ADJUDICACIÓN O RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
La Municipalidad de Los Álamos estudiará las propuestas a través de la Comisión Evaluadora señalada en el punto 10.1 de estas Bases.
Esta comisión propondrá al Señor alcalde dentro del plazo cinco (05) días siguientes al cierre de ofertas en el portal mercado público, la oferta que estime más conveniente, pudiendo éste aceptar la proposición o declararla desierta si correspondiere o rechazarlas todas, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna. La oferta que se acepte podrá ser igual o inferior al presupuesto disponible.
La I. Municipalidad de Los Álamos, se reservará el derecho de adjudicar aquella propuesta económica mejor evaluada, la que no siempre podrá ser la más económica, puesto que dependerá de los porcentajes que cada proveedor obtenga en cada uno de los Criterios considerados para la evaluación de las ofertas.
La Municipalidad, se reserva el derecho de solicitar o no antecedentes omitidos que considere procedente a fin de clarificar una oferta o corregir un error de carácter administrativo, cuando alguna de ellas pudiese resultar conveniente para este municipio, siempre y cuando respete los derechos de igualdad de los oferentes participantes en una licitación.
La Municipalidad de Los Álamos, declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes Bases o especificaciones técnicas.
La Municipalidad, podrá declarar desierto el proceso licitatorio cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no satisfagan sus intereses, o bien cuando no le sean convenientes, tanto técnica y/o económicamente, efectuando la declaración de deserción pertinente bajo Decreto Alcaldicio.
Si solo existe una oferta en esta licitación la Municipalidad de Los Álamos, se reservará el derecho de adjudicar al oferente siempre y cuando la oferta se ajuste a los intereses y presupuesto disponible.
Si la oferta no contempla la totalidad de los productos requeridos, se rechazará durante el proceso de evaluación y revisión más acabada de los antecedentes, señalando en el informe de evaluación las razones que motivaron la decisión por parte de la comisión evaluadora. –
Si la adjudicación no pudiere efectuarse dentro de los plazos determinados en el cronograma de fechas, la Municipalidad informara en el portal los motivos del retraso señalando el nuevo plazo para la adjudicación.
La adjudicación de esta licitación será por el total de los cerámicos solicitados y se publicará en una sola línea, por ende, se adjudicará a un solo proveedor.
11.1.- Una vez adjudicada o rechazadas las propuestas por el Mandante, se procederá a dictar la resolución o decreto que así lo resuelva y a comunicarlo por el Portal www.mercadopublico.cl.
12.- FORMALIZACION DE LA ADQUISICION
La adquisición de los Ceramicos solicitados en la línea de postulación se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra Electrónica, corresponde a una compra inferior a 1000 UTM y los productos solicitados corresponden a bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación, ya que no requieren de un análisis demasiado técnico para su postulación. Hay que considerar que corresponden a proyectos de ejecución inmediata y de complejidad baja, por lo cual no requieren mayores exigencias técnicas.
Esto de acuerdo con lo mencionado en el decreto 661, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886, que establece en el artículo 117, donde se menciona que cuando se trate de estos tipos de bienes y/o servicios se puede formalizar a través de la orden de compra.
Este proceso será vía sistema www.mercadopublico.cl, por parte de la Unidad de compra, y su aceptación por parte del proveedor.
Para lo anterior, el proveedor adjudicado deberá encontrarse HÁBIL para contratar con el Estado, lo que será verificado en línea, en el sistema www.mercadopublico.cl, emitiéndose el Certificado de Estado de Inscripción en registro de Proveedores correspondiente.
En el caso de que el adjudicado no se encuentre hábil en registro de Proveedores contará con un plazo de 10 días corridos para habilitarse caso contrario se procederá a efectuar la Re-adjudicación o declarar desierta esta licitación.
12.1 EMISION DE LA ORDEN DE COMPRA
Luego de sancionado el Decreto que aprueba la adjudicación de la licitación, la unidad de compra del Programa PMU procederá a adjudicar la adquisición en el portal www.mercadopublico.cl, emitiéndose y enviándose al proveedor adjudicado la Orden de Compra respectiva, con el detalle y cantidad de los productos a adquirir.
12.2 ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA.
El proveedor tendrá un plazo de 24 horas para aceptar la Orden de Compra Electrónica, desde el día que le fue enviada por parte de la Unidad de Compra del Programa PMU a través del sistema www.mercadopublico.cl, en caso de que no se dé cumplimiento, el comprador deberá solicitar el rechazo entendiéndose definitivamente rechazada transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, según lo establecido en el artículo 117 del Reglamento de Compras, procediendo en ese caso el comprador a efectuar la correspondiente cancelación de dicha orden de compra y a re adjudicar la licitación si correspondiere.