Licitación ID: 4375-104-LE21
Mantenimiento preventivo y correctivo full repuestos para termociclador
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 248
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 1 Global
Cod: 73152101
Mantenimiento preventivo y correctivo full repuestos para un termociclador y sus componentes accesorios (UPS) marca AB, modelo QUANT STUDIO 5, N° de serie;272511488; durante un periodo de 24 meses.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantenimiento preventivo y correctivo full repuestos para termociclador
Estado:
Revocada
Descripción:
El HGGB requiere el mantenimiento preventivo y correctivo full repuestos para termociclador y sus componentes, perteneciente al Laboratorio Clínico (centro de costo: 518); solicitado por el Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, en requerimiento S-COM N° 7673 de fecha 06.05.2021.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Abastecimiento General
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
San Martin 1436
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-07-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 21-07-2021 10:59:11
Fecha inicio de preguntas: 21-07-2021 11:01:00
Fecha final de preguntas: 23-07-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-07-2021 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-07-2021 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-07-2021 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-09-2021 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 6.1. Documentos administrativos, formales, obligatorios y excluyentes El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta, se deben señalar los anexos: FORMULARIOS • Formulario 1A: Declaración jurada sin conflicto de intereses (*) • Formulario 1B:Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo (**) • Formulario 2: Declaración jurada practicas anti sindicales • Formulario 3: Declaración jurada de socios • Formulario 4A: Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores (*) • Formulario 4B: Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores (**) • Formulario 5: Declaración Jurada Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas • Formulario 6: Declaración jurada identificación oferentes • Formulario 7: Declaración Clausula de proveedores de Bienes y Servicios • Formulario 8: Declaración Unión Temporal de Proveedores (solo si corresponde) (*) (**) Se adjunta uno o el otro. ANEXOS • Anexo N°1 Hoja de servicio prestado • Anexo N°2 Declaración simple • Anexo N°3 Dotación de recurso humano • Anexo N°4 Equipos patrones • Anexo N°5 Protocolo de mantenimiento • Anexo N°6 Criterios de evaluación
Documentos Técnicos
1.- 6.2. Documentos Técnicos 6.2.1 El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en letra B. Especificaciones técnicas y letra C. Anexos. El no cumplimiento de esto y la omisión de información, permitirá al HGGB excluir al proveedor del proceso de evaluación. 6.2.2 Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto. 6.2.3 El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas” (fichas técnicas, catálogos y certificados). 6.2.4 Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el insumo (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación). Requisito obligatorio
 
Documentos Económicos
1.- 6.3. Documentos Económicos 6.3.1 El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en el anexo N° 6. 6.3.2 La oferta económica debe indicar el precio neto, en pesos chilenos, por el servicio que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio neto ofrecido. 6.3.3 En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la prestación de servicios licitada, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 60%
2 Contratación de Personas Discapacitadas Se debe informar en anexo N°6 y ser demostrado mediante certificado y/o credencial SENADIS, que dentro de sus contrataciones vigentes poseen a trabajadores con algún tipo de discapacidad. Cumple y acredita 5 puntos No cumple y/o no acredita 0 pto 5%
3 Cumplimiento de los requisitos Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre 5 pto. Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud 1 pto. No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud Oferta inadmisible. 5%
4 Certificado de representación de la marca RANGOS PUNTAJE Cuenta con certificado 100 PTS No cuenta con certificado 0 PTS Fórmula de cálculo= puntaje obtenido x ponderación 20%
5 Tiempo de respuesta ante emergencias Este Ítem será evaluado mediante el MENOR TIEMPO OFERTADO donde los puntajes serán asignados según la siguiente tabla: RANGO PUNTAJE (pts) Tiempo de respuesta en terreno menor e igual a 24 hrs 100pts. Tiempo de respuesta en terreno mayor a 24 hrs y menor e igual a 48 hrs 50pts. Tiempo de respuesta mayor a 48 hrs 0pts. Fórmula de cálculo= puntaje obtenido x ponderación 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HGGB
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Loreto Rodriguez Neira
e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
Nombre de responsable de contrato: Nicolás Navarro M
e-mail de responsable de contrato: nnavarro@ssconcepcion.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2722504-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No se permite subcontratación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE
Fecha de vencimiento: 20-10-2020
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá entregar una boleta, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, por cada oferta presentada, la que podrá ser tomada por uno o varios integrantes o por un tercero, por un monto de $500.000.- en pesos chilenos, pagadera a la vista y de carácter irrevocable con una vigencia mínima de 90 días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación, en sobre cerrado en oficina de partes, ubicada en San Martín 1436, Concepción, con un plazo de entrega hasta el día y hora de cierre de la licitación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El oferente deberá adjuntar dicho documento en su oferta a través del portal Mercado público. El Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción hará efectiva el total de la garantía en el evento de que el proveedor adjudicado incurre en alguna de las causales para dejar sin efecto la adjudicación, según lo indicado en la cláusula “De la Adjudicación”.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto "Para garantizar la seriedad de la oferta de la propuesta de Mantenimiento preventivo y correctivo full repuestos para termociclador ID: 4375-104-LE21."
