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Resolución de Empates |
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VER ARCHIVO " CRITERIOS DE EVALUACION"
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DOCUMENTOS INTEGRANTES |
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La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones
iii) Oferta
iv) Orden de Compra
v) Declaración jurada
vi) Anexos:
-Identificación del Proponente (Anexo A)
-Declaración de Proveedores de bienes y servicios (Anexo C)
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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Vigencia y renovación |
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El contrato perfeccionado a través de la orden de compra tendrá una vigencia que contempla la entrega total y satisfactoria de los bienes o servicios más 10 días hábiles.
Se entenderá por entrega satisfactoria, aquella que cuente con la aprobación de la inspección fiscal, mediante la emisión del certificado de recepción conforme.
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Pago |
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El pago del precio, se efectuará al(los) proveedor(es) adjudicado(s), dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción conforme de la factura o facturas respectivas.
El proveedor, una vez validada la factura electrónica por el SII, deberá enviar a la casilla de correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, incluyendo el número de orden de compra y toda la información necesaria para proceder a su trámite interno y respectivo pago. El no cumplimiento de este requerimiento será causal de rechazo de la factura.
De ser adjudicados proveedores en modalidad de Unión Temporal, será el representante de la misma, quién deberá emitir la factura correspondiente.
La factura deberá emitirse sólo cuando los bienes y/o servicios hayan sido recibidos a plena conformidad por el Inspector Fiscal correspondiente, el cual es nombrado en la Resolución que aprueba dicha adquisición, de lo contrario esta será rechazada.
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Efectos derivados de incumplimientos |
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Se contempla el pago de multas por incumplimiento en el plazo de entrega establecido en la Orden de Compra, cuando la responsabilidad de este, recaiga en el proveedor adjudicado.
El proveedor adjudicado incurrirá en multas por cada día hábil administrativo de atraso en el plazo pactado con la inspección fiscal del servicio. Las multas, corresponderán a 0.5 UTM del mes en el cual se cometa la falta, y será multiplicado por los días de retraso.
En caso de que el atraso supere el tope de los 10 días hábiles administrativos, la D.G.A.C. podrá poner término anticipado a la contratación perfeccionada a través de la Orden de Compra.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas del incumplimiento |
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En caso de que sea detectada una situación que amerite la aplicación de multa por incumplimiento del proveedor adjudicado, por parte de la D.G.A.C., se le notificará al proveedor mediante correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen, el monto de la multa y la forma de pago. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (05) días corridos, para presentar sus descargos o alegaciones por escrito en la Registratura del Aeródromo Nuevo Chaitén, de lunes a viernes de 08:30 a 12:00 hrs. y de 14:00 a 16:00 hrs.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto una vez transcurrido el plazo de (05) días corridos sin que la empresa haya formulado descargo alguno, la DGAC., procederá a aplicar la multa de la forma en que le fue notificada.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la D.G.A.C., tendrá un plazo de hasta (30) días hábiles, a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos.
En caso que el proveedor resulte disconforme con la aplicación de la multa podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas.
Las multas por incumplimiento antes señaladas, deberá enterarse a elección del proveedor, conforme a una de las siguientes modalidades:
a) Pago directo del proveedor, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de (05) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se haya presentado descargos y éstos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa.
b) Deduciéndolas el Comprador de la factura representativa de estados de pago, lo que bajo circunstancia alguna implica que el precio del bien adquirido, se modifica por dicha imposición.
No se aplicarán multas al proveedor adjudicado cuando las faltas en que éste hubiere incurrido, sean resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo a la definición del artículo cuarenta y cinco del Código Civil, circunstancia que el proveedor adjudicado deberá comunicar por escrito a la D.G.A.C. tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de la referida comunicación el proveedor adjudicado deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. La D.G.A.C. deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual termino.
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Visita a terreno |
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Los oferentes podrán asistir a visita a terreno, voluntaria y no excluyente, a fin de interiorizarse en terreno de los alcances de los trabajos y evaluar el servicio solicitado.
Para coordinar la mencionada visita, se adjuntan contacto de funcionarios de Aeródromo:
Jeannette Barria Mail: Jeanette.barria@dgac.gob.cl Telefono: 652485251
Gonzalo Yáñez Mail: Gonzalo.yanez@dgac.gob.cl Teléfono: 652485250
Sergio Andrade Mail: sergio.andrade@dgac.gob.cl Teléfono: 652485253
Con todo, aquellos oferentes que se adjudiquen la propuesta no presentándose a la visita a terreno no podrán esgrimir este argumento para el cumplimiento del servicio solicitado.
