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Lo señalado en el DFL N°1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, “Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”.
b) Lo dispuesto en la Ley N°19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
c) Las facultades que confiere la Ley N°16.752, que “Fija Organización y Funciones y Establece Disposiciones Generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil”.
d) Lo dispuesto en la Ley Nº18.712, que “Aprueba Nuevo Estatuto de los Servicios de Bienestar Social de las Fuerzas Armadas”.
e) Las disposiciones contenidas en la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo (Hacienda) N°250, del año 2004.
f) La Ley N°21.634, que “Moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado”, del año 2023.
g) Las Resoluciones N°7, de fecha 26 de marzo de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y N°14, de fecha 29 de diciembre de 2022 que determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, ambas de la Contraloría General de la República.
h) La Resolución Exenta RA N°101/56/2024 de fecha 15 de enero de 2024, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que nombra a Doña Elisa Maturana Urzúa como Encargada Subrogante del Departamento Bienestar Social.
i) La Resolución Exenta N°12/3/9/0510, de fecha 29 de diciembre de 2023, que dispuso llamado a propuesta pública para la adquisición de equipamiento gastronómico y termo eléctrico para los casinos de la Región Metropolitana administrados por el Departamento Bienestar Social de la D.G.A.C., aprobó Bases de Licitación y nombró Comisión de Evaluación.
j) El Informe de Evaluación y Sugerencia de Adjudicación, de fecha 18 de enero de 2024, elaborado por la Comisión designada para dichos fines.
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Que, existe la necesidad de adquirir equipamiento gastronómico y termo eléctrico para los casinos de la Región Metropolitana administrados por el Departamento Bienestar Social de la D.G.A.C., según lo dispuesto mediante el documento señalado en el literal i) de los Vistos del presente instrumento.
b) La licitación publicada por la Oficina Abastecimiento de la Sección Logística del Departamento Bienestar Social de la D.G.A.C., a través del Portal www.mercadopublico.cl, e identificada con el ID 1434-49-LE23.
c) La apertura electrónica de la propuesta, de fecha 10 de enero de 2024, en la que se verificó que se presentaron los siguientes oferentes:
• CARLOS ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, RUT: 6.748.206-9.
• CARLOS SEPULVEDA SUZARTE Y CIA LTDA , RUT: 81.359.000-K.
• COMERCIAL BIGGI (CHILE) S.A., RUT: 91.462.001-5.
• COMERCIAL MAQUINET LIMITADA, RUT: 77.534.640-K.
• COMERCIALIZADORA Y SERVICIOS NUEVO HORIZONTE LIMITADA, RUT: 76.133.399-2.
• EASY RETAIL S.A. RUT: 76.568.660-1.
• EKIPOTEL CHILE S.A., RUT: 79.844.080-2.
• IMAHE S.A., RUT: 85.110.100-4.
• INMOBILIARIA INNOVA SPA, RUT: 76.924.082-9.
• INSUMOS Y EQUIPOS SPA, RUT: 76.385.755-7.
• INVERSIONES CLARO ARZ SPA, RUT: 76.902.659-2.
• MARSOL S.A., RUT: 91.443.000-3.
• MARTINS CHILE SPA, RUT: 77.527.172-8.
• SERVICIO TÉCNICO E INGENIERÍA INSTASERVIC SPA, RUT: 77.382.241-7.
d) Que, se verificó que se recibieron ofertas para un listado de 7 ítems, cuya evaluación se realizaría por cada línea de producto.
e) Lo expuesto en el Informe de Evaluación y Sugerencia de Adjudicación, señalado en el literal j) de los Vistos de la presente Resolución, que, en síntesis, señala lo siguiente:
• Que, el oferente CARLOS ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, oferta un refrigerador con 6 parrillas para las líneas N°s 1 y 2, y esta entidad requiere 8 parrillas, por lo que, al incumplir con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica “Aquel oferente que no cumpla con alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”, sus ofertas no fueron evaluadas y se sugirió que sean declaradas inadmisibles para los ítems mencionados.
