Licitación ID: 1346350-3-LE26
SERVICIO TRANSPORTE PARA TRASLADO DE DEPORTISTAS
Responsable de esta licitación: MUNICIPALIDAD DE QUILLÓN
Fecha de Cierre: 26-03-2026 9:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 19
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Global
Cod: 78111802
SERVICIO DE TRANSPORTE PARA TRASLADO DE DEPORTISTAS Y USUARIOS DE LA OFICINA DE DEPORTES Y RECREACIÓN, QUILLÓN 2026 El servicio contempla el arriendo de 2 minibús tipo sprinter o similar para 20 personas como mínimo los cuales deberán completar 5.000 k  

2
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Global
Cod: 78111802
SERVICIO DE TRANSPORTE PARA TRASLADO DE DEPORTISTAS Y USUARIOS DE LA OFICINA DE DEPORTES Y RECREACIÓN, QUILLÓN 2026 El servicio contempla el transporte de 120 personas en 2 buses con capacidad de 45 personas cada uno y un bus con capacidad de 30 personas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO TRANSPORTE PARA TRASLADO DE DEPORTISTAS
Estado:
Publicada
Descripción:
Línea 1: El servicio contempla el arriendo de 2 minibús tipo sprinter o similar para 20 personas como mínimo los cuales deberán completar 5.000 km entre los dos vehículos. El servicio incluye conductor, peajes y combustible. La oferta, deberá cumplir con el requerimiento indicado en las bases técnicas o similares. Línea 2: El servicio contempla el transporte de 120 personas en 2 buses con capacidad de 45 personas cada uno y un bus con capacidad de 30 personas para la realización de 8 viajes entre las regiones de Ñuble y Bio Bio. La oferta, deberá cumplir con el requerimiento indicado en las bases técnicas o similares
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
UNIDAD DE DEPORTES Y RECREACIÓN
R.U.T.:
69.141.400-0
Dirección:
Calle 18 de Septiembre N°250
Comuna:
Quillón
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-03-2026 9:01:00
Fecha de Publicación: 16-03-2026 17:44:17
Fecha inicio de preguntas: 19-03-2026 8:30:00
Fecha final de preguntas: 23-03-2026 8:31:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-03-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-03-2026 9:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-03-2026 9:02:00
Fecha de Adjudicación: 27-03-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Punto 11.1 de las BAE
Documentos Técnicos
1.- Punto 11.2 de las BAE
 
