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Resolución de Empates |
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Si en la evaluación final se produjera un empate entre 2 o más ofertas, éste se resolverá
aplicando los criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:
a) Precio.
b) Servicios adicionales.
c) Condiciones de empleo y remuneración.
d) Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta.
e) Programa de integridad.
Si el empate persiste, será resuelto mediante el orden de ingreso de las ofertas en el
portal www.mercadopublico.cl. En última instancia, el empate será resuelto mediante
sorteo.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Se podrán formular consultas a las bases solo a través del foro que estará habilitado en
el portal www.mercadopublico.cl, desde la fecha de publicación del llamado en dicho
portal y hasta el día y hora señalados para tales efectos en el punto 2.6. Dichas consultas
serán respondidas por la misma vía y aprobadas por acto administrativo totalmente
tramitado y publicado en el citado portal, durante el período comprendido entre el
vencimiento del plazo para formular consultas a las bases y el día y hora señalados en
el punto 2.6 precedente. Las respuestas que se entreguen serán consideradas como
parte integrante de las presentes bases de licitación. De existir discrepancias entre las
respuestas contenidas en el acto administrativo que las aprueba y aquellas informadas
en la sección “Preguntas licitación” del portal www.mercadopublico.cl, prevalecerán las
primeras.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al
señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, la Subsecretaría podrá
efectuar por iniciativa propia aclaraciones a las bases, para precisar el alcance,
complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya
quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de ofertas y, en tal condición,
deberán ser consideradas en la preparación de las propuestas.
Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en estas
bases.
Con todo, la Subsecretaría podrá modificar de oficio las presentes bases antes del plazo
establecido para el cierre de recepción de ofertas, mediante acto administrativo
totalmente tramitado y publicado en el portal www.mercadopublico.cl, otorgando un
plazo prudencial para que las personas interesadas en participar puedan conocer y
adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración,
en los términos que establece la Ley de Presupuesto del Sector Público del
presente año, si correspondiere. En el evento de que la adjudicataria se
encuentre incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de
remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados, no podrá
contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la
afecte.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 56 del Decreto N° 661, de 2024, del
Ministerio de Hacienda, una vez realizada la apertura de las ofertas, la Subsecretaría
podrá solicitar, a través de la funcionalidad disponible en el portal web
www.mercadopublico.cl, que se salven errores u omisiones formales en que han
incurrido, no considerándose dentro de esta categoría los errores en el precio de la
oferta, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a
esos oferentes una situación de privilegio respecto de las demás, esto es, en tanto no
se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes,
y se informe de dicha solicitud a través del Sistema de Información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que se hayan omitido
entregar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo
para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del
plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. A través de estos documentos
no podrá presentarse una oferta técnica o económica distinta a la presentada dentro del
período establecido en estas bases para recibir ofertas.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, que se contarán una vez
transcurridas 24 horas desde que se realizó el requerimiento en el portal, conforme a lo
señalado en el artículo 9° del Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, para
responder a lo solicitado a través del Sistema de Información.
De dicha solicitud se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la
comisión evaluadora.
Sin perjuicio de lo anterior, la presentación de los antecedentes que puedan ser
solicitados del modo y dentro del plazo expresados en este punto será considerada al
momento de la evaluación de la respectiva oferta, conforme al criterio “Cumplimiento de
requisitos formales de presentación de la oferta”, indicado en el punto 2.17 de estas
bases.
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Pacto de integridad |
La presentación de una oferta implica, para quien la formule, la aceptación del presente
pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas sus estipulaciones, que se indican
a continuación, tanto durante el proceso licitatorio como durante la contratación:
i. El oferente respetará los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República,
en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo
485 del Código del Trabajo. Asimismo, respetará los derechos humanos, evitando
toda acción u omisión que dé lugar o contribuya a generar efectos adversos a ellos
y subsanará tales efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios
Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii. El oferente no ofrecerá, no concederá, ni intentará ofrecer o conceder sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto,
a funcionario público alguno relacionado con su oferta, con el proceso de licitación
pública o con la ejecución del contrato que eventualmente derive de ella, tampoco
las ofrecerá o concederá a terceros que pudiesen influir directa o indirectamente
en tales procesos.
iii. El oferente no llegará ni intentará llegar a acuerdos, tampoco realizará
negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar, de
cualquier forma, la libre competencia, especialmente, aquellos de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv. El oferente revisará y verificará la veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia de toda la información y documentación que presente para
efectos del presente proceso licitatorio.
v. El oferente ajustará su actuar y cumplirá con los principios de legalidad, probidad
y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi. El oferente adoptará las medidas que sean necesarias para que las estipulaciones
señaladas sean cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes,
subcontratistas, y, en general, por cualquier persona con quien se relacione,
directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, siendo
responsable de las consecuencias de su infracción por parte de éstas. Lo anterior,
sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y
fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
La contravención de alguna de las estipulaciones señaladas en este punto se considerará
como un incumplimiento grave de la contratación, para efectos de lo dispuesto en el
punto 2.29 de estas bases.
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