• Que, el oferente CARLOS SEPULVEDA SUZARTE Y CIA LTDA , oferta un refrigerador con 6 parrillas para los listados N°s 1 y 2 y esta Entidad requiere 8 parrillas. Además, en el listado N° 4, oferta un refrigerador de 4 puertas y el requerimiento de esta Entidad era de 2 puertas, por lo tanto, en los casos indicados precedentemente incumple con el aspecto invalidante contenido en la pauta de evaluación, que indica: “Aquel oferente que no cumpla con alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”. En cuanto al listado N°5 no señala plazo de entrega ni garantía, por lo que no es posible aplicar pauta de evaluación, incumpliendo con el aspecto invalidante, que indica: “El oferente que no entregue toda la información en el Anexo del listado ofertado”. Por otro lado, respecto al listadoN°3, se solicitó una aclaración de oferta mediante foro inverso debido a que existía una discrepancia entre en precio señalado en el anexo A y el comprobante de oferta del portal Mercado Público, donde se solicitó aclarar cuál era el monto real de su oferta, cumplido el plazo para dar respuesta, el oferente acompañó un anexo distinto al que constaba en el portal al momento de realizar la apertura de ofertas, lo que se considera una modificación de oferta para todos los efectos. Por los motivos expuestos las ofertas mencionadas no fueron evaluadas y se sugirió que sean declaradas inadmisibles para los ítems mencionados.
• Que, el oferente COMERCIAL BIGGI (CHILE) S.A., oferta un refrigerador con 6 parrillas y 2 puertas para los listados N°s 1 y 2, y esta Entidad requiere 8 parrillas y 4 puertas, por lo que, al incumplir con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “Aquel oferente que no cumpla con alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”, sus ofertas no fueron evaluadas y se sugirió que sean declaradas inadmisibles para los listados mencionados.
• Que, el oferente COMERCIAL MAQUINET LIMITADA., oferta un refrigerador con 6 parrillas para el listado N°1 y esta Entidad requiere 8 parrillas, por lo que, al incumplir con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “Aquel oferente que no cumpla con alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”, su oferta no fue evaluada y se sugirió que sea declarada inadmisible para el listado mencionado.
• Que, el oferente COMERCIALIZADORA Y SERVICIOS NUEVO HORIZONTE LIMITADA, oferta un refrigerador con 6 parrillas para los listados N°s 1 y 2, y esta Entidad requiere 8 parrillas, por lo que, al incumplir con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “Aquel oferente que no cumpla con alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”, sus ofertas no fueron evaluadas y se sugirió que sean declaradas inadmisibles para los ítems mencionados.
• Que, el oferente EASY RETAIL S.A., oferta un refrigerador con 6 parrillas para los listados N°s 1 y 2, y esta Entidad requiere 8 parrillas, por lo que, al incumplir con el aspecto
invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “Aquel oferente que no cumpla con alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”, sus ofertas no fueron evaluadas y se sugirió que sean declaradas inadmisibles para los ítems mencionados.
• Que, el oferente EKIPOTEL CHILE S.A., RUT: 79.844.080-2, oferta un refrigerador con 6 parrillas para el listado N°2 y esta Entidad requiere 8 parrillas, por lo que, al incumplir con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “Aquel oferente que no cumpla con alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”, su oferta no fue evaluada y se sugirió que sea declarada inadmisible para el ítem mencionado.
• Que, el oferente IMAHE S.A., oferta un refrigerador con 6 parrillas para el listado N°1 y esta Entidad requiere 8 parrillas. Para el listado N° 2 oferta freezer con 2 puertas y se requiere 4 puertas. Asimismo, oferta una congeladora de 522 litros en el listado N°3 y se requiere una capacidad de 600 litros; oferta una congeladora de 250 litros en el listado N°5, y esta entidad requiere capacidad de 300 LTS, por lo tanto, en los casos señalados precedentemente incumple con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “Aquel oferente que no cumpla con alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”. Además, no acompaña ficha técnica en el listado N°4, por lo que, incumple con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “El oferente que no presente en su propuesta la ficha técnica de/los equipo(s) ofertado(s) por línea”. Por último, oferta un plazo de entrega de 66 días hábiles en la línea N°6, por lo que, incumple con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “El oferente que indique un plazo de entrega superior a 15 días hábiles para el equipo con instalación (Listado 6)”. En conformidad a lo anterior, sus ofertas no fueron evaluadas y se sugirió que sean declaradas inadmisibles para los ítems mencionados.