Documentos Económicos
1.- Punto 11.3 de las BAE
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Ubicación geográfica punto 16, letra c) de las BAE 10%
2 Cumplimiento de los requisitos punto 16, letra d) de las BAE 5%
3 Precio punto 16, letra a) de las BAE 40%
4 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios punto 16, letra b) de las BAE 40%
5 Programa de Integridad punto 16, letra e) de las BAE 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ilustre Municipalidad de Quillón
Monto Total Estimado: 19000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Andrea Nuñez
e-mail de responsable de pago: pagoproveedores2@quillon.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
En cuanto a las obligaciones comprometidas por el proveedor, no podrá ceder o transferir el contrato, a persona natural o jurídica alguna. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que para el proveedor se establecen, facultará a la Municipal
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
1.- DEFINICIONES
Para todos los efectos de estas bases, los términos utilizados que se indican a continuación tienen el significado que en cada caso se precisa: a) Adjudicatario: Es el Oferente cuya oferta ha sido aceptada por la Municipalidad de Quillón para ejecutar la adquisición denominada “SERVICIO DE TRANSPORTE PARA TRASLADO DE DEPORTISTAS Y USUARIOS DE LA OFICINA DE DEPORTES Y RECREACIÓN, QUILLÓN 2026”, de acuerdo a lo solicitado. b) Bases: Son el conjunto de normas y disposiciones que regulan el proceso de ejecución de la adquisición y a la cual queda sometida la relación del Municipio y el oferente. Comprenden las Bases Administrativas Especiales, Especificaciones Técnicas, anexos y cualquier otro documento que forme parte de la licitación. c) Bases Técnicas: Son el conjunto de características que condicionan al proveedor en la elaboración de la propuesta d) Contrato: Es el acto jurídico que establece los derechos y obligaciones precisas a que se sujetará la vinculación entre la Municipalidad y el proveedor en relación de ejecutar la adquisición denominada “SERVICIO DE TRANSPORTE PARA TRASLADO DE DEPORTISTAS Y USUARIOS DE LA OFICINA DE DEPORTES Y RECREACIÓN, QUILLÓN 2026”. e) Días: Siempre significa días corridos, salvo que específicamente en las bases se indique lo contrario. f) Garantías Administrativas: Se refiere al fiel cumplimiento del Contrato que se materializará a través de cualquier documento bancario que garantice el cumplimiento de obligaciones en dinero y que tenga como finalidad indemnizar en el caso del no cumplimiento de la obligación. g) I.T.S.: Inspección o Inspector Técnica/o del Servicio, quienes a su vez podrán ser asesorados por otros funcionarios municipales competentes relacionados con la adquisición. h) Mandante: Ilustre Municipalidad de Quillón. i) Municipalidad: Corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, a la cual le corresponde la administración de una comuna cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna. j) Oferente: Cualquier persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos exigidos para participar en la Propuesta Pública y que se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores del Estado. k) Oferta o Propuesta: Es el conjunto de proposiciones técnico-económicas presentadas por el Oferente, las que deberán ajustarse a los antecedentes exigidos. l) Suma Alzada: La oferta a precio fijo, en que la cantidad y equipamiento tiene valores unitarios inamovibles, sin que proceda en consecuencia, cancelar mayores cantidades, ampliar plazos ni otorgar indemnización por concepto o motivo alguno. m) Unidad Técnica: Unidad encargada fundamentalmente de la gestión del Proceso Licitatorio.
2.- APLICACION DE NORMAS DE DERECHO
La presente licitación y su consecuente contrato se regirán exclusivamente por estas bases, Especificaciones Técnicas, Formularios, oficios y enmiendas que formen parte del mismo y que pueda emitir la Municipalidad durante el proceso de licitación hasta la fecha de respuesta de las aclaraciones. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que contempla la legislación vigente en la materia. Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios correspondientes a la comuna de Quillón, ciudad donde las partes fijan su domicilio.
3.- CONDICIONES DE LA LICITACION
3.1 Modalidad de Contratación El sistema de contratación para la adquisición será a suma alzada y no procederá el pago de reajustes ni intereses. Los precios cotizados por los oferentes deberán incluir todos los aspectos o los activos no financieros, tales como, tributos, impuestos (IVA incluido), seguros, remuneraciones, imposiciones, imprevistos. 3.2 Reglamentación a) Las disposiciones contenidas el decreto N°661, de fecha 03 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda, donde aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024. b) A lo dispuesto en el artículo 24 letra g) de la Ley Orgánica Constitucional, sobre Gobierno y Administración Regional N° 19.175 c) Normas de tránsito y transporte vigente establecidas en la Ley de tránsito N°18.290 d) Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores. 3.3 Orden de Prelación Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de Prelación de la Documentación (en orden de mayor a menor importancia), será: Prelación Administrativa 1. Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas 2. Bases Administrativas Especiales Decretadas 3. Formularios 4. Contrato. Prelación Técnica 1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas 2) Bases Técnicas del servicio. 3) Contrato. 4) Propuesta del oferente. La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl Además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del proveedor por el mismo medio, según calendario contenido en el portal.
4.-DE LA ADQUISICION
Línea 1: El servicio contempla el arriendo de 2 minibús tipo sprinter o similar para 20 personas como mínimo los cuales deberán completar 5.000 km entre los dos vehículos. El servicio incluye conductor, peajes y combustible. La oferta, deberá cumplir con el requerimiento indicado en las bases técnicas o similares. Línea 2: El servicio contempla el transporte de 120 personas en 2 buses con capacidad de 45 personas cada uno y un bus con capacidad de 30 personas para la realización de 8 viajes entre las regiones de Ñuble y Bio Bio. La oferta, deberá cumplir con el requerimiento indicado en las bases técnicas o similares
5.- DEL PRECIO
El presupuesto disponible para la Línea 1: $8.000.000.- (ocho millones de pesos) impuesto incluido. - El presupuesto disponible para la Línea 2: $11.000.000.- (once millones de pesos) impuesto incluido. - La Unidad Técnica, podrá adjudicar la adquisición cuando el monto ofertado no supere el monto indicado. El oferente deberá presentar el precio de acuerdo a lo indicado en este punto, de lo contrario, quedará fuera de bases.
6.- DE LOS PLAZOS
Desde emitida la orden de compra y por un periodo de 12 meses o hasta la ocupación de los km. y/o totalidad de viajes realizados (lo que suceda primero), según la línea adjudicada que corresponda. Las fechas de los viajes se irán informando a medida que se tenga la información con un mínimo de antelación de 2 días corridos a la fecha de la actividad. Cabe mencionar que los horarios y fechas estarán sujetos a modificaciones por el encargado de Deportes o el coordinador del programa formativo y recreativo informadas con anticipación en común acuerdo entre la unidad mandante y el proveedor.
7.- DE LA PARTICIPACION
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas que sean rubro de transporte de pasajeros que especifica la presente licitación, que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas, y que estén inscritos y habilitados en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl. Inhabilidades para participar: no podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas que cuenten con inhabilidades para pertenecer al Registro de Proveedores, según señala el Capítulo X, Artículos contenidos en el Párrafo 7 del Reglamento 661 de la Ley 19.886. Por el sólo hecho de presentar una oferta, se entenderá que el oferente declara que al momento de la presentación de la propuesta no se encuentra afecto a alguna de estas circunstancias. Artículo 180 del Decreto 661 de 2024 de Chile establece las condiciones que deben cumplir las Uniones Temporales de Proveedores (UTP)
8.- CALENDARIO DE LA LICITACION