Forma y oportunidad de restitución: A los participantes se les devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, será endosada por Contabilidad y devuelta a la dirección del proveedor.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE
Fecha de vencimiento: 21-09-2021
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes o por un tercero, por un monto de 10% del valor total adjudicado (IVA incluido) en pesos, pagadera a la vista de carácter irrevocable con vigencia mínima que exceda en 60 días corridos después de la fecha de término del contrato. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, ubicada en San Martín 1436, Concepción dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl indicando la forma en que será restituida. El HGGB podrá hacer efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el punto 32 de las Bases Administrativas de la propuesta. La fecha indicada de vencimiento en el portal es estimativa. Documento deberá ser en pesos.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta de Mantenimiento preventivo y correctivo full repuestos para termociclador ID: 4375-104-LE21."
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se les devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del adjudicatario informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de su vencimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
10.3. Errores en las garantías
Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del licitante, RUT, Glosa o monto, el Hospital podrá solicitar al oferente un nuevo documento correctamente emitido, quien podrá presentarlo en el plazo de 5 días hábiles de notificado sobre el error debiendo ajustarse al punto N°25 sobre la presentación de aclaraciones y antecedentes omitidos de las presentes Bases Administrativas.
11. Generalidades
Las presentes Bases Administrativas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Contrato y Orden de Compra, que serán Publicadas en el Portal Mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional.
12. De la Obligación de Confidencialidad
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en las presentes bases.
13. Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Hospital, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
14. Resolución de Empates
En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto: 1) Oferta económica 2) Certificado de representación de la marca 3) Tiempo de respuesta ante emergencias 4) Cumplimiento de documentación y requisitos formales 5) Inclusión Cuando se produzcan situaciones en que a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se efectuara un nuevo proceso licitatorio.
15. Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
16. Modalidad de Pago
El pago de factura será mediante transferencia electrónica, la cual se generará una vez recepcionados los servicios solicitados. Para dar cumplimiento a este sistema de pago, los servicios deberán estar entregados en las bodegas de Abastecimiento General ubicado en calle San Martín 1436 concepción, El Hospital Clínico Regional Gmo. Grant Benavente, se libera de toda responsabilidad del pago de las facturas si los servicios no se entregaran con sus respectivas Guías de Despacho o copia de factura, y/o si hubiese disconformidad entre lo facturado y lo recepcionado. Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de un link denominado "Pago de proveedores" habilitado en la página WEB del Hospital Regional de concepción. Se señala que esta será la forma de informar a los proveedores respecto del pago de las facturas, no pudiéndose suspender el despacho aduciendo el no conocer el detalle de que facturas fueron canceladas. Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com. En razón de ello se requiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación a dipresrecepcion@custodium.com para poder ser rescatados por nuestro sistema. Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados. Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente: El plazo para facturar una guía de despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuadas las operaciones, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dichas operaciones, según lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el apoderado común señalado en el formulario N°8, quien deberá emitir la factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
17. Definiciones
Director: Dr. Alejandro Torche Velez * Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción * Unidad Técnica: Abastecimiento General
18. Unidad técnica
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción. Unidad Abastecimiento General
19. Documentos de la Licitación
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes: - Las presentes Bases Administrativas. - Las consultas y respuestas. - Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven. - Los Formularios. - La oferta adjudicada. - La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa. - Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
20. De Los Proponentes
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El oferente y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
21. Ingreso de las Ofertas en el Portal
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Y en el caso de Licitaciones en soporte papel, y según consta en el Artículo 62 del Decreto 250, Las Entidades podrán efectuar los Procesos de Compras y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información, en las siguientes circunstancias: 1. Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los posibles proveedores no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos de acuerdo al Reglamento, todo lo cual deberá ser justificado por la Entidad Licitante en la misma resolución que aprueba el llamado a licitación. 2. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. 3. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor no es posible efectuar los Procesos de Compras a través del Sistema de Información. 4. Cuando no exista de manera alguna conectividad en la comuna correspondiente a la entidad licitante para acceder u operar a través del Sistema de Información. 5. Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal o por decreto supremo como de naturaleza secreta, reservada o confidencial. 6. Tratándose de las contrataciones de bienes y servicios, indicadas en el artículo 10 números 5 y 7 letras i) y k) del reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto 250), efectuadas a proveedores extranjeros en que por razones de idioma, de sistema jurídico, de sistema económico o culturales, u otra de similar naturaleza, sea indispensable efectuar el procedimiento de contratación por fuera del Sistema de Información. Sin perjuicio de ellos, las entidades deberán publicar en el Sistema de Información los términos de referencia, las órdenes de compra y la resolución de adjudicación y el contrato, en los casos que corresponda. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad Licitante de manera física, de acuerdo a lo que establezcan en cada caso las Bases.
22. Modificación de los Documentos de la Licitación
El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
23. Validez de la Oferta
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
24. De la Comisión de Evaluación y Adjudicación
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen: 1. Jefe C R Operaciones. 2. Jefe Departamento de Equipos Médicos. 3. Jefe Unidad de Abastecimiento General. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 37 inciso 4° del Reglamento de la Ley 19886, contenido en el D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda. Funciones de la comisión: a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público. b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”. c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones. d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital. f) En el caso de presentarse la situación regulada en el 42 del Reglamento de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía por el valor de la diferencia del precio con la oferta que le sigue. g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará. h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital, para que éste dirima como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14. i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo
25. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Guillermo Grant Benavente, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible. Las aclaraciones podrán ser reiteradas máximo 2 veces.
26. De la Adjudicación
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación Simple, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal. El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Servicio dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. b) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases o no cumpla con la documentación exigida para contratar. c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato en el plazo indicado en el punto 7 y 33. d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Hospital podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento.
27. Mecanismo para la Solución de Consultas respecto de la Adjudicación
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a Jefe de la Unidad Abastecimiento General y al responsable del proceso de compra mlizama@ssconcepcion.cl y nnavarro@ssconcepcion.cl.
