Licitación ID: 1535868-1-LP26
EQUIPAMIENTO MONITOREO DEL VOLCAN BUERNEY
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
Fecha de Cierre: 15-07-2026 12:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 21 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Computadores portátiles tipo Tablet PC 4 Unidad
Cod: 43211509
Digitalizador 24bits  

2
Sensores análogos sísmicos 4 Unidad
Cod: 20122601
Sensor sismológico  

3
Receptores Multimedia 1 Unidad
Cod: 52161521
Receptor GNSS  

4
Antenas 1 Unidad
Cod: 52161526
Antena GNSS  

5
Dispositivos de identificación de radiofrecuencias 15 Unidad
Cod: 43211710
Radio Modem  

6
Antenas 2 Unidad
Cod: 52161526
Antena Omnidireccional.  

7
Antenas 5 Unidad
Cod: 52161526
Antena direccional 890 – 960 Mhz  

8
Programas de desvío o conmutación 1 Unidad
Cod: 43232908
Router Celular 5G Industrial  

9
Programas de desvío o conmutación 10 Unidad
Cod: 43232908
SWTICH INDUSTRIAL - 5 Puertos – Voltaje de 7-57VDC  

10
Cámaras digitales 3 Unidad
Cod: 45121504
Cámara IP Bullet  

11
Generadores solares 30 Unidad
Cod: 26111607
Paneles Solares  

12
Reguladores 4 Unidad
Cod: 26101766
Regulador de carga MPPT 150/35  

13
Reguladores 4 Unidad
Cod: 26101766
Regulador de carga MPPT 100/20  

14
Inversores 1 Unidad
Cod: 32121705
Cargador Inversor con controlador MPPT  

15
Baterías de plomo-ácido 55 Unidad
Cod: 26111707
Batería 100AH  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
EQUIPAMIENTO MONITOREO DEL VOLCAN BUERNEY
Estado:
Publicada
Descripción:
Dentro del marco del programa Red Nacional de Vigilancia Volcánica RNVV que el Servicio Nacional de Geología y Minería Sernageomin lleva a cabo a través del Observatorio Volcanológico de Los Andes del Sur OVDAS, se busca generar conocimiento técnico-científico sobre la actividad volcánica en el territorio nacional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
UNIDAD DE COMPRA GORE MAGALLANES
R.U.T.:
61.702.000-9
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-07-2026 12:00:00
Fecha de Publicación: 24-06-2026 8:42:03
Fecha inicio de preguntas: 24-06-2026 9:01:00
Fecha final de preguntas: 02-07-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-07-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-07-2026 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-07-2026 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 07-08-2026 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital: I. Antecedentes Generales del Proponente: A. Tratándose de Personas Jurídicas Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634. B. Tratándose de Personas Naturales Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4 de la Ley Nº19.886 y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634. C. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores Documento público que formaliza la unión, de acuerdo al formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo a los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación. d. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
 
Documentos Económicos
1.- En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl se deberá informar el precio neto de la contratación, expresado en pesos chilenos y sin impuestos. Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°4 de estas Bases, en que se indique claramente la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al producto, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico del portal. Las ofertas económicas, con impuesto incluido, en el presupuesto máximo de $187.424.000.-(ciento ochenta y siete millones cuatrocientos veinticuatro mil pesos), impuesto incluido. Se debe tener presente que esta licitación, considera 7 items: A) Item I: $112.000.000 (ciento doce millones de pesos), impuesto incluido. b) Item II: $18.200.000 (dieciocho millones doscientos mil pesos), impuesto incluido. c) Item III: $33.424.000 (treinta y tres millones cuatrocientos veinticuatro mil pesos), impuesto incluido. d) Item IV: $1.300.000 (un millón trescientos mil pesos), impuesto incluido. e) Item V: $6.500.000 (seis millones quinientos mil pesos), impuesto incluido. f) Item VI: $4.500.000 (cuatro millones quinientos mil pesos), impuesto incluido. g) Item VII: $11.500.000 (once millones quinientos mil pesos), impuesto incluido. En caso que la oferta económica del respectivo item, sobrepase el monto antes indicado, quedará fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisible. Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado. En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°4, primará el precio informado en el referido Anexo. Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°4 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente. Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de la misma, del precio indicado en el Anexo N°4, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE ENTREGA VER ARTÍCULO N°14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 30%
2 PRECIO DE LA OFERTA VER ARTÍCULO N°14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 45%
3 GARANTÍA DEL PRODUCTO VER ARTÍCULO N°14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 15%
4 PRESENTACIÓN FORMAL DE LA PROPUESTA VER ARTÍCULO N°14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
5 PROGRAMA DE INTEGRIDAD O CÓDIGO DE ÉTICA VER ARTÍCULO N°14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: GOBIERNO REGIONAL DE MAGALLANES Y LA ANTARTICA
Monto Total Estimado: 187424000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: GOBIERTO REGIONAL DE MAGALLANES
e-mail de responsable de pago: gestiondecontratos@sernageomin.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena
Fecha de vencimiento: 30-12-2026
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “PARA GARANTIZAR A AL GOBIERNO REGIONAL DE MAGALLANES Y LA ANTARTICA CHILENA, EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN DEL PROYECTO “INSTALACIÓN RED Y MONITOREO PARA ALERTA TEMPRANA Y EVALUACIÓN DE PELIGROS EN VOLCÁN BURNEY” Código BIP Nº 40065249-0 Y LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DE LOS TRABAJADORES DEL PROVEEDOR”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso EL GOBIERNO REGIONAL DE MAGALLANES, queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento de Compras. Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere. Asimismo, en caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía, el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de tiempo restante. El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado en el procedimiento para la aplicación de multas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

ARTÍCULO 1º: NORMATIVA Y TIPO DE LICITACIÓN

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.

Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:

  1. Modificaciones que se introduzcan a las Bases Administrativas y Técnicas que se aprueban por este acto.
  2. Las consultas a las Bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas evacuadas por SERNAGEOMIN.
  3. Las aclaraciones que se efectúen a las Bases de iniciativa de SERNAGEOMIN.
  4. Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  5. Los antecedentes solicitados a cada postulante.
  6. Las aclaraciones a las ofertas que solicite SERNAGEOMIN.
  7. El acto administrativo que adjudica la presente licitación pública
  8. El acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios.
  9. Las órdenes de compra que se emitan al proveedor.

Se deja constancia que la presente licitación contempla la opción de adjudicación multiple, es decir por item.

ARTÍCULO 2º: COMUNICACIONES Y PLAZOS

Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, con anterioridad a la adjudicación de la misma deberán canalizarse exclusivamente por medio del portal de internet www.mercadopublico.cl. Durante el período indicado no se aceptarán ni responderán comunicaciones planteadas por un conducto diferente al señalado, sin perjuicio de otras vías de comunicación que se encuentren expresamente previstas en estas Bases, en conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de Compras.

Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario.

Cuando el último día del plazo recaiga en día sábado, domingo o festivo, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Se deja constancia de que, tratándose de presentaciones o gestiones que en conformidad a estas Bases deban realizarse presencialmente en alguna oficina o dependencia de SERNAGEOMIN, deberán considerarse las limitaciones derivadas del horario de funcionamiento de la respectiva oficina o dependencia informado en la página web institucional www.sernageomin.cl, siendo exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar periódicamente la referida página, como asimismo las respuestas y aclaraciones que pueda emitir al respecto SERNAGEOMIN, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y efectuar las respectivas presentaciones o gestiones dentro del plazo definido al efecto.

ARTÍCULO 3º: PARTICIPANTES

Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales y jurídicas, que tengan interés en ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

Podrán participar también grupos de personas jurídicas o naturales que se unan para presentar una oferta en conjunto, en cuyo caso, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que el acuerdo en que conste la unión temporal deberá establecer, a lo menos, lo siguiente:

  1. Identificación de sus integrantes
  2. La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN. Por lo anterior, las partes no podrán establecer en el acuerdo, cláusulas de exención o de limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes.

 

  1. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, quien deberá ser aquel que presente su oferta en el portal www.mercadopublico.cl. Dicha designación deberá recaer en alguno de los integrantes de la Unión, o sus representantes, no pudiendo ser designado un tercero ajeno a ésta.

  1. La vigencia de la unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a SERNAGEOMIN en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la unión, debiendo acompañarse el respectivo documento modificatorio.

Se deja constancia de que, tanto las Uniones Temporales de Proveedores que participen en la presente licitación, como SERNAGEOMIN, deberán ceñirse a las disposiciones del Reglamento de compras y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N°22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/.

ARTÍCULO 4°: INHABILIDADES Y PROHIBICIONES

Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley Nº19.886, y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634, que moderniza la Ley de Compras, para cuyo efecto el proponente deberá suscribir la Declaración Jurada Simple disponible en la plataforma de mercado público al momento de subir su oferta.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el artículo 3° precedente, las causales de inhabilidad establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado, debiendo en consecuencia suscribir cada uno de ellos la correspondiente Declaración Jurada indicada en el párrafo anterior, según corresponda. En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La declaración jurada para ofertar que suscriban electrónicamente los proveedores al participar en el proceso de licitación pública es la siguiente:

“No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26 letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, del 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, de 1973.

Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por los delitos en la ley N°20.393.

No he sido condenado por los tribunales de justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley N°21.595 de delitos económicos. En el caso de mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o participe con poder para influir en la administración, a personas naturales que lo hubieren sido condenadas a la citada medida.

No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido (a), a estos o aquellos por los vínculos descritos en la letra d) del artículo 54 de la Ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad inclusive).

No integro la nómina del personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido (a) a estos o aquellos por los vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 (cónyuge, convivientes civil o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).

Mi representada no es sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes conforme parte o sea beneficiarias finales.

Mi representada no es una sociedad en comunidad por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada, en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto o quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.

Mi representada no es una sociedad anónima abierta en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o mas del capital o sean beneficiarias finales.

No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

Nota: Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión de delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del código penal, que dispone que “ el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas del presidio menor en sus grados mínimos a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”.

ARTÍCULO 5°: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los oferentes podrán formular consultas a las bases, a través de la funcionalidad “preguntas licitación” que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los 8 días corridos siguientes a la publicación del llamado. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro de los 3 días corridos siguientes al vencimiento del plazo anterior.

No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.

Asimismo, a través del portal, SERNAGEOMIN podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al ONCEAVO día corrido siguiente a la publicación del presente llamado a licitación.

Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. Lo anterior es sin perjuicio de las medidas extraordinarias por caso fortuito, que se formalizarán mediante aclaraciones en los términos dispuestos en el artículo 1 de estas Bases.

Sin perjuicio de lo señalado, SERNAGEOMIN podrá también modificar las presentes Bases antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o con motivo de una consulta o aclaración solicitada por alguno de los interesados.

Las modificaciones que se introduzcan formarán parte integrante de las Bases y estarán vigentes desde la total tramitación del respectivo acto administrativo, el que deberá considerar un aumento prudencial del plazo para la presentación de ofertas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.

En todos los casos, será obligación de los interesados, revisar periódicamente el proceso de licitación, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y considerar para la preparación de sus ofertas las respuestas y aclaraciones emitidas por SERNAGEOMIN, como asimismo toda modificación introducida a las Bases.

ARTÍCULO 6º: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.

No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el reglamento de compras, en cuyo caso las ofertas deberán presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el artículo sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas”, en Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María 0104, comuna de Providencia, en sobre cerrado dirigido al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del SERNAGEOMIN, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado LA CONTRATACIÓN DEL PROYECTO “INSTALACIÓN RED Y MONITOREO PARA ALERTA TEMPRANA Y EVALUACIÓN DE PELIGROS EN VOLCÁN BURNEY” Código BIP Nº 40065249-0.

 Las ofertas deberán presentarse respecto del o los ítems a los cuales el oferente postule, debiendo cubrir la totalidad de las cantidades y especificaciones del ítem respectivo; no se admitirán ofertas parciales dentro de un mismo ítem

Se deja constancia que un mismo oferente NO podrá presentar más de una oferta por el mismo item.

ARTÍCULO 7°: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Las ofertas deberán presentarse dentro de los 20 días corridos siguientes a la publicación de estas Bases en el Portal www.mercadopublico.cl., hasta las 12:00 horas del último día del plazo, a menos que el último día del plazo recaiga en día lunes, o en un día hábil inmediatamente siguiente a un feriado, en cuyo caso las ofertas podrán presentarse hasta las 15:00 horas. No se aceptarán ofertas presentadas después del día y hora dispuestos al efecto.

Con todo, en caso de indisponibilidad técnica del portal www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el artículo 46 del reglamento de compras.

ARTÍCULO 8º: CONTENIDO DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital:

  1. Antecedentes Generales del Proponente:
    1. Tratándose de Personas Jurídicas

Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634.

B.   Tratándose de Personas Naturales

Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4 de la Ley Nº19.886 y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634.

C.   Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores

Documento público que formaliza la unión, de acuerdo al formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo a los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

  1. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).

II. Oferta Técnica

La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

 

III. Oferta Económica

En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl  se deberá informar el precio neto de la contratación, expresado en pesos chilenos y sin impuestos.

Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°4 de estas Bases, en que se indique claramente la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al producto, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico del portal.

Las ofertas económicas, con impuesto incluido, en el presupuesto máximo de $187.424.000.-(ciento ochenta y siete millones cuatrocientos veinticuatro mil pesos), impuesto incluido. Se debe tener presente que esta licitación, considera 7 items:

A) Item I: $112.000.000 (ciento doce millones de pesos), impuesto incluido.

b) Item II: $18.200.000 (dieciocho millones doscientos mil pesos), impuesto incluido.

c) Item III: $33.424.000 (treinta y tres millones cuatrocientos veinticuatro mil pesos), impuesto incluido.

d) Item IV: $1.300.000 (un millón trescientos mil pesos), impuesto incluido.

e) Item V: $6.500.000 (seis millones quinientos mil pesos), impuesto incluido.

f) Item VI: $4.500.000 (cuatro millones quinientos mil pesos), impuesto incluido.

g) Item VII: $11.500.000 (once millones quinientos mil pesos), impuesto incluido.

En caso que la oferta económica del respectivo item, sobrepase el monto antes indicado, quedará fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisible.

Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado.

En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°4, primará el precio informado en el referido Anexo.

Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°4 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente.

Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de la misma, del precio indicado en el Anexo N°4, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.

ARTÍCULO 9°: PACTO DE INTEGRIDAD.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12 y 16, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  1. El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
  2. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  1. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Se deja expresa constancia de que toda referencia al “oferente” efectuada en este artículo se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista.

El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de seriedad de la oferta o de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

 

ARTÍCULO 10º: DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas.

Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, SERNAGEOMIN podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas, hasta por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

ARTÍCULO 11°: APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará desde el cierre de las ofertas hasta 24 horas hábiles siguientes.

Se levantará un Acta de Apertura Electrónica emitida en el portal www.chilecompra.cl en la cual se dejará constancia del día y hora de la apertura, de la individualización de los oferentes y de la aceptación o rechazo de sus ofertas, señalando en su caso el fundamento del rechazo, como asimismo, cualquier otro hecho relevante.

ARTÍCULO 12°: REVISIÓN DE LAS OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES

Sólo se aceptarán Ofertas enviadas electrónicamente vía el portal www.mercadopublico.cl

Tratándose de una unión temporal de proveedores, sólo se aceptarán ofertas presentadas por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión.

Se procederá a rechazar aquellas propuestas presentadas por participantes que no hayan remitido su oferta técnica y su oferta económica, electrónicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl.

SERNAGEOMIN solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.

Para estos efectos, se otorgará un plazo de 48 horas corridas contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “Presentación Formal de las Propuestas”, según lo estipulado en el artículo sobre “Evaluación de las Ofertas” contenido en estas Bases.

Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane los errores u omisiones señaladas, se declarará inadmisible sin más trámite su oferta, salvo en los casos en que las presentes Bases contemplen expresamente como sanción para la falta de información, la asignación de una determinada nota en la evaluación del correspondiente factor.

En todos los casos, será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitará la subsanación de errores u omisiones detectados y/o los antecedentes o certificaciones omitidos, debiendo enviar oportunamente los antecedentes requeridos.

ARTÍCULO 13°: SOLICITUD DE ACLARACIONES

SERNAGEOMIN podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.

Asimismo, SERNAGEOMIN podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

 

Será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitarán las aclaraciones que correspondan, y enviar oportunamente la información requerida.

ARTÍCULO 14º: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios:

  • Robert Rengifo Mora, Cargo: Ingeniero Electrónico.
  • Claudio Vidal Hernandez, Cargo: Ingeniero Electrónico.
  • Christian Delgado Echeverría, Cargo: Ingeniero Electrónico.

Suplente:

  • Rodrigo Ibarra Suárez, Cargo: Ingeniero Electrónico.

Los criterios objetivos de evaluación, sus factores y sus ponderaciones se indican en el cuadro siguiente:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Precio de la Oferta

45%

Plazo de Entrega

30%

Garantía del Producto

15%

Presentacion formal de la propuesta

5%

Programa de integridad y código de ética

5%

                                          TOTAL

100%

 Los criterios de evaluación de las ofertas serán evaluados por la Comisión Evaluadora, de acuerdo con los puntajes o notas que obtengan de acuerdo con las fórmulas contenidas en la siguiente tabla:

CÁLCULO DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN

  1. PRECIO DE LA OFERTA: 45%.

Este criterio se verifica mediante el anexo económico N°4, donde se deberá informar el valor total de la contratación con impuesto incluido, por el respectivo item.