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DOMICILIO Y JURISDICCION |
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Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Chaitén y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales ordinarios de Justicia
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Plazo de entrega de informe de adjudicación |
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La comisión evaluadora tendrá un plazo de 05 días hábiles contados desde la recepción de las ofertas por parte del operador logístico, para entregar el informe de adjudicación.
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Término Anticipado |
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Cuando se trate de una contratación de Servicio:
El contrato perfeccionado a través de la orden de compra, podrá terminarse por alguna de las causales establecidas en los artículos 13 de la Ley N° 19.886 y 77 de su Reglamento, además la D.G.A.C. podrá poner término anticipado al contrato, por incumplimiento grave del prestador a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del prestador lo siguiente:
El incumplimiento del plazo de ejecución del servicio contratado, por un tiempo mayor a diez (10) días hábiles administrativos.
La detección de antecedentes falsos
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se entontraren insolutas a la fecha de la liquidación.
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GENERALIDADES |
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1. La DGAC se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente la Propuesta a uno o más proveedores u oferentes como, asimismo, la posibilidad de disminuir o aumentar las cantidades adjudicadas de acuerdo a razones técnicas y económicas que serán debidamente justificadas.
2. La DGAC se reserva el derecho de adjudicar un monto superior al presupuesto estimado informado en la ficha de licitación. Sin embargo, ese monto no podrá superar el límite establecido para este tipo de licitación, es decir, no podrá ser igual o superior a 100 UTM.
En todo caso, cuando el monto adjudicado supere en más de un 30% al monto estimado, la Entidad deberá explicitar en el acto adjudicatorio las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia.
3. Adjudicada esta Propuesta, no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento de las obligaciones que sume en esta Propuesta Pública.
4. Todos los plazos que se establecen en las presentes Bases Administrativas, a saber plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo de visita a terreno o entrega de muestras, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas, fecha de apertura de ofertas, plazo de evaluación, adjudicación y plazo de entrega del bien, podrán ser modificados por la entidad licitante, hasta un máximo de 10 (diez) días hábiles, en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a dichos términos y fechas originalmente publicados. La modificación antes señalada, será materializada antes de la fecha del cierre con la dictación de una resolución fundad firmada por la autoridad competente, oportuna y debidamente tramitada.
5. La Entidad Licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituyen una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública.
La detección de antecedentes falsos, podrá dar lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda pudiendo en este último caso y cuando la adjudicación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes.
6. El proveedor adjudicado deberá cumplir con lo establecido en el IT SIG – 001, considerado como ANEXO dentro de esta licitación.
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INTERPRETACIÓN DE LAS BASES |
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Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las Bases de Licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la DGAC, que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la república, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
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PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES |
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Se deben presentar como parte integrante de la Oferta los Antecedentes de Aspecto Administrativos, Aspectos Técnicos y Económicos, que se detallan a continuación:
1. Aspectos Administrativos:
-Identificación completa del proponente (ANEXO) con indicación de:
Razón social y/o nombre completo del proponente y de cada uno de los integrantes de la UTP, si corresponde.
RUT del proponente y de cada uno de los integrantes de la UTP, si corresponde.
Domicilio del Proponente
Número de teléfono y correo electrónico (e-mail).
Nombre y RUT del representante legal o convencional, adjuntando un poder simple en que el oferente lo autorice a actuar en su representación.
-Declaración jurada simple, emitida y firmada por el proponente, persona natural, jurídica o cada uno de los integrantes de la UTP, que consigne la circunstancia de haber estudiado las Bases de Licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan las inhabilidades.
-Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un poder simple suscrito por todos los miembros integrantes de la UTP, donde conste el nombramiento de un mandatario o apoderado común con poderes suficientes, ante de la DGAC, para presentar oferta, aclaraciones, visita a terreno, u otras gestiones que sean necesarias en el desarrollo del proceso de licitación, previos a la adjudicación.
En caso que la omisión corresponde a un aspecto invalidante o excluyente, la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de la misma.
2. Aspectos Técnicos:
-Las ofertas deberán identificar en detalle el bien ofrecido, características técnicas, incluyendo toda la información que el oferente estime necesaria y que permita una adecuada evaluación.
-Certificaciones en caso de ser requeridos.
-Plazo de la Garantía Técnica.
3. Aspectos Económicos:
-El precio de los bienes ofertados deberá ser en moneda nacional, no aceptándose ofertas en unidades de fomento (UF) u otras monedas. Además, deben encontrarse en concordancia con las bases e ingresados a la plataforma de licitaciones de la Dirección Chile compra mediante un archivo adjunto.
Los precios ofertados conforme al presente punto serán sumas únicas, totales y definitivas a pagar por la entidad licitante al contratista.
