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1. Que, el Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue, en adelante también como el “Servicio Local” y/o el “SLEP”, es un Servicio Público funcional y territorialmente descentralizado que le corresponde, entre otras, la función de administrar los recursos humanos, financieros y materiales del servicio con lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, y servicios que sean necesarios para el adecuado funcionamiento, así como para el cumplimiento de sus fines esto es, administrar los establecimientos de educación pública de las comunas de Fresia, Frutillar, Llanquihue, Puerto Varas y Los Muermos.
2. Que, la letra b) del artículo 18° de la Ley 21.040 que crea el Sistema de Educación Pública, prescribe que dentro de las funciones y atribuciones de los Servicios Locales se encuentra la de “Administrar los recursos humanos, financieros y materiales del servicio y los establecimientos educacionales de su dependencia, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles para el cumplimiento de sus fines”.
3. Que, a su vez, la letra a) del artículo 22º de la Ley Nº21.040 que crea el Sistema de Educación Pública, prescribe que, dentro de las funciones y atribuciones del/la directora(a) Ejecutivo(a), es dirigir, organizar, administrar, y gestionar el Servicio Local, velando por la mejora continua de la calidad de la educación pública en el territorio de su competencia.
4. Que, con la finalidad de incluir a aquellos estudiantes que presentan necesidades educativas especiales, es necesario contar con una valoración de su estado de salud, realizada por médicos especialistas según la necesidad educativa que presente cada alumno, por lo que es imperiosa la contratación de profesionales médicos en los términos que se detallarán más adelante, de conformidad a lo señalado en el Decreto Nº170 del Ministerio de Educación del año 2009.
5. Que, en consecuencia, existen diversos requerimientos que se generan desde los establecimientos educacionales dependientes del SLEP, y que originan la necesidad de contratar un servicio de evaluación médica general de salud y de especialidades: pediatría, medicina familiar y neurología o psiquiatra infanto juvenil, para el Programa de Integración Escolar y Escuelas Especiales (PIE), que se desarrollarán en los establecimientos educacionales del Servicio Local de Educación Llanquihue, conforme a solicitud de requerimiento efectuada por la Subdirección de Apoyo Técnico Pedagógico del Servicio Local de Educación Pública Llanquihue, mediante la solicitud N°SOL-2026-00195 y N°SOL-2026-196 de fecha 23 de enero de 2026.
6. Que, por lo anterior el Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue realizó el llamado a licitación pública denominado “EVALUACIÓN MÉDICA GENERAL DE SALUD Y DE ESPECIALIDADES: PEDIATRÍA, MEDICINA FAMILIAR Y NEUROLOGÍA INFANTO JUVENIL, PARA ESTUDIANTES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PÚBLICA LLANQUIHUE”, según lo establecido en las bases de licitación aprobadas por Resolución Exenta N°2026/AG/035 del Servicio Local de Educación, de fecha 20 de febrero de 2026, en adelante también como las “Bases de Licitación”, las que fueron publicadas en el sistema de Mercado Público bajo el ID N°1126922-8-LE26.
7. Que, el artículo 10 de la Ley N°19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Servicio, establece que: “El contrato se adjudicará mediante resolución fundada de la autoridad competente, comunicada al proponente. El adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecido en las bases respectivas y los criterios de evaluación que señale el reglamento. Los procedimientos de licitación se realizarán con estricta sujeción, de los participantes y de la entidad licitante, a las bases administrativas y técnicas que la regulen. Las bases serán siempre aprobadas previamente por la autoridad competente”.
8. Que, en virtud de la Resolución Exenta N°2026-AG-082 con fecha 24 de marzo de 2026, se designó a la Comisión Evaluadora, queda está conformada por los siguientes funcionarios:
• Viviana Alvarado Sepulveda, funcionario de la Unidad de Personas.
• Viviana Artaza Aravena, funcionario de Unidad de Apoyo Técnico Pedagógica.
• Ximena Ojeda Alvarado, funcionario de Unidad de Apoyo Técnico Pedagógica.
