Licitación ID: 1461054-12-LE26
Adquisición 35 Celulares y Planes - Jardines SLEP
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Teléfonos celulares 1 Global
Cod: 43191501
El Servicio Local de Educación Pública Elqui (SLEP Elqui) requiere la adquisición en modalidad de compra (no arriendo) de 35 teléfonos celulares smartphones y la contratación de 35 planes móviles activos. La finalidad de esta adquisición es asegurar la c  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición 35 Celulares y Planes - Jardines SLEP
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio Local de Educación Pública Elqui SLEP Elqui requiere la adquisición en modalidad de compra no arriendo de 35 teléfonos celulares smartphones y la contratación de 35 planes móviles activos. La finalidad de esta adquisición es asegurar la comunicación institucional, coordinación operativa y continuidad del servicio en los Jardines Infantiles del territorio La Serena, La Higuera, Paihuano y Vicuña. Los equipos serán propiedad del SLEP Elqui desde su recepción conforme.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
P02 Establecimientos Educacionales
R.U.T.:
61.981.040-6
Dirección:
Huanhuali #565
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-03-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 26-02-2026 16:01:00
Fecha inicio de preguntas: 26-02-2026 16:30:00
Fecha final de preguntas: 28-02-2026 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-03-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-03-2026 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-03-2026 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 06-03-2026 17:59:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán acompañar la totalidad de los siguientes documentos administrativos, a través del portal: a) FORMULARIO N°1-B-C: IDENTIFICACIÓN OFERENTE. Formato Identificación del oferente. b) FORMULARIO N°2 (Esencial): ACEPTACIÓN DE BASES. Declaración Jurada de aceptación de bases y conocimiento de los antecedentes administrativas y técnicos que regulan el proyecto. Deberá utilizar formato adjunto que se entregará. c) Personas Naturales y Jurídicas: La información del oferente en la etapa de presentación de ofertas solo será validado con la ficha del contratista alojado en la plataforma Mercado Público, información que podrá ser cotejada según lo expuesto por el contratista en el formulario N°1 solicitado en el presente proceso. d) Unión Temporal de Proveedores: El representante de la UTP deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma (Esencial), documento que deberá establecer a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a las obligaciones que se generen con la entidad, representante o apoderado común y el o los responsables de emitir factura y recepcionar el pago. e) Documento de inscripción al Rol Único Tributario o E-RUT y/o Declaración jurada de Inicio de Actividades o certificados de modificaciones del mismo, que reflejen la dirección vigente ante el SII. En caso de no acompañar este documento, el oferente será evaluado con cero puntos en “Impacto Local” detallado en letra D) de los Criterios de Evaluación de las presentes bases, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta. f) FORMULARIO N°5. PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD. (esencial) El proveedor deberá indicar si cuenta con programa de Integridad de la empresa conocido por sus trabajadores. Para lo anterior, deberá adjuntar el programa en cuestión y medios verificados de su distribución, tales como actas de entrega, correos electrónicos de distribución, nóminas firmadas por los trabajadores, u otros medios que acrediten que dichos programas han sido conocidos efectivamente por sus trabajadores. En caso de contar con un programa debe comprometer fecha para su ejecución y difusión.
