BASES ADMINISTRATIVAS
LICITACIÓN PÚBLICA
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
1° OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
1.1 Objetivo
El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la reparación, compuesta/simple o rebasado, de prótesis para sus pacientes beneficiarios, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor o igual a 100 e inferior a 1.000 UTM.
servicio de laboratorio dental para la reparación de Prótesis Dental
1.2 Ámbito
Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para generar la contratación del servicio de laboratorio dental para la reparación de Prótesis dental, para el Hospital Base San José Osorno.
Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $14.200.000.- (catorce millones, doscientos mil pesos chilenos) Valor total.
Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.
2° BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
2.1 Bases de licitación
- Bases Administrativas
- Bases Técnicas
- Formularios anexos
2.2 Definición de términos
- Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual los organismos del Estado realizan un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
- Ley de Compras: Ley N.º 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
- Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas (artículo 4° N°3 del Decreto 661 del reglamento de la Ley de Compras).
- Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
- Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
- Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
- Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
- Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
- Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
- Comisión evaluadora: Delegación encargada de evaluar las ofertas en aquellas licitaciones en las que la evaluación revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, conformada por a lo menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del Hospital Base Osorno o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a las entidades que forman parte de la Administración del Estado, pero limitada siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
- Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
- Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”.
- Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
- Presupuesto Estimado: Es la previsión financiera que indica el gasto que, en virtud de la contratación, puede asumir el HBSJO, incluido el Impuesto al Valor Agregado y demás tributos que graven la adquisición del bien o servicio. Cálculo que sirve como referencia para constatar que la Entidad cuenta con los fondos suficientes, lo cual valida posteriormente mediante un Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
- Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
- Especificaciones Técnicas: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como mínimo el servicio en licitación a entregar por el proveedor.
- Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
- Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
- Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT).
- Empresa de menor tamaño (EMT): Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT. Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada.
- HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San José Osorno.
- Dispositivo Médico(DM): cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción.
3° NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
● Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones Contractuales y Resolución Aprobatoria.
● Aclaraciones, consultas y respuestas de las bases de licitación, si las hubiere. Se hace presente que las aclaraciones, consultas y respuestas prevalecen sobre el pliego de condiciones, sin perjuicio de su interpretación armónica (aplica dictamen N°74.094/2013).
● Oferta de él o los proponentes respectivos.
● Resolución adjudicataria.
● Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
● Orden de compra.
4° LLAMADO A LICITACIÓN
El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl .
El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información:
1. Descripción del bien y/o servicio a licitar.
2. Nombre de la Entidad licitante.
3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases.
4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas.
5. En casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de oferentes, se deberá indicar lugar en que se realizará la apertura.
6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda.
5° REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño) artículo 51 de la Ley N°19.886, que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:
- No estar afecta a alguna de las causales de los artículos 4º y 35 quáter de la Ley 19.886 de Compras Públicas, modificada por la Ley N°21.364, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. (Formulario N°8).
- En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393. (Formulario N°9).
5.1 Idoneidad Técnica y Financiera de los Proveedores
La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores.
En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.
5.2 Habilidad en el Registro de Proveedores
Podrán contratar con los Organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado establecido en el artículo 16 de la Ley, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.
La referida inscripción será requisito, igualmente, para gestionar órdenes de compra recibidas.
El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas son diferenciadas según el tamaño de empresa.
5.3 De las Inhabilidades
Estarán inhabilitados para inscribirse o permanecer inscritos en el Registro de Proveedores, quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, y que afectan tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas:
1. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores dos años, según establece la ley.
2. Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas.
3. Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales.
4. Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas.
5. Quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales y no hayan subsanado aquello dentro del plazo de 10 días desde que se requiera la enmienda de la información por parte de ChileCompra.
5.4 Conflictos de Interés
Se establece que no podrán suscribirse contratos con personal del Hospital Base San José Osorno, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o familiares hasta el 2° de consanguinidad o afinidad, ni con las sociedades en las que las personas señaladas participen o sean beneficiarios finales.
Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplica respecto de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como también respecto de los funcionarios que participen en procedimientos de contratación.
Es decir, la imposibilidad de vender bienes y servicios al Hospital Base San José de Osorno se amplía a todos los funcionarios y funcionarias que allí trabajen, cualquiera que sea su calidad jurídica, y no solo a los Directivos.
Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos, y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.
5.5 Deber de Abstención
Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San José Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés.
Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.
5.6 Unión temporal de proveedores
La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”.
a. Estará integrada por una o más EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO.
b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. REQUISITO EXCLUYENTE
e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
5.7 Presentación de las ofertas
El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución de la respectiva licitación que afecte a alguno de los integrantes de esta.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
6° PLAZOS
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl).
A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.
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Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
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Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.
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Fecha inicio preguntas.
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A contar de la publicación en el portal de compras públicas.
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Fecha final de preguntas.
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Hasta las 17:00 hrs. del quinto (5) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de publicación de respuestas.
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A las 17:00 hrs. del sexto (6) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de cierre de recepción de ofertas.
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Hasta las 17:00 hrs. del décimo (10) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de acto de apertura de ofertas.
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La Apertura de ofertas se efectuará a más tardar al día siguiente del cierre de recepción de las ofertas a las 09:00 hrs.
