Licitación ID: 1186229-9-LR26
TRASLADO DE VALIJA Y PAQUETERÍA
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION
Fecha de Cierre: 18-05-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de entrega o recolección de correo 1 Unidad
Cod: 78102203
De acuerdo a lo señalado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
TRASLADO DE VALIJA Y PAQUETERÍA
Estado:
Publicada
Descripción:
De acuerdo a lo señalado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Compras Nivel Central
R.U.T.:
61.002.000-3
Dirección:
Catedral N° 1772
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-05-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 17-04-2026 15:36:08
Fecha inicio de preguntas: 24-04-2026 9:00:00
Fecha final de preguntas: 30-04-2026 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-05-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-05-2026 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-05-2026 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 12-06-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 12 Días
ENTREGA DE MUESTRAS OBLIGATORIA 18-05-2026 15:01:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- De acuerdo a lo señalado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026
Documentos Técnicos
1.- De acuerdo a lo señalado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026
 
Documentos Económicos
1.- De acuerdo a lo señalado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 técnica De acuerdo a lo señalado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026 45%
2 administrativa De acuerdo a lo señalado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026 5%
3 Economica De acuerdo a lo señalado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: De acuerdo a lo señalado en la resolución
Monto Total Estimado: 696000000
Justificación del monto estimado De acuerdo a lo señalado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026
Contrato con Renovación: NO
Observaciones De acuerdo a lo señalado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Laura Castillo
e-mail de responsable de pago: srceirecepcion@custodium.com
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
de acuerdo a lo mencionado en la resolución 210 de fecha 17 de abril de 2026
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVICIO REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION
Fecha de vencimiento: 20-07-2026
Monto: 20000000 Peso Chileno
Descripción: Por tratarse de un proceso de contratación cuyo monto disponible supera las 5.000 UTM, el OFERENTE deberá hacer entrega de una Garantía de Seriedad de la Oferta, debiendo el SERVICIO aceptar cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 52 del Reglamento de la Ley N°19.886. Dicha caución, podrá constituirse por uno o más instrumentos financieros, siempre que estos sean de la misma naturaleza. Asimismo, en cualquier caso, el documento deberá ser pagadero a la vista, con carácter de irrevocable, y de cobro a primer requerimiento. Esta garantía debe ser pagadera a la vista, con carácter de irrevocable, tomada por el OFERENTE o un tercero a su nombre, y a nombre del “Servicio de Registro Civil e Identificación”, RUT N°61.002.000-3, expresada en pesos chilenos, sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en Unidades de Fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente según el valor de la Unidad de Fomento a la fecha de emisión del mismo; por la cantidad de $20.000.000 (veinte millones de pesos), con un plazo de vigencia de noventa (90) días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de las ofertas respectivas. Las Garantías de Seriedad de la Oferta deberán consignar la siguiente glosa: “GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRASLADO DE VALIJA Y PAQUETERÍA ENTRE CENTRAL DE CORRESPONDENCIA Y PUNTOS DE DISTRIBUCIÓN REGIONALES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN”. En caso de presentar una garantía que, entre sus características o menciones, o atendida su naturaleza, no contemple una glosa, esta podrá anotarse al reverso del documento, o acompañarse como anexo una declaración jurada simple que la consigne, firmada por el OFERENTE o su representante, de modo que la glosa será exigible en lo que resulte procedente de acuerdo con la normativa aplicable al documento que se trate. En el caso de una póliza de garantía, esta no debe estar sujeta a liquidación ante árbitro. Cabe indicar, que la garantía de seriedad de la oferta tampoco puede contener disposiciones exclusiones que impliquen un desmedro en el correcto cumplimiento de la oferta del proveedor o que obliguen al SERVICIO a renunciar a cualquiera de sus derechos o facultades, siendo responsabilidad de los proveedores revisar por ejemplo en caso de pólizas las condiciones generales de esta, excluyendo en la póliza particular lo que corresponda. Con todo, en el evento que el SERVICIO, durante el proceso de licitación, amplíe el plazo de recepción de ofertas, exigirá que los Oferentes mantengan vigente dicha garantía de seriedad de la oferta, conforme los nuevos plazos establecidos y adecuándose al mismo. En caso de que el OFERENTE sea una Unión Temporal de Proveedores, la/s Garantía/s de Seriedad de la Oferta podrán ser otorgadas por cualquiera de los OFERENTES que forman parte de esa Unión, o por un tercero que los represente y que no forme parte necesariamente de la Unión Temporal de Proveedores.
Glosa: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRASLADO DE VALIJA Y PAQUETERÍA ENTRE CENTRAL DE CORRESPONDENCIA Y PUNTOS DE DISTRIBUCIÓN REGIONALES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN”.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá presentarse en forma física en el lugar, plazo y hora indicados en el ANEXO N°1: CALENDARIO DE LA LICITACIÓN, de estas Bases, para aquellos documentos que deban ser custodiados por esta Entidad, en atención a su carácter físico. En el caso de los documentos electrónicos, otorgados en virtud de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, el OFERENTE podrá realizar la presentación de ésta junto con su oferta a través del Sistema de Información, a través del ID de Licitación respectiva. Dicha garantía se mantendrá en custodia por la Subdirección de Administración y Finanzas del SERVICIO, en el Departamento de Finanzas y Presupuesto. La Garantía de Seriedad de la Oferta es de carácter obligatoria, por lo que su falta de presentación en el lugar, fecha, hora señalados y de conformidad con las características establecidas para dicho instrumento, dejará al oferente fuera del proceso de licitación, y su oferta será declarada inadmisible, de acuerdo con lo señalado en la sección DERECHO A DECLARAR INADMISIBLE LAS OFERTAS O DESIERTA LA LICITACIÓN.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION
Fecha de vencimiento: 17-04-2030
Monto: 5 %
Descripción: de acuerdo a lo mencionado en la resolución n°210 de fecha 17 de abril de 2026
Glosa: Tanto la fecha de vencimiento como la glosa, de acuerdo a lo mencionado en la resolución n°210 de fecha 17 de abril de 2026
Forma y oportunidad de restitución: de acuerdo a lo mencionado en la resolución n°210 de fecha 17 de abril de 2026
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.