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Medios de Reclamación |
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En el caso de existir reclamos sobre el proceso de adjudicación, se solicita enviarlos a través del portal www.mercadopublico.cl, en la funcionalidad que este tiene para tal efecto.
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Criterios de Evaluación |
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Todo proveedor interesado en realizar una oferta debe obligatoriamente presentar información para cada uno de los criterios exigidos, de lo contrario será evaluado con puntaje 0.
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Presentación de información para el proceso de evaluación de ofertas |
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Cuando la presentación de información para cualquier criterio de evaluación sea entregada en rangos, será considerado el valor más alto dentro de éste, como el válido para la evaluación y asignación de puntaje.
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Presentación de información para el proceso de evaluación de ofertas |
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Cuando la presentación de información para cualquier criterio de evaluación sea entregada en rangos, será considerado el valor más alto dentro de éste, como el válido para la evaluación y asignación de puntaje.
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Fecha de adjudicación |
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En el caso que la licitación no sea adjudicada dentro de la fecha indicada en las bases, la Institución justificará dicho cambio a través de la funcionalidad que para este efecto posee este sistema de información.
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del Contrato |
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DEL CONTRATO
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El servicio adjudicado se formalizará con la suscripción del contrato entre las partes, y comenzará a regir con fecha 2 de enero de 2026
En el caso que el contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el adjudicatario autoriza a SERNAPESCA, desde ya, para que los primeros estados de pago producto del contrato licitado sean destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de dichas obligaciones se encuentran pagadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, derivará en el derecho del SERNAPESCA de ejercer el término anticipado si lo estima conveniente, pudiendo llamarse a una nueva Licitación en la que el referido adjudicatario no podrá participar.
NO ACEPTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
Se entenderá que el oferente adjudicado no acepta la adjudicación y, por ende, se entenderá desistido de su oferta, en los siguientes casos:
Si no concurre a la formalización del contrato, en el plazo señalado por la Entidad Licitante.
Si no se hubiere inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo indicado en el Acápite 3° del presente Título.
Si al momento de la suscripción del contrato, el proveedor pierde la calidad de “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado.
Si antes de la suscripción del contrato, no entrega los documentos señalados en el Acápite 3° del presente Título.
En todos estos casos, el Licitante podrá adjudicar y suscribir el contrato con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar en la evaluación o bien declarar desierta la licitación.
2.1. READJUDICACIÓN
En caso de no aceptación de la adjudicación, el licitante podrá re adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación quien deberá cumplir con los mismos requisitos, otorgando los documentos exigidos en las presentes bases.
Sin embargo, se podrá declarar desierta la licitación, si ninguno de los oferentes cumple con los requisitos de las presentes bases.
DE LOS ANTECEDENTES LEGALES PARA LA CONTRATACIÓN
Para contratar con el Servicio, el proveedor deberá acompañar, en caso de no estar habilitado, los siguientes documentos:
a) Declaración jurada simple sobre lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, de acuerdo al modelo contenido en el siguiente link: “1. Declaración Jurada de conflicto de intereses para Personas Naturales o Jurídicas”, según corresponda: http://www.chileproveedores.cl/DeclaracionesJuradas.aspx
b) En caso de ser persona jurídica, deberá presentar declaración jurada simple sobre lo establecido en el inciso primero del artículo 4° de la Ley N° 19.886, de acuerdo al modelo contenido en el siguiente link: “2. Declaración Jurada Prácticas Antisindicales”: http://www.chileproveedores.cl/DeclaracionesJuradas.aspx
c) En caso de ser persona jurídica, presentar declaración jurada simple sobre prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho, de la Ley N°20.393, según formato que enviará el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Además, la Entidad Licitante podrá solicitar, antes de la suscripción del contrato, los siguientes documentos según corresponda:
A. Personas jurídicas con o sin fines de lucro:
a) Certificado de vigencia del oferente emitido por la autoridad competente, con una fecha no superior a 90 (noventa) días corridos al día de su presentación.
b) Copia simple del instrumento en el que conste la personería del representante y sus facultades. Si la ley exigiere que el documento en donde conste la personería se encontrare inscrito, deberá acompañarse la copia de la inscripción o certificado de vigencia respectivo, en ambos casos con una fecha no superior a 90 (noventa) días corridos al día de su presentación.
c) Copia del Rol Único Tributario.
d) Además, deberán enviar, según se trate de:
Personas jurídicas con fines de lucro:
― Copia simple del instrumento de constitución y de sus modificaciones, si las hubiere.
― Copia simple de las publicaciones de constitución y modificaciones, si las hubiere.
― Copia de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, emitido por el correspondiente Conservador, si se tratare de sociedades. Sin perjuicio de las sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659, que simplifica el
régimen de constitución, modificación y disolución de las Sociedades Comerciales, en cuyo caso deberán acompañarse los siguientes documentos: certificado de estatutos actualizados y certificado de vigencia.
Personas jurídicas sin fines de lucro:
― Copia simple de sus Estatutos o del instrumento de constitución y de sus modificaciones, si las hubiere.
― Copia simple de las publicaciones de constitución y modificaciones, si las hubiere.
― Copia simple del instrumento donde consten las facultades del representante legal de la entidad, si hubiere.
B. Personas jurídicas creadas por ley:
1 Individualizar la norma legal que la creó.
2 Copia simple del instrumento en donde conste la personería del representante.
C. Personas naturales:
a) Copia de la cédula de identidad, por ambos lados, y Copia del R.U.T., si lo tuviere.
b) Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
El adjudicado podrá exceptuarse de presentar estos antecedentes si ellos se encuentran en el Portal www.mercadopublico.cl, con las vigencias requeridas precedentemente.
DOCUMENTOS INTEGRANTES
Se deben considerar partes integrantes del Contrato los siguientes documentos:
a) Los Términos de Referencia.
b) Propuesta Técnico-Económica de la EMPRESA.
FORMA DE PAGO
RECEPCIÓN CONFORME DEL BIEN Y/O SERVICIO
El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, deberá emitir el “formulario recepción conforme y acuse de recibo para bienes y servicios”, donde deberá constar la conformidad del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, lo que se materializará una vez que los bienes y/o servicios se hayan entregado o prestado totalmente.
De este modo, el proveedor sólo podrá emitir la factura o documento tributario de cobro una vez que se haya recepcionado conforme la entrega de los bienes y/o servicios mediante la suscripción del “formulario recepción y acuse de recibo para bienes y servicios” por parte de los funcionarios indicados en el párrafo precedente. En caso contrario, se le devolverá(n) al proveedor su(s) factura(s) o documento(s) de cobro, dentro del plazo de ocho (8) días corridos contados desde su emisión. En este caso, el reclamo será puesto en conocimiento del representante autorizado del proveedor por carta certificada o correo electrónico, juntamente con la devolución de la factura y otros documentos remitidos al efecto. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
DEL PAGO
a. Del pago por los servicios contratados
El monto total del contrato corresponderá al valor de la oferta adjudicada. Se pagarán los servicios en 36 cuotas iguales y sucesivas.