• Que, el oferente INMOBILIARIA INNOVA SPA, oferta un refrigerador con 6 parrillas para el listado N°1, y esta Entidad requiere 8 parrillas, por lo que, al incumplir con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “Aquel oferente que no cumpla con alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”. En conformidad a lo anterior, su oferta no fue evaluada y se sugirió que sea declarada inadmisible para el ítem mencionado.
• Que, el oferente MARTINS CHILE SPA , oferta un refrigerador con 6 parrillas y capacidad de 1000 litros para el listado N°1, y esta Entidad requiere 8 parrillas y capacidad de 1300 litros, por lo que, al incumplir con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “Aquel oferente que no cumpla con alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”, su oferta no fue evaluada y se sugirió que sea declarada inadmisible para el ítem mencionado.
• Que, el oferente MARSOL S.A., oferta un refrigerador de 1.154 litros para el listado N°4, y esta Entidad requiere de 900 a 1000 litros, por lo que, al incumplir con el aspecto invalidante señalado en la pauta de evaluación, que indica: “Aquel oferente que no cumpla con
alguna de las características técnicas requeridas por esta entidad”, su oferta no fue evaluada y se sugirió que sea declarada inadmisible para el ítem mencionado.
• Por otro lado, atendido el resultado obtenido en la evaluación de cada uno de los listados, la comisión sugirió que la presente licitación pública sea adjudicada como se indica en la siguiente tabla:
PROVEEDOR RUT LISTADO SUGERIDO A ADJUDICAR TOTAL, MONTO NETO TOTAL, MONTO CON IVA COMERCIAL MAQUINET LTDA 77.534.640-K 2 $ 1.820.000.- $ 2.165.800.-
EASY RETAIL S.A.
76.568.660-1
4 y 7
$ 1.479.702.-
$ 1.760.845.-
INVERSIONES CLARO ARZ SPA
76.902.659-2
3
$ 567.000.-
$ 674.730.-
MARSOL S. A
91.443.000-3
5
$ 365.872.-
$ 435.387.-
MARTINS CHILE SPA
77.527.172-8
6
$1.260.504.-
$1.500.000.-
TOTAL GENERAL
$ 6.536.762.-.
f) Que, las ofertas presentadas en el listado N°1 no han cumplido con el requerimiento técnico de esta Institución y considerando que no existen otras ofertas en la propuesta publica , la comisión de evaluación sugiere que sea declarado desierto el listado que se menciona.
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DECLÁRANSE inadmisibles las ofertas presentadas por los siguientes proponentes; CARLOS ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, RUT: 6.748.206-9, en los listados 1 y 2; CARLOS SEPULVEDA SUZARTE Y CIA LTDA , RUT: 81.359.000-K, los listados 1,2,3,4 y 5; COMERCIAL BIGGI (CHILE) S.A., RUT 91.462.001-5, en los listados 1 y 2; COMERCIAL MAQUINET LIMITADA, RUT 77.534.640-K, en el listado 1; COMERCIALIZADORA Y SERVICIOS NUEVO HORIZONTE LIMITADA, RUT: 76.133.399-2, en los listados 1 y 2; EASY RETAIL S.A. RUT: 76.568.660-1, en los listados 1 y 2; EKIPOTEL CHILE S.A., RUT: 79.844.080-2, en el listado 2; IMAHE S.A., RUT: 85.110.100-4, en los listados 1, 2, 3, 4, 5 y 6; INMOBILIARIA INNOVA SPA, RUT: 76.924.082-9, en listado 1; MARTINS CHILE SPA, RUT: 77.527.172-8, en listado 1; MARSOL S.A., RUT: 91.443.000-3, en el listado 4, por no cumplir con las condiciones mínimas establecidas en las Bases de Licitación, según lo expuesto en la letra e) de los Considerando del presente instrumento.
