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VISTOS:
a)
Lo señalado en el DFL N° 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, “Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”, de fecha 13 de diciembre del 2000.
b)
Lo dispuesto en la Ley N° 19.880 que establece Bases de los procedimientos Administrativos que rigen los órganos de la Administración del Estado.
c)
Las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo (H) N° 250 del año 2004.
d)
Lo preceptuado en Ley Nº 16.752, que “Fija Organización y Funciones y Establece disposiciones generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil”.
e) Las Resoluciones N° 7, del año 2019, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y N° 14 del año 2022, que determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, ambas de la Contraloría General de la República.
f)
La Res Ex N° 101/251/2022 de fecha 28.MAR.2022 que encomienda funciones directivas a don Juan Rojas Pavez y la Res. Ex. N° 101/347/2022 de 22.ABR.2022, que establece orden de subrogación del director DASA.
g)
La prórroga a encomendación de funciones directivas y encargado subrogante del Departamento Aeródromos y Servicios Aeronáuticos contenidas en la Resolución de la Dirección General de Aeronáutica Civil Ex. N°101/8/2024 de fecha 08 de enero del 2024.
h)
El PRO LOG 01, que regula el procedimiento de Adquisición de Bienes Muebles, Contratación de Servicios y Gestión de Contratos de la DGAC.
i)
La Resolución Ex. N° 09/1/390 de fecha 20 de febrero de 2024, se dispone llamado a licitación pública, para la adquisición de mangas indicadoras de dirección de viento, aprueba bases de licitación, y nombra comisión evaluadora.
2
j)
La Resolución Ex. N° 09/1/814 de fecha 25 de abril de 2024, que aprueba modificación de plazo de adjudicación de licitación pública Id 2018-5-LE24, por la adquisición de Mangas Indicadoras de Viento para la DGAC.
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a)
Que, ante la necesidad de adquirir de mangas indicadoras de dirección de viento, se inició el proceso de Licitación Pública regulado por el pliego de condiciones aprobados por la resolución citada en el literal i) de los Vistos precedentes, identificada con el ID 2018-5-LE24, publicada en el Portal Mercado Público con fecha 13 de marzo de 2024.
b)
Que, se efectuó con fecha 25 de marzo de 2024, la apertura electrónica de la referida propuesta pública, acto en el cual se presentaron los proponentes que se detallan, y aconteció lo siguiente:
•
Oferta de la empresa OBRA CONSULTORES SPA. RUT 76.998.261-2, la cual fue aceptada en el acto de apertura.
•
Oferta de la empresa SAGINOVA SPA RUT 76.937.063-3, la cual fue aceptada en el acto de apertura.
•
Oferta de la empresa SC DISEÑO LTDA. RUT 76.217.947-4, la cual fue aceptada en el acto de apertura.
c)
Que, derivado de la necesidad de ampliación del plazo de adjudicación, solicitada por la Comisión Evaluadora, se aprobó esta modificación a través de la resolución mencionada en literal j) de los Vistos precedente.
d)
Que, la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación, nominada mediante resolución mencionada en el literal i) de los Vistos precedente, efectuó el análisis a las ofertas, referente al cumplimiento de los requisitos exigidos en las Bases Administrativas, Técnicas e Invalidantes de las Bases Técnicas, conforme a lo extractado del Informe de Evaluación y Sugerencia de Adjudicación, cuya última modificación fue realizada con fecha 29 de abril de 2024, en donde se consigna lo siguiente:
•
Que, la empresa SC DISEÑO LTDA. RUT 76.217.947-4, no pasa a la etapa de evaluación de requisitos evaluables, en razón a que no cumple con lo señalado en el anexo B del 2.2 de las bases técnicas, en ls cual se indican los aspectos invalidantes.