9. Que, los integrantes de la Comisión Evaluadora procedieron a efectuar el análisis de admisibilidad de las ofertas recepcionadas, según lo señalado en el punto 3.2 de las Bases de Licitación, la cual consta en informe de evaluación de fecha 08 de abril 2026, a fin de realizar el examen de los antecedentes administrativos técnicos y económicos, en adelante también como el “Informe de Evaluación”.
10. Que, según consta en el Informe de Evaluación de fecha 08 de abril de 2026, en el Proceso Licitatorio ID N°1126922-8-LE26, se presentaron los siguientes oferentes:
Línea Oferente RUT Estado de Habilidad
1 CAMPODONICO SERVICIOS MEDICOS SPA 77.980.298-1 Hábil
CARDIOHOME SPA 77.028.328-0 Hábil
CENTRO MEDICO DEL VALLE SPA 77.731.177-8 Hábil
SERVICIOS MÉDICOS DRA. IVANNA LOYOLA SPA 77.921.688-8 Hábil
MEDICAL RX GROUP SPA 77.649.188-8 Hábil
SOCIEDAD DE PROFESIONALES LEON SAHELI LIMITADA 77.726.472-9 Hábil
VITAL SALUD SPA 77.034.049-7 Hábil
2 CAMPODONICO SERVICIOS MEDICOS SPA 77.980.298-1 Hábil
CARDIOHOME SPA 77.028.328-0 Hábil
MEDICAL RX GROUP SPA 77.649.188-8 Hábil
MEDICOS DE FAMILIA SOCIEDAD ANONIMA 77.898.330-3 Hábil
3 CAMPODONICO SERVICIOS MEDICOS SPA 77.980.298-1 Hábil
VITAL SALUD SPA 77.034.049-7 Hábil
11. Que, según consta en el Informe de Evaluación, al revisar la admisibilidad de las ofertas recibidas a la licitación pública ID N°1126922-8-LE26 se concluyó en lo siguiente:
a) El oferente CAMPODONICO SERVICIOS MEDICOS SPA Rol Único Tributario N°77.980.298-1. Postula a la Línea 1 “Pediatría”, según lo indicado en el punto 3.3. Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación inmediata: sin derecho a participar en las etapas siguientes de la letra c) Incumplimiento de lo solicitado en las Bases Técnicas. Dado que indica 2 profesionales y en las bases técnicas dice que como mínimo, el oferente debe disponer de un equipo de tres (3) profesionales médicos con especialidad en Pediatría, debidamente acreditados. Por lo que, su oferta es declarada inadmisible.
b) El oferente CENTRO MEDICO DEL VALLE SPA Rol Único Tributario N°77.731.177-8. Postula a la Línea 1 “Pediatría”, según lo indicado en el punto 3.3. Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación inmediata: sin derecho a participar en las etapas siguientes de la letra c) Incumplimiento de lo solicitado en las Bases Técnicas. Dado que indica 2 profesionales y en las bases técnicas dice que como mínimo, el oferente debe disponer de un equipo de tres (3) profesionales médicos con especialidad en Pediatría, debidamente acreditados. Por lo que, su oferta es declarada inadmisible.
c) El oferente VITAL SALUD SPA Rol Único Tributario N°77.034.049-7. Postula a la Línea 1 “Pediatría”, según lo indicado en el punto 3.3. Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación pendiente: será resuelta por la comisión técnica revisora: letra b) Que no sean concordantes los valores de la oferta indicados en la ficha del portal www.mercadopublico.cl y el Anexo N°5 de oferta económica. Por lo que, su oferta es declarada inadmisible.
d) El oferente CAMPODONICO SERVICIOS MEDICOS SPA Rol Único Tributario N°77.980.298-1. Postula a la Línea 2 “Medicina Familiar”, según lo indicado en el punto 3.3. Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación inmediata: sin derecho a participar en las etapas siguientes de la letra c) Incumplimiento de lo solicitado en las Bases Técnicas. Dado que indica 2 profesionales y en las bases técnicas dice que como mínimo, el oferente debe disponer de un equipo de tres (3) profesionales médicos con especialidad en Pediatría, debidamente acreditados. Por lo que, su oferta es declarada inadmisible.
