|
a) Lo establecido en los artículos 1º y 11º de la Ley 18.928 que fija normas sobre “Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas”.
b) Lo señalado en los artículos 15° y 17° al 41° del Decreto Supremo N° 95, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de fecha 22 de julio de 2006, que Aprueba el Reglamento de la Ley 18.928 sobre Adquisiciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad.
c) Lo dispuesto en los artículos 9º y 10º de la Ley 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y en el Decreto Nº 661, del año 2024, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba Reglamento de La Ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y Deja Sin Efecto El Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda”.
d) Lo establecido en la Resolución N° 36, de fecha 19.12.2024, publicada en el Diario Oficial el día 23.12.2024, que fija normas sobre la exención del trámite de Toma de Razón, vigente a partir del 01.03.2025 y la Resolución N° 8, de fecha 24.03.2025 que modifica y complementa la Resolución N°36, ambas de la Contraloría General de la República.
e) Lo señalado en la Resolución Exenta Nº 1.402 de fecha 31.12.2025, de la Dirección de Logística de Carabineros, la cual delega facultades para efectuar adquisiciones de bienes muebles y celebrar los contratos respectivos y contratación de servicios por montos iguales o inferiores a $69.700.000. al Jefe del Departamento Fomento Equino L.4.
f) Lo señalado en la Resolución Exenta Nº 181 de fecha 12.02.2026, de la Dirección de Logística de Carabineros, la cual regula la estructura institucional de unidades de compra y delegación de facultades para adquirir bienes muebles y contratar servicios a título oneroso.
g) El Documento Electrónico N.C.U. 218078569 de fecha 20.12.2024, de la Dirección Nacional de Personal donde se dispone el traslado del Coronel Claudio Landero Flores a la Plana Mayor del Departamento de Fomento Equino (L.4), a contar del 02.01.2024, como Jefe de Departamento Titular.
h) La Orden de Entrega Nro. 02, de fecha 03.02.2025, de la Dirección de Logística de Carabineros, la cual dispuso la entrega del Departamento Fomento Equino L.4, desde la Capitán Claudia Sánchez Zagal al Coronel Claudio Landero Flores, como Jefe de Departamento Titular.
i) El Documento Electrónico N.C.U. 223226644 del Departamento Fomento Equino L.4, mediante el cual remite el Acta de entrega, de la Capitán Claudia Sánchez Zagal al Coronel Claudio Landero Flores, como Jefe de Departamento Titular.
j) Lo señalado en las Bases Administrativas y Anexos para la adquisición de ATALAJE CUERO Y SINTÉTICOS PARA EQUINOS FISCALES DE CARABINEROS DE CHILE AÑO 2026, publicado en el portal www.mercadopublico.cl, con la ID Nº 3439-16-LE26 y aprobado mediante Resolución Exenta Nº 76, de fecha 01.04.2026, del Departamento Fomento Equino L.4.
k) El Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas, ID 3439-16-LE26, de fecha 21.04.2026.
l) Lo señalado en el Informe de la Comisión Evaluadora N° 26, de fecha 22.05.2026, elaborado por el Departamento Fomento Equino L.4.
m) El Documento Electrónico N.C.U. 254390603, de fecha 20.05.2026, de la sección V.1 del Departamento Fomento Equino L.4, mediante el cual remite Informe Técnico Económico.
n) El Certificado de Refrendación Presupuestaria Nº 44, de fecha 31.03.2026, del Departamento Fomento Equino L.4, que acredita la disponibilidad económica para adquirir los bienes o servicios.
|
|
I) DECLÁRASE INADMISIBLE, las ofertas presentadas por las empresas que se señalan a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
La empresa IMPORTADORA VALUP LIMITADA, no dio cumplimiento al numeral 4 del Anexo N°1, en cuanto a no remitir muestra del producto ofertado.
La empresa JUAN ROSA MUNOZ MUNOZ, no dio cumplimiento al numeral 4 del Anexo N°1, en cuanto a no remitir formulario incorporado en el Anexo N°2 y muestra del producto ofertado.