Documentos Técnicos
1.- a) PROPUESTA TÉCNICA Y PLAZO DE ENTREGA (Esencial): Documento (Formato Propio del Oferente) en el cual se deben detallar los bienes a entregar y servicios a prestar. El proponente deberá incluir obligatoriamente: i) Detalle del Equipamiento y Fichas Técnicas (Esencial): Propuesta detallada de los 35 Smartphones ofertados. Debe incluir la Ficha Técnica del fabricante que acredite el cumplimiento de los mínimos exigidos en las EE.TT. (Memoria RAM, Almacenamiento, Capacidad de Batería, Cámaras y Bandas de Red compatibles con 4G/5G). Los equipos deben ser nuevos, sellados y liberados. ii) Plan de Trabajo, Conectividad y Cronograma (Esencial): Los proponentes deberán entregar un Plan de Trabajo para el despliegue del servicio, detallando las siguientes etapas: • Reunión de Coordinación de Inicio. • Entrega física de los 35 equipos en dependencias del SLEP Elqui. Plazo total, expresado en días hábiles, para la entrega de los 35 dispositivos físicos y la activación simultánea de los 35 planes en las dependencias del SLEP Elqui o los Jardines Infantiles indicados. (El plazo no podrá ser superior a 15 días hábiles). La entrega debe ser en SLEP Elqui y chips activados, indicando su identificador y/o número asociado • Proceso de Activación y Pruebas de Señal: Verificación de conectividad de los planes móviles en los puntos georreferenciados. • Entrega de nómina de números asignados y actas de recepción. • Cierre de la etapa de implementación. Regla de Plazos: Si el proveedor indica plazos de ejecución entre rangos, el plazo más alto será el considerado para la evaluación. Si no indica plazo, la oferta será inadmisible. Si el plazo se expresa en días corridos, se entenderá que son días hábiles para efectos de evaluación. iii) Plan de Soporte Técnico y Continuidad Operativa (SLA): Descripción del modo de operación del soporte técnico durante los 18 meses, detallando el procedimiento para: • Reposición de tarjetas SIM (por pérdida o robo). • Gestión de garantías de los equipos ante fallas de fábrica. • Canales de atención (Mesa de ayuda) para incidencias de red o configuración. iv) Mapa de cobertura (Esencial):[LF4.1] Documento emitido por el proveedor donde declare y garantice la disponibilidad de señal de voz y datos en las coordenadas de los Jardines Infantiles indicados en las Bases Técnicas (Paihuano, Vicuña, La Higuera y La Serena).
 
Documentos Económicos
1.- El oferente deberá presentar su propuesta comercial indicando el valor neto y el valor total (IVA incluido) de la totalidad de los bienes a adquirir y los servicios a contratar por 18 meses, debidamente firmada por el representante legal, detallando obligatoriamente lo siguiente: i. Valor Unitario y Total por Adquisición de Equipos: Precio en pesos chilenos por la compra de los 35 (treinta y cinco) Smartphones nuevos y liberados. Este valor debe incluir la entrega, configuración inicial y la garantía técnica. Al ser una modalidad de compra, este ítem se paga por una sola vez tras la recepción conforme. ii. Valor Mensual por Servicio de Planes Móviles: Costo unitario mensual (cargo fijo) por cada una de las 35 líneas activas, que incluya la cuota de datos (mínimo 350 GB), voz ilimitada y los servicios de soporte y reposición de SIM detallados en las bases. iii. Valor Total del Contrato (Evaluación Económica): Suma total que resulte de: [Costo total de los 35 equipos] + [Costo mensual de los 35 planes x 18 meses].