e) El oferente CAMPODONICO SERVICIOS MEDICOS SPA Rol Único Tributario N°77.980.298-1. Postula a la Línea 3 “Neurología”, según lo indicado en el punto 3.3. Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación inmediata: sin derecho a participar en las etapas siguientes de la letra c) Incumplimiento de lo solicitado en las Bases Técnicas. Dado que indica 2 profesionales y en las bases técnicas dice que como mínimo, el oferente debe disponer de un equipo de tres (3) profesionales médicos con especialidad en Pediatría, debidamente acreditados. Por lo que, su oferta es declarada inadmisible.
f) El oferente VITAL SALUD SPA Rol Único Tributario N°77.034.049-7. Postula a la Línea 3 “Neurología”, según lo indicado en el punto 3.3. Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación inmediata: sin derecho a participar en las etapas siguientes de la letra c) Incumplimiento de lo solicitado en las Bases Técnicas. Dado que indica 2 profesionales y en las bases técnicas dice que como mínimo, el oferente debe disponer de un equipo de tres (3) profesionales médicos con especialidad en Pediatría, debidamente acreditados. Además, según lo indicado en el punto 3.3. Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación pendiente: será resuelta por la comisión técnica revisora: letra b) Que no sean concordantes los valores de la oferta indicados en la ficha del portal www.mercadopublico.cl y el Anexo N°5 de oferta económica Por lo que, su oferta es declarada inadmisible.
g) El oferente CARDIOHOME SPA Rol Único Tributario N°77.028.328-0. Postula a la Línea 1 “Pediatría” y adjunta toda la documentación requerida. Por lo que, su oferta queda admisible para ser evaluada.
h) El oferente SERVICIOS MÉDICOS DRA. IVANNA LOYOLA SPA Rol Único Tributario N°77.921.688-8. Postula a la Línea 1 “Pediatría” y adjunta toda la documentación requerida. Por lo que, su oferta queda admisible para ser evaluada.
i) El oferente MEDICAL RX GROUP SPA Rol Único Tributario N°77.649.188-8. Postula a la Línea 1 “Pediatría” y adjunta toda la documentación requerida. Por lo que, su oferta queda admisible para ser evaluada.
j) El oferente SOCIEDAD DE PROFESIONALES LEON SAHELI LIMITADA Rol Único Tributario N°77.726.472-9. Postula a la Línea 1 “Pediatría” y adjunta toda la documentación requerida. Por lo que, su oferta queda admisible para ser evaluada.
k) El oferente CARDIOHOME SPA Rol Único Tributario N°77.028.328-0. Postula a la Línea 2 “Medicina Familiar” y adjunta toda la documentación requerida. Por lo que, su oferta queda admisible para ser evaluada.
l) El oferente MEDICAL RX GROUP SPA Rol Único Tributario N°77.649.188-8. Postula a la Línea 2 “Medicina Familiar” y adjunta toda la documentación requerida. Por lo que, su oferta queda admisible para ser evaluada.
m) El oferente MEDICOS DE FAMILIA SOCIEDAD ANONIMA Rol Único Tributario N°77.898.330-3. Postula a la Línea 2 “Medicina Familiar” y adjunta toda la documentación requerida. Por lo que, su oferta queda admisible para ser evaluada.