En la siguiente tabla se detallan los plazos máximos de cada proceso de licitación.

ACTIVIDAD

PLAZO

Fecha de Publicación

Desde la total tramitación del decreto que aprueba el llamado a licitación.

Fecha inicio de preguntas

03 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl.

Fecha cierre de preguntas

Dentro de 02 días posteriores a la fecha de inicio de preguntas, en el portal www.mercadopublico.cl.

Respuestas de las preguntas

Dentro de 01 días posteriores a la fecha de cierre de preguntas en portal www.mercadopublico.cl.

Fecha de cierre de recepción de ofertas

10 días posteriores desde la publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl.

Fecha de Apertura de las ofertas

El mismo día de fecha de cierre de recepción de las ofertas en el portal www.mercadopúblico.cl

En el evento que alguno de los plazos indicados en las presentes bases de licitación expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá por prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.

9.- CONSULTAS
Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto N°8 de las presentes BAE.
10.- RESPUETAS A LAS CONSULTAS
Las respuestas a las consultas serán efectuadas por el portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto N°8 de las presentes BAE. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones son parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente. Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las Bases Administrativas, de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominada “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes. De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.
11.- PRESENTACION DE LA OFERTA
La propuesta a Suma Alzada se deberá efectuar en el portal www.mercadopublico.cl, en las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en este mismo punto, en formatos Word, Excel, JPG o PDF (no se aceptará otro tipo de formato, por lo que la municipalidad dejará fuera de bases al proponente). La oferta se hará en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses. Las propuestas, documentos formularios anexos y todo otro antecedente deberán presentarse en idioma español (o con traducción) y con los valores en moneda nacional, indicando claramente el valor neto y el de los impuestos IVA. 11.1 Archivo documentación administrativa, deberá incluir: a) Formulario Anexo N°1 Identificación del Oferente, según formato, firmado por su representante legal. b) Formulario Anexo N°2 Declaración Jurada simple, según formato, firmado por su representante legal. c) Documento que certifique iniciación de actividades. (SII) d) Patente Municipal vigente e) El oferente deberá incluir un Programa de Integridad según lo establecido en dictamen N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el punto N°15 criterio de evaluación letra e) de las presentes Bases Administrativas Especiales. f) Declaraciones juradas firmadas por trabajadores respecto del conocimiento del Programa de Integridad, según punto N°15 criterio de evaluación letra e) de las presentes Bases Administrativas Especiales. Declaraciones Juradas simples de Trabajadores respecto del conocimiento del Programa de Integridad (la no presentación de estas no será causal para declarar al oferente FUERA DE BASES). Antecedentes vigentes de los vehículos g) Certificado de inscripción (padrón) (todos los vehículos) h) Permiso de circulación (ambos vehículos) i) SOAP (ambos vehículos) Antecedentes vigentes de los conductores ofertados j) Licencia de conducir, clase según vehículo ofertado. (ambos conductores) k) Cedula de identidad. (ambos conductores) l) Hoja de vida (ambos conductores) m) Certificado de antecedentes, con una antigüedad no superior a 60 días. n) Certificado hoja de vida del conductor. (todos los conductores) o) Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad. 11.2 Archivo documentación técnica, deberá incluir: a) Formulario Anexo N°3 Catalogo de los vehículos de transporte de pasajeros con los cuales cuenta la empresa que ofertará. Incluir capacidad de pasajeros, año (según indica bases técnicas), marca, modelo, patente, fotografías. b) Formulario Anexo N°4 Indicar ubicación geográfica de la empresa. c) Formulario Anexo N°5 Vehículo de reemplazo y/o conductor, con el cual cuente el oferente por si ocurre alguna eventualidad, con características similares o superiores a lo ofertado en el formulario Anexo N°3. (panne, enfermedad, entre otros). El cual deberá presentar documentación antes de realizar el servicio, los cuales deberá ingresar por oficina de partes. El no contar o no indicar que cuenta con dicho vehículo y/o conductor quedará fuera de bases. 11.3 Archivo Propuesta Económica, deberá incluir: a) Formulario Anexo N°6 Oferta. La propuesta, deberá considerar todos los gastos que irrogue la adquisición. Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases. La falta de los documentos enunciados en los puntos 11.2, y 11.3) o la entrega parcial en cualquiera de ellos, faculta a la municipalidad para declarar al proponente fuera de bases. Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales. La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio.
12.- APERTURA DE LA LICITACION
La apertura de la propuesta será en la fecha y horario definido en el cronograma de licitación expuesto en el portal www.mercadopublico.cl. Y calendario expuesto en el punto N°8 de las presentes bases. El acto de apertura electrónica de la presente licitación se realizará en una sola etapa, esto es, se procederá a abrir tanto la oferta técnica, la oferta económica y Anexos exigidos. Dicho proceso se efectuará a través del Sistema de Información. Se deja expresamente establecido que el Servicio estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previo certificado de indisponibilidad técnica del portal Mercado Público; si y solo si, se presentaran situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el correcto desarrollo de la apertura electrónica. Para iniciar la evaluación de las ofertas con los criterios, se promueve la oferta más conveniente para la Municipalidad de Quillón. Si las ofertas no poseen las consideraciones exigidas en las presentes BAE, no se procederá a incluirlas en la evaluación de la oferta, indicando los motivos en las observaciones del “Acta de Evaluación de la Oferta”. Asimismo, no se considerarán las ofertas propuestas por los proveedores, si: a. Si no se adjuntan Anexos o estos están incompletos. b. Si el precio se encuentra fuera del presupuesto disponible para la adquisición.
13.- DE LAS GARANTIAS
En la presente licitación, no se requieren Garantías.
14.- ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACION
La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y periodo de evaluación. El plazo para la corrección de estas omisiones será de 25 horas, contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante. En estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas de no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.
15.- COMISION DE EVALUACION DE LAS OFERTAS

Los integrantes de la comisión de evaluación serán sujetos pasivos según los dispuesto en la Ley Nº20.730, que Regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, por el periodo que dure el proceso de evaluación y estará constituida por los Siguientes funcionarios o quienes subroguen:

NOMBRE

CARGO

Jorge Carrasco Valderrama

Funcionario Maquinaria

Fatima Fuentealba Arriagada

Profesional Secplan

Yesica Olave Paredes

Coordinadora de programa

Edgardo Carlos Hidalgo Varela

Secretario Municipal, ministro de Fe o quien lo subrogue.