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Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación.
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Dentro del plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl. al momento de cargar la consulta.
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Fecha estimada de adjudicación.
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Hasta el sexagésimo (60) día corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.
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Se establece que el plazo de cierre para la recepción de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas, conforme al inciso final del artículo 46 del Decreto Nº661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886.
7° DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
8° CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES
Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas.
Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).
9° VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
El plazo de validez de las ofertas será de sesenta días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento.
Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido, o sea mal extendido provocando un desmedro para el hospital.
10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS
La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.
Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP.
Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan.
En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación.
10.1 De los Antecedentes Administrativos
Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:
• Formulario Nº 1: Identificación del proponente. REQUISITO EXCLUYENTE.
• Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública.
• Formulario Nº 7: Declaración jurada Programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 Chilecompra).
- Formulario Nº 8: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.
- Formulario Nº 9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
- Anexo N°1: Declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la ley N°21.595. REQUISITO EXCLUYENTE
- Anexo N°2: Declaración jurada de independencia de la oferta.
- Anexo N°3: Programa de Integridad y Ética Empresarial.
Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes.
10.2 De la Propuesta Económica
El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl.
El precio deberá ser expresado en pesos chilenos, y corresponder al valor unitario neto de la reparación (sin I.V.A.) incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, según corresponda.
Los oferentes deberán además completar el Formulario económico N°3 de los anexos, el cual deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo.
REQUISITO EXCLUYENTE
Diferencias en los valores de la propuesta: en caso de existir discrepancia entre los valores presentados en el Formulario N°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal).
Valores referenciales para esta licitación:
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Línea
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COD HBSJO
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DESCRIPCIÓN
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Valor unitario (con impuesto incluido si correspondiera)
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1
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009-0166
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Reparación compuesta o rebasado de prótesis
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$22.000
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2
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009-0005
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Reparación simple de prótesis
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$15.000
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10.3 De la Propuesta Técnica
Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.
La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de prestación de servicios requeridos y la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.
- Formulario Nº 4: Especificaciones técnicas REQUISITO EXCLUYENTE
- Formulario Nº 5: Etapas, Plazos, Garantía de los trabajos. REQUISITO EXCLUYENTE
- Formulario N° 6: Experiencia del oferente
- Debe adjuntar Certificado Vigente de la Autoridad Sanitaria para funcionar como Laboratorio Dental. No se aceptará Resolución ni otro documento. REQUISITO EXCLUYENTE
Si la comisión evaluadora durante el proceso de revisión y evaluación técnica requiere de más información para subsanar dudas y obtener mayores detalles, estas serán solicitadas a los oferentes a través del foro inverso del portal de compras.
10.4 Presentación de Antecedentes omitidos
El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios o Antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que éstos no sean excluyentes y dichas certificaciones o antecedentes omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 56 Reglamento Ley Nº19.886).
En estos casos, el hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo especial de 48 horas para que subsane dichas omisiones a través del Foro Inverso.
Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral F de la presente Bases.
Lo anterior, con excepción de los formularios N° 3 y 5 que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios.
El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases y que no puedan afectar el principio de estricta sujeción a las bases, y se debe informar al resto de los oferentes publicándolo en el sistema de información.
No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación.
Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.
Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.
11° PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes, y el o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Programas de integridad por parte de los proveedores: los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal (Anexo N°3).
12° GARANTÍAS
Para el presente llamado a licitación y dadas las características del proceso no se requerirá de Garantía Seriedad de la oferta ni de Garantía de Fiel cumplimiento de contrato.
13° REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura electrónica de las propuestas se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en el numeral 6 de las presentes Bases.
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio).
Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
13.1 Admisibilidad de las ofertas y comprobación de lo declarado
Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.
El Hospital tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los Oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.
Conforme con lo anterior se verificará que la propuesta haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores.
Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.
Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en el numeral 11 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.
Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas.
14° EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
14.1 Designación de la Comisión Evaluadora
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital, la cual se informa en este acto administrativo (bases).
Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San José Osorno:
1. Rehabilitador Oral S. Dental y maxilofacial HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
2. Rehabilitador Oral S. Dental y maxilofacial HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
3. Rehabilitador Oral S. Dental y maxilofacial HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
Cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá entregar por escrito una Declaración Jurada por la cual manifieste no tener conflicto de Intereses con los proveedores del rubro de esta licitación, así como su compromiso a no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integre esta comisión. Esta declaración será publicada una vez adjudicada o desertada la licitación pública junto al Acta de evaluación, en la ficha de licitación de www.mercadopublico.cl en su apartado “Ver adjuntos”.
14.2 Comisión Evaluadora
Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierto el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.
Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
- Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras.
- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
- La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
- La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
- Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora.
- Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora.
- Fecha del Acta.
De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes de la orden de compra, en caso de serle adjudicado.
14.3 Errores u omisiones detectados durante la evaluación.
Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Lo anterior sólo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.
De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
14.4 Matriz de evaluación
El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:
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ITEM
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CRITERIOS DE EVALUACION
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PONDERACION
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A
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Oferta económica
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50%
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B
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Especificaciones técnicas
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10%
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C
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Experiencia del oferente
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30%
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D
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Etapas y plazos de los trabajos
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5%
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E
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Programa de Integridad y ética empresarial
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2%
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F
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Cumplimiento de requisitos formales
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3%
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TOTAL
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100%
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A. Evaluación Económica (Formulario N°3)
El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.
