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DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
en adelante el SENDA, requiere la contratación de un servicio técnico experto para el
desarrollo de una propuesta educativa de prevención universal del consumo de sustancias
para contextos educacionales con módulos y actividades que cuenten con artefactos
digitales para estudiantes de 7° Básico a IV° Medio, considerando el mapa de
competencias preventivas vigente.
En el esquema 1, se ilustra mediante un ejemplo cómo un nivel educativo contiene al
menos 4 módulos y cada uno de los módulos contiene al menos dos actividades. De estas
actividades, al menos una deberá contener la producción de un artefacto digital. El número
de módulos por nivel debe estar distribuido al menos de la siguiente manera:
Para efectos de este servicio se deberá considerar que; un módulo preventivo es una
unidad pedagógica de intervención breve, diseñada para ser desarrollada en una única
sesión de clase, con el objetivo de promover competencias preventivas y fortalecer
factores protectores frente al consumo de alcohol y otras drogas en niños, niñas y
adolescentes. Cada módulo aborda uno o más objetivos de aprendizaje que respondan al
mapa de competencias preventivas, mediante actividades estructuradas, las que pueden
incluir estrategias participativas, reflexivas, experienciales que incorporen artefactos
digitales. El módulo se estructura con un propósito definido, objetivos de aprendizaje o
competencias preventivas esperadas, y una metodología clara, procurando la participación
activa de estudiantes y la mediación pedagógica del equipo docente.
En el contexto del Continuo Preventivo de SENDA, un módulo deberá contener al menos
dos actividades y, al menos una de ellas deberá estar facilitada por un artefacto educativo
digital, tales como videos, actividades interactivas, juegos o recursos audiovisuales, que
apoyen la experiencia educativa y que deberán ser compatibles con la plataforma actual.
Para su inclusión, siempre se deberá priorizar su pertinencia para los fines pedagógicos.
Por artefactos educativos digitales se entenderá: un objeto o recurso diseñado con fines
pedagógicos para facilitar el aprendizaje, la reflexión o la interacción en contextos
educativos con fines preventivos del consumo de sustancias. En este caso, se refiere específicamente a artefactos con formato digital (producción audiovisual, videojuegos,
aplicaciones, plataformas sociales u otros que la evidencia estime pertinente).
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OFERENTE |
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Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, chilenas o
extranjeras, así como uniones temporales de proveedores que, cumpliendo los requisitos
legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la
oportunidad y forma establecida en las mismas.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de
Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso
de compra, Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de
adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá
materializarse por instrumento público o privado. Así mismo; deberán establecer, en el
documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de
todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes suficientes. Al momento de la presentación
de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán
para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no
signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte
a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la
propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente,
afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar
una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles
de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta
unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado,
incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de
este Reglamento.
NO PODRÁN PARTICIPAR.
Quedarán excluidos quienes se encuentren afectos a la prohibición de contratar, contenida
en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. Para estos efectos los oferentes deberán presentar la
declaración jurada disponible de forma digital en el portal de mercado público. Sin perjuicio
de lo anterior, el Servicio Nacional revisará el registro de las sentencias condenatorias por
prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
Así mismo, el artículo 35 quáter de la norma citada, regula los conflictos de interés,
ampliando a todos los funcionarios y funcionarias de SENDA, la imposibilidad de vender
bienes y servicios a los organismos en que trabajen, extendiéndose esa inhabilidad a sus
cónyuges o convivientes civiles, parientes y sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Dicha prohibición se extiende mientras ocupen sus cargos y hasta un
año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.
Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada contenida en el
Anexo N°1 (A, B y C, según corresponda) del Acápite III de las presentes bases. Sin
perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias
por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del
Trabajo.
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PRECIO |
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Los recursos que irrogará para SENDA el servicio que se contrata, ascenderá a la cantidad
de $ 100.000.000.-, impuestos incluidos. SENDA no entregará recursos adicionales a los
mencionados, por lo que los recursos indicados deben cubrir todos los gastos asociados a
la correcta realización de los productos solicitados.
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DURACIÓN Y VIGENCIA |
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El plazo de ejecución se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato y
hasta 280 días corridos. Por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el
servicio desde la fecha de suscripción del respectivo contrato y con anterioridad a la total
tramitación del mismo.
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CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES |
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Publicación bases Las bases estarán publicadas en el portal de
mercado público durante 20 días corridos.
Consultas
Hasta el día 5 corrido, contado de la fecha de la
publicación del llamado a licitación en el portal
Mercado Público.
Respuestas
Hasta el 5 día hábil, contado desde la fecha de
vencimiento del plazo para presentar las
consultas.
Recepción ofertas
Hasta el 20 día corrido, contado desde la fecha
de publicación de las bases de licitación en el
portal Mercado Público.
Acto de apertura de las ofertas
técnicas y económicas
Al día siguiente del cierre de recepción de las
ofertas.
Evaluación 15 días hábiles desde la apertura de las ofertas
Adjudicación 20 días hábiles desde la apertura de las ofertas
Plazo para adjuntar
documentos para la
contratación
Dentro de los 15 días hábiles desde la
notificación de la resolución que adjudica.
Suscripción del contrato Dentro de los 20 días hábiles desde la
notificación de la resolución que adjudica.
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INFORMACIÓN BÁSICA DE LA LICITACIÓN |
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Nombre de la Licitación
Licitación pública para la contratación del
servicio técnico para el desarrollo de una
propuesta educativa de prevención universal
del consumo de sustancias para contextos
educacionales con módulos y actividades que
cuenten con artefactos educativos digitales
para estudiantes de 7° Básico a IV° Medio
Etapas
Una (apertura de Propuesta Técnica y
Económica en un solo acto), que se efectuará
a través del sistema de información Mercado
Público.
Presupuesto El monto máximo de la licitación es de
$100.000.000.-, impuestos incluidos.
Participantes
Personas naturales o jurídicas, chilenas o
extranjeras, y Uniones Temporales de
Proveedores, que no registren alguna de las
inhabilidades establecidas en el artículo 4 de
la Ley 19.886 y en el artículo 35 quáter de la
norma citada.
Cómputo de los plazos
Todos los plazos son de días corridos, salvo
aquellos casos en que expresamente se
indique que los plazos son de días hábiles.
En caso de que un plazo expire en días
sábados, domingos o festivos se entenderá
prorrogado hasta el día hábil siguiente.
Comunicación con SENDA Exclusivamente a través del portal
www.mercadopublico.c l
Garantía de Seriedad de la
Oferta No
Garantía de Fiel y Oportuno
Cumplimiento del Contrato Si
Soporte de documentos
Excepcionalmente, se podrá utilizar el
soporte papel en los casos expresamente
permitidos por estas Bases o por la Ley de
Compras y su Reglamento.
Funcionario encargado de la
contratación
El encargado del contrato será la Jefatura del
Área de Prevención:
Carolina Bruce Ahumada –
cbruce@senda.gob.cl
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ENCARGADOS DEL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA |
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La encargada del presente proceso de licitación es doña Natalie Zambrano Neira, jefa de
la Unidad de Adquisiciones de SENDA o por quien la reemplace o subrogue, o quien sea
designado por ella. Los datos de contacto son los siguientes: Correo electrónico:
natalie.zambrano@senda.gob.cl
La Contraparte Técnica del contrato y encargada de administrar la Orden de Compra será
el Área de Prevención, representada por su jefatura o por quien lo reemplace o subrogue,
o quien sea designado por ella, por escrito y previa notificación al contratista. Serán
funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes:
a) Recibir a conformidad los servicios esperados, planteando al contratista las
observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la
recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias. Asistir en la
ejecución del servicio, coordinando las actividades que se requieran.
c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento
de los objetivos y de los servicios contemplados.
d) Otras obligaciones que le impongan las presentes bases.
