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Las necesidades del Servicio;
2. El Decreto con Fuerza de Ley N° 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, que aprueba
el Código de Aguas, y sus modificaciones;
3. La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N°
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia;
4. La Ley N° 19.880, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
establece Bases de los procedimientos administrativos que Rigen los Actos de los
órganos de la Administración del Estado;
5. La Ley Nº 19.886, de 2003, del Ministerio de Hacienda, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones;
6. El Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el
Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N° 250, de
2004, del Ministerio de Hacienda;
7. El Decreto Supremo N° 263, de 12 de diciembre de 2016, que modifica en el sentido que
se indica, y fija el texto refundido del Decreto Supremo N° 1.141, de 2006, que aprueba
nuevo Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles Nacionales y por Importación
y Contrataciones de Servicios, modificado por el Decreto Supremo N° 412, de 2007,
todos del Ministerio de Obras Públicas;
8. La Ley N° 21.796, del Ministerio de Hacienda, de Presupuestos del Sector Público
correspondiente al año 2026;
9. La Resolución Exenta DGA Araucanía N°754 de fecha 29 de abril de 2026, que APRUEBA
BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS; Y DESIGNA INSPECCIÓN FISCAL Y
COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA DENOMINADA
“CONSERVACIÓN DE TREINTA ESTACIONES METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE LA
ARAUCANÍA”.
10. El Acta de Apertura Electrónica, Adquisición ID N°1097-4-LP26, emitida por el Sistema
de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado,
www.mercadopublico.cl , con fecha 11 de mayo de 2026;
11. El Acta de Evaluación de Ofertas de la licitación pública ID N°1097-4-LP26, suscrita por
la Comisión de Evaluación, con fecha 18 de mayo de 2026;
12. La Resolución Exenta DGA Araucanía N° 933 de 27 de mayo de 2026 que adjudica la
licitación pública ID 1097-4-LP26 de Prestación de Servicios denominada
“CONSERVACIÓN DE TREINTA ESTACIONES METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE LA
ARAUCANÍA”;
13. Los reclamos INC-1342190-C6N7X9 presentado por Daniel Alejandro Villagra Salas, en
representación ACROP SpA, y INC-1342842-H7D9V9 presentado por Carlos Javier Sáez
Navarro, en representación Servema SpA, ambos de fecha 29 de mayo de 2026, y el
reclamo presentado a través de Oficina de Partes de la Dirección Regional de Aguas de
La Araucanía por TMI SpA, con fecha 01 de junio de 2026;
14. Las respuestas a reclamos INC-1342190-C6N7X9 y INC-1342842-H7D9V9, suscritas por
la Comisión Evaluadora de la Licitación de fecha 04 de junio de 2026, y el oficio Ord.
DGA Araucanía N° 972 de 05 de junio de 2026de respuesta a reclamo de TMI SpA;
REF.: Adjudica Licitación Pública referente a la prestación
de servicios denominada “CONSERVACIÓN DE TREINTA
ESTACIONES METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE LA
ARAUCANÍA” ID-1097-4-LP26, y declara inadmisible
ofertas que indica.
RESOLUCIÓN EXENTA DGA ARAUCANÍA
N°
TEMUCO,
2
15. La Resolución Exenta DGA Araucanía N° 1000 de 09 de junio de 2026 que inicia proceso
de invalidación de la Resolución Exenta DGA Araucanía N° 933 de 27 de mayo de 2026
y otorga audiencia;
16. Los descargos ingresados por Constructora Los Arrayanes SpA con fecha 14 de junio de
2026;
17. El Acta suscrita por la Comisión Evaluadora, con fecha 22 de junio de 2026, que contiene
el análisis de los antecedentes del presente proceso de invalidación;
18. La Resolución Exenta DGA Araucanía N° 1088 de 23 de junio de 2026 que resuelve
proceso de invalidación de Resolución Exenta DGA Araucanía N° 933 de 27 de mayo de
2026, y retrotrae Licitación Pública ID-1097-4-LP26;
19. El recurso de reposición, y en subsidio jerárquico, presentado por Constructora Los
Arrayanes SpA, con fecha 25 de junio de 2026;
20. La Resolución Exenta DGA Araucanía N° 1142 de 26 de junio de 2026 que rechaza
recurso de reposición presentado por Constructora Los Arrayanes SpA;
21. La nueva Acta de Evaluación de Ofertas de la licitación pública ID N°1097-4-LP26,
suscrita por la Comisión de Evaluación, con fecha 26 de junio de 2026;
22. La Resolución N° 36 de 2024, de Contraloría General de la República, que fija normas
sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
23. La Resolución DGA N°896 de 2022 que delega atribuciones a los/las Directores/as
Regionales del Servicio y la Resolución Exenta D.G.A. N° 1495 de 2026, que designa
Director Regional de Aguas de la región de La Araucanía y delega funciones.