Fórmula de Cálculo:
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Precio
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Puntaje
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Menor precio
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100 puntos
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Segundo menor precio y siguientes
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Menor precio/precio evaluado) X100
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Ponderación: Puntaje obtenido x 50%
B. Especificaciones técnicas
Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de la siguiente tabla la evaluación.
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Especificaciones técnicas
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Puntaje
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Cumple 100% con las especificaciones técnicas
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100 puntos
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Cumple parcial o no cumple
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inadmisible
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Ponderación: Puntaje obtenido x 10%
C. Experiencia del oferente (Formulario N°6)
Esta evaluación posee una ponderación del 30% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de la siguiente tabla la evaluación. Convenios equivalentes de reparaciones de prótesis durante los años 2023 – 2024.
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Convenios equivalentes con otras instituciones de salud los años 2023 - 2024
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Puntaje
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>= 500 reparaciones terminadas y entregadas
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100 puntos
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De 400 a 499
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80 puntos
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De 300 a 399
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60 puntos
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De 200 a 299
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40 puntos
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<200
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20 puntos
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Ponderación: Puntaje obtenido x 30%
D. Etapas y plazos (Formulario N°5)
Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de la siguiente tabla la evaluación.
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Etapas y plazos de los trabajos
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Puntaje
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Cumple 100% con las etapas y plazos establecidos en las bases técnicas para realizar los trabajos de reparación de prótesis
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100 puntos
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Cumple parcial o no cumple
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inadmisible
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Ponderación: Puntaje obtenido x 5%
E. Programa de Integridad y ética empresarial (Anexo N°3)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un Programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°3, donde se señala expresamente como política de su empresa dicho Programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra).
Se entenderá por Programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Una vez completado el documento, se debe adjuntar a la carpeta técnica con el nombre “Anexo N°3: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).”
Asimismo, debe adjuntar documento respectivo donde acredite su programa de integridad.
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
Si no se presenta el Anexo N°3, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica Programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores.
Asimismo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho Programa de integridad cuando no acompañe a su Declaración copia del Programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°3. Por tanto, su oferta será evaluada con 0 (cero) punto en este criterio de evaluación.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 punto en este criterio.
De acuerdo con lo señalado, esta evaluación tiene una ponderación del 2% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:
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INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL
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PUNTAJE
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Aplica programa de integridad con código de ética para en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad.
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100
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Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad.
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0
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No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar.
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0
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Ponderación: Puntaje obtenido x 2%
F. Cumplimiento de los requisitos formales
Esta evaluación el oferente deberá adjuntar lo solicitado en numerando N°10 de bases Administrativas, lo cual tiene una ponderación del 3% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:
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Cumplimiento de los requisitos formales
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Puntaje
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Oferta presentada no contiene errores u omisiones.
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100
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Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo.
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50
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El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo.
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0
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Ponderación: Puntaje obtenido x 3%
Se entenderá como cumplimiento de los requisitos formales la presentación de la totalidad de los formularios solicitados en estas Bases. El no informar o no cumplir con la entrega de la documentación solicitada en el plazo otorgado, siempre y cuando los formularios no sean excluyentes (los que se solicitarán a través del Foro aclaración de ofertas), será causal de declarar dicha oferta inadmisible.
El criterio “F”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º del Decreto N°661 que establece el Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente: salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido (no se considerará error formal errores en el precio de la oferta) presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, y ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas.
Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.
De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.
La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:
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Puntaje final: Puntaje evaluación económica + Experiencia del oferente + Especificaciones técnicas + Etapas y plazos de entrega + Programa de Integridad y ética empresarial + Cumplimiento de requisitos formales.
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“La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al Director del Hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del Hospital, aun cuando no sea la de menor precio.
La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.
15° ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
Se establece que la adjudicación será de carácter simple, y se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica.
La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl , mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente.
Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
15.1 Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado
El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas.
Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.
Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.
15.2 Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí
Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente.
15.3 Ofertas riesgosas o temerarias
La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
De ser adjudicada la oferta riesgosa o temeraria, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
15.4 Mecanismo de resolución de empate
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.
- En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”
- En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente”
- En caso de continuar el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Especificaciones técnicas”.
- En caso de persistir el empate, el cuarto mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Etapas y plazos”.
- De persistir el empate se solicitará la opinión de la comisión evaluadora, quienes en conjunto y previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad.
15.5 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.
Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.
15.6 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a yasna.albarran@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
16° FACULTAD DE READJUDICAR
El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días corridos (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, cuya enumeración no es taxativa:
a) Producto/servicio licitado no cumple técnicamente o presenta serios inconvenientes técnicos durante la ejecución del convenio, lo cual genera pérdida de la confianza técnica en el desarrollo del servicio contratado. Esto se avala con informe de la contraparte técnica del Hospital.
b) Si el adjudicatario desiste de su oferta.
c) Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.
d) Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.393.
La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl
La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo, y se deberá realizar dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
17° CONTRATO
Atendida la naturaleza de la presente adquisición, no se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios.
