Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 1057539-5-LP26
Adjudicación Informada en portal el
17/4/2026 11:51

En , 13-04-2026
Nro de Resolución 1346
Vistos
1. Ley de Presupuesto N°21.796 de fecha 12 de diciembre de 2025 que aprueba el presupuesto del Sector Publico año 2026. 2. Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado N° 18.575, y demás normas pertinentes. 3. Ley 19.880 Establece Bases de Los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos del Estado. 4. Procedimientos establecidos en la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios; y al señalado en Decreto N° 661 del 3 de junio del 2024, que aprueba el nuevo Reglamento de Compras Públicas. 5. Resolución 36/2024 de la Contraloría General de la República, que fija las normas de exención del trámite de razón. 6. Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°2.763/1979 y de las Leyes N°18.933 y N°18.469. 7. El Decreto Supremo N°140 de 2005, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. 8. Decreto Nº38 de fecha 31 de diciembre de 2005, del Ministerio de salud; Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de menor complejidad y de los Establecimientos Autogestionados en Red. 9. Resolución Exenta RA N°951/6/2026 de fecha 05 de enero del 2026, que designa comisión de servicio en el territorio nacional al Dr. Ricardo Antonio Quezada Aliste como Director Subrogante del Hospital Puerto Montt. 10. Resolución Exenta 5.646 de fecha 21 de noviembre del 2025, que designa orden de subrogancia del Director del Hospital de Puerto Montt. 11. Resolución Exenta N°20 de fecha 05 de enero de 2026, que modifica la Resolución Exenta N°5.646 de fecha 21 de noviembre de 2025, designando como Director Subrogante al Dr. Ricardo Antonio Quezada Aliste. 12. Resolución Exenta N° 951/454/2026 de 05 de marzo de 2026, que establece comisión de Servicio para doña Sara Cerón Salazar en el cargo de Subdirectora Administrativa(S), del Hospital de Puerto Montt.
Considerando
1. Que, la presente compra se encuentra dentro de plan anual de compras, el que, se encuentra aprobado por medio de la Resolución Exenta N°291 de fecha 30 de enero de 2026, e ingresado en el portal de compras públicas en el ítem sobre gestión, y específicamente en la viñeta sobre plan de Compras. 2. Que, por medio de la Solicitud de Compra N°1023, de fecha 24 de noviembre de 2025, del Centro de Responsabilidad Quirúrgico, surge la necesidad de contar con “CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS NEUROINTERVENCIONAL, HOSPITAL DE PUERTO MONTT”. 3. Que, por medio de Resolución Exenta N°5.414 de fecha 31 de diciembre del 2025, se aprobaron y publicaron las Bases de Licitación para el “CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS NEUROINTERVENCIONAL, HOSPITAL DE PUERTO MONTT”. 4. Que, por medio de la Resolución Exenta N°5.414 de fecha 31 de diciembre del 2025, en su artículo 9.1, se aprobó y designó la Comisión de Evaluación para el procedimiento de licitación individualizado en la presente Resolución. 5. Que, la correspondiente ficha de licitación está asignada bajo el ID 1057539-5-LP26. 6. Que, la apertura electrónica de las ofertas fue realizada con fecha 4 de febrero de 2026. 7. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8º bis de la Ley N.º 18.575, los contratos administrativos se celebrarán previa Propuesta Pública. 8. Que, según el artículo 10º de la Ley Nº19.886, los procedimientos de licitación se realizarán con estricta sujeción de los participantes de la Entidad licitante a las Bases Administrativas y Técnicas que la regulen; siendo estás siempre aprobadas previamente por la autoridad competente. 9. Que, según lo previsto en el artículo N°29 del Decreto Supremo N°661, de fecha 3 de junio de 2024, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras, se deberá consultar el catálogo de Convenio Marco antes de efectuar un llamado a licitación pública, realizar una licitación privada, celebrar un trato directo o llevar a cabo otro procedimiento especial de contratación. En este caso en particular, se efectuó la consulta al catálogo de Convenio Marco, constatándose que esta compra no se encuentra disponible en dicho catálogo. 10. Que, según lo anteriormente expuesto:
Resuelvo
