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1. Nuestra región enfrenta desde hace varios años una creciente situación de escasez hídrica que ha implicado que desde el año 2010 a la fecha, a través de los fondos “Para Atender Situaciones de Emergencia”, administrados por la Subsecretaría del Interior, se han financiado acciones tendientes a asegurar el acceso al agua para consumo humano de las personas que habitan los lugares donde esta situación ha tenido impacto.
2. Que, el acceso al agua potable es esencial para el ejercicio de derechos humanos fundamentales como la vida, reconocido tanto en nuestra Constitución como en tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos. Asimismo, otros tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, consagran expresamente como un Derecho, el acceso al agua potable, entre ellos, la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada en 1989 (arts. 24 y 27 3) y la Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (art. 14.2). Por ello, corresponde a este órgano del Estado adoptar las medidas administrativas necesarias para garantizar este derecho. “El derecho al agua abarca, por lo tanto, el acceso al agua necesaria para mantener la vida y la salud y para satisfacer las necesidades básicas, y no confiere a las personas el derecho a una cantidad ilimitada de agua. Según la OMS, se requieren entre 50 y 100 litros de agua por persona al día para cubrir la mayoría de las necesidades básicas y evitar la mayor parte de los problemas de salud”, citado de “El derecho al Agua”, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, página 9.
3. Que, de conformidad al artículo 4° letra e), de la ley N° 19.175, el Delegado Presidencial Provincial puede adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia y catástrofe.
4. Las instrucciones del Sr. Subsecretario del Interior, emitidas Circular N°02 de fecha 06 de enero de 2023, expresan que se entenderá por situaciones de emergencia derivadas del déficit hídrico y/o inaccesibilidad al agua potable, sólo aquellas que tengan directa relación con la falta de precipitaciones, disminución de las escorrentías o agotamiento de los pozos o fuentes, lo que deberá estar respaldado por uno o más de los siguientes instrumentos: Declaración de Zona de Catástrofe por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; Declaración de Zona de Escasez Hídrica por la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas; Informe o Minuta Técnica de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) del Ministerio de Obras Públicas, que acredite la falta de recursos producto del déficit hídrico en el Servicio Sanitario Rural (SSR-APR)) o inaccesibilidad producto del déficit hídrico (según cuencas u Hoyas hidrográficas).
5. Que, conforme las condiciones hidrometereológicas actuales así lo ameritan, la provincia de Limarí, Región de Coquimbo ha sido declarada como zona de escasez hídrica, mediante el decreto N° 109 de 2022, prorrogado mediante decreto 123/2023 del Ministerio de Obras Públicas.
6. Lo anterior se ratifica con el informe técnico realizado por el encargado de emergencia de la Delegación Presidencial Provincial de Limarí, donde se ratifica el déficit que sufre la provincia con un cuadro comparativo de cómo ha ido en aumento la necesidad del recurso, debido a sus escasez.
7. Que, con fecha 05 de octubre se publicó Consulta al Mercado ID 2339-2-RFI23, la cual se tuvo a vista como insumo para la elaboración de las presentes bases y para el respectivo informe técnico.
8. Que, se hace necesario convocar a un proceso de licitación pública, a fin de adjudicar el Servicio de distribución de agua potable en camiones aljibe para la provincia de Limarí de la región de Coquimbo, durante periodo enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio del año 2024.
9. Que, la Glosa 07 asociada a la Partida 05-10-01 del presupuesto vigente para la Subsecretaria del Interior durante el año 2024, dispone que se podrá financiar con cargo a estos recursos iniciativas de inversión que tiendan a mitigar los efectos del déficit hídrico, la inaccesibilidad de agua y a dar continuidad de los servicios de agua potable rural, que actualmente por razones de emergencia, son abastecidos por camiones aljibes o que eventualmente puedan no prestar servicios y requerir camiones en apoyo. Adicionalmente, agrega “los contratos y órdenes de compras realizados por los Servicios Públicos y que se financien con cargo a estos recursos podrán estar exentos del certificado de disponibilidad presupuestaria”.
10. Que, conforme a lo indicado en los artículos 115 bis y 116 de la Constitución Política de la República, en cada región y provincia existirá una Delegación Presidencial Regional y una Delegación Presidencial Provincial, a cargo de un Delegado Presidencial Regional o Provincial, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región o provincia, respectivamente.
11.- Que, mediante Resoluciones exentas N° 372 de 2022 y n° 1038 de 2022 de la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo se delega facultades en el Delegado Presidencial Provincial de Limarí para la celebración de contratos de suministros de bienes y prestación de servicios que se requieran para la para la escasez hídrica y/o inaccesibilidad de agua potable y para la solicitud de Recursos de Emergencia (FEMER).
12.- Que, en virtud de lo anterior se convocó a un proceso de licitación pública, a fin de adjudicar el servicio de distribución de agua potable en camiones aljibe para la provincia de Limarí de la región de Coquimbo, durante periodo enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio , del año 2024, a través de resolución n° 7 de la Delegación Presidencial de Limarí que aprueba bases administrativas, técnicas y anexos de licitación pública para contratación del “servicio de distribución de agua potable en vehículos aljibes para la Provincia de Limarí de la región de Coquimbo, durante periodo enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio , del año 2024”, llama a licitación pública y designa comisión evaluadora.
13.- Que, la Glosa 07 asociada a la Partida 05-10-01 del presupuesto vigente para la Subsecretaria del Interior durante el año 2023, dispone que se podrá financiar con cargo a estos recursos iniciativas de inversión que tiendan a mitigar los efectos del déficit hídrico, la inaccesibilidad de agua y a dar continuidad de los servicios de agua potable rural, que actualmente por razones de emergencia, son abastecidos por camiones aljibes o que eventualmente puedan no prestar servicios y requerir camiones en apoyo. Adicionalmente, agrega “los contratos y órdenes de compras realizados por los Servicios Públicos y que se financien con cargo a estos recursos podrán estar exentos del certificado de disponibilidad presupuestaria”. Lo que se encuentra establecido en términos similares en la ley de presupuesto 21.640 para el sector público para el año 2024.
