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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
1002588-74-L125
Adjudicación Informada en portal el
26/8/2025 10:36
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En
Coquimbo,
25-08-2025
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Nro de
Resolución
744
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Vistos
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Lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política
de la República; DFL N°1 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado, y sus posteriores modificaciones; Ley N°21.040 de 24 de noviembre de 2017
del Ministerio de Educación, que crea el Sistema de Educación Pública, y sus posteriores modificaciones;
Ley N°19.880 de 2003 del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, y sus
posteriores modificaciones; DFL Nº29 de 2005 del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo, y sus posteriores
modificaciones; Ley N°19.886 de 2003 del Ministerio de Hacienda, de Bases sobre Contratos Administrativos
de Suministro y Prestación de Servicios, y sus posteriores modificaciones; Decreto de Hacienda N°661 de
2024 del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus posteriores modificaciones; Ley N°21.722
de fecha 13 de diciembre de 2024 del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Presupuesto del Sector Público
para el año 2025, y sus posteriores modificaciones; Resolución N°36 de 2024 que fija normas sobre
exención del trámite de toma de razón, que determina montos a partir de los cuales ciertos actos quedarán
sujetos al control preventivo, de la Contraloría General de la República; Decreto Supremo N°99 de fecha
27 de junio de 2025 del Ministerio de Educación, que Regulariza Designación de la Directora Ejecutiva
Suplente del Servicio Local de Educación Pública Puerto Cordillera, de conformidad al Artículo 24 Bis de la
Ley N°21.040; y cualquier otra normativa que resulte pertinente.
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Considerando
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Que, el Servicio Local de Educación Pública, Puerto Cordillera, es un Servicio Público funcional y
territorialmente descentralizado que le corresponderá, entre otras, la función de administrar los
recursos humanos, financieros y materiales del servicio con lo cual podrá adquirir toda clase de bienes
muebles e inmuebles, y servicios que sean necesarios para el adecuado funcionamiento, así como
para el cumplimiento de sus fines;
2. Que, la letra a) del artículo 22º de la Ley Nº21.040 que crea el Sistema de Educación Pública,
prescribe que, dentro de las funciones y atribuciones del director ejecutivo, es dirigir, organizar,
administrar, y gestionar el Servicio Local, velando por la mejora continua de la calidad de la educación
pública en el territorio de su competencia;Que, la jurisprudencia administrativa de la CGR, entre otros, en los dictámenes N°12.001 de 2015 y
N°12.310 de 2019, ha determinado que las Instituciones Públicas deberán dar cumplimiento a lo
señalado en el inciso cuarto del artículo 58° del Decreto N°661 de 2024, de la Ley de Compras
Públicas, según el cual el acto de adjudicación debe especificar los criterios de evaluación que, estando
previamente definidos en las bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta
más conveniente;
4. Que, mediante Resolución Exenta N°0657 de fecha 04 de agosto de 2025, se dispuso el llamado a
Licitación Pública para la “SERVICIO DE TRASLADO PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DEL AÑO
2025, PARA LOS ALUMNOS DE LA ESCUELA SAN RAFAEL, DEL SERVICIO LOCAL DE
EDUCACIÓN PÚBLICA PUERTO CORDILLERA”, y se aprobaron las bases administrativas, técnicas
y anexos, según consta en ID 1002588-74-L125 del Portal Mercado Público;
5. Que, en el aludido proceso licitatorio, presentó ofertas el siguiente proveedor:
N°
RAZÓN SOCIAL
R.U.T. OBSERVACIÓN
1 Matías Juan Patricio Aguilera Muñoz 18.011.902-7 Sin observaciones.
6. Que, la presente Licitación Pública se evaluó conforme los criterios establecidos en el acápite “V.
EVALUACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN” de las bases de licitación aprobadas por la citada
Resolución Exenta N°0657 de fecha 04 de agosto de 2025, que se entiende parte integrante del
presente acto administrativo;
7. En consecuencia, teniendo presente lo expresado de manera detallada en el acta de evaluación de
las ofertas de fecha 20 de agosto de 2025 de la Licitación Pública ID 1002588-74-L125, es que se
concluye recomendar la adjudicación de la oferta presentada por el proveedor Matías Juan Patricio
Aguilera Muñoz, Rut: 18.011.902-7, por cumplir con el puntaje para su adjudicación;
8. Que, al respecto cabe destacar que acorde con lo previsto en el artículo 3° de la Ley N°19.880, las
decisiones escritas que adopte la Administración se expresarán por medio de actos administrativos,
los cuales son decisiones formales que emiten los órganos de ésta y que contienen declaraciones de
voluntad, realizadas en el ejercicio de una potestad pública, los que toman la forma de decretos
supremos o resoluciones, por lo que la decisión del referido organismo debe materializarse en el
respectivo acto administrativo y notificarse de acuerdo a las normas que regula la materia.
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Resuelvo
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ADJUDÍQUESE, la presente licitación al proveedor Matías Juan Patricio Aguilera Muñoz, Rut:
18.011.902-7, por un valor total de $6.460.000.- (Seis millones cuatrocientos sesenta mil
pesos), exento de IVA.
2. IMPÚTESE, el gasto que irrogue la contratación que por esta Resolución se aprueba al subtítulo 22,
ítem 08 asignación 007 del Programa 02, según presupuesto disponible para el año 2025, del Servicio Local de Educación Pública Puerto Cordillera, correspondiente al Certificado de Disponibilidad
Presupuestaria Nº0568 de fecha 10 de junio de 2025 de la Unidad de Administración y Finanzas de
este Servicio Local;
3. EMÍTASE, la correspondiente Orden de Compra en el Sistema de información de Compras y
Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl, a fin de formalizar la contratación conforme con lo
dispuesto en el artículo 117° del Decreto N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda; y
4. PUBLÍQUESE, la presente resolución en el sistema de Información de Compras y Contratación
Pública, para los efectos previstos en la Ley Nº19.886 y su reglamento.
ANÓTESE, REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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SERVICIO LOCAL DE EDUCACION DE PUERTO CORDILLERA
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Unidad de Compra
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SERVICIO LOCAL DE EDUCACION DE PUERTO CORDILLERA
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R.U.T.
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61.999.320-9
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Dirección
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Talca N°1099; Tierras Blancas
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Comuna
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Coquimbo
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región de Coquimbo
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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XIMENA SOLEDAD AGUERO RIVERA
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Cargo
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PROFESIONAL
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Teléfono
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56-51-2710139
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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1002588-74-L125
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Nombre de Adquisición
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SERVICIO DE TRASLADO PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Menor a 100 UTM (L1)
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Descripción
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SERVICIO DE TRASLADO PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DEL AÑO 2025, PARA LOS ALUMNOS DE LA ESCUELA SAN RAFAEL, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA PUERTO CORDILLERA.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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5/8/2025 9:30
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Fecha de Cierre
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13/8/2025 16:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 6.460.000
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 6.460.000
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Comisión Evaluadora
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| 16684297-2 | Elizabeth Millacura Soto | JEFA UTP ESC. SAN RAFAEL |
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Resultado de la Adjudicación
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