El precio más económico por ítem tendrá la nota máxima, y las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo con la siguiente fórmula: (menor precio / precio de la oferta evaluada) x 7

Si el valor total de la oferta con impuesto incluido por el respectivo item supera el presupuesto disponible/ o no informa a través del anexo 4à la oferta será declarada inadmisible

 45%

  1. PLAZO DE ENTREGA, se separa en dos grupos.

PLAZO DE ENTREGA: Se debe informar a través del anexo 5 el plazo de entrega de los ítems ofertados, y su ponderación es de 30%.

a)   Plazo de entrega item I y II

b)   Plazo de entrega item III, IV,V,VI y VII

a)   Item I y II: El Plazo de Entrega debe señalarse en días corridos desde la aceptación de la orden de compra. Se debe considerar el producto con entrega en las dependencias del Observatorio Volcanológico de los Andes del Sur, OVDAS, Rudecindo Ortega 03786 Pueblo Nuevo, Temuco. Este punto será evaluado considerando la siguiente tabla:

30%

De 1 a 60 días inclusive

7

de 61 a 90 días inclusive

5

de 91 a 120 días inclusive

3

Mayor a 120 días o no informa

Queda fuera de la evaluación.

b)   Item III, IV, V, VI y VII: El Plazo de Entrega debe señalarse en días corridos desde la aceptación de la orden de compra. Se debe considerar el producto con entrega en las dependencias del Observatorio Volcanológico de los Andes del Sur, OVDAS, Rudecindo Ortega 03786 Pueblo Nuevo, Temuco. Este punto será evaluado considerando la siguiente tabla:

30%

De 1 a 15 días inclusive

7

de 16 a 30 días inclusive

5

de 31 a 45 días inclusive

3

Mayor a 45 días O no informa.

Queda fuera de la evaluación.

3.GARANTÍA

Corresponde al tiempo de garantía que tiene el producto licitado post venta. Debe señalar el tiempo en meses. La garantía consiste en las correcciones, ajuste, reparaciones post venta de todo lo que se oferte. Será evaluado en función de la siguiente tabla:

15%

Desde 12 meses y mayor

7

Desde 8 y Menos de 12 meses

5

Desde 6 y Menos de 8 meses

3

Menor a 6 meses o no informa

Queda fuera de la evaluación.

4.PRESENTACION FORMAL DE LA PROPUESTA

Presenta todos los antecedentes solicitados dentro de plazo

Nota 7

5%

Presenta los antecedentes omitidos dentro de plazo

Nota 5

No informa y no subsana dentro de plazo

Queda fuera de evaluación

5.PROGRAMA DE INTEGRIDAD O CÓDIGO DE ÉTICA: 5%

Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°7. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Anexo N°7 debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal.  

Nota 7

No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal.

Nota 0

Cada factor será calificado conforme la ponderación recién señalada, informando las razones o fundamentos tenidos en consideración para el otorgamiento del puntaje asignado.

Se debe tener presente que el puntaje mínimo para adjudicar es de 5,0.

 

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los oferentes.

Resolución de Empates

En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo quedando ambas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:

  1. Oferta económica
  2. Plazo
  3. Garantía
  4. Presentación formal de la propuesta
  5. Programa de integridad y código de ética

En caso de que una vez aplicadas las reglas referidas aún se mantenga el empate, se preferirá la oferta que primero haya sido ingresada electrónicamente al portal www.mercadopublico.cl.

De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha Acta dará cuenta de lo siguiente:

a)     Los errores u omisiones de fondo que se hayan constatado en el proceso de revisión de las ofertas desarrollado con posterioridad a la apertura, dejando constancia en consecuencia de las ofertas que no fueron evaluadas por no cumplir con los requisitos establecido en las Bases, y especificando los artículos que habrían sido vulnerados y la forma como se configuró dicha vulneración.

b)     Los errores u omisiones formales detectados tanto en el acto de apertura como en el posterior proceso de revisión de las ofertas, señalando si se solicitó la subsanación a través de foro inverso, y dando cuenta de si fueron subsanadas en tiempo y forma o no.

c)     La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles, señalando los criterios y ponderaciones utilizados, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la aplicación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

d)     El Acta de Evaluación indicará con claridad a cuál oferente se sugiere adjudicar la licitación, o propondrá declarar desierto el proceso, en caso de que las ofertas presentadas no sean convenientes para los intereses de SERNAGEOMIN, o si ninguna de ellas resulta admisible por no cumplir los requisitos solicitados en las presentes Bases.

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio, o rechazar fundadamente todas las ofertas por inconvenientes, declarando en este caso desierta la licitación.

ARTÍCULO 15º: DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN

Mediante la dictación de la correspondiente resolución fundada, SERNAGEOMIN podrá:

a. Declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases.

b. Declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

c. Adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio.

  • La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo de la SERNAGEOMIN, dentro de 10 días corridos contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, notificándose dicho acto administrativo mediante su publicación en el Sistema de Información.

Este plazo podrá extenderse, debiendo informarse esta situación en el Sistema de Información, indicando la nueva fecha para la adjudicación, asimismo las razones que justifican esta ampliación de plazo.

Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por Decreto Supremo N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, señalando las notas que obtuvo en cada uno de ellos y las razones que justifican el puntaje otorgado.

Las consultas y/u observaciones respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 3 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del aplicativo de gestión de reclamos disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en dicho Registro de proveedores de Mercado Público, deberá obtener ese estado en el plazo de 15 días corridos desde que el SERNAGEOMIN le notifique la adjudicación de su oferta.

Readjudicación

                                 

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra en el plazo de dos días desde que le fue despachada, no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para formalizar la contratación, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, SERNAGEOMIN tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de cuatro días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

Los oferentes ubicados en los lugares segundo, tercero o siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 4 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Por su parte, en caso de que uno o más integrantes de una Unión Temporal de Proveedores no cumplan la exigencia de encontrarse inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y/o les afecta alguna causal de inhabilidad, la Unión Temporal deberá comunicar a SERNAGEOMIN dentro del mismo plazo de 4 días corridos señalado en el inciso precedente, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La posibilidad de elección prevista en el inciso anterior, no procederá en caso que el integrante de la unión que no cumpla la exigencia y/o a quien le afecta la inhabilidad, haya reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. En tal caso, se entenderá que la Unión de Proveedores adjudicada no acepta la adjudicación, pudiendo SERNAGEOMIN adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, conforme a lo regulado en los incisos precedentes.

ARTÍCULO 16º: DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Respecto de las contrataciones cuyos ítems sean de un valor inferior a las 1.000 UTM, serán perfeccionada mediante la respectiva orden de compra. Es decir, será formalizada mediante la emisión de la Orden de Compra respectiva a través del portal www.mercadopublico.cl, y la correspondiente aceptación de ella por parte del proveedor adjudicado, al tenor de lo dispuesto por el articulo N°63 del Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios N°19.886.

En virtud de lo anterior, respecto de los ítems cuyos montos son inferiores a 1.000 UTM, en las cláusulas que más adelante se haga mención al respectivo contrato, se debe entender que éste se formaliza con la emisión de la respectiva orden de compra

Respecto de/los ítems cuyo valor supere las 1.000 UTM, se celebrará el contrato correspondiente, que será redactado por SERNAGEOMIN dentro de 15 días corridos contados desde la notificación efectuada en conformidad al artículo precedente, a menos que SERNAGEOMIN requiera de un mayor lapso para un mejor estudio de los antecedentes del caso, debiendo la entidad adjudicataria entregar dentro de plazo y en la forma y condiciones establecidas más adelante, una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas.

El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de SERNAGEOMIN, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.

ARTÍCULO 17°: ANTECEDENTES PREVIOS A LA FIRMA DEL CONTRATO

Para proceder a la firma del contrato, el oferente adjudicado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl.

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito y hábil en dicho Registro, deberá obtener ese estado en el plazo de 5 días corridos desde que el SERNAGEOMIN le comunique la adjudicación de su oferta.

Tratándose de una Unión de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo denominado “Participantes” de estas Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la unión no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si se desiste de su participación en el respectivo proceso o si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma, siempre que el integrante inhábil de la unión temporal que se retira no haya reunido una o más de las características que fueron objeto de la evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. La decisión que se adopte deberá ser comunicada por escrito por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión, dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Previo a la suscripción del contrato el adjudicatario deberá entregar a SERNAGEOMIN, la información y documentación que a continuación se indica:

  1. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.

  1. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones.

  1. En caso de que el adjudicatario sea una entidad privada, certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N°30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N°319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C, inciso segundo, del Código del Trabajo.

  1. En caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica, deberá hacer entrega de una declaración jurada que contenga la identificación de sus socios y accionistas principales. Se exceptúan sin embargo de dicha obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a composición societaria y accionistas principales se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones

  1. Nombre completo y dirección de correo electrónico de la Contraparte designada para la gestión del contrato a que dé lugar la presente licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo sobre “Administración del Contrato” de las Bases de Licitación.

  1. Información necesaria para realizar los pagos que correspondan.

  1. La siguiente información legal de la adjudicataria, en la medida que los respectivos antecedentes no se encuentren disponibles en el Sistema de Información, en el Registro de Proveedores del Estado, o en el Registro de Empresas y Sociedades creado por la Ley N°20.659:

1.   Tratándose de personas jurídicas:

a)   Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

b)   Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta.

c)    Copia del Rol Único Tributario.

  1. Tratándose de personas naturales:

  1. Fotocopia de la cédula de identidad y Fotocopia del RUT si lo tuviere

  1. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores:

  1. Escritura pública que formaliza el acuerdo en que consta la Unión Temporal, a menos que dicha escritura púbica haya sido presentada al momento de ofertar. En la referida escritura pública se deberá establecer, a lo menos, la identificación de sus integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y la determinación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.

  1. Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la Unión de Proveedores, según se indica en los numerales precedentes.

