1.10.1. PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1.10.2. NORMATIVA:
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 250/04, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones.
1.10.3. PARTICIPANTES:
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl en calidad de proveedores del rubro respectivo.
1.10.4. MODIFICACIONES A LAS BASES:
La Dirección de Vialidad Región de Ñuble, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la fecha de cierre, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada, las respuestas a las consultas efectuadas se harán por circular aclaratoria o mediante el mismo portal.
1.10.5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
1.10.5.1. OBJETIVO: SERVICIO DE ARRIENDO DE MAQUINARIA Y EQUIPOS ESPECIALES PARA LABORES PROPIAS DE LA ADMINSITRACION DIRECTA, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDAD, ÑUBLE.
Las presentes especificaciones técnicas corresponden al Servicio de arriendo de maquinaria para los trabajos de conservación por Administración Directa, cuando los equipos fiscales no estén operativos o no existan en la dotación regional. Los equipos contemplados a arrendar y ofertar para la presente licitación deben cumplir con las características indicadas en la presente especificación.
1.10.5.2. Listado de equipos para el servicio de maquinaria
El listado de equipos es el siguiente. Se solicita que los equipos ofertados tengan antigüedad desde el año 2013 en adelante.
|
N°
|
EQUIPO
|
SERVICIO ESTIMADO DE ARRIENDO DE EQUIPOS
|
CARACTERISTICAS SOLICITADAS
|
|
1
|
Motoniveladora
|
1.200 horas.
|
Potencia 200 hp o superior, peso operacional de 19355 o superior
|
|
2
|
Camión Aljibe para Agua
|
160 días.
|
Capacidad de 10000 litros o superior, con sistema presurizado completo, el cual debe estar compuesto por un toma fuerza, una bomba hidráulica, un motor hidráulico y una bomba centrífuga que mueva el agua desde y hacia el estanque. Sistema de regadío con aspersores traseros mediante barra de preferencia accionados desde la cabina.
|
|
3
|
Excavadora Oruga
|
180 horas.
|
Balde de capacidad de 1 m3 o superior
|
|
4
|
Retroexcavadora
|
180 horas.
|
Capacidad de balde cargador de 1 m3 o superior, capacidad de balde excavadora de 0,24 m3 o superior
|
|
5
|
Rodillo Vibratorio de un Tambor o Rodillo Compactador
|
960 horas
|
Potencia de 128 hp o superior, frecuencia de vibración de 30 Hz o superior.
|
|
6
|
Camión cama baja
(con seguro de carga a todo evento por un monto estimado de $250.000.000)
|
4.000 kilómetros
|
El formato de carga solicitado es de cuello cisne para asegurar el correcto carguío de los rodillos, (carga frontal a la cama baja), este deberá asegurar el transporte de una finisher y además el traslado en conjunto de rodillo neumático y rodillo doble tambor, rodillo simple y otros equipos AD ocupados para las faenas de recebo y asfalto. La plataforma de carga debe tener una superficie de carga útil a lo menos de 8 metros. El kilómetro recorrido se entenderá como la diferencia de kilómetros (odómetro de camión) entre el punto de inicio de la carga (odómetro inicio) y el punto de término de la carga (odómetro de termino). Los odómetros serán validados por el Inspector Fiscal firmando el report correspondiente. Se solicitará que el oferente disponga de un dispositivo satelital para establecer los tracks de los movimientos realizados como herramienta de control.
|
Nota 1: La unidad Dia se contempla como 8 horas.
Nota 2: El servicio por cada equipo (Item) puede disminuir o aumentar en un maximo del 30% respecto del Servicio Estimado de Arriendo de Equipos.
Nota 3: De acuerdo a las necesidades de la Dirección de Vialidad, se podra solicitar mas de un equipo a la vez de cada Item, lo que dependera según las hrs, dias o km que sea arrendado.
Nota 4: El contrato no implicara necesariamente que se invierta todo el presupuesto en el lapso de la duracion del contrato.
1.10.5.3. Alcances:
- Ø Caminos: El Servicio de Maquinaria se utilizará en los caminos de la Red Vial que atienda la Dirección Regional de Vialidad mediante Administración Directa en toda la Región del Ñuble.
- Ø Horario de Trabajo: El horario normal de los trabajos, será desde las 08:30 horas hasta las 18:30 horas en doble jornada. Excepcionalmente la jornada de trabajo se extenderá 2 horas cuando las condiciones de trabajo así lo requieran y eventualmente horarios nocturnos, Sábados, Domingos y Festivos, de acuerdo a la necesidad del Departamento de Conservación por Administración Directa.
