las áreas detalladas a continuación, conforme a lo solicitado: AD. CAPITÁN FUENTES MARTÍNEZ ÁREA MT2 Oficina Jefatura. 13 MT2 Oficina Logística. 10 MT2 Oficina Sala de Equipos 13 MT2 Baño edificio torre. 3 MT2 Torre de Control. 80 MT2 Pasillos Edificio Torre 30 MT2 Pasillos Terminal 35 MT2 Cocina Terminal 15 MT2 Hall Terminal 530 MT2 Hall Terminal y sala reuniones 2do piso 81 MT2 Baños del Terminal de pasajeros: Baño 1 10 MT2 Baño 2 10 MT2 Baño para persona con capacidades diferentes 4 MT2 Sala de caldera sector baño para persona con capacidades diferentes 6 MT2 Cuartel SEI 160 MT2 Subestación eléctrica 84 MT2 Caseta tratamiento de agua 13 MT2 Los trabajos específicos a realizar en dependencias y oficinas deberán ajustarse a lo siguiente: DIARIAMENTE Desempolvar y limpiar sillas, escritorios, equipos, calentadores y muebles en general. Barrer pisos flotantes de madera, baldosas y cerámicos. Limpiar y desinfectar servicios higiénicos y artefactos sanitarios. Abrillantar quincallería, griferías y espejos. (en baños y cocina) Vaciar y limpiar papeleros de oficinas, pasillos, salas de estar, etc. Limpieza de áreas de almacenamientos. Retiro de basura. SEMANALMENTE Limpieza de máquinas y equipos de oficinas, teléfono y otros. Lavado de piso del Hall central del Edificio Terminal. Limpieza de ventanas, cortinas solares tipo “Plastic-View” Torre AFIS, persianas completas (vidrios y marcos) y puerta en dependencias. Desmanchado y desinfección de lavamanos, W.C. y urinarios en baños. Sanitización, este servicio deberá realizarse según exigencias de SEREMI SALUD; será aplicada los días viernes y en coordinación con la Inspección Fiscal. MENSUALMENTE Lavado y encerado de pisos flotantes de madera, baldosas y cerámicos. Lavado de vidrios por ambas caras, de la entrada general y accesos. SEMESTRALMENTE (ABRIL-NOVIEMBRE) Lavado de paredes y muros internos. DOTACIÓN DE PERSONAL REQUERIDA Para la prestación de los servicios detallados en los puntos anteriores, se requiere una dotación mínima de 1 persona permanente en la dependencia del Ad. Cap. Fuentes Martínez los días lunes, miércoles y viernes, además deberá contar con un reemplazo en caso de Licencias Médicas, Feriado Legal y Ausencia Laboral. La persona que prestará servicios, deberá estar debidamente uniformada, llevando impreso el nombre de la empresa en el uniforme, además, deberá portar una tarjeta de identificación (TICA), que lo acredite y autorice a circular por las dependencias aeronáuticas, la cual tiene un costo aproximado de $ 7.000.-. Asimismo, el personal que efectúe las labores de limpieza deberá contar con el equipo de protección adecuado, e instrucción de acuerdo a la normativa Chilena de seguridad vigente: Ley 16.744 “Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”. DS Nº 18 “Certificación de calidad de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales”. AUTORIZACIÓN DEL PERSONAL Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Calificación: Los trabajos correspondientes a estas bases técnicas, deberán ser ejecutados por personal idóneo y la supervisión general a cargo de la empresa. Ingreso al recinto: La empresa adjudicada deberá entregar con una anticipación mínima de 05 días hábiles, la lista del personal que ejecutará los trabajos durante el año y su reemplazo por motivos como Licencias Médicas, Feriado Legal y Ausencia Laboral, con el propósito de que se autorice el ingreso al recinto. La nómina deberá contener los siguientes datos mínimos: Nombres y Apellidos. Nº Cédula de Identidad. Fecha de nacimiento y lugar de inscripción. Domicilio particular y teléfono. SEGURIDAD PERSONAL Será responsabilidad exclusiva de la empresa o persona natural adjudicada, los accidentes que se produjesen durante el desarrollo de los trabajos, ya sea por condiciones o acciones inseguras. Por lo tanto, deberá arbitrar todas las medidas y recursos a su alcance, para que el personal tenga y utilice los elementos de seguridad apropiados. El no cumplimiento a estas disposiciones, permitirá a la Inspección Fiscal, paralizar las faenas, hasta que se regularice la situación en el mínimo plazo; pudiendo incluso, contratar los servicios no ejecutados a terceros con cargo al contratista, y en el caso de persistir, solicitar la multa de 1 UTM. El personal que no cumpla con las normas de seguridad industrial, higiene, presentación personal y/o las instrucciones de la Inspección Fiscal, deberá ser reemplazado dentro de las 48 horas de notificado. Lo mismo ocurrirá con los materiales, herramientas, instrumentos, equipos, etc., cuya calidad no sea la aprobada con anterioridad, las cuales deberán ser reemplazadas dentro de las 8 horas siguientes. En estos casos, todos los gastos que se susciten serán de cargo de la empresa adjudicada. SEGURIDAD DEL RECINTO Cualquier daño que se provoque a personas, muebles e inmuebles, tanto aeronáuticos como de terceros, serán de exclusiva responsabilidad de la empresa o persona natural adjudicada, que, para todos los efectos legales, no tendrán vínculo jurídico alguno con la DGAC. HORARIO DE TRABAJO El servicio de aseo y limpieza deberá efectuarse en las dependencias detalladas en las bases técnicas, en media jornada laboral en los siguientes horarios: Lunes, miércoles y viernes de 08:30 a 13:00 horas. La empresa contratista deberá velar y resguardar que su personal no sobrepase la jornada laboral de trabajo que es de 45 horas semanales., de acuerdo al código del trabajo Art. 22. Se deberá considerar por parte del empleador media hora de colación de acuerdo a lo establecido en el Art. 34 del Código del Trabajo (la cual no se deberá computar como jornada diaria laboral). La empresa que preste el servicio deberá registrar en una tarjeta de control, la asistencia diaria de manera de poder llevar un control de los horarios de ingresos y los días en que se ha prestado el servicio de limpieza y aseo, de manera de velar por que se cumpla con lo solicitado en las bases técnicas. Si alguno de los tres días mencionados anteriormente por calendario tocase feriado, el servicio será prestado al día hábil siguiente a éste y en coordinación con la Inspección Fiscal. GENERALIDADES La movilización del personal deberá ser proporcionada por el contratista. Cada vez que se genere movimiento de personal, el contratista deberá presentar una nómina actualizada del personal asignado a la DGAC, para cumplir con las labores inherentes al contrato de servicio, indicando el domicilio particular, fotocopia cédula de identidad y certificado de antecedentes. El contratista deberá proveer la totalidad de los insumos necesarios para realizar los trabajos correspondientes al servicio de aseo y sanitización. Los productos a utilizar deben contar con registro del Instituto de Salud Pública (ISP) y deben tener características que no dañen el medio ambiente y a la salud de las personas, Los accesorios tales como porta rollo, porta toalla, dispensadores de jabón, etc., deberán mantenerse siempre en perfectas condiciones de funcionamiento, siendo responsabilidad del contratista reparar y/o reemplazar los que presenten fallas, además deberá proporcionar en forma regular el papel higiénico, bolsas para la basura y el jabón de tocador necesario para todos los baños del aeródromo. Toda basura se deberá depositar en bolsas de polietileno, para ser retiradas por los basureros municipales o privados. VISITA A TERRENO Con el objeto de facilitar la correcta formulación de las ofertas, la DGAC programará una visita a terreno de carácter obligatorio a las instalaciones previamente indicadas, en la fecha y hora que se señalarán en la ficha de la licitación. En dicha oportunidad, los oferentes podrán verificar en terreno las superficies existentes, incluyendo la cantidad de metros cuadrados correspondientes a pisos de baldosas, cerámicos, goma u otros tipos de revestimiento. 