Se deja constancia de que en caso de que el adjudicatario no haga entrega de los documentos e información señalada, dentro del plazo y en la forma que establezca SERNAGEOMIN al efecto, SERNAGEOMIN dejará sin efecto la adjudicación, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que siga en puntaje, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo “De la adjudicación y readjudicación” de las mismas Bases.

ARTÍCULO 18°: GARANTIA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, el adjudicatario deberá entregar, con anterioridad a la suscripción del contrato, una Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, PAGADERA A LA VISTA, DE EJECUCIÓN INMEDIATA, y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, EXPRESADA EN PESOS CHILENOS, por la suma equivalente al 5% del monto neto adjudicado, impuestos incluidos [CD1] (sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente en pesos a la fecha de emisión del mismo), y cuya vigencia deberá comprender el plazo total del contrato más 60 días hábiles contados desde la fecha de término del mismo.

La garantía se debe tomar a nombre del Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, RUT Nº 72.229.800-4, podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que la garantía sea otorgada físicamente deberá entregarse en la Oficina de Partes de GOBIERNO REGIONAL DE MAGALLANES. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

En caso que las garantías se otorguen de manera electrónica, al ser documentos de naturaleza eléctrica no es necesario que sean entregados de forma física, por lo que pueden ser adjuntados a las ofertas en el sistema Mercado Público, o bien, que las remitan al correo electrónico que oportunamente se informará; debiendo cumplir con los mismos plazos máximos para efectos de entregar dichas garantía.

Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 121 del reglamento de compras. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga “PARA GARANTIZAR A AL GOBIERNO REGIONAL DE MAGALLANES Y LA ANTARTICA CHILENA, EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN DEL PROYECTO “INSTALACIÓN RED Y MONITOREO PARA ALERTA TEMPRANA Y EVALUACIÓN DE PELIGROS EN VOLCÁN BURNEY” Código BIP Nº 40065249-0 Y LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DE LOS TRABAJADORES DEL PROVEEDOR”.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.

Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:

  1. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y/o el respectivo contrato.

  1. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados establecidos en el Contrato.

  1. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases y en el contrato y, en caso que el proveedor cambie a uno o más miembros del equipo de trabajo, que no cumplan con el perfil de la evaluación técnica.

Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los términos indicados en este artículo, durante toda la vigencia del respectivo contrato.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso EL GOBIERNO REGIONAL DE MAGALLANES, queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.

Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento de Compras.

Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere.

Asimismo, en caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía, el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de tiempo restante.

El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado en el procedimiento para la aplicación de multas.

 

 

ARTÍCULO 19°: MEDIDAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

En caso de que la entidad contratada incurra en las situaciones previstas en la siguiente tabla, se aplicarán las multas que para cada caso se señalan:

INCUMPLIMIENTOS

MONTO DE LA MULTA

Retraso en el plazo de entrega ofertado hasta 10 días corridos.

0,5 UF por cada día corrido de retraso.

Retraso en el plazo de entrega ofertado mayor a 10 días corridos.

1 UF por cada día corrido de retraso.

 

Normas comunes a la aplicación de multas.

La decisión sobre la aplicación de la multa será notificada a la contratante, mediante carta certificada, indicándosele claramente la causa que da origen al incumplimiento, el monto de la multa y las instrucciones para el pago. La notificación se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda, debiendo ser pagada la multa dentro de los 30 (treinta) días hábiles siguientes a la notificación.

El contratante podrá presentar a SERNAGEOMIN sus descargos respecto de la aplicación de la multa, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar los antecedentes que acrediten la causal de exculpación (hechos o circunstancias constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor). Dicho reclamo deberá presentarse por escrito, e ingresarse a través de la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN.

Toda reclamación presentada extemporáneamente será desechada de plano. Asimismo, todo reclamo presentado en forma verbal o por una vía distinta a la señalada, se considerará como no oficial y, por lo tanto, carente de validez administrativa.

SERNAGEOMIN resolverá, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su recepción la reclamación presentada; acogiendo los fundamentos dados por el contratante, o bien rechazándolos, confirmando así la aplicación de la multa respectiva.

Vencido el plazo de 10 días hábiles sin que el contratante haya presentado reclamación, o bien rechazada la reclamación presentada, la aplicación de las multas se formalizará mediante la correspondiente resolución fundada, que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y se ejecutará unilateral y administrativamente por SERNAGEOMIN, deduciendo su valor de los pagos que corresponda cursar a la empresa, o de la garantía vigente, en su caso; lo anterior sin perjuicio de los recursos administrativos a que haya lugar.

La aplicación de una multa no podrá implicar atraso alguno en el pago de facturas. El adjudicatario deberá pagar la multa al Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, RUT N° 72.229.800-4, en la cuenta corriente que oportunamente se informe. Lo anterior procederá en cuanto se conozcan las resultas de los recursos presentados, o hayan transcurrido los plazos previstos al efecto por la Ley N° 19.880 sin que el interesado haya impugnado la respectiva resolución.

Solo cuando la multa se encuentre ejecutoriada, sin recursos pendientes, podrá derivarse al Gobierno Regional.

En caso que las multas se deduzcan de la garantía de fiel cumplimiento, y siempre que sea procedente, el Gobierno Regional deberá devolver al contratante la diferencia del monto de la garantía ejecutada y no imputada al pago de multas, quien tendrá la obligación de reponer la garantía ejecutada en los mismos términos descritos en el artículo sobre “Garantía de Fiel y oportuno Cumplimiento” de las presentes bases, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que ordenó ejecutar la garantía. La devolución que corresponda por concepto de saldo no imputado al pago de multas, sólo se efectuará una vez que el contratante haya entregado la garantía de reemplazo en los términos descritos.

En caso de alcanzarse un monto acumulado del equivalente al 10% del valor del contrato, o más de multa, se entenderá que existe incumplimiento grave del contrato, por lo que, adicionalmente al cobro de las multas aplicadas hasta dicho límite, SERNAGEOMIN podrá proceder a poner término anticipado al mismo y el gobierno Regional podra hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el artículo sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases Administrativas, sin perjuicio de iniciar en su caso las acciones que correspondan para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicio que fueran procedentes.

ARTÍCULO 20°: PLAZO DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA

El contrato que se celebre a consecuencia del presente proceso licitatorio entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe y se extenderá hasta la extinción de las obligaciones que emanan del presente contrato, a contar de esa fecha o, desde que, por razones de buen servicio, y con el objeto de no afectar el desarrollo de las actividades del Servicio Nacional de Geología y Minería, desde la fecha que se indique en el respectivo contrato que se inicie la prestación del servicio. No obstante, los pagos correspondientes quedaran suspendidos y supeditados a la total tramitación de la referida resolución. 

La vigencia del contrato, señalada precedentemente, se entiende sin perjuicio del término por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, como asimismo de la posibilidad de SERNAGEOMIN de poner término anticipado al contrato, en cualquier tiempo, a través de comunicación escrita enviada por carta certificada al adjudicatario con una anticipación de a lo menos 30 (treinta) días corridos a la fecha de término deseada.

La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 

2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

5) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.

6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.

b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. 

c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.

7) Sobrepasar el límite o tope de las multas establecidas en la cláusula “Medidas a Aplicar en caso de incumplimiento”.

8) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10% del valor total contratado o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.

9) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad y/o integridad establecidas en las presentes Bases.

10) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

11) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP):

a.       Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

b.       De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c.       Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

d.       Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

e.       Disolución de la UTP.

12. Indisponibilidad presupuestaria del Gobierno Regional.

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3) y 12), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en el punto Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimiento”:

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

ARTÍCULO 21°: PAGOS

El pago se realizará contra la recepción conforme de cada item.

Las facturas se pagan mediante la plataforma de pago centralizado a través de Tesorería General de la República, dentro de los 30 días siguientes, contados desde la fecha de recepción de la factura respectiva.

Para que el Gobierno Regional de Magallanes y la Antártica Chilena pueda cumplir con el pago de cada item recepcionado, previamente deberá efectuar la aceptación del Estado de Pago respectivo, y con esta aceptación SERNAGEOMIN solicitará al proveedor la respectiva factura.

Los estados de pago deberán incluir obligatoriamente los antecedentes que a continuación se expresan, sin perjuicio de las demás instrucciones que el Gobierno Regional estime necesario impartir:

1.- Oficio conductor de la Unidad Técnica solicitando el pago a la Autoridad Regional.

2.- Resumen del estado de pago, con firma del Inspector Técnico y timbre de la Unidad Técnica con avance físico de la obra en porcentaje, con las especificaciones de los anticipos, retenciones, multas y demás aspectos contractuales pertinentes.

3.- Detalle del estado de pago, igualmente suscrito por el Inspector Técnico, con el desglose de cada  una de las partidas y especificaciones.

4.- Certificado vigente de la respectiva Inspección del Trabajo en original, si corresponde, que acredite que el adjudicatario no registra reclamos, denuncias, deudas previsionales, ni remuneraciones pendientes en relación a los trabajadores del proyecto. Dicho certificado deberá tener un plazo de vigencia no mayor de treinta días de antigüedad contados desde la fecha de su presentación.

5.- Tratándose del primer estado de pago deberá adjuntarse, además, copia del contrato celebrado con el contratista, si no se hubiese acompañado en su oportunidad.