14.-Que con fecha 14 de noviembre de 2023, la Delegación Presidencial Provincial de Limarí publicó en el Portal www.mercadopublico.cl licitación pública para contratación del “servicio de distribución de agua potable en vehículos aljibes para la Provincia de Limarí de la región de Coquimbo, durante periodo enero, febrero, marzo, abril, mayo, y junio del año 2024”, ID 1343-10-LR23.
15.- Que, a través del foro habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, se realizaron diversas preguntas, cuyas respuestas y aclaraciones, son complementarias a las bases de licitación y se entiende que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deben ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
16.- Que, la comisión evaluadora estuvo integrada por los funcionarios de esta Delegación Presidencial: Berta Adaros Diaz, Encargada departamento de Gestión Territorial, Alejandro Cortés Uren, Coordinador unidad de acción penal, Kamila Alfaro Fernández, coordinadora unidad de finanzas y gestión presupuestaria, Mario Ortiz Cabezas, coordinador unidad de emergencia, contingencia y seguridad pública, María Daniela Castro Carvajal, apoyo administrativo departamento de gestión territorial.
17.- Que, con fecha 27 de diciembre de 2023 según Resolución N° 10 se adjudica licitación pública ID: 1343-10-LR23.
18.- Que, con fecha 29 de enero de 2024, mediante oficio N° E445124/2024 de la Contraloría General de la República, Contraloría Regional de Coquimbo, representa la Resolución N° 10 de 2023, de la Delegación Presidencial Provincial de Limarí.
19. Que, en conformidad a lo anterior se deben evaluar nuevamente las ofertas presentadas ajustándose a derecho, conforme a las observaciones planteadas por la Contraloría Regional de Coquimbo, toda vez al momento de realizar la adjudicación se incumplieron con requisitos de las bases licitatorias.
20.- Que, con fecha 2 de abril de 2024 y según se señala en la resolución exenta N° 284 de misma fecha, se retrotrae la licitación pública ID: 1343-10-LR23 hasta el estado cerrada, dejando sin efecto la Resolución N° 10 de fecha 27 de diciembre de 2024, de acuerdo a lo señalado en oficio N° E445124/2024 de la Contraloría General de la República, Contraloría Regional de Coquimbo que representa la resolución N° 10 de 2023, de la Delegación Presidencial Provincial de Limarí.
21.- Que se recibieron 66 ofertas para 41 rutas (líneas), de un total de 42 rutas (líneas) licitadas, de acuerdo al siguiente cuadro, dejando constancia que al individualizar las postulaciones tenemos un total de 70 postulaciones, ya que el proveedor Juan Carlos Cortes Rojas, cédula de identidad n° 17.713.593-3 en su oferta, postula a 5 líneas diferentes en la comuna de Monte Patria.
Comuna Ruta Rut Proveedor Proveedor Valor Neto
COMBARBALÁ 1 77.867.901-9 ALVAG INVERSIONES E INMOBILIARIA SPA $ 31.170.000
COMBARBALÁ 1 6.606.792-0 ROBERTO ZEPEDA $ 33.853.110
COMBARBALÁ 2 6.606.792-0 ROBERTO ZEPEDA $ 36.450.418
COMBARBALÁ 3 6.606.792-0 ROBERTO ZEPEDA $ 34.285.716
COMBARBALÁ 4 6.606.792-0 ROBERTO ZEPEDA $ 38.823.528
COMBARBALÁ 4 76.047.814-8 SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA $ 38.722.689
COMBARBALÁ 5 76.540.808-3 SOCIEDAD TRANSPORTES KORONA LTDA. $ 33.300.000
COMBARBALÁ 6 76.131.240-5
TRANSPORTES UGALDE Y CIA LTDA
$ 27.748.800
COMBARBALÁ 7 76.131.240-5
TRANSPORTES UGALDE Y CIA LTDA
$ 32.088.000
COMBARBALÁ 8 77.867.901-9 ALVAG INVERSIONES E INMOBILIARIA SPA $ 34.200.000
COMBARBALÁ 9 6.606.792-0 ROBERTO ZEPEDA $ 25.109.244
COMBARBALÁ 9 8.917.200-4 HECTOR VILLALOBOS $ 22.638.654
COMBARBALÁ 9 9.776.353-4 LUIS HIPÓLITO CORTÉS MICHEA $ 25.740.000
COMBARBALÁ 10 16.109.984-8 MARIO TORRES $ 21.680.672
COMBARBALÁ 10 76.131.240-5
TRANSPORTES UGALDE Y CIA LTDA
$ 21.000.000
COMBARBALÁ 11 76.540.808-3 SOCIEDAD TRANSPORTES KORONA LTDA. $ 21.300.000
COMBARBALÁ 12 6.606.792-0 ROBERTO ZEPEDA $ 20.168.070
COMBARBALÁ 12 8.917.200-4 HECTOR VILLALOBOS $ 17.596.638
COMBARBALÁ 13 77.867.901-9 ALVAG INVERSIONES E INMOBILIARIA SPA $ 19.140.000
PUNITAQUI 1 76.047.814-8 SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA $ 31.038.654
PUNITAQUI 2 76.511.597-3 SOCIEDAD DE TRANSPORTES COMERCIAL E INVERSIONES LOS ALAMOS LIMITADA $ 28.452.101
PUNITAQUI 2 8.266.025-9 HECTOR MANUEL CANIVILO RODRIGUEZ $ 27.000.000
PUNITAQUI 3 76.047.814-8 SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA $ 31.038.654