2.3 PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS PAUTA DE EVALUACIÓN Servicio de aseo, limpieza y sanitización para las dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Puerto Porvenir 2026-2027 ASPECTOS INVALIDANTES: CUMPLIMIENTO PARÁMETROS INVALIDANTES SI NO 1 Visita a terreno obligatoria. En caso de no acudir a la visita, la oferta se declara inadmisible y no será evaluada. EVALUACION DE LAS OFERTAS: Las ofertas se evaluarán en cinco aspectos diferentes, el puntaje de cada evaluación tendrá un porcentaje asignado y la suma total de estos dará el 100% de la evaluación. El mecanismo de compra seleccionado se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje ponderado en la evaluación total de la oferta. Los aspectos para evaluar y sus porcentajes asignados son los siguientes. Evaluación Porcentaje asignado A. Aspectos técnicos 41% B. Cumplimiento de requisitos formales 5% C. Cumplimiento de programa de integridad 1% D. Cumplimiento de criterios sustentables 3% E. Aspecto económico 50% TOTAL 100% PARÁMETROS EVALUABLES: Aspectos técnicos (41%) Presencia en el mercado 60 pts. En este parámetro se evaluará conforme a información que entrega el portal www.mercadopublico.cl, en la ficha del proveedor, en relación a los años de presencia en el mercado del servicio licitado. El oferente presenta 11 (once) o más años de presencia en el mercado del servicio licitado. 60 puntos El oferente presenta de 03 a 10 años de presencia en el mercado del servicio licitado. 40 puntos El oferente presenta de 0 a 02 años de presencia en el mercado del servicio licitado. 20 puntos Ruta desde portal público www.mercadopublico.cl: Proveedores - Identificador - RUT - Rut chileno - Buscar - Ver detalle - Idoneidad – Actividades económicas – Código y actividad económica SII. (*) Nota: El Comisionista deberá solicitar esta información a alguna Oficina Logística. Mejores condiciones de empleo y remuneraciones 40 pts. Este parámetro se medirá de acuerdo a las remuneraciones brutas que pagará la empresa licitante a sus trabajadores en caso de adjudicarse la licitación del servicio. Para medir este parámetro los oferentes deberán adjuntar una declaración simple en la que se especifique claramente cuáles serán las remuneraciones brutas que percibirán los trabajadores que cumplirán el rol de supervisor y auxiliares de aseo. Puntaje RBS = ((remuneración bruta supervisor)/(mejor oferta remuneración bruta supervisor))*20 Puntaje RBA = ((remuneración bruta auxiliar)/(mejor oferta remuneración bruta auxiliar))*20 Puntaje Final Criterio MCER=(Puntaje RBS+Puntaje RBA) (1) RBS: Remuneración bruta supervisor. (2) RBA: Remuneración bruta auxiliar. (3) MCER: Mejores condiciones de empleo y remuneraciones. El puntaje de evaluación técnica máximo a obtener es de 100 puntos y se ponderará en un cuarenta y uno por ciento (41%) del total de la evaluación, de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje evaluación técnica ponderado (PETP) PETP=(puntaje de evaluación técnica)*(41/100) Cumplimiento de requisitos formales (5%) 100 pts. El oferente deberá presentar todos los documentos solicitados en este proceso de licitación, permitiendo la correcta evaluación de la oferta: El oferente presenta todos los antecedentes requeridos, sin errores formales, dentro del plazo de presentación de ofertas estipulado en las bases. 100 puntos El oferente NO presenta todos los antecedentes y/o existen errores formales en su oferta. La comisión evaluadora solicita su presentación y/o corrección y estos son presentados y/o subsanados dentro del plazo de 48 horas. 50 puntos El oferente NO presenta todos los antecedentes y/o existen errores formales en su oferta. La comisión evaluadora solicita su presentación y/o corrección y estos NO son presentados y/o subsanados dentro del plazo, o bien, son presentados fuera del plazo de 48 horas. 0 puntos (*) Nota: Los documentos a solicitar sólo podrán ser aquellos que NO modifiquen la asignación de puntaje. El puntaje de cumplimiento de requisitos formales máximo a obtener es de 100 puntos y será ponderado en un 5% del total de la evaluación, de acuerdo a la siguiente fórmula: PRFP=(Puntaje de cumplimiento de requisitos formales)* (5/100) Cumplimiento de programa de integridad (1%) 100 pts. El oferente deberá certificar que cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal, de acuerdo con lo declarado por los proponentes conforme al formato adjunto “FORMATO DECLARACIÓN DE PROGRAMA DE INTEGRIDAD”, de las bases de licitación. El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos de gestión interna que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permita prevenir, identificar y sancionar prácticas corruptas o delictivas, promoviendo una cultura de cumplimiento. Para acreditar que cuentan con programas de integridad, los proponentes deberán presentar protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad, y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por sus empleados; tales como: un comunicado interno, afiche informativo, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa, anexo de contrato de trabajo, constancia de inducción, capacitación, seminarios, etc. Presenta documentos alusivos a “programas de integridad” 100 puntos NO Presenta documentos alusivos a “programas de integridad” 0 puntos El puntaje de cumplimiento de programa de integridad máximo a obtener es de 100 puntos y será ponderado en un 1% del total de la evaluación, de acuerdo a la siguiente fórmula: PPIP=(Puntaje de cumplimiento de programa de integridad)* (1/100) D. Cumplimiento de criterios sustentables (3%) 100 pts. El criterio sustentable en una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos de gestión interna que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos, orientada a la reducción de impactos ambientales y al cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado de Chile en materia de cambio climático. Para acreditar que los oferentes cuentan con este aspecto de evaluación, se debe acompañar la declaración señalada en el Anexo “Criterio Sustentable para proveedores”, con documentos adjuntos tales como: certificados, convenios, etc., que pueden integrarse en el sobre administrativo según el Capítulo ___ de las bases administrativas. Convenio Reciclaje (papel, latas y vidrios) 10 Convenio reciclaje tecnológico 10 Convenio reciclaje desechos usados 10 Política o procedimiento para el ahorro y/o la eficiencia energética (DIFUNDIDA) 10 Sello de cuantificación 10 Sello de reducción 10 Sello de neutralización 10 Sello de excelencia 20 Acuerdo de producción limpia 10 El puntaje de criterios sustentables máximo a obtener es de 100 puntos y se ponderará en un tres por ciento (3%) del total de la evaluación, de acuerdo a la siguiente fórmula: PCSP=(puntaje criterios sustentables)*(3/100) E. Evaluación Económica (50%) 1. Precio 100 pts. Se asignarán 100 puntos a la oferta de menor valor total presentada en su cotización. Puntaje evaluación económica=((Valor de oferta menor presentada)/(Valor de oferta en evaluación))*100 El puntaje de evaluación económica máxima a obtener es de 100 puntos y se ponderará en un cincuenta por ciento (50%) del total de la evaluación, de acuerdo a la siguiente fórmula: PEEP=(Puntaje evaluación económica)*(50/100) El puntaje final se obtendrá a partir de la sumatoria del puntaje ponderado de la totalidad de los parámetros evaluables, según la siguiente fórmula de cálculo: Evaluación técnica (A) Evaluación cumplimiento requisitos formales (B) Evaluación cumplimiento programa de integridad (C) Evaluación cumplimiento criterios sustentables (D) Evaluación económica (E) Puntaje final (A)+(B)+(C)+(D)+(E) PF CRITERIOS DE DESEMPATE: En caso de producirse un empate en la evaluación final, entre dos o más proponentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el criterio o parámetro económico (precio). De persistir el empate, se considerarán en forma sucesiva los siguientes parámetros técnicos y administrativos: Mayor puntaje ponderado presencia en el mercado. Mayor puntaje ponderado mejores condiciones de empleo y remuneraciones. Mayor puntaje ponderado cumplimiento de requisitos formales. Mayor puntaje ponderado cumplimiento de programa de integridad. 