Los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.

Para todos los efectos legales, en caso de ausencia de algún integrante titular, pasa a formar parte de la comisión respectiva quien corresponda, o quienes los subroguen o designen. De no poder conformarse dicha comisión por falta de más de la mitad de los integrantes, será quien determine el señor Alcalde mediante Decreto Alcaldicio, los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.

Vale decir que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 54 del Decreto Nº661, del 03 de junio de 2004, del Ministerio de Hacienda que, aprueba el reglamento de la Ley Nº19.886,  de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremos N°250 de 2024, los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente reglamento.

La municipalidad adjudicará la propuesta mediante Decreto Alcaldicio dictado al efecto, según lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

16.- EVALUACION DE LAS OFERTAS

Se evaluarán los siguientes aspectos:

LETRA

CRITERIO

PONDERACIÓN

A)

Valor de la Oferta

40%

B)

Propuesta Técnica

40%

C) 

Ubicación geográfica

10%

D)

Cumplimiento de los requisitos formales

5%

E)

Programa de integridad

5%

La suma de la ponderación de los cinco criterios determinará el puntaje final.

  1. VALOR DE LA OFERTA (ponderación 40%)

De acuerdo a lo señalado en el punto Nº5 de las presentes Bases especiales, de haber incongruencia entre propuesta en Formulario oferta económica y propuesta ofertada en el portal www.mercadopublico.cl , se considerará la información entregada en el Formulario de Oferta Económica.

                       

CRITERIO

DESCRIPCIÓN

PUNTOS

VALOR DE LA OFERTA

 40 %

Mínimo ofertado

100

Segundo mínimo ofertado

80

Tercer precio mínimo ofertado.

50

Cuarto precio mínimo y siguientes

10

No presenta información o valor supera el monto indicado en el punto N°5

Fuera de Bases

Evaluación criterio = (puntaje asignado * 40%)

  1. PROPUESTA TÉCNICA (ponderación 40%)

Se evaluará los siguientes aspectos de la oferta técnica.

Para la evaluación año del vehículo se considerará año según lo solicitado en cada Línea de postulación como se informa en el punto 11.2 letra g)  el cual se obtendrá un promedio entre los dos puntajes.

Línea 1 y 2: AÑO DEL VEHÍCULO

PUNTOS

Oferta vehículo año 2025 hasta 2026

100

Oferta vehículo año 2023 hasta 2024

90

Oferta vehículo año 2021 hasta 2022

80

Oferta vehículo año 2018 hasta 2020

60

Oferta vehículo año 2015 hasta 2017

50

Oferta vehículo año 2013 hasta 2014

30

Oferta vehículo año 2012 y anteriores

Fuera de bases

Nota: El puntaje final, se obtendrá del promedio de los puntajes obtenidos por cada vehículo ofertado.

Evaluación criterio = (puntaje asignado * 40%)

  1. UBICACIÓN GEOGRÁFICA (ponderación 10%)

De acuerdo en lo señalado en el punto 11.1 letra d) y 11.2 letra e) formulario Anexo N°4

UBICACIÓN GEOGRÁFICA

PUNTOS

Oferente posee domicilio en la provincia de Diguillín

100

Oferente posee domicilio en la provincia del Itata y/o Punilla

65

Oferente posee domicilio fuera de la región de Ñuble

10

No indica

Fuera de bases

Evaluación criterio = (puntaje asignado * 10%)

  1. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (ponderación 5%)

CRITERIO

DESCRIPCIÓN

PUNTOS

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES 5%

Para la presentación de documentos omitidos de los puntos 11.1, letra a), b), c), d), g), h), i), j), k), l), m), n), o) al momento de efectuar la oferta, la Unidad mandante podrá solicitarlos a través del portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando no otorguen al oferente una situación de privilegio. No afectando la igualdad de participación de los mismos.  Los que deberán ser adjuntos a la plataforma en un plazo total de 25 horas.