En el caso que el contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el adjudicatario autoriza a SERNAPESCA, desde ya, para que los primeros estados de pago producto del contrato licitado sean destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de dichas obligaciones se encuentran pagadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva Licitación en la que el referido adjudicatario no podrá participar.
b. Del pago centralizado
El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, dará instrucción de pago de la factura o documento de cobro a la Tesorería General de la República, dentro del plazo de 30 días corridos, contra entrega y recepción conforme de esta, y una vez suscrito el “formulario de recepción y acuse recibo para productos y/o servicios” por el funcionario autorizado del Departamento Administrativo y la Contraparte Técnica, o de quien les subrogue, previo V° B° del Encargado DAF Regional.
Para efectos del despacho de la factura, el proveedor deberá enviar dicho documento tributario, con su respectivo detalle de consumo mensual, por correo certificado a dependencias de la Dirección Regional, ubicada en San Carlos 50, oficina 44, comuna de Valdivia, o en el caso que cuente con factura electrónica, a través de la casilla de correo electrónico vvenegas@sernapesca.cl, con copia al correo electrónico oficinadepartes14@sernapesca.cl siendo estos el medio el canal oficial para recibir los documentos emitidos de forma electrónica. El plazo para enviar la factura en cobranza por parte del proveedor adjudicado será dentro de los 10 (diez) primeros días del mes siguiente a la prestación del servicio. No se aceptará ningún otro medio de envío de la factura, ni tampoco se pagarán intereses de ningún tipo por causas derivadas del retraso en el envío del documento tributario, por parte del proveedor.
SERNAPESCA no dará instrucción de pago, si los servicios solicitados no cumplen con las especificaciones tanto técnicas como administrativas establecidas en las bases, por ende la factura podría ser reclamada
La factura mensual deberá traer siempre anexada, el pago de las cotizaciones previsionales del personal de la empresa. En caso de no contar con esta documentación, la factura será devuelta.
DE LA COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN
Durante la vigencia del contrato que resulte de la presente Licitación, el adjudicatario se relacionará con el Servicio a través del profesional que designe el Director Regional de Los Ríos de la persona que lo subrogue, o que se designe para tales efectos, siendo este funcionario quien desempeñará la función de supervisión del contrato por parte de SERNAPESCA.
Por el Adjudicatario actuará como coordinadora la persona que éste designe, previa comunicación por escrito al funcionario señalado precedentemente, dentro de los cinco días siguientes a la suscripción del contrato respectivo.
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
En caso que el proveedor adjudicado no diera cumplimiento o cumpliera imperfectamente las obligaciones que impone el contrato, sin causa justificada, la Contraparte Técnica podrá proponer la aplicación de una multa, en conformidad a lo que se expresa en el presente Acápite. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el Acápite “Modificación y término anticipado del contrato”, de las presentes bases.
Para efectos de determinar el monto de la multa, se graduará el incumplimiento conforme a lo siguiente:
Multas por incumplimientos graves: Se considerarán faltas graves aquellos incumplimientos del contrato que afecten directamente la continuidad de la operación normal de los servicios de aseo del (los) edificio (s) de SERNAPESCA descritos en la presente Licitación.
El incumplimiento grave se sancionará con multa de 10 UTM, por cada evento, atendida la entidad y el impacto provocado por los hechos constitutivos de la falta en la operatividad de Sernapesca.
Se estiman como incumplimientos graves los siguientes:
a. La no prestación del servicio de mantención de aseo en cualquiera de las dependencias objeto de la presente licitación por causa imputable al adjudicatario.
b. Destrucción o maltrato de bienes muebles de propiedad del SERNAPESCA.
c. Uso de equipos computacionales del Servicio, sin autorización.
d. El no reemplazo de personal, por motivos de ausencias a cubrir en los turnos establecidos, durante alguna de las jornadas donde debería prestar los servicios.
e. Incumplimiento del programa de mantenciones de limpieza periódicas para las dependencias indicadas en las presentes bases.
f. Incumplimiento de las normas legales de seguridad e higiene en el trabajo, o la no aplicación de los protocolos, instructivos o normas del Servicio.
g. No pago oportuno de cotizaciones previsionales y de salud y/o de las remuneraciones de sus trabajadores.
h. Asistir, el proveedor o sus dependientes, a trabajar bajo la influencia del alcohol o drogas y/o ingerir este tipo de sustancias en dependencias del SERNAPESCA.
i. Incurrir en más de 5 incumplimientos leves, acumulados durante el período de un mes.
j. Que el personal y/o responsables de la empresa de aseo realice ataques físicos y/o verbales en contra de funcionarios de SERNAPESCA o contra usuarios del Servicio.
k. El no pago oportuno de remuneraciones.
l. No respetar las normas internas de la Institución.
Multas por incumplimientos leves: Se entiende como incumplimientos leves, aquellos incumplimientos del contrato, por parte del proveedor, que no afecten de forma directa la capacidad operativa del servicio.
El incumplimiento leve se sancionará con multa de 5 UTM, por cada evento.
Para tales efectos, son incumplimientos leves:
Retrasos en la entrega de los servicios requeridos, que no se entiendan como incumplimientos graves. Cada día de incumplimiento consiste un evento separado de carácter acumulable.
El retraso en el envío de la factura por parte del proveedor, en los términos requeridos y en el plazo señalado en el numeral 4, párrafo dos del presente título, y
En general, cualquier otro incumplimiento que no afecte de forma directa la capacidad operativa del Sernapesca.
El Servicio se pronunciará respecto de la proposición de multa por medio de resolución fundada, y en caso de imponer una multa, podrá hacerla efectiva deduciéndola en primer lugar de la parte impaga del precio del contrato, sin perjuicio de su derecho a proceder a su cobro judicial. En todo caso, cuando el monto total de las multas impuestas supere el equivalente al 20% del monto del contrato, el Servicio podrá poner término anticipado al contrato, de acuerdo lo dispone el numeral siguiente.
En caso de incumplimiento grave en la prestación de los servicios contratados, la Entidad Licitante podrá:
Suspender el pago que deba realizar el SERNAPESCA al proveedor, mientras el problema o incumplimiento no será resuelto por parte de este último.
Poner término anticipado al contrato de acuerdo con las causales previstas en las presentes Bases Administrativas.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MEDIDAS POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
SERNAPESCA, sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, previo a la adopción de las medidas de suspensión del pago o de término anticipado del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 137 del reglamento de compras públicas, deberá cumplir con el siguiente procedimiento, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 139:
Deberá poner en conocimiento del proveedor de las situaciones que motiven la aplicación de sanciones o medidas por incumplimiento, para que en forma previa a la dictación del acto administrativo respectivo éste pueda entregar los antecedentes y argumentos que estime del caso y pertinentes a su favor.