La adquisición se formalizará a través del envío de la orden de compra, y su aceptación por parte del proveedor a través del portal de compras públicas.
17.1 Vigencia
El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución de adjudicación y tendrá una vigencia de 12 meses corridos, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria.
El adjudicatario deberá entregar el servicio de manera permanente y sin interrupciones durante toda la vigencia del convenio.
Cualquier disminución del personal del adjudicatario, periodos vacacionales u otros, no serán motivo para interrumpir el servicio licitado.
El proveedor debe garantizar total continuidad del servicio. De haber incumplimiento se aplicará la multa respectiva.
17.2 Término anticipado del servicio contratado
Previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada, el Hospital podrá poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada e inmediata, en caso de incumplimiento del contrato celebrado, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados.
Se consideran como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº13 bis de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº130 del Decreto Nº661 de 2024 que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se entenderá incumplimiento grave la aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses durante la vigencia del contrato, cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 24, o por la acumulación de multas cuyo monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
d) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio de los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, duranta la vigencia del contrato. Así mismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a los motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Las demás establecidas en la Ley, en las presentes Bases de licitación o en el contrato.
17.3 De los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada
Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las veinticuatro horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del reglamento de compras.
17.4 Referente o coordinador técnico del convenio
El Hospital Base San José Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Referente o coordinador técnico a la jefa del Servicio Dental del HBSJO (mariela.parada@redsalud.gov.cl), o quien subrogue o reemplace, quien tendrá las siguientes funciones:
- Mantenerse informado de los Reportes emitidos por la Enfermera validadora técnica, en cuanto a los incumplimientos en que incurra el adjudicatario.
- Cualquier irregularidad en el cumplimiento del contrato, o posibles complicaciones desde el punto de vista técnico, deberá ser informada a la Subdirección Médica de este Hospital y al Administrador de contratos, para que se apliquen las multas que correspondan.
- Supervisar el correcto desarrollo del servicio adjudicado, garantizando que el proveedor cumpla con los estándares clínicos y técnicos de calidad y seguridad exigidos en las bases y la normativa del hospital.
- Solicitar las multas que correspondan en caso de incumplimiento del proveedor, acompañando informe respectivo.
- Conocer íntegramente las Bases Técnicas del proceso licitatorio.
17.5 Contraparte técnica de la adjudicataria para este convenio
El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor.
En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:
1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio.
2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.
3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.
4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.
5. Recepcionar los reclamos y su gestión.
6. Coordinar las urgencias.
7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.
Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado al Coordinador técnico del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.
17.6 Administrador del Convenio
El administrador de contratos (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, es responsable de gestionar el contrato entre el hospital y el proveedor adjudicado, asegurando que los términos y condiciones establecidos en la licitación se cumplan de manera adecuada. Sus funciones incluyen:
- Controlar el plazo de vigencia del contrato y los pagos respectivos, en relación al presupuesto de la licitación.
- Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio.
- Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital.
- Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.
18° CONFIDENCIALIDAD
El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.
En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.
El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.
19° PRECIO
El precio unitario de cada bien/insumo corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl, y en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (Formulario Nº3). Éste no será reajustable.
20° REPORTE DEL PROVEEDOR
El adjudicatario deberá enviar mensualmente mediante correo electrónico (dentro de los 5 primeros días del mes), un REPORTE EN PLANILLA EXCEL de los trabajos de prótesis efectivamente terminados y entregados en el mes.
El Reporte se debe confeccionar solo en planilla Excel, según modelo señalado a continuación, y se debe enviar a los siguientes correos electrónicos:
- mariela.parada@redsalud.gov.cl,
- yasna.albarran@redsalud.gob.cl,
- sindy.veloso@redsalud.gob.cl,
- patriciae.espana@redsalud.gob.cl, y
- marcos.toledo@redsalud.gob.cl.
Este REPORTE no se aceptará en formato word, pdf, u otro que no sea Excel, y será validado técnica y administrativamente por el Hospital, para luego emitir la orden de compra correspondiente al proveedor para que éste facture.
MODELO REPORTE MENSUAL EN PLANILLA EXCEL
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REPORTE MENSUAL CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL
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Rut Paciente
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Nombre Paciente
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Edad
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Ficha clínica
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Tramo
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Fecha de alta
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La validación del REPORTE por parte del HBSJO, será requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2) recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos.
21° EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA
El servicio comenzará una vez formalizada la total tramitación de la Resolución Adjudicatoria.
Se emitirá orden de compra mensual, de acuerdo a las reparaciones realizadas en el mes, previo Reporte validado por el Hospital.
El adjudicatario deberá aceptar las órdenes de compra a través del portal en un plazo máximo de 48 horas.
La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del servicio requerido a través del portal de compras públicas.
Antes del envío de cada orden de compra, el comprador de la Unidad de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Chileproveedores.
22° DE LA FACTURACIÓN Y PAGO
Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto.
Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información:
a) La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.
b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato.
Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.
La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes:
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NOMBRE
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Hospital Base San José De Osorno
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RUT
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61.602.260-1
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DOMICILIO
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Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos.
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GIRO
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Salud
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Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:
1. Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.
Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).
2. Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico.
Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente.
3. Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.