La empresa SOCIEDAD DE GESTION E INVERSIONES JULFIOR SPA, no dio cumplimiento al numeral 4 del Anexo N°1, en cuanto a no remitir muestra del producto ofertado.
La empresa EMPRESA DE CREACIONES Y ARTESANIA EN CUERO ALDO RODRIGO FIGUEROA PENA (CREACIONES DP FIGUEROA E.I.R.L), en las líneas N°1, 3, 7, 8 y 9, conforme al Anexo N°2 y muestras presentadas no cumple con la totalidad de requerimientos técnicos exigidos.
La empresa SOCIEDAD COMERCIAL SIENA LIMITADA, en las líneas N°1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 11, 12 y 13, conforme al Anexo N°2 y muestras presentadas no cumple con la totalidad de requerimientos técnicos exigidos. En la línea N°15, no dio cumplimiento al numeral 4 del Anexo N°1, en cuanto a no remitir muestra del producto ofertado.
La empresa CORTES Y MARTINEZ LIMITADA (NEUILLY LTDA.), en las líneas N°2, 4 y 6, conforme al Anexo N°2 y muestras presentadas no cumple con la totalidad de requerimientos técnicos exigidos. En las líneas N° 3, 8 y 9, de acuerdo a Informe Técnico Económico individualizado en la letra m) del párrafo Visto, no se ajusta económicamente a valores de mercado.
II) DECLÁRASE DESIERTA, las líneas N°2, 3, 4, 8, 9, 11, 12 y 15 toda vez que ofertas presentadas no cumplieron con los requerimientos mínimos solicitados; así mismo, la línea N° 10 teniendo en consideración que no existieron ofertas.
Lo anterior en conformidad a lo señalado en el Anexo N°1 y en concordancia a lo dispuesto en el art. 9° de la Ley 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
III) ADJUDÍCASE la Licitación Pública ID Nº 3439-16-LE26 para la adquisición de ATALAJE CUERO Y SINTÉTICOS PARA EQUINOS FISCALES DE CARABINEROS DE CHILE AÑO 2026, a las siguientes empresas:
Empresa “CORTES Y MARTINEZ LIMITADA (NEUILLY LTDA.)” con el siguiente detalle:
• Línea N° 1: 81 (ochenta y uno) pares de ACION PAR, valor unitario neto de $79.557 (setenta y nueve mil quinientos cincuenta y siete pesos) y por un valor total iva incluido de $7.668.499 (siete millones seiscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos noventa y nueve pesos). Plazo de entrega a partir de la emisión de la Orden de Compra hasta 90 días corridos.
El motivo de la adjudicación corresponde a que la oferta presentada por la empresa antes indicada obtuvo mayor puntaje global y cumple con los requisitos exigidos satisfaciendo los requerimientos institucionales en los aspectos administrativos, técnicos y económicos, en los siguientes criterios de evaluación, Precio 85%, Plazo de Entrega 13%, Cumplimiento Requisitos Formales 1% y Programa de integridad 1%.
• Línea N° 5: 61 (sesenta y uno) unidades de FUSTA DE SERVICIO, valor unitario neto de $59.457 (cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete pesos) y por un valor total iva incluido de $4.315.984 (cuatro millones trescientos quince mil novecientos ochenta y cuatro pesos). Plazo de entrega a partir de la emisión de la Orden de Compra hasta 90 días corridos.
El motivo de la adjudicación corresponde a que la oferta presentada por la empresa antes indicada obtuvo mayor puntaje global y cumple con los requisitos exigidos satisfaciendo los requerimientos institucionales en los aspectos administrativos, técnicos y económicos, en los siguientes criterios de evaluación, Precio 85%, Plazo de Entrega 13%, Cumplimiento Requisitos Formales 1% y Programa de integridad 1%.