Las notificaciones se efectuarán en forma personal, vía carta certificada al domicilio indicado en el contrato. Con todo, será válida la forma de notificación dispuesta en el artículo 140 del reglamento. La no recepción del correo postal por razones no imputables al SERNAPESCA, serán de responsabilidad exclusiva del proveedor. Si el proveedor lo solicitare, podrá efectuarse la notificación por correo electrónico.
Notificada la proposición de aplicación de sanción o medida por incumplimiento al proveedor, éste dispondrá de 5 días hábiles administrativos (no se computan sábados, domingos ni festivos) para presentar sus descargos por escrito, plazo que comenzará a regir a partir del día hábil siguiente al de la comunicación. Dichos descargos deberán presentarse en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional del Servicio, los que deberán ser dirigidos a la Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas. El documento donde consten los descargos deberá indicar expresamente como referencia el número de oficio del SERNAPESCA que informa la proposición de sanción o medida que se pretende adoptar.
Transcurrido el plazo, y con los antecedentes que el SERNAPESCA disponga y/o que el proveedor haya aportado, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, la sanción y su cuantía, a través de una resolución fundada.
Las sanciones que se impongan serán notificadas mediante publicación en el Sistema de Información del Portal Mercado Público, conforme lo dispuesto por el reglamento de la Ley N° 19.886.
Respecto de la resolución que aplica la medida o imponga la multa, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la Ley N° 19.880.
Una vez formalizada y cause ejecutividad la medida aplicada o multa impuesta, el proveedor deberá, dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente, enterar el valor de la multa en efectivo en arcas fiscales. En caso contrario, se liquidará el contrato.
NOTIFICACIONES, MODIFICACIÓN Y/O TERMINACIÓN ANTICIPADA
Para efectos de lo establecido en el párrafo precedente, y la comunicación de cualquier circunstancia que incida en la respectiva contratación, los contratantes podrán utilizar, indistintamente, cualquiera de los siguientes medios de comunicación, los cuales tendrán la misma validez: a) carta certificada; b) correo electrónico c) mecanismo de notificación del 140 en caso de que corresponda. En este sentido, las partes deberán mantener vigentes y actualizados los datos pertinentes, entre otros: individualización del contacto, domicilio, teléfonos y dirección de correo electrónico.
Modificación del contrato.
El contrato podrá ser modificado de común acuerdo por las partes, de acuerdo a lo establecido en el numeral 129 y siguientes, del Reglamento de la Ley N° 19.886, y por las demás causales previstas en la Ley de Compras y en el referido artículo del Reglamento.
El Servicio no procederá ni ejecutará algún cambio a los servicios contratados, a menos y hasta que el proveedor haya aceptado una propuesta, y que éste y el Servicio hayan firmado el correspondiente acuerdo modificatorio, y haya sido aprobado por el correspondiente acto administrativo, el que para todos los efectos deberá incorporarse en el sistema de información del portal mercado público. En caso de existir alguna incongruencia entre el presente documento y cualquier otro término y condición establecida en una orden de compra que modifique los Servicios contratados debidamente ejecutada, los términos y condiciones incluidos expresamente en la orden de compra que pone en ejecución las modificaciones acordadas prevalecerán con respecto a su materia principal.
De igual forma, de acuerdo a lo establecido en el inciso final del artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el contrato podrá modificarse aumentando el monto del contrato hasta un 30% del monto originalmente pactado, de acuerdo a las necesidades del Servicio, las que deben decir relación con el requerimiento de la presente compra.
Término anticipado del contrato:
No obstante, el SERNAPESCA se reserva además la facultad de terminar anticipadamente el contrato celebrado con el proveedor, en los siguientes casos:
Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
Estado de notoria insolvencia del contratante.
Por exigirlo el interés público.
Si se disolviese la empresa proveedora o falleciere la persona natural contratada.
Si, a juicio de la contraparte técnica, la calidad del servicio que por este proceso se contrata, no cumpliera con las especificaciones técnicas establecidas y el proveedor se negase a rectificar dichos errores en los plazos previstos. Para la aplicación de la presente causal de término, la contraparte técnica del Servicio deberá elaborar el correspondiente informe técnico que dé cuenta de lo indicado precedentemente.
No realizarse la actividad en las fechas programadas, por causa imputable al proveedor.
Si el proveedor efectuase un traspaso total o parcial del contrato o cesiones de derechos provenientes de aquél a un tercero.
Por incumplimiento grave, de acuerdo con lo establecido en el acápite “Medidas aplicables ante incumplimientos del contrato”.
Por incumplimiento en el pago de los sueldos o salarios o de las obligaciones impuestas por las leyes sociales, respecto de sus trabajadores.
Si el valor acumulado de las multas supera el 20% del valor del contrato.
Las demás causales previstas en el presente documento, en el respectivo contrato, en la Ley de Compras o su Reglamento.
Si se verificase la ocurrencia de cualquiera de estas causales, el SERNAPESCA, previo informe de la contraparte técnica podrá poner término anticipado al contrato mediante un acto administrativo fundado y debidamente notificado al proveedor por correo certificado con a lo menos 5 días hábiles de anticipación, efectuando el pago de los servicios efectivamente ejecutados y aprobados, sin que el proveedor tenga derecho a otra compensación o indemnización.
En tal caso, deberá procederse a la liquidación del contrato.
DE LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES
Cualquier dificultad que surja por la interpretación, aplicación y cumplimiento del contrato resultante de la presente Licitación Pública, será resuelta necesariamente por los Tribunales Ordinarios de Justicia con asiento en la comuna de Valdivia.
Para todo efecto legal derivado de esta convención, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Valdivia.
10. RESPONSABILIDAD CON TRABAJADORES DEPENDIENTES
Al proveedor adjudicado le asistirá responsabilidad legal, previsional o de cualquier otra índole, respecto a cualquier tipo de relación laboral entre él y su personal, en relación con cualquier accidente laboral durante el desempeño de las actividades o en el tránsito a través de ella y/o el trayecto desde el domicilio al lugar de trabajo y viceversa, quedando, siendo exigencia que éste pertenezca a una mutualidad de seguridad.