El período de pago corresponde a las disposiciones establecidas en Circular N° 34 del Ministerio de Hacienda donde instruye el pago de 30 días para el sector salud.
La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.
El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (Ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento desde el cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.
23° PAGO INDEBIDO Y SU RESTITUCIÓN
Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras.
El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso.
El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto.
En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras.
24° INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS
Antecedentes Generales
El Hospital podrá aplicar las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases por actuaciones imputables al proveedor y que impliquen una deficiencia o incumplimiento de las obligaciones señaladas en las bases y en todos los documentos que son parte de la presente licitación. Lo anterior, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan.
En consecuencia, ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se causaren.
24.1 Infracciones contractuales
Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento:
24.2 Del servicio
- calidad técnica de los trabajos: esto implica la devolución del producto al proveedor para que realice una nueva reparación. Se aplicará multa por paciente de acuerdo al siguiente cuadro:
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REPARACIÓN REALIZADA CON TERMINACIÓN DEFECTUOSA
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MULTA (Se aplicará control de calidad – Anexo N°3)
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1er paciente
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No aplica multa y se informa
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2° paciente
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No aplica multa y se informa
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3er paciente
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2 UTM
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4° paciente
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No aplica multa y se informa
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5° paciente
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No aplica multa y se informa
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6° paciente
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2 UTM. El Hospital queda facultado para dar término anticipado al contrato, y readjudicar si fuera posible.
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- , cuando el proveedor no cumple con los días y horarios establecidos en las bases técnicas: 1 UTM por cada prótesis, por cada día de atraso.
- establecidos en las bases técnicas: 1 UTM por cada prótesis, y por evento.
- por razones atribuibles al adjudicatario. Esto, durante la vigencia del contrato, incluidas sus prórrogas si las hubiera. 5 UTM por cada día de interrupción.
- establecida en las bases técnicas: 1 UTM por cada prótesis, y por evento.
- no aceptar la orden de compra en mercado público en un periodo de 48 horas corridas, lo cual obligará el hospital a aplicar multa de 5 UTM por cada evento.
- rechazo de la orden de compra en el portal mercado público. La multa será de 5 UTM por cada evento.
Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.
24.3 Procedimientos para aplicación de multa
En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informará al adjudicatario por correo electrónico (aquél informado en el Formulario N°1) indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos y/o disconformidad con el contenido de dicha notificación, por escrito y dirigidos al Director del Hospital Base San José de Osorno.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para pronunciarse. De esta manera, y con los antecedentes que disponga, dictará la resolución o acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, rechazando o acogiendo los descargos, total o parcialmente, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose al adjudicatario o a su representante legal por correo electrónico.
En efecto, todo tipo de sanción o multa será comunicada al representante indicado en el registro de proveedores o en el registro de la propuesta, mediante correo electrónico de la Dirección del Hospital, o desde el correo electrónico de quien ésta considere pertinente.
Se establece que el acto administrativo que aplique dicha sanción debe revestir el carácter de fundado.
El proveedor podrá interponer contra dicho acto administrativo el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.
Además, la medida aplicada será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl .
Si el proveedor no formula descargos dentro del plazo conferido o los interpone fuera de, plazo, una vez verificada la no presentación de descargos por parte del proveedor, o habiéndose recibido éstos fuera de plazo, se procederá a dictar un acto administrativo que dejará firme la resolución de aplicación de multa, dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos, y se publicará el acto administrativo, a través de www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de 24 horas de su dictación.
En el evento de que el proveedor no estuviere conforme con lo resuelto, se encontrará facultado para interponer los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, en la forma y plazos previstos en dicho cuerpo normativo.
Sólo una vez transcurridos los plazos legales, y dictados los actos administrativos que resuelven los recursos interpuestos, rechazándolos, se podrá proceder a hacer efectiva la aplicación de la multa.
La reiteración (tres) de estas faltas dará derecho a que el Hospital dé término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas.
En caso alguno, el monto total de las multas podrá exceder el 30% del monto total del contrato.
24.4 Cobro de multas
En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:
En el caso que el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.
Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl .
24.5 Indemnización por daños y perjuicios
Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.
24.6 Notificaciones electrónicas
Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.
Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.
25° RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud, dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.
26° SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
BASES TÉCNICAS
LICITACIÓN PÚBLICA
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
1° OBJETIVO
Las presentes Bases Técnicas tienen como finalidad describir el detalle de los trabajos requeridos para contar con un servicio de laboratorio dental para la reparación de Prótesis Dental, según necesidad para el Programa GES de Salud Oral Integral de la embarazada, el adulto de 60 años, y el Programa de Atención Odontológica para el Adulto y Adulto Mayor.
Para cumplir con estos programas y con las metas asignadas de rehabilitación protésica, el Hospital requiere contratar el servicio de Reparación de Prótesis, y Rebasado de Prótesis.
2° CANTIDAD APROXIMADA
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COD HBSJO
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Descripción de la prótesis
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Cantidad aprox. 12 meses (*)
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009-0166
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Reparación compuesta o rebasado de prótesis
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480
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009-0005
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Reparación simple de prótesis
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150
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Se establece que las cantidades señaladas (*) corresponden solo a una referencia, no comprometiéndose el Hospital a requerir y adquirir una determinada cantidad de prótesis durante la vigencia del presente convenio.