5. Mayor puntaje ponderado cumplimiento criterios sustentables. De continuar el empate, se utilizará el segundo decimal, en el resultado de la evaluación final, si incluso así se mantuviera el empate, será declarada ganadora la primera oferta publicada en el portal mercado Público (fecha y hora de ingreso de la oferta. Información detallada en los datos de la oferta, en el comprobante de ingreso de oferta). 2.4 FORMATO DE IDENTIFICACION DEL PROPONENTE Persona natural Persona jurídica Unión temporal de proveedores Nombre o razón social del proponente / Nombre o razón social de los integrantes de la U.T.P. Cédula de identidad del proponente / cédula de identidad de cada uno de los integrantes de la U.T.P. Domicilio del proponente. Número de teléfono, correo electrónico (e-mail). Nombre representante legal o convencional. (si se tratase de persona jurídica o de UTP) Cédula de identidad del representante del proponente Domicilio del representante del proponente Número de teléfono, correo electrónico (e-mail). Nombre y cédula de identidad del representante Legal o convencional, en el evento de que el representante sea una persona jurídica 2.5 FORMATO DE DECLARACIONES DE PACTO DE INTEGRIDAD DECLARACIÓN JURADA PACTO DE INTEGRIDAD “LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACION EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR ID 1116007-36-LE25 El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el siguiente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus formas. Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. Se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Que declara conocer la normativa legal vigente destinada a la prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras irregularidades que puedan afectar a la Dirección General de Aeronáutica Civil o a sus funcionarios; en caso de tomar conocimiento de alguna conducta u operación sospechosa dará cuenta inmediata de ella a la autoridad competente. , _________________________ NOTA: El presente documento debe ser subido a la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl) debidamente firmado por quien declara. La DGAC acepta que dicho documento sea digitalizado luego de firmado. 2.6 FORMATO DECLARACIÓN CONOCIMIENTO INSTRUCTIVO DGAC DECLARACIÓN Por intermedio del presente documento, , en mi calidad de de la firma , declaro lo siguiente: Haber tomado conocimiento del “Instructivo Técnico de Gestión Ambiental, seguridad y salud ocupacional para Entidades Empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las Unidades de la DGAC, comprometiéndose a cumplir las disposiciones que en él se establecen. Firma XXXXXXX, NOTA: El presente documento debe ser subido la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl) debidamente firmado por quien declara. La D.G.A.C. acepta que dicho documento sea digitalizado luego de firmado. 2.7 FORMATO CRITERIOS SUSTENTABLES CRITERIO SUSTENTABLE PARA PROVEEDORES El firmante, ___________________________, cédula de identidad Nº_______________________ con domicilio en _______________________________, en representación de ________________ (persona natural, jurídica o UTP), del mismo domicilio, declara que las actividades que realiza se encuentran bajo el marco de iniciativas públicas del Estado de Chile. Marque con una X el criterio que acredita: 1. ___ Se cuenta con convenio de reciclaje (papel, latas y/o vidrio) con proveedor…………, vigente hasta……… (Se debe adjuntar convenio). 2. ___ Se cuenta con convenio de reciclaje de desechos tecnológicos (Computadores, impresoras, baterías, tóner y/o cartuchos de tinta, con ………………, vigente hasta…… (Se debe adjuntar convenio con proveedor de reciclaje en lugares autorizados). 3. ___ En el caso de proveedores de servicios, manufactura o industria se dispone de convenios de disposición y/o reciclaje de desechos usados en sus procesos productivos, con proveedor ………, vigente hasta…… (se debe adjuntar convenio). 4. ___ Política o procedimiento para el ahorro y/o la eficiencia energética DIFUNDIDA. Se debe adjuntar correo o copia de la difusión de la Política. 5. ___ Sello de cuantificación. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile.). 6. ___ Sello de reducción. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile.). 7. ___ Sello de neutralidad. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile.). 8. ___ Sello de excelencia. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile.). 9. ___ Acuerdos de producción limpia (APL). (Deberá adjuntar el certificado de cumplimiento de APL o el sello estrella azul). (Una vez seleccionada con una X la iniciativa por el oferente, este deberá adjuntar los documentos que le permitan acreditar el cumplimiento del o de los aspectos seleccionados. De no adjuntarse el o los documentos solicitados por cada iniciativa seleccionada se tendrá por no acreditado). __________________________________________ Firma del Representante legal 2.8 FORMULARIO DECLARACIÓN DE RENTA DE TRABAJADORES REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL (OPERARIO) En este formulario el oferente deberá declarar la remuneración bruta mensual, imponible, que será pagada al trabajador que se desempeñe como OPERARIO DE XXXXXX en la prestación del servicio. Se hace presente que, para el cálculo de la remuneración bruta antes señalada, los oferentes NO deben considerar dentro de esta, el valor de la colación de los trabajadores, ni otras bonificaciones tales como aguinaldos u otros beneficios de bienestar, en el monto informado. Remuneración bruta mensual para el personal del servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir para la DGAC $___________________________________ La remuneración declarada en ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. La remuneración deberá ser reajustada al mes siguiente del reajuste del Salario Mínimo oficial, y en el mismo porcentaje aprobado para aquellas remuneraciones que queden por debajo del nuevo umbral. NOTA: Las condiciones laborales informadas en este formulario serán exigibles al prestador. La DGAC se reserva el derecho de verificar la información proporcionada y fiscalizará su cumplimiento en el transcurso de la vigencia del contrato. FECHA: OFERENTE: DIRECCIÓN: CORREO ELECTRÓNICO: Firma del oferente REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL (SUPERVISOR) En este formulario el oferente deberá declarar la remuneración bruta mensual, imponible, que será pagada al trabajador que se desempeñe como SUPERVISOR PERMANENTE en la prestación del servicio. Se hace presente que, para el cálculo de la remuneración bruta antes señalada, los oferentes NO deben considerar dentro de esta, el valor de la colación de los trabajadores, ni otras bonificaciones tales como aguinaldos u otros beneficios de bienestar, en el monto informado. Remuneración bruta mensual para el Supervisor del servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir para la DGAC $___________________________________ La remuneración declarada en ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. La remuneración deberá ser reajustada al mes siguiente del reajuste del Salario Mínimo oficial, y en el mismo porcentaje aprobado para aquellas remuneraciones que queden por debajo del nuevo umbral. NOTA: Las condiciones