Será responsabilidad del contratante el cumplimiento de todas las obligaciones y derechos contractuales, pago de remuneraciones, control de feriados, permisos y descuentos legales, pagos previsionales y tributarios, mantención de convenios colectivos si los hubiere, redacción y liquidación de finiquitos, licencia de accidentes de trabajo y trámites de pagos de subsidios, tramitación de pago de asignaciones familiares y beneficios de la caja de compensación, etc., del personal requerido para el cumplimiento de los fines de esta licitación, de acuerdo a la legislación laboral vigente, así como también todos aquellos gastos que demande la adecuada prestación del servicio. Asimismo, deberá proveer a sus trabajadores de los equipos de seguridad que establecen las leyes y reglamentos de Seguridad; cumplir con las normas de prevención de riesgos de estos y las instrucciones que imparta la Mutual o la entidad aseguradora con la que contrate el seguro de accidentes correspondientes.
Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria o subsidiaria que le asista a la Entidad Licitante respecto de las obligaciones laborales y seguridad social del proveedor para con sus trabajadores, de acuerdo con las disposiciones pertinentes del Código del Trabajo.
SERNAPESCA puede solicitar, cuando lo estime necesario, cualquier antecedente que acredite el cumplimiento de los derechos del trabajador.
VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que resulte de la presente licitación comenzará a regir desde el 2 de enero de 2026, y estará vigente por un periodo de 36 meses, sin renovación. Sin perjuicio de lo anterior, se deja expresa constancia que no se cursará ningún pago de las prestaciones realizadas mientras la resolución que aprueba el contrato no esté debidamente tramitada.
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CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN |
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El oferente se obliga a que la información suministrada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, o a la que tenga acceso en calidad de adjudicatario con ocasión de la ejecución del respectivo contrato, ya sea en forma oral o escrita, a través de documentos, registros, contratos, libros de contabilidad, bosquejos, folletos, soportes computacionales y, en general, por cualquier otro medio en virtud del cual se haga posible tornar conocimiento de tal información, tendrá carácter de "confidencial".
Conforme a lo anterior, queda prohibido al adjudicatario divulgar, explotar, comercializar y utilizar la información antes referida, para fines distintos de los requeridos en la contratación objeto del presente instrumento.
La obligación de confidencialidad se hace extensiva a los propietarios, gerentes y/o administradores, trabajadores de la empresa oferente y todo aquel que tenga algún vínculo de subordinación o dependencia con la misma o con las entidades de las cuales forme parte; a quienes tengan o hayan tenido, durante los últimos seis meses, directamente o a través de otras personas, una relación profesional o de negocios con la referida empresa, a los cónyuges y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de los propietarios, gerentes, administradores, empleados, trabajadores y de todo aquel que tenga algún vínculo de subordinación o dependencia con la empresa.
La falta de cumplimiento de esta obligación hará responsable al adjudicatario de todos los daños y perjuicios que directa o indirectamente ocasione su actuar al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
TÍTULO VIGÉSIMO PR
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VISITA A TERRENO OBLIGATORIA PARA OFERTAR |
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La visita a terreno es obligatoria por ser esencial para que los oferentes verifiquen in situ superficies y distribución, condiciones de acceso y seguridad, restricciones horarias, puntos críticos de aseo, disponibilidad de insumos/facilidades y exigencias sanitarias/ambientales, asegurando la compatibilidad del plan de trabajo, dotación y equipamiento con las condiciones reales y la continuidad del servicio público; en consecuencia, su inasistencia implica que este Servicio declararará la inadmisibilidad de la oferta que no cumpla con este requisito.
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CONTENIDO DE LAS OFERTAS |
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Los interesados deberán presentar a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo
señalado en el calendario de la Licitación, en formato electrónico o digital, los documentos que se detallan a continuación:
Anexos Administrativos:
Anexo N°1: Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, debidamente firmada, sobre
inhabilidades e incompatibilidades para presentar ofertas, ley N°20.393 y ausencia de conflicto de interés.
Esta declaración deberá ser otorgada y suscrita, de manera electrónica, por el representante
legal de la empresa, por medio de la aplicación habilitada para dichos efectos en la plataforma www.mercadopublico.cl, al momento de
presentar su oferta.
En la eventualidad de existir inconvenientes para generar este documento electrónicamente,
deberá completar y firmar el Anexo N° 1 adjunto en las presentes bases.
Anexo N°2-A: Declaración de Pactos de Integridad.
Anexo N°2-B: Declaración de Pactos de Integridad.
Certificado 14.001: Este documento se revisará al momento de evaluar el criterio de Estado
Verde y se deberá adjuntar para efectos de la evaluación de este criterio.
Anexos N°5: (uso exclusivo para proveedores con UTP)
Anexo N°6: (uso exclusivo para proveedores con UTP)
Anexo N°7: Contrato
Anexos Económicos:
Anexo N°3: Oferta Económica.
Anexos Técnicos:
Anexo N°4: Propuesta Técnica.
TÍTULO DÉCIMO TERCERO
VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Los interesados se obligan a mantener vigentes sus ofertas por un plazo de 60 días corridos,
contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
TÍTULO DÉCIMO CUARTO
APERTURA DE LAS OFERTAS.
La apertura de las ofertas se efectuará en la fecha establecida en el calendario de la licitación,
mediante la liberación automática de las mismas, en la cual se abrirá, conjuntamente la oferta técnica y la oferta económica.
Aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos de admisibilidad indicados en el TÍTULO
DÉCIMO QUINTO serán rechazadas en el Acto de Apertura.
TÍTULO DÉCIMO QUINTO
DE LA ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.
Antecedentes preliminares. Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de un
análisis de admisibilidad y, en el evento que sean declaradas admisibles, de una posterior evaluación. Se deja expresa constancia que las
declaraciones de admisibilidad, al tenor de antecedentes fundados, podrán ser modificadas, a solicitud fundada de la comisión evaluadora,
de lo cual se deberá dejar constancia a través del acto administrativo que se dicte al efecto.
1. De la admisibilidad administrativa. En esta instancia se verificará la entrega de los
documentos, la no presentación de ellos hará que la oferta sea declarada inadmisible y no se procederá con su evaluación. Es obligatorio
presentar los adjuntos en la oferta de la licitación pública:
Anexo N°1 Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar
2. De la admisibilidad técnica. En esta instancia se verificará que el proponente haya
completado correctamente e ingresado al portal su oferta técnica mediante el Anexo N°4 . En caso de no hacerlo, su oferta será declarada
inadmisible.
3. De la admisibilidad económica. En esta instancia, se verificará que el proponente haya
ingresado al portal www.mercadopublico.cl su oferta económica, mediante la publicación en el Portal Mercado Público del Anexo N°3:
Formulario Oferta Económica.
4. Otras causales de inadmisibilidad. Frente a cualquiera de los siguientes hechos, la
entidad licitante declarará la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada admisible
administrativa y técnicamente:
1. Que la oferta NO sea expresada en pesos chilenos (CLP), o sea ingresada por un valor que no se corresponda con el Anexo.
2. Que el precio no corresponda a la unidad de tarifado o medida licitada, de acuerdo con el Anexo de las presentes Bases.
