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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Multas |
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Las sanciones se aplicarán administrativamente por la Municipalidad, sin forma de juicio y se deducirán de los estados de pago pendientes, de las garantías del Contrato, o de cualquier otro valor que se le adeude al contratista. Para la aplicación de las multas el encargado del contrato ITO se comunicará a través deL libro de obras al Contratista, indicando la infracción respectiva, el Contratista a través del mismo medio podrá formular descargos o lo que estime pertinente dentro del plazo de 3 días. Transcurrido el plazo anterior, el encargado del contrato se aplica la sanción que corresponde.
Si el contratista retrasara el plazo contractual, se aplicará una multa por cada día de atraso igual al 2 /1000 (dos por mil) del monto total de la oferta neta expresada en pesos, por un monto máximo no superior al 25% del monto del contrato, las que se descontarán administrativamente sin forma de juicio.
Se podrá contemplar, además, una multa equivalente al 4/1000 (cuatro por mil) del monto Total de la oferta neto, expresado en pesos y sus modificaciones si las hubiere, por cada incumplimiento contractual y/o a la(s) instrucción(es) impartidas justificadamente por la ITO, establecidas éstas, por escrito al Contratista mediante Libro de Obra (pudiendo ser también por cualquier otro canal escrito y recepcionado / Oficio – Correo electrónico en caso de ausencia del contratista). Se aplicará con el monto definido tanto por Día Corrido de Incumplimiento como también por evento de acuerdo al tipo de falta.
Notificada la multa al contratista a través del ITO mediante el libro de obras, éste tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde su notificación, para presentar un recurso de reposición ante el Alcalde quien podrá mantener la multa aplicada, rebajarla o dejarla sin efecto. Si el Contratista no presentare dicho dentro de plazo o el Alcalde no da lugar al mismo, la multa adquirirá el carácter de firme o ejecutoriada.
La multa correspondiente será rebajada administrativamente por el Municipio del próximo estado pago. En el caso que éste no alcance a cubrir su monto, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Si por cualquier motivo se hiciere efectiva la garantía antes señalada y no pusiese término al contrato, el Contratista deberá entregar al ITO del contrato otra garantía de las mismas características estipuladas en las Bases Administrativas, por el mismo monto y vigencia proporcional a la vigencia estipulada en el Punto Nº 25.1: Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de las Obras.
El Contratista tendrá un plazo de 3 días hábiles, contados desde su notificación para presentar la nueva garantía. La Ilustre Municipalidad de Cañete efectuará el cobro judicial de las multas en caso que no se alcancen a cubrir en su totalidad a través del respectivo estado de pago y/o la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
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