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1. La ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios modificada por la Ley N° 21.634 y su Reglamento aprobado por el Decreto N° 661 del Ministerio de Hacienda año 2024;
2. Decreto Exento N° 568 de fecha 24 de Marzo de 2026, que aprueba bases, especificaciones técnicas y anexos para Licitación ID 2318-15-LE26;
3. Informe Técnico o Acta de Evaluación de ofertas de fecha 06 de Mayo de 2026, emitido por Danisa Poblete Lara, Directora Diserco.
4. Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, de fecha 08 de Mayo de 2026, emitido por Franco Ortega Tejo, Director Depto. Finanzas Municipal;
5. Certificado de estado inscripción en Chileproveedores del oferente en estado Hábil;
6. Las facultades que me confiere el DFL. Nº 1/19.704 de 2006 del Ministerio del Interior, que fija el texto coordinado y refundido y sistematizado de la ley 18.695 “Orgánica Constitucional de Municipalidades” y sus modificaciones; el Estatuto Administrativo Municipal, Ley Nº 18.883, y el Decreto Exento N° 217, del 13 de Enero de 2026.
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a. Que, la Municipalidad de San Javier, en el marco de sus competencias y funciones municipales, requiere contratar el servicio denominado “Servicio Elaboración Plan de Acción Comunal de Cambio Climático PACCC San Javier”, con el objeto de dar cumplimiento a la normativa vigente en materia ambiental y climática, así como fortalecer la planificación territorial comunal frente a los efectos del cambio climático.
b. Que, la contratación del referido servicio se efectuó mediante Licitación Pública, publicada en el sistema de información de compras y contratación pública Mercado Público, bajo ID N° 2318-15-LE26, aprobándose previamente las Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás antecedentes mediante Decreto Alcaldicio N° 568, de fecha 24 de Marzo de 2026.
c. Que, el proceso licitatorio se desarrolló conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
d. Que, la Directora de Diserco procedió a revisar los antecedentes administrativos, técnicos y económicos presentados por los oferentes, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases de Licitación.
e. Que, con fecha 06 de Mayo de 2026, la Directora de Diserco emitió el correspondiente Informe de Evaluación, proponiendo adjudicar la licitación al oferente Ingeniería Sustentable Spa, Rut: 76.303.416-k, por cuanto su oferta resulta conveniente a los intereses municipales, obteniendo el mayor puntaje conforme a los criterios de evaluación establecidos en las bases.
f. Que, la oferta presentada por Ingeniería Sustentable Spa. cumple íntegramente con los requerimientos técnicos y administrativos exigidos, resultando técnica y económicamente conveniente para la Municipalidad.
g. Que, existe disponibilidad presupuestaria para financiar la contratación del referido servicio, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, de fecha 08 de Mayo de 2026.
h. Que, en virtud de lo anterior, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la adjudicación de la licitación pública denominada “Servicio Elaboración Plan de Acción Comunal de Cambio Climático PACCC San Javier”.
DECRETO:
PRIMERO; Adjudíquese, por este acto la licitación pública ID 2318-15-LE26 a través del sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, al proveedor Ingeniería Sustentable Spa., Rut: 76.303.416-k, por la suma de $ 7.500.000.- (Siete millones quinientos mil pesos) impuestos incluidos.
SEGUNDO; Impútese, todos los gastos ocasionados por el proveedor individualizado anteriormente con cargo a fondos Presupuesto Municipal Vigente: Imputación N° 114.05.55, centro costo 2008.
TERCERO; Designase como unidad técnica responsable a Depto. Diserco, la que deberá supervisar la correcta ejecución del contrato.
CUARTO; Publíquese, dicho proceso de licitación en la plataforma de Internet de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl, según lo establecido en el Artículo N° 20 de la Ley N° 19.886.-
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