3. Que un oferente haga ofrecimientos adicionales a los requeridos en un proceso de compra pública.
4. Cuando el oferente, antes de la apertura de las ofertas, por cualquier medio de a conocer a SERNAPESCA su oferta económica.
5. Si se determina que cualquier oferente ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir en la licitación respectiva,
entendiendo por (i) práctica corrupta ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un
funcionario público durante el proceso licitatorio; y por (ii) práctica fraudulenta: tergiversación de los hechos con el fin de influenciar un
proceso de adquisición, incluyendo practicas colusorias entre oferente(antes o después de la presentación de las ofertas), a fin de
establecer precios de oferta a niveles artificiales, no competitivos, y privando a SERNAPESCA de los beneficios de una competencia
libre y abierta, todo lo cual deberá ser fundamentado a través de antecedentes objetivos.
6. Cuando el oferente efectúe ofertas con formas de pago no contempladas explícitamente en estas Bases.
7. Cuando el oferente presente antecedentes falsos, para efectos de evaluación de la oferta.
8. Cuando el oferente no subsane los errores formales o no acompañe antecedentes omitidos, requeridos a través del Portal Mercado
Público, en el plazo y forma solicitado, de acuerdo con el numeral I del Título Décimo Séptimo de estas Bases.
9. La no asistencia a la visita en terreno
10. Las demás causales establecidas expresamente en las presentes Bases.
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OTRAS CLÁUSULAS |
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VER RESOLUCION EXENTA N°272 DEL 09/12/2025.
OTRAS CLÁUSULAS
1.- Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
En el caso de existir consultas sobre el proceso de adjudicación, deberán enviarse a la
Encargada Regional Administrativa, a las direcciones de correo electrónico oficinadepartes14@sernapesca.cl y vvenegas@sernapesca.cl.
2.- Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Para dar cumplimiento a esta acreditación se verificará la habilidad en el
portal www.mercadopublico.cl
3.- Medios de Reclamación
En el caso de existir reclamos sobre el proceso de adjudicación, se solicita enviarlos a través
del portal www.mercadopublico.cl, en la funcionalidad que este tiene para tal efecto.
4.- Criterios de Evaluación
Todo proveedor interesado en realizar una oferta debe obligatoriamente presentar información
para cada uno de los criterios exigidos, de lo contrario será evaluado con puntaje 0.
5.- Presentación de información para el proceso de evaluación de ofertas
Cuando la presentación de información para cualquier criterio de evaluación sea entregada en
rangos, será considerado el valor más alto dentro de éste, como el válido para la evaluación y asignación de puntaje.
6.- Fecha de adjudicación
En el caso que la licitación no sea adjudicada dentro de la fecha indicada en las bases, la
Institución justificará dicho cambio a través de la funcionalidad que para este efecto posee este sistema de información.
TÍTULO DÉCIMO NOVENO
DEL CONTRATO
1. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El servicio adjudicado se formalizará con la suscripción del contrato entre las partes, y
comenzará a regir con fecha 2 de enero de 2026
En el caso que el contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el adjudicatario autoriza a
SERNAPESCA, desde ya, para que los primeros estados de pago producto del contrato licitado sean destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de dichas obligaciones se encuentran pagadas. El incumplimiento de estas
obligaciones por parte del adjudicatario, derivará en el derecho del SERNAPESCA de ejercer el término anticipado si lo estima conveniente,
pudiendo llamarse a una nueva Licitación en la que el referido adjudicatario no podrá participar.
2. NO ACEPTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
Se entenderá que el oferente adjudicado no acepta la adjudicación y, por ende, se entenderá
desistido de su oferta, en los siguientes casos:
1. Si no concurre a la formalización del contrato, en el plazo señalado por la Entidad Licitante.
2. Si no se hubiere inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo indicado en el Acápite 3° del
presente Título.
3. Si al momento de la suscripción del contrato, el proveedor pierde la calidad de “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de
Proveedores del Estado.
4. Si antes de la suscripción del contrato, no entrega los documentos señalados en el Acápite 3° del presente Título.
En todos estos casos, el Licitante podrá adjudicar y suscribir el contrato con el oferente que
hubiere ocupado el segundo lugar en la evaluación o bien declarar desierta la licitación.
2.1. READJUDICACIÓN
En caso de no aceptación de la adjudicación, el licitante podrá re adjudicar la licitación al
oferente que siga en orden de prelación quien deberá cumplir con los mismos requisitos, otorgando los documentos exigidos en las presentes
bases.
Sin embargo, se podrá declarar desierta la licitación, si ninguno de los oferentes cumple con
los requisitos de las presentes bases.
3. DE LOS ANTECEDENTES LEGALES PARA LA CONTRATACIÓN
Para contratar con el Servicio, el proveedor deberá acompañar, en caso de no estar habilitado,
los siguientes documentos:
a) Declaración jurada simple sobre lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, de
acuerdo al modelo contenido en el siguiente link: “1. Declaración Jurada de conflicto de intereses para Personas Naturales o Jurídicas”,
según corresponda: http://www.chileproveedores.cl/DeclaracionesJuradas.aspx
b) En caso de ser persona jurídica, deberá presentar declaración jurada simple sobre lo
establecido en el inciso primero del artículo 4° de la Ley N° 19.886, de acuerdo al modelo contenido en el siguiente link: “2. Declaración
Jurada Prácticas Antisindicales”: http://www.chileproveedores.cl/DeclaracionesJuradas.aspx
c) En caso de ser persona jurídica, presentar declaración jurada simple sobre prevención de
lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho, de la Ley N°20.393, según formato que enviará el Servicio Nacional de
Pesca y Acuicultura.
Además, la Entidad Licitante podrá solicitar, antes de la suscripción del contrato, los siguientes
documentos según corresponda:
A. Personas jurídicas con o sin fines de lucro:
a) Certificado de vigencia del oferente emitido por la autoridad competente, con una fecha no
superior a 90 (noventa) días corridos al día de su presentación.
b) Copia simple del instrumento en el que conste la personería del representante y sus
facultades. Si la ley exigiere que el documento en donde conste la personería se encontrare inscrito, deberá acompañarse la copia de la
inscripción o certificado de vigencia respectivo, en ambos casos con una fecha no superior a 90 (noventa) días corridos al día de su
presentación.
c) Copia del Rol Único Tributario.
d) Además, deberán enviar, según se trate de:
Personas jurídicas con fines de lucro:
― Copia simple del instrumento de constitución y de sus modificaciones, si las hubiere.
― Copia simple de las publicaciones de constitución y modificaciones, si las hubiere.
― Copia de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de
Comercio, emitido por el correspondiente Conservador, si se tratare de sociedades. Sin perjuicio de las sociedades constituidas al amparo de
la Ley N° 20.659, que simplifica el
régimen de constitución, modificación y disolución de las Sociedades Comerciales, en cuyo
caso deberán acompañarse los siguientes documentos: certificado de estatutos actualizados y certificado de vigencia.