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA Para efectos de evaluación, se considerará el Costo Total del Contrato (CTC), el cual se calculará según la siguiente sumatoria de los valores netos ofertados en el Formulario N°3: CTC = (Precio Unitario Equipo × 35) + (Precio Mensual Plan × 35 × 18) La oferta que presente el CTC más bajo obtendrá el puntaje máximo (100 puntos). El resto de las ofertas se ponderarán de forma inversamente proporcional según la siguiente fórmula: Fórmula de Cálculo: Pje. Oi = ((Oe/Oi)*100)*0.40) Donde: Pje. Oi : Puntaje obtenido por oferente i. Oe : Costo total mínimo ofertado. Oi : Costo total oferta en evaluación i. 40%
2 CALIDAD TECNICA DEL EQUIPO B.1. Sub-factor 1: Memoria RAM (40% de la nota técnica) La RAM asegura que el equipo no se bloquee al usar aplicaciones institucionales. CAPACIDAD DE MEMORIA RAM PUNTAJE 8 GB o superior 100 pts 6 GB 70 pts 4 GB 40 pts Menos de 4 GB Inadmisible Puntaje Ram: puntaje obtenido x 0.40 B.2. Sub-factor 2: Capacidad de Almacenamiento Interno (30% de la nota técnica) CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO PUNTAJE 256 GB o superior 100 pts 128 GB 50 pts Menos de 128 GB Inadmisible Puntaje Almacenamiento: puntaje obtenido x 0.30 B.3. Sub-factor 3: Capacidad de Batería (30% de la nota técnica) CAPACIDAD DE BATERÍA PUNTAJE Superior a 5.000 mAh 100 pts Igual a 5.000 mAh 50 pts Inferior a 5.000 mAh 0 pts Puntaje Batería: puntaje obtenido x 0.30 PUNTAJE FINAL: (PUNTAJE RAM+ PUNTAJE ALMACENAMIENTO+ PUNTAJE BATERÍA) X 025 25%
3 COBERTURA Y RED Se evaluará según el Certificado de Cobertura Georreferenciada solicitado en el punto (iv) de la Oferta Técnica: COBERTURA PUNTAJE El proveedor garantiza cobertura 4G/5G en la totalidad de los puntos georreferenciados (Paihuano, Vicuña, La Higuera, La Serena). 100 pts El proveedor garantiza cobertura en al menos el 90% de los puntos 50 pts El proveedor no garantiza cobertura en zonas rurales críticas o no adjunta el certificado. Inadmisible 15%
4 PLAZO ENTREGA Y ACTIVACION ENTREGA Y ACTIVACIÓN TOTAL PUNTAJE 5 días hábiles o menos 100 pts Entre 6 y 10 días hábiles 50 pts Más de 10 días hábiles (Máximo 15) 10 pts 10%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Oferta cumple con todos los requisitos de forma. 100 puntos Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el Servicio Local solicitar correcciones o aclaraciones a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante. b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora (sin necesidad de requerir aclaratoria, por tratarse de errores evidentes). 40 puntos Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el Servicio Local solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora. 0 puntos 5%
6 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD DEL PROVEEDOR Oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, adjuntando la documentación de respaldo respectiva que permita verificar que efectivamente este programa fue difundido a sus trabajadores. 100 puntos Oferente no posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, o posee programa de integridad, pero no adjunta la documentación de respaldo que permita verificar que ha difundido este(s) programa(s) a sus trabajadores. 0 puntos 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: JUNJI
Monto Total Estimado: 15750000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 18 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: VIVIANA GARAY ARAYA
e-mail de responsable de pago: viviana.garay@slepelqui.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: IVONNE TAPIA RUIZ
e-mail de responsable de contrato: ivonne.tapia@slepelqui.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 51-2-27519390-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
MECANISMO DE RESOLUCION DE EMPATE
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar: i. Oferta Económica ii. Calidad Técnica del Equipo iii. Cobertura y Red iv. Plazo Entrega y Activación v. Cumplimiento de requisitos formales vi. Programas de Integridad De persistir el empate, se adjudicará entre estos oferentes, al que ha ingresado primero la oferta al Portal Mercado Público.
INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA.