- Ø Cobertura del Servicio: El servicio requerido indicado en el punto primero, debe incluir y considerar; el conductor, su alimentación y alojamiento, combustible, mantención, peajes, pago de leyes sociales, horas extras, viáticos, y equipo de reemplazo de las mismas características que el ofrecido en caso de falla fortuita o fuerza mayor (lo que no deberá superar un día una vez sucedido el hecho), para dar continuidad al programa del servicio requerido. A su vez, por enfermedad o caso fortuito, también deberá considerar el reemplazo del conductor dentro del día exigido.
El operador o conductor deberá contar todos los elementos de seguridad personales que se requieren para este tipo de trabajo, por ejemplo zapatos de seguridad, overol, chaleco geólogo, casco, antiparras, guantes, bloqueador, elementos de protección por pandemia COVID-19, etc., los cuales deberán ser constantemente repuestos de acuerdo a su deterioro, lo anterior es por cuenta y cargo de la empresa contratada.
- Subcontratación: El adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba, personal que deberá ser adjudicatario de acuerdo a las normas del Código del Trabajo.
El MOP no tiene y no tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal, por lo que corresponderá al adjudicatario toda responsabilidad laboral, civil o penal, respecto de su personal y de aquel que contrate a su nombre para la prestación de los servicios.
A su turno, el MOP no será responsable por cualquier accidente de trabajo y/o todo riesgo o daño que pudiere producirse con motivo u ocasión del contrato que se suscriba. La empresa contratista deberá hacerse cargo de cualquier accidente o suceso referida a su maquinaria y operador.
Sin perjuicio de lo indicado, la Dirección de Vialidad autoriza la subcontratación de equipos ofertados, en que la empresa debe asegurarse de que la subcontratada cumpla con las obligaciones contractuales correspondientes, previa autorizacion por escrito del Inspector Fiscal.
- Otras Consideraciones : El Inspector Fiscal recibe, mediante solicitud del Jefe de Conservación Regional o Jefe de Conservación por Administración Directa el servicio de maquinaria requerido. El Inspector solicitara el servicio a la empresa adjudicataria, quienes deberán responder en 24 horas si tiene disponibilidad de equipo y establecer según lo indicado por el Inspector Fiscal la fecha del servicio y el periodo de tiempo.
Una vez realizado el servicio, la empresa debe entregar los reportes de servicio como control interno, esto debe ser por día y entregado al Inspector Fiscal. A fin de cada mes la empresa adjudicataria debe enviar la información total de los trabajos mensuales, una vez aprobado el informe mensual por Inspector Fiscal la empresa deberá realizar la facturación del servicio.
Al recibir y validar la factura, el Inspector Fiscal enviará a pago la factura a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria, adjuntando la siguiente documentación: orden de compra global de la Licitación, informe de pago parcelado y acta de recepción conforme de servicio.
En el caso del servicio de transporte de maquinaria pesada, se deberá contar con seguro de transporte de carga a todo evento por un monto estimado de $250.000.000 , el cual tendra la finalidad de restituir el valor de los daños y perjuicios de la carga transportada a la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, la Póliza deberá ser presenta luego de realizar la adjudicación de la licitación.
1.10.6.- INGRESO DE OFERTAS: La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, .doc. y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.
1.10.7.- APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.7.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRONICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.7.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.
1.10.8 RESOLUCIÓN DE EMPATES: Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico". En caso de persistir el empate, se establece como mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente”, En caso de persistir el empate, se establece como mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Sustentable” el empate Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
1.10.9. DERECHO A VARIAR LAS CANTIDADES: La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a aumentar o disminuir las cantidades (Hora, Día o Km) solicitadas hasta en un 30% en las mismas condiciones ofertadas, pudiendo modificarse el plazo de duración del contrato de manera proporcional a la variación.
1.10.10. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA: Se adjudicará esta licitación, al oferente que presente oferta por ítem y que obtenga el mayor puntaje por ítem, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de la Comisión Evaluadora, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región de Ñuble. Además, la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación. El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:
1.10.10.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: Se adjudicará a través de una resolución del Director de Vialidad Región de Ñuble.
1.10.10.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
1.10.10.3. FIRMA DE CONTRATO: La firma del contrato se debe realizar antes del quinto (5°) día hábil desde la fecha de notificada la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl.