PUNITAQUI 4 76.511.597-3 SOCIEDAD DE TRANSPORTES COMERCIAL E INVERSIONES LOS ALAMOS LIMITADA $ 31.038.655
PUNITAQUI 6 76.881.081-8 TRANSPORTES SANTA CRISTINA $ 28.260.000
PUNITAQUI 7 7.661.407-5 ROSARIO CACERES TAPIA $ 27.852.101
PUNITAQUI 8 7.661.407-5 ROSARIO CACERES TAPIA $ 27.852.101
PUNITAQUI 8 77.827.296-2 SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA $ 26.722.692
PUNITAQUI 9 7.661.407-5 ROSARIO CACERES TAPIA $ 27.852.101
PUNITAQUI 9 77.827.296-2 SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA $ 26.722.692
PUNITAQUI 10 76.511.597-3 SOCIEDAD DE TRANSPORTES COMERCIAL E INVERSIONES LOS ALAMOS LIMITADA $ 39.977.983
PUNITAQUI 10 76.047.814-8 SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA $ 39.000.000
MONTE PATRIA 1 16.109.984-8 MARIO TORRES CORTES $ 27.731.092
MONTE PATRIA 2 16.109.984-8 MARIO TORRES CORTES $ 30.252.101
MONTE PATRIA 3 7.661.407-5 ROSARIO CACERES $ 25.200.000
MONTE PATRIA 3 17.713.593-3 JUAN CARLOS CORTES ROJAS $ 24.699.996
MONTE PATRIA 3 77.827.296-2 SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA $ 23.193.276
MONTE PATRIA 3 76.881.081-8 TRANSPORTES SANTA CRISTINA $ 25.553.574
MONTE PATRIA 4 76.881.081-8 TRANSPORTES SANTA CRISTINA $ 28.134.102
MONTE PATRIA 5 76.540.808-3 SOCIEDAD TRANSPORTES KORONA LTDA. $ 26.400.000
MONTE PATRIA 5 76.540.808-3 SOCIEDAD TRANSPORTES KORONA LTDA. $ 25.800.000
MONTE PATRIA 5 17.713.593-3 JUAN CARLOS CORTES ROJAS $ 26.100.000
MONTE PATRIA 6 76.540.808-3 SOCIEDAD TRANSPORTES KORONA LTDA. $ 24.900.000
MONTE PATRIA 6 76.540.808-3 SOCIEDAD TRANSPORTES KORONA LTDA. $ 24.300.000
MONTE PATRIA 6 17.713.593-3 JUAN CARLOS CORTES ROJAS $ 25.080.000
MONTE PATRIA 6 16.109.984-8 MARIO TORRES CORTES $ 25.210.084
MONTE PATRIA 7 17.713.593-3 JUAN CARLOS CORTES ROJAS $ 24.000.000
MONTE PATRIA 7 7.661.407-5 ROSARIO CACERES TAPIA $ 25.200.000
MONTE PATRIA 7 77.827.296-2 SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA $ 20.168.070
MONTE PATRIA 8 76.540.808-3 SOCIEDAD TRANSPORTES KORONA LTDA. $ 23.400.000
MONTE PATRIA 8 76.540.808-3 SOCIEDAD TRANSPORTES KORONA LTDA. $ 24.000.000
MONTE PATRIA 8 17.713.593-3 JUAN CARLOS CORTES ROJAS $ 24.699.996
MONTE PATRIA 8 16.109.984-8 MARIO TORRES CORTES $ 25.210.084
MONTE PATRIA 8 77.827.296-2 SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA $ 22.184.874
MONTE PATRIA 9 16.109.984-8 MARIO TORRES CORTES $ 34.789.916
OVALLE 1 77.017.223-3 SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA $ 32.331.930
OVALLE 2 76.467.356-5 SOCIEDAD COMERCIAL SAN AGUSTÍN $ 28.452.102
OVALLE 3 77.860.403-5 TRANSPORTES C Y C CASTILLO Y CORRAL SPA $ 28.200.000
OVALLE 3 13.745.906-k CLAUDIO OSSANDON $ 28.452.102
OVALLE 4 77.017.223-3 SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA $ 29.486.724
OVALLE 5 13.745.906-k CLAUDIO OSSANDON $ 25.200.000
OVALLE 5 76.511.597-3 SOCIEDAD DE TRANSPORTES COMERCIAL E INVERSIONES LOS ALAMOS LIMITADA $ 25.865.504
OVALLE 6 77.017.223-3 SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA $ 33.625.212
OVALLE 6 76.047.814-8 SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA $ 33.277.308
OVALLE 7 13.745.906-k CLAUDIO OSSANDON $ 24.300.000
OVALLE 7 76.511.597-3 SOCIEDAD DE TRANSPORTES COMERCIAL E INVERSIONES LOS ALAMOS LIMITADA $ 27.947.283
OVALLE 8 13.745.906-k CLAUDIO OSSANDON $ 17.940.000
OVALLE 8 76.511.597-3 SOCIEDAD DE TRANSPORTES COMERCIAL E INVERSIONES LOS ALAMOS LIMITADA $ 19.663.866
RIO HURTADO 1 77.737.098-7 TRANSPORTES NACHY SPA $ 24.600.000
RIO HURTADO 2 77.737.098-7 TRANSPORTES NACHY SPA $ 23.100.000
22.- Que, para la ruta n ° 5 de la comuna de Punitaqui no se presentaron ofertas.
23.- Que, las siguientes ofertas se declararon inadmisibles en la etapa de apertura y no pasaron al proceso de evaluación, según consta en acta de apertura de fecha 2 de abril 2024, por las siguientes razones:
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Justificación
6.606.792-0
Roberto Zepeda Alfaro Combarbalá 1 Monto de la garantía presentada es menor al 2% mínimo que se solicita en el punto N° 21.1 de las bases administrativas y generales que fueron publicadas
76.540.808-3
Sociedad de Transportes Korona Limitada Combarbalá 11 Capacidad del estanque que oferta es mayor al requerido en el apartado bases técnicas establecidas en el punto N° 36 de las bases de licitación, además la vigencia de la garantía presentada es menor al plazo mínimo requerido en el punto 21.1 de las bases generales de la Licitación.