En particular, y sin que ello signifique limitación alguna a la facultad prevista en el artículo 56 del reglamento de compras, las causales para declarar inadmisible las ofertas, y proceder a su rechazo, sin derecho a ser evaluadas, serán las siguientes: a. Si no se acompañan los formularios N°3 señalado en el 8.4.4 de las presentes bases. b. Si no se acompaña Propuesta Técnica del Servicio señalado en el 8.4.4 de las presentes bases o no se acompañan anexos o documentos indicados como esenciales, o ésta, no cumple técnicamente los intereses del SLEP y la correcta ejecución del servicio requerido. c. Si no se acompaña el Mapa de cobertura y matriz por establecimiento señalado en el numeral 7 de las bases técnicas. d. Si no se acompaña la Ficha técnica oficial del modelo, y Tabla comparativa que demuestre equivalencia/superioridad (5G, almacenamiento, batería, rendimiento y soporte) señalado en el numeral 8 de las bases técnicas. e. Si el plazo de entrega y activación es superior a 15 días hábiles. f. Si la oferta corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no adjunta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme a lo indicado en el artículo 8.2 y 8.4.2, o no cumple con cualquiera de las exigencias establecidas en la normativa vigente para las UTP, por ejemplo, que uno de los proveedores no sea una empresa de menor tamaño. g. Cuando las ofertas no satisfagan técnica y económicamente los intereses del SLEP Elqui. De igual forma, cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases Administrativas, Bases Técnicas, la Ley 19.886 y el Reglamento. h. Asimismo, se declarará inadmisible la ofertas cuando se presenten ofertas simultáneas por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación, sólo la oferta más conveniente económicamente y que cumpla con los requerimientos técnicos de cada producto, siendo declaradas inadmisibles las demás. i. Si la información adjuntada por el proveedor se demuestre ser falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes. j. La omisión de antecedentes o entrega de información contradictoria, que haga imposible la revisión de aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los oferentes. k. Si presentados los formularios o documentos del oferente que no son catalogados como esenciales, estos son ingresados de forma incompleta, errónea o defectuosa, siendo observado por el Servicio vía foro inverso, habiéndose solicitado al proveedor aclarar, adjuntar o informar según sea el caso, algún documento parte integrante de su oferta solicitado en los artículos 8.4.2., 8.4.3, y 8.4.4 de las presentes bases, y éste consultado en una segunda instancia, no da respuesta a tal solicitud en dicha sección en el plazo prudencial estipulado para su respuesta o aclaración. Lo anterior, siempre y cuando, dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. l. Si la oferta del proveedor no es completa, ni oferta todos los servicios que se encomiendan. m. En los demás casos establecidos expresamente en las presentes bases de Licitación
ACLARACIÓN DE ANTECEDENTES. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
En concordancia con lo establecido por Contraloría General de la República entre otros en dictamen N° 5.104 del año 2003 donde establece que; la Administración a fin de velar por una correcta decisión, debe considerar los errores numéricos o de cálculos que se detecten en un procedimiento de licitación, la comisión evaluadora podrá corregir de oficio o solicitar a los oferentes corregir todas las disconformidades de esa índole que sean evidentes, en resguardo de los principios de eficiencia, eficacia e impulsión de oficio del procedimiento que consagran los artículos 3°, inciso segundo; 5°, inciso primero, y 8° de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; sin perjuicio de lo anterior, los proveedores no podrán corregir el precio de su oferta.
DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
Tomando en consideración que el valor de lo requerido es menor a 1000 UTM y que la contratación es de bienes y servicios simple y de objetiva especificación, la relación contractual se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra por parte del Servicio Local de Educación, y su aceptación por parte del contratista adjudicado, a través del portal de compras públicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 117° del Reglamento. Si el oferente no se encuentra en estado hábil en la ficha de Proveedores del Estado, o no cumple con el artículo N°4 de la Ley N°19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, a la orden de compra no podrá ser enviada al contratista, hasta que este último no solucione su situación de inhabilidad, siempre y cuando, esta situación se haya provocado con posterioridad a la presentación de la oferta y/o adjudicación en el portal mercado público, en cuyo caso, tendrá un máximo de 3 días hábiles para resolver su situación, de lo contrario, el Servicio Local está facultado para dejar sin efecto la adjudicación y Re adjudicar al oferente que le siga en mejor puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente, o en su defecto, el SLEP podrá llamar a un nuevo proceso de licitación. De igual forma, si el adjudicatario es una UTP, cada integrante deberá estar inscrito y estado de inscripción “hábil” en el señalado registro, requisitos que además se aplicarán a cada uno de los integrantes de la UTP. Si alguno de los integrantes de la UTP se encontrare inhábil en el Registro de Proveedores de Mercado Público, siempre y cuando, esta situación se haya provocado con posterioridad a la presentación de la oferta y/o adjudicación en el portal, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para formalizar la relación contractual, a menos que el integrante inhabilitado integrante que no debe reunir una o más características objeto de la evaluación de la oferta se retirase, pudiendo celebrarse la contratación con la UTP conformada por el resto de los integrantes, que como mínimo deben ser 2.
ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
En virtud del Dictamen N°13.695 del 2018 de Contraloría Regional de la República, la emisión de la Orden de Compra correspondiente a la adjudicación del contrato, se resolverá previa suscripción y firma del contrato propiamente tal, la que deberá ser aceptada dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes de su envío al proveedor; en caso que el proveedor no acepte cada orden de compra dentro de los 3 días hábiles posterior al envío de ésta por parte del Servicio Local de Educación, el SLEP del Elqui podrá cancelar dicha orden, entendiéndose definitivamente cancelada y rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, y se procederá a terminar anticipadamente el contrato. Por tratarse de un contrato de suministro, el Servicio Local de Educación Pública del Elqui emitirá paulatinamente las solicitudes de compra según la necesidad que requieran satisfacer las unidades educacionales y que se traducirán como recepciones conformes por hito de la orden de compra inicial, para efectos de evidenciar la ejecución servicios realizados y su posterior tramitación de pago, de acuerdo con los requerimientos efectuados por los establecimientos educacionales bajo su dependencia.
CAUSALES DEL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
Conforme al artículo 13 bis de la Ley N°19.886 de Compras y el artículo 130 del Reglamento, el contrato podrá terminar anticipadamente por las siguientes causales: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor, entendiendo estás como no dar respuesta a la Inspección Técnica del Servicio respecto a algún requerimiento para la correcta ejecución del servicio y al fin que su realización persigue, o que a juicio de la Inspección Técnica, el proveedor no está ejecutando el servicio de acuerdo a las presentes bases o su propuesta, o en forma reiterada o flagrante, no cumple con las obligaciones estipuladas en las presentes bases de licitación (técnicas y administrativas), la orden de compra o su propuesta, u otras relacionadas a la correcta ejecución de los ítems que comprenden el servicio de arriendo de impresoras suministro de insumos y servicios accesorios detallados en las bases técnicas, condiciones que deberán ser fundadas y respaldada mediante informe técnico con sus respectivos respaldos. 4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del Reglamento y artículo 14.6 de las presentes bases. En tal caso, el SLEP Elqui sólo pagará el precio por el servicio que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compra y artículo 18.1 de las presentes bases. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 8. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 9. Acumular multas o sanciones por un monto total igual o superior al 20% del monto total de la relación contractual. 10. Infracción de la obligación de confidencialidad a que está obligado el proveedor 11. Si el proveedor es una Sociedad de responsabilidad limitada y su representante o alguno de sus socios fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. En los casos de una Sociedad Anónima, cuando algún miembro del Directorio o algún Gerente incurre en esta situación. 12. Si el proveedor es una empresa y esta se disolviere, en cuyo caso se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedaren pendientes. 13. El ser sometido el proveedor adjudicado a algún procedimiento concursal de los contemplados en la ley 20.720. 14. Si el proveedor es condenado por prácticas antisindicales durante la vigencia del contrato. 15. El Servicio Local de Educación Pública (SLEP) del Elqui podrá poner término anticipado al contrato de suministro de impresoras por necesidades técnicas y/o económicas del servicio, de forma fundada, mediante oficio notificado al proveedor adjudicado al correo electrónico informado en el Anexo N°1 (Identificación del Oferente). Dicha notificación deberá realizarse con al menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de término solicitada. El ejercicio de esta facultad no se verá obstaculizado por la existencia de servicios ya prestados que se encuentren pendientes de facturación, ni por facturas en proceso de pago por parte del Servicio Local de Educación, ni por cualquier otra obligación administrativa pendiente. Una vez cursado el término anticipado, el proveedor deberá proceder al retiro de los equipos en los plazos que coordinen las partes, sin perjuicio del pago de los suministros efectivamente entregados hasta la fecha de cese. El incumplimiento a la presente disposición por parte del proveedor será objeto de sanciones, en conformidad a lo dispuesto en las presentes Bases de Licitación. 