12. Que, la comisión evaluadora procedió a efectuar la evaluación de la oferta admisible presentada por el siguiente oferente:
Línea Oferente RUT
1 CARDIOHOME SPA 77.028.328-0
SERVICIOS MÉDICOS DRA. IVANNA LOYOLA SPA 77.921.688-8
MEDICAL RX GROUP SPA 77.649.188-8
SOCIEDAD DE PROFESIONALES LEON SAHELI LIMITADA 77.726.472-9
2 CARDIOHOME SPA 77.028.328-0
MEDICAL RX GROUP SPA 77.649.188-8
MEDICOS DE FAMILIA SOCIEDAD ANONIMA 77.898.330-3
13. Que, de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación especificados y aprobados en la sección 4.3. de las Bases de Licitación, los cuales son los siguientes:
Criterio
Porcentaje
a) Oferta Económica 50%
b) Experiencia 30%
c) Condiciones Regionales 10%
d) Programa de Integridad 5%
e) Cumplimiento Requisitos Formales 5%
14. Que, según consta en Informe de Evaluación de fecha 08 de abril 2026 emitido por la comisión de evaluación, se recomendó adjudicar la licitación pública ID Nº1126922-8-LE26, denominada “EVALUACIÓN MÉDICA GENERAL DE SALUD Y DE ESPECIALIDADES: PEDIATRÍA, MEDICINA FAMILIAR Y NEUROLOGÍA INFANTO JUVENIL, PARA ESTUDIANTES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PÚBLICA LLANQUIHUE” A los oferentes cuyas ofertas son las más ventajosas y convenientes a los intereses del Servicio Local de acuerdo con los criterios de evaluación, según se indica en la siguiente tabla:
Línea Proveedor 50% 30% 10% 5% 5%
Total
Oferta Económica Experiencia Condiciones Regionales Programa de Integridad Cumplimiento de requisitos formales
1 CARDIOHOME SPA 40,22 30 0 5 5 80,22
SERVICIOS MÉDICOS DRA. IVANNA LOYOLA SPA 49,20 12 0 0 5 66,2
MEDICAL RX GROUP SPA 42,33 30 5 0 5 82,33
SOCIEDAD DE PROFESIONALES LEON SAHELI LIMITADA 50 18 0 5 5 78
2 CARDIOHOME SPA 41,30 30 0 5 5 81,30
MEDICAL RX GROUP SPA 42,22 30 5 0 5 82,22
MEDICOS DE FAMILIA SOCIEDAD ANONIMA 50 30 0 5 5 90
15. Que, según lo establecido en el punto 5 del presupuesto, se consideró el siguiente presupuesto disponible:
Línea Servicio Presupuesto Disponible
1 Servicios de medicina: "Pediatría" $15.870.000.
2 Servicios de medicina: "Medicina Familiar" $16.537.000.
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1. DECLÁRESE INADMISIBLE las ofertas presentadas a la licitación pública ID N°1126922-8-LE26 para la “EVALUACIÓN MÉDICA GENERAL DE SALUD Y DE ESPECIALIDADES: PEDIATRÍA, MEDICINA FAMILIAR Y NEUROLOGÍA INFANTO JUVENIL, PARA ESTUDIANTES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PÚBLICA LLANQUIHUE” a los oferentes:
• El oferente CAMPODONICO SERVICIOS MEDICOS SPA Rol Único Tributario N°77.980.298-1, postula a la Línea 1 “Pediatría”.
• El oferente CENTRO MEDICO DEL VALLE SPA Rol Único Tributario N°77.731.177-8, postula a la Línea 1 “Pediatría”.
• El oferente VITAL SALUD SPA Rol Único Tributario N°77.034.049-7, postula a la Línea 1 “Pediatría”.
• El oferente CAMPODONICO SERVICIOS MEDICOS SPA Rol Único Tributario N°77.980.298-1, postula a la Línea 2 “Medicina Familiar”.
• El oferente CAMPODONICO SERVICIOS MEDICOS SPA Rol Único Tributario N°77.980.298-1, postula a la Línea 3 “Neurología”.
• El oferente VITAL SALUD SPA Rol Único Tributario N°77.034.049-7, postula a la Línea 3 “Neurología”.
2. DECLÁRESE DESIERTA la Línea 3 “Neurología”, dado que no se presentaron ofertas declaradas admisibles de la licitación pública “EVALUACIÓN MÉDICA GENERAL DE SALUD Y DE ESPECIALIDADES: PEDIATRÍA, MEDICINA FAMILIAR Y NEUROLOGÍA INFANTO JUVENIL, PARA ESTUDIANTES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PÚBLICA LLANQUIHUE”.