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. QUE, mediante Resolución Exenta DGA Araucanía N°754 de fecha 29 de abril de 2026, se
aprueba Bases Administrativas, Técnicas y Anexos; y designa Inspección Fiscal y Comisión
de Evaluación de la Licitación Pública denominada “CONSERVACIÓN DE TREINTA
ESTACIONES METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA”.
2. QUE, las Bases señaladas en el considerando precedente se publicaron en el Sistema de
Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, www.mercadopublico.cl, con
fecha 11 de mayo de 2026, mediante la licitación pública ID N° 1097-4-LP26.
3. QUE, según consta en el Acta de Apertura Electrónica, Adquisición ID N° 1097-4-LP26,
emitida con fecha 11 de mayo de 2026 por el Sistema de Información
www.mercadopublico.cl, se recibieron seis (6) propuestas para el presente concurso público,
correspondiente a los siguientes proveedores:
N° Oferentes RUT
1 ACRÖP SPA 76.700.654-4
2 CONSTRUCCIONES MAXIMILIANO FRANCISCO HUERTA CANTILLANA E.I.R.L. 77.344.692-K
3 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA 76.577.926-K
4 CONSTRUCTORA LOS ARRAYANES S.P.A 77.741.822-K
5 SERVEMA SPA 76.333.652-2
6 TECNOLOGÍA MÉDICA Y DE LA INFORMACION S.P.A 77.730.728-2
4. QUE, conforme al acta de evaluación de fecha 18 de mayo de 2026, la Comisión Evaluadora
propone adjudicar la licitación pública ID 1097-4-LP26 al oferente “CONSTRUCTORA LOS
ARRAYANES SPA”, RUT: 77.741.822-K, por un monto total de $66.696.311 (sesenta y seis
millones seiscientos noventa y seis mil, trecientos once pesos), impuestos incluidos.
3
5. QUE, mediante Resolución Exenta DGA Araucanía N° 933 de 27 de mayo de 2026 se
adjudica la licitación pública ID 1097-4-LP26 de Prestación de Servicios denominada
“CONSERVACIÓN DE TREINTA ESTACIONES METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE LA
ARAUCANÍA” al proveedor “CONSTRUCTORA LOS ARRAYANES SPA”, RUT: 77.741.822-K,
por un monto total de $66.696.311 (sesenta y seis millones seiscientos noventa y seis mil
trecientos once pesos), impuestos incluidos.
6. QUE, con fecha 29 de mayo de 2026 se ingresan los reclamos INC-1342190-C6N7X9
presentado por Daniel Alejandro Villagra Salas, en representación ACROP SpA, y INC1342842-H7D9V9 presentado por Carlos Javier Sáez Navarro, en representación
Servema SpA, y con fecha 01 de junio de 2026 TMI SpA presenta reclamo a través de
Oficina de Partes de la Dirección Regional de Aguas de La Araucanía. Estos reclamos
dicen relación, entre otras cosas, con documentos que los oferentes habrían ingresado
oportunamente y que no fueron considerados en el proceso de evaluación.
7. QUE, revisados los antecedentes, la Comisión Evaluadora, al dar respuesta a cada uno
de los reclamos mencionados en el párrafo anterior, concluye que debido a problemas
intermitentes de la plataforma http://www.mercadopublico.cl/ al momento de la
evaluación no fue posible la visualización y descarga de todos los documentos adjuntos
a las ofertas, lo cual altera la recomendación de adjudicación realizada por dicha
comisión, por tanto, propone efectuar el procedimiento de invalidación de la resolución
de adjudicación y retrotraer el proceso a la etapa de evaluación.
8. QUE, de acuerdo a lo anterior, y atendiendo lo señalado por la Comisión Evaluadora,
mediante Resolución Exenta DGA Araucanía N° 1000 de 09 de junio de 2026 se inicia
proceso de invalidación de Resolución Exenta DGA Araucanía N° 933 de 27 de mayo de
2026 y otorga audiencia, a Constructora Los Arrayanes SpA, al correo electrónico
consignado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, con fecha
09 de junio de 2026.