76.540.808-3 Sociedad de Transportes Korona Limitada Combarbalá 5 Vigencia de la garantía presentada es menor al plazo mínimo requerido en el punto 21.1 de las bases generales de la Licitación.
76.540.808-3 Sociedad de Transportes Korona Limitada Monte Patria 6 Vigencia de la garantía presentada es menor al plazo mínimo requerido en el punto 21.1 de las bases generales de la Licitación.
76.540.808-3 Sociedad de Transportes Korona Limitada Monte Patria 8 Vigencia de la garantía presentada es menor al plazo mínimo requerido en el punto 21.1 de las bases generales de la Licitación.
76.540.808-3 Sociedad de Transportes Korona Limitada Monte Patria 5 Vigencia de la garantía presentada es menor al plazo mínimo requerido en el punto 21.1 de las bases generales de la Licitación.
76.540.808-3 Sociedad de Transportes Korona Limitada Monte Patria 6 Vigencia de la garantía presentada es menor al plazo mínimo requerido en el punto 21.1 de las bases generales de la Licitación.
76.540.808-3 Sociedad de Transportes Korona Limitada Monte Patria 5 Vigencia de la garantía presentada es menor al plazo mínimo requerido en el punto 21.1 de las bases generales de la Licitación.
76.540.808-3 Sociedad de Transportes Korona Limitada Monte Patria 8 Vigencia de la garantía presentada es menor al plazo mínimo requerido en el punto 21.1 de las bases generales de la Licitación.
8.266.025-9
Héctor Manuel Canivilo Rodriguez Punitaqui 2 Presenta anexos obligatorios para admisibilidad sin información del proveedor y sin firma del representante legal de la empresa, además no presenta garantía de seriedad de la oferta y no se encuentra habilitado en el portal de Chile Compra.
76.511.597-3
Sociedad de transportes comercial e inversiones los álamos limitada. Punitaqui 2 La documentación presentada corresponde a una persona natural y la postulación se realiza como persona jurídica, al postular como persona jurídica es necesaria que presente anexo n° 9, el cual no se adjunta, este último es considerado un documento obligatorio para la admisibilidad de la oferta. A mayor abundamiento se constata que la propiedad de los camiones figura a nombre de una persona natural y la postulación y/o oferente es una persona jurídica.
76.511.597-3
Sociedad de transportes comercial e inversiones los álamos limitada. Punitaqui 4 La documentación presentada corresponde a una persona natural y la postulación se realiza como persona jurídica, al postular como persona jurídica es necesaria que presente anexo n° 9, el cual no se adjunta, este último es considerado un documento obligatorio para la admisibilidad de la oferta. A mayor abundamiento se constata que la propiedad de los camiones figura a nombre de una persona natural y la postulación y/o oferente es una persona jurídica.
76.511.597-3
Sociedad de transportes comercial e inversiones los álamos limitada. Punitaqui 10 La documentación presentada corresponde a una persona natural y la postulación se realiza como persona jurídica, al postular como persona jurídica es necesaria que presente anexo n° 9, el cual no se adjunta, este último es considerado un documento obligatorio para la admisibilidad de la oferta. A mayor abundamiento se constata que la propiedad de los camiones figura a nombre de una persona natural y la postulación y/o oferente es una persona jurídica.
76.511.597-3
Sociedad de transportes comercial e inversiones los álamos limitada. Ovalle 7 La documentación presentada corresponde a una persona natural y la postulación se realiza como persona jurídica, al postular como persona jurídica es necesaria que presente anexo n° 9, el cual no se adjunta, este último es considerado un documento obligatorio para la admisibilidad de la oferta. A mayor abundamiento se constata que la propiedad de los camiones figura a nombre de una persona natural y la postulación y/o oferente es una persona jurídica.
76.511.597-3
Sociedad de transportes comercial e inversiones los álamos limitada. Ovalle 5 La documentación presentada corresponde a una persona natural y la postulación se realiza como persona jurídica, al postular como persona jurídica es necesaria que presente anexo n° 9, el cual no se adjunta, este último es considerado un documento obligatorio para la admisibilidad de la oferta. A mayor abundamiento se constata que la propiedad de los camiones figura a nombre de una persona natural y la postulación y/o oferente es una persona jurídica.
76.511.597-3
Sociedad de transportes comercial e inversiones los álamos limitada. Ovalle 8 La documentación presentada corresponde a una persona natural y la postulación se realiza como persona jurídica, al postular como persona jurídica es necesaria que presente anexo n° 9, el cual no se adjunta, este último es considerado un documento obligatorio para la admisibilidad de la oferta. A mayor abundamiento se constata que la propiedad de los camiones figura a nombre de una persona natural y la postulación y/o oferente es una persona jurídica.
7.661.407-5
Rosario Antonieta
Monte Patria 3 No presenta anexo N° 10 correspondiente a la ruta postulada, documento obligatorio para la admisibilidad de la oferta.
7.661.407-5
Rosario Antonieta
Punitaqui 7 Revisión técnica del vehículo ofertado no se encuentra al día
7.661.407-5
Rosario Antonieta
Punitaqui 8 Revisión técnica del vehículo ofertado no se encuentra al día
76.881.081-8
Santa Cristina
Monte Patria 4 Valor de la garantía presentada es menor al 2% solicitado y la capacidad del estanque es mayor al máximo requerido.