2. ADJUDÍCASE la licitación pública ID 1434-49-LE23, denominada adquisición de equipamiento gastronómico y termo eléctrico para los casinos de la Región Metropolitana administrados por el Departamento Bienestar Social de la D.G.A.C., de acuerdo a lo indicado en el Considerando letra e) precedente e IMPÚTESE el gasto que demanda la presente adquisición al presupuesto asignado para el año 2024, según se detalla a continuación:
PROVEEDOR RUT LISTADO SUGERIDO A ADJUDICAR TOTAL, MONTO NETO TOTAL, MONTO CON IVA COMERCIAL MAQUINET LTDA 77.534.640-K 2 $ 1.820.000.- $ 2.165.800.-
EASY RETAIL S.A.
76.568.660-1
4 y 7
$ 1.479.702.-
$ 1.760.845.-
INVERSIONES CLARO ARZ SPA
76.902.659-2
3
$ 567.000.-
$ 674.730.-
MARSOL S. A
91.443.000-3
5
$ 365.872.-
$ 435.387.-
MARTINS CHILE SPA
77.527.172-8
6
$1.260.504.-
$1.500.000.-
TOTAL GENERAL
$ 6.536.762.-.
UE CATÁLOGO SPROD ACTV T. PPTO TAREA CENTRO COSTO TOTAL IVA INCLUIDO
8241
2905999010
99
99
2
9039
8039
$ 2.302.789.-
2904001100
$ 2.840.530.-
8242
2904001100
99
99
2
9039
8050
$ 1.393.443.-
TOTAL IVA INCLUIDO
$ 6.536.762.-
3. DECLÁRASE DESIERTO el listado N°1 “Refrigerador de 2 puertas de 1300 litros” de la propuesta pública ID 1434-49-LE23, toda vez que, no se recibieron ofertas que se ajusten al requerimiento técnico de esta Entidad, en virtud de lo señalado en la letra f) de los Considerando del presente instrumento.
4. NÓMBRANSE los Inspectores Fiscales para controlar el cumplimiento de los plazos de entrega, recepción conforme y el control del gasto presupuestario, por la adquisición señalada en la letra a) de los Considerando, a los (as) siguientes funcionarios (as) o a quien se designe en ausencia de estos:
• Lorena Contreras Sánchez, Titular.
• María José Ariste Vallejos, Suplente.
5. PROCÉDASE, una vez tramitada la presente resolución, a la confección de las respectivas Órdenes de Compras y demás acciones en el portal www.mercadopublico.cl.
6. NOTIFÍQUESE el presente acto administrativo a través del portal www.mercadopublico.cl, una vez que éste se encuentre totalmente tramitado.
7. ARCHÍVENSE los antecedentes que dieron origen a la presente Resolución, en la Oficina Abastecimiento de la Sección Logística del Departamento Bienestar Social.
ANÓTESE, REFRÉNDESE Y PUBLÍQUESE EN EL PORTAL MERCADO PÚBLICO.
ELISA MATURANA URZÚA
ENCARGADA DEPARTAMENTO BIENESTAR SOCIAL
SUBROGANTE
DISTRIBUCIÓN:
1. DBSO, OFICINA DE PARTES(A)
2. DBSO, SECCIÓN ADMINISTRATIVA, OFICINA CONTROL INTERNO (I)
3. DBSO, SECCIÓN ADMINISTRATIVA, OFICINA FINANZAS (C)
4. DBSO, SECCION LOGÍSTICA, OFICINA ALIMENTACIÓN. (A)
5. DBSO, SECCIÓN LOGÍSTICA, OFICINA ABASTECIMIENTO(A)
EMU/jav/CASINOS DE LA REGION METROPOLITANA ADMINISTRADOS POR EL DEPARTAMENTO
BIENESTAR SOCIAL DE LA D.G.A.C
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