Licitación ID: 2107-15-LE21
COMPRA SERVICIOS ENFERMERIA SISTEMA TURNO PABELLON
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE SANTA CRUZ
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
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Productos o servicios
1
Personal médico temporal 3 Unidad
Cod: 80111606
COMPRA SERVICIOS ENFERMERA(O) PARA SISTEMA TURNO PABELLON  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
COMPRA SERVICIOS ENFERMERIA SISTEMA TURNO PABELLON
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Hospital Santa Cruz, como establecimiento de salud requiere la contratación de servicios de profesionales de Enfermería para la Unidad de Pabellón del Hospital Santa Cruz, de acuerdo a mail de fecha 15 y 25 de Enero 2001, con instrucción de la Subdirección Administrativa para la confección de Bases Administrativas y Técnicas, por lo que corresponde contratar dichos servicios mediante licitación pública.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Hospital de Santa Cruz
R.U.T.:
61.602.148-6
Dirección:
Avenida Errázuriz 921
Comuna:
Santa Cruz
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-02-2021 15:57:00
Fecha de Publicación: 02-02-2021 13:04:21
Fecha inicio de preguntas: 02-02-2021 16:24:00
Fecha final de preguntas: 05-02-2021 16:24:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-02-2021 16:24:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-02-2021 15:58:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-02-2021 15:58:00
Fecha de Adjudicación: 26-03-2021 9:24:34
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- VER ANEXOS
Documentos Técnicos
1.- VER ANEXOS
 
Documentos Económicos
1.- VER ANEXOS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento requisitos formales Cumple con todos los requisitos solicitados al momento de la oferta:100 No Cumple con todos los requisitos solicitados al momento de la oferta:0 5%
2 Oferta económica PJE: x= ((Precio mínimo ofertado)/ (precio oferta))*100 0-100 5%
3 Experiencia Laboral Experiencia en Servicio Privado 1 Punto por año (Máximo 10 puntos) Experiencia en Servicio Publico 2 Puntos por año (Máximo 10 Puntos) 10 (equivale a 100 puntos y puntajes menores se calculan por regla de tres simple) 5%
4 Competencias Profesionales para el desempeño de la Evaluación Psicolaboral:Recomendable 35 (100 puntos) Recomendable con observaciones Regla de tres simple; No recomendable 0 35%
5 Competencias Técnicas para el desempaño de la Fun Entrevista. Valoración global de las aptitudes del postulante: Presenta Varias habilidades y competencias requeridas para el cargo;No presenta habilidades y competencias requeridas para el cargo 0 35 (100 puntos)Presenta Mínimas habilidades y competencias requeridas para el cargo Regla de tres simple 45%
6 Cursos de Formación o Capacitación Capacitaciones en los últimos 5 años, referentes al cargo 2 Puntos por capacitación 10 (equivale a 100 puntos y puntajes menores se calculan por regla de tres simple) 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 15 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: luz verdugo silva
e-mail de responsable de pago: luz.verdugo@saludohiggins.cl
Nombre de responsable de contrato: MARIO ZARALLO P.