La cantidad y variedad de trabajos puede ser modificada de acuerdo a la necesidad del Hospital, ya sea por aumento o disminución de la demanda.
3° ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (REQUISITOS 100% EXCLUYENTE)
Los Rebasados y Reparaciones simples o compuestas de Prótesis, se realizarán según la necesidad de cada caso y del servicio.
Para la reparación de Prótesis Removibles los trabajos de Laboratorio deben cumplir con las siguientes características técnicas, además de cumplir todas las etapas de laboratorio para la reparación de prótesis de acuerdo a las indicaciones del profesional. A saber:
- Se requiere de un producto biocompatible, hipoalergénico, bien pulido, estético y confeccionado con materiales de alta calidad. Vaciado de las impresiones en el Laboratorio dentro del tiempo que el material no sufra alteración en su dimensión, que generen modelos de trabajo de alta reproducción de detalles y libre de poros. NO SE ACEPTARÁN MÓDELOS FRACTURADOS, SERÁ RESPONSABILIDAD DEL LABORATORIO AVISAR DICHA SITUACIÓN.
- Terminación con adecuado prensado del acrílico, sin dejar burbujas, manchas blancas ni contaminantes en el espesor del material, grosor y pulido de alta calidad con bordes adecuados al flanco, y una superficie interna lisa y limpia. Los dientes deben ir con un desgaste retentivo en el talón que está en relación al acrílico rosado de termocurado.
- El laboratorio deberá proveer en forma permanente a cada dentista de talonario autocopiativo con nombre del laboratorio, nombre del profesional, nombre del paciente, fecha de recepción del trabajo, fecha de entrega del trabajo y un espacio para los dibujos u observaciones pertinentes.
- Por la resolución de urgencias en la especialidad y considerando la atención de adultos mayores y ruralidad, se requiere que el laboratorio proveedor tenga presencia dentro del radio urbano de Osorno, ya que hay resoluciones de prestaciones que deben ser ejecutadas durante el mismo día para otorgar solución al problema de salud del usuario. Formulario N°1, REQUISITO EXCLUYENTE.
- Los trabajos deben ser entregados en forma continua durante los 12 meses de contrato, siempre a la persona encargada de cada clínica, según corresponda, y en los siguientes horarios:
Entregas:
Lunes a viernes: 08:00 y 14:00 horas
Retiros:
Lunes a jueves 12:00 y 16:30 horas, viernes 12:00 y 15:30 horas
4° ETAPAS Y PLAZOS EN LA CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS DENTAL
Para los diferentes procesos se consideran los siguientes plazos como máximo:
1) Reparación simple: 1 día hábil o dentro del día según la indicación clínica
2) Reparación compuesta: 1 día hábil o dentro del día según la indicación clínica
3) Rebasado: 1 día hábil
5° LUGAR DE ENTREGA
Las prótesis reparadas deberán entregarse en el Servicio Dental del Hospital Base San José Osorno, calle Guillermo Bühler Nº 1765, Osorno.
La oferta debe incluir o considerar el traslado y descarga hasta las direcciones de despacho señaladas.
Se deja establecido que durante la vigencia del convenio puede haber cambios en la dirección de despacho, o pueden surgir nuevas direcciones, lo cual será comunicado oportunamente al adjudicatario.
En razón de lo anterior y si así ocurriera, el adjudicatario deberá ajustar sus envíos y despachar a las nuevas direcciones, sin que esto implique nuevos costos para el HBSJO.
6° GARANTIA DE LOS TRABAJOS
Las reparaciones terminadas deberán tener una garantía mínima de 6 meses. REQUISITO EXCLUYENTE
7° EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Los oferentes deben señalar los convenios equivalentes que tienen con otras instituciones de salud pública o privada, indicando la cantidad de reparaciones de prótesis entregadas los años 2023 y 2024.
Debe acreditar su experiencia adjuntando CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD TÉCNICA emitidos por sus diferentes clientes, no se aceptará otro documento.
Los certificados deben indicar expresamente lo siguiente:
- Calidad y conformidad técnica del trabajo entregado
- Cantidad de reparaciones entregadas en el periodo
- Vigencia del convenio
- Los certificados deben contar con los respectivos sellos y firmas que le den el carácter de oficial.
Debe completar el Formulario N°6 de los anexos.
En el caso de Unión Temporal de Proveedores sólo se considerará al socio que acredite mayor experiencia, y no la suma de todos los socios que la integren.
8° SUMINISTRO PERMANENTE DEL SERVICIO
Se establece que el adjudicatario deberá mantener el suministro total del servicio de forma permanente durante toda la vigencia del contrato, sin omitir etapas de ejecución, incluidas sus prórrogas si es que las hubiera.
De haber incumplimiento, se aplicarán las multas que correspondan.
9° AUTORIZACION SANITARIA
Debe adjuntar en su oferta técnica el Certificado Vigente de Autorización Sanitaria para funcionar como Laboratorio Dental. No se aceptará Resolución u otro documento. De no cumplir la oferta resultara inadmisible, REQUISITO EXCLUYENTE
10° REUNION DE COORDINACION
Una vez adjudicado el proceso el HBSJO, a través de su Servicio Dental, citará al adjudicatario a una reunión de coordinación con el fin de dar a conocer los lineamientos técnicos por los cuales deberá guiarse el proveedor para dar fiel cumplimiento a lo establecido en las presentes bases. Esto se comunicará oportunamente.