1º APRUÉBANSE el presente informe de evaluación y propuesta de Adjudicación de la Licitación Pública “CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS NEUROINTERVENCIONAL, HOSPITAL DE PUERTO MONTT”, de acuerdo con el siguiente detalle: INFORME DE EVALUACIÓN DE LICITACIÓN “CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS NEUROINTERVENCIONAL, HOSPITAL DE PUERTO MONTT”. I. APERTURA DE LA LICITACIÓN. El Hospital de Puerto Montt, publicó licitación identificada bajo el ID 1057539-5-LP26, con el propósito de obtener “CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS NEUROINTERVENCIONAL, HOSPITAL DE PUERTO MONTT”, con un presupuesto disponible de $161.744.800.- IVA Incluido (ciento sesenta y un millones setecientos cuarenta y cuatro mil ochocientos), en pesos chilenos, con cargo al Hospital de Puerto Montt. Lo anterior, materializado, por medio de la Resolución Exenta N°5.414 de fecha 31 de diciembre de 2025, que aprueba las bases de licitación para el correspondiente proceso de licitación. Objetivo del Servicio licitado: El objetivo de esta licitación es asegurar el suministro de insumos neurointervencionales de alta calidad, que cumplan con los estándares de seguridad y eficacia, contribuyendo al óptimo desarrollo de las intervenciones médicas. Los insumos neurointervencionales deberán estar diseñados para proporcionar soporte estructural a las venas periféricas, facilitando el flujo sanguíneo adecuado y mejorando la salud vascular de los pacientes. Se busca establecer un contrato que garantice la disponibilidad continua de estos insumos críticos, con tiempos de entrega eficientes y cumplimiento estricto de las normativas sanitarias vigentes, asegurando así la continuidad y calidad en la atención de los pacientes en la unidad de Hemodinamia del hospital de Puerto Montt. Sobre la Licitación La evaluación de la presente licitación, se realizó en 1 etapa, de acuerdo a lo señalado en la correspondiente ficha del portal mercadopublico.cl. A dicha licitación, se presentaron los siguientes oferentes: RUT RAZÓN SOCIAL 76.697.357-4 Angionautix Chile Spa. 76.214.406-9 CHM CHILEMEDICAL SPA 76.453.086-1 CicloMed Chile 77.237.150-0 Medtronic Chile 76.595.497-5 VISALMED Sobre la Evaluación Forman parte integrante de la evaluación al menos los siguientes documentos, anexos e información adicional. 1. Ley de Compras Públicas. 2. Resolución Exenta N°5.414 de Bases de Licitación. 3. Ficha de Licitación del Portal. 4. Aclaraciones de la Propuesta 5. Foro electrónico. 6. Foro Inverso. 7. Documentación Administrativa, Técnica y Económica de las Ofertas en el Portal mercadopublico.cl II. CONSULTAS Y ACLARACIONES • Consultas a la oferta de la licitación: ID 1057539-5-LP26 De acuerdo a lo indicado en artículo N°4 Consultas y aclaraciones de las bases aprobadas por Resolución Exenta N°5.414 de fecha 31 de diciembre de 2025. N° Fecha y Hora Tipo Foro Preguntas y Respuestas 1 22-01-2026 10:31:19 P ¿Requiere de certificados de uso ? 1 22-01-2026 15:52:05 R Estimada, no se requiere certificado de uso 2 22-01-2026 10:58:08 P En el anexo 5 técnico, en la casilla CÓDIGO, se refieren al código interno del hospital? porque luego sale código de referencia interno que entiendo seria el de cada proveedor. Y a que se refiere con N° de la oferta? 2 22-01-2026 10:58:08 R Estimado(a), se refiere al código de referencia del insumo por parte del proveedor en ambos casos la casilla código está repetida. En n° de la oferta colocar ID de la licitación. 3 22-01-2026 11:10:13 P En el anexo técnico. ¿Cuál es la diferencia entre el N° de la oferta y N° de la propuesta? 3 Respuesta 22-01-2026 15:53:36 R Estimado, coloque la ID de licitación en ambos casos. Es algo que vino en las especificaciones técnicas de la solicitud de compra. Se le consultó al referente técnico y señala que coloque la ID del proceso licitatorio tanto para el n° de la oferta y n° de la propuesta. Nota: No se realizaron consultas. • Aclaraciones a la oferta licitación: ID 1057539-5-LP26. De acuerdo a lo indicado en artículo N°8.2 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes de las bases aprobadas por Resolución Exenta N°5.414 de fecha 31 de diciembre de 2025. # Pregunta Fecha Pregunta Proveedor Respuesta Fecha Respuesta III. ADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS En una primera etapa se evaluó la admisibilidad administrativa: Revisión de información de admisibilidad de acuerdo a lo solicitado en el artículo N°8.1 de bases de licitación, aprobadas por Resolución Exenta N°5.414 de fecha 31 de diciembre de 2025. De acuerdo a la revisión de la documentación adjunta, se obtiene lo siguiente: RUT RAZÓN SOCIAL DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA OBSERVACIONES 76.697.357-4 Angionautix Chile Spa. SI OFERTA ADMISIBLE, OFERTA ACEPTADA 76.214.406-9 CHM CHILEMEDICAL SPA SI OFERTA ADMISIBLE, OFERTA ACEPTADA 76.453.086-1 CicloMed Chile SI OFERTA ADMISIBLE, OFERTA ACEPTADA 77.237.150-0 Medtronic Chile SI OFERTA ADMISIBLE, OFERTA ACEPTADA 76.595.497-5 VISALMED SI OFERTA ADMISIBLE, OFERTA ACEPTADA IV. CRITERIOS Y PONDERACIONES Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos puntajes de ponderación, de acuerdo a lo indicado en artículo 9.2 y 9.3 de las bases de licitación, aprobadas por Resolución Exenta N°5.414 de fecha 31 de diciembre de 2025. 