|
Resolución de Acta de Adjudicación
|
Adquisición Nº
588655-4-LE24
Adjudicación Informada en portal el
12/11/2024 17:02
|
|
|
En
Quilpué,
12-11-2024
|
|
Nro de
Resolución
834
|
|
|
|
|
Vistos
|
|
1. Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, en sus artículos N°1, 6, 116 y 117;
2. La Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases de Administración del Estado;
3. La Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado;
4. DFL N° 22 de 1959, Ley Orgánica del Servicio;
5. La Ley N° 21.640 de fecha 13.12.2023, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año 2024.
6. Lo establecido en la Ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su Reglamento fijado a través del D.S. N° 250 del Ministerio de Hacienda del año 2004, en particular lo dispuesto en el artículo 9 y Capítulo IV, artículo 19 al artículo 42, que indican lo referente a las contrataciones a través de licitación pública.
7. Lo establecido en la Ley N° 21.634 que Moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del Gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado.
8. Las facultades contenidas en el artículo 4° letra i) y j) de la Ley N° 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.
9. La Resolución N° 7 y N° 8 de 2019 y N° 16 de 2020 y N°14 de 2022 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
10. El Decreto de Nombramiento N° 105 de fecha 11 de marzo de 2022 de la Subsecretaría del Interior que nombra al Delegado Presidencial Provincial de la Provincia de Marga Marga.
11. La Resolución Exenta N° 768 de fecha 17 de octubre de 2024 que aprueba las bases técnicas y sus anexos para licitar servicio de telefonía IP y conectividad en las dependencias de la Delegación Presidencial Provincial de Marga Marga.
|
|
Considerando
|
|
1.- Que mediante Oficio N° 1.652 de fecha 20 de mayo de 2024 de la Dirección de Presupuestos, la Subdirectora de Presupuestos autoriza arriendo de inmueble ubicado en calle Baquedano N° 1072, comuna de Quilpué.
2.- Que mediante Oficio N° 27.080 de fecha 30 de septiembre de 2024 del Jefe del Departamento de Finanzas de la Subsecretaria del Interior se Informa suplemento presupuestario para el subtítulo 22.
2. Que, es necesaria la contratación del servicio de Telefonia IP y conectividad conforme al presente proceso licitatorio.
3. Que, el servicio que se licita no se encuentra dentro del catálogo de bienes y servicios ofrecidos en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, en la modalidad de Convenios Marcos vigentes, en las condiciones que la Subsecretaría del Interior requiere.
5. Que, al tenor de lo señalado, esta Delegación Presidencial Provincial, mediante Resolución exenta N° 768 de fecha 17 de octubre de 2024 que aprueba las bases técnicas y sus anexos para licitar servicio de telefonía IP y conectividad de la Delegación Presidencial Provincial de Marga Marga, y llamó a licitación pública para contratar dichos servicios, publicándose en el portal www.mercadopublico.cl con el ID 588655-4-LE24.
6. Que, La oferta recepcionada fue validada técnicamente por el profesional Asesor Informatico José Torres perteneciente a la División de Redes y Seguridad Informática del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, mediante correo electrónico de fecha 08 de noviembre de 2024.
7. Que, conforme lo señala el Informe Final, emitido por la Comisión Evaluadora, designada mediante Resolución Exenta N°202 de fecha 16 de abril de 2024, se recibieron las siguientes ofertas:
RUT PROVEEDOR MONTO TOTAL NETO MONTO TOTAL IVA INCLUIDO
96.722.400-6 Pacifico Cable SPA $21.031.060.- $25.026.961.-
8. Que, consta en el acta del informe final de evaluación de fecha 11 de noviembre de 2024 no existen ofertas inadmisibles de acuerdo con las Bases Administrativas y conforme a lo establecido en el artículo 9° de la Ley de Compras, la DPP podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases o desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la DPP.