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OTROS ASPECTOS DEL PAGO |
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El proveedor deberá tener presente que el pago de la (s) factura (s) se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción conforme de ella y, que se encuentra afecta al impuesto del 2%, establecido en el artículo 37 de la Ley N° 16.752.
El proveedor, una vez validada la factura electrónica por el SII, deberá enviar a la casilla de correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, incluyendo el número de la orden de compra, toda la información necesaria para proceder a su trámite interno y respectivo pago. El no cumplimiento de este requerimiento, será causal de rechazo de la factura.
De ser adjudicados proveedores en modalidad de Unión Temporal, será el representante de la misma, quién deberá emitir la factura correspondiente.
La factura deberá emitirse sólo cuando los bienes y/o servicios hayan sido recibidos a plena conformidad por el Inspector Fiscal correspondiente, el cual es nombrado en la Resolución que aprueba dicha adquisición, de lo contrario esta será rechazada.
Se le solicitará al proveedor el certificado de obligaciones laborales y previsionales F30-1 correspondiente al mes en el que se prestó el servicio en las dependencias aeronáuticas respectivas.
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Readjudicación |
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Si el adjudicatario se desistiere de firmar contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Comisión Evaluadora |
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La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión designada especialmente para tal efecto.
Dicha Comisión estará compuesta por dos funcionarios de la entidad licitante.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos integrantes de la Comisión designados por la autoridad competente, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por los artículos 27 y 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras la integra aquélla.
Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la autoridad competente la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito en estas bases.
La resolución que establezca la integración de la Comisión Evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estás no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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En caso que la empresa que obtenga la licitación registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS |
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Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la D.G.A.C. cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales.
Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la D.G.A.C. estará facultada para exigir al contratista, razonable y periódicamente, esto es en cada estado de pago, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo mediante el formulario F 30-1.
Asimismo, en el caso que el prestador del servicio no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la D.G.A.C., de conformidad con lo que dispone la Ley 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo en el artículo 183-C, podrá retener de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago, y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedores.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del D.S. (H) N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886 y sus modificaciones, la D.G.A.C podrá hacer efectiva la Garantía por fiel cumplimiento del Contrato en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, estando facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Asimismo, el incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente, será considerado por la D.G.A.C. como causal grave de incumplimiento del Contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato y aplicar las sanciones administrativas y contractuales, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
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FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
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Una vez adjudicada la propuesta, la contratación será perfeccionada mediante la emisión de una o varias órdenes de compra a través del Sistema, documento en el cual se mencionarán las condiciones de entrega, pago, etc. Según lo indicado en las bases de licitación y en la oferta presentada por el proveedor adjudicado.
La operación de compra o servicio se entenderá perfeccionada por el hecho de la aceptación de la(s) orden(es) de compra por el(los) proveedor(es) adjudicado(s). Dicha aceptación deberá ser manifestada dentro de las 24 horas siguientes desde la fecha de publicación en el sistema. En caso de silencio por parte del proveedor adjudicado, la orden de compra se entenderá aceptada.
Si el proveedor adjudicado rechaza la orden de compra, facultará a la DGAC para readjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, o bien, declararla desierta y efectuar un nuevo proceso de licitación, sin perjuicio de su facultad de ejercer las demás acciones legales correspondientes.
En caso de incumplimiento de lo pactado en la Orden de Compra, la DGAC está facultada para anular la Orden de Compra y perseguir las eventuales indemnizaciones por daños y perjuicios, comunicando adicionalmente esta situación a la dirección de Compras Públicas.
El incumplimiento imputable al contratista de una o más obligaciones establecidas en estas bases de Licitación o en la Orden de Compra, facultará a la DGAC para aplicar las multas que se indican en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de exigir el cumplimiento forzado de las obligaciones emanadas de la contratación bien, su resolución o terminación anticipada, con indemnización de perjuicios.
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COMUNICACIONES |
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El adjudicado se obliga a mantener una comunicación permanente con la DGAC y con el funcionario nominado como Inspector Fiscal, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala en el cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación perfeccionada a través de la Orden de Compra.
Asimismo, se obliga a cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC, en función de estas Bases de Licitación, dando cumplimiento a todas las obligaciones y condiciones establecidas en ellas.
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ASPECTO INVALIDANTES |
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A) El oferente que no dé cumplimiento a los siguientes requisitos:
1.-El oferente que no dé cumplimiento a la totalidad de las especificaciones técnicas
2.-Las ofertas que superen los 60 días corridos en el plazo de entrega ofertado.
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ASPECTO INVALIDANTES |
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A) El oferente que no dé cumplimiento a los siguientes requisitos:
1.-El oferente que no dé cumplimiento a la totalidad de las especificaciones técnicas
2.-Las ofertas que superen los 60 días corridos en el plazo de entrega ofertado.
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