16. Renuncia de la empresa contratada: La renuncia del contrato debe notificarse por carta certificada con una anticipación mínima de 15 días corridos a la fecha en que esta se produzca. La que se perfeccionará con la emisión de una resolución fundada la que se publicará en el sistema mercado público a más tardar dentro de las 24 horas, lo anterior sin perjuicio de su responsabilidad al término del contrato respecto de las obligaciones que le son propias. 17. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta y el integrante que permanece no reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta (por ejemplo, no ostente la certificación del servicio técnico requerido como documento esencial para admisibilidad de las ofertas). 18. Por la disolución de la UTP. 19. Las demás causales establecidas en las presentes bases de Licitación. El Servicio Local, además de la facultad de poner término anticipado al contrato, podrá cuando los hechos sean imputables a acciones u omisiones de la empresa contratada, proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado en virtud de las sanciones dispuestas en las presentes bases, así como también, de la garantía presentada por el contratista para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento y correcta ejecución del contrato. Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados al organismo del Estado por el incumplimiento del contrato, éste estará facultado para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios. Sin perjuicio de las causales expresadas precedentemente, la relación contractual podrá terminarse anticipada y unilateralmente por el Servicio Local, en forma inmediata, sin forma de juicio y sin indemnización alguna a favor de la contraparte, por situación sobreviniente, consistente en una orden o instrucción, tales como Ministerio de Educación, Dirección de Educación Pública, Contraloría General de la República entre otras. En estos casos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva, y sin derecho a indemnización alguna a favor del contratista. En caso de verificarse las causales que se configuran para dar curso al termino anticipado de contrato, y habiendo cumplido todas las fases del procedimiento de notificación, apelación y dictación del acto administrativo que autoriza el termino anticipado de la relación contractual, el Servicio Local del Elqui pagará al proveedor el monto que corresponda al avance del servicio efectivamente realizado. Para cumplimiento de lo anterior, el departamento de compras en base a la información entregada por la contra parte o inspección técnica del contrato respecto al avance financiero real del servicio, deberá realizar una liquidación de contrato que refleje los montos involucrados en el proyecto, tales como monto del contrato, montos ejecutados y pendientes, entre otros, el que deberá ser firmado por el Director Ejecutivo del SLEP y el proveedor en cuestión para dar curso al pago de los saldos pendientes si el Servicio Local los adeuda, o hacer valer las facultades del Servicio Local del Elqui para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios
FORMA DE PAGO
El precio de los servicios se pagará en pesos chilenos, mediante Estados de Pago mensuales y vencidos, previa emisión de la factura correspondiente, la cual deberá ser validada por la Unidad de Informática (Contraparte Técnica) del SLEP Elqui. • Pago de Equipos: Se realizará un pago único por la totalidad de los 35 equipos celulares contra la entrega, instalación y recepción conforme de cada uno de ellos, respaldada por el acta firmada por la educadora encargada de cada establecimiento[LF5.1]. • Pago de Planes Móviles: Se pagará mes a mes, por mes vencido, respecto de las líneas telefónicas que se encuentren efectivamente activas y operativas durante el periodo. Para proceder al pago, el proveedor deberá presentar el reporte de activación y operatividad de las líneas, validado por la Contraparte Técnica del SLEP. No se cursarán pagos por servicios no activados o equipos no recepcionados.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.