6.- Facturación: Factura y/o Boleta Honorarios, a nombre del Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, domiciliado en PLAZA MUÑOZ GAMERO N°1028, Punta Arenas, RUT Nº 72.229.800–4.

La emisión de la factura o boleta de honorarios por parte del Contratista, Proveedor, Prestador de Servicios, Consultor o Persona Natural contratada, según sea el caso, se deberá emitir sólo una vez que el MANDANTE, haya visado sin observaciones la documentación que fundamente el estado de pago respectivo, el cual se encuentra aprobado y autorizado previamente por la UNIDAD TÉCNICA.

 

El Gobierno Regional no cursará los estados de pago que no reúnan los requisitos señalados.

La Unidad Técnica deberá informar oportunamente al mandante sobre cualquier sanción o deducción pecuniaria que afecte al proveedor, debidamente calculado, ya sean por multas por atraso en la entrega de los activos no financieros, por incumplimiento de contrato u otras, con el objeto que el mandante proceda a su deducción en caso que proceda.

En caso de término anticipado del contrato, se procederá a la liquidación del mismo, de manera de pagar únicamente el monto correspondiente a los servicios efectivamente prestados.

ARTÍCULO 22°: FACTURACIÓN POR COBRO DEL SERVICIO

Téngase presente que la emisión de las facturas queda condicionada a la aprobación del estado de pago por parte del Servicio Administrativo del Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena.. El Gobierno Regional rechazará toda factura que sea emitida en incumplimiento de la obligación impuesta previamente.

Las facturas que correspondan deberán emitirse a nombre a nombre del Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, domiciliado en PLAZA MUÑOZ GAMERO N°1028, Punta Arenas, RUT Nº 72.229.800–4, indicando con claridad el N° ID con el que se publicó el presente proceso de contratación en el portal www.mercadopublico.cl ; deberán ser ingresadas exclusivamente a través de la casilla  que oportunamente se indique.

Para los efectos del artículo 3° de la Ley Nº 19.983, el Gobierno Regional, tendrá un plazo de 8 días corridos contados desde la notificación de la factura electrónica, para reclamar en contra de su contenido.

Se deja constancia que las facturas que correspondan sólo podrán emitirse una vez que los servicios contratados hayan sido efectivamente prestados, de manera que no se admitirá facturación por anticipado. El Gobierno Regional procederá a rechazar sin más trámite las facturas presentadas anticipadamente.

 

ARTÍCULO 23: ACREDITACIÓN DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES.

El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores.

En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores.

Si por cualquier causa GOBIERNO REGIONAL dejara de efectuar o se abstuvieran de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.

SERNAGEOMIN se reservan el derecho a exigir al contratista, en cualquier momento durante la vigencia de esta contratación, y a simple requerimiento del Encargado de Contrato, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de SERNAGEOMIN, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Lo anterior, bajo apercibimiento de multa del 2% del valor del contrato. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta. En tal caso, se aplicará el procedimiento previsto en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la firma del contrato correspondiente no significará en caso alguno que el contratista, o sus trabajadores, adquieran la calidad de funcionarios de SERNAGEOMIN.

 

ARTÍCULO 24: COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL CONTRATISTA.

El contratista deberá observar durante la ejecución del contrato a que dé lugar el presente proceso de licitación, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.

Dichos estándares de probidad exigibles al contratista se equiparán a los aplicables a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

 

Se deja constancia de que en caso que el oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, no actuaren éticamente, o propiciaren prácticas corruptas, tales como, dar u ofrecer obsequios y/o regalías al personal de Sernageomin o del Comité, que pudiera implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el proponente y SERNAGEOMIN; dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la evaluación de las ofertas, adjudicación, o celebración del contrato a que dé lugar la presente licitación; tergiversar hechos, con el fin de influenciar las decisiones de SERNAGEOMIN; se procederá a declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, ejecutándose la respectiva garantía de seriedad de la oferta o fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

 

ARTÍCULO 25º: CONFIDENCIALIDAD Y PORTECCION DE DATOS PERSONALES.

Toda información relativa a SERNAGEOMIM o a terceros a los que la adjudicataria tenga acceso con motivo de la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial, no pudiendo, por tanto, realizar ningún acto respecto de ellos ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de SERNAGEOMIN, pudiendo ser usada para efectos de efectuar su oferta correspondiente, limitando su tratamiento a ese trámite.

En consecuencia, la adjudicataria, se obliga a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda información, antecedentes o bases de datos, de SERNAGEOMIN o de terceros, a la que tengan acceso o se genere en la prestación de los servicios encomendados, así como a tomar las medidas oportunas para garantizar que su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, mantengan también esta obligación de confidencialidad, respondiendo la adjudicataria de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.

El contratista bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte la información entregada por SERNAGEOMIN, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.

En consecuencia, la contratista:

  1. No deberá hacer ningún uso de la información, antecedentes o base de datos diferente del previsto en el respectivo contrato, ya sea por sí mismos o a través de sus filiales o terceros en general.
  2. No deberán transferir, ceder o transmitir a cualquier título, gratuito u oneroso, la información, antecedentes o base de datos generados, en virtud del respectivo contrato.
  3. No deberán transmitir o divulgar a terceros la información, antecedentes o bases de datos por ninguna otra vía o procedimiento.
  4. No deberán efectuar copia alguna, por ningún medio, ni bajo ningún concepto, de la información facilitada por SERNAGEOMIN para la realización de los servicios objeto del contrato, salvo autorización previa, expresa y escrita de SERNAGEOMIN.
  5. Deberán custodiar la información recibida a fin que se garantice la protección adecuada de la misma y de su contenido, para evitar que personas no autorizadas o ajenas a la misma, puedan hacer uso indebido de ella.

La contratista deberá garantizar que en la prestación de los servicios no se infringirá de manera alguna las disposiciones establecidas en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y toda la normativa relacionada, y garantizar que los datos personales recolectados en la prestación de los servicios sólo serán utilizados para los fines del respectivo contrato, por lo que los mismos no podrán ser procesados o comunicados a persona alguna o utilizados para un propósito distinto al que contemple el contrato.

La contratista deberá devolver cualquier documentación, publicación, material o antecedente que constituya una información confidencial, sustentado en cualquier tipo de soporte, al término del contrato.

En caso de incumplimiento de esta cláusula, SERNAGEOMIN podrá terminar anticipadamente el Contrato, por incumplimiento grave del mismo, de acuerdo con lo especificado en el artículo sobre sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo al procedimiento establecido para el cobro de la misma en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.

 

ARTÍCULO 26º: REORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA

En caso de fusión, transformación o cualquier otra modalidad de reorganización empresarial que realice la adjudicataria, que signifique la mantención del giro a través de una nueva figura, con la misma personalidad jurídica, la empresa deberá garantizar en la suscripción de los actos correspondientes, el estricto cumplimiento de las obligaciones adquiridas con SERNAGEOMIN y la debida continuidad del servicio ofrecido.

 

ARTÍCULO 27°: ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.

La Adjudicataria deberá informar a SERNAGEOMIN, con anterioridad a la suscripción del contrato a que dé lugar la presente licitación, el nombre completo de la persona que ejercerá la función de contraparte y la casilla de correo electrónico a través de la cual se efectuarán las comunicaciones con SERNAGEOMIN.

La Contraparte, representará a la adjudicataria para efectos de la ejecución, coordinación y gestión del contrato, y será responsable de atender todos los requerimientos que sean formulados por SERNAGEOMIN. Esta persona deberá contar con un servicio de comunicación eficiente para contactarla fácilmente en caso de necesidades y requerimientos. El costo de este servicio será de cargo de la adjudicataria.

No obstante lo anterior, y previa comunicación escrita a SERNAGEOMIN, la Adjudicataria podrá designar a otra persona para que, en caso de ausencia de la Contraparte, lo reemplace o haga las veces de tal.

Por su parte, SERNAGEOMIN designará un encargado del contrato, respecto de la parte administrativa, y técnica Marianela Abarzúa, coordinadora del área de tecnologías de Operación, del OVDAS, quien actuará en coordinación con el Jefe del Departamento de Administración y Finanzas.

A los responsables del Contrato de SERNAGEOMIN le corresponderá la coordinación y control del cumplimiento oportuno y eficiente de las obligaciones del Adjudicatario, siendo responsable, entre otras, de dar visto bueno de los estados de pago y el envío oportuno de los mismos al Gobierno Regional para efectos de dar su aprobación para que el proveedor emita las facturaciones que correspondan. Asimismo, le corresponderá gestionar la aplicación de las multas y/o término anticipado cuando corresponda, velar por la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento u otras comprometidas.

 

Previa comunicación escrita a la Contraparte, SERNAGEOMIN podrá designar a otro funcionario para que, en caso de ausencia del Encargado de Contrato, lo reemplace o haga las veces de tal.

ARTÍCULO 28°: PROHIBICION DE CESIÓN DEL CONTRATO

El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que una norma legal especial permita las referidas cesiones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.

                                                                                                    

 

ARTÍCULO 29°: INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN

Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Anexos y el contrato se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

ARTÍCULO 30°: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.

Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del contrato que se suscribirá, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.