Presenta los documentos solicitados en los puntos 11.1, letra a), b), c), d), g), h), i), j), k), l), m), n), o) dentro de los plazos establecidos a través del portal www.mercadopublico.cl

100

Presenta documentación incompleta o fuera del plazo primitivo solicitada a través de foro inverso.

50

No presenta la documentación solicitada a través foro inverso

Fuera de bases

Evaluación criterio = (puntaje asignado * 5%)

  1. EXISTENCIA DE PROGRAMAS DE INTEGRIDAD (ponderación 5%)

El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por los trabajadores involucrados en el proceso de compras públicas, tal como se exige en el dictamen N°E370752 de 2023.

La no presentación de la documentación solicitada en este punto, no será causal para dejar al proponente fuera de bases, asignándose el puntaje establecido en tabla.

CRITERIO

DESCRIPCIÓN

PUNTOS

EXISTENCIA DE PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

5%

El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por su personal, tal como se exige en el dictamen N°E370752 de 2023.

La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser a través de una declaración jurada.

Presenta pacto o Programas de Integridad y se acredita haberse puesto en conocimiento de sus trabajadores.

100

Presenta pacto o programas de integridad, pero no acredita haberse puesto en conocimiento de sus trabajadores o acredita haberse puesto en conocimiento de sus trabajadores

50

No presenta pacto o Programas de Integridad.

0

Evaluación criterio = (puntaje asignado * 5%)