1.10.10.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA: La Orden de Compra será emitida una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato firmado por el Proveedor y entregada la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato. Para el Ítem N°6 es necesario ingresar Póliza de seguro de transporte de carga o todo evento, como se indica en punto 1.10.5.30 otras consideraciones de las presentes bases.
1.10.11.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.12.- PLAZO DE ENTREGA SUMINISTRO: Este plazo, comenzará a regir a partir de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl. En caso que no la acepte expresamente transcurridas 24 horas de la publicación de Orden de Compra, la Dirección de Vialidad dará por aceptada dicha Orden conforme a la Ley y el presente contrato. Para todos los efectos, se considera como primer día de plazo del contrato, el día siguiente a la aceptación de la orden de compra.
1.10.13.- GESTIÓN DEL CONTRATO
a) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) días corridos, para regularizar su situación.
c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general.
Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluación es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable, 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
d) VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato regirá, durante toda la relación contractual, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel cumplimiento del contrato o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
El contrato no implica necesariamente que se invierta todo el presupuesto en el lapso de la duración del contrato.
e) SUSPENSIÓN O PARALIZACIÓN: El contrato se podrá suspender o paralizar en casos justificados, debiéndose mantener vigentes las garantías respectivas. Son casos justificados las condiciones climáticas, emergencias naturales, las cuales constituyan un impedimento efectivo para acceder al lugar de ejecución del contrato u otra razón de fuerza mayor que impida la correcta recepción de este suministro, lo que sera asi calificado por el Director Regional de Vialidad de Ñuble, en resolución fundada.
La suspensión será ordenada por el Director Regional de Vialidad Ñuble, mediante resolución fundada. Al efecto el Inspector Fiscal deberá remitir la solicitud y todos los antecedentes que sirvan de fundamento, a la Unidad de Compra correspondiente, quien derivará al Director Regional de Vialidad Ñuble, la respectiva solicitud.
f) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros licitaciones, deben dar cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega de los elementos de protección personal. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato.
g) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente de conformidad al artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 77 del DS Hacienda Nº 250 de 2004, en los siguientes casos:
g.1)Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
g.2)Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
g.3)Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
g.4)Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g.5)Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratatados en los últimos dos años, a la mitad el periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
g.6)Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
g.7) En el caso de la disolución de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), o el retiro de un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de evaluación.
g.8) La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) constituyeron dicha figura con el objetivo de vulnerar la libre competencia y que remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica, en su caso.
1.10.12. INSPECCIÓN FISCAL:
La Dirección de Vialidad Región de Ñuble designará un Inspector Fiscal para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases de licitación.
El adjudicatario deberá someterse exclusivamente a las órdenes del Inspector Fiscal, las que serán impartidas siempre por escrito, a través (correo electrónico o acta firmada entre las partes)
El Inspector Fiscal emitirá un informe de conformidad para adjuntarlo a la factura correspondiente y enviar a pago.
El Inspector Fiscal es el encargado de autorizar la subcontratación, mediante documento escrito.
LIBRO DE SERVICIO: Se llevará un Libro con hojas foliadas en triplicado, donde se establecerán todas las instrucciones impartidas por Inspector Fiscal al adjudicatario y deberá ser firmada por ambas partes. La Empresa deberá designar a un funcionario responsable de la entrega del servicio, quien recibirá las instrucciones del Inspector Fiscal.
1.10.13. PRÓRROGA DEL CONTRATO
Solo en caso justificado por la unidad técnica requirente y aprobada por el Director Regional de Vialidad y debido a la imperiosa necesidad de dar continuidad a los trabajos propios de la Administración Directa y conservación en general de los caminos de la Red Vial, Region de Ñuble, éste se podrá prorrogar de común acuerdo de las partes.
Esta prórroga, será de 2 (dos meses) como plazo máximo y será en los mismos términos y condiciones de éste. Siendo esta prórroga proporcional en cantidades al tiempo del contrato.
En este caso, el proveedor deberá además, presentar una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato por dicha prórroga. Esta Garantía será proporcional al plazo de prórroga sobre garantía de Fiel cumplimiento solicitada y deberá cumplir con las mismas exigencias y condiciones establecidas para la garantía solicitada inicialmente.
1.10.14. FACTURACIÓN, RECEPCIÓN Y FORMA DE PAGO
1.10.14.1. FACTURACIÓN: Ésta se efectuará en la medida que se hayan ejecutado las órdenes de compra enviadas y que se hayan recibido a plena conformidad por la Inspección Fiscal de este contrato.