 

ARTÍCULO 31°: MODIFICACION DEL CONTRATO

El contrato podrá modificarse por las siguientes causales:

1. Mutuo acuerdo entre los contratantes.

2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

3. Las demás que se establezcan en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.

SERNAGEOMIN, podrá requerir servicios adicionales a los originalmente contratados, disminuirlos, modificar, ampliar o disminuir el plazo de duración de la contratación, siempre que estén debidamente justificados. En caso que la modificación implique incremento del precio de la contratación, esta no podrá superar el 10% del monto originalmente pactado, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 129 del Reglamento de la Ley de Compras.

Las modificaciones a que hubiere lugar se consignarán por escrito, pasando a formar parte del respectivo contrato y se entenderá aprobada una vez que se tramite totalmente el acto administrativo que lo apruebe.


 [CD1]Es respecto al monto neto o por el monto total?


BASES TÉCNICAS

ARTÍCULO 32°: OBJETIVO DE LA LICITACIÓN.

Dentro del marco del programa Red Nacional de Vigilancia Volcánica (RNVV) que el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) lleva a cabo a través del Observatorio Volcanológico de Los Andes del Sur (OVDAS), se busca generar conocimiento técnico-científico sobre la actividad volcánica en el territorio nacional. Este programa tiene como principal objetivo proporcionar información oportuna a las autoridades competentes, con el fin de asegurar una adecuada gestión de emergencias volcánicas y facilitar la toma de decisiones orientadas a la protección de la población y la preservación de la infraestructura crítica.

Un aspecto central de la RNVV es la implementación de redes de vigilancia instrumental en tiempo real, enfocadas en los volcanes más activos del país. Este sistema permite establecer alertas tempranas que contribuyen a mitigar el impacto que un evento volcánico podría ocasionar en las comunidades cercanas y en las infraestructuras existentes.

Para cumplir con esta misión, el OVDAS emplea diversas técnicas de monitoreo, que incluyen la medición de distintas variables con el fin de conocer el comportamiento de los volcanes en sus etapas previas a la erupción.

En este contexto, el último ciclo eruptivo de gran impacto en la región de Magallanes ocurrió en el volcán Burney durante la segunda mitad del siglo XIX, volcán que además registra erupciones de gran magnitud en el pasado geológico, cuyas evidencias se observan en los alrededores de las ciudades de Punta Arenas y Puerto Natales. De esta manera, no existe experiencia moderna de la población y autoridades con respecto a los impactos derivados de una crisis volcánica. En

particular, la circulación de viento predominante hace que la región completa se encuentre potencialmente expuesta a recibir ceniza volcánica, lo cual tendría impactos en la salud de las personas, en la infraestructura y en actividades económicas relevantes para la región como turismo y ganadería. En consecuencia, resulta crucial contar con una red de monitoreo instrumental multiparamétrica que permita conocer la actividad interna del volcán para determinar oportunamente una futura reactivación. El sistema de monitoreo permite, además establecer alertas tempranas que permitan a las autoridades y población tomar acciones para

mitigar los impactos de una erupción volcánica.

Por medio del proyecto “INSTALACIÓN RED Y MONITOREO PARA ALERTA TEMPRANA Y EVALUACIÓN DE PELIGROS EN VOLCÁN BURNEY”, CÓDIGO BIP 40065249-0, adjudicado por el Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chiles, se busca robustecer la red de monitoreo volcánico con la instalación de nuevos equipos en el volcán Burney, considerando estaciones sísmicas, de deformación y cámaras de vigilancia sobre el volcán. Readecuación de los sitios instalados en el año 2016 en las inmediaciones del volcán Burney. Levantar datos geológicos en terreno de los depósitos proximales del volcán Burney. Generar información en tiempo real respecto de la actividad instrumental del volcán para la gestión de emergencias de las autoridades regionales y conocimiento de la población. Consolidando el monitoreo multiparamétrico en la región de Magallanes, incluyendo por primera vez volcanes australes.

ARTICULO 33°: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

Ítem I

Cantidad

Descripción

Características

01

04

Digitalizador 24bits

Digitalizador

  • 3 canales de 24 bit de resolución cada uno.
  • Rango Dinámico 146 dB.
  • Muestras por segundo: hasta 10000 sps seleccionable por usuario.
  • Comunicaciones Interfaz gráfica de usuario basada en web, Ethernet 10/100 Base-T, Serial a través de USB, UDP/IP, TCP/IP, SNMP, 
  • Grabación Almacenamiento interno de 8 GB, expandible hasta 256 GB en tarjeta SD.
  • Archivo MiniSEED continuo / por evento. 
  • Formatos de Transmisión de datos: SeedLink,
  • Consumo de Energía 850 mW (3 canales), sin transmisión de datos. Hasta 1.7 W con envió de datos continuos (3 canales y GNSSS en encendido continuo
  • Peso máximo 2.2 kg 
  • Temperatura de Operación –20°C a +70°C
  • Clasificación Ambiental IP68. 
  • Precisión de Sincronización (Timing Accuracy) <5 µsec (GNSS Siempre Encendido o PTP).

Debe incluir

  • SD External Madia Card, industrial, 64GB, FAT32.
  • Cable de energía, longitud 3m
  • Antena GNSS, y kit con pernería para montaje
  • Cable de antena GPS, longitud 10 m

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786

02

04

Sensor sismológico

Sensor sismológico

  • Sensor de banda ancha de 120 s.
  • Fuente de alimentación de 9-36 V DC con aislación interna.
  • Consumo de energía menor a 265 mW.
  • Sensibilidad 1500 V/m/s, se puede aceptar 750 V/m/s.
  • Banda ancha -3 dB en 120 segundos.
  • Salida de posición de masas independiente para cada una de las 3 componentes.
  • Protección de sobrecarga, sobretensión y tensión inversa.
  • Salida de 40 Vpp diferencial.
  • Rango Dinámico de 159 dB en 1 Hz.
  • Rango de inclinación operable mínima de +/- 2.5 grados.
  • Temperatura de operación -20 to +60 ºC.
  • Peso menor a 1.2 Kg
  • Carcasa de titanio
  • IP 68.
  • Kit de nivelación para montaje en bóveda.

Debe incluir cable de 5m de longitud para conexión sensor digitalizador, con conector que garantice la unión hermética e impermeable en ambos extremos para el digitalizador ofertado en el número 1 de este de estas bases técnicas.

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

Con el objetivo de poder hacer efectiva la garantía, el oferente debe acreditar ser representante autorizado en Chile.

Presupuesto disponible para este ítem I: $ 112.000.000

Ítem II

Cantidad

Descripción

Características

01

01

Receptor GNSS

a) Tecnología GNSS

  • Mínimo 544 canales GNSS
  • Capacidad de rastreo para todas las señales:
    • GPS, GLONASS, Galileo, BeiDou, NAVIC, QZSS, SBAS
  • Soporte de códigos P y L1/L2/L5
  • Frecuencia de salida de datos: hasta 100 Hz

b) Tecnologías avanzadas (obligatorias)

  • AIM+: Mitigación de interferencia y jamming
  • APME+: Mitigación de multipath (código y fase)
  • LOCK+: Seguimiento robusto en vibración o eventos sísmicos
  • OSNMA: Soporte de autenticación Galileo
  • Spectrum Analyzer integrado

c) Precisión y desempeño

  • Precisión pseudorango (1σ):
    • GPS L5: 6 cm
    • Galileo E5a/E5b: 6 cm
    • Galileo AltBOC: 1,5 cm
  • Precisión fase portadora: 1–1,3 mm
  • Rendimiento estático (RMS):
    • Horizontal: 3 mm + 0,1 ppm
    • Vertical: 3,5 mm + 0,4 ppm

d) Comunicaciones

  • 1 puerto Ethernet 100 Mbps
  • 4 puertos seriales
  • WiFi integrado (802.11 b/g/n)
  • NTRIP cliente/servidor/caster
  • FTP, SFTP, SYNC+
  • USB host + USB device
  • PPS y 10 MHz IN/OUT

e) Formatos de datos

  • SBF, RINEX (2.x, 3.05, 4.00), BINEX, NMEA
  • RTCM (incluyendo MSM)
  • CMR 2.0
  • Soporte para sensores MET/Tilt

f) Almacenamiento

  • 16 GB internos
  • Mínimo 40 trabajos de registro simultáneos

g) Energía

  • Voltaje de entrada: 9–30 VDC
  • Consumo: 1.8–4.7 W
  • Alimentación a antena: 5 V / 200 mA

h) Protección y robustez

  • IP65
  • Humedad: 5–95% no condensante
  • Temperatura de operación: −40°C a +65°C

Debe incluir

Cable de alimentación, extremo abierto

Cable de comunicación para puerto serie

Cable ethernet a switch

Cable de todos los puertos de comunicación disponibles.