9.2. Criterios de Evaluación. Se establecen los siguientes criterios de evaluación, con sus respectivos puntajes de ponderación: CRITERIO DE EVALUACIÓN PORCENTAJE ECONÓMICO 35% TÉCNICO 60% CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES 2% PACTO DE INTEGRIDAD 3% TOTAL 100% 9.3. Metodología de evaluación. – Las ofertas serán evaluadas con nota considerando un decimal. 9.3.1. Criterio Económico (35%) La evaluación económica se realizará por precio indicado en oferta económica (formulario n°6). Se evaluará el valor unitario indicado en pesos chilenos, sin impuestos; según la siguiente formula: Puntaje = (Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta) * 100% * 35 Nota: proponente deberá tener en consideración que el precio ofertado en el formulario económico N°6 y en el portal de mercado público es NETO, y ambos deben coincidir. Nota: En caso de existir discrepancia en el precio del formulario económico N°6 y el precio electrónico del portal mercado público, prevalecerá este último, según lo indicado en el artículo 6.1 referente al ítem Discrepancia en Valores Ofertados”, respecto a las presentes bases de Licitación. 9.3.2. Criterio especificaciones técnicas (60%) La evaluación del criterio especificaciones técnicas será realizada por la comisión de evaluación usuarios de los productos a través del Anexo N°3 “Evaluación de especificaciones técnicas”. Los referentes técnicos usuarios de los productos solicitados, serán quienes harán revisión del cumplimiento o incumplimiento de las especificaciones técnicas indicadas por el proveedor en el Formulario N°5 “Cumplimiento de las especificaciones técnicas”, revisando para esto la ficha técnica de los insumos o la muestra solicitada en caso de necesario para complementar la evaluación. Se evaluará de acuerdo al siguiente detalle: Línea Ofertada Evaluación de las especificaciones técnicas Puntaje Observaciones Referente Técnico Cumple Cumple Parcialmente No cumple El puntaje de este sub-criterio de evaluación se presenta a continuación: CANTIDAD PUNTAJE Cumple con el 100% de las especificaciones técnicas solicitadas para el producto ofertado 100 pts. Cumple parcialmente con las especificaciones técnicas para el producto ofertado (con uno o más incumplimientos, ya se considera que cumple parcialmente las especificaciones técnicas). 50 pts. No informa/ no cumple ninguna de las especificaciones técnicas descritas 0 pts. Nota: Cuando la ficha técnica se ajuste a todo lo requerido en las especificaciones técnicas, será evaluado en el rango “Cumple en su totalidad”, obteniendo un puntaje de 100 puntos. Si la ficha técnica posee uno (1) o dos (2) incumplimientos, será evaluado en el rango “Cumple parcialmente”, obteniendo un puntaje de 50 puntos. En el caso que la ficha técnica no cumpla con tres (3) o más de las especificaciones solicitadas, será evaluado en el rango “No cumple” y el puntaje será de 0 puntos. Sin perjuicio de lo mencionado, se podrá solicitar una muestra en caso de ser requerido para realizar una evaluación más eficaz. Nota 2: Es obligatoria la entrega de un (1) equipo en comodato de bomba de aspiración en caso de ofertar lo indicado en la línea n°6, relacionado al sistema de aspiración. Caso contrario, la oferta no podrá ser evaluada para dicha línea. Nota 3: En caso de solicitarse una muestra se realizarán observaciones de ésta correspondiente a la tangibilidad y uso del insumo, para apreciar la calidad de este propiamente tal, lo cual influirá en la decisión final de la adjudicación mediante los argumentos técnicos obtenidos en la praxis. 9.3.3. Cumplimiento de los requisitos formales (2%). Se considerará, la completitud de la oferta en relación con los antecedentes requeridos en el Articulo N°6 de las presentes Bases. La asignación de puntajes se describe a continuación: CANTIDAD PUNTAJE Cumple con los requisitos formales de presentación de la oferta 100 pts. Cumple con los requisitos formales posterior al cierre de recepción de ofertas / Cumple parcialmente con los requisitos formales al momento de presentación de la oferta. 50 pts. No informa / No Cumple con los requisitos formales de presentación de oferta. 