28. Aumentar o Disminuir Partidas
Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
29. Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social
Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores. Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
30. Del Factoring y Prohibición de Cesión
El HGGB respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
31. Del incumplimiento y sus Sanciones
El (los) siguiente(s) incumplimiento(s), obligará(n) al Hospital para aplicar las sanciones que se detallan a continuación: • Las faltas se señalan en tres niveles, el monto de las multas y los ítems evaluados en relación con la calidad del servicio prestado. El no cumplimiento de esto expone a la empresa a multas: Falta Multa Causales Leve 1 UTM - Atraso injustificado hasta 3 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada. - No registro ni recepción de informe técnico y check list al finalizar visita, correctamente completado con nombre y firma tanto del técnico como del usuario del hospital. - No entregar cotización de reparación hasta 3 días de la revisión realizada al equipo si fuera necesario. Moderada 2 UTM - Atraso injustificado entre 4 y 7 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada. - No entregar copia digital del informe técnico en equipos médicos en papel o en formato PDF. - No entregar la programación anual. - No cumplir con la periodicidad solicitada de mantenimientos preventivos de manera anual. Grave 4 UTM - Atraso injustificado mayor a 7 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada. - No cumplir con las fechas y horarios acordados en el mantenimiento preventivo y correctivo. • Las multas son acumulativas y la acumulación de 6 faltas graves, 10 faltas moderadas u 20 faltas leves es una causal para dar terminado el contrato de forma inmediata, independiente de lo anterior la empresa debe responder y entregar los mantenimientos en ejecución hasta la fecha de término del contrato. Sin embargo, la empresa puede emitir por correo una justificación formal respecto a cualquiera de las multas anteriores, con lo cual se analizará cada caso, dicha justificación podrá ser admitida o rechazada por profesional de Equipos médicos y su jefatura. 31.1. Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe de Jefe Unidad Abastecimiento General para proceder con el proceso de evaluación de multa. 31.2. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. 31.3. El Hospital podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa de los Estados de Pago hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital. Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días corridos contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. 31.4. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. 31.5. Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor total neto de la orden de compra. 31.6. No obstante lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado. Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor total neto de la orden de compra. Además de las multas, una vez superado el 50% del valor total neto de la orden de compra se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose el total de la garantía de fiel cumplimiento. En toda sanción, el Hospital Guillermo Grant Benavente deberá considerar las siguientes reglas: 31.7 Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega del bien, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega. 31.8 Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. 31.9 El HGGB podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el HGGB consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. 31.10 Si no existiere documento de garantía o pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de quince (15) días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. 31.11 El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del HGGB para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. 31.12 Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor total neto de la orden de compra. Una vez superado el 50% de multas se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose las garantías respectivas en los casos que proceda. 31.13 No obstante lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor. Procedimiento para Aplicación de Sanciones En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal. Se hace presente las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° 6 o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
32. De Las Modificaciones Y Término Anticipado Del Contrato
De las modificaciones: Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de bienes o servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento). Del Término Anticipado del Contrato: Por otro lado, el Hospital, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales: 1) La acumulación de 6 faltas graves, 10 faltas moderadas u 20 faltas leves, obligará al Hospital Guillermo Grant Benavente a dar término anticipado del contrato. 2) Que el valor total de las multas supere el 50% del valor neto del convenio. 3) El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en las presentes bases. 4) Que el proveedor se encuentre en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 6) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. 7) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo. 8) En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos: a) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. b) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e) Disolución de la UTP. 9) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 10) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes a) No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista. Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 9, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopublico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 10 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno. Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
33. Del Contrato
1. Una vez adjudicada la propuesta, se elaborará el contrato por Unidad Abastecimiento General, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta. 2. Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 40 días corridos adicionales, debiendo ampliarse la garantía de seriedad de la oferta en 40 días corridos más. 3. Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.
34. De la orden de compra
La orden de Compra será emitida una vez que sea totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato entre las partes. Se entenderá notificada al adjudicatario a contar de las 24 Horas siguientes a su publicación en el portal Mercado Publico.
35. Vigencia y renovación.
Vigencia: El convenio tendrá una vigencia de 24 meses, a contar de la total tramitación del contrato entre las partes y su respectiva resolución aprobatoria. Renovación: No se contempla renovación.
36. Del consumo
El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta. El HGGB podrá adquirir hasta un 30% más del presupuesto total adjudicado.