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

02

01

Antena GNSS

a) Compatibilidad de señales GNSS (Ref. Veraphase 6000)

La antena debe ser capaz de recibir todas las constelaciones y señales satelitales relevantes, incluyendo:

  • GPS: L1, L2, L5
  • GLONASS: L1, L2, L3
  • Galileo: E1, E5a, E5b, E6
  • BeiDou: B1, B2, B3
  • SBAS: L1, L5
  • QZSS: L1, L2, L5, L6
  • L-band para servicios de corrección (MSS)

b) Características eléctricas y de desempeño

  • Relación axial (axial ratio): < 0,5 dB en el cenit
  • Variación del centro de fase (PCV): < ±1 mm
  • Offset del centro de fase (PCO): ±0,2 mm RMS
  • Ganancia de antena: 5 a 7 dBic
  • Ruido LNA: 2,5 dB típico
  • Banda de operación:
    • 1164–1300 MHz
    • 1559–1610 MHz

c) Alimentación

  • Rango de voltaje: +2,7 a 24 VDC
  • Consumo: ≤45 mA

d) Protección y robustez

  • Certificación ambiental mínima: IP67
  • Resistencia a vibración conforme a MIL-STD-810D
  • Temperatura de operación: −40°C a +85°C
  • Conector RF: TNC Hembra

e) Montaje y dimensiones

  • Rosca: 5/8” x 11 TPI hembra
  • Peso: ~820 g

Debe incluir cable RF de 15 m, con terminal TNC Macho en ambos extremos.

Debe incluir supresor de descargas.

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786

Presupuesto disponible para este ítem: $ 18.200.000

Ítem III

Cantidad

Descripción

Características

01

15

Radio Modem

1 puerto Ethernet 10/100 RJ45 con auto- cross over y auto sensado.

2 puertos seriales rs232

1 conector RF TNC

Potencia de salida: 10mW a 1W, programable

Rango de enlace: 90 Kms.

Modulación GFSK y 8-ary FSK

Canalización: 230.4, 345.6, 691.2, 1382.4, 3225.6 Khz.

Throughput real (debe ser medido con Iperf): desde 90 Kbps a 1.3 Mbps.

Link rate configurable: 80 Kbps a 4 Mbps.

Forward Error Correction FEC.

Selectividad IF: mayor a 40dB.

Hopping rates: configurable, 25, 50, 100, 200, 400 ms.

Sensibilidad con FEC 7/8: -109 dBm para 90 kbps, -85 dBm para 1.3 Mbps.

Comprensión de paquetes.

Agregación de paquetes.

Protocolo de trasmisión: Adaptive spectrum learning.

Voltaje de operación: 6 a30 Vdc

Corriente en TX: 270 mA a 12 Vdc

Corriente en RX: 100 mA a 12 Vdc.

Cubierta Rugerizada.

Opere en humedad: 0 a 95 % sin condensación.

Temperatura de operación: -40 a 75 C

Peso: menor a 800g.

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

02

02

Antena

Antena Omnidireccional.

Rango de frecuencia 902 a 928 MHz

Ganancia ≥ 8 dBi

VSWR Menor a 1,5:1

Potencia máxima 250W

Impedancia 50 ohm

Conector RF N-Hembra (bulkhead)

Debe incluir montaje kit de montaje en poste

Fabricación:

Fibra de vidrio resistente UV

Base de aluminio 6061-T6

Condiciones de operación

Temperatura de operación: -40°C a +85°C

Resistencia al viento ≥ 125mph

Dimensiones

Diametro 2” (≈5 cm).

Largo: 68” (≈172.7 cm).

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

03

05

Antena

Antena direccional 890 – 960 Mhz

Ganancia ≥ 10 dBd

Beamwidth

Half Power Beamwidth (HPBW):

Azimut: 56°

Elevación: 46°

F/B Ratio ≥ 20 dB

Potencia máxima 200W

Impedancia 50ohm

Conector RF N-Hembra, integrado a un pigtail de 60 cm aprox

Soporte compatible con mástil de 1,25” a 2,4”

Temperatura de operación: –40 °C a +85 °C.

Resistencia al viento: ≥ 200 mph (≈322 km/h).

Otras consideraciones

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

Presupuesto disponible para este ítem II:                                 $ 33.424.000

Ítem IV

Cantidad

Descripción

Características

01

01

Router Celular 5G Industrial

Requerimientos técnicos mínimos

a) Conectividad móvil (Ref. RUTX50)

  • Módulo celular 5G Sub-6 GHz SA/NSA (hasta 3.3 Gbps DL / 900 Mbps UL)
  • Retrocompatible con 4G LTE Cat 20 y 3G
  • Dual SIM (2× Mini SIM 2FF) con auto-conmutación por señal débil, límite de datos u otros eventos
  • Compatible con proveedores móviles chilenos
  • Soporte eSIM (con hasta 7 perfiles, según versión de hardware)

b) Interfaces de red

  • 5 puertos Gigabit Ethernet (1 WAN + 4 LAN, IEEE 802.3/802.3u/802.3az)
  • Wi-Fi 5 (802.11 a/b/g/n/ac Wave 2, Dual Band MU-MIMO, hasta 867 Mbps)
  • Hasta 150 usuarios Wi-Fi simultáneos
  • Soporte de bridge, passthrough, VLAN y QoS

c) Protocolos y funcionalidades avanzadas

  • VPN OpenVPN, IPsec, WireGuard, L2TP, GRE, DMVPN, ZeroTier, Tailscale
  • Firewall con filtros personalizables, protección DDoS y port scan
  • SNMP v1/v2/v3 y traps, MQTT, TR-069, RMS (Remote Management System)
  • Soporte de Modbus TCP cliente/servidor, DNP3, DLMS/COSEM, OPC UA
  • Supervisión de conexión con “ping reboot”, “wget reboot” y reinicio programado

d) Hardware

  • CPU Quad-core ARM Cortex A7 @ 717 MHz
  • RAM 256 MB / Flash 256 MB
  • 1 entrada digital (0-6 V bajo, 8-30 V alto) y 1 salida digital (30 V / 300 mA)
  • Conectividad USB 2.0 (host), compatible con almacenamiento y modem externo

e) GNSS y geolocalización

  • GNSS multiconstelación (GPS, GLONASS, BeiDou, Galileo, QZSS)
  • Salida NMEA 0183 y soporte NTRIP
  • Funciones de geocercas configurables

f) Alimentación y consumo

  • Rango de entrada: 9 – 50 VDC con protección contra polaridad inversa y picos > 51 VDC
  • Consumo máximo: < 16.5 W
  • Posibilidad de alimentación PoE pasiva (9-50 VDC, modo B)

g) Ambiente y construcción

  • Rango térmico de operación: −40 °C a +75 °C
  • Humedad operativa: 10 % a 90 % no condensante
  • Grado de protección: IP30
  • Carcasa de aluminio industrial
  • Dimensiones 132 × 44.2 × 95.1 mm / Peso 533 g
  • Montaje en riel DIN, pared o superficie plana (según kit)

h) Antenas y accesorios

  • Incluye antenas para móvil (4× SMA), Wi-Fi (2× RP-SMA) y GNSS (1× SMA)
  • RMS (Teltonika Remote Management System) activo por 1 año
  • Fuente de alimentación compatible 9-50 VDC

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

02

10

SWTICH INDUSTRIAL  - 5 Puertos –  Voltaje de      7-57VDC

  • Switch industrial Ethernet no administrable (Ref. TSF010)
  • Estándares Ethernet: Cumple normas IEEE 802.3i / 802.3u / 802.3ab / 802.3x / 802.3az.
  • 5 puertos Ethernet RJ45 de 10/100 Mbps, con auto MDI/MDIX.
  • Ancho de banda total: 10 Gbps (non-blocking).
  • Buffer de paquetes: 128 KB.
  • Tabla MAC: 2 000 entradas.
  • Soporta jumbo frames: hasta 9216 bytes.
  • Conector: Industrial de 3 pines DC.
  • Rango de voltaje: 7–57 VDC.
  • Sobretensión: hasta 60 V máx.
  • Polaridad inversa: hasta 80 V máx.
  • Descargas/sobretensiones: 64.4–71.2 V (ruptura), hasta 93.6 V en inversión.
  • Consumo: 1 W (reposo) / 1.5 W (máx.).
  • Terminal de tierra: integrado en el conector de poder.
  • Material: Aluminio anodizado (cuerpo y paneles).
  • Dimensiones: 113 × 28 × 50 mm.
  • Peso: 142 g.
  • Montaje: Soporte integrado para riel DIN.
  • Grado de protección: IP30.
  • Temperatura de operación: –40 °C a +75 °C.
  • Humedad relativa: 5 % a 95 % (sin condensación).

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

Presupuesto disponible para este ítem:       $1.300.000

Ítem V

Cantidad

Descripción

Características

01

03

Cámara IP

Bullet

Sensor de imagen: 1/2.7” CMOS progresivo RGB.

Resolución mínima: 2592×1944 (5 MP).

Iluminación mínima:

Color ≤ 0.13 lux

B/N ≤ 0.03 lux

0 lux con IR activado.

Tecnologías obligatorias:

Lightfinder 2.0, Forensic WDR (hasta 120 dB),

OptimizedIR para visión nocturna.

Ajustes de imagen: saturación, contraste, nitidez, balance de blancos, compensación, defogging, máscaras de privacidad, modo corredor, corrección de distorsión.

Lente varifocal 2.8–8.0 mm con control remoto de foco y zoom.

Campo visual: Horizontal: 106° – 38°, Vertical: 78° – 29°

Compresión: H.264, H.265 (HEVC), Motion JPEG.

Múltiples streams simultáneos y configurables.