9. QUE, con fecha 14 de junio de 2026, dentro del plazo establecido para ello, Constructora
Los Arrayanes SpA presenta descargos, y la Comisión Evaluadora realiza un análisis de
los antecedentes en el proceso de invalidación, que consta en Acta suscrita con fecha
22 de junio de 2026. En esta acta se detallan todos los documentos que fueron
presentados oportunamente por los oferentes, dentro del plazo establecido para ello, y
que no fueron tenidos a la vista en la evaluación de las ofertas, concluyendo que debe
procederse a una nueva evaluación, conforme a derecho.
10. QUE, considerando que se configura un vicio en la evaluación de las ofertas que debe
ser subsanado, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley N° 19.880, de
2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos
de los Órganos de la Administración del Estado, mediante Resolución Exenta DGA
Araucanía N° 1088 de 23 de junio de 2026 se rechazan los descargos presentados por
Constructora Los Arrayanes SpA, se invalida la Resolución Exenta DGA Araucanía N° 933
de 27 de mayo de 2026 que adjudica la licitación pública ID 1097-4-LP26, retrotrayendo
el proceso licitatorio hasta la etapa de la evaluación de las ofertas.
11. QUE, con fecha 25 de junio de 2026 Constructora Los Arrayanes SpA presenta recurso
de reposición administrativo, y en subsidio, recurso jerárquico, en contra de la
Resolución Exenta DGA Araucanía N° 1088 de 23 de junio de 2026, señalando en
síntesis, que en su considerando N° 10 hace alusión al descuento que debería
considerarse a la recurrente en la evaluación del Criterio N° 6 "Comportamiento
contractual anterior" por dos multas cursadas por la DGA Los Lagos, señalando la
recurrente que dicho descuento no procede por cuanto dichas multas no se encuentran
firmes.
4
12. QUE, considerando, en síntesis, que la nueva evaluación de las ofertas aún no se ha
realizado, y por ende no se ha aplicado el referido descuento, mediante Resolución
Exenta DGA Araucanía N° 1142 se rechaza el recurso de reposición administrativa de
fecha 25 de junio de 2026, interpuesto, en lo principal, por Constructora Los Arrayanes
SpA, en contra de la Resolución Exenta DGA Araucanía N° 1088 de 23 de junio de 2026,
rechazando así mismo la solicitud de suspensión de los efectos del acto impugnado,
ordenando elevarse los antecedentes al Director General de Aguas a fin de que conozca
y falle el recurso jerárquico deducido en forma subsidiaria.
13. QUE, conforme a lo anterior, la Comisión Evaluadora realiza una nueva evaluación de
las ofertas, que consta en la NUEVA ACTA DE LA COMISIÓN EVALUADORA DE LA
LICITACIÓN PÚBLICA DENOMINADA “CONSERVACIÓN DE TREINTA ESTACIONES
METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA”. ID N°1097-4-LP26, de fecha a
26 de junio de 2026.
14. QUE, de acuerdo con lo señalado por la Comisión Evaluadora, la oferta de
CONSTRUCCIONES MAXIMILIANO FRANCISCO HUERTA CANTILLANA E.I.R.L. no se
evalúa por incumplimiento de las bases administrativas y/o técnicas, ya que no presenta
Garantía Técnica solicitada en el Art. N°1 de las Bases Técnicas, y conforme a lo
dispuesto en el numeral VI de las Bases Administrativas corresponde declarar su
inadmisibilidad.
15. QUE, los miembros de la Comisión Evaluadora procedieron a evaluar las propuestas de los
oferentes, una vez cumplido el examen de admisibilidad, conforme a los siguientes factores
y sus respectivos puntajes, consignados en el numeral XIII de las Bases de licitación:
N° CRITERIO DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
1 Experiencia del Oferente 35%
2 Oferta Económica 35%
3 Plazo de Ejecución de los Trabajos 20%
4 Cumplimiento de Requisitos Formales 5%
5 Programa de Integridad 5%
6 Comportamiento contractual anterior Obligatorio
TOTAL: 100%
La oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios estipulados y sea
conveniente a los intereses del Servicio, será propuesta por la comisión a adjudicarse la
presente Licitación.
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los
oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio 1 “Experiencia del Oferente”;
2° Criterio 2 “Precio ofertado”;
2° Criterio 3 “Plazo de Ejecución de los Trabajos”;
3° Criterio 4 “Cumplimiento de Requisitos Formales”;
4° Criterio 5 “Programa de Integridad”.
5° criterio 6 “Comportamiento Contractual Anterior”.
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden
establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el
puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya
obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de
evaluación.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su
oferta en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora
registradas en éste.