Personas jurídicas sin fines de lucro:
― Copia simple de sus Estatutos o del instrumento de constitución y de sus modificaciones, si
las hubiere.
― Copia simple de las publicaciones de constitución y modificaciones, si las hubiere.
― Copia simple del instrumento donde consten las facultades del representante legal de la
entidad, si hubiere.
B. Personas jurídicas creadas por ley:
1 Individualizar la norma legal que la creó.
2 Copia simple del instrumento en donde conste la personería del representante.
C. Personas naturales:
a) Copia de la cédula de identidad, por ambos lados, y Copia del R.U.T., si lo tuviere.
b) Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos
Internos.
El adjudicado podrá exceptuarse de presentar estos antecedentes si ellos se encuentran en el
Portal www.mercadopublico.cl, con las vigencias requeridas precedentemente.
4. DOCUMENTOS INTEGRANTES
Se deben considerar partes integrantes del Contrato los siguientes documentos:
a) Los Términos de Referencia.
b) Propuesta Técnico-Económica de la EMPRESA.
5. FORMA DE PAGO
5.1 RECEPCIÓN CONFORME DEL BIEN Y/O SERVICIO
El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, deberá emitir el “formulario recepción conforme y
acuse de recibo para bienes y servicios”, donde deberá constar la conformidad del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, lo que se
materializará una vez que los bienes y/o servicios se hayan entregado o prestado totalmente.
De este modo, el proveedor sólo podrá emitir la factura o documento tributario de cobro una
vez que se haya recepcionado conforme la entrega de los bienes y/o servicios mediante la suscripción del “formulario recepción y acuse de
recibo para bienes y servicios” por parte de los funcionarios indicados en el párrafo precedente. En caso contrario, se le devolverá(n) al
proveedor su(s) factura(s) o documento(s) de cobro, dentro del plazo de ocho (8) días corridos contados desde su emisión. En este caso, el
reclamo será puesto en conocimiento del representante autorizado del proveedor por carta certificada o correo electrónico, juntamente con la
devolución de la factura y otros documentos remitidos al efecto. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
5.2 DEL PAGO
a. Del pago por los servicios contratados
El monto total del contrato corresponderá al valor de la oferta adjudicada. Se pagarán los
servicios en 24 cuotas iguales y sucesivas.
En el caso que el contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el adjudicatario autoriza a
SERNAPESCA, desde ya, para que los primeros estados de pago producto del contrato licitado sean destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de dichas obligaciones se encuentran pagadas. El incumplimiento de estas
obligaciones por parte del adjudicatario, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva Licitación
en la que el referido adjudicatario no podrá participar.
b. Del pago centralizado
El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, dará instrucción de pago de la factura o
documento de cobro a la Tesorería General de la República, dentro del plazo de 30 días corridos, contra entrega y recepción conforme de
esta, y una vez suscrito el “formulario de recepción y acuse recibo para productos y/o servicios” por el funcionario autorizado del
Departamento Administrativo y la Contraparte Técnica, o de quien les subrogue, previo V° B° del Encargado DAF Regional.
Para efectos del despacho de la factura, el proveedor deberá enviar dicho documento
tributario, con su respectivo detalle de consumo mensual, por correo certificado a dependencias de la Dirección Regional, ubicada en San
Carlos 50, oficina 44, comuna de Valdivia, o en el caso que cuente con factura electrónica, a través de la casilla de correo electrónico
vvenegas@sernapesca.cl, con copia al correo electrónico oficinadepartes14@sernapesca.cl siendo estos el medio el canal oficial para
recibir los documentos emitidos de forma electrónica. El plazo para enviar la factura en cobranza por parte del proveedor adjudicado será
dentro de los 10 (diez) primeros días del mes siguiente a la prestación del servicio. No se aceptará ningún otro medio de envío de la factura,
ni tampoco se pagarán intereses de ningún tipo por causas derivadas del retraso en el envío del documento tributario, por parte del
proveedor.
SERNAPESCA no dará instrucción de pago, si los servicios solicitados no cumplen con las
especificaciones tanto técnicas como administrativas establecidas en las bases, por ende la factura podría ser reclamada
La factura mensual deberá traer siempre anexada, el pago de las cotizaciones previsionales
del personal de la empresa. En caso de no contar con esta documentación, la factura será devuelta.
6. DE LA COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN
Durante la vigencia del contrato que resulte de la presente Licitación, el adjudicatario se
relacionará con el Servicio a través del profesional que designe el Director Regional de Los Ríos de la persona que lo subrogue, o que se
designe para tales efectos, siendo este funcionario quien desempeñará la función de supervisión del contrato por parte de SERNAPESCA.
Por el Adjudicatario actuará como coordinadora la persona que éste designe, previa
comunicación por escrito al funcionario señalado precedentemente, dentro de los cinco días siguientes a la suscripción del contrato
respectivo.
7. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
En caso que el proveedor adjudicado no diera cumplimiento o cumpliera imperfectamente las
obligaciones que impone el contrato, sin causa justificada, la Contraparte Técnica podrá proponer la aplicación de una multa, en conformidad
a lo que se expresa en el presente Acápite. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el Acápite “Modificación y término anticipado del
contrato”, de las presentes bases.
Para efectos de determinar el monto de la multa, se graduará el incumplimiento conforme a lo
siguiente:
Multas por incumplimientos graves: Se considerarán faltas graves aquellos
incumplimientos del contrato que afecten directamente la continuidad de la operación normal de los servicios de aseo del (los) edificio (s) de
SERNAPESCA descritos en la presente Licitación.
El incumplimiento grave se sancionará con multa de 10 UTM, por cada evento, atendida
la entidad y el impacto provocado por los hechos constitutivos de la falta en la operatividad de Sernapesca.
Se estiman como incumplimientos graves los siguientes:
a. La no prestación del servicio de mantención de aseo en cualquiera de las dependencias
objeto de la presente licitación por causa imputable al adjudicatario.
b. Destrucción o maltrato de bienes muebles de propiedad del SERNAPESCA.
c. Uso de equipos computacionales del Servicio, sin autorización.
d. El no reemplazo de personal, por motivos de ausencias a cubrir en los turnos establecidos,
durante alguna de las jornadas donde debería prestar los servicios.
e. Incumplimiento del programa de mantenciones de limpieza periódicas para las
dependencias indicadas en las presentes bases.
f. Incumplimiento de las normas legales de seguridad e higiene en el trabajo, o la no aplicación
de los protocolos, instructivos o normas del Servicio.
g. No pago oportuno de cotizaciones previsionales y de salud y/o de las remuneraciones de
sus trabajadores.
h. Asistir, el proveedor o sus dependientes, a trabajar bajo la influencia del alcohol o drogas
y/o ingerir este tipo de sustancias en dependencias del SERNAPESCA.
i. Incurrir en más de 5 incumplimientos leves, acumulados durante el período de un mes.
j. Que el personal y/o responsables de la empresa de aseo realice ataques físicos y/o verbales
en contra de funcionarios de SERNAPESCA o contra usuarios del Servicio.
k. El no pago oportuno de remuneraciones.
l. No respetar las normas internas de la Institución.