FORMULARIO Nº 1
IDENTIFICACION DEL PROPONENTE
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
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ANTECEDENTES OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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DATOS DEL PROPONENTE:
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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Domicilio
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Teléfono
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Ciudad
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Fax
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Correo electrónico
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REPRESENTANTE LEGAL: (sólo en caso de persona jurídica)
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Nombre completo
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Nº Cédula de Identidad
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Instrumento en que consta su personería (indicar tipo de documento, fecha, notaría, etc.).
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COORDINADOR TECNICO*:
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Nombre completo
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Cargo o función
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Teléfono (Anexo) / Fax
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Correo electrónico
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CONTACTO DEL PROPONENTE:
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Nombre completo
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Cargo o función
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Teléfono (Anexo) / Fax
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Correo electrónico
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El proponente que suscribe establece que el coordinador técnico designado se encuentra facultado(a) para representar y actuar como contraparte de ella ante el Hospital en todo el proceso que implique la presente Licitación, y que conoce sus funciones establecidas en las presentes Bases.
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
FORMULARIO Nº 2
ACEPTACIÓN DE BASES Y CONOCIMIENTO DE LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
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ANTECEDENTES OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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El proponente que suscribe se compromete ante el Hospital Base San José de Osorno a suministrar los bienes o insumos, convenios o prestaciones materia de la presente propuesta, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que forman parte de la presente licitación.
Asimismo, el proponente que suscribe declara:
Haber recibido, estudiado y aceptado las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que conforman la presente propuesta publica del Hospital Base San José de Osorno.
Estar conforme con las condiciones generales del Contrato, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases Administrativas Generales y Técnicas, aceptándolas en todas sus partes.
Que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años.
Estar conforme con las condiciones generales del proyecto, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecido en las bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones y todo otro documento oficial de la Propuesta, en el entendido que dichos antecedentes formarán parte del contrato.
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
FORMULARIO Nº 3
OFERTA ECONÓMICA
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
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ANTECEDENTES OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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LINEA PORTAL
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COD HBSJO
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Descripción de la prótesis
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VALOR UNITARIO NETO
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1
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009-0166
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Reparación compuesta o rebasado de prótesis
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$
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2
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009-0005
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Reparación simple de prótesis
|
$
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Señale su categoría tributaria completando con “Si” donde corresponda:
Trabaja con factura afecta: __________
Trabaja con factura exenta: __________
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
FORMULARIO Nº 4
OFERTA TÉCNICA
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
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ANTECEDENTES OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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SERVICIO
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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CUMPLE
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CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS
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Oferente se compromete a cumplir 100% con las especificaciones técnicas enunciadas en el numeral 3° de las bases técnicas
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SI___ NO___
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Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
FORMULARIO Nº 5
ETAPAS/PLAZOS Y GARANTIA
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
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ANTECEDENTES OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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ETAPAS Y PLAZOS
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SERVICIO
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DESCRIPCION
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CUMPLE
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CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS
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Oferente se compromete a cumplir 100% con los tiempos para cada etapa, los cuales se establecen en el numeral 4° de las bases técnicas
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SI___ NO___
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GARANTIA DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
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DESCRIPCION
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SEÑALE SU GARANTIA
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CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS
|
__________ meses
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Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
FORMULARIO Nº 6
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
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ANTECEDENTES DEL OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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CONVENIOS EQUIVALENTES EN REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS
AÑOS 2023 – 2024
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N°
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INSTITUCION DE SALUD
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CANTIDAD DE REPARACIONES 2023
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CANTIDAD DE REPARACIONES 2024
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NOMBRE CONTACTO INSTITUCION
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FONO DEL CONTACTO
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ADJUNTA CERTIFICADO DE CONFORMIDAD TECNICA (SI/NO)
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1
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2
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3
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4
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5
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…
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|
…
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N
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Señale cantidad de certificados adjuntos: _______
- Debe acreditar adjuntando los respectivos certificados de conformidad técnica, los cuales deben indicar calidad/conformidad técnica, cantidad de prótesis entregadas, y vigencia del convenio.
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
FORMULARIO Nº 7
DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓDIGO ÉTICA PARA PROVEEDORES (DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA)
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
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ANTECEDENTES OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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El Proponente que suscribe declara:
(• Si se trata de Persona jurídica)
Declaro que mi empresa posee como política interna la aplicación de Programas de integridad basados en el código de ética para proveedores contenido en la Directiva N°31 de ChileCompra, políticas que son conocidas y aplicadas por todos los trabajadores. _____SI_____NO (Complete con “X” donde corresponda)
(• Si se trata de Persona Natural)
Declaro que conozco y cumplo con lo señalado en el código de ética para proveedores contenido en la Directiva N°31 de ChileCompra. _____SI_____NO (Complete con “X” donde corresponda)
SI SE TRATA DE UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP), ESTA DECLARACION JURADA DEBERA SER SUSCRITA Y ENTREGADA DE FORMA INDIVIDUAL POR CADA INTEGRANTE DE LA UTP.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, o se presentan sin firma, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 (cero) punto en este criterio.