La oferta que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación de los criterios estipulados y
resulte conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación pública.
5
16. QUE, revisados los antecedentes propuestos por los oferentes, la Comisión Evaluadora
calificó las ofertas, con sujeción a lo establecido en las Bases de licitación, otorgando los
siguientes puntajes ponderados a las ofertas:
Notas Ponderadas
Oferente
Criterio
N°1
Criterio
N°2
Criterio
N°3
Criterio
N°4
Criterio
N°5
Criterio
N°6
Experiencia Total
del
Oferente
Oferta
Económica
Plazo
Ejecución
Cumplimiento
Requisitos
Formales
Programa
de
Integridad
Comportamiento
Contractual
Anterior
ACRÖP SPA 35,0 31,6 20,0 5,0 5,0 -5,0 91,6
CONSTRUCTORA E
INMOBILIARIA
BYPSUR LTDA
35,0 26,3 20,0 5,0 5,0 0,0 91,3
CONSTRUCTORA
LOS ARRAYANES
SPA
35,0 35,0 20,0 5,0 5,0 0,0 100,0
SERVEMA SPA 35,0 27,5 20,0 5,0 5,0 0,0 92,5
TECNOLOGÍA
MÉDICA Y DE LA
INFORMACIÓN
SPA
7,0 28,9 20,0 5,0 5,0 0,0 65,9
17. QUE, en atención al análisis realizado por la Comisión de Evaluación, se propone efectuar la
adjudicación de la licitación pública denominada “CONSERVACIÓN DE TREINTA
ESTACIONES METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA”. ID N°1097-4-
LP26, a la empresa “CONSTRUCTORA LOS ARRAYANES SPA”, RUT: 77.741.822-K, por
un monto total de $66.696.311 (sesenta y seis millones seiscientos noventa y seis
mil, trecientos once pesos), impuestos incluidos. Esto, dado que en las propuestas
técnico-económicas ha obtenido el puntaje suficiente para resultar adjudicada, además de
cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las bases de la licitación, siendo
conveniente al interés fiscal, según consta en el Acta de Evaluación.
18. QUE, cabe hacer presente que, previamente y conforme a lo dispuesto en el artículo 35
nonies de la Ley N° 19.886, 18 de mayo de 2026, los miembros de la Comisión de Evaluación
han suscrito declaración jurada simple de ausencia de conflictos de intereses y de
confidencialidad respecto del presente proceso de compra.
19. QUE, conforme con lo dispuesto en el artículo 117° del Reglamento de la Ley N°19.886,
aprobado por el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, las
adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de
compra y la aceptación de esta por parte del proveedor.
Tratándose de una adquisición superior a ese monto e inferior a 1.000 UTM, el contrato podrá
formalizarse en los términos antes señalados, sólo cuando se trate de bienes o servicios
estándar de simple y objetiva especificación, y se haya establecido así en las bases de
licitación.
En otros casos, el adjudicatario deberá suscribir un contrato.
20. QUE, el artículo 9 de la Ley N° 19.886, dispone que: “El órgano contratante declarará
inadmisibles las ofertas cuando determine que éstas no se ajustan a los requerimientos
señalados en las bases de licitación, la ley o el reglamento. Asimismo, declarará inadmisible
una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas
simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al
mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí (…) En todos los casos señalados en el
presente artículo, la resolución del organismo del Estado deberá ser fundada”.
21. QUE, cabe señalar, que según consta en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl,
a la fecha de emisión del presente acto administrativo, que “CONSTRUCTORA LOS
ARRAYANES SPA”, RUT: 77.741.822-K, se encuentran hábil para contratar con los órganos
de la Administración del Estado.
6
22. QUE, se han cumplido las formalidades establecidas en la normativa vigente de compras y
contratación pública
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ADJUDÍCASE la licitación pública correspondiente a la prestación de servicios denominada
“CONSERVACIÓN DE TREINTA ESTACIONES METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE
LA ARAUCANÍA”. ID N°1097-4-LP26, a la empresa “CONSTRUCTORA LOS ARRAYANES
SPA”, RUT: 77.741.822-K, por un monto total de $66.696.311 (sesenta y seis millones
seiscientos noventa y seis mil trecientos once pesos), impuestos incluidos, de conformidad
con su propuesta técnico-económica.