•
Que, las empresas SAGINOVA SPA RUT 76.937.063-3 y OBRA CONSULTORES SPA. RUT 76.998.261-2, pasan a la etapa de evaluación de requisitos evaluables, en razón a que cumplen con la totalidad de los requisitos exigidos en las bases administrativas y bases técnicas que rigen la adquisición de mangas indicadoras de dirección de viento.
e)
Que, la Comisión evaluadora procedió a evaluar a las empresas SAGINOVA SPA RUT 76.937.063-3 y OBRA CONSULTORES SPA. RUT 76.998.261-2, conforme a lo señalado en el Informe de evaluación, cuya última modificación fue realizada con fecha 29 de abril de 2024, del cual se desprenden los resultados de la aplicación de los criterios de evaluación contemplados en la Pauta de Evaluación:
3
1.
RESULTADO DE LA EVALUACIÓN:
De acuerdo a los criterios de evaluación se ponderó el puntaje máximo en Aspectos; Técnicos 50%, Económicos 40% y Sustentables en un 10%, obteniendo los siguientes resultados según criterios definidos en las bases:
1)
OBRA CONSULTORES SPA.
177 INDICADORES DE VIENTO DIMENSIONES:
Largo 3,60 metros, base mayor 90 cm, base menor 45 cm. ASPECTO PUNTAJE MAXIMO
TECNICO; PRESENCIA EN EL MERCADO
20%
TECNICO; PLAZO DE ENTREGA
05%
TECNICO; PLAZO GARANTIA TECNICA
10%
ECONÓMICO; PRECIO OFERTADO
40%
SUSTENTABLES, MEDIOAMBIENTALES
2%
TOTAL 77%
Cuadro N°3, Mangas de 90.
-
La empresa presentó más de 5 órdenes de compra para demostrar la presencia en el mercado en los últimos 5 años, por lo cual obtuvo el 20% del puntaje.
-
La empresa indicó un plazo de entrega de 60 días corridos (el máximo permitido) por lo cual se le asignó un puntaje del 05%.
-
La empresa indica un plazo de garantía técnica de 24 meses y 1 día por lo cual se le asigna el puntaje del 10%.
-
El valor económico ofertado por la empresa, tomando en cuenta la formula indicada en las bases técnicas tiene un valor del 40%
-
La empresa informa dos criterios sustentables, letras E y F por lo cual se le da un 2% del puntaje.
2) SAGINOVA SPA
177 INDICADORES DE VIENTO DIMENSIONES:
Largo 3,60 metros, base mayor 90 cm, base menor 45 cm. ASPECTO PUNTAJE MAXIMO
TECNICO; PRESENCIA EN EL MERCADO
1%
TECNICO; PLAZO DE ENTREGA
05%
TECNICO; PLAZO GARANTIA TECNICA
1%
ECONÓMICO; PRECIO OFERTADO
23.5%
SUSTENTABLES, MEDIOAMBIENTALES
1%
TOTAL 31,5%
Cuadro N°4, Mangas de 90.
4
-
La empresa no presentó órdenes de compra para demostrar la presencia en el mercado en los últimos 5 años, por lo cual obtuvo el 1% del puntaje.
-
La empresa indicó un plazo de entrega entre 50 y 60 días corridos por lo cual se le asignó un puntaje del 05%.
-
La empresa indica un plazo de garantía técnica de 12 meses por lo cual se le asigna el puntaje del 1%.
-
El valor económico ofertado por la empresa, tomando en cuenta la formula indicada en las bases técnicas tiene un valor del 23.5%
-
La empresa no informa ningún criterio sustentable por lo cual se le da un 1% del puntaje.
VI. RESUMEN EVALUACIONES DE PROVEEDORES
a)
Calculo de acuerdo al total requerido y ofertado originalmente, correspondiente a 177 INDICADORES DE VIENTO DIMENSIONES:
Largo 3,60 metros, base mayor 90 cm, base menor 45 cm. PROVEEDOR PUNTAJE TOTAL OBSERVACION
OBRA CONSULTORES SPA.