76.881.081-8
Santa Cristina
Monte Patria 3 Valor de la garantía presentada es menor al 2% solicitado
76.047.814-8
Transportes Paz Sandoval
Punitaqui 3 Capacidad del estanque que oferta es mayor al requerido en el apartado bases técnicas establecidas en el punto N° 36 de las bases de licitación
76.131.240-5
Transportes Ugalde y Cía. Ltda. Combarbalá 6 Se declara oferta inadmisible porque el valor neto mensual del anexo N°12 no coincide con el formulario electrónico del portal. (no cumpliendo con lo que se señala en el punto N° 8.3 de las bases administrativas generales de la Licitación)
76.131.240-5
Transportes Ugalde y Cía. Ltda. Combarbalá 7 Se declara oferta inadmisible porque el valor neto mensual del anexo N°12 no coincide con el formulario electrónico del portal. (no cumpliendo con lo que se señala en el punto N° 8.3 de las bases administrativas generales de la Licitación)
76.131.240-5
Transportes Ugalde y Cía. Ltda. Combarbalá 10 Se declara oferta inadmisible porque el valor neto mensual del anexo N°12 no coincide con el formulario electrónico del portal. (No cumpliendo con lo que se señala en el punto N° 8.3 de las bases administrativas generales de la Licitación), además de que la capacidad del estanque que oferta es mayor al requerido en el apartado bases técnicas establecidas en el punto N° 36 de las bases de licitación.
17.713.593-3 Juan Carlos Cortes Rojas Monte Patria 5 Revisados los antecedentes, no existiendo justificación para dejar inadmisible la oferta presentada para la ruta n° 3 de la comuna de Monte Patria y de acuerdo a lo que se señala en el punto N° 7 de la bases generales, se indica que sólo pasará a evaluación la propuesta presentada para dicha ruta considerando el orden de prelación de las comunas para la revisión, así como el orden número de las rutas establecido en el punto n° 12 del pliego administrativo.
17.713.593-3 Juan Carlos Cortes Rojas Monte Patria 6 Revisados los antecedentes, no existiendo justificación para dejar inadmisible la oferta presentada para la ruta n° 3 de la comuna de Monte Patria y de acuerdo a lo que se señala en el punto N° 7 de la bases generales, se indica que sólo pasará a evaluación la propuesta presentada para dicha ruta considerando el orden de prelación de las comunas para la revisión, así como el orden número de las rutas establecido en el punto n° 12 del pliego administrativo.
17.713.593-3 Juan Carlos Cortes Rojas Monte Patria 7 Revisados los antecedentes, no existiendo justificación para dejar inadmisible la oferta presentada para la ruta n° 3 de la comuna de Monte Patria y de acuerdo a lo que se señala en el punto N° 7 de la bases generales, se indica que sólo pasará a evaluación la propuesta presentada para dicha ruta considerando el orden de prelación de las comunas para la revisión, así como el orden número de las rutas establecido en el punto n° 12 del pliego administrativo.
17.713.593-3 Juan Carlos Cortes Rojas Monte Patria 8 Revisados los antecedentes, no existiendo justificación para dejar inadmisible la oferta presentada para la ruta n° 3 de la comuna de Monte Patria y de acuerdo a lo que se señala en el punto N° 7 de la bases generales, se indica que sólo pasará a evaluación la propuesta presentada para dicha ruta considerando el orden de prelación de las comunas para la revisión, así como el orden número de las rutas establecido en el punto n° 12 del pliego administrativo.
24.- Que, con fecha 3 de abril de 2024, siendo las 15:30 horas la Comisión Evaluadora, procede a revisar las siguientes ofertas admisibles para evaluación:
Comuna de Combarbalá
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto
77.867.901-9
ALVAG INVERSIONES E INMOBILIARIA SPA
Combarbalá 1 $ 31.170.000
6.606.792-0
ROBERTO ZEPEDA Combarbalá 2 $ 36.450.418
6.606.792-0
ROBERTO ZEPEDA Combarbalá 3 $ 34.285.716
6.606.792-0
ROBERTO ZEPEDA Combarbalá 4 $ 38.823.528
76.047.814-8
SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA Combarbalá 4 $ 38.722.689
77.867.901-9
ALVAG INVERSIONES E INMOBILIARIA SPA
Combarbalá 8 $ 34.200.000
6.606.792-0
ROBERTO ZEPEDA Combarbalá 9 $ 25.109.244
8.917.200-4
HECTOR VILLALOBOS Combarbalá 9 $ 22.638.654
9.776.353-4
LUIS HIPÓLITO CORTÉS MICHEA Combarbalá 9 $ 25.740.000
16.109.984-8
MARIO TORRES Combarbalá 10 $ 21.680.672
6.606.792-0
ROBERTO ZEPEDA Combarbalá 12 $ 20.168.070
8.917.200-4 HECTOR VILLALOBOS Combarbalá 12 $ 17.596.638
77.867.901-9
ALVAG INVERSIONES E INMOBILIARIA SPA
Combarbalá 13 $ 19.140.000
Comuna de Punitaqui
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto
76.047.814-8
SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA Punitaqui 1 $ 31.038.654
76.881.081-8
TRANSPORTES SANTA CRISTINA Punitaqui 6 $ 28.260.000
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Punitaqui 8 $ 26.722.692
7.661.407-5
ROSARIO CACERES Punitaqui 9 $ 27.852.101
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Punitaqui 9 $ 26.722.692
76.047.814-8
SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA Punitaqui 10 $ 39.000.000
Comuna de Monte Patria
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 1 $ 27.731.092
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 2 $ 30.252.101
17.713.593-3
JUAN CARLOS CORTES ROJAS
Monte Patria 3 $ 24.699.996
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Monte Patria 3 $ 23.193.276
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 6 $ 25.210.084
7.661.407-5
ROSARIO CACERES Monte Patria 7 $ 25.200.000