B. Especificaciones Técnicas.
1.- GENERALIDADES: Las Especificaciones técnicas dan cuenta de las condiciones y características, necesarias para contratar un servicio de mantención preventiva y reparativa para: Servicio Marca Modelo N° Serie N° inv Año Ins Laboratorio Clínico AB QUANTSTUDIO 5 272511488 2-57138 2020 El Servicio de Mantenimiento Preventivo consistirá en realizar chequeos técnicos de todas sus piezas y partes, controles de servicio y funcionamiento, pruebas de rendimiento, todo conforme a pautas del servicio preventivo exigidas por fabrica. Especificar en oferta protocolo de mantención. El Servicio Técnico debe disponer de equipos patrones con certificación de fábrica vigente. Documento que deberá ser incluido en los anexos técnicos de la licitación. Registrar en Anexo Nº 4.- El HOSPITAL dará todas las facilidades del caso para que el SERVICIO TECNICO, pueda realizar los trabajos de mantenimientos, reparación y/o controles, en lo que dice relación con los accesos a dependencias, seguridad e iluminación de las instalaciones y equipos. 2.- DE LAS EMPRESAS PARTICIPANTES: 2.1.- Previo a la suscripción del contrato, el Adjudicatario presentará un listado del personal que desempeñará su labor en el Hospital, el cual debe estar debidamente acreditado para realizar el servicio de mantenimiento. Anexo Nº 3. 2.2.- El adjudicatario deberá informar oportunamente y por escrito la incorporación de nuevos funcionarios, en caso de reemplazar los ya existentes. Se requerirá que el nuevo funcionario cumpla con los mismos requisitos de capacidad comprometidos en la propuesta, lo cual será informado al Hospital previo a iniciar su trabajo, reservándose el Hospital, la facultad de rechazar o aceptar al mismo. 2.3.- Se prohíbe ejecutar el trabajo contratado con personal o funcionarios del Hospital, independiente que esto se realice fuera de las horas de trabajo normal de dichos funcionarios, ya que el personal trabaja en el mismo establecimiento. 3.- TRABAJOS A REALIZAR 3.1.- SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Se realizará UNO AL AÑO y UNA CALIBRACIÓN CADA 6 MESES en días y horas hábiles. Los Mantenimientos se ejecutarán dentro de cada periodo, de acuerdo con el Supervisor de los Trabajos que está ubicado en el Área de Operaciones del Hospital. En caso de cambio de fecha programada, ésta deberá ser comunicada con, a lo menos, 48 horas de anticipación. EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, se solicitará según necesidad. Se deben incluir los repuestos en el valor del convenio (convenio full repuestos), además en el convenio se debe considerar la UPS asociada al equipo. EL PERSONAL DEL SERVICIO TECNICO que realiza los mantenimientos deberá cumplir el protocolo de visita para mantenimiento de servicios técnicos externos al HGGB, según Anexo N° 1. El servicio técnico debe entregar una hoja con el registro del servicio prestado, que debe cumplir las características que detallará, en (Anexo N°5). Los equipos serán revisados en las unidades o servicios, con todas sus piezas y partes, finalizada el mantenimiento, serán entregados al encargado del lugar de origen, con la hoja de servicio y demostrar a quien lo recibe, el buen funcionamiento del equipo. El servicio técnico debe realizar el mantenimiento preventivo del total de los equipos contratados, correspondiente a cada periodo. Entregará las copias de las hojas de servicio al Supervisor del convenio con asiento en el Área de Operaciones, a medida que se realicen los mantenimientos; también entregará las hojas de servicio de los equipos que por motivos de fuerza mayor no se pudo realizar mantenimiento, estas hojas de servicio deben ser validadas por el responsable del Servicio. Esta situación obliga a reagendar el mantenimiento preventivo. El servicio técnico deberá entregar resumen con los repuestos que es necesario reponer, según prioridad. Durante la estadía del servicio técnico en el establecimiento, debe informar oportunamente los hechos relevantes, como equipos fuera de servicio y/o envíos a laboratorio de la empresa; en este último caso, si el técnico no retira el equipo, debe desmontarlo para ser enviado. El equipo devuelto en el Hospital, debe ser armado y entregado por el servicio técnico. 3.2.- Los trabajos cubiertos por el Convenio incluirán los costos de mano de obra, limpieza, ajuste, calibraciones, repuestos, lubricación y diagnóstico de posibles fallas, e insumos básicos, como lubricantes, filtros y otros. No habrá costos adicionales para el Hospital por estos conceptos. 