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Resolución de Empates |
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Resolución de Empates:
En caso de producirse empate entre 2 o más oferentes participantes en la Licitación, para desempatar de la siguiente
forma:
● Se verá a aquella oferta que tenga mayor puntaje en la oferta económica
En caso que aun así persista el empate se verá a aquella oferta que tenga mayor puntaje en el siguiente orden:
● Remuneración bruta conductor
● Experiencia en el área.
Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en
el portal mercado público considerándose la hora del trámite de ingreso.
Al presentarse sólo un proveedor se aceptará la oferta si cumple los requisitos técnicos, pero se debe tener presente
que el monto total de la compra no debe superar el presupuesto referencial.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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La entidad licitante pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en
conocimiento de todos los interesados en participar en la presente Licitación
según programación de visita a terreno de carácter obligatorio publicado
en portal www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, en
el plazo de (3) tres días corridos posteriores al vencimiento del plazo para
realizar consultas.
En caso de alguna modificación en fechas, la nueva fecha de publicación
de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID
de la licitación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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a) Certificado emitido por la Dirección Provincial del Trabajo denominado “Certificado de Cumplimiento
de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)”, con la pertinente individualización de los
servicios, comuna empresa o faena objeto del certificado; el domicilio de la obra, indicando región,
comuna y localidades, cuando corresponda; la situación de los trabajadores declarados a la fecha de la solicitud
del certificado; el estado de las cotizaciones previsionales,
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Bases de Licitación
debiéndose siempre acompañar nómina de trabajadores
impresa y debidamente legalizada ante Notario Público, con indicación de sus nombres, cédulas de identidad
y remuneración líquida, bruta, cotizaciones previsionales y de seguridad retenidas y remuneración líquida según
corresponda, detalle de las remuneraciones; detalle de las indemnizaciones sustitutivas del aviso previo y/o por años
de servicios; antecedentes
de la empresa principal, individualizando el RUT, Razón social o nombre, RUT del representante legal
y su nombre completo, domicilio de la empresa principal, con indicación de región comuna y teléfono; el objeto del
certificado, ámbito de validez y periodo
comprendido, los requisitos de validez y; la observación final cuando proceda, en el que
conste que no existen deudas laborales del Contratista con los trabajadores que se han desempeñado en la
ejecución de los servicios.
b) Acreditar que no tiene reclamos pendientes por remuneraciones adeudadas a los trabajadores
que se desempeñaron en la ejecución de los servicios comprendidos en el estado de pago.
c) Contrato de ejecución subcontratadas, en caso de que la hubiere.
d) En caso de que la empresa contratada o la subcontratada no acrediten oportunamente el cumplimiento
íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, el Hospital Adriana Cousiño de Quintero, a través de la Unidad
técnica, podrá solicitar hacer retención según el Estado de Pago que corresponda, de los montos de que es
responsable por estos conceptos.
e) Adjuntar informe obligatorio con el cumplimiento del servicio mensual que incorpore detalle de horas
trabajadas por vehículo.
Es importante que cumpla con las indicaciones de agregar la orden de compra o su facturación será rechazada
automáticamente por el portal.
El Hospital Adriana Cousiño de Quintero devolverá al proveedor la factura si tiene errores o no se ajustan a los
términos establecidos y demás antecedentes que rigen el proceso de trato directo, como asimismo a los
antecedentes de su oferta. En este caso el Proveedor deberá solucionar lo notificado en el plazo máximo de 5 días
hábiles.
El Hospital no se hace responsable si la factura es entregada en otro establecimiento de la red asistencial
perteneciente al Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota.
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Pacto de integridad |
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29. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente
pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin
perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria
y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por
éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º,
en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos
mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los
Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su
oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de
la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente
en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que
de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en
cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad,
integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de
cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores
y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o
como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o
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Bases de Licitación
fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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ACLARACIONES Y ANTECEDENTES
Una vez realizada la respectiva apertura electrónica de las ofertas, tanto técnica como económica, el Hospital Adriana
Cousiño de Quintero podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios y omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de
los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad
de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de sistema de información (Art. 40
Inciso 1° del Reglamento de la Ley N°19.886)
Además, el Hospital podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los
proponentes, en caso de ser necesario.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido
con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 Inciso 2° del Reglamento de la Ley
N°19.886)
No se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite “o “no vigentes”.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde a notificación del respectivo
requerimiento, para responder a lo solicitado por el Hospital Adriana Cousiño de Quintero para acompañar los
antecedentes requeridos por esta. El Hospital no considerara las respuestas o los antecedentes recibidos una vez
vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan
los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
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