e-mail de responsable de contrato: jefelogistica.hsc@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2332301-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
ACEPTACION, ADJUDICACION Y RESOLUCION DE LA PROPUESTA
La adjudicación de la licitación es prerrogativa exclusiva del Director del Hospital, situación que será aceptada por el oferente en el sentido de facultar al Hospital para que sea una prerrogativa exclusiva de éste. Así mismo, El Hospital podrá solicitar cualquier información complementaria, respecto de la capacidad económica y financiera de cualquier oferente, como asimismo sobre sus aspectos que guarden relación con su identidad, comercial o cualquier otro, si lo estima necesario, con posterioridad a la Apertura de las Propuestas. Se deja establecido, que dicha información no podrá ser ponderada de manera beneficiosa ni perjudicial para el oferente. Admisibilidad y Rechazo de las Propuestas. En forma previa a la evaluación de las propuestas, el Contratante efectuará un análisis de admisibilidad de éstas, mediante el cual comprobará que los postulantes hayan cumplido con los requisitos establecidos en las Bases Administrativas. El Contratante declarará inadmisibles las ofertas por resolución fundada, cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases Administrativas incluidos aquellos casos en que habiéndose solicitado a los proponentes salvar errores, omisiones formales y/o complementar sus antecedentes, según lo establecido en el párrafo anterior, no se hubiere dado cumplimiento a lo requerido dentro del plazo indicado en la solicitud respectiva. También la entidad licitante se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, de acuerdo al Artículo 9) de la Ley 19.886, cuando no se presenten ofertas, cuando estas no cumplan con lo establecido con la Bases Administrativas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses del Hospital Santa Cruz en base a razones objetivas y no discriminatorias, que deber ser fundamentadas en la respectiva resolución para todos los casos. El Hospital rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisible aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva. Se declarará desierta la licitación en los siguientes casos: 1) Errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases. 2) Si no se presentan ofertas. 3) Si todas las ofertas son inadmisibles de conformidad a las presentes bases. 4) Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora. 5) Si los servicios ofertados no son convenientes para los intereses del Hospital. 6) En razón de causa sobreviniente de cambios en las necesidades requeridas que impliquen una nueva licitación. 7) Por no cumplir con los requisitos técnicos requeridos. 8) Si la oferta técnica o económica presenta inconsistencias entre lo ofertado en el Sistema de Información y lo informado por el proponente en los respectivos anexos de oferta técnica o económica y dichas inconsistencias no pudieran ser subsanadas. Revocación de la Licitación Pública. El Hospital se reserva el derecho de dejar sin efecto el proceso de licitación publicado en el portal de Mercado Público cuando no pueda continuar con su flujo normal que conduce a la adjudicación. La revocación deberá ser fundada en razones de mérito, conveniencia u oportunidad, no pudiendo revocarse la licitación cuando: a. Se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente. b. La Ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos. c. Por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto. Lo anterior, conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. El estado de revocado del proceso de licitación produce el efecto de detenerlo definitivamente aun existiendo ofertas. Readjudicación: El Hospital podrá readjudicar en un plazo igual o menor a 60 días corridos desde la publicación en el sistema de información de la resolución que dé cuenta de la adjudicación. Se procederá a la readjudicación en los siguientes casos: a. Cuando el oferente no mantenga su oferta posterior al proceso de adjudicación. b. Cuando el oferente incurra en quiebra o estado de insolvencia. c. Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro Nacional de Chile Proveedores en el plazo establecido en las Bases de Licitación o, encontrándose inscrito en dicho registro, no está habilitado para contratar. d. Cuando el oferente no adjunte la declaración jurada simple para contratar, Anexo N° 4. e. Cuando el oferente no cumpla con el plazo de suscripción del contrato señalado en la cláusula “Contrato”. En esos casos, el Hospital Santa Cruz podrá adjudicar al oferente que sigue en puntaje y así sucesivamente, siempre que cumpla con los requisitos exigidos en las bases. El acto de adjudicación no generará vínculos contractuales entre el adjudicado y el Hospital, y podrá dejarse sin efecto de acuerdo a lo señalado en estas bases. El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el oferente adjudicado y el Hospital, es el acto aprobatorio del contrato tramitado.
RESOLUCION DE EMPATES
Una vez evaluadas las ofertas, si se producen empates en las evaluaciones finales, para su desempate se atenderá a los mayores puntajes obtenidos en los siguientes criterios de evaluación: a. Se aplicará como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en la evaluación de entrevista técnica. b. Si persiste el empate, se recurrirá al siguiente criterio que será la entrevista psicolaboral. c. Si aún persistiere empate, se considerará como tercer criterio de desempate la antigüedad laboral en cargos iguales o similares que es objeto la presente licitación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.