laborales informadas en este formulario serán exigibles al prestador. La DGAC se reserva el derecho de verificar la información proporcionada y fiscalizará su cumplimiento en el transcurso de la vigencia del contrato. FECHA: OFERENTE: DIRECCIÓN: CORREO ELECTRÓNICO: Firma del oferente 2.9 FORMATO PROGRAMA DE INTEGRIDAD FORMATO DECLARACIÓN PROGRAMA DE INTEGRIDAD DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACION EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR ID 1116007-36-LE25 Yo, , cédula de identidad Nº,, con domicilio en en representación de , , del mismo domicilio, para la licitación pública para el servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, declaro bajo juramento que: Mi representada ___(SI/NO) posee un programa de integridad que es conocido por su personal, entendiendo por programa de integridad de una empresa u organización un conjunto de instrumentos de gestión interna que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permita prevenir, identificar y sancionar prácticas corruptas o delictivas, promoviendo una cultura de cumplimiento. ____________________________________________ Firma del representante legal o de la persona natural NOTAS: 1. En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal y, en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal. 2. Marcar con SI/NO el párrafo, según corresponda a su situación. 3. A fin de comprobar que cuentan con programas de integridad y que estos son conocidos por sus trabajadores, los proponentes que hayan declarado que SI los tienen, deberán adjuntar a su oferta los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad, y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por sus empleados. 4. Para obtener el puntaje en el criterio programa de integridad el proponente deberá adjuntar a su oferta la siguiente documentación de manera copulativa: a. Declaración jurada Programa de Integridad firmada. b. Protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier otro documento alusivo a su programa de integridad. c. Documentos o cualquier otro antecedente que permita verificar que el programa de integridad es conocido por sus empleados. La falta de cualquiera de los antecedentes señalados en los 3 literales precedentes (a, b y c), implicará la evaluación con cero (0) puntos en este criterio. Fecha: En XXXXXXX a XX días del mes de XXXXXXX de XXXX 2.10 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACION EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITAN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR ID 1116007-36-LE25 OFERTA ECONÓMICA FECHA: PROPONENTE: DIRECCIÓN: CORREO ELECTRÓNICO: Firma Oferente 2.11 FORMATO REGISTRO ASISTENTES A VISTA A TERRENO REGISTRO DE PARTICIPANTES A VISITA A TERRENO. LICITACION PUBLICA ID 1116007-36-LE25 PARA LA CONTRATACIÓN DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACION EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR NOMBRE Y RUT DE LA EMPRESA MAIL CONTACTO DE LA EMPRESA FONO CONTACTO NOMBRE Y FIRMA DEL QUE ASISTE A TERRENO 2.12 TEXTO CONTRATO TIPO, PROPUESTA PUBLICA ID 1116007-36-LE25 PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO, LIMPIEZA Y SANITIZACION EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITAN FUENTES MARTINEZ DE PORVENIR CONTRATO XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX En XXXXXXXXXXXX, a XX de XXXXXXXXXXXX de XXXX, entre el FISCO DE CHILE, DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, R.U.T N° 61.104.000-8, en adelante “DGAC”, Organismo Público regido por la Ley N° 16.752, representada para estos efectos por el Jefe de (señalar el cargo de la autoridad facultada para firmar el contrato), Sr. XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX, cédula de identidad N° XXXXXXXXXXX-X, ambos con domicilio en XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX N° XXXXXXXXXXXX, comuna de XXXXXXXXXXXX, por una parte; y por la otra, (si es persona natural usar: XXXXXXXXXXXX, R.U.T.: N° XXXXXXXXXXX- X, en adelante “el contratista” o “el prestador”, con domicilio en calle XXXXXXXXXXXX, N° XXXXXXXXXXXX, comuna y ciudad de XXXXXXXXXXXX) (si es persona jurídica usar: XXXXXXXXXXXX R.U.T. N° XXXXXXXXXXX-X, en adelante “la contratista”, “la prestadora” o “XXXXXXXXXXXX” (nombre de fantasía si existe), persona jurídica de derecho privado, representada por su representante legal, Sr. XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX, cédula de identidad N° XXXXXXXXXXX-X, ambos con domicilio en calle XXXXXXXXXXXX N° XXXXXXXXXXXX, comuna y ciudad de x XXXXXXXXXXXX, se ha convenido lo siguiente: CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO Por el presente contrato XXXXXXXXXX, se obliga a prestar al Fisco de Chile, Dirección General de Aeronáutica Civil, la contratación del servicio de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX para la DGAC, Aeródromo Capitan Fuentes Martinez de Porvenir, conforme a lo señalado en su oferta técnica - económica presentada a través del portal Mercado Público en la propuesta pública ID N°XXXXXXX, cuyo detalle de actividades a realizar se contempla en la cláusula tercera del presente instrumento. CLÁUSULA SEGUNDA: DEL PAGO, FACTURACIÓN Y REAJUSTABILIDAD PRECIO El precio de la prestación del servicio señalado precedentemente es a firme, sin variación y asciende a la suma total de $ XXXXXXXXXXX, IVA Incluido, el cual se desglosará mensualmente en la Orden de Compra correspondiente, según el siguiente detalle: DEL PAGO, FACTURACIÓN Y REAJUSTABILIDAD La DGAC, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley de Presupuestos del año 2026, pagará los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos. N° DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD PRECIO NETO TOTAL MENSUAL 1 Servicio de aseo, limpieza y sanitización en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir. MESES 24 NETO 19% IVA TOTAL El precio total el contrato por el servicio de seo, limpieza y sanitizacion para el Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir, se pagará en veinte cuatro (24), mensualidades iguales y sucesivas y deberá ser facturado por el prestador al día siguientes del mes vencido, en moneda nacional, y será pagado por la DGAC mediante transferencia electrónica al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica o del respectivo instrumento tributario de cobro, previa certificación de que los servicios se han recibido conforme, correspondiente al periodo de facturación. Para proceder al referido pago, se requerirá que previamente la DGAC registre en el Sistema de Información lo siguiente: La fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra. La recepción conforme de los servicios, por parte de la inspección fiscal o por quien haya sido designado para tal efecto. Una vez verificado lo anterior, el vendedor podrá emitir la factura electrónica. La DGAC dentro de los ocho (8) días de recibida la factura, deberá proceder con su aceptación o rechazo, conforme a la legislación vigente. La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, que se encuentra afecta al impuesto del dos por ciento (2%) establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752, y el número de la orden de compra. La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl., previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3º, de la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos: Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases. En el evento de la falta total o parcial de la entrega de mercaderías o de la prestación de servicio. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases o lo ofertado según sea el caso. Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183- C del Código del Trabajo, modificado por la Ley Nº 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto. La DGAC cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes, FACTURACIÓN XXXXXXXXXX solo podrá emitir la factura electrónica una vez que haya concluido el periodo mensual de prestación del servicio (mes vencido). La inspección fiscal deberá certificar el grado cumplimiento contractual del servicio, dentro de los ocho (8) días de recibida la factura, hecho que será confirmado mediante el certificado de conformidad correspondiente, debiendo la DGAC, Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir, aceptar o rechazar la factura según corresponda. La factura respectiva deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, conforme a la legislación vigente; que se encuentra afecta a eventuales retenciones y/o descuentos; al impuesto del dos por ciento (2%), establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752, y el numero de la orden de compra asociada al contrato. La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, en formato XML, al correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). La Dirección General de Aeronáutica Civil, Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3°, de la Ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos: Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases. En el evento de la falta total o parcial de la entrega de mercaderías o de la prestación de servicio. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases o lo ofertado según sea el caso. Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley N° 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del formulario F30-1 y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto. REAJUSTABILIDAD El precio del contrato se reajustará anualmente conforme a la variación que experimente el IPC en la anualidad anterior, de acuerdo al mecanismo automático que ofrece la página WEB del Instituto Nacional de Estadística (INE). Dicho reajuste se efectuará en el mes trece (13) de la ejecución del contrato, contados desde la fecha de su entrada en vigencia o desde el inicio anticipado, en su caso. En el evento de que la variación del IPC sea negativa, se mantendrá inalterable la mensualidad del contrato durante la vigencia de la siguiente anualidad. CLÁUSULA TERCERA: DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La contratación del servicio de aseo, limpieza y sanitizacion para la DGAC, Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir será por un periodo de veinticuatro meses (24), de conformidad con lo señalado en las presentes bases y así cumplir con los estándares, normas de calidad y de seguridad, señalados en las presente bases de licitación CLÁUSULA CUARTA: DE LAS MULTAS Y DESCUENTOS De las multas Cualquier incumplimiento contractual por parte del prestador, que constituya alguna falta de las que se expresan más adelante, facultará a la DGAC para aplicar administrativamente una o más multas de las que a continuación se detallan. Para los efectos de las multas, las causales que pueden originarlas son las detalladas a continuación: Por cada día en que no se preste el servicio en dependencias del aeródromo Capitán Fuentes Martínez. En este caso se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa correspondiente a la siguiente razón: (DNPS x 0.5 U.T.M.), en donde DNPS es la cantidad de días en que no se prestó el servicio. Si el servicio o los servicios fueren calificados por el inspector fiscal como deficiente, o bien, se observase por parte del contratista el incumplimiento de cualquiera obligación señalada en el contrato o las bases de licitación, se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de media (0.5) U.T.M. Si se detecta el incumplimiento a alguna prohibición establecida en la cláusula XVI por el contratista o sus dependientes se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de media (0.5) U.T.M. (Unidades Tributarias Mensuales). Se podrá aplicar al contratista una multa equivalente a 1 U.T.M (Unidad Tributaria Mensual) por cada día en que el contratista se encuentre en situación de incumplimiento respecto de una orden del inspector fiscal. Esto aplica también para la ejecución del proyecto. La Unidad Tributaria Mensual (UTM) será la aplicable al mes que ocurrió el incumplimiento contractual” Con toda la multa antes referida, no podrá exceder el diez por ciento (10%) del precio total del contrato. En caso de que exceda el porcentaje señalado, la DGAC podrá poner término anticipado a dicho instrumento, y hacer efectivo el total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios. La aplicación de la multa se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento: La DGAC notificará al contratista sobre el incumplimiento contractual detectado, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. En dicha notificación se especificará el detalle del incumplimiento, la posible multa o medida aplicable según lo indicado en el contrato, y se otorgará un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, para que el contratista pueda presentar sus descargos o alegaciones al correo electrónico XXXXXXXXX@dgac.gob.cl y XXXXXXXXX@dgac.gob.cl y/o en el módulo de la ficha de gestión de contrato disponible en la Plataforma www.mercadopublico.cl. Se hace presente que, en los descargos presentados el contratista no podrá alegar caso fortuito o fuerza mayor como atenuante o eximente de su incumplimiento, si los hechos en que los funda no hubiesen sido alegados en la oportunidad correspondiente, según lo establecido en el Capítulo XV de las presentes bases. Una vez realizados los descargos por parte del contratista o, en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos sin que este haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa y los descargos presentados, si los hubiere, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico. En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley Nº 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas al efecto. Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, esta deberá enterarse, en el siguiente orden de prelación: Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (5) días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución firme que aplica la multa. Deducción del estado de pago. Una vez transcurridos los cinco (5) días señalados precedentemente, sin que el contratista haya enterado el pago de la multa, o este haya manifestado de manera expresa que no pagará, esta se deducirá del estado de pago del mes o hito en que se incurrió en el incumplimiento o la falta de servicio. Aplicándolas la DGAC directamente sobre la garantía que se entregue para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro de un plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. Con posterioridad a la entrega de la caución, la DGAC procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y acto seguido, hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa. No se aplicará la multa cuando el incumplimiento en que se hubiere incurrido sea resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que el contratista deberá acreditar. El cobro de la multa contemplada en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dicha multa no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal. DESCUENTOS POR SERVICIOS NO PRESTADOS AUSENCIA Descuento por cada hora o fracción de ella, de ausencia de cada trabajador, de acuerdo con lo definido en las bases técnicas. Descuento por cada hora o fracción de ella ausencia del jefe de seguridad, de acuerdo con lo definido en las bases técnicas. Establecida la ausencia del personal operario y/o supervisor cuando corresponda, durante el horario normal contratado, se aplicará por cada hora de ausencia, considerando hasta dos (2) decimales, el descuento que resulte de la siguiente operación: Remuneración BRUTA mensual del operario/supervisor = Valor hora /60 = valor minuto de descuento Cantidad de horas mensual del operario/supervisor ausente (*) Valor renta bruta mensual imponible: Corresponde al valor de la renta bruta mensual ofertados por el adjudicatario, para operarios y supervisor. (*) Cantidad de horas mensuales: Cantidad que variará según la cantidad de días que tenga el mes. (*) Valor hora de descuento: Valor de la hora de servicio /60 será= al valor del minuto de descuento, sean operarios o el supervisor recurrente. La cantidad de horas mensuales de cada operario/supervisor, se definirá como un anexo al contrato que se suscriba, documento que, firmado entre las partes, se entiende formar parte del mismo. Para el cálculo de las multas y descuentos, se utilizará el libro de registro asistencia, disponible en la oficina de control de guardia del Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir y de común acuerdo entre el supervisor del contratista y el inspector fiscal nombrado al efecto por la DGAC, para el control de asistencia. Los descuentos por servicios no prestados se deducirán de la factura del mes o los meses siguientes correspondientes, para lo cual el contratista deberá adjuntar a esta la correspondiente nota de crédito. CLÁUSULA QUINTA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Para los efectos del contrato, se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impida, a cualquiera de las partes, cumplir con las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar por el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por correo electrónico esta circunstancia a la otra parte dentro del plazo máximo de cinco (05) días hábiles administrativos desde que haya tomado conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente, y dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes de la referida comunicación, la parte afectada deberá acreditar debida y suficientemente la ocurrencia del imprevisto que le afecta y la oportunidad en la que tomó conocimiento de este. La DGAC deberá pronunciarse sobre su procedencia dentro de igual término. En el caso que la parte afectada sea el contratista deberá comunicar estas circunstancias al inspector fiscal del contrato y al correo XXXXX@dgac.gob.cl y XXXXXXXXX@dgac.gob.cl. Acreditada la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir, resguardando los intereses de ambos contratantes y conviniendo en el aumento de plazo del contrato, el que, en todo caso, no podrá ser superior a la duración del caso fortuito o fuerza mayor acreditado CLÁUSULA SEXTA: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y artículo 129 de su Reglamento, siempre que ello no altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero del contrato y los elementos esenciales del mismo. Tampoco podrá modificarse el monto del contrato más allá de un treinta por ciento (30%) del monto originalmente pactado, y siempre que la DGAC cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Asimismo, podrá realizar una modificación respecto de los bienes comprometidos en el contrato, siempre y cuando existan razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que dio origen a la contratación. Igualmente el acuerdo de voluntades podrá ser modificado cuando, por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificadas por la entidad licitante, el contratista esté impedido de cumplir sus obligaciones, y siempre que dicho cambio no genere inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para esta DGAC, así como que se refiera a las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la hizo necesaria y que se respete el equilibrio financiero del contrato. En estos casos, la DGAC estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento. Cualquiera de estas modificaciones deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. CLÁUSULA SÉPTIMA: TERMINO ANTICIPADO VIl.1 El contrato solo podrá terminarse anticipadamente, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley de Compras Públicas y artículo 130 de su Reglamento, por las siguientes causas: La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y 129 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los bienes que efectivamente se hubieren entregados, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley de Compras Públicas y el artículo 135 de su Reglamento. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Cuando el contratista se encuentre en la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley Nº 21.595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393, de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente: Si el contratista cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de las bases de licitación y del contrato que se suscriba. El incumplimiento en el plazo total de ejecución del contrato, por un tiempo mayor a diez (10) días hábiles Que el contratista incurra en incumplimiento del plazo convenido para la realización y habilitación del servicio convenido, por un tiempo mayor a diez (10) días hábiles. Que las características técnicas del servicio entregado por el contratista no correspondan a lo ofertado, conforme a lo convenido en el contrato de prestación del servicio. La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos los que no sean veraces, íntegros o auténticos y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera que sea la oportunidad en hayan sido presentados, conforme a lo establecido en el punto II.12 de las presentes bases administrativas. Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el diez por ciento (10%) del precio total neto del contrato y, por tal causa, se hiciera efectivo el total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato requerida por la DGAC, si al momento de entrar en vigor el acuerdo de voluntades la vigencia de la garantía no alcanzare a cubrir el periodo que contemple el plazo de vigencia del contrato. El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la extensión de la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, requerida por la DGAC, en el caso de que se modifique el contrato y ello implique la extensión de su plazo de ejecución. El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos, contados desde la notificación al contratista para que este proporcione una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, en el evento en que la entregada inicialmente deba ser ejecutada para satisfacer el pago de una multa. De proceder la declaración de término anticipado del contrato por la causal de los literales c), d) párrafo final, f) o de algunas de las causales contenidas en el literal precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada, debidamente comunicada al contratista y, en cuyo caso, además, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo con la ley sean procedentes. El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato, será el siguiente: La DGAC notificará al contratista el inicio del procedimiento de término anticipado del contrato, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. El contratista dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos para presentar sus descargos o alegaciones. Estos deberán ser enviados a los correos electrónicos XXXXX@dgac.gob.cl y XXXXXXXXX@dgac.gob.cl Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada en el Sistema de Información, conforme a lo establecido en el artículo 132 del Reglamento de Compras Públicas. CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES Y/O PROHIBICIONES DEL CONTRATISTA El XXXXXXXXXX se obliga, entre otros, a lo siguiente: A cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC, en función del contrato, de las bases de licitación y de la oferta del contratista. A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de