• Línea N° 7: 52 (cincuenta y dos) unidades de PRETAL DE CUERO CON MANTINGALA, valor unitario neto de $98.733 (noventa y ocho mil setecientos treinta y tres pesos) y por un valor total iva incluido de $6.109.598 (seis millones ciento nueve mil quinientos noventa y ocho pesos). Plazo de entrega a partir de la emisión de la Orden de Compra hasta 90 días corridos.
El motivo de la adjudicación corresponde a que la oferta presentada por la empresa antes indicada obtuvo mayor puntaje global y cumple con los requisitos exigidos satisfaciendo los requerimientos institucionales en los aspectos administrativos, técnicos y económicos, en los siguientes criterios de evaluación, Precio 85%, Plazo de Entrega 13%, Cumplimiento Requisitos Formales 1% y Programa de integridad 1%.
Empresa “SOCIEDAD COMERCIAL SIENA LIMITADA” con el siguiente detalle:
• Línea N° 6: 134 (ciento treinta y cuatro) unidades de MANCORNERA DE CINCHA, valor unitario neto de $11.764 (once mil setecientos sesenta y cuatro pesos) y por un valor total iva incluido de $1.875.887 (un millón ochocientos setenta y cinco mil ochocientos ochenta y siete pesos). Plazo de entrega a partir de la emisión de la Orden de Compra hasta 90 días corridos.
El motivo de la adjudicación corresponde a que la oferta presentada por la empresa antes indicada obtuvo mayor puntaje global y cumple con los requisitos exigidos satisfaciendo los requerimientos institucionales en los aspectos administrativos, técnicos y económicos, en los siguientes criterios de evaluación, Precio 85%, Plazo de Entrega 13%, Cumplimiento Requisitos Formales 1% y Programa de integridad 1%.
• Línea N° 14: 52 (cincuenta y dos) pares de ESTRIBO DE FIERRO, valor unitario neto de $46.218 (cuarenta y seis mil doscientos dieciocho pesos) y por un valor total iva incluido de $2.859.970 (dos millones ochocientos cincuenta y nueve mil novecientos setenta pesos). Plazo de entrega a partir de la emisión de la Orden de Compra hasta 90 días corridos.
El motivo de la adjudicación corresponde a que la oferta presentada por la empresa antes indicada obtuvo mayor puntaje global y cumple con los requisitos exigidos satisfaciendo los requerimientos institucionales en los aspectos administrativos, técnicos y económicos, en los siguientes criterios de evaluación, Precio 85%, Plazo de Entrega 13%, Cumplimiento Requisitos Formales 1% y Programa de integridad 1%.
Empresa “EMPRESA DE CREACIONES Y ARTESANIA EN CUERO ALDO RODRIGO FIGUEROA PENA (CREACIONES DP FIGUEROA E.I.R.L)” con el siguiente detalle:
• Línea N° 13: 05 (cinco) pares de ESTRIBO DE SUELA, valor unitario neto de $49.600 (cuarenta y nueve mil seiscientos pesos) y por un valor total iva incluido de $295.120 (doscientos noventa y cinco mil ciento veinte pesos). Plazo de entrega a partir de la emisión de la Orden de Compra hasta 90 días corridos.
El motivo de la adjudicación corresponde a que la oferta presentada por la empresa antes indicada obtuvo mayor puntaje global y cumple con los requisitos exigidos satisfaciendo los requerimientos institucionales en los aspectos administrativos, técnicos y económicos, en los siguientes criterios de evaluación, Precio 85%, Plazo de Entrega 13%, Cumplimiento Requisitos Formales 1% y Programa de integridad 1%.
IV) IMPÚTASE, el gasto que irroga la presente adjudicación, a la Cuenta Presupuestaria 22.04.014, Ley de Presupuesto año 2026.
V) APRUÉBASE, las ordenes de compra que se generen como resultado de la presente adjudicación, a las empresas antes individualizadas, por un monto total IVA incluido de $23.125.058 (veintitrés millones ciento veinticinco mil cincuenta y ocho pesos).
VI) ANÓTESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE la presente Resolución Exenta en el sistema de información de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl.
|