Multas por incumplimientos leves: Se entiende como incumplimientos leves, aquellos
incumplimientos del contrato, por parte del proveedor, que no afecten de forma directa la capacidad operativa del servicio.
El incumplimiento leve se sancionará con multa de 5 UTM, por cada evento.
Para tales efectos, son incumplimientos leves:
1. Retrasos en la entrega de los servicios requeridos, que no se entiendan como incumplimientos graves. Cada día de incumplimiento
consiste un evento separado de carácter acumulable.
2. El retraso en el envío de la factura por parte del proveedor, en los términos requeridos y en el plazo señalado en el numeral 4, párrafo
dos del presente título, y
3. En general, cualquier otro incumplimiento que no afecte de forma directa la capacidad operativa del Sernapesca.
El Servicio se pronunciará respecto de la proposición de multa por medio de resolución
fundada, y en caso de imponer una multa, podrá hacerla efectiva deduciéndola en primer lugar de la parte impaga del precio del contrato, sin
perjuicio de su derecho a proceder a su cobro judicial. En todo caso, cuando el monto total de las multas impuestas supere el equivalente al
20% del monto del contrato, el Servicio podrá poner término anticipado al contrato, de acuerdo lo dispone el numeral siguiente.
En caso de incumplimiento grave en la prestación de los servicios contratados, la Entidad
Licitante podrá:
- Suspender el pago que deba realizar el SERNAPESCA al proveedor, mientras el problema o
incumplimiento no será resuelto por parte de este último.
- Poner término anticipado al contrato de acuerdo con las causales previstas en las presentes
Bases Administrativas.
8. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MEDIDAS POR INCUMPLIMIENTO DEL
CONTRATO
SERNAPESCA, sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, previo a la adopción de las
medidas de suspensión del pago o de término anticipado del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 137 del reglamento de
compras públicas, deberá cumplir con el siguiente procedimiento, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 139:
1. Deberá poner en conocimiento del proveedor de las situaciones que motiven la aplicación de sanciones o medidas por
incumplimiento, para que en forma previa a la dictación del acto administrativo respectivo éste pueda entregar los antecedentes y
argumentos que estime del caso y pertinentes a su favor.
2. Las notificaciones se efectuarán en forma personal, vía carta certificada al domicilio indicado en el contrato. Con todo, será válida la
forma de notificación dispuesta en el artículo 140 del reglamento. La no recepción del correo postal por razones no imputables al
SERNAPESCA, serán de responsabilidad exclusiva del proveedor. Si el proveedor lo solicitare, podrá efectuarse la notificación por
correo electrónico.
3. Notificada la proposición de aplicación de sanción o medida por incumplimiento al proveedor, éste dispondrá de 5 días hábiles
administrativos (no se computan sábados, domingos ni festivos) para presentar sus descargos por escrito, plazo que comenzará a
regir a partir del día hábil siguiente al de la comunicación. Dichos descargos deberán presentarse en la Oficina de Partes de la
Dirección Nacional del Servicio, los que deberán ser dirigidos a la Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas. El
documento donde consten los descargos deberá indicar expresamente como referencia el número de oficio del SERNAPESCA que
informa la proposición de sanción o medida que se pretende adoptar.
4. Transcurrido el plazo, y con los antecedentes que el SERNAPESCA disponga y/o que el proveedor haya aportado, se dictará el acto
administrativo que se pronunciará sobre los hechos, la sanción y su cuantía, a través de una resolución fundada.
5. Las sanciones que se impongan serán notificadas mediante publicación en el Sistema de Información del Portal Mercado Público,
conforme lo dispuesto por el reglamento de la Ley N° 19.886.
6. Respecto de la resolución que aplica la medida o imponga la multa, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la
Ley N° 19.880.
7. Una vez formalizada y cause ejecutividad la medida aplicada o multa impuesta, el proveedor deberá, dentro de los primeros 10 días
hábiles del mes siguiente, enterar el valor de la multa en efectivo en arcas fiscales. En caso contrario, se liquidará el contrato.
9. NOTIFICACIONES, MODIFICACIÓN Y/O TERMINACIÓN ANTICIPADA
Para efectos de lo establecido en el párrafo precedente, y la comunicación de cualquier
circunstancia que incida en la respectiva contratación, los contratantes podrán utilizar, indistintamente, cualquiera de los siguientes medios
de comunicación, los cuales tendrán la misma validez: a) carta certificada; b) correo electrónico c) mecanismo de notificación del 140 en
caso de que corresponda. En este sentido, las partes deberán mantener vigentes y actualizados los datos pertinentes, entre otros:
individualización del contacto, domicilio, teléfonos y dirección de correo electrónico.
Modificación del contrato.
El contrato podrá ser modificado de común acuerdo por las partes, de acuerdo a lo
establecido en el numeral 129 y siguientes, del Reglamento de la Ley N° 19.886, y por las demás causales previstas en la Ley de Compras y
en el referido artículo del Reglamento.
El Servicio no procederá ni ejecutará algún cambio a los servicios contratados, a menos y
hasta que el proveedor haya aceptado una propuesta, y que éste y el Servicio hayan firmado el correspondiente acuerdo modificatorio, y
haya sido aprobado por el correspondiente acto administrativo, el que para todos los efectos deberá incorporarse en el sistema de
información del portal mercado público. En caso de existir alguna incongruencia entre el presente documento y cualquier otro término y
condición establecida en una orden de compra que modifique los Servicios contratados debidamente ejecutada, los términos y condiciones
incluidos expresamente en la orden de compra que pone en ejecución las modificaciones acordadas prevalecerán con respecto a su materia
principal.
De igual forma, de acuerdo a lo establecido en el inciso final del artículo 129 del Reglamento
de la Ley N° 19.886, el contrato podrá modificarse aumentando el monto del contrato hasta un 30% del monto originalmente pactado, de
acuerdo a las necesidades del Servicio, las que deben decir relación con el requerimiento de la presente compra.
Término anticipado del contrato:
No obstante, el SERNAPESCA se reserva además la facultad de terminar anticipadamente el
contrato celebrado con el proveedor, en los siguientes casos:
1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
2. Estado de notoria insolvencia del contratante.
3. Por exigirlo el interés público.
4. Si se disolviese la empresa proveedora o falleciere la persona natural contratada.
5. Si, a juicio de la contraparte técnica, la calidad del servicio que por este proceso se contrata, no cumpliera con las especificaciones
técnicas establecidas y el proveedor se negase a rectificar dichos errores en los plazos previstos. Para la aplicación de la presente
causal de término, la contraparte técnica del Servicio deberá elaborar el correspondiente informe técnico que dé cuenta de lo indicado
precedentemente.