Se debe adjuntar el Programa de Integridad y ética empresarial, de lo contrario, este criterio será evaluado con 0 (cero) punto.
RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________
DIRECCION: ______________________________________________________
TELEFONO: ______________________
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
FORMULARIO Nº 8
DECLARACION JURADA SIMPLE (Artículos 4º y 35 quáter Ley 19.886)
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
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ANTECEDENTES DEL OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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Yo, ____________________, RUT ___________, en representación de __________, RUT _______________ (sólo en caso de ser persona jurídica) declaro no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la firma del presente contrato. De acuerdo a lo estipulado en artículo 4 inciso primero ley 19.886.
Además, declaro cumplir con lo establecido en artículo 35 quáter, Ley 19.886, que establece que ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Esta prohibición debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación; igualmente la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Igualmente, declaro no estar afecto a alguna de las inhabilidades previstas en el Articulo 26, letra d), del decreto ley N°211, de 1973 y 33 de la ley N°21.595.
RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________
DIRECCION: ______________________________________________________
TELEFONO: ______________________
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
FORMULARIO Nº 9
DECLARACION JURADA SIMPLE LEY Nº 20.393 QUE ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS EN LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS DE COHECHO.
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
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ANTECEDENTES DEL OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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El proponente que suscribe, con el sólo hecho de presentar su oferta a esta propuesta declara y acepta explícitamente lo siguiente:
Declaro que la empresa ____________________________________ no se encuentra inhabilitada con alguna condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, por la aplicación de los delitos de la Ley Nº 20.393, que afecte de manera alguna su calidad de oferente en el proceso licitatorio, dando pleno cumplimiento además a lo estipulado en la Ley Nº 19.886 sobre requisitos para contratar con la Administración del Estado.
RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________
DIRECCION: ______________________________________________________
TELEFONO: ______________________
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
ANEXO N°1
Declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la ley N°21.595
(Declaración para ofertar)
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación del Servicio de _________________, declaro bajo juramento que:
En caso de ser persona natural:
Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , , declaro que:
(En el espacio en blanco a continuación, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda)
“____ mantengo vigente condena de inhabilitación para contratar con el Estado, conforme lo previsto en el artículo 33 de la ley N°21.595”
O, en caso de ser representante de una persona jurídica:
Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:
(En el espacio en blanco a continuación, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda)
“____ mantiene vigente condena de inhabilitación para contratar con el Estado, conforme lo previsto en el artículo 33 de la ley N°21.595.”
“____mantiene entre sus socios, accionistas, miembros o partícipes con poder para influir en la administración a personas naturales condenadas a la medida de inhabilitación para contratar con el estado dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595.”
,
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
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NOTA:
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- Si los oferentes no presentan esta declaración, la oferta será declarada inadmisible.
- En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.
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ANEXO N°2
Declaración jurada de independencia de la oferta
(Declaración para ofertar)
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación del ____________________, declaro bajo juramento que:
(En el espacio respectivo marcar con “X” solo una opción de acuerdo con la declaración efectuada)
___ Mi representada no forma parte de un mismo grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores.
___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores, pero ninguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas participa en el presente procedimiento licitatorio ofertando respecto del mismo producto o servicio.
___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores, participando alguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas en el presente procedimiento licitatorio respecto del mismo producto o servicio, declarando que la oferta que presenta mi representada fue preparada con total independencia del miembro del grupo empresarial o de la persona relacionada.
,
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
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NOTA:
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- En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.
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ANEXO N°3
DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE
CÓDIGO ÉTICA PARA PROVEEDORES (DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA)
“CONFECCION DE REPARACIONES COMPUESTA/SIMPLE O REBASADO DE PRÓTESIS PARA DENTAL”
ID: 1063538-27-LE26
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO
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ANTECEDENTES OFERENTE
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Nombre completo o Razón Social
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N° Cédula de Identidad o RUT
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El Proponente que suscribe declara:
(• Si se trata de Persona jurídica)
Declaro que mi empresa posee como política interna la aplicación de Programas de integridad basados en el código de ética para proveedores contenido en la Directiva N°31 de ChileCompra, políticas que son conocidas y aplicadas por todos los trabajadores. _____SI_____NO (Complete con “X” donde corresponda)
(• Si se trata de Persona Natural)
Declaro que conozco y cumplo con lo señalado en el código de ética para proveedores contenido en la Directiva N°31 de ChileCompra. _____SI_____NO (Complete con “X” donde corresponda)
SI SE TRATA DE UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP), ESTA DECLARACION JURADA DEBERA SER SUSCRITA Y ENTREGADA DE FORMA INDIVIDUAL POR CADA INTEGRANTE DE LA UTP.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, o se presentan sin firma, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 (cero) punto en este criterio.
Se debe adjuntar el Programa de Integridad y ética empresarial, de lo contrario, este criterio será evaluado con 0 (cero) punto.
RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________
DIRECCION: ______________________________________________________
TELEFONO: ______________________
Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal
Osorno, _________________________de 2026
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NOTA: En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación.
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