0 pts. 9.3.4. Criterio Cumplimiento Programa de Integridad (3%) Para acreditar el cumplimiento del Pacto por Programa de Integridad de las presentes bases de licitación, se evaluará si el oferente cuenta con Programa de Integridad conocido por los trabajadores, por lo que deberá adjuntar el programa de integridad con que cuente el oferente. A su vez, el programa de integridad debe ser conocido por todos los trabajadores, por lo que deberá adjuntar declaración jurada simple firmada por el representante u persona natural (Formulario N°4). DESCRIPCIÓN PUNTAJE La empresa cuenta con programas de integridad que son conocidos por su personal, y lo acredita adjuntando programa y declaración jurada simple firmada por el representante legal de la empresa u persona natural de ser el caso. 100 pts. La empresa no adjunta programas de integridad. 0 pts. 9.4. Cláusula de desempate. En caso de que el puntaje final entregue un empate entre 2 o más ofertas, se aplicarán las siguientes cláusulas de desempate, en el mismo orden indicado: 1. Se adjudicará a aquel proveedor con mayor puntaje en el Criterio Técnico. 2. Se adjudicará a aquel proveedor con mayor puntaje en el Criterio Económico. 3. De persistir el empate, será la Dirección del Hospital de Puerto Montt quien determinará al adjudicado. V. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS VI. ASIGNACIÓN DE PUNTAJES La asignación de puntajes y las fórmulas de cálculo aplicadas son las que se describen a continuación: Observación de la Comisión Evaluadora: En la ficha técnica presentada por CicloMed Chile, no indica zona de transición. Por otro lado, la ficha técnica presentada por Medtronic Chile, no indica lazo de nitinol ni tampoco zona de transición. VII. CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN Las consultas respecto a la adjudicación deberán ser realizadas a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. VIII. CONCLUSIONES Efectuada la evaluación y determinado el puntaje correspondiente a cada oferente, se concluye lo siguiente: RUT RAZÓN SOCIAL DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA OBSERVACIONES 76.697.357-4 Angionautix Chile Spa. SI OFERTA ADMISIBLE, OFERTA ACEPTADA Y ADJUDICADA 76.214.406-9 CHM CHILEMEDICAL SPA SI OFERTA ADMISIBLE, OFERTA ACEPTADA Y ADJUDICADA 76.453.086-1 CicloMed Chile SI OFERTA ADMISIBLE, OFERTA ACEPTADA Y ADJUDICADA 77.237.150-0 Medtronic Chile SI OFERTA ADMISIBLE, OFERTA ACEPTADA Y NO ADJUDICADA 76.595.497-5 VISALMED SI OFERTA ADMISIBLE, OFERTA ACEPTADA Y ADJUDICADA Firman en la presente resolución de proposición de Adjudicación, los siguientes integrantes de la Comisión de Evaluación o sus subrogantes: Nombre Rut Firma GONZALO ALFONSO SÁNCHEZ CARO 8.969.801-4 RODRIGO ALBERT MARTINEZ HEROLD 8.458.844-K OBREN DANILO DRAZIC BENI 15.550.791-8 Debido a la ausencia en el ejercicio de sus labores, el integrante de la Comisión Evaluadora: don Pedro Ignacio Sfeir Vottero, RUT: 16.371.585-6, será reemplazado por don Rodrigo Albert Martínez Herold, RUT: 8.458.844-K. Lo anterior, justificado en el artículo 9.1 de la Resolución Exenta N°5.414 de fecha 31 de diciembre del 2025. 2.- ADJUDÍCASE, la licitación ID 1057539-5-LP26 de acuerdo con el siguiente detalle: 3.-SOLICÍTESE la correspondiente Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato a los proveedores adjudicados, según lo establecido en el artículo 11.7 de las bases de licitación aprobadas por Resolución Exenta N°5.414 de fecha 31 de diciembre de 2025. 4.- ELABÓRESE el respectivo contrato con los proveedores adjudicados, de acuerdo al resuelvo número dos de la presente resolución. 5.- IMPÚTESE el gasto ascendente a la suma $161.447.300.-IVA Incluido (ciento sesenta y un millones cuatrocientos cuarenta y siete mil trescientos), en pesos chilenos, con cargo al subtitulo 22, ítem presupuestario 22-04-005-003, del presupuesto 2026 del Hospital de Puerto Montt. 6.- PÁGUESE contra la recepción total de los bienes o servicios adquiridos. 7.- EMÍTANSE las respectivas órdenes de compra a través del sistema Mercado Público de ChileCompra 8.-PUBLÍQUESE la presente Resolución en el sistema de información de compras y contratación pública www.mercadopublico.cl. ANÓTESE, COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE. D. RICARDO QUEZADA ALISTE DIRECTOR (S) HOSPITAL DE PUERTO MONTT Distribución: · Proveedor (Plataforma digital) · Depto. Logística HPM · Unidad de Partes HPM ANEXO 1. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERESES Y DE CONFIDENCIALIDAD DE LA COMISIÓN EVALUADORA LICITACIÓN ID 1057539-5-LP26 Yo, Gonzalo Alfonso Sánchez Caro, cedula nacional de identidad N°8.969.801-4 con domicilio en LOS AROMOS 65, DECLARO bajo juramento que: • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tengo hijos en común, tengo o tienen interés, en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la ley Nº 18.046, sobre sociedades anónimas. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen interés personal en la resolución del proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, soy o son administradores de alguna o algunas de las sociedades o entidades oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen cuestión litigiosa pendiente con algún oferente en el proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo, ni con los administradores de las entidades o sociedades oferentes en dicho proceso, ni con sus asesores, representantes legales o mandatarios, ni estoy o están asociados o comparto o comparten despacho profesional con dichos asesores, representantes legales o mandatarios para el asesoramiento, la representación o el mandato. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen amistad íntima o enemistad manifiesta con alguno de los oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo, ni con los administradores de las entidades o sociedades oferentes en dicho proceso, ni con sus asesores, representantes legales o mandatarios. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, he o han tenido intervención como perito o como testigo en el proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen relación de servicio con persona natural o jurídica oferente en el proceso de compra en cuya evaluación participo o interesada directamente en el resultado de dicho proceso, ni he o han prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar a dichos oferentes o interesados. • No me he desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la ley N° 18.045. • No he emitido opinión, por cualquier medio, sobre el proceso de compra en cuya evaluación participo y cuya resolución se encuentre pendiente. • No he participado en decisiones en que exista cualquier circunstancia que me reste imparcialidad respecto del proceso de compra en cuya evaluación participo. Asimismo, DECLARO que de surgir algún antecedente que constituya alguna de las causales de implicancia arriba indicadas, me abstendré de continuar interviniendo en el proceso de compra en cuya evaluación participo, debiendo poner en conocimiento de mi superior jerárquico la causal o causales específicas que me afectan. Por último, DECLARO que me comprometo a guardar confidencialidad en cuanto al contenido de las ofertas del proceso de compra en cuya evaluación participo, así como de todos los antecedentes relacionados con dicho proceso y, especialmente, a actuar con absoluta reserva respecto de todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación. NOTA: - Todos los datos solicitados deben ser completados por el funcionario. De faltar alguno de estos, la declaración será rechazada y el respectivo funcionario no podrá participar en la Comisión Evaluadora. - Si la información contenida en la presente declaración es falsa, ha sido enmendada o tergiversada, el funcionario será excluido de la Comisión Evaluadora y podrá quedar afecto a sanciones administrativas o penales según corresponda. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales." PUERTO MONTT, 3 DE MARZO DEL 2026 GONZALO ALFONSO SÁNCHEZ CARO MÉDICO CIRUJANO 8.969.801-4 ANEXO 1. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERESES Y DE CONFIDENCIALIDAD DE LA COMISIÓN EVALUADORA LICITACIÓN ID 1057539-5-LP26 Yo, Rodrigo Albert Martínez Herold, cedula nacional de identidad N°8.458.844-K con domicilio en LOS AROMOS 65, DECLARO bajo juramento que: • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tengo hijos en común, tengo o tienen interés, en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la ley Nº 18.046, sobre sociedades anónimas. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen interés personal en la resolución del proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, soy o son administradores de alguna o algunas de las sociedades o entidades oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen cuestión litigiosa pendiente con algún oferente en el proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo, ni con los administradores de las entidades o sociedades oferentes en dicho proceso, ni con sus asesores, representantes legales o mandatarios, ni estoy o están asociados o comparto o comparten despacho profesional con dichos asesores, representantes legales o mandatarios para el asesoramiento, la representación o el mandato. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen amistad íntima o enemistad manifiesta con alguno de los oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo, ni con los administradores de las entidades o sociedades oferentes en dicho proceso, ni con sus asesores, representantes legales o mandatarios. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, he o han tenido intervención como perito o como testigo en el proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen relación de servicio con persona natural o jurídica oferente en el proceso de compra en cuya evaluación participo o interesada directamente en el resultado de dicho proceso, ni he o han prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar a dichos oferentes o interesados. • No me he desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la ley N° 18.045. • No he emitido opinión, por cualquier medio, sobre el proceso de compra en cuya evaluación participo y cuya resolución se encuentre pendiente. • No he participado en decisiones en que exista cualquier circunstancia que me reste imparcialidad respecto del proceso de compra en cuya evaluación participo. Asimismo, DECLARO que de surgir algún antecedente que constituya alguna de las causales de implicancia arriba indicadas, me abstendré de continuar interviniendo en el proceso de compra en cuya evaluación participo, debiendo poner en conocimiento de mi superior jerárquico la causal o causales específicas que me afectan. Por último, DECLARO que me comprometo a guardar confidencialidad en cuanto al contenido de las ofertas del proceso de compra en cuya evaluación participo, así como de todos los antecedentes relacionados con dicho proceso y, especialmente, a actuar con absoluta reserva respecto de todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación. NOTA: - Todos los datos solicitados deben ser completados por el funcionario. De faltar alguno de estos, la declaración será rechazada y el respectivo funcionario no podrá participar en la Comisión Evaluadora. - Si la información contenida en la presente declaración es falsa, ha sido enmendada o tergiversada, el funcionario será excluido de la Comisión Evaluadora y podrá quedar afecto a sanciones administrativas o penales según corresponda. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales." PUERTO MONTT, 3 DE MARZO DEL 2026 RODRIGO ALBERT MARTÍNEZ HEROLD MÉDICO CIRUJANO 8.458.844-K ANEXO 1. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERESES Y DE CONFIDENCIALIDAD DE LA COMISIÓN EVALUADORA LICITACIÓN ID 1057539-5-LP26 Yo, Obren Danilo Drazic Beni, cedula nacional de identidad N°15.550.791-8 con domicilio en LOS AROMOS 65, DECLARO bajo juramento que: • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tengo hijos en común, tengo o tienen interés, en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la ley Nº 18.046, sobre sociedades anónimas. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen interés personal en la resolución del proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, soy o son administradores de alguna o algunas de las sociedades o entidades oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen cuestión litigiosa pendiente con algún oferente en el proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo, ni con los administradores de las entidades o sociedades oferentes en dicho proceso, ni con sus asesores, representantes legales o mandatarios, ni estoy o están asociados o comparto o comparten despacho profesional con dichos asesores, representantes legales o mandatarios para el asesoramiento, la representación o el mandato. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen amistad íntima o enemistad manifiesta con alguno de los oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo, ni con los administradores de las entidades o sociedades oferentes en dicho proceso, ni con sus asesores, representantes legales o mandatarios. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, he o han tenido intervención como perito o como testigo en el proceso de compra en cuya evaluación participo. • Ni yo, ni mi conviviente civil, ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, ni aquel o aquella con quienes tenga hijos en común, tengo o tienen relación de servicio con persona natural o jurídica oferente en el proceso de compra en cuya evaluación participo o interesada directamente en el resultado de dicho proceso, ni he o han prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar a dichos oferentes o interesados. • No me he desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades oferentes en el proceso de compra en cuya evaluación participo. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la ley N° 18.045. • No he emitido opinión, por cualquier medio, sobre el proceso de compra en cuya evaluación participo y cuya resolución se encuentre pendiente. • No he participado en decisiones en que exista cualquier circunstancia que me reste imparcialidad respecto del proceso de compra en cuya evaluación participo. Asimismo, DECLARO que de surgir algún antecedente que constituya alguna de las causales de implicancia arriba indicadas, me abstendré de continuar interviniendo en el proceso de compra en cuya evaluación participo, debiendo poner en conocimiento de mi superior jerárquico la causal o causales específicas que me afectan. Por último, DECLARO que me comprometo a guardar confidencialidad en cuanto al contenido de las ofertas del proceso de compra en cuya evaluación participo, así como de todos los antecedentes relacionados con dicho proceso y, especialmente, a actuar con absoluta reserva respecto de todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación. NOTA: - Todos los datos solicitados deben ser completados por el funcionario. De faltar alguno de estos, la declaración será rechazada y el respectivo funcionario no podrá participar en la Comisión Evaluadora. - Si la información contenida en la presente declaración es falsa, ha sido enmendada o tergiversada, el funcionario será excluido de la Comisión Evaluadora y podrá quedar afecto a sanciones administrativas o penales según corresponda. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales." PUERTO MONTT, 3 DE MARZO DEL 2026 OBREN DANILO DRAZIC BENI MÉDICO CIRUJANO 15.550.791-8
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social HOSPITAL PUERTO MONTT SERVICIO DE SALUD DEL RELONCAVI
Unidad de Compra Bienes y Servicios
R.U.T. 61.975.100-0
Dirección
Comuna
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de los Lagos
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo Cristian Voltaire Cárcamo Catalán
Cargo Profesional
Teléfono 56-02-652362881
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 1057539-5-LP26
Nombre de Adquisición CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS NEUROINTERVENCIONAL
Tipo de Adquisición Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Descripción El objetivo de esta licitación es asegurar el suministro de insumos neurointervencionales de alta calidad, que cumplan con los estándares de seguridad y eficacia, contribuyendo al óptimo desarrollo de las intervenciones médicas. Los insumos neurointervencionales deberán estar diseñados para proporcionar soporte estructural a las venas periféricas, facilitando el flujo sanguíneo adecuado y mejorando la salud vascular de los pacientes. Se busca establecer un contrato que garantice la disponibilidad continua de estos insumos críticos, con tiempos de entrega eficientes y cumplimiento estricto de las normativas sanitarias vigentes, asegurando así la continuidad y calidad en la atención de los pacientes en la unidad de Hemodinamia del hospital de Puerto Montt
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 15/1/2026 16:00
Fecha de Cierre 4/2/2026 15:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 135.670.000
Monto Neto Estimado del Contrato $ 135.670.000



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
Res. Ex. 1.346 Adjudica Licitación ID 1057539-5-LP26.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDeclaración Jurada Ausencia de Conflictos de Interés1083 KB17-04-2026 11:46:26
Res. Ex. 1.346 Adjudica Licitación ID 1057539-5-LP26.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTActa de Evaluación1083 KB17-04-2026 11:46:15
Res. Ex. 1.346 Adjudica Licitación ID 1057539-5-LP26.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónResolución de Adjudicación1083 KB17-04-2026 11:46:06

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
8969801-4Gonzalo Sánchez CaroMédico Cirujano
8458844-kRodrigo Martinez HeroldMédico Cirujano
15550791-8Obren Drazic BeniMédico Cirujano
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 42203402 Catéteres o juegos vasculares intervencional o diagnósticos
Especificaciones del Comprador : CATETER BALON
Cantidad : 8