Zipstream en H.264 y H.265 (optimización de ancho de banda).

Frame rate: 5 MP: 25/30 fps 720p: hasta 180 fps.

Puerto Ethernet: 10/100/1000 Mbps (RJ45 blindado).

Protocolos: IPv4/IPv6, HTTPS/HTTP2, RTSP / SRTP, SNMP v1/v2c/v3, DHCP, NTP, PTP, NTS, FTP/SFTP/SMB, MQTT, ONVIF S, G, M y T.

Certificación: IP66 / IP67 (polvo/agua), IK10 (antivandálico) NEMA 4X.

Rango de operación: –40 °C a +60 °C.

Resistencia a viento: hasta 50 m/s.

Humedad: 10–100% RH, incluso condensante.

Material: policarbonato + aluminio.

Alimentación DC: 10–28 VDC.

Consumo: Típico 5.2W - Max 12.95W

IR 850 nm integrado. Alcance mínimo: 40 m.

Compatible con tarjetas microSD/microSDHC/microSDXC.

Encriptación SD AES-XTS 256 bit.

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

Presupuesto disponible para este ítem: $ 6.500.000

Ítem VI

Cantidad

Descripción

Características

02

30

Panel Solar

Potencia máxima

200 W

Voltaje nominal (Vmp)

18 VCC

Corriente (Imp)

11

Tensión en circuito abierto (Voc)

23.95VCC

Corriente en cortocircuito (Isc)

11.07A

Tensión máxima

1000VCC (IEC) / 1000VCC (UL)

Capacidad max. del fusible

15A

Resistencia al viento (Pa)

2400

Resistencia de carga vertical (Pa)

5400

Especificaciones físicas

Material del marco

Aluminio anodizado

Cables

4mm² (IEC) / 12AWG (UL) ; L = 900mm ; MC4

Dimensiones (mm)

1560 x 700 x 35 aprox.

Peso neto (kg) max

12

Especificaciones de temperatura

Condiciones de temperatura nominal

-40ºC a +85ºC

Temperatura (NOCT)

45ºC +/- 2ºC

Garantía de performance

90% de la potencia

10 años

80% de la potencia

25 años

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

03

4

Regulador de carga MPPT

150/35

Tensión de la batería (Selección automática)12 / 24 / 36 / 48VCC

Corriente de carga nominal      35A

Potencia FV nominal, 12VCC    500W

Potencia FV nominal, 24VCC    1000W

Potencia FV nominal, 36VCC    1500W

Potencia FV nominal, 48VCC    2000W

Tensión máxima del circuito abierto FV      

150 V máximo absoluto en las condiciones más frías

145 V en arranque y funcionando al máximo

Máxima corriente de corto circuito FV         40A

Eficiencia máxima   98%

Autoconsumo          12VCC: 20mA | 24VCC: 15mA | 48VCC: 10mA

Tensión de carga – modo absorción 14.4VCC | 28.8VCC | 43.2VCC | 57.6VCC (ajustable)

Tensión de carga – modo flote 13.8VCC | 27.6VCC | 41.4VCC | 55.2VCC (ajustable)

Algoritmo de carga variable multietapas

Compensación de temperatura -16mV / °C | -32mV / °C | -64mV / °C

Protecciones Polaridad inversa FV, Cortocircuito de salida, Sobretemperatura

Rango de temp. de trabajo -30 ~ 60 °C (potencia nominal completa hasta los 40°C)

Humedad (sin condensación)  máx 95%

Terminales de conexión 16 mm² / AWG6

Material y color de carcasa acero (azul RAL 5012)

Normativas / seguridad    EN/IEC 62109-1, UL 1741, CSA C22.2

Protección para intemperie IP43 (componentes electrónicos), IP22 (área de conexión)

Peso neto (kg)                 1.25

Dimensiones (mm)           130 x 186 x 70

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

4

Regulador de carga MPPT

100/20

Tensión de la batería (Selección automática)                                       12 / 24 / 48VCC

Corriente de carga nominal      20A

Potencia FV nominal, 12VCC    290W

Potencia FV nominal, 24VCC    580W

Potencia FV nominal, 48VCC    1160W

Tensión máxima del circuito abierto FV    100VCC

Máxima corriente de corto circuito FV      20A

Eficiencia máxima          98%

Autoconsumo (con carga) 12VCC: 26mA | 24VCC: 20mA | 48VCC: 19mA

Autoconsumo (sin carga) 12VCC: 10mA | 24VCC: 8mA | 48VCC: 7mA

Tensión de carga – modo absorción  14.4VCC | 28.8VCC | 57.6VCC (ajustable)

Tensión de carga – modo flote 13.8VCC | 27.6VCC | 55.2VCC (ajustable)

Algoritmo de carga         variable multietapas

Compensación de temperatura -16mV / °C | -32mV / °C | -64mV / °C

Protecciones Cortocircuito de salida/Sobre temperatura

Rango de temp. de trabajo       -30 ~ 60 °C (potencia nominal completa hasta los 40°C)

Humedad (sin condensación)  máx 95%

Terminales de conexión 16 mm² / AWG6

Material y color de carcasa       acero (azul RAL 5012)

Normativas / seguridad EN/IEC 62109-1, UL 1741, CSA C22.2

Protección para intemperie      IP43 (componentes electrónicos), IP22 (área de conexión)

Peso neto (kg)                0.65

Dimensiones (mm)         100 x 131 x 6

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

01

Cargador Inversor con controlador MPPT

Voltronic InfiniSolar V 1K-12 o similar

Onda senoidal pura

Potencia nominal de salida      1000W

Potencia máxima de panel       1000W

Voltaje de entrada máximo      145VCC

Voltaje de entrada MPPT 15 ~ 115VCC

Conexiones MPPT           1

Modo On-grid

Voltaje de salida             220VCA

Rango de voltaje            184 ~ 265VCA

Corriente de salida         4.3 A

Modo Off grid

Rango de voltaje            170 ~ 280VCA

Frecuencia                      50 / 60Hz (Auto-detectable)

Corriente máxima CA      30A

Salida modo batería (CA)

Voltaje de salida             220VCA

Batería y cargador

Voltaje nominal CC         12VCC

Corriente de carga máx. solar  80A

Corriente de carga máx. CA      60A

Corriente máx. de carga 140A

Protección contra Cortocircuito, Sobrecarga, Alta tensión de entrada, Baja tensión de entrada, Sobre temperatura

Temperatura de operación       0-50 °C

Humedad relativa           0 ~ 90% (sin condensación)

Debe incluir tarjeta de monitoreo SNMP PRO, compatible con el con el cargador invenrsor.

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO SERÁ RECHAZADA LA OFERTA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

                   

Presupuesto disponible para este ítem: $ 4.500.000

Ítem VII

Cantidad

Descripción

Características

1

55

Batería 100AH

Batería que cumpla con las siguientes especificaciones.

Baterías recargables selladas del tipo plomo-ácido con tecnología AGM (Absorbent Glass Mat) o GEL, de 12 V de salida con un mínimo de 6 celdas, 100 Ah de capacidad, con un peso no superior a 30 Kg., rango de temperatura de operación entre -25°C a +50°C o superior durante la descarga y -20°C a +50°C o superior durante la carga, cubierta robusta tipo plástico ABS, resistente a impactos. Debe poseer bornes de trabajo pesado cuya sujeción del tipo tuerca/perno o tipo perno M8 con tuerca empotrada o similar.  Sus dimensiones no deben sobrepasar los 335 mm de largo, 175 mm de ancho y 228mm de alto incluidos bornes de sujeción.

DEBE ADJUNTAR HOJA TECNICA DEL FABRICANTE DE LO CONTRARIO LA OFERTA SERÁ RECHAZADA. La oferta debe incluir el costo del envió a las dependencias del Sernageomin, Temuco, ubicada en la dirección Rudecindo Ortega 03786.

Presupuesto disponible para este ítem: $ 11.500.000

Artículo 34: DESPACHO, FORMA Y LUGAR DE ENTREGA DEL PRODUCTO O DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

La entrega del equipo deberá hacerse en la Unidad de OVDAS-RNVV de SERNAGEOMIN, ubicada en RUDECINDO ORTEGA 03786, comuna de TEMUCO, Región DE LA ARAUCANIA. Por consiguiente, los oferentes deberán considerar en las ofertas que presenten, los costos asociados al despacho de los bienes objeto de la presente licitación al lugar de entrega antes señalado, de tal manera que, toda oferta que se presente será considerada como una oferta que incluye los costos de despacho.

En consecuencia, aquellas ofertas que indiquen expresamente que no incluyen los costos asociados al despacho de los productos serán declaradas inadmisibles.”

ARTÍCULO 35°: PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS Y/O SERVICIOS

-ITEM I y II El plazo de entrega de los productos o servicios no debe ser superior a 120 días corridos, desde la aceptación de la orden de compras.

-ITEM III, IV, V, VI, VII El plazo de entrega de los productos o servicios no debe ser superior a 45 días corridos, desde la aceptación de la orden de compra.

ARTÍCULO 36: OFERTA TÉCNICA.

La oferta que presenten los oferentes deberá ajustarse íntegramente a los requerimientos señalados en las presentes bases técnicas, en caso contrario no serán evaluadas.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.