Licitación ID: 1057531-2-LE23
HABILITACIÓN ALIMENTADOR TRIFÁSICO SUMIN ELECTRICO
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL DE RIO NEGRO
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Productos o servicios
1
Suministro de electricidad trifásica 1 Unidad
Cod: 83101803
contratación de trabajos de “HABILITACION DE UN NUEVO ALIMENTADOR TRIFASICO PARA SUMINISTRO ELECTRICO DE LA SALA DE RAYOS X OSTEOPULMONAR Y BOXES DENTALES DEL HOSPITAL DE RIO NEGRO" De acuerdo a bases administrativas, técnicas y ANEXOS COMPLEMENTARIOS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
HABILITACIÓN ALIMENTADOR TRIFÁSICO SUMIN ELECTRICO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
HABILITACIÓN DE NUEVO ALIMENTADOR TRIFÁSICO PARA SUMINISTRO ELÉCTRICO DE LA SALA DE RAYOS X OSTEOPULMONAR Y BOXES DENTALES. LOS TRABAJOS SE REALIZARÁN EN EL HOSPITAL RIO NEGRO. LEER ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESPLEGADAS EN PANTALLA, EN REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLAUSULAS. SE SOLICITA VISITA A TERRENO DE CARÁCTER OBLIGATORIO, PARA CONOCER LOS TRABAJOS SIN COSTO PARA EL HOSPITAL.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.262-8
Dirección:
Arturo Prat 791
Comuna:
Río Negro
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 31-05-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 16-05-2023 14:42:44
Fecha inicio de preguntas: 16-05-2023 16:05:00
Fecha final de preguntas: 24-05-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-05-2023 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 31-05-2023 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 31-05-2023 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 12-06-2023 16:17:17
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario 1_Identificación del Oferente ID 1057531-2-LE23
2.- Formulario 2_Ausencia de Conflictos de Interés e Inhabilidades por Condenas ID 1057531-2-LE23
3.- Formulario 3_Declaración Jurada de Aceptación de Antecedentes de la Licitación ID 1057531-2-LE23
Documentos Técnicos
1.- Formulario 4_Plazo de Ejecución y Profesionales de Obra ID 1057531-2-LE23
 
2.- Formulario 5_Experiencia en Obras ID 1057531-2-LE23
 
3.- EETT PROYECTO NUEVO ALIMENTADOR TRIFASICO SALA RAYOS X HOSPITAL RIO NEGRO250423
 
4.- Reglamento Especial para Contratista y Subcontratistas N°10426 del 2021
 
5.- ANEXO COMPLEMENTARIO ID 1057531-2-LE23
 
6.- PLANO PROYECTO NUEVO ALIMENTADOR TRIFASICO SALA DE RAYOS X HOSPITAL RIO NEGRO250423
 
7.- PLANO PROYECTO NUEVO ALIMENTADOR TRIFASICO SALA DE RAYOS X HOSPITAL RIO NEGRO
 
Documentos Económicos
1.- Formulario 6_Presupuesto Detallado ID 1057531-2-LE23
2.- FORMULARIO N6 Presupuesto detallado250423
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Monto Oferta impuesto incluido 60%
2 Plazo de Ejecución Plazo máximo 45 días Corridos, de acuerdo a lo estipulado en bases administrativas y anexo complementario 15%
3 Experiencia de los Oferentes de acuerdo a lo estipulado en bases administrativas y anexo complementario 20%
4 Cumplimiento de Requisitos formales De acuerdo a lo estipulado en bases administrativas y anexo complementario 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuestos propios de Hospital de Rio Negro o co
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Detallado en ANEXO COMPLEMENTARIO, en pesos chilenos con impuestos incluidos.
Tiempo del Contrato 45 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Andres Rios Hernandez
e-mail de responsable de pago: andres.rios@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Carlos Toledo Uribe
e-mail de responsable de contrato: carlos.toledo@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2335779-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

De existir más de un proveedor que cumpla con la calificación más alta (empate), el Hospital se reserva el derecho de elegir la oferta mejor evaluada considerando hasta 3 decimales. En la eventualidad de persistir el empate se dirimirá de acuerdo a lo siguiente:

  1. Obtenga mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”, de persistir el empate se considerará:
  2. La oferta que presente el mejor puntaje en la “Experiencia del Oferente”, validados por la comisión. De persistir el empate se considerará:
  3. La oferta que presente el menor Plazo de Ejecución
  4. Si aun así subsiste empate se adjudicará al oferente cuya oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
  5. En última instancia persiste el empate, será el Director de Hospital quien dirima en esa eventualidad.

En caso de persistir el empate el Hospital podrá declarar Desierto el proceso, y efectuar un nuevo llamado a licitación.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico que se indica en el Anexo Complementario.