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Monte Patria 7 $ 20.168.070
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 8 $ 25.210.084
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Monte Patria 8 $ 22.184.874
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 9 $ 34.789.916
Comuna de Ovalle
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto
77.017.223-3
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA Ovalle 1 $ 32.331.930
76.467.356-5
SOCIEDAD COMERCIAL SAN AGUSTÍN Ovalle 2 $ 28.452.102
77.860.403-5
TRANSPORTES C Y C CASTILLO Y CORRAL SPA Ovalle 3 $ 28.200.000
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON Ovalle 3 $ 28.452.102
77.017.223-3
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA Ovalle 4 $ 29.486.724
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON Ovalle 5 $ 25.200.000
77.017.223-3
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA Ovalle 6 $ 33.625.212
76.047.814-8
SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA Ovalle 6 $ 33.277.308
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON Ovalle 7 $ 24.300.000
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON Ovalle 8 $ 17.940.000
Comuna de Rio Hurtado
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto
77.737.098-7
TRANSPORTES NACHY SPA
Rio Hurtado 1 $ 24.600.000
77.737.098-7
TRANSPORTES NACHY SPA
Rio Hurtado 2 $ 23.100.000
23.- Que, la Comisión Evaluadora, designada mediante Resolución n° 287 de fecha 2 de abril de 2024 Delegación Presidencial Provincial de Limarí, citada en los vistos, procedió a la evaluación de las ofertas técnicas y económicas recibidas, conforme al orden de revisión establecido en el punto 12 de las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación establecidos en el punto 42 de las Bases de Licitación:
MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL 30%
Aspecto Nota Incidencia
Impulso a las empresas de menor tamaño 50%
Acreditación Micro empresas Nota 7
Acreditación Pequeña y Mediana Nota 5
Acreditación Gran empresas Nota 3
Localización casa matriz 50%
Comuna a la que postula Nota 7
Provincia de Limarí Nota 5
Región de Coquimbo Nota 3
ASPECTOS TÉCNICOS DE LA OFERTA 35%
Aspecto Nota Incidencia
Año del Camión
2023 – 2021 Nota 7 50%
2020 – 2018 Nota 6
2017 -2015 Nota 5
2014 – 2012 Nota 4
2011 – 2009 Nota 3
2008 – 2005 Nota 2
2004 – 2003 Nota 1
Materialidad del Estanque de Almacenamiento de Agua Potable
Acero Inoxidable Nota 7 50%
Fibra de Vidrio Nota 5
Otra Materialidad Nota 3
PRECIO 30%
Fórmula Evaluación: (Valor Oferta más Baja/Oferta Analizada) x 7
CUMPLIMIENTO DE BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES Ponderación
Entrega correcta de documentos dentro del plazo Nota 7 5%
Documentos corregidos fuera de plazo Nota 4
No Entrega documentos Nota 1
MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL 30%
Aspecto Nota Incidencia
Impulso a las empresas de menor tamaño 50%
Acreditación Micro empresas Nota 7
Acreditación Pequeña y Mediana Nota 5
Acreditación Gran empresas Nota 3
Localización casa matriz 50%
Comuna a la que postula Nota 7
Provincia de Limarí Nota 5
Región de Coquimbo Nota 3
ASPECTOS TÉCNICOS DE LA OFERTA 35%
Aspecto Nota Incidencia
Año del Camión
2023 - 2021 Nota 7 50%
2020 - 2018 Nota 6
2017 -2015 Nota 5
2014 - 2012 Nota 4
2011 - 2009 Nota 3
2008 - 2005 Nota 2
Materialidad del Estanque de Almacenamiento de Agua Potable
Acero Inoxidable Nota 7 50%
Fibra de Vidrio Nota 5
Otra Materialidad Nota 3
PRECIO 30%
Fórmula Evaluación: (Valor Oferta más Baja/Oferta Analizada) x 7
CUMPLIMIENTO DE BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES Ponderación
Entrega correcta de documentos dentro del plazo Nota 7 5%
Documentos corregidos fuera de plazo Nota 4
No Entrega documentos Nota 1
24.- Que, la Comisión de Evaluación a través del Acta de Evaluación, ha asignado los siguientes puntajes por oferta
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto
Placa Patente
Nota
Observaciones
77.867.901-9
ALVAG INVERSIONES E INMOBILIARIA SPA
Combarbalá 1 $ 31.170.000 GDLG-86 6,13 Adjudicado
6.606.792-0
ROBERTO EDUARDO ZEPEDA ALFARO Combarbalá 2 $ 36.050.418 HDVS-43 6,30 Adjudicado
6.606.792-0
ROBERTO EDUARDO ZEPEDA ALFARO Combarbalá 3 $ 34.285.716 DCCD-20 5,60 Adjudicado
6.606.792-0
ROBERTO EDUARDO ZEPEDA ALFARO Combarbalá 4 $ 38.823.528 HDVW-41 5,94 No adjudica por menor calificación, según tabla de evaluación
76.047.814-8
SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA Combarbalá 4 $ 38.722.689 PTWZ-89 6,65 Adjudicado
77.867.901-9
ALVAG INVERSIONES E INMOBILIARIA SPA
Combarbalá 8 $ 34.200.000 TCXR43 6,51 No adjudica por cuanto camión ofertado figura adjudicado en ruta N°1 como camión de reemplazo, según indica las bases técnicas y administrativas número 40 letra C
6.606.792-0
ROBERTO EDUARDO ZEPEDA ALFARO Combarbalá 9 $ 25.109.244 JHSG-66 6,09 No adjudica por menor calificación, según tabla de evaluación
8.917.200-4
HECTOR VILLALOBOS Combarbalá 9 $ 22.638.654 KWVJ-69 6,48 Adjudicado
9.776.353-4
LUIS HIPÓLITO CORTÉS MICHEA Combarbalá 9 $ 25.740.000 TBGF-71 6,40 No adjudica por menor calificación, según tabla de evaluación
16.109.984-8
MARIO TORRES Combarbalá 10 $21.680.672 KBPP76 6,83 Adjudicado
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto PPU Nota
Observaciones
76.047.814-8
SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA Punitaqui 1 $ 31.038.654 PTWZ-89 6.5 No adjudica por cuanto camión fue adjudicado en ruta N° 4 de Combarbalá.