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.697.357-4 ANGIONAUTIX CHILE SPA Catéter balón de doble lúmen NEUROSPEED para angiolplastía cerebral. De luz interna de 0.0165. Largo útil del catéter 150cm, de punta flexible con marcador radiopaco. Disponible en diámetros de 1.5 a 4.0mm y longitudes de 8 y 15mm. Compatible con todas las medidas de stent Credo. Marca Acandis, Alemania. $ 1150000 8 9200000 Adjudicada
76.595.497-5 VISALMED VIDA Y SALUD LIMITADA CATETER BALON, ECLIPSE DOBLE LUMEN DIFERENTES MEDIDAS. MARCA BALT $ 1350000 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 9.200.000




2 Clasificación ONU : 42221501 Catéteres de línea arterial
Especificaciones del Comprador : COIL EMBOLIZANTE
Cantidad : 120
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.453.086-1 CICLO MED CHILE SPA Avenir - Avenir Coils System Sistema de coils de platino para embolizacion de aneurismas intracraneales y malformaciones neurovasculares. Alta conformabilidad, liberacion mecanica instantanea sin accesorios y diseño que minimiza la herniacion del coil. Medidas: Distintas medidas disponibles, diametros de 1.0 a 9.0 mm y largos de 1 a 60 cm. $ 580000 120 69600000 Adjudicada
77.237.150-0 COMERCIAL MEDTRONIC CHILE LTDA COIL EMBOLIZANTE $ 570000 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 69.600.000




3 Clasificación ONU : 42294216 Sets de instrumentos quirúrgicos de angiografía
Especificaciones del Comprador : LIBERADOR DE COILS 1
Cantidad : 24
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.214.406-9 INVERSIONES CHM SPA Liberador manual ergonómico de coils TARGET, liberación electrolítica y sin cables. Posee 5 luces led indicadoras. Compatible con coils TARGET. Estéril. Marca Stryker USA. $ 230000 23 5290000 Adjudicada
77.237.150-0 COMERCIAL MEDTRONIC CHILE LTDA LIBERADOR DE COILS 1 $ 150000 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 5.290.000




4 Clasificación ONU : 42294216 Sets de instrumentos quirúrgicos de angiografía
Especificaciones del Comprador : LIBERADOR DE COILS 2
Cantidad : 24
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.697.357-4 ANGIONAUTIX CHILE SPA Dispositivo de liberación manual de coils NUMEN FR. Sistema de liberación electrolítica y sin cables, compatible con coils NUMEN. Marca Microport, China. $ 200000 23 4600000 Adjudicada
77.237.150-0 COMERCIAL MEDTRONIC CHILE LTDA LIBERADOR DE COILS 2 $ 150000 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 4.600.000




5 Clasificación ONU : 42294216 Sets de instrumentos quirúrgicos de angiografía
Especificaciones del Comprador : LIBERADOR DE COILS 3
Cantidad : 24
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.595.497-5 VISALMED VIDA Y SALUD LIMITADA LIBERADOR DE COILS XCEL , MARCA BALT USA $ 280000 24 6720000 Adjudicada
77.237.150-0 COMERCIAL MEDTRONIC CHILE LTDA LIBERADOR DE COILS 3 $ 150000 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 6.720.000




6 Clasificación ONU : 42142402 Cánulas o tubos de succión médicos o accesorios
Especificaciones del Comprador : SISTEMA DE ASPIRACION
Cantidad : 48
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.214.406-9 INVERSIONES CHM SPA Sistema de aspiración que incluye filtro recolector de coágulos AXS UNIVERSAL LINER SET que entrega máximo higiene al operador evitando contacto con la sangre y reservorio desechable de 1500cc de capacidad. Incluye en comodato bomba de aspiración. Compatible con catéteres de Penumbra. Marca Stryker, USA. $ 445000 48 21360000 Adjudicada
76.453.086-1 CICLO MED CHILE SPA Se ofrecen Indigo catéteres de aspiración 6F 135 cm y 8F TORQXTORQ 85-115 cm y RED catéteres de reperfusión para revascularizacion. La familia RED optimiza el lumen con tecnología REDglide. Medidas: diámetros 0,043-0,078 y largos 132-152 cm. Incluye canister y bomba en comodato. $ 2400000 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 21.360.000




7 Clasificación ONU : 42221504 Catéteres intravenosos periféricos para uso general
Especificaciones del Comprador : STENT NEUROINTERVENCIONISMO
Cantidad : 6
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.697.357-4 ANGIONAUTIX CHILE SPA Stent CREDO autoexpandible de nitinol para tratamiento de estenosis intracraneales. De celdas cerradas, tres marcas radioopacas distales y proximales. Disponible en diámetros de 3.0 a 5.0mm y longitudes de 10 a 20mm. Marca Acandis, Alemania. $ 3150000 6 18900000 Adjudicada
76.595.497-5 VISALMED VIDA Y SALUD LIMITADA STENT NEUROINTERVENCIONISMO LEO y LEO BABY , MARCA BALT $ 3800000 0 0 No Adjudicada
77.237.150-0 COMERCIAL MEDTRONIC CHILE LTDA STENT NEUROINTERVENCIONISMO $ 2750000 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 18.900.000



Monto Total Adjudicado $ 135.670.000