Para estos fines, la Contraparte Técnica se reserva el derecho de fijar, cuando lo estime
conveniente, reuniones formales aclaratorias sobre el estado de avance del trabajo,
aspectos logísticos y técnicos de la realización del trabajo, para lo cual se comunicará con
el consultor con un mínimo de 48 horas de anticipación.
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CÓMPUTO DE PLAZOS |
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Todos los plazos son de días hábiles administrativos, salvo aquellos casos en que
expresamente se indique que los plazos son de días corridos. En este último caso, si un
plazo expira en sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado hasta el día hábil
siguiente.
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ETAPAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA |
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Una (apertura de propuesta técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a
través del sistema de información mercado público.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento del
plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto
administrativo, la que será sometida a la misma tramitación que la resolución aprobatoria
de las presentes bases, y será publicada en el portal Mercado Público.
En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la
presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan
conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Éstas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de
publicación de las presentes Bases en el citado portal, hasta 5 días corridos contados
desde esa fecha.
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RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y SOLICITUDES DE ACLARACIONES |
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Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hubieren sido
presentadas a través del portal dentro de los 5 días corridos, desde la fecha de
publicación de las bases en el portal. Las respuestas a las consultas y las aclaraciones
estarán a disposición de los Proponentes dentro de los 5 días hábiles siguientes al
vencimiento del plazo para presentar consultas y aclaraciones señalado en el numeral
precedente.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte integrante de las Bases de esta
licitación.
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DE LAS OFERTAS |
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13.1 INFORMACIÓN GENERAL
La propuesta tendrá validez por un período de 90 días hábiles. Dicho plazo se contará a
partir de la fecha de cierre de la presente licitación. La oferta cuyo período de validez sea
menor que la requerida será rechazada por SENDA, no siendo objeto de evaluación.
Los gastos en que incurran los oferentes como consecuencia de la presentación de sus
ofertas serán de su cargo, sin derecho a reembolso de ninguna especie.
Ante cualquier discordancia u omisión que se verifique entre las presentes Bases y el
formulario publicado en el Portal www.mercadopublico.cl primará lo señalado en el
presente instrumento.
13.2 RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el portal
www.mercadopublico.cl y hasta las 15:00 horas del 20 día corrido contado desde esa
fecha. Sin embargo, si el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la
fecha de cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal
www.mercadopublico.cl, o en caso de la concurrencia de alguna de las causales del
artículo 115 N° 3 del Decreto Supremo Nº 661 (Procesos de compra fuera del Sistema de
Información), de Hacienda, de 2004, excepcionalmente las ofertas podrán ser
recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes
de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro o mediante
el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y
dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá
propuesta alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni
hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
Los oferentes deberán firmar de la declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se
encuentra en el portal mercado público, la cual indica que el oferente no ha sido
condenado por prácticas antisindicales, no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa
de la Libre Competencia, no tiene prohibición de celebrar actos y contratos, no ha sido
condenado por los Tribunales de Justicias respecto del Articulo 33 de la Ley N° 21.595
sobre delitos económicos y finalmente que no es funcionario público.
No obstante, lo anterior, la División Jurídica de SENDA, se encargará de verificar la
veracidad de la información entregada y revisará el registro de las sentencias
condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la
Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados
por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión
temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o
privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener
todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 181 del Decreto N°661 de 12 de diciembre de 2024.
En este contexto, en caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores,
este Servicio examinará que ella hubiere presentado el documento en el cual se formaliza
la Unión Temporal de Proveedores, donde deberá estipularse, a lo menos, la solidaridad
entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En
dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de
dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la
Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago
Centro, o mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual , si continuará con los restantes integrantes no
inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
13.3 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La presentación de las propuestas, indistintamente denominadas también “ofertas”, se
regirán por las siguientes disposiciones:
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del
portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se
admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las
propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
Cada proponente podrá presentar sólo una oferta. En caso de que un mismo
oferente presentare dos o más ofertas, se estará a la última que hubiere ingresado,
de acuerdo con la hora y día en que esta fue presentada.
La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente, y
no obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado
en una propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará
indistintamente la falta o no presentación de la propuesta en su totalidad.
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ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS |
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deja constancia que los oferentes también deberán completar las declaraciones juradas
electrónicas dispuestas por la plataforma de mercado público.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, además deberá acompañar el
instrumento público o privado en donde debe constar a lo menos, la solidaridad entre
partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y el
nombramiento de un representante o apoderado común, con poderes suficientes. La falta o
no presentación del referido documento, importará la declaración de inadmisibilidad de la
respectiva oferta.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En
dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de
dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl , deberá informar por escrito en la
Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago
Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste
de su participación en el proceso.
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PROPUESTA TÉCNICA |
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El formulario de presentación de la oferta deberá ingresarse como archivo adjunto en el
sitio www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación, debiendo denominarse
dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se deberá presentar
el anexo N° 2, del acápite III, de estas bases, denominado “Formulario de Presentación de
Propuesta Técnica”.
Para el caso que una persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores quiera
presentar dos o más ofertas a distintas líneas de servicio o región, deberán presentarse
tantos formularios de presentación de propuesta técnica como ofertas y deberán ser
escaneadas en un solo archivo para ser subido en el portal www.mercadopublico.cl. La
falta o no presentación del referido anexo, implicará declarar la inadmisibilidad de la
respectiva oferta.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del
portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 8.4 del acápite
I de estas Bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta
alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer
modificaciones en ellas una vez presentadas.
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PROPUESTA ECONÓMICA |
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La oferta o propuesta económica deberá ingresarse en el anexo N°3 como archivo adjunto
en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación.
La propuesta económica deberá estar expresada en moneda nacional, en valor bruto y no
estará sometida a reajuste alguno.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todo cuanto implique un gasto
para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
Los precios ofertados, serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato. No
se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones
o alza del precio cotizado con posterioridad a la Propuesta o durante su cumplimiento.
Para la ejecución del servicio que por medio de las presentes bases se licita, el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ha
dispuesto un monto máximo de $100.000.000.- todos los impuestos incluidos. Toda
oferta que exceda el máximo antes indicado será declarada inadmisible.
Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien presentándola, ésta no
cumpla con lo señalado en las presentes bases, quedarán fuera del presente proceso de
licitación y, por consiguiente, sus propuestas no serán objeto de evaluación, y deberán ser
declaradas inadmisibles.
Se deja expresa constancia que, es responsabilidad exclusiva del oferente, considerar
dentro del monto máximo ofertado, los eventuales impuestos a los que pudiera verse
afecto, a la luz de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro eventual
hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud de los servicios licitados.
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EVALUACIÓN |
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17.1 COMISIÓN EVALUADORA.
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora, la que analizará
los antecedentes y las ofertas presentadas, de acuerdo a los criterios establecidos a
continuación:
La Comisión Evaluadora estará integrada por:
● Jefatura del Área de Prevención de SENDA, o por quien éste(a) designe mediante
memorándum; el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo
electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias,
OIRS del servicio
● Jefatura de la División de Administración y Finanzas de SENDA, o por quien éste(a)
designe mediante memorándum; el cual deberá ser inmediatamente enviado
mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos
y sugerencias, OIRS del servicio
● Jefatura del Área de Comunicaciones, o por quien éste(a) designe mediante
memorándum; el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo
electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias,
OIRS del servicio.
Será convocado en calidad de ministro de fe un abogado de la División Jurídica.
En cualquier caso, y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la
comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan
funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las
especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En
caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar
constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas y económicas presentadas.
c) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta
etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de
privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha
solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de
Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la
información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
d) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los
requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos
incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se
presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las
ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo
aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier
observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para
adoptar la decisión final.
17.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas será realizada por SENDA de acuerdo con los criterios
señalados a continuación.
El proceso de evaluación contempla la evaluación de las propuestas técnicas y
económicas debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente,
en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda.
Equipo de trabajo
Cada oferta deberá contemplar la presentación de un equipo de trabajo que estará
compuesto, por al menos:
1 persona encargada del proyecto.
1 persona profesional experta en desarrollo de material preventivo del consumo de
alcohol y otras drogas para su utilización en contextos educativos con estudiantes
de 7° básico a IV° medio.
1 persona profesional experta en didáctica para estudiantes desde 7° básico a IV°
medio.
1 persona profesional experta en culturas juveniles.
Equipo de al menos 3 especialistas en diseño y producción de piezas gráficas y
multimedia.
Cada persona profesional experta y la jefatura del proyecto deberán presentar un título de
pregrado y/o título profesional acorde a la formación que se solicita. Si la persona
profesional no presenta un título de pregrado o título profesional de una carrera de al
menos 4 semestres, será puntuada con 0 puntos y la postulación será declarada
inadmisible.
Si el oferente presentase más de una persona en alguna o más de alguna categoría
(subcriterio), se evaluarán individualmente y se promediarán los puntajes obtenidos para
calcular el puntaje del Subcriterio correspondiente.
Los antecedentes de cada persona profesional expertos y encargada del proyecto serán
evaluadas individualmente, y el puntaje obtenido será calculado a partir de lo señalado en
las rúbricas de puntuación que se presentan a continuación.
Acreditación de experiencia o formación: Los antecedentes de formación y experiencia
de trabajo de cada persona integrante del equipo, así como del equipo de producción se
realizará a través del “ANEXO 2 Propuesta Técnica”, donde deberán referenciar
claramente documentos que acredite cada uno de los antecedentes declarados
(certificados de aprobación, para donde se requiera formación y certificados de experiencia
o informes finales junto con la orden de compra). Los documentos presentados para respaldar los antecedentes declarados deberán ir adjuntos y evidenciar que la experiencia
y/o formación declarada coincide con el antecedente suministrado.
De no presentar documentos que acrediten claramente una relación entre la persona
profesional y el tipo de experiencia solicitada, el antecedente presentado no será
considerado como “experiencia” o “formación” acreditada.
Si en alguno de los subcriterios, alguna de las personas profesionales, o el equipo de
producción, obtienen puntaje 0 (por no acreditar formación y/o experiencia según lo
solicitado), la propuesta será declarada inandmisible, por no contar con el equipo mínimo
requerido.
La suma de los puntajes asignados a los componentes corresponderá al puntaje final de la
propuesta. La propuesta se evaluará de acuerdo a los criterios de evaluación y pauta de
evaluación que se indica a continuación.
Para obtener la nota final de la evaluación técnica se deberán sumar y ponderar las notas
obtenidas en la pauta de evaluación que se indica más adelante, todo ello en base a una
escala de notas de 1 a 100, en base a la siguiente tabla:
Criterios de
Evaluación Sub-criterio
Porcentaje
Sub-criterio Porcentaje
criterio
Propuesta
técnica
Experiencia de persona encargada
del proyecto. 15%
70%
Experiencia de persona profesional
experta en desarrollo de material
preventivo del consumo de alcohol y
drogas para su utilización con
estudiantes de 7° básico a IV°
medio. 20%
Formación y experiencia de persona
profesional experta en didáctica
para estudiantes desde 7° básico a
IV° medio. 20%
Experiencia y/o formación de
persona profesional experta en
culturas juveniles. 15%
Experiencia del equipo de al menos
3 especialistas en diseño y
producción de piezas gráficas y
20% multimedia.
Propuesta técnica de trabajo y valor
agregado 10%
Propuesta
económica Valor del Servicio
25% 25%
Cumplimiento
de Requisitos
Formales
Cumplimiento de Requisitos
Formales 3% 3%
Cumplimiento
de Programa
de Integridad
Cumplimiento de Programa de
Integridad 2% 2%
17.2.1 Propuesta Técnica (70%)
17.2.1.1 Experiencia de persona encargada del proyecto
En el caso de la experiencia de la persona encargada del proyecto, se tomará en cuenta
toda participación en la conducción (en calidad de jefatura, persona encargada,
coordinación o dirección) de proyectos relacionados con el desarrollo y la producción de
material educativo físico o digital dirigidos a adolescentes y/o jóvenes.
Material educativo puede referirse a:
Bases curriculares o manuales formativos para el abordaje de contenidos,
intervenciones o iniciativas de tipo educativas dirigidas a personas adolescentes o
jóvenes.
Textos educativos para uso de personas adolescentes o jóvenes en contextos de
educación formal o informal.
Recursos interactivos digitales con fines educativos para uso de personas
adolescentes o jóvenes, como videojuegos, aplicaciones, plataformas educativas,
etc.
Recursos audiovisuales con fines educativos para personas adolescentes o
jóvenes.
Unidad de evaluación
Número de proyectos de trabajo que la persona ha conducido, relacionados con el
desarrollo y la producción de material educativo físico o digital dirigidos a
adolescentes y/o jóvenes.
Experiencia de persona encargada del proyecto Puntaje
Se acredita la experiencia de la persona encargada del proyecto en la conducción
de al menos 3 proyectos relacionados con el desarrollo y la producción de material
educativo físico o digital dirigidos a adolescentes y/o jóvenes.
100
Se acredita la experiencia de la persona encargada del proyecto en la conducción
de 2 proyectos relacionados con el desarrollo y la producción de material educativo
físico o digital dirigidos a adolescentes y/o jóvenes.
75
Se acredita la experiencia de la persona encargada del proyecto en la conducción
de 1 proyecto relacionado con el desarrollo y la producción de material educativo
físico o digital dirigidos a adolescentes y/o jóvenes.
50
No acredita la experiencia en la conducción de proyectos relacionados con el
desarrollo y la producción de material educativo físico o digital dirigidos a
adolescentes y/o jóvenes.
0
En caso de que se presente solo una persona y que esta tenga puntaje 0, la propuesta
será declarada inadmisible POR NO CONTAR CON EL EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO, si
presenta más de una persona y una de ellas tiene puntaje 0, se promediará el puntaje con
la otra u otras personas que estén señaladas para este rol.
17.2.1.2 Experiencia de persona profesional experta en desarrollo de material
preventivo del consumo de alcohol y otras drogas
En el caso de la experiencia de la persona experta en desarrollo de material preventivo, se
tomará en cuenta el trabajo en funciones relacionadas a la asesoría técnica en
implementación de estrategias de prevención de alcohol y otras drogas (no implementación
directa) o desarrollo técnico de material (manuales, sesiones, talleres u otro) que estén
dirigidos a la prevención del consumo de drogas u otras conductas que pudieran dañar la
salud, a la promoción de estilos de vida saludable o el desarrollo de habilidades
socioemocionales, en estudiantes de 7° básico a IV° medio o adolescentes en general.
También se aceptarán las asesorías que pudieran haber prestado en estas temáticas a
organismos del estado o de la sociedad civil. En este caso, los proyectos deberán haber
estado dirigidos a adolescentes o estudiantes de los grados señalados.
Unidad de evaluación:
Número de proyectos de trabajo en funciones relacionadas con la asesoría técnica en
implementación de estrategias de prevención de alcohol y otras drogas (no implementación
directa) o desarrollo técnico de material (manuales, sesiones, talleres u otro) que estén
dirigidos a la prevención del consumo de drogas u otras conductas que pudieran dañar la
salud, a la promoción de estilos de vida saludable o el desarrollo de habilidades
socioemocionales, en estudiantes de 7° básico a IV° medio o adolescentes en general (en
los últimos 10 años), en los que se acredita participación, de acuerdo a los criterios
anteriormente definidos para “acreditar experiencia”.
Experiencia de persona profesional experta en desarrollo de material
preventivo para uso en contextos educativos con estudiantes de 7° básico a
Puntaje
IV° medio
Se acredita la experiencia de la persona experta en al menos 3 proyectos de trabajo
que involucren creación de material digital o físico de prevención del consumo de
alcohol y otras drogas o la promoción de la salud mental en contextos educativos
para estudiantes de 7° básico a IV° medio.
100
Se acredita la experiencia de la persona experta en 2 proyectos de trabajo que
involucren creación de material digital o físico de prevención del consumo de alcohol
y otras drogas o la promoción de la salud mental en contextos educativos para
estudiantes de 7° básico a IV° medio.
75
Se acredita la experiencia de la persona experta en 1 proyecto de trabajo que
involucre creación de material digital o físico de prevención del consumo de alcohol
y otras drogas o la promoción de la salud mental en contextos educativos para
estudiantes de 7° básico a IV° medio.
50
No acredita la experiencia de la persona experta en proyectos de trabajo que
involucren creación de material digital o físico de prevención del consumo de alcohol
y otras drogas o la promoción de la salud mental en contextos educativos para
estudiantes de 7° básico a IV° medio.
0
En caso de que se presente solo una persona y que esta tenga puntaje 0, la propuesta
será declarada inadmisible POR NO CONTAR CON EL EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO, si
presenta más de una persona y una de ellas tiene puntaje 0, se promediará el puntaje con
la otra u otras personas que estén señaladas para este rol.
17.2.1.3 Formación y experiencia y de persona profesional experta en didáctica para
estudiantes desde 7° básico a IV° medio.
Para la persona profesional experta en didáctica se considerará formación acreditada
mediante certificados de estudios de posgrado finalizados y aprobados (cursos de
formación, diplomados, magíster o doctorados) en el área de la educación, con
especialización explícita en una o más de los siguientes campos o áreas: didáctica general
o disciplinar, diseño instruccional, planificación pedagógica, evaluación de aprendizajes o
metodologías de enseñanza-aprendizaje. No se considerarán instancias de formación que
la persona actualmente se encuentre cursando (que no esté finalizada o no haya sido
aprobada).
La formación será puntuada según el cuadro a continuación, sumándose todos los estudios
que se acrediten en el área de educación relacionados con didáctica según se indicó en el
párrafo anterior.
Instancia de Formación Puntaj
e
Grado de Doctorado O Magíster en educación con especialización explícita en
didáctica general o disciplinar, diseño instruccional, planificación pedagógica,
evaluación de aprendizajes o metodologías de enseñanza-aprendizaje.
50
Postítulo o diplomado en didáctica en educación con especialización explícita en
didáctica general o disciplinar, diseño instruccional, planificación pedagógica,
evaluación de aprendizajes o metodologías de enseñanza-aprendizaje (200 horas o
más).
30
Cursos de formación al menos 40 horas, con especialización explícita en didáctica
general o disciplinar, diseño instruccional, planificación pedagógica, evaluación de
aprendizajes o metodologías de enseñanza-aprendizaje.
10
No acredita formación con especialización explícita en didáctica general o
disciplinar, diseño instruccional, planificación pedagógica, evaluación de
aprendizajes o metodologías de enseñanza-aprendizaje.
0
Experiencia en didáctica:
Se considerará experiencia de trabajo en didáctica la participación en proyectos que
involucren:
Diseño, implementación o evaluación de estrategias didácticas dirigidas a
estudiantes de 7° básico a IV° medio.
Desarrollo de materiales pedagógicos o sesiones de clase alineadas a bases
curriculares nacionales.
Participación en procesos de asesoría técnica a docentes o instituciones educativas
en temáticas relacionadas con planificación pedagógica, didáctica o innovación
metodológica en enseñanza media.
Experiencia comprobada en formación docente o acompañamiento técnicopedagógico,
con foco en estrategias de aula.
También se considerará la experiencia vinculada a la enseñanza o el desarrollo de
propuestas en el área de orientación, formación ciudadana, habilidades
socioemocionales o prevención de riesgos psicosociales.
Unidad de evaluación:
Suma de puntaje de instancias de formación según cuadro evaluación formación
persona profesional experta en didáctica, con acreditación de estudios.
Número de proyectos en que acredita participación relacionados con didáctica en
educación.
Formación y experiencia y de persona profesional experta en didáctica para
estudiantes desde 7° básico a IV° medio. Puntaje
Persona profesional acredita formación con 50 puntos en la tabla precedente y
acredita participación en al menos 3 proyectos en didáctica.
100
Persona profesional acredita formación con 50 puntos en la tabla precedente y
acredita participación en 2 proyectos en didáctica. 75
Persona profesional acredita formación con al menos 30 puntos en la tabla precedente
y acredita participación en, al menos, 2 proyectos en didáctica.
50
Persona profesional acredita formación con al menos 10 puntos en la tabla precedente
y acredita participación en, al menos, 1 proyecto en didáctica.
30
No acredita experiencia en didáctica y/o tiene menos de 30 puntos en formación. 0
En caso de que se presente solo una persona y que esta obtenga puntaje 0, la propuesta
será declarada inadmisible POR NO CONTAR CON EL EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO, si
presenta más de una persona y una de ellas tiene puntaje 0, se promediará el puntaje con
la otra u otras personas que estén señaladas para este rol.
17.2.1.4 Formación y experiencia de la persona profesional experta en culturas
juveniles La persona profesional experta, deberá haber cursado programas de estudio (cursos,
diplomados, magíster o doctorado) en:
Estudios en juventudes o culturas juveniles
Intervención psicosocial con adolescentes
Políticas públicas en niñez y juventud
Desarrollo social o comunitario con enfoque en jóvenes
La formación deberá estar acreditada mediante títulos profesionales, magísteres,
diplomados u otros estudios formales impartidos por instituciones de educación superior
reconocidas.
La formación será puntuada según el cuadro a continuación, sumándose todos los estudios
que se acrediten en el área de educación relacionados con didáctica según se indicó en el
párrafo anterior.
Instancia de Formación Puntaj
e
Grado de Doctorado O Magíster en disciplina de ciencias sociales con alguna
mención a estudios relacionados con juventudes (se acepta la tesis de grado u otras
investigaciones).
50
Postítulo o Diplomado con temática explícita relacionadas con juventudes,
adolescencias, culturas juveniles; intervención psicosocial con adolescentes; políticas
públicas en niñez y juventud; desarrollo social o comunitario con enfoque en jóvenes.
30
Cursos de formación al menos 40 horas, con especialización explícita en didáctica
general o disciplinar, diseño instruccional, planificación pedagógica, evaluación de
aprendizajes o metodologías de enseñanza-aprendizaje.
10
No acredita experiencia 0
Se considerará experiencia pertinente aquella que demuestre:
Participación en el diseño o implementación de estrategias, programas o
investigaciones sobre juventudes, culturas juveniles, participación, ciudadanía,
salud mental o prevención de riesgos psicosociales.
Asesoría técnica a organismos públicos o de la sociedad civil en temas
relacionados con juventud, participación o políticas juveniles.
Desarrollo de materiales, metodologías o capacitaciones dirigidas a adolescentes o
equipos que trabajan con jóvenes.
Unidad de evaluación:
Puntaje de formación según cuadro evaluación formación persona profesional
experta culturas juveniles.
Número de proyectos en que acredita participación relacionados con culturas
juveniles.
Formación y experiencia de la persona profesional experta en culturas juveniles Puntaje
Persona profesional acredita formación con 50 puntos o más en la tabla de formación
en culturas juveniles y acredita participación en al menos 3 proyectos relacionados
con juventudes o culturas juveniles.
100
Persona profesional acredita formación con 50 puntos o más en la tabla de formación
en culturas juveniles y acredita participación en 2 proyectos relacionados con
juventudes o culturas juveniles.
75
Persona profesional acredita formación con al menos 30 puntos en la tabla de
formación en culturas juveniles y acredita participación en, al menos, 2 proyectos
relacionados con juventudes o culturas juveniles.
50
Persona profesional acredita formación con al menos 10 puntos en la tabla precedente
y acredita participación en, al menos, 1 proyecto relacionado con juventudes o culturas
juveniles
30
Persona profesional no cuenta con formación ni experiencia en proyectos relacionados
con juventudes o culturas juveniles 0
En caso de que se presente solo una persona y que esta obtenga puntaje 0, la propuesta
será declarada inadmisible POR NO CONTAR CON EL EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO, si
presenta más de una persona y una de ellas tiene puntaje 0, se promediará el puntaje con
la otra u otras personas que estén señaladas para este rol.
17.2.1.5 Experiencia del equipo de especialistas en diseño y producción de
piezas gráficas y multimedia
El equipo de diseño y producción de piezas gráficas y multimedia deberá estar conformado
por al menos 3 personas con experiencia en diseño gráfico, desarrollo web, desarrollo de
videojuegos, producción audiovisual, etc.
Para la evaluación de este ítem, se considerará la información presentada a través del
Anexo N°2, promediando la experiencia de cada integrante.
La experiencia de los especialistas que conforman el equipo de diseño y producción, se
entenderá como la participación de cada uno de ellos en proyectos de similares
características al solicitado en estas bases y el grado de experticia en la materia
basándonos en las tareas asignadas en cada uno de los proyectos declarados en el Anexo
N°2.
Unidad de evaluación:
Número promedio de proyectos en que se acredita participación de cada miembro del
equipo de especialistas en diseño y producción de piezas gráficas y multimedia.
Experiencia del equipo de especialistas en diseño y producción de piezas
gráficas y multimedia Puntaj
e
La experiencia del equipo de diseño y producción de piezas gráficas y multimedia es,
en promedio igual o superior, a la participación en 5 proyectos de similares
características al que postulan.
100
La experiencia del equipo de diseño y producción de piezas gráficas y multimedia es, 50
en promedio igual o superior a la participación en 3 proyectos de similares
características al que postulan.
La experiencia del equipo de diseño y producción de piezas gráficas y multimedia es,
en promedio igual o superior, a la participación en 2 proyectos de similares
características al que postulan.
30
La experiencia del equipo de diseño y producción de piezas gráficas y multimedia es,
en promedio inferior a la participación en 2 proyectos de similares características al
que postulan.
0
17.2.1.6 Propuesta técnica de trabajo y valor agregado
La propuesta de trabajo deberá exponer una planificación de los procesos involucrados y la
entrega de todos los productos en los plazos señalados, incorporando en un marco de
tiempo dentro de lo estipulado en las bases procesos intermedios como:
Planificación actividades de levantamiento de información.
Revisiones de los productos por contraparte técnica de SENDA,
Planificación de entrega de módulos y artefactos.
Reuniones de coordinación entre proveedor y contraparte técnica de SENDA para
informar de avances.
Desarrollo y producción de los informes (productos 1 y 2).
Correcciones de borradores, trabajo de edición y diseño gráfico de manuales
(producto 3).
Desarrollo y producción de fichas para artefactos educativos digitales.
Desarrollo de módulos, actividades, artefactos educativos digitales, para pruebas
de pertinencia.
Desarrollo del resto de módulos actividades y artefactos incluyendo iteraciones de
revisiones y aprobación final de contraparte técnica de SENDA.
Revisión y aprobación de fichas por contraparte técnica de SENDA.
Correcciones, entrega de avances de módulos y artefactos, diseño gráfico,
correcciones técnicas, edición.
Corrección de estilo (ortográfica, tipográfica, gramática, estilo de escritura
institucional incluyendo lenguaje inclusivo y no sexista ni adultocéntrico y
contenido).
El valor agregado consiste en la incorporación de una cantidad de al menos 20% de
artefactos digitales para los módulos.
Propuesta técnica y valor agregado Puntaje
La propuesta técnica contiene los elementos mínimos mencionados y presenta
elementos que agregan valor según lo especificado. 100
La propuesta técnica contiene los elementos mínimos mencionados y no agrega
valor a lo solicitado por bases. 50
La propuesta técnica no contiene los elementos mínimos mencionados. Declarada
inadmisible.
17.2.2 Propuesta Económica: Valor del Servicio (25%)
Se evaluará de acuerdo a la oferta económica presentada por cada oferente, donde el
menor precio de las ofertas obtendrá la mayor ponderación, y se aplicará la siguiente
fórmula de cálculo:
Puntaje=( ofertamenor precio
oferta evaluada
)∗100
La oferta económica deberá ser expresada en moneda nacional e indicar el monto total
incluidos los impuestos en documento adjunto (anexo N°3). Debe entenderse como valor
de la oferta evaluada, el valor bruto (impuestos incluidos) el que no podrá ser superior al
monto máximo establecido para la contratación de este servicio
Si la oferta supera el monto máximo indicado en bases de licitación, ésta será declarada
inadmisible.
17.2.3 Cumplimiento Requisitos Formales (3%)
Este criterio será aplicado para evaluar el ingreso de la totalidad de la documentación
solicitada en estas bases (anexos administrativos, técnicos y económicos).
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de
presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u
omisiones formales, obtendrá 100 (cien) puntos.
Cumplimiento Requisitos Formales Puntaje
El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la presentación de la oferta
en los plazos establecidos para ello y no se le solicitan antecedentes conforme al art.
56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886.
100
No cumple con la presentación completa de los antecedentes, pero los acompaña con
posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al art. 56
del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886.
50
No acompaña con posterioridad los documentos solicitados, conforme al art. 56 del
Decreto N°661 Reglamento de la ley N°19.886, o lo acompañado no cumple con lo
solicitado.
0
17.2.4 Cumplimiento de Programa de Integridad (2%)
Las entidades deberán acompañar documentos que permitan verificar la existencia del
programa de integridad y su difusión dentro de la empresa u organización.
Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno,
correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa (en idioma español), se asignará puntaje
100 al oferente que cuente con dicho programa y acompañe los respectivos verificadores.
En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas naturales (Anexo 4B),
se evaluara la formación personal en cursos de perfeccionamiento, diplomados y/o
capacitaciones en modalidad presencial y/o E-learning u otros documentos fidedignos en
que conste que se han capacitado en integridad o compliance, se asignará puntaje 100 a la
persona natural que cuente con la señalada formación y acompañe los verificadores de
ello.
Para dar cuenta de la implementación de un programa de integridad deberá completarse el
anexo N° 4 y además acompañar en formato libre él o los documentos verificadores.
Cumplimiento de Programa de Integridad Puntaje
Oferente cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o en
caso de las personas naturales cuenta con formación personal acreditada en
materia de integridad o compliance.
100
Oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o
en caso de las personas naturales no se cuenta con formación personal
acreditada en materia de integridad o compliance. 0
17.3 EVALUACIÓN
El Puntaje Final de las Ofertas considera asignar un 70% al puntaje obtenido en la
Evaluación Técnica y un 25% al puntaje obtenido en la Evaluación Económica, un 3% el
Cumplimiento de Requisitos Formales y 2% Cumplimiento de Programa de Integridad,
quedando la evaluación final como sigue:
PF = Puntaje Técnico * 70% + Puntaje Económico * 25% + Cumplimiento de Requisitos
Formales * 3% + Cumplimiento de Programa de Integridad * 2%
17.4 MECANISMO PARA DIRIMIR EMPATES.
En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más
oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de
prelación que a continuación se indica:
a) El proponente que haya obtenido mayor puntaje en el sub-criterio “Experiencia de
persona profesional experta en desarrollo de material preventivo del consumo de
alcohol y drogas para su utilización con estudiantes de 7° básico a IV° medio.”.
b) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje
en el criterio denominado “Formación y experiencia de persona profesional experta
en didáctica para estudiantes desde 7° básico a IV° medio”.
c) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje
en el criterio denominado “Experiencia del equipo de al menos 3 especialistas en
diseño y producción de piezas gráficas y multimedia”.
d) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje
en el criterio denominado “Formación y experiencia de la persona profesional
experta en culturas juveniles”.
e) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje
en el criterio denominado “Experiencia de persona encargada del proyecto”.
f) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje
en el criterio denominado “Propuesta técnica y valor agregado”.
g) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje
en el criterio denominado “Propuesta Económica: Valor del Servicio”.
h) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje
en el criterio denominado “Cumplimiento Requisitos Formales”.
i) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje
en el criterio denominado “Cumplimiento de Programa de Integridad”.
j) Si pese a los mecanismos para dirimir empates aún existiera un empate entre dos o
más oferentes, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere ofertado
primero en el portal www.senda.gob.cl.
17.5 RECHAZO DE LAS OFERTAS
SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos
establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación, cuando no se
presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA.
En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
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|
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ADJUDICACIÓN |
|
La adjudicación se realizará dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de cierre
de recepción de ofertas informado a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que
identifica la presente licitación. Se entiende que presentó la mejor propuesta quien
obtenga la nota final más alta entre los oferentes, según los criterios de evaluación
señalados en el número 17.2 de estas bases de Licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado, totalmente
tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho,
sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
La adjudicación de la presente licitación pública se hará a través del correspondiente acto
administrativo y será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica
la presente licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado.
18.1 SELECCIÓN DEL ADJUDICADO Y READJUDICACIÓN
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será
seleccionado. Para estos efectos, se procederá a su adjudicación mediante acto
administrativo fundado del SENDA, debidamente notificado al Adjudicatario y al resto de
los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. En dicho acto
deberán especificarse los criterios de evaluación y el puntaje que hayan permitido al
Adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no
adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado,
desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato
respectivo, se adjudicará al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del
SENDA, o en su defecto, se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo
fundado.
18.2 CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN.
El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto
administrativo, por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas
en el numeral 19.1.
b) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se
desistiera de su oferta.
c) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro
del plazo establecido en el numeral 19.5 de las presentes Bases.
d) Si el oferente adjudicado no presenta los antecedentes necesarios para la
firma del contrato respectivo dentro del plazo establecido en el numeral 19.2 de las
presentes Bases.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, SENDA adjudicará al
Oferente que, según el Acta de Evaluación Final, hubiese obtenido el siguiente mayor
puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del
SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
|
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DEL CONTRATO |
|
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, dentro de los 20 días hábiles desde
la notificación de la resolución que adjudica.
19.1 INHABILIDADES PARA CONTRATAR.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las
siguientes inhabilidades:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso
primero, ni tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases sobre
Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
b) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén
unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de
la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
c) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del
SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas
sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas
sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean
dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes,
administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades
antedichas.
d) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de
conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal
de las Personas Jurídicas en los Delitos que Indica.
e) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de
1973.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA adjudicará la
licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el siguiente
mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses
del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
19.2 REQUISITOS PARA CONTRATAR.
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar dentro de
los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que adjudica, la
documentación que a continuación se indica para suscribir el contrato respectivo.
A. Todos los oferentes
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la Dirección
de Compras y Contratación Pública.
2. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y
previsionales con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos
años, el adjudicatario deberá acompañar un certificado vigente de Antecedentes
Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y una declaración
jurada según el formato que a continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante
los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a
continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años, cuyo monto asciende a ……………………………….
Firma: …………..…………
Nombre: …………..………
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los haya
tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el
formato que a continuación se indica
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los últimos dos
años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Firma: …………..…………
Nombre: …………..………
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones
de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser
destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la entidad acreditar que la totalidad
de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución
de la contratación. Senda exigirá que la entidad contratada proceda a dichos pagos y le
presenten los comprobantes y planillas, en la oportunidad señalada que demuestren el
total cumplimiento de las obligaciones adeudadas.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la entidad contratada, dará derecho a
dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la
que la entidad referida no podrá participar.
Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para
contratar.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso primero, ni
tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios
b) No he sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad
con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..……….
RUT: ..………….…………..
B. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas
Individuales de Responsabilidad Limitada):
EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la
acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación
legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario
Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que
corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N°
20.659 deberán acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones,
emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de
Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar
certificado vigencia, emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por
el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes
legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes
Raíces y de Comercio en donde se inscribió la sociedad.
C. En Caso de Fundaciones o Corporaciones:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del Ministerio de
Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y
estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de
fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos
establecidos por el artículo 548 del Código Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o
certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional
de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e
Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando
corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que
existiere y todas las escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes
publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de
estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
7. Certificado de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
D. En todos los casos:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de declaración que a
continuación se indica.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
1. No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso primero,
ni tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios
2. La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en
los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las
Personas Jurídicas en los Delitos que Indica, que le impida celebrar actos o contratos con
organismos del Estado.
3. No he sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
Firma: …………..………
Nombre: …………..……
RUT: ..………….………
Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las
Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
E. Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que
acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el
Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de
Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando
para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los
documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este
mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura
pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería
del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del
representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad
extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de
la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe
comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
F. Unión Temporal de Proveedores
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, deberá
presentar la escritura pública donde se materialice el acuerdo para constituir la Unión
Temporal, además, cada uno de sus integrantes deberá presentar todos los documentos
señalados en los puntos anteriores, según sea el caso.
Asimismo, cada proveedor que integre dicha unión temporal deberá inscribirse en el
Registro de Proveedores para suscribir el contrato.
En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos señalados cuando se
encuentren digitalizados y vigentes en el Registro de Proveedores.
19.3 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO
Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 15 días hábiles, a
contar de dicha notificación, presentar una caución o garantía, con una vigencia que
exceda en al menos 60 días hábiles al plazo de vigencia del contrato, a objeto de
garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Cada caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (el nombre
podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el RUT.); por un monto igual o superior al
5% del precio final neto ofertado por el Adjudicatario, en pesos chilenos.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato será pagadera a la vista, con
carácter de irrevocable.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con
garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se garantiza el
cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de multas a las que pudiera
dar origen el incumplimiento del contrato.
La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra tomada como
“Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” e indicar el número de ID que
identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Con todo, tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza, no requerirá
expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato es otorgada en el extranjero,
el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido
por un banco o institución financiera chilena.
Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro
del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA adjudicará
al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor
puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
Además, dicha garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y sociales con los
trabajadores del adjudicado, de conformidad a lo señalado en el artículo 11 de la Ley N°
19.886.
El SENDA hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato,
una vez recibido conforme los servicios y cumplido a satisfacción el contrato.
Tipo de
documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable.
Beneficiario
“Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, RUT N° 61.980.170-9.”
El nombre podrá abreviarse pero siempre deberá indicarse el RUT.
Vigencia
mínima
Vigencia mínima de 60 días hábiles con posterioridad al término de
la vigencia del contrato (esto es 60 días con posterioridad al plazo
ofertado para el soporte y mantención de la plataforma web y los
recursos interactivos, el cual no podrá ser menor a 6 meses).
Monto Igual o superior al 5% del precio final neto ofertado por el
Adjudicatario, en pesos chilenos.
Expresada
en
Pesos chilenos (En el caso en que la garantía sea una póliza de
seguro expresada en U.F., su equivalente en pesos se calculará a
la fecha de emisión del instrumento).
Glosa
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y las
obligaciones laborales con sus trabajadores y multas, e indicar el
número de ID que identifica a la presente licitación a través del
portal www.mercadopublico.cl.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar
expresamente que, junto con garantizar el fiel cumplimiento de las
obligaciones contractuales, se garantiza el cumplimiento de
obligaciones laborales y sociales y el pago de multas a las que
pudiera dar origen el incumplimiento del contrato.
Tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza,
no requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
19.4 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES
El Adjudicado deberá realizar la entrega de los documentos y garantía requeridas para
efectuar la contratación de acuerdo a estas bases de licitación. Estos documentos deben
entregarse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la
adjudicación.
19.5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Adjudicado deberá suscribir el Contrato correspondiente dentro del plazo de 20 días
hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
Si el adjudicado no suscribe el Contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por
desistida su oferta. En tal caso el SENDA adjudicará al Oferente que, según el Acta Final
de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará desierta la
licitación, a través de acto administrativo fundado.
19.6 APROBACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato que el SENDA suscriba con el adjudicatario deberá ser aprobado a través del
correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total
tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior y por razones de buen servicio, la prestación de la asesoría
deberá principiar a contar de la fecha de suscripción del respectivo contrato sin esperar la
total tramitación del acto administrativo aprobatorio del mismo. Con todo, los pagos sólo
podrán realizarse una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo
que apruebe el contrato.
19.7 CONTENIDO ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO
a) DOMICILIO DEL CONTRATANTE Y PRÓRROGA DE COMPETENCIA
El contratante para los efectos del contrato fija su domicilio en la comuna de Santiago.
El contrato que se suscriba entre las partes se regirá por las leyes de la República de
Chile. Cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, deberá resolverse de
mutuo acuerdo entre ellas en el plazo que las mismas estimen. De no resultar acuerdo
y de así corresponder, el conflicto será sometido al conocimiento de los Tribunales
Ordinarios de Justicia de la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de las
atribuciones propias de la Contraloría General de la República contenidas en la Ley
Nº10.336, y del Tribunal de Contratación Pública creado por la Ley N°19.886.
b) FACTURACIÓN
El valor de cada estado de pago se facturará a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT Nº61.980.170-9,
con domicilio en Agustinas 1235 piso 9, comuna de Santiago. El documento respectivo
deberá ser enviado a la casilla de correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol podrá reclamar del contenido de la factura de acuerdo a las disposiciones
contenidas en la Ley 19.983. Asimismo, las partes acuerdan que el Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá reclamar
del contenido de la factura dentro de 8 días corridos desde su recepción. En este caso,
el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta
certificada, o por cualquier otro medio fehaciente, conjuntamente con la devolución de
la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la
nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de
envío de la comunicación.
c) OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO
• Ejecutar el servicio de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para
su debido cumplimiento.
• Cumplir con el servicio con la estricta sujeción a lo establecido en las presentes
bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
• Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de
prestar los servicios que no esté considerando en las bases y no hayan sido autorizado
por la contraparte técnica.
• Deberá cumplir con todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la
contratación.
• Dar fiel y oportuno cumplimiento a lo ordenado por persona designada por SENDA
para ser la contraparte técnica.
d) COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de
ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.
Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los
funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
19.8 CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES
En el caso que la empresa contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, el primer estado de pago producto del contrato
licitado deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de tres meses. SENDA exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y
planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas
obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el
respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa
referida no podrá participar.
Para cada pago, el contratista deberá presentar a SENDA un Certificado de Antecedentes
Laborales y Previsionales, y además, acreditar el pago completo de las obligaciones con
sus trabajadores (personal que presta el servicio contratado) durante la ejecución del
contrato, tengan éstos contrato de trabajo o presten servicios a honorarios a través de
cualquier antecedente idóneo para respaldar el cumplimiento de tales obligaciones (como
por ejemplo, certificados de previred), dejando expresa constancia que no basta para
cumplir este requisito el envío de una declaración jurada.
19.9 EL PRECIO Y EL PAGO
El monto máximo a financiar será de $100.000.000.-, todos los impuestos incluidos. Los
servicios se pagarán en 5 cuotas, según se detalla, previa presentación y aprobación de
los respectivos productos, consignados además en informes, los cuales deberán ser
entregados mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual; y la entrega por parte del adjudicado de la
correspondiente boleta o factura extendida a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N° 61.980.170,
debidamente visada por el Área Técnica que ha requerido el presente servicio y el Área de
Compras y Contrataciones del SENDA.
Cuota
Pago cuota
(% del total
ofertado)
Producto o Informe
Plazo (días
corridos desde
suscripción del
contrato)
1° 30%
Informe de sistematización y análisis de
información y evidencia
45
2° 15%
Propuesta completa para el abordaje de la
prevención universal en educación con
estructura base de actividades que incluyan
artefactos digitales en niveles desde 7° básico a
IV° medio
90
3° 20%
Producción, implementación y evaluación de 6
de los 31 módulos de prevención universal con
artefactos digitales, con pruebas de pertinencia. 120
4° 20%
Producción de 14 de los 27 módulos restantes
de sesiones de prevención universal para
niveles de 7° a IV° medio con artefactos
digitales
200
5° 15%
Producción de 13 módulos restantes de
prevención universal para niveles de 7° a IV°
medio, con artefactos digitales.
280
Los informes señalados deben contar con medios de verificación que den cuenta de la
actualización y adaptación de los productos, según corresponde: fotografías o pantallazos
del material, metodología y/o estrategias. En caso que el plazo para su entrega recayere
en día sábado, domingo o festivo, el plazo para presentarlo se trasladará al primer día
hábil siguiente.
Una vez presentados los informes y/o documentos correspondientes, SENDA tendrá 15
días hábiles para realizar observaciones y enviárselas al asesor. El adjudicado tendrá 10
días hábiles para subsanar las observaciones señaladas.
Sin perjuicio a los plazos antes señalados, SENDA podrá prorrogar los mismos, a petición
de la contraparte o por necesidad del Servicio, hasta en 15 días corridos, notificándose tal
circunstancia a través de correo electrónico a la persona asesora, enviado al menos un
día antes del cumplimiento del respectivo plazo.
Los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado
el acto administrativo que apruebe el presente contrato y contra entrega por parte del
Contratista de las facturas o boletas correspondientes, y la demás documentación
correspondiente.
Se deja expresa constancia que si el adjudicado declara que registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto
del presente contrato, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo
La Contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al
cumplirse la mitad de la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Para estos
efectos, en este plazo, deberá presentar los comprobantes de pagos que demuestren
fehacientemente el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de esta obligación por parte del adjudicado dará derecho a dar por
terminado anticipadamente el presente contrato.
19.10 RECEPCIÓN CONFORME
La contraparte técnica al recibir los productos deberá comunicar la recepción conforme de
los mismos antes de proceder a la emisión del documento respectivo para proceder al
pago.
Los documentos de cobro (factura o boleta mensual) deberán extenderse a nombre del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
RUT N°61.980.170-9, dirección Agustinas N°1235, piso 7, Santiago.
19.11 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, SENDA estima necesario realizar
modificaciones en sus requerimientos de servicio, en conformidad con el art. 129 del
Reglamento de Compras Públicas, podrá realizar aquellas modificaciones que no puedan
alterar los elementos esenciales del contrato inicial. Se considera que si se alteran estos
cuando:
I. Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los
oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la
aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a
más participantes en el procedimiento de contratación;
II. Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o
III. Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.
No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad
de suministro o servicio puntual.
Del mismo modo, se podrán realizar modificaciones que no han sido previstas por estas
bases cuando:
I. En una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por
SENDA.
II. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento
sustancial de costes para SENDA.
III. Aquellas en que se introduzcan variaciones estrictamente indispensables para
responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
IV. Cuando se respete el equilibrio financiero del contrato.
SENDA estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato mientras dure el
impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios
comprometidos en el contrato, siempre y cuando existieren razones de interés público, y
que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado
origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o
en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el
equivalente al treinta por ciento (30%) del monto originalmente convenido.
La modificación señalada deberá ser aprobada mediante la suscripción del contrato
respectivo, sancionado a través del correspondiente acto administrativo totalmente
tramitado.
19.12 PRINCIPIOS Y NORMAS APLICABLES AL CONTRATO
A) CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El Contratista y su personal, deberán guardar estricto control y reserva sobre la
información y documentos a los que tenga acceso durante y con posterioridad al
desarrollo del contrato. Cualquier documento de propiedad de SENDA, al que haya accedido directa o indirectamente, a propósito de la ejecución del Contrato, deberá ser
devuelto por el Contratista al finalizar la ejecución del mismo. El incumplimiento de esta
obligación dará lugar al término anticipado de la convención. Si la ejecución del
convenio ya se hubiere verificado, SENDA, iniciará las acciones legales que
correspondan para efectos de resarcirse de los perjuicios provocados.
B) PROTECCIÓN DE DATOS
El adjudicatario no podrá difundir por ningún medio la información obtenida con ocasión
de la ejecución del servicio que por estas bases se licita, ni realizar otro procesamiento
de los datos ajeno a las validaciones básicas y la transmisión de archivos de acuerdo a
los formatos especificados por el SENDA
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en
los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o
dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la
Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan.
Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de
confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre
Protección de la Vida Privada.
C) PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
Toda la información obtenida a partir del estudio que por las presentes bases se licita,
será de propiedad exclusiva del SENDA.
Igualmente, el adjudicatario se compromete a entregar al SENDA, todas las bases de
datos generadas en el marco del servicio realizado.
La divulgación de cualquier información relativa a la ejecución del servicio que por
estas bases se licita que se haga previa, durante o después de su realización, así como
la entrega oficial de resultados en forma pública (medios de comunicación, instituciones
públicas o académicas, etc.), será realizada única y exclusivamente por el SENDA.
D) SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los
derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los
establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
19.13 EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS DEL CONTRATO
19.13.1 MULTAS
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
a través de su contraparte técnica llevará un registro de los atrasos y multas imputables al
adjudicatario.
Las multas que procedan serán aplicables según el siguiente criterio:
SITUACIONES MULTA CONCEPTO
Retraso en la entrega de
los productos/informes
requeridos.
1 UTM por
cada día o
fracción de día
de retraso.
En caso de retraso en la entrega de los
productos en los plazos estipulados por
las Bases y la oferta, sin causa justificada
en caso fortuito o fuerza mayor o sin
solicitud de prórroga.
Con todo, el monto máximo de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del
contrato.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, SENDA, notificará por escrito al adjudicatario dicha circunstancia,
indicando los hechos que originan la multa y su monto. Las notificaciones que se
efectúen al adjudicatario en virtud de este procedimiento se realizarán mediante
correo electrónico, según lo consignado en la individualización del adjudicatario,
comenzando a contarse los plazos a partir del día hábil siguiente al envío del
correo electrónico.
b) El adjudicatario dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado los cargos, para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor, que
demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las
multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio. Si el
contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas
que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Director Nacional dispondrá de
un plazo prudencial para resolverlos, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o
parcialmente. De lo resuelto, se notificará al adjudicatario por correo electrónico.
d) El contratista deberá presentar recurso de reposición ante el Director Nacional
dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que
se recurre, quien resolverá si lo rechaza o acoge total o parcialmente. Si el adjudicatario no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa
quedará firme.
Dichas multas no se aplicarán si el incumplimiento se produce por caso fortuito o fuerza
mayor, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuren el caso fortuito o
fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes a
la Resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o, en su defecto, que
resuelva la Reposición, por cualquiera de los siguientes medios:
Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por oficio o
entregándolo directamente en la Unidad de Tesorería, quién extenderá el respectivo
recibo de ingresos.
Emisión de cheque, en los mismos términos del punto anterior, pudiendo proceder a
depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado,
realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo
comprobante a la Unidad de Tesorería.
Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el
RUT del Servicio, N° 61.980.170-9, e informando al correo electrónico
tesoreria@senda.gob.cl.
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará facultado
para hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en este
último caso, el Contratista deberá entregar una nueva caución o garantía, dentro de los 10
días hábiles siguientes, contados desde la aplicación de la multa, en los mismos términos
señalados en el 18 de las Bases, SENDA restituirá el saldo si lo hubiera. La no
presentación de una nueva garantía facultará a este Servicio para poner término
anticipado al Contrato.
La aplicación de alguna de estas multas no impide que el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol pueda poner término
anticipado a la prestación del Servicio.
19.13.2 TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
SENDA pondrá término, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere
alguna de las siguientes circunstancias:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria
insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean
suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Si se disolviere la sociedad contratista.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por
el contratista, por ejemplo, incumplimiento en la elaboración de documentos técnicos,
prácticas que interfieran gravemente en la coordinación intersectorial, incumplimiento
reiterado de actividades programadas por razones que son imputables al contratista;
entre otras.
f) Si el Contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o
con trabajadores contratados en los dos últimos años o no dio cumplimiento a la
obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de
esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el
contrato.
g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su
contenido, ya sea al momento de la suscripción del contrato o durante la ejecución de
los servicios. Lo anterior sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren
corresponder.
h) Si las multas alcanzan el 20% del monto total del contrato.
La resolución que disponga el término anticipado de la orden de compra definitiva o su
modificación deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado
Público, a más tardar, dentro de las 24 horas de totalmente tramitada.
En el periodo que transcurra entre la notificación del término anticipado de la orden de
compra y la nueva adjudicación del Servicio, el proveedor estará obligado a prestar el
servicio adquirido
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol puede ejercer para exigir la
correspondiente indemnización de los perjuicios.
Procedimiento de término anticipado de contrato:
a) SENDA notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que
constituyen la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta
de ello. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se
realizarán mediante correo electrónico, el que deberá ser indicado por el proveedor en el
momento de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas
que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor que demuestren que no ha
tenido responsabilidad en los hechos que originan la causal, o que desvirtúen los
antecedentes con los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditada
la causal de término anticipado dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá
de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea
rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto, se dictará el correspondiente acto
administrativo.
El contratista podrá entre otros recursos establecidos en la Ley N°19.880, presentar
recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles
contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su
parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo
acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del
plazo indicado, el término quedará firme.
19.13.3 EXCEPCIONES
Si durante la vigencia del contrato se presentaren eventos de caso fortuito o fuerza mayor
que impidan al contratista dar cumplimiento oportuno o integro de sus obligaciones, este
podrá dentro de las 48 horas siguientes al hecho en cuestión, comunicar por escrito a la
contraparte técnica de SENDA dicha circunstancia, explicitando el evento de caso fortuito o
fuerza mayor invocado y la forma en que ha provocado el incumplimiento, lo cual, en caso
de ser aceptado, permitirá acordar con la contraparte técnica un nuevo plazo de entrega de
cualquiera de los productos del número 6 de las bases técnicas, eximiéndole de la
aplicación de las sanciones que pudiesen corresponder. Transcurrido el plazo de 48 horas
antes indicado, no se aceptará justificación por parte del contratista, iniciándose los
procedimientos de aplicación de la sanción correspondiente.
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