4.- ACCIONES DE MANTENIMIENTO 4.1.- Toda la información que genere el mantenimiento del equipo deberá ser entregada al Supervisor del convenio, la cual será utilizada en el llenado de Hoja de Vida del o los equipos en convenio (Anexo N° 5). Esta documentación será el respaldo para el pago de facturas. 4.2.- En cada mantenimiento el contratista deberá colocar en c/u de los equipos un adhesivo que registre: nombre de la empresa, Nº de serie del equipo, Nº de inventario, y fecha de mantención, que deberá ser actualizada en cada mantención. 4.3.- La empresa deberá realizar un check list con al menos los trabajos indicados en Anexo N° 5. 5.- MULTAS 5.1.- Las faltas se señalan en tres niveles, el monto de las multas y los ítems evaluados en relación con la calidad del servicio prestado. El no cumplimiento de esto expone a la empresa a multas: Falta Multa Causales Leve 1 UTM - Atraso injustificado hasta 3 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada. - No registro ni recepción de informe técnico y check list al finalizar visita, correctamente completado con nombre y firma tanto del técnico como del usuario del hospital. - No entregar cotización de reparación hasta 3 días de la revisión realizada al equipo si fuera necesario. Moderada 2 UTM - Atraso injustificado entre 4 y 7 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada. - No entregar copia digital del informe técnico en equipos médicos en papel o en formato PDF. - No entregar la programación anual. - No cumplir con la periodicidad solicitada de mantenimientos preventivos de manera anual. Grave 4 UTM - Atraso injustificado mayor a 7 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada. - No cumplir con las fechas y horarios acordados en el mantenimiento preventivo y correctivo. 5.2-. Las multas son acumulativas y la acumulación de 6 faltas graves, 10 faltas moderadas u 20 faltas leves es una causal para dar terminado el contrato de forma inmediata, independiente de lo anterior la empresa debe responder y entregar los mantenimientos en ejecución hasta la fecha de término del contrato. Sin embargo, la empresa puede emitir por correo una justificación formal respecto a cualquiera de las multas anteriores, con lo cual se analizará cada caso, dicha justificación podrá ser admitida o rechazada por profesional de Equipos médicos y su jefatura. 6.- OTROS ELEMENTOS 6.1.- Cuando alguno de los equipos en convenio o parte de éste, requiera ser trasladado fuera del Hospital, la decisión del traslado, será tomada en conjunto con el Supervisor y el Jefe Área de Operaciones del Hospital. 6.2.- Todos los repuestos que sean cambiados, serán entregados al Supervisor del Hospital, con el fin de verificar y controlar los trabajos efectivamente ejecutados por parte del contratista. 6.3.- El pago por el servicio de mantenimiento comprende todos los gastos directos e indirectos derivados de la prestación del servicio tales como remuneraciones, movilización, alojamiento, viáticos, gastos de fletes, de los instrumentos, herramientas y otros elementos que deba proporcionar éste, costo de mano de obra e insumos y se considerarán incorporado en el presupuesto del convenio. 6.4.- La vigencia del convenio se considerará a partir del envió de orden de compra. Duración convenio: 24 meses 6.5.- El proveedor con sólo presentar su oferta, declara en el Anexo N° 2, el estudio de todos los documentos de la licitación, aceptando las condiciones de la misma. 6.6.- Podrá acordarse entre las partes la extensión del contrato, por plazo no superior a 6 meses, en caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada y/o cuando producto de las circunstancias no previstas en el nuevo proceso licitatorio, no sea posible contar oportunamente con un nuevo contrato, y siempre que dicha extensión no supere las 1000 UTM. 6.7.- En caso de extenderse el contrato, la boleta de garantía por fiel cumplimiento de Contrato deberá canjearse por otra de un valor similar a la que se reemplaza, bajo los mismos requisitos de forma y plazo. De no hacerlo, facultará al Hospital para ejecutar dicha boleta de garantía. 6.8.- La facturación se realizará una vez realizado el mantenimiento preventivo y/o calibración semestral.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.