76.881.081-8
TRANSPORTES SANTA CRISTINA Punitaqui 6 $ 28.260.000 DPDR-66 5,88 Adjudicado
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Punitaqui 8 $ 26.722.692 JLKK-84 6,0 Adjudicado
7.661.407-5
ROSARIO CACERES Punitaqui 9 $ 27.852.101 SLRL-44 6,26 Adjudicado, la oferente Rosario Cáceres en su postulación a la Ruta N°9 cumple con los requisitos de bases generales, ingresando su comprobante de ingreso de oferta en portal de Mercado Público. Además, acompaña a su postulación el anexo N° 12 (de admisibilidad obligatorio) señalando en el que oferta corresponde a la ruta N° 9 de la comuna de Punitaqui, como asimismo en el ingreso del vale vista, Ruta 9. Aun cuando se visualiza en el Anexo N° 10, que existe un error involuntario de digitalización en la ruta que señala, no obstante esta comisión evaluadora procede a evaluar la oferta por cuanto no altera el resultado, ni perjudicando a terceros, siendo que el segundo postulante ya figura adjudicado en Ruta N° 8 de la comuna de Punitaqui.
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Punitaqui 9 $ 26.722.692 JLKK-84 6,0 No adjudica, por cuanto camión ofertado, fue adjudicado en la ruta N°8 de la Comuna de Punitaqui.
76.047.814-8
SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA Punitaqui 10 $39.000.000 RXZT-87 6,05 Adjudicado
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto PPU Nota Observaciones
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 1 $ 27.731.092 KDTR-80 6,48 Adjudicado
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 2 $ 30.252.101 DPVP-48 6,13 Adjudicado
17.713.593-3
JUAN CARLOS CORTES ROJAS
Monte Patria 3 $ 24.699.996 TCHX-44 5,8 Adjudicado
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Monte Patria 3 $ 23.193.276 JLKK-84 6,3 No adjudica por cuanto camión ofertado fue adjudicado en la ruta N°8 de la Comuna de Punitaqui
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 6 $ 25.210.084 RRVH-24 6,65 Adjudicado
7.661.407-5
ROSARIO CACERES Monte Patria 7 $ 25.200.000 KZVY-21 6,41 Adjudicado
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Monte Patria 7 $ 20.168.070 JLKK-84 6,3 No adjudica por cuanto camión ofertado fue adjudicado en la ruta N° 8 de la Comuna de Punitaqui
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 8 $ 25.210.084 PHGC-24 6,40 Adjudicado
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Monte Patria 8 $ 22.184.874 JLKK-84 5,95 No se adjudica por cuanto camión ofertado fue adjudicado en la ruta N°8 de la Comuna de Punitaqui
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 9 $ 34.789.916 TBGG-90 7,0 Adjudicado
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto Placa Patente Nota Observación
77.017.223-3
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA Ovalle 1 $ 32.331.930 RSJD-88 6,35 Adjudicado
76.467.356-5
SOCIEDAD COMERCIAL SAN AGUSTÍN LTDA Ovalle 2 $ 28.452.102 SWBX-30 6,65 Adjudicado
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON CARVAJAL
Ovalle 3 $ 28.452.102 PGHF-34 6,46 No adjudica por menor calificación, según tabla de evaluación
13.745.906-k
TRANSPORTES C Y C CASTILLO Y CORRAL SPA Ovalle 3 $ 28.200.000 KCFB-77 6,83 Adjudicado
77.017.223-3
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA
Ovalle 4 $ 29.486.724 PKBT-87 6,35 Adjudicado
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON CARVAJAL Ovalle 5 $ 25.200.000 PFCR-60 6,48 Adjudicado
77.017.223-3
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA Ovalle 6 $ 33.625.212 SPSY-97 6,33 Adjudicado
76.047.814-8 SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA Ovalle 6 $ 33.277.308 LVXR-33 6,18 No adjudica por menor calificación, según tabla de evaluación
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON CARVAJAL Ovalle 7 $ 24.300.000 RCHC-68 6,65 Adjudicado
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON CARVAJAL Ovalle 8 $ 17.940.000 HPYP-55 6,30 Adjudicado
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto Placa Patente Nota Observación
77.737.098-7
TRANSPORTES NACHY SPA
Rio Hurtado 1 $ 24.600.000 DDDD-13 5,95 Adjudicado
77.737.098-7
TRANSPORTES NACHY SPA
Rio Hurtado 2 $ 23.100.000 GWXJ-89 6,30 Adjudicado
25.- Que, la comisión evaluadora ha consignado las siguientes observaciones en el acta de evaluación:
COMUNA RUTA OBSERVACION
COMBARBALA 8 RUTA DESIERTA, POR CUANTO LA ÚNICA OFERTA RECIBIDIA, NO ADJUDICA YA QUE EL CAMIÓN OFERTADO FIGURA ADJUDICADO EN RUTA N°1 COMO CAMIÓN DE REEMPLAZO, SEGÚN INDICA LAS BASES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS NÚMERO 40 LETRA C
COMBARBALA 12 RUTA DESIERTA, POR CUANTO LAS 2 OFERTAS RECIBIDIAS DE LOS PROVEEDORES ROBERTO ZEPEDA ALFARO Y PROVEEDOR HECTOR VILLALOBOS GARCÍA OFERTAN CAMIONES DE REEMPLAZO CON UNA CAPACIDAD DE ESTANQUE MAYOR AL REQUERDIO, NO AJUSTANDOSE A LO ESTIPULADO EN LAS BASES TÉCNICAS. LO ANTERIOR SE DEBE A LAS CONDICIONES DE LOS CAMINOS, QUE NO PERMITEN INGERESAR CAMIONES DE MAYOR CAPACIDAD. (CAMINOS NO ENROLADO).
COMBARBALA 13 RUTA DESIERTA, POR CUANTO PROVEEDOR OFERTA UN CAMIÓN DE REEMPLAZO DE MAYOR CAPACIDAD DE ESTANQUE, NO AJUSTANDOSE A LO ESTIPULADO EN LAS BASES TÉCNICASES.LO ANTERIOR SE DEBE A LAS CONDICIONES DE LOS CAMINOS, QUE NO PERMITEN INGERESAR CAMIONES DE MAYOR CAPACIDAD. (CAMINOS NO ENROLADO).