17.- RESOLUCION DE EMPATES
Para conceptos de evaluación se considerará hasta el segundo (2º) dígito decimal y en caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio de Valor de la oferta. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio de Propuesta técnica. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Ubicación geográfica. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de los requisitos formales. En última instancia, se definirá con el oferente que obtenga el mayor puntaje el criterio de Existencia de programas de integridad. La comisión emitirá un acta de evaluación, que será suscrita por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde. 17.1 Foro Inverso La municipalidad, podrá realizar preguntas al proveedor en relación a la oferta que este presentó durante el proceso de licitación. Como no debe existir contacto directo entre ambas partes, la instancia oficial será en www.mercadopublico.cl, con el fin de resguardar la transparencia en el proceso. Es importante señalar, se podrá solicitar a los oferentes que accedan a corregir errores u omisiones formales en un plazo no superior a 25 horas contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, a excepción de los antecedentes indicados en los puntos 11.2 y 11.3 materia de evaluación, los que a falta de su presentación dejarán al proponente FUERA DE BASES. Mientras que, la falta u omisión de antecedentes solicitados en el punto 11.1 letra, e) y f), será materia de evaluación, acorde a lo indicado en el Punto N°16, letra e). Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar y comprobar otros antecedentes del oferente que permitan determinar que las proyecto en licitación, será ejecutada correctamente. 17.2 Programa de integridad La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser a través de una declaración jurada simple de cada uno de sus trabajadores. NOTA: Se considerará como personal al representante legal de la empresa, y a todos los trabajadores atingentes a la presente adquisición. La no presentación de las declaraciones juradas dará por entendido que el Programa de Integridad no es conocido por sus trabajadores. El oferente que no presente su respectivo Programa de Integridad NO quedará FUERA DE BASES, para dicho Programa de Integridad sugiere contar con los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación público, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerles o concederles a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objetivo influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas prácticas, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio. e) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. f) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas. El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relaciones directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar otros antecedentes del oferente que permitan determinar, que la adquisición de los productos en la licitación, será ejecutada correctamente.
18.- ADJUDICACION
La Municipalidad adjudicará el contrato al oferente que realice la propuesta que aparezca más conveniente a los intereses del servicio, para estos efectos la Comisión Evaluadora emitirá un acta de evaluación al Sr. Alcalde, emitido conforme a lo establecido en las bases, donde se proponga al Sr. Alcalde la adjudicación del contrato a la oferta que resulte más conveniente para el servicio, o bien, propondrá la deserción de la Licitación en caso de que las ofertas no se ajusten al pliego de condiciones de la Licitación o se consideren fundadamente como inconvenientes para el interés municipal. Por su parte, en caso de que el Sr. Alcalde determine declarar desierta la licitación, se procederá a dictar el decreto alcaldicio correspondiente, el cual se notificará a los oferentes a través del Sistema de Información. Se debe precisar, que sólo se podrá adjudicar a los proponentes cuyas ofertas hayan sido recibidas, a través de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública. 18.1 READJUDICACIÓN La Municipalidad podrá readjudicar el contrato al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación, en caso de que el adjudicatorio se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. El proceso podrá repetirse hasta el último proponente admisible evaluado. Lo anterior, se efectuará por resolución fundada y podrá realizarse también en aquellos casos de término anticipado de contrato, sin perjuicio de las facultades generales de la Municipalidad para llamar a nuevo proceso licitatorio según las reglas legales y reglamentarias aplicables.
19.- DEL CONTRATO