9. Que, consta en el acta del informe final de evaluación de fecha 11 de noviembre de 2024 que existen las siguientes ofertas admisibles:
NOMBRE EMPRESA Asistencia a visita a Terreno Plazo de entrega (50%) Precio de la Oferta (40%) Cumplimiento de Requisitos Formales (5%) Comportamiento Contractual Anterior (5%) TOTAL
Pacifico Cable SPA SI 5 ptos. 4 ptos. 0.5 pts. 0.5 ptos. 10 ptos. 100%
8. Que, la Comisión Evaluadora, procedió a la evaluación de oferta técnica y económica aceptada, conforme a los criterios de evaluación establecidos en el punto 10 de las Bases Administrativas de Licitación, aplicando la siguiente ponderación:
Criterios Porcentaje Plazo de entrega 50% Precio de la Oferta 40% Cumplimiento de Requisitos Formales 5% Comportamiento Contractual Anterior 5% TOTAL 100%
9. Que, respecto de las ofertas evaluadas, la Comisión Evaluadora en su respectivo informe, consignando en el acta de evaluación que sirve de fundamento y se entiende formar parte integrante de la presente resolución, señala el resultado final.
10. Que, asimismo, conforme da cuenta el informe de evaluación, existe declaración de los integrantes de la Comisión Evaluadora, que no tienen conflictos de interés.
11. Que, conforme a lo indicado en los artículos 115 bis y 116 de la Constitución Política de la República, en cada región y provincia existirá una Delegación Presidencial Regional y una Delegación Presidencial Provincial, a cargo de un Delegado Presidencial Regional o Provincial, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región o provincia, respectivamente.
12. Que, en virtud de la Resolución N°7, artículo 12 letra A N°12.1 de la Contraloría de la República, la Resolución N°8 art. 2 de la Contraloría de la República, y la Resolución N° 16 art. 2 punto 5 y Resolución N°14 de la Contraloría General de la República, la presente resolución no está sujeta a trámite de Toma de Razón.
13. Que, en mérito de lo establecido anteriormente resulta del todo necesario y procedente dictar el presente acto administrativo.
|
|
Resuelvo
|
|
1.- Apruébese la siguiente acta de adjudicación para el ID: 588655-4-LE24, SERVICIO DE TELEFONIA IP Y CONECTIVIDAD, SERVICIO DE TELEFONIA IP Y CONECTIVIDAD PARA LA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE MARGA MARGA
|
|
Acta Adjudicación
|
|
Organismo Demandante
|
|
|
|
Datos del Contacto para esta Licitación
|
|
Nombre Completo
|
Antonio de Jesus Garrido Nuñez
|
|
Cargo
|
Encargado de compras
|
|
Teléfono
|
56-32-2910206
|
|
Fax
|
--
|
|
E-Mail
|
|
|
|
Datos de la Adquisición
|
|
Número de Adquisición
|
588655-4-LE24
|
|
Nombre de Adquisición
|
SERVICIO DE TELEFONIA IP Y CONECTIVIDAD
|
|
Tipo de Adquisición
|
Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
|
|
Descripción
|
SERVICIO DE TELEFONIA IP Y CONECTIVIDAD PARA LA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE MARGA MARGA
|
|
Tipo de Convocatoria
|
ABIERTO
|
|
Moneda
|
Peso Chileno
|
|
Fecha de Publicación
|
21/10/2024 9:25
|
|
Fecha de Cierre
|
6/11/2024 15:00
|
|
Tipo de Adjudicación
|
Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
|
|
Monto Neto Adjudicado
|
$ 21.031.060
|
|
Monto Neto Estimado del Contrato
|
$ 21.031.060
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Comisión Evaluadora
|
| 16771086-7 | PABLO ROBLEDO HINOJOSA | Administrativo DAF |
| 15067523-5 | ILSE PALMA ROMAN | Administrativo DAF |
| 7146869-0 | JOSE CALDERON FARIAS | Administrativo DAF |
|
|
|
|
Resultado de la Adjudicación
|
|
|
|
|
|
|
|
|