26.- Que, en virtud de los antecedentes tenidos a la vista, en relación al servicio de distribución de agua potable en vehículos aljibes para la Provincia de Limarí de la región de Coquimbo, durante periodo enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio del año 2024, la Comisión de Evaluación a través de Acta de Evaluación respectiva, la que forma parte integrante de la presente resolución, ha propuesto adjudicar a los proveedores, por ser las ofertas mejor evaluadas, y resultar convenientes a los intereses institucionales:
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto Placa Patente Nota Observación
77.867.901-9
ALVAG INVERSIONES E INMOBILIARIA SPA
Combarbalá 1 $ 31.170.000 GDLG-86 6,13 Adjudicado
6.606.792-0
ROBERTO EDUARDO ZEPEDA ALFARO Combarbalá 2 $ 36.050.418 HDVS-43 6,30 Adjudicado
6.606.792-0
ROBERTO EDUARDO ZEPEDA ALFARO Combarbalá 3 $ 34.285.716 DCCD-20 5,60 Adjudicado
76.047.814-8
SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y COMPAÑÍA LIMITADA Combarbalá 4 $ 38.722.689 PTWZ-89 6,65 Adjudicado
8.917.200-4
HECTOR VILLALOBOS Combarbalá 9 $ 22.638.654 KWVJ-69 6,48 Adjudicado
16.109.984-8
MARIO TORRES Combarbalá 10 $21.680.672 KBPP76 6,83 Adjudicado
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto PPU Nota Observación
76.881.081-8
TRANSPORTES SANTA CRISTINA Punitaqui 6 $ 28.260.000 DPDR-66 5,88 Adjudicado
77.827.296-2
SERVICIOS INTEGRALES ROMU SPA
Punitaqui 8 $ 26.722.692 JLKK-84 6,08 Adjudicado
7.661.407-5 ROSARIO CACERES TAPIA Punitaqui 9 $ 27.852.101 SLRL-44 6,26 Adjudicado, la oferente Rosario Cáceres en su postulación a la Ruta N°9 cumple con los requisitos de bases generales, ingresando su comprobante de ingreso de oferta en portal de Mercado Público. Además, acompaña a su postulación el anexo N° 12 (de admisibilidad obligatorio) señalando en el que oferta corresponde a la ruta N° 9 de la comuna de Punitaqui, como asimismo en el ingreso del vale vista, Ruta 9. Aun cuando se visualiza en el Anexo N° 10, que existe un error involuntario de digitalización en la ruta que señala, no obstante esta comisión evaluadora procede a evaluar la oferta por cuanto no altera el resultado, ni perjudicando a terceros, siendo que el segundo postulante ya figura adjudicado en Ruta N° 8 de la comuna de Punitaqui.
76.047.814-8
SOCIEDAD COMERCIAL Y DE TRANSPORTES PAZ SANDOVAL Y CIA. LTDA. Punitaqui 10 $ 39.000.000 RXZT-87 6,05 Adjudicado
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto PPU Nota Observación
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 1 $ 27.731.092 KDTR-80 6,48 Adjudicado
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 2 $ 30.252.101 DPVP-48 6,13 Adjudicado
17.713.593-3
JUAN CARLOS CORTES ROJAS
Monte Patria 3 $ 24.699.996 TCHX-44 5.80 Adjudicado, cabe mencionar que la oferta presentada era múltiple, por lo cual los documentos obligatorios vienen diferenciados por las rutas (Anexo 10 y Anexo 12), que como comisión se analizó y adjudicó la ruta 3 que fue la primera propuesta por orden de prelación (revisión).
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 6 $ 25.210.084 RRVH24 6,65 Adjudicado
7.661.407-5
ROSARIO CACERES Monte Patria 7 $ 25.200.000 KZVY21 6.41 Adjudicado
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 8 $ 25.210.084 PHGC24 6,40 Adjudicado
16.109.984-8
MARIO TORRES Monte Patria 9 $ 34.789.916 TBGG90 7,00 Adjudicado
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto Placa Patente Nota Observación
77.017.223-3
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA Ovalle 1 $ 32.331.930 RSJD-88 6,35 Adjudicado
76.467.356-5
SOCIEDAD COMERCIAL SAN AGUSTÍN Ovalle 2 $ 28.452.102 SWBX-30 6,65 Adjudicado
13.745.906-k
TRANSPORTES C Y C CASTILLO Y CORRAL SPA Ovalle 3 $ 28.200.000 KCFB-77 6,83 Adjudicado
77.017.223-3
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA
Ovalle 4 $ 29.486.724 PKBT-87 6,35 Adjudicado
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON CARVAJAL Ovalle 5 $ 25.200.000 PFCR-60 6,48 Adjudicado
77.017.223-3
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL EL PARAISO SPA Ovalle 6 $ 33.625.212 SPSY-97 6,33 Adjudicado
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON CARVAJAL Ovalle 7 $ 24.300.000 RCHC-68 6,65 Adjudicado
13.745.906-k
CLAUDIO OSSANDON CARVAJAL Ovalle 8 $ 17.940.000 HPYP-55 6,30 Adjudicado
Rut Proveedor Proveedor Comuna Ruta Valor Neto Placa Patente Nota Observación
77.737.098-7
TRANSPORTES NACHY SPA
Rio Hurtado 1 $ 24.600.000 DDDD-13 5,95 Adjudicado
77.737.098-7
TRANSPORTES NACHY SPA
Rio Hurtado 2 $ 23.100.000 GWXJ-89 6,30 Adjudicado
27.- Que, se debe tener presente que conforme lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Publico año 2024, las resoluciones que autoricen gastos de emergencia serán de ejecución inmediata, sin perjuicio del control de legalidad que a posteriori le corresponda a la Contraloría General de la República.
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