3. DECLÁRESE ADMISIBLE las ofertas presentadas a la licitación pública ID N°1126922-8-LE26, Propuesta Pública N°05/2026 denominada “EVALUACIÓN MÉDICA GENERAL DE SALUD Y DE ESPECIALIDADES: PEDIATRÍA, MEDICINA FAMILIAR Y NEUROLOGÍA INFANTO JUVENIL, PARA ESTUDIANTES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PÚBLICA LLANQUIHUE”, a los siguientes oferentes:
• El oferente CARDIOHOME SPA Rol Único Tributario N°77.028.328-0, postula a la Línea 1 “Pediatría”.
• El oferente SERVICIOS MÉDICOS DRA. IVANNA LOYOLA SPA Rol Único Tributario N°77.921.688-8, postula a la Línea 1 “Pediatría”.
• l oferente MEDICAL RX GROUP SPA Rol Único Tributario N°77.649.188-8, postula a la Línea 1 “Pediatría”.
• El oferente SOCIEDAD DE PROFESIONALES LEON SAHELI LIMITADA Rol Único Tributario N°77.726.472-9, postula a la Línea 1 “Pediatría”.
• El oferente CARDIOHOME SPA Rol Único Tributario N°77.028.328-0, postula a la Línea 2 “Medicina Familiar”.
• El oferente MEDICAL RX GROUP SPA Rol Único Tributario N°77.649.188-8, postula a la Línea 2 “Medicina Familiar”.
• El oferente MEDICOS DE FAMILIA SOCIEDAD ANONIMA Rol Único Tributario N°77.898.330-3, postula a la Línea 2 “Medicina Familiar”.
4. ADJUDÍQUESE la licitación pública ID N°1126922-8-LE26 denominada “EVALUACIÓN MÉDICA GENERAL DE SALUD Y DE ESPECIALIDADES: PEDIATRÍA, MEDICINA FAMILIAR Y NEUROLOGÍA INFANTO JUVENIL, PARA ESTUDIANTES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACION PÚBLICA LLANQUIHUE”, a los siguientes proveedores:
• Línea 1 “Pediatría” al oferente MEDICAL RX GROUP SPA Rol Único Tributario N°77.649.188-8. Al obtener la mejor puntuación en su proceso de evaluación con un 82,33%. Representado legalmente por el Sr. Paulo Catalán López Rol Único Tributario N°15.349.156-9 con domicilio Lyon 3171, ciudad de Osorno, región de los Lagos, con un presupuesto disponible de $15,076,500 pesos y plazo de ejecución de 10 días hábiles.
• Línea 2 “Medicina Familiar” al oferente MEDICOS DE FAMILIA SOCIEDAD ANONIMA Rol Único Tributario N°77.898.330-3. Al obtener la mejor puntuación en su proceso de evaluación con un 90%. Representado legalmente por Libia María Barahona Zamora Rol Único Tributario N°17619877-K con domicilio en Avenida Curauma Sur 2145, depto 223, Curauma, Valparaíso con un presupuesto disponible de $13,661,000 pesos y plazo de ejecución de 3 días hábiles.
5. REQUIÉRASE la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Obligaciones Laborales por un valor equivalente al 5% del valor total del monto contratado, en los términos y condiciones señalados en el punto 12.7. de las Bases de Licitación.
6. SUSCRÍBASE el contrato respectivo con el oferente adjudicado, para todos los efectos legales se entenderá como plazo de vigencia del contrato desde la Resolución Exenta que apruebe el Contrato hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta que se ejecute el presupuesto disponible o lo que ocurra primero.
7. EMÍTASE las respectivas órdenes de Compras con los oferentes adjudicados, de conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación y de acuerdo con la oferta presentada por los proveedores.
8. IMPÚTESE, el gasto de la presente propuesta al Ítem Presupuestario; 09 29 02 22 11 999 del presupuesto del Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue año 2026.
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