6. No realizarse la actividad en las fechas programadas, por causa imputable al proveedor.
7. Si el proveedor efectuase un traspaso total o parcial del contrato o cesiones de derechos provenientes de aquél a un tercero.
8. Por incumplimiento grave, de acuerdo con lo establecido en el acápite “Medidas aplicables ante incumplimientos del contrato”.
9. Por incumplimiento en el pago de los sueldos o salarios o de las obligaciones impuestas por las leyes sociales, respecto de sus
trabajadores.
10. Si el valor acumulado de las multas supera el 20% del valor del contrato.
11. Las demás causales previstas en el presente documento, en el respectivo contrato, en la Ley de Compras o su Reglamento.
Si se verificase la ocurrencia de cualquiera de estas causales, el SERNAPESCA, previo
informe de la contraparte técnica podrá poner término anticipado al contrato mediante un acto administrativo fundado y debidamente
notificado al proveedor por correo certificado con a lo menos 5 días hábiles de anticipación, efectuando el pago de los servicios
efectivamente ejecutados y aprobados, sin que el proveedor tenga derecho a otra compensación o indemnización.
En tal caso, deberá procederse a la liquidación del contrato.
10. DE LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES
Cualquier dificultad que surja por la interpretación, aplicación y cumplimiento del contrato
resultante de la presente Licitación Pública, será resuelta necesariamente por los Tribunales Ordinarios de Justicia con asiento en la comuna
de Valdivia.
Para todo efecto legal derivado de esta convención, las partes fijan su domicilio en la ciudad
de Valdivia.
11. RESPONSABILIDAD CON TRABAJADORES DEPENDIENTES
Al proveedor adjudicado le asistirá responsabilidad legal, previsional o de cualquier otra
índole, respecto a cualquier tipo de relación laboral entre él y su personal, en relación con cualquier accidente laboral durante el desempeño
de las actividades o en el tránsito a través de ella y/o el trayecto desde el domicilio al lugar de trabajo y viceversa, quedando, siendo
exigencia que éste pertenezca a una mutualidad de seguridad.
Será responsabilidad del contratante el cumplimiento de todas las obligaciones y derechos
contractuales, pago de remuneraciones, control de feriados, permisos y descuentos legales, pagos previsionales y tributarios, mantención de
convenios colectivos si los hubiere, redacción y liquidación de finiquitos, licencia de accidentes de trabajo y trámites de pagos de subsidios,
tramitación de pago de asignaciones familiares y beneficios de la caja de compensación, etc., del personal requerido para el cumplimiento de
los fines de esta licitación, de acuerdo a la legislación laboral vigente, así como también todos aquellos gastos que demande la adecuada
prestación del servicio. Asimismo, deberá proveer a sus trabajadores de los equipos de seguridad que establecen las leyes y reglamentos de
Seguridad; cumplir con las normas de prevención de riesgos de estos y las instrucciones que imparta la Mutual o la entidad aseguradora con
la que contrate el seguro de accidentes correspondientes.
Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria o subsidiaria que le asista a la Entidad
Licitante respecto de las obligaciones laborales y seguridad social del proveedor para con sus trabajadores, de acuerdo con las disposiciones
pertinentes del Código del Trabajo.
SERNAPESCA puede solicitar, cuando lo estime necesario, cualquier antecedente que
acredite el cumplimiento de los derechos del trabajador.
12. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que resulte de la presente licitación comenzará a regir desde el 2 de enero de
2026, y estará vigente por un periodo de 24 meses, sin renovación. Sin perjuicio de lo anterior, se deja expresa constancia que no se cursará
ningún pago de las prestaciones realizadas mientras la resolución que aprueba el contrato no esté debidamente tramitada.
TÍTULO VIGÉSIMO
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El oferente se obliga a que la información suministrada por el Servicio Nacional de Pesca y
Acuicultura, o a la que tenga acceso en calidad de adjudicatario con ocasión de la ejecución del respectivo contrato, ya sea en forma oral o
escrita, a través de documentos, registros, contratos, libros de contabilidad, bosquejos, folletos, soportes computacionales y, en general, por
cualquier otro medio en virtud del cual se haga posible tornar conocimiento de tal información, tendrá carácter de "confidencial".
Conforme a lo anterior, queda prohibido al adjudicatario divulgar, explotar, comercializar y
utilizar la información antes referida, para fines distintos de los requeridos en la contratación objeto del presente instrumento.
La obligación de confidencialidad se hace extensiva a los propietarios, gerentes y/o
administradores, trabajadores de la empresa oferente y todo aquel que tenga algún vínculo de subordinación o dependencia con la misma o
con las entidades de las cuales forme parte; a quienes tengan o hayan tenido, durante los últimos seis meses, directamente o a través de
otras personas, una relación profesional o de negocios con la referida empresa, a los cónyuges y parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad de los propietarios, gerentes, administradores, empleados, trabajadores y de todo aquel que tenga algún vínculo
de subordinación o dependencia con la empresa.
La falta de cumplimiento de esta obligación hará responsable al adjudicatario de todos los
daños y perjuicios que directa o indirectamente ocasione su actuar al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
TÍTULO VIGÉSIMO PRIMERO:
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin
perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera
fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, o tener conductas que atenten contra el
Sistema de Prevención de Delitos Funcionarios precedentes o base de los de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, en el
proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de
decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o
afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso
licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de esta.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en
el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus
documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la
legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en
términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean
asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente
responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o
fuesen determinadas por los organismos correspondientes”.
TÍTULO VIGÉSIMO SEGUNDO
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA PARA OFERTAR
La visita a terreno es obligatoria por ser esencial para que los oferentes verifiquen in situ
superficies y distribución, condiciones de acceso y seguridad, restricciones horarias, puntos críticos de aseo, disponibilidad de
insumos/facilidades y exigencias sanitarias/ambientales, asegurando la compatibilidad del plan de trabajo, dotación y equipamiento con las
condiciones reales y la continuidad del servicio público; en consecuencia, su inasistencia implica que este Servicio declararará la
inadmisibilidad de la oferta que no cumpla con este requisito.
TÍTULO VIGÉSIMO TERCERO
PRESUPUESTO DISPONIBLE
El monto total disponible que el Servicio Nacional de Pesca destinará a los efectos de la
presente Licitación es de $12.000.000.- (doce millones de pesos), todos los impuestos incluidos. Este monto corresponde al presupuesto
total a ejecutar en el servicio licitado, en un periodo de 24 meses.
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