2. DECLÁRASE INADMISIBLE la oferta del proponente CONSTRUCCIONES MAXIMILIANO
FRANCISCO HUERTA CANTILLANA E.I.R.L. 77.344.692-K presentada en la licitación pública
ID N° 1097-4-LP26, denominada “CONSERVACIÓN DE TREINTA ESTACIONES
METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA”. ID N°1097-4-LP26, por las
razones expuestas en los considerandos del presente acto administrativo.
3. ESTABLÉCESE, que la empresa adjudicataria “CONSTRUCTORA LOS ARRAYANES SPA”,
RUT: 77.741.822-K deberá entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del
plazo de diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de
notificación del presente acto, en las condiciones señaladas en el numeral XVIII letra a)
“Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato” de las Bases Administrativas.
4. ESTABLÉCESE, que la empresa adjudicataria “CONSTRUCTORA LOS ARRAYANES SPA”,
RUT: 77.741.822-K, deberá suscribir un contrato, de acuerdo con lo establecido en los
numerales X y XVII de las Bases Administrativas, dentro de veinte (20) días corridos,
contados desde la notificación de la adjudicación.
5. DÉJASE CONSTANCIA, que conforme a lo estipulado en la letra c) del numeral XVII de las
Bases Administrativas, emitida la orden de compra a través del Sistema de Información de
www.mercadopublico.cl, y transcurridas 24 horas, se entenderá notificada la orden de
compra al proveedor, por lo que el contrato derivado de la presente licitación, comenzará a
regir al día hábil siguiente de realizada dicha notificación, y hasta la fecha de término de la
prestación de servicios propuesta por el oferente (contratista). Sin perjuicio de lo anterior, si
los trabajos se desarrollan antes del plazo máximo estipulado, y las etapas son aprobadas a
conformidad de la DGA, el contrato podrá terminar antes del plazo máximo ya indicado.
6. DÉJASE CONSTANCIA, que el contrato se ejecutará en una etapa, conforme a lo estipulado
en el la letra d) del numeral XVII de las Bases Administrativas.
7. DÉJASE CONSTANCIA que la adjudicataria “CONSTRUCTORA LOS ARRAYANES SPA”,
RUT: 77.741.822-K, deberá respetar su oferta técnico-económica, bajo el apercibimiento
de las multas y sanciones estipuladas en el numeral XXVII, “PAGOS Y MULTAS” de las Bases
Administrativas.
8. DÉJASE CONSTANCIA que, conforme a lo estipulado en el numeral XXI de las Bases
Administrativas se designa Inspector Fiscal titular del contrato denominado
“CONSERVACIÓN DE TREINTA ESTACIONES METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE
LA ARAUCANÍA”al funcionario Sr. Andrés Marcoleta Hardessen, Ingeniero Civil Industrial,
de la Unidad de Hidrología, de la Dirección Regional de Aguas Región de La Araucanía y se
designa como Inspectora Fiscal Subrogante a la Sra. Camila Salgado Moncada, Ingeniera
Civil, de la Unidad de Estudios y Planificación, de la Dirección Regional de Aguas Región de
La Araucanía.
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9. IMPÚTESE Y PÁGUESE, el gasto que irrogue la contratación originada de la licitación
pública correspondiente a la prestación de servicios denominada “CONSERVACIÓN DE
TREINTA ESTACIONES METEOROLÓGICAS, EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA”. ID
N°1097-4-LP26, por un monto de $66.696.311 (sesenta y seis millones seiscientos
noventa y seis mil trecientos once pesos), impuestos incluidos, sin reajuste, con cargo al
Subtitulo 31, Ítems 02, Asignación 004, Código BIP 40049132-0, Ley de presupuestos año
2026.
10. TÉNGASE PRESENTE, que la adjudicataria será notificada de la presente Resolución Exenta
mediante el Sistema de Información www.mercadopublico.cl , entendiéndose perfeccionada
dicha notificación transcurridas veinticuatro (24) horas desde su publicación en la referida
plataforma electrónica. Sin perjuicio de lo anterior, los actos administrativos que se dicten
durante la vigencia de la contratación que se origine de la presente adjudicación serán
notificados al Proveedor mediante la dirección de correo electrónico registrada en el Sistema
de Información, conforme a lo dispuesto en el artículo 140 del Decreto Supremo N° 661, de
2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886.
11. COMUNÍQUESE, la presente Resolución a la Unidad Administrativa de la Dirección General
de Aguas Región de La Araucanía; y a las demás oficinas de la Dirección General de Aguas
que corresponda.
12. PUBLÍQUESE, el presente Acto Administrativo, en el Sistema de Información de Compras y
Contrataciones de la Administración www.mercadopublico.cl .
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUES
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