La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)       El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)       El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)       El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)       El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)       El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

f)       El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)       El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)       El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


Preguntas y Respuestas licitación
Todas las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación, deberán ser realizadas a través de la opción foro Consulta y Respuestas de la ficha de licitación, en los plazos señalados en el ANEXO COMPLEMENTARIO. Las respuestas a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el Portal, y se entenderán como parte integrante de las Bases. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de estas y no podrán alegar desconocimiento de ellas en cualquier efecto.
Término Anticipado del Contrato
Previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada del Servicio de Salud se podrá poner término al contrato en forma anticipada e inmediata como consecuencia de un incumplimiento, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados. El Hospital podrá poner término administrativamente y en forma anticipada al contrato en los siguientes casos: 1) Si el contratista o alguno de los socios de la empresa contratista fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima o sociedad por acciones, lo fuese alguno de los directores o el gerente. 2) Si el contratista fuere declarado en quiebra, o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieren impagos durante más de 60 días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. 3) Si el contratista no concurriere, dentro del plazo establecido a la entrega del terreno. 4) Si el contratista y/o sus subcontratistas no diere(n) cumplimiento al programa de trabajo, no iniciare oportunamente la Obra o incurriere en paralizaciones que afecten en más de un 30% del plazo de ejecución de las obras, y siempre que con ello se ponga en riesgo el término de la obra dentro de los plazos acordados. 5) Si el contratista y/o sus subcontratistas no acatare(n) en forma reiterada las órdenes e instrucciones de la INSPECTOR TÉCNICO DE OBRAS EN SALUD. Se entenderá en forma reiterada cuando impartida una misma instrucción más de 3 veces no cumpla con ello. 6) Si por error en la ejecución de los trabajos la obra quedara con defectos graves que no pudieran ser reparados y ellos comprometieran su seguridad u obligaran a modificaciones sustanciales del proyecto. 7) Cuando el Hospital de común acuerdo con el contratista, resuelven poner término anticipado al contrato. 8) Si el contratista empleare profesionales o subcontratistas en la ejecución de las obras sin haber obtenido la autorización correspondiente. 9) Disolución de la empresa contratista y no tuviese continuador legal, o muerte del contratista en el caso de persona natural. 10) Si el atraso total excediere del 30% del plazo contratado en los términos definidos en el punto 20.1.2 de las presentes bases de licitación o se excediere el monto tope establecido para el pago de multas establecido en un 20% del valor del contrato incluido impuestos. 11) Si el contratista es una Unión Temporal de Proveedores y ocurre alguna de las siguientes situaciones: a) Oculta información relevante para ejecutar el contrato que afecte a cualquiera de sus miembros; b) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. c) Disolución de la Unión Temporal de Proveedores antes o durante la vigencia del contrato. d) La constatación de que los integrantes que constituyeron dicha figura lo realizaron con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. e) Si uno de los integrantes que se retira de está, reunía uno o más características objeto de la evaluación de la oferta 12) Sin perjuicio de lo señalado en el numeral 3.5 “Pacto de integridad”, si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución de la licitación, y propiciaren prácticas corruptas, tales como: a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 13) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años. 14) En el caso de infracción de lo dispuesto en la numeral sobre “Cesión de contrato” y “Subcontratación”. 15) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. 16) Cualquiera otra establecida en las presentes bases o en la Ley 19.886 o en su reglamento DS 250/2004 Ministerio de Hacienda y sus modificaciones. En cualquiera de los casos señalados en la presente cláusula, excepto el indicado en el numero 7 o por la muerte del contratista, el Hospital podrá hacer efectiva la Garantía del Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de las obras, en su totalidad, considerándose para todos los efectos legales como clausula penal o avaluación anticipada de perjuicios, sin perjuicio que si el daño emergente ocasionado al Hospital por el incumplimiento es mayor al monto de la garantía asociada, el Hospital se reserva el derecho de iniciar las acciones legales para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes, en resguardo de los fondos públicos. Asimismo, se debe proceder al cobro de las multas respectivas que se hubieran generado hasta antes del término anticipado.
CONFIDENCIALIDAD
El Contratista deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que del Hospital conozca, con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes Bases y bajo ninguna circunstancia podrá, a cualquier título y/o por cualquier medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, transferir, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del Contrato, como después de su finalización. Esta prohibición afecta al Contratista, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del Contrato. El Contratista solo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a las presentes Bases. En caso de incumplimiento de esta cláusula, el Hospital podrá terminar anticipadamente el Contrato, pudiendo hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato según corresponda, sin perjuicio de cobrar los seguros y/o iniciar las acciones legales que procedieren.
RESPONSABILIDADES
Se deja expresamente establecido que el Hospital de Rio Negro no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto, del personal que el adjudicatario contrate o destine para el otorgamiento de las obras materia de esta propuesta Pública, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Contratista, quien otorgará los servicios bajo su propia responsabilidad y riesgo. En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con el Órgano Licitante. Se liberará de toda responsabilidad al Hospital de Rio Negro, en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de la utilización de los equipos y artículos que contempla esta licitación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.