77 %
ADJUDICAR
SAGINOVA SPA
31,5%
-------
SC DISEÑO LTDA
0 %
INADMISIBLE
Se adjunta el cuadro resumen, “anexo A cuadro resumen general”
2.
SUGERENCIA DE ADJUDICACIÓN A PROVEEDOR QUE SE INDICA
Vistos los antecedentes analizados en Bases Administrativas, Bases Técnicas, Listado de Invalidantes, Cuadros de Evaluación Técnica, Aspectos Económicos y Sustentables, se consigna que luego de efectuado el análisis de los datos, la empresa OBRA CONSULTORES SPA RUT: 76.998.261-2, obtiene el mayor puntaje con 77%, respecto a su oponente, por lo que es la oferta más conveniente para la Institución.
En virtud de lo anterior, se propone adjudicar la presente licitación pública indicada en ChileCompra con el ID 2018-5-LE24 y en atención a lo señalado en el punto II.4 de las Bases Administrativas la que establece que la DGAC puede aumentar o disminuir la cantidad a adjudicar y debido a ajustarse al presupuesto disponible bajando la cantidad a adquirir a 152 Mangas Indicadoras de Viento de dimensiones Largo: 3,60 metros, base mayor 90 cm, base menor 45 cm. para la D.G.A.C, a la empresa OBRA CONSULTORES SPA, por un valor total de $11.923.067.- (Once millones novecientos veintitrés mil sesenta y siete pesos) IVA incluido, gasto que deberá ser imputado al catálogo que se indica en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
Informe original firmado por don Marco Contreras Rodríguez y Jorge Carvajal Gallo.
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RESUELVO:
1)
Adjudícase la licitación pública ID N° 2018-5-LE24 para la adquisición de mangas indicadoras de dirección de viento, a la empresa:
OBRA CONSULTORES SPA. RUT 76.998.261-2
2)
Apruébese la adquisición de mangas indicadoras de dirección de viento, a la empresa, que a continuación se detalla:
•
OBRA CONSULTORES SPA. RUT 76.998.261-2
•
MONTO: $11.923.067.-
3)
Los recursos necesarios que representa la adquisición de mangas indicadoras de dirección de viento, para el año 2024, conforme al detalle que a continuación se señala:
4)
Declárese inadmisible la oferta, que a continuación se indica, en razón a los motivos expuestos en la letra c) de los Considerando, de la presente resolución
•
SC DISEÑO LTDA RUT 76.217.947-4.
5)
Nómbrese Inspector Fiscal para velar por el cumplimiento de la mencionada adquisición, a los funcionarios:
•
Titular: Srta. Tamara Núñez Ramírez.
•
Suplente: Sr. Adrián Cerda Gálvez. ÍTEM CANT DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO PRECIO DE LA OFERTA
01
152
Mangas Indicadoras de Viento de dimensiones Largo: 3,60 metros, base mayor 90 cm, base menor 45 cm
$65.917.-
$10.019.384.- TOTAL, NETO $10.019.384.- IVA $1.903.683.- TOTAL, IVA INC $11.923.067.-
UE
SUBPROD.
SUBT
ITEM
ASIG
ACT
TPpto
TAREA
CENTRO COSTO
921
39
22
02
001
1
1
142
7002
6
6)
Una vez tramitada la presente Resolución, procédase con la emisión y envío de la(s) Orden (es) de Compra respectiva(s) y demás acciones en el portal www.mercadopúblico.cl
7)
Notifíquese a los proponentes participantes en la mencionada propuesta, a través del Portal Mercado Público, el resultado de ésta una vez que el presente acto administrativo se encuentre totalmente tramitado.
8)
Archívense los antecedentes que dieron origen a la presente Resolución, en la Sección Logística del Departamento Aeródromos y Servicios Aeronáuticos (DASA).
Anótese y Publíquese en el Portal Mercado Público.
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