| Resolución de Empates |
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En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Oferta Económica.
En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio de idoneidad del adjudicatario.
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| Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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| Plazos de entrega |
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El adjudicatario se compromete a hacer, al menos, dos entregas de avance de la investigación a la Fundación Chilena del Pacífico antes del draft final, para seguimiento y eventual edición de la Fundación, si eso es el caso. La primera, el 30 de septiembre y la segunda, el 30 de octubre. Una vez entregado el último draft, el adjudicatario se compromete también a recibir eventuales comentarios y ediciones de la Fundación, si es el caso, hasta que el resultado final cumpla, al entender de la entidad adjudicataria- con los objetivos de la investigación.
Adicionalmente, el investigador preparará una presentación de la investigación para el lanzamiento público del estudio. Este último evento tendrá lugar durante el mes de diciembre del 2025, en un formato digital o presencial.
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| Término anticipado |
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El Contrato podrá terminarse por parte de la Fundación Chilena del Pacífico sin derecho a indemnización alguna para el/la Adjudicatario/a, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Plagio o cualquier otra práctica reñida con la ética intelectual y profesional
c) Por no avance de los trabajos de acuerdo al itinerario propuesto, que se ajusta a los requerimientos de cumplimiento de plazos establecidos en el plan de trabajo anual de la Fundación, acordado con la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales.
d) Incapacidad del investigador para continuar con la investigación
e) Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el proveedor adjudicado, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Fundación Chilena del Pacífico, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo proveedor y la Fundación Chilena del Pacífico.
b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del Contrato.
f) Retraso en la entrega de los avances establecidos en la cláusula “Plazos de entrega y revisión”
De concretarse el término anticipado por cualquiera de las causales anteriores, el adjudicatario deberá hacer entrega a la Fundación del material de trabajo, hasta el nivel de avance en que se encuentre, sin posibilidad de uso para otros fines por parte de éste.
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| Confidencialidad |
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El personal del/la Adjudicatario/a que realice las tareas objeto de esta base estará obligado a guardar estricta reserva o confidencialidad sobre los datos personales a los que tengan acceso en virtud de la misma, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con un banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo, según lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley 19.628.
El/la Adjudicatario/a quedará obligado a guardar absoluta reserva y confidencialidad acerca de la información de la Fundación Chilena del Pacífico a que pueda tener acceso en razón de la ejecución del contrato. Esta obligación recaerá, además, en las personas que le presten servicios, permanentes o no y a cualquier título, asumiendo el/la adjudicatario/a la responsabilidad por el cumplimiento de dicha obligación.
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| Derechos de copias y otros derechos |
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Todos los derechos de copia e industriales de los servicios desarrollados de acuerdo con el contrato pertenecen a la Fundación Chilena del Pacífico. El Adjudicatario no hará
ningún uso del material protegido por derechos de autor, marca registrada o pendiente de registro, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual, sin contar con la autorización expresa y por escrito de la Fundación Chilena del Pacífico.
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| Propiedad Intelectual y Derechos de uso |
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El investigador declara que la Fundación Chilena del Pacífico es propietario y titular de la totalidad de los derechos de explotación del estudio.
El investigador concede una licencia de explotación de los Derechos de Propiedad Intelectual existentes sobre los contenidos suministrados para su explotación en cualquier medio y soporte. Se entenderá por explotación el uso a efectos informativos de los contenidos producidos en virtud de este contrato.
El investigador reconoce expresamente los derechos de propiedad intelectual de la Fundación Chilena del Pacífico sobre la totalidad de los contenidos de la investigación.
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