la adjudicación de la propuesta y del contrato. Asimismo, el contratista no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato. A mantener una comunicación permanente con el inspector fiscal de la DGAC a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del contrato. El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo, incluido los trabajadores subcontratados. El contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. f) El contratista deberá tener en consideración las medidas de seguridad personal y física relativas a sus empleados, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral actualmente vigente. g) El contratista será el responsable del cumplimiento de las obligaciones que la Ley le impone como empleador, para la atención médica y hospitalaria del personal asignado a la prestación del servicio contratado, en caso de accidentes en el trabajo de dicho personal. En caso que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al contratista o sus dependientes en los bienes de la DGAC el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por esta DGAC. El contratista deberá cumplir con lo establecido en el instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC. Queda prohibido al contratista y/o al personal contratado por este, lo siguiente: Usar prendas de vestir u otras que no correspondan al uniforme autorizado. Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados por el inspector fiscal. Ingresar a zonas restringidas y de protección sin la debida coordinación y/o autorización de la DGAC. Realizar o autorizar cualquier tipo de filmaciones o tomar fotografías, sean estas para uso personal o de terceros, sin autorización expresa de la DGAC. Retirar o permitir el retiro de bienes, activos, artículos, documentos, planos u otro tipo de información, de cualquier especie, desde las dependencias del aeródromo, sin autorización expresa de la DGAC. Realizar, durante el desempeño de sus labores cualquier actividad ajena establecida en el contrato respectivo, tales como uso de televisión, equipos multimedia, entre otros. Manipular, almacenar, distribuir, consumir, durante su servicio o al interior de las dependencias de la unidad, cualquier tipo de bebida alcohólica, o droga, cuyas sustancias estén sujetas a control o prohibidas, salvo aquellas que su consumo/dependencia de tipo farmacéutico, se encuentren bajo prescripción médica. Preparar y calentar alimentos en el puesto o lugar de trabajo, la que no podrá habilitarse sin la debida autorización del inspector fiscal. Tener o permitir la permanencia de animales en el puesto de trabajo o instalaciones del aeródromo. Aceptar el ingreso o invitar a personas ajenas al servicio y desempeño de sus funciones, al puesto o lugar de trabajo y permanecer con ellas en su interior, a excepción de representantes de su empresa en situación de servicio. Entregar información de cualquier tipo a personas ajenas a la respectiva unidad o instalación, salvo expresa instrucción del inspector fiscal del servicio. Portar/almacenar/resguardar, en el puesto, armas de fuego, punzantes, replicas o simuladas, o de cualquier tipo o clase durante el servicio, aun encontrándose legalmente autorizado para ello. CLÁUSULA UNDÉCIMA: DE LAS LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS Será obligación del contratistaXXXXXXXX dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y, en especial, deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales. Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará facultada para exigir al contratista, en cualquier oportunidad y a lo menos a la mitad del periodo de ejecución del contrato, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo. En caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la DGAC, de conformidad con lo que dispone la Ley N° 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo, podrá descontar de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento contenido en DS. N° 661 de 2024, y la Ley N° 20.123, la DGAC podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de que el contratista mantenga el incumplimiento de sus obligaciones laborales o sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos (2) últimos años y pagar con cargo a ella a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. En este caso, el contratista deberá presentar, dentro del plazo de quince (15) días corridos, una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, por el mismo período de vigencia y monto requerido originalmente, a fin de reemplazar la caución destinada a cubrir el incumplimiento de sus obligaciones laborales. Si transcurrido el plazo antes mencionado sin que el contratista hubiere hecho entrega de la caución, la DGAC podrá poner término anticipado al contrato por constituir una causal de incumplimiento grave del mismo, conforme al punto XIV de las presentes bases administrativas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley N° 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto. Asimismo, será obligación del prestador dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial, deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales. El incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato, con la correspondiente indemnización de perjuicios. CLÁUSULA DUODÉCIMA: INSPECTOR FISCAL Para todos los efectos, se entenderá por inspector fiscal el profesional funcionario, nombrado por la autoridad competente, a quien se le haya encargado velar directamente por la correcta ejecución de un trabajo y, en general, por el cumplimiento del contrato derivado de la presente licitación. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: VIGENCIA Y DURACION DEL CONTRATO El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo aprueba, la que se entenderá notificada al contratista a las veinticuatro (24) horas siguientes a su publicación a través del Portal Mercado Público, y se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones del mismo. No obstante, el cómputo de los plazos de ejecución de dicho acuerdo se contabilizará a partir de la aceptación de la orden de compra respectiva. Sin perjuicio de lo anterior, aquellas obligaciones contractuales que, por su naturaleza, requieran ser cumplidas por el contratista con posterioridad al término del contrato, deberán ser realizadas conforme a lo establecido en el acuerdo de voluntades. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: DOCUMENTOS Forman parte integrante del presente contrato, los siguientes documentos, los cuales constituyen un solo cuerpo de derechos y obligaciones: Las bases de licitación que regulan la propuesta pública ID XXXXXX, para contratar XXXXXXXXXXXXXXXXXX del Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir. Las respuestas de la DGAC. Aeródromo Capitán Fuentes Martinez de Porvenir, a las consultas realizadas por los proponentes a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) en virtud de la licitación pública ID XXXXXX. La oferta presentada por XXXXXXXXXX, en la licitación pública ID XXXXXXXX. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: DE LA CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones, que emanen de la adjudicación de la propuesta y del contrato definitivo, salvo que una norma legal especial lo permita. Sin perjuicio, que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado. Los oferentes deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: Si excede el 30 % (treinta por ciento) del monto total del contrato. Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por esta Entidad Licitante, según lo dispone el artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: DE LAS GARANTÍAS, SU NATURALEZA Y MONTOS XVI.1 De la entrega y su contenido Con anterioridad a la firma del contrato, el adjudicatario deberá entregar a la Institución una boleta bancaria de garantía, vale vista, póliza de seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato derivado de la propuesta pública ID 1116007-36-LE25 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del prestador. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco - Dirección General de Aeronáutica Civil, RUT Nº 61.104.000-8, por un monto total equivalente al cinco por ciento (5%) del precio final neto ofertado por el adjudicatario. La caución que se constituya deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, tomada por el adjudicatario o un tercero a su nombre, en un banco, institución financiera nacional o extranjera que tenga representación en Chile, compañía de seguros con agencia en Chile o institución de garantía recíproca (IGR), expresado en moneda nacional y deberá contemplar la totalidad del tiempo que empleará el contratista en la ejecución del contrato, más noventa (90) días corridos. En el evento que la garantía que se constituya sea una póliza de seguro, esta podrá expresarse en unidad de fomento (UF), dólar de los Estados Unidos de América o moneda nacional; en este último caso solo si se dan los presupuestos previstos en el Art. 10 del DFL Nº 251 de 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor en las condiciones particulares de ella, que esta cubra el pago de multas y excluir cláusulas de arbitraje. Tanto la póliza de seguros como el certificado de fianza deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva. En caso de que el instrumento de caución sea emitido sea emitido en pesos chilenos o Unidades de Fomento (UF), este deberá considerar la conversión según el tipo de cambio o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico garantia_carlos_ibanezdelcampo@dgac.gob.cl. De resultar adjudicada una oferta riesgosa o temeraria, la DGAC solicitará al proveedor adjudicado aumentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los términos señalados en el párrafo final del artículo 61 del Reglamento de Compras Públicas. Si al momento de entrar en vigencia el contrato, la garantía no alcanzare a cubrir el periodo antes señalado, el contratista, en un plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, deberá reemplazarla por otra o extender su vigencia de modo que dicho instrumento cumpla con este periodo, habida consideración que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la Institución para poner término anticipado a la convención. En el evento que se modifique el contrato o por concurrir un caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado, y ello implique la extensión de su plazo de ejecución y la obligación de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo y responsabilidad del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia de cuál sea la parte a la que esté asociada la ampliación de la ejecución del contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla a la DGAC, dentro del plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, habida consideración de que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la DGAC para poner término anticipado al citado acuerdo de voluntades. Asimismo, si el contrato debe ser modificado y como consecuencia de ello aumenta el precio de la contratación, con un límite de un treinta por ciento (30%) del monto originalmente pactado, la garantía deberá modificarse proporcionalmente aumentando el monto de ella a fin de que corresponda a un diez por ciento (5%) del nuevo valor total del contrato y entregada a la DGAC previo a la suscripción de la modificación contractual. En caso contrario, no se suscribirá la modificación del acuerdo de voluntades. El monto de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato podrá asociarse a las anualidades de cumplimiento del contrato permitiendo al contratista la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento, debiendo en todo caso respetarse los porcentajes precedentemente indicados en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución, incluido el plazo de vigencia adicional de noventas (90) días corridos. Todo ello en conformidad al artículo 121, inciso tercero, del reglamento de compras públicas. XVI.2.2 Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato: La DGAC queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento grave del contratista de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las acciones que esta Institución pueda ejercer. La DGAC queda especialmente facultada para hacer efectiva la citada garantía, por: a) Cualquier incumplimiento grave a las obligaciones, señalados en la letra g) del capítulo XIV. Del término anticipado. b) Haberse terminado anticipadamente el contrato por la causal de la letra c) y d) párrafo final, y f) o de algunas de las causales contenidas en el literal g) del capítulo XIV. Del término anticipado. c) Incumplimiento del contratista en el pago de una multa, caso en el cual se descontará del documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, y se procederá a la devolución del saldo, si existiere, previa entrega de una nueva garantía. d) Cualquier otra causal establecida en estas bases de licitación. XVI.2.3. De la devolución La garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta con posterioridad a la fecha de expiración de su vigencia, gestión que se efectuará en la Oficina de Finanzas, ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del aeropuerto presidente Carlos Ibáñez del Campo S/N, comuna Punta Arenas, ciudad Punta Arenas, a través del “Formulario de retiro” disponible en la Oficina Logística ubicada en la misma ciudad. De haber sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia, mediante correo electrónico. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: EJEMPLARES El presente contrato se firma en tres (3) ejemplares de idéntico tenor y valor, quedando uno en poder de XXXXXXXXXX y los restantes en poder de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Aeropuerto Carlos Ibañez del Campo, Punta Arenas. ORIGINAL FIRMADO POR LOS COMPARECIENTES, SR. XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL Y POR EL SR. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX (cuando se trate de persona jurídica, agregar: EN REPRESENTACIÓN DE XXXXXXXXXXXX, indicando la razón social) 2.13 INSTRUCTIVO DE TRABAJO DE SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SISTEMA DE SEGURIDAD SALUD EN EL TRABAJO PARA ENTIDADES EMPLEADORAS QUE EJECUTEN OBRAS O PRESTEN SERVICIOS EN LAS UNIDADES DE LA DGAC (VER ANEXO) Nómbrase la siguiente comisión evaluadora conformada por los titulares y suplente que se individualizan, la que procederá a la evaluación de las ofertas válidamente recibidas y sugerirá la adjudicación de la propuesta, si del mérito de los antecedentes procediere. NOMBRE RUN CALIDAD DANIELA LLANOS CASANOVA 13.521.613-5 Titular PAULINA RIQUELME OLIVA 17.154.078-K Titular 4. Archívense los antecedentes que dieron origen a la presente Resolución, en la Oficina Logistica del Aeropuerto Presidente Carlos Ibañez del Campo. Anótese y publíquese en el portal Mercado Público. ALEJANDRO SOTO TORRES JEFE DE LA ZONA AEROPORTUARIA AUSTRAL SUBROGANTE DISTRIBUCIÓN 1.- A.P.I., OFICINA LOGÍSTICA (projas@dgac.gob.cl) 2.- SD. Z.A.A., OFICINA LOGÍSTICA (cgarces@dgac.gob.cl) 3.- SD. Z.A.A., OFICINA PROGRAMACIÓN Y CONTROL (paola.sotomayor@dgac.gob.cl) 4.- SD. Z.A.A., AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTÍNEZ DE PORVENIR (mtorresc@dgac.gob.cl) 5.- SRTA. DANIELA LLANOS CASANOVA (dllanos@dgac.gob.cl) 6.- SRTA. PAULA GONZÁLEZ BORBARAN (paula.gonzalez@dgac.gob.cl) 7.- SD. Z.A.A., OFICINA DE PARTES (cnorambuenac@dgac.gob.cl) AST/cbs
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.