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Lo dispuesto en la Ley N°21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la Ley N°21.722 de 13 de diciembre de 2024 que Aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2025; en el DFL N°1, del 17 de noviembre del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el DS N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda; en la Ley Nº20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios de la administración del Estado; en la Ley 20.285, sobre acceso a la información pública; en la Ley 21.180, sobre Transformación Digital del Estado; Dictamen E414593/2023, que instruye a las entidades compradoras para que hagan uso de la pertinente plataforma digital www.mercadopublico.cl en los procedimientos que lleven a cabo para la aplicación de medidas por incumplimientos contractuales; en la Resolución N°36, de 2024, de la Contraloría General de la República; en el Decreto 970 Exento, de 2018, del Ministerio de Educación, que Establece Orden de Subrogancia para el cargo de Director Ejecutivo de los Servicios Locales de Educación Pública; y en el Decreto 150 Exento, de 2024, del Ministerio de Educación, que Establece nuevo orden de Subrogancia para el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Servicio Local de Educación Pública de Costa Araucanía y Deroga parcialmente el Decreto N°970 Exento, de 2018, del Ministerio de Educación.
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1. 1. Que, la ley N°21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, crea los Servicios Locales de Educación Pública, en adelante “El Servicio”, “SLEP” o “Servicio Local”, como órganos públicos funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con el objeto de proveer a través de los establecimientos educacionales de su dependencia, el servicio educacional en los niveles y modalidades que corresponda;
2. Que, la dirección y administración de cada Servicio Local estará a cargo del Director Ejecutivo, quien será el jefe superior del servicio de conformidad a lo prescrito por el artículo 21 de la Ley N°21.040;
3. Que, en dicho carácter, al Director Ejecutivo le corresponde dirigir, organizar, administrar y gestionar el Servicio Local, velando por la mejora continua de la calidad de la educación pública en el territorio de su competencia;
4. Que, por Solicitud de Pedido N°71, de fecha 10 de marzo de 2025, de la Unidad de Mantención y Gestión de Proyectos de Infraestructura, de la Subdirección de Planificación y Control de Gestión, recepcionada por la Unidad de Compras y Contrataciones, con el Registro N°125 de fecha 18 de marzo de 2025, se requiere contratar “Contratación Cuadrilla de Apoyo Mantención de Infraestructura 2025”, del Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía”;
5. Que, mediante Resolución Exenta N°399, de fecha 15 de abril del 2025, del Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía, se Aprueba Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos y se llama a Licitación Pública para la adquisición denominada “SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE CUADRILLA DE APOYO PARA MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y DEPENDENCIAS DEL SLEPCA”, publicada en el portal www.mercadopublico.cl bajo el ID 1028897-18-LE25;
6. Que, mediante Resolución Exenta Nº446, de fecha 25 de abril de 2025, del Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía, se designa integrantes de Comisión Evaluadora e Inspector Técnico de Contrato (ITC), de la licitación pública en comento;
7. Que, la Comisión Evaluadora de la licitación pública llevada a cabo para la adquisición denominada “SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE CUADRILLA DE APOYO PARA MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y DEPENDENCIAS DEL SLEPCA”, ID 1028897-18-LE25, sesionó los días 28 de abril y 02 de mayo 2025, mediante modalidad presencial;
8. Que, mediante Resolución Exenta N° 564, de fecha 14 de mayo de 2025, del Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía, se Adjudica Licitación Pública llevada a cabo para la adquisición denominada “SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE CUADRILLA DE APOYO PARA MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y DEPENDENCIAS DEL SLEPCA”, ID 1028897-18-LE25;
9. Que, mediante Resolución Exenta N° 609, de fecha 26 de mayo de 2025, del Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía, se Inicia procedimiento de Invalidación total de la Resolución Exenta N° 564, de fecha 14 de mayo de 2025, del Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía, que Adjudica Licitación Pública llevada a cabo para la adquisición denominada “SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE CUADRILLA DE APOYO PARA MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y DEPENDENCIAS DEL SLEPCA”, ID 1028897-18-LE25;
10. Que, mediante Resolución Exenta N° 686, de fecha 12 de junio de 2025, del Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía, se Declara Invalidación total de la Resolución Exenta N° 564, de fecha 14 de mayo de 2025, del Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía, que Adjudica Licitación Pública llevada a cabo para la adquisición denominada “SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE CUADRILLA DE APOYO PARA MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y DEPENDENCIAS DEL SLEPCA”, ID 1028897-18-LE25;
11. Que, en virtud de lo expuesto y de conformidad al considerando 6 de la presente resolución, la Comisión Evaluadora de la licitación pública llevada a cabo para la adquisición denominada “SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE CUADRILLA DE APOYO PARA MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y DEPENDENCIAS DEL SLEPCA”, ID 1028897-18-LE25, sesionó nuevamente el día 23 de junio de 2025;
12. Que, producto de la evaluación de las ofertas presentadas en el marco de este proceso licitatorio, la Comisión Evaluadora determinó proponer al Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía, adjudicar la presente licitación pública al proveedor Constructora Meraki SPA, RUT: 77.440.306-K, quien obtuvo un puntaje total de 95,00 puntos;
13. Que, de acuerdo a lo señalado anteriormente, corresponde adjudicar la Licitación Pública en comento al oferente mencionado en el considerando anterior de la presente Resolución Exenta, por cuanto su oferta fue la mejor evaluada en el referido proceso licitatorio y, dado lo anterior, a juicio de este Director Ejecutivo su oferta es la más conveniente para este servicio público;
14. Que, en virtud de lo expuesto anteriormente y de las facultades que me asisten como Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Costa Araucanía;
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