Cabe destacar que el proveedor adjudicado deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, de acuerdo a lo siguiente:
1) Deberá aceptar la Orden de compra en www.mercadopublico.cl, para dar inicio al convenio de arrendamiento y ordenes mensuales.
2) Que se haya prestado el servicio y recepcionado por el Inspector Fiscal dando cumplimiento cabal a las presentes bases de licitación.
3) Luego deberá verificar que la Orden respectiva esté en estado "Recepción Conforme" para facturar.
4) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
5) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
6) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código 2375 REG_XVI_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CHILLAN, correspondiente a la Región de Ñuble.
7) La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
1.10.14.2. RECEPCIÓN: El inspector fiscal, recibirá conforme el material, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:
- Que se haya efectuado la entrega del servicio, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de trabajo debidamente firmada por el Inspector Fiscal.
- Que se haya acreditado el cumplimiento de las leyes laborales. Para garantizar el cumplimiento de la Leyes Laborales, el Encargado de Abastecimiento, adjuntará el Certificado de Habilidad de Chileproveedores. Esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en la Unidad de Abastecimiento Regional. En caso de que se encuentre "inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación.
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal, adjuntando todos los documentos descritos en el punto anterior, que acompañará a la factura, para disponer su pago.
1.10.14.3. PAGO y UNIDAD: La Unidad de Medida y Pago será por hora de trabajo de equipo o máquina ($/hora), ), por día de trabajo de equipo o máquina ($/Día) y por kilometros de trabajo ed equipo o maquina ($/Km). El precio del servicio debe contemplar al equipo de trabajo, operador, combustible, traslado de equipo al punto de trabajo y regreso, viático, colación, asistencia técnica y mecánica, equipo de reemplazo, todo lo necesario para entregar el servicio.
La cantidad de horas mínimas a cobrar por jornada de uso de cada equipo es de 5 (cinco) horas.
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días desde la presentación de la factura.
1.10.15. FACTORING:
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley.
1.10.16. SANCIONES:
Enviada una solicitud de servicio por el Inspector Fiscal al proveedor, este deberá responder en 24 horas si tiene disponibilidad de equipo y establecer según lo indicado por el Inspector Fiscal, la fecha del servicio y para qué periodo de tiempo. El no cumplimiento del proveedor con el plazo para entregar dicha información estará afecto a una multa de 1 UTM por día de atraso.
El no cumplimiento del proveedor con ejecutar el servicio dentro del plazo comprometido estará afecto a una multa de 1 UTM por día hábil de atraso.
Para el cálculo de las multas a pesos chilenos, el valor de la UTM será el que está vigente en la fecha de incumplimiento por parte del contratista.
En caso de que la sumatoria de multas supere el 5% del valor total (IVA incluido) de la Orden de Trabajo, se informará lo anterior al proveedor informándole que ello constituye una falta grave y que una próxima infracción de la misma naturaleza dará lugar al término anticipado del contrato por incumplimiento grave. De incurrir el proveedor por segunda vez en una infracción de esa naturaleza la Dirección podrá realizar el término anticipado del contrato por incumplimiento grave.
Si el incumplimiento de los plazos de entrega, supera los 15 días corridos, contados desde la fecha de su vencimiento, sin que exista una fuerza mayor calificada por la Dirección que lo justifique, se podrá poner término anticipado al contrato.
Las multas que correspondan, serán deducidas administrativamente de la Facturas respectivas.
1.10.17. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES:
Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada, o por correo electrónico. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación de dicho oficio se hará personalmente o por carta certificada. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.18. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Chileproveedores. Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada.
1.10.19. SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados a la contratarte técnica (inspector fiscal), quien lo enviara, si fuese necesario, a su jefe superior, para su resolución o para que sea sometido a la consideración del Director Regional de Vialidad Ñuble, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad, Director General de Obras Publicas y al Sr. Ministro de Obras Públicas, la Contraloría General de la Republica y los Tribunales de Justicia.
La autoridad pertinente deberá resolver la exactitud o veracidad del reclamo presentado, en un plazo máximo de 15 días hábiles.
1.10.20. CLÁUSULA (N°): CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
- LA EMPRESA ADJUDICADA y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización
- LA EMPRESA ADJUDICADA, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
- Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que LA EMRPESA ADJUDICADA pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
- El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
- En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el LA EMPRESA ADJUDICADA como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio que se contrata, el MOP dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.