Orden de Compra Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl., quedará supeditado en su validez, el hecho que dentro de un plazo no superior a 24 horas desde la emisión de la orden de compra esta sea aceptada por el proveedor. Se realizará la adjudicación con emisión de Orden de Compra automática por el total del monto adjudicado, y el precio de la factura se ira rebajando hasta ocupar el total adjudicado, como se establece en el punto 22, “Estados de pago”. Esta relación contractual se formalizará, a través de Orden de compra de acuerdo al Art: 117 del Decreto Nº661 que aprueba reglamento de la ley Nº19.886 de bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
20.- PROHIBICION DE CEDER O TRANSFERIR EL CONTRATO
En cuanto a las obligaciones comprometidas por el proveedor, no podrá ceder o transferir el contrato, a persona natural o jurídica alguna. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que para el proveedor se establecen, facultará a la Municipalidad para poner término anticipado al contrato.
21.- SUPERVISION
La ejecución de la adquisición será supervisada por un Inspector Técnico (I.T.S) que, para estos efectos recaerá en el funcionario Rodrigo Pérez Pérez, encargado de la oficina de Deportes y Recreación de la Dirección de Desarrollo Comunitario o quien lo subrogue. Cualquier duda que surja de la interpretación de los antecedentes, así como también, de los problemas que se deriven de su aplicación durante el transcurso de la adquisición, deberán ser expuestos a la Unidad Técnica, la que deberá resolver los problemas de orden técnico exclusivamente, correspondiéndole a la asesoría jurídica resolver aquellos de índole legal. El Inspector Técnico del Servicio, no podrá autorizar cambios en la adquisición: limitará su función a informar a la autoridad competente de la Municipalidad, acerca del grado de cumplimiento por parte de la empresa ejecutora de la adquisición. Los aspectos defectuosos o efectuados al margen de las normas técnicas correspondientes, que sean observados por el supervisor, deberán ser corregidos por el proveedor según sus indicaciones, sin que signifique mayor costo para el Mandante.
22.- ESTADOS DE PAGO
El precio del contrato se liquidará de acuerdo a cada Línea, según se detalla a continuación: Línea 1: se cancelará en 4 estados de pagos hasta completar los 5.000 kilómetros Por cada 1.250 kilómetros recorridos. • El adjudicado podrá facturar acorde de los kilómetros efectivamente ejecutados, respaldados en bitácora, fotografías y validados por el I.T.S. de acuerdo al valor de la O.C y del precio entregado por kilómetros, según formulario Anexo N°5 de oferta económica. Según las BAE, con previo informe de recepción conforme del I.T.S. • Se realizará la adjudicación con emisión de Orden de Compra automática por el total, y que el precio de la factura se irá rebajando hasta ocupar el total adjudicado. Línea 2: se cancelará en 8 estados de pagos hasta completar todos los viajes. Uno por cada viaje realizado. • El adjudicado podrá facturar acorde de los viajes efectivamente ejecutados, respaldados en bitácora, fotografías y validados por el I.T.S. de acuerdo al valor de la O.C y del precio entregado por viaje, según formulario Anexo N°5 de oferta económica. Según las BAE, con previo informe de recepción conforme del I.T.S. • Se realizará la adjudicación con emisión de Orden de Compra automática por el total, y que el precio de la factura se irá rebajando hasta ocupar el total adjudicado. Para dar curso a cada estado de pago, el proveedor del servicio deberá acompañar los siguientes documentos: a) Factura a nombre del Ilustre Municipalidad de Quillón, dirección 18 de septiembre N°250, Quillón, RUT: 69.141.400-0. b) Copia de acta de Recepción Conforme, emitido por ITS. c) Fotografías (4 a 6 imágenes) del servicio. d) Certificado vigente de la Inspección del Trabajo (F30-1) que acredite el cumplimiento del mes inmediatamente anterior, el cual no debe tener reclamos laborales, ni incumplimientos laborales, este certificado no será exigible en el primer estado de pago y siempre que no cuente con trabajadores en el mes anterior. Primer estado de pago • Acreditación con certificaciones de la dirección del trabajo que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. OBSERVACIÓN: La municipalidad pagará las facturas debidamente cursadas y visadas por el Gobierno Regional, en un plazo máximo de 30 días contados a partir del día de ingreso por Oficina de partes de la municipalidad, mediante transferencia electrónica.
23.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR
El proveedor será responsable de entregar los productos ofertados según bases técnicas requeridas en los plazos pactados en la oferta.
24.- DE LAS MULTAS

La Ilustre Municipalidad de Quillón, a través de la Dirección de Desarrollo Comunitario, podrá aplicar multas según las siguientes causales y con los respectivos descuentos según tabla:

CAUSAL

MONTO

Por cada 15 minutos de retraso en la llegada al lugar de encuentro.

0.5 UTM por eventualidad  

Por cada 15 minutos de retraso en la llegada al destino.

0.5 UTM por eventualidad 

No prestación del servicio en el día y hora indicado por el mandante, considerando el vehículo de reemplazo y/o conductor.

5 UTM por eventualidad

Prestación del servicio con vehículo y/o conductor con características inferiores a lo solicitado en las BAES.

5 UTM por eventualidad

Cancelación del servicio por parte del proveedor

10 UTM por eventualidad

Accidente de tránsito durante el servicio, ocasionado por el adjudicado.

  • Cualquier daño ocasionado por el adjudicado será asumido por la empresa a cargo del servicio.
  • Cualquier accidente ocasionado por el adjudicado que ocurra durante la prestación del servicio será responsabilidad del adjudicatario, quien asumirá todos los gastos relacionados con las personas involucradas.

10 UTM por eventualidad

El valor de la UTM, corresponderá al día en que sea notificada la aplicación de multa.

En caso que existan falencias o incumplimiento en las características del servicio, el oferente deberá subsanar las faltas, sin perjuicio de la correspondiente aplicación de multas.

Las multas establecidas según tabla, se descontarán del estado de pago en curso.

Será la ITS quién se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar y la buena calidad y totalidad del servicio.

Las multas que se apliquen a la empresa adjudicada, no podrán exceder el 30% del valor total del contrato. En caso de exceder el porcentaje indicado como límite para aplicación de multas, la municipalidad tendrá la facultad de poner término anticipado del contrato.

Será facultad del Sr. Alcalde, aplicar, rebajar o desestimar completamente la multa, en virtud de los descargos y pertinencia de éstos.

 

Procedimiento multas:

1.- Emisión de informe por incumplimiento en la entrega del servicio, del ITS y/o quien le subrogue o designen.

2.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para responder la situación.

3.- Informe extendido al alcalde, que contenga los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) ITS.

4.- Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica multas de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico.

5.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario Anexo N°1), acerca de la resolución de la multa.


25.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Las bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. 4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación de los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la Ley 19.886. en tal caso, la Entidad solo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Reglamento. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Las demás establecidas en la Ley, en la respectiva Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
26.- DEL DOMICILIO Y JURISDICCION APLICABLE
Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas bases